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De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la adenda de modificación y prórroga del convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Celanova sobre la financiación, ejecución y entrega de las obras de construcción de un sendero fluvial en el río Sampil, en el término municipal de Celanova (Ourense), PDM Miño-Sil ES010_3_CHCH0XCET29WP2537, otorgada el 23 de septiembre de 2026, que se anexa a esta resolución.
Ourense, 24 de septiembre de 2026.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.
En el lugar y fecha de la firma electrónica.
REUNIDOS
Por una parte, José Antonio Quiroga Díaz, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrado por Resolución de la Subsecretaria para la Transición Ecológica de fecha 31 de julio de 2018, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 30 de la Ley de Aguas, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.
Por otra parte, Antonio Puga Rodríguez, Alcalde del Ayuntamiento de Celanova, nombrado por el Pleno de la Corporación en fecha 7 de julio de 2023, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 61 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia.
Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la firma del presente documento, y a tal efecto
MANIFIESTAN
I. Que en fecha 21 de septiembre de 2023 (BOE núm. 238, de 5 de octubre) se otorgó el convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Celanova sobre la financiación, ejecución y entrega de las obras de construcción de un sendero fluvial en el río Sampil, en el término municipal de Celanova (Ourense). PDM MIÑO-SIL ES010_3_CHCH0XCET29WP2537, con un importe previsto de 827.920,00 euros y una duración de cuatro años.
II. Que según lo estipulado en las cláusulas cuarta y undécima, por acuerdos de la Comisión de Seguimiento de 9 de noviembre de 2023, 24 y 29 de octubre de 2024 y 3 de diciembre de 2025 se reajustaron las anualidades inicialmente establecidas.
III. Que conforme a lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda del convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del convenio inicial.
IV. Que se ha incrementado el importe estimado inicialmente por lo que es necesario tramitar una adenda para la modificación del convenio.
V. Que conforme a lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, los convenios deberán tener una duración determinada, que no podrá ser superior a cuatro años y, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto, los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.
VI. Que en aplicación de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de la normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto del convenio, ambas partes consideran oportuno otorgar una adenda al convenio por la que se incremente su importe, se prorrogue su duración y se reajusten las anualidades para la buena marcha y ejecución del mismo.
VII. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos las demás obligaciones recogidas en el convenio suscrito, así como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el mismo.
A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
El objeto de esta adenda es prorrogar la duración del convenio, modificar los porcentajes de la cofinanciación, incrementar el importe previsto de la actuación y en consecuencia, reajustar las anualidades del convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Celanova sobre la financiación, ejecución y entrega de las obras de construcción de un sendero fluvial en el río Sampil, en el término municipal de Celanova (Ourense). PDM MIÑO-SIL ES010_3_CHCH0XCET29WP2537.
Se prorroga la duración del convenio hasta el 31 de diciembre de 2028, previa inscripción en REOICO de esta adenda de modificación y prórroga antes de la fecha de extinción del convenio.
Se modifica la cláusula tercera que queda redactada del siguiente modo:
«1. La inversión total necesaria para la actuación se ha estimado en 887.178,35 euros, Impuesto del Valor Añadido Incluido.
2. El coste de la inversión se financiará con cargo al presupuesto de gastos del Organismo de cuenca para los años 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027 con cargo a la aplicación presupuestaria 23.108.452A.600, superproyecto 2013.23.233.9001 y código de proyecto 2013.23.233.0011.
3. De acuerdo con lo anterior, la cofinanciación de la obra se realizará de conformidad con la siguiente fórmula:
– La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., aportará 675.481,03 euros del coste inicialmente previsto, lo que supone un porcentaje del 76,14 % de la inversión.
– El Ayuntamiento de Celanova aportará 211.697,32 euros del coste inicialmente previsto, con cargo a su aplicación presupuestaria 454.0/421.10, lo que supone un porcentaje del 23,86 % de la inversión.
4. Con cargo al importe previsto en el apartado primero, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., afrontará tanto el coste de redacción de los proyectos, como de expropiación de los terrenos y ejecución de las obras, dirección y vigilancia de las mismas, además de los gastos correspondientes y las medidas de seguridad y salud.»
Se modifica el primer párrafo de la cláusula cuarta que queda redactado del siguiente modo:
«1. La financiación de las actuaciones objeto de cofinanciación descritas en la cláusula segunda, cuyo importe total se estima en 887.178,35 euros (IVA incluido), se distribuye según lo previsto en el cuadro que figura como anexo al presente documento».
Se modifica el anexo de anualidades del siguiente modo:
| «2023 | 2024 | 2025 | 2026 | 2027 | Total | |
|---|---|---|---|---|---|---|
| CHMS. | 14.692,75 | 0,00 | 488.403,07 | 32.724,69 | 139.660,52 | 675.481,03 |
| Ayto. Celanova. | 3.842,08 | 162.169,71 | 0,00 | 33.249,70 | 12.435,83 | 211.697,32 |
| Total. | 18.534,83 | 162.169,71 | 488.403,07 | 65.974,39 | 152.096,35 | 887.178,35» |
La presente adenda de modificación surtirá efectos tras la inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación antes de la fecha de extinción del convenio, tal y como se deriva del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre y del apartado 2 de la disposición adicional séptima de la citada ley. Adicionalmente será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman el presente documento en el lugar y la fecha de la firma electrónica.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.–El Alcalde del Ayuntamiento de Celanova, Antonio Puga Rodríguez.
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