El Real Decreto 1676/2009, de 13 de noviembre, por el que se regula el Consejo para la Defensa del Contribuyente, en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 34.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, dispone que el Consejo para la Defensa del Contribuyente tendrá la naturaleza jurídica de órgano colegiado de la Administración del Estado, adscrito a la Secretaría de Estado de Hacienda del Ministerio de Hacienda.
La composición del Consejo se determina en el artículo 4 de dicho Real Decreto 1676/2009, de 13 de noviembre, disponiendo que los vocales serán nombrados y cesados por el Ministro de Hacienda, mediante orden ministerial, a propuesta del Secretario de Estado de Hacienda.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 4.1.b).1.º del Real Decreto 1676/2009, de 13 de noviembre, a propuesta del Secretario de Estado de Hacienda, dispongo:
El cese como vocal del Consejo para la Defensa del Contribuyente, en representación de los departamentos y servicios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de doña Virginia Muñoz Fernández, agradeciéndole los servicios prestados.
El nombramiento como vocal del Consejo para la Defensa del Contribuyente, en representación de los departamentos y servicios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de don Iván Mesón García.
Madrid, 26 de octubre de 2026.–El Ministro de Hacienda, Arcadi España García.
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