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Documento BOE-A-2026-3958

Resolución de 4 de febrero de 2026, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se procede a cancelar la autorización n.º 453 para actuar como entidad colaboradora en la gestión recaudatoria correspondiente a Entidad Cajasur Banco, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 20 de febrero de 2026, páginas 26679 a 26679 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2026-3958

TEXTO ORIGINAL

Visto el escrito remitido por la Entidad Kutxabank, SA en el que comunica la fusión por absorción de Cajasur, SA por dicha Entidad, este Departamento dicta la siguiente resolución:

Se procede a cancelar la autorización número 453 para actuar como colaboradora en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, correspondiente a la Entidad Cajasur, SA En consecuencia, la citada Entidad deberá proceder a la inmediata cancelación de las cuentas restringidas a que se refiere el artículo 5 de la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio (BOE de 9 de julio), sin perjuicio de la eventual aplicación de lo previsto en el apartado primero, punto cuarto de la Instrucción n.º 1/2008, de 27 de febrero, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Contra la presente resolución podrá interponerse, a tenor de lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso de alzada ante el Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de febrero de 2026.–La Directora del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Virginia Muñoz Fernández.

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