Visto el escrito remitido por la Entidad Kutxabank, SA en el que comunica la fusión por absorción de Cajasur, SA por dicha Entidad, este Departamento dicta la siguiente resolución:
Se procede a cancelar la autorización número 453 para actuar como colaboradora en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, correspondiente a la Entidad Cajasur, SA En consecuencia, la citada Entidad deberá proceder a la inmediata cancelación de las cuentas restringidas a que se refiere el artículo 5 de la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio (BOE de 9 de julio), sin perjuicio de la eventual aplicación de lo previsto en el apartado primero, punto cuarto de la Instrucción n.º 1/2008, de 27 de febrero, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Contra la presente resolución podrá interponerse, a tenor de lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso de alzada ante el Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 4 de febrero de 2026.–La Directora del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Virginia Muñoz Fernández.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid