El artículo 11.1.j) del Real Decreto 253/2024, de 12 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, atribuye a la Dirección General de Estrategias de Movilidad, la participación, seguimiento y control de la política de la Unión Europea en relación con los programas europeos de navegación por satélite que resulten de aplicación al transporte y la movilidad, incluidas la representación y la participación en los organismos de la Unión Europea, así como los internacionales, y la coordinación de las actuaciones de los distintos departamentos en la materia.
Por su parte el apartado 3 del citado artículo 11, establece que, dependiendo directamente de la Dirección General de Estrategias de Movilidad, y con el nivel orgánico que se determine en la relación de puestos de trabajo, le corresponde a la División de Estudios y Tecnología del Transporte, el ejercicio de las funciones descritas en el citado artículo 11.1.j) del mencionado real decreto.
No obstante, a lo anterior, aún adscritas las citadas competencias a la Dirección General de Estrategias de Movilidad, el ejercicio de estas se está realizando de manera coordinada con la Secretaría General de Transporte Aéreo y Marítimo, siendo esta última la que de manera efectiva viene asumiendo un papel más relevante.
La delegación de competencias que se adopta mediante la presente resolución tiene por objeto dotar de mayor coherencia jurídica al ejercicio de dichas funciones.
El artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público prevé la posibilidad de que los órganos de las diferentes Administraciones públicas deleguen el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes de aquéllas.
En el ámbito de la Administración General del Estado, cuando la delegación se refiere a órganos de un mismo ministerio que no mantienen relación jerárquica, su aprobación requiere la autorización previa del superior jerárquico común.
En su virtud, y vista la propuesta de delegación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resuelvo:
Aprobar la delegación del ejercicio de la competencia atribuida a la persona titular de la Dirección General de Estrategias de Movilidad en la persona titular de la Secretaría General de Transporte Aéreo y Marítimo, de la participación, seguimiento y control de la política de la Unión Europea en relación con los programas europeos de navegación por satélite que resulten de aplicación al transporte y la movilidad, incluidas la representación y la participación en los organismos de la Unión Europea, así como los internacionales, y la coordinación de las actuaciones de los distintos departamentos en la materia.
La delegación de competencias contenida en la presente resolución se entiende sin perjuicio de la facultad de que el órgano delegante pueda avocar para sí, en cualquier momento, el conocimiento y resolución de los asuntos comprendidos en ella, previstos en la normativa vigente.
La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 27 de enero de 2026.–El Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, José Antonio Santano Clavero.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid