Con fecha 25 de febrero de 2026 se suscribió una Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Instituto Cervantes y el Consorcio Casa África para la organización conjunta de actividades sobre la promoción del español y la divulgación de la cultura española en África de 11 de marzo de 2022.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 3 de marzo de 2026.–La Secretaria General Técnica, Carmen Burguillo Burgos.
De una parte, don Luis Manuel García Montero, Director del Instituto Cervantes, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 933/2018, de 20 de julio (BOE de 21 de julio), de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y representación del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos de la presente adenda en la calle Alcalá 49, 28014 Madrid, con NIF Q-2812007 I.
Y don José Segura Clavell, en nombre y representación del Consorcio Casa África (en adelante, Casa África), con NIF Q3500371-D y domicilio en la calle Alfonso XIII, 5, de Las Palmas de Gran Canaria; en su calidad de Director General, nombrado en virtud del acuerdo del Consejo Rector adoptado en sesión celebrada el día 1 de marzo de 2019, y conforme con las competencias que le otorgan el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y los artículos 5.b) y 23.d) de sus Estatutos.
Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir la presente adenda de modificación y prórroga y, a tal efecto
EXPONEN
I. Que el Instituto Cervantes y Casa África suscribieron, el 11 de marzo de 2022, un convenio con el objeto de establecer las líneas de colaboración entre ambas entidades para el desarrollo de diferentes actividades sobre la promoción del español y la divulgación de la cultura española en África.
II. Que en la cláusula novena del citado convenio se establece que las partes pueden prorrogar el convenio, vigente hasta el 11 de marzo de 2026, en cualquier momento antes de su finalización, por acuerdo de los firmantes.
III. Que, asimismo, en la cláusula décima del convenio se establece que cualquier modificación del mismo deberá ser efectuada por escrito y firmada por ambas partes y tramitada conforme a lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
IV. Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada hasta la fecha y desean actualizarla y prorrogarla.
V. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la presenta adenda ha sido informada favorablemente por el servicio jurídico del Instituto Cervantes.
VI. Que la presente adenda ha sido objeto de la autorización prevista en el artículo 50.2.c) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, con fecha 13 de febrero de 2026.
De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar la presente adenda de modificación y prórroga del citado convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
La presente adenda tiene por objeto la modificación, para actualizar los compromisos del convenio suscrito el 11 de marzo de 2022 y su prórroga por un nuevo período de cuatro años.
Para la actualización de sus compromisos, ambas partes acuerdan:
1. En la cláusula tercera. Financiación, añadir lo siguiente:
«Para el desarrollo de las actividades que se lleven a cabo en el período 2026-2029, las partes aportarán, como máximo, las cantidades recogidas en la siguiente tabla:
2026
–
Euros
2027
–
Euros
2028
–
Euros
2029
–
Euros
Casa África. 15.000 15.000 15.000 15.000 Instituto Cervantes. 15.000 15.000 15.000 15.000 Total. 30.000 30.000 30.000 30.000 Para el año 2026, Casa África destinará hasta un máximo de quince mil euros (15.000 €) para colaborar en los gastos que se deriven de la realización de los compromisos asumidos mediante el convenio que se prorroga, con cargo a su presupuesto para el año 2026, en el que cuenta con crédito suficiente.
El Instituto Cervantes, por su parte, destinará en 2026 hasta un máximo de quince mil euros (15.000 €) para colaborar en los gastos que se deriven de la realización de los compromisos asumidos mediante el convenio que se proponga, con cargo a su presupuesto para el año 2026, en el que cuenta con crédito suficiente.»
2. Y la cláusula séptima. Protección de datos de carácter personal, queda redactada como sigue:
«Las partes se comprometen, en lo necesario, a cumplir lo establecido en el Reglamento (UE) General de Protección de Datos 679/2016 de 27 de abril, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y demás legislación concordante y aplicable a esta materia, y con carácter prioritario, aquellas normas, códigos o estándares que puedan ser de aplicación a la transferencia internacional de datos.
Cada una de las partes será responsable del tratamiento de los datos personales que efectúe en cumplimiento de las obligaciones dimanantes del presente convenio. Esto implica que las partes solamente podrán tratar datos personales de acuerdo a las finalidades previstas en el presente convenio.
Los firmantes que actúan en nombre y representación de cada una de las partes, responsables del tratamiento, quedan informados, al igual que se informará a las personas identificadas como contacto a cualquier fin, que los datos de carácter personal que faciliten en virtud del mismo (datos identificativos, de contacto, de firma, así como los que puedan figurar en la documentación acreditativa de su representación) o aquellos otros que pudieran proporcionar con posterioridad, serán tratados por cada una de las partes con la finalidad de tramitar en lo necesario la suscripción del presente convenio y gestionar el mantenimiento, cumplimiento, desarrollo, control y ejecución de lo dispuesto en el mismo, y para el cumplimiento de sus respectivas obligaciones legales.
No se comunicarán los datos personales a terceros, incluyendo administraciones públicas, salvo obligación legal o previo consentimiento del interesado. Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, aplicándose lo dispuesto en la normativa sobre archivos, patrimonio documental, y gestión de la documentación aplicable al responsable.
Las partes firmantes, adoptarán las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal proporcionados, que eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Los titulares de los datos podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión oposición, limitación y portabilidad, dirigiendo su solicitud por escrito al Instituto Cervantes, c/ Alcalá, 49, 28014 Madrid (rgpd@cervantes.es), y/o a Casa África, c/ Alfonso XIII, 5, 35003 Las Palmas de Gran Canaria (gerencia@casafrica.es).
Puede consultarse información ampliada sobre cómo las partes tratan los datos de carácter personal de su responsabilidad en: https://cervantes.org/es/aviso-legal y https://casafrica.es/es/aviso-legal.»
Mediante la presente adenda las partes prorrogan el convenio suscrito el 11 de marzo de 2022, vigente hasta el 11 de marzo de 2026, por cuatro años más, hasta el 11 de marzo de 2030.
El resto de condiciones establecidas en el citado convenio, no modificadas mediante la presente adenda, permanecen vigentes.
La presente adenda queda perfeccionada desde la fecha de la firma del último de los signatarios y resultará eficaz desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación antes de la extinción del convenio. Asimismo, esta adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Y en prueba de conformidad, firman electrónicamente la presenta adenda en las fechas indicadas.–25 de febrero de 2026.–El Director del Instituto Cervantes, Luis Manuel García Montero.–24 de febrero de 2026.–El Director General de Casa África, José Segura Clavell.
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