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Documento BOE-A-2026-5525

Resolución de 27 de febrero de 2026, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, para la realización de prácticas externas del alumnado del Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila».

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 9 de marzo de 2026, páginas 36231 a 36244 (14 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2026-5525

TEXTO ORIGINAL

El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) han suscrito, con fecha 26 de febrero de 2026, un convenio para la realización de prácticas externas del alumnado del Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila», por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 27 de febrero de 2026.–La Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, María Paz Santa-Cecilia Aristu.

ANEXO
Convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música para la realización de prácticas externas del alumnado del Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila»

En Madrid, a 26 de febrero de 2026.

INTERVIENEN

De una parte, doña Eva María López Crevillén, Directora del Conservatorio Superior de Danza María de Ávila con código de centro 28065723 y sede en la calle del General Ricardos n.º 177, Madrid 28025, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades), por delegación del titular de la consejería, efectuada por Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, y en virtud del nombramiento efectuado por Resolución de la Dirección del Área Territorial Madrid Capital de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de fecha 30 de septiembre de 2016, renovado por Resolución de la Dirección del Área Territorial Madrid Capital de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de fecha 10 de junio de 2025, firmado el 11 de junio de 2025, con efectos administrativos de 1 de julio de 2025.

De otra parte, doña María Paz Santa-Cecilia Aristu, Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, en nombre y representación del citado organismo, con sede en la plza. del Rey, n.º 1, CP 28004, Madrid, en virtud del nombramiento realizado por Real Decreto 109/2024, de 23 de enero, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 6.2 c) del Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (BOE núm. 306 de 20 de diciembre).

Ambas partes se reconocen competencia y capacidad respectivamente para formalizar el presente convenio.

EXPONEN

1. Que la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades es el órgano de la Administración de la Comunidad de Madrid que tiene atribuidas con carácter general las competencias en materia de educación, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.

2. El Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila» es un centro educativo superior de titularidad de la Comunidad de Madrid dependiente de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades que centra su actividad en la formación oficial superior de los profesionales de danza, para lo cual se necesita disponer de una formación práctica adecuada a las prácticas externas contempladas en el plan de estudios, a los efectos de contribuir a la formación integral de su alumnado, completando los conocimientos adquiridos en su formación académica con aquellos de carácter práctico que les permitan la adquisición de las competencias necesarias para la consecución de los objetivos de aprendizaje previstos y en consecuencia del perfil del egresado adecuado a lo dispuesto en el plan de estudios.

3. Que el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, organismo autónomo dependiente del Ministerio de Cultura, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre, regulador de su estructura orgánica y funciones, tiene entre sus fines «la promoción, protección y difusión de las artes escénicas y de la música en cualquiera de sus manifestaciones» y, para el cumplimiento de este fin, el Código de buenas prácticas aprobado por Orden ministerial CUL/3520/2008, de 1 de diciembre, establece que los centros de creación artística «establecerán convenios de colaboración estable con otras administraciones públicas o entidades o compañías de ellas dependientes».

4. Que la Ley 1/2024, de 7 de junio, por la que se regulan las enseñanzas artísticas superiores y se establece la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales establece en su artículo 26 que los centros que impartan enseñanzas artísticas superiores tendrán la autonomía académica y de gestión necesaria para la organización adecuada de la actividad docente. En el ejercicio de las mismas y en el marco de lo previsto en esta materia en la normativa estatal y autonómica que resulte de aplicación, los centros públicos y privados tendrán competencia para el establecimiento de acuerdos y de convenios, a partir del marco regulador vigente o, en su caso, la normativa autonómica, cuando proceda con otras instituciones u organismos, públicos o privados, para el cumplimiento de sus objetivos, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las administraciones educativas con relación a los centros públicos. Asimismo en su artículo 5 se estipula que las prácticas académicas externas en los estudios de grado en enseñanzas artísticas superiores y de máster en enseñanzas artísticas constituyen una actividad de naturaleza plenamente formativa que persigue complementar la formación académica.

5. En consecuencia, existe una coincidencia en los fines de ambas partes y, a través del presente convenio manifiestan su común interés en colaborar, dentro de sus respectivos ámbitos y competencias, para completar los conocimientos adquiridos en la formación académica del estudiantado del Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila» matriculado en las enseñanzas de nivel de grado mediante la realización de las prácticas externas, contempladas en el plan de estudios regulado en el Decreto 35/2011, de 2 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el Plan de Estudios para la Comunidad de Madrid de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Danza a los efectos de contribuir a la formación integral de los alumnos y alumnas en un entorno que complete los conocimientos adquiridos en su formación académica con aquellos de carácter práctico que les permitan:

– La adquisición de las competencias necesarias para la consecución de los objetivos de aprendizaje previstos.

– Completar el perfil del egresado adecuado a lo dispuesto en el plan de estudios.

– El acercamiento a las realidades del ámbito profesional donde ejercerán su actividad una vez finalizados sus estudios.

– Reforzar el compromiso con la empleabilidad de los titulados/as.

Por lo anterior, ambas partes acuerdan colaborar para la consecución de los intereses comunes y suscribir el presente convenio conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto establecer una colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades), a través del Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila» de Madrid, y el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (en adelante, también INAEM) de cara a la regulación de las condiciones en las que se desarrollarán las prácticas externas no remuneradas del alumnado del Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila» matriculado en las enseñanzas que conducen a la obtención de los siguientes títulos:

– Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Danza, especialidad Pedagogía de la Danza.

– Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Danza, especialidad Coreografía e Interpretación.

El contenido de las actividades que deberán ser desarrolladas por los alumnos y alumnas para la consecución de las competencias generales, transversales y específicas previstas en el plan de estudios y en las respectivas guías docentes de la asignatura de prácticas externas, conforme a los principios de inclusión, igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal, se concretan en el proyecto formativo que se anexa a este convenio.

Segunda. Lugar de desarrollo de las prácticas externas.

Las prácticas externas se desarrollarán en cualquiera de las unidades artísticas del INAEM. En los anexos correspondientes de este convenio se convendrá el lugar de desarrollo de las prácticas, así como su fecha de inicio y fin.

Tercera. Compromisos de la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades), a través del Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila».

A. Dar cumplimiento a las actividades incluidas en los proyectos formativos.

B. Designar a un profesor/a-tutor/a de prácticas, que deberá prestar el asesoramiento metodológico, técnico y académico que precise el alumno/a, la asistencia a las mismas, realizar la evaluación de las prácticas desarrolladas y revisar, en su caso, la programación de las prácticas junto con el tutor/a designado por el INAEM, si una vez iniciadas y a la vista de los resultados, se estimase conveniente dicha revisión.

C. Garantizar que el desarrollo de la práctica no interfiera en el normal desenvolvimiento de las tareas propias del INAEM.

Cuarta. Compromisos del INAEM.

A. Seleccionar, conforme a la formación adquirida, la aptitud mostrada y la capacidad de tutorización efectiva de ambas partes, el alumnado para las prácticas. A tal efecto, el número de personas en prácticas no excederá, en ningún caso, de cuatro por Unidad.

B. Dar cumplimiento a las actividades incluidas en los proyectos formativos, aportando los medios materiales necesarios para ello.

C. Nombrar un tutor/a de prácticas para el adecuado seguimiento y valoración de las actividades realizadas por los estudiantes. El tutor/a remitirá al Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila», al final de cada período de prácticas, en un plazo máximo de 5 días hábiles tras dicha finalización, un informe sobre el resultado y rendimiento de cada estudiante, de forma individualizada.

D. Informar al estudiante sobre las condiciones de seguridad e higiene vigentes y sobre las medidas de prevención a adoptar en las instalaciones donde se vayan a desarrollar las prácticas académicas externas.

E. Facilitar al profesor/a-tutor/a del Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila» el acceso a los centros de prácticas para el cumplimiento de los fines propios de su función.

F. Revisar, en su caso, la programación de las prácticas junto con el profesor/a tutor/a del centro educativo, si, una vez iniciadas y a la vista de los resultados, se estimase conveniente dicha revisión.

G. Cumplir con la legislación vigente en materia de propiedad intelectual e industrial.

H. Facilitar al alumno/a la asistencia a los exámenes, pruebas de evaluación y otras actividades académicas obligatorias.

I. El tutor/a de prácticas informará al Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila», dentro de los 5 primeros días del mes, los días efectivos de prácticas realizadas por los/las estudiantes en el mes anterior a los efectos de darles de alta en el sistema de la Seguridad Social, acorde a lo dispuesto en la disposición adicional quincuagésima Segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Quinta. Régimen del alumnado en prácticas.

A. Para la realización de las prácticas externas será requisito indispensable que el alumno/a se encuentre matriculado en dicha asignatura en el curso académico durante el cual se vayan a llevar a cabo.

B. Los estudiantes realizarán sus prácticas en horario de mañana o tarde, en régimen de prácticas externas.

C. Las prácticas se desarrollarán durante el periodo lectivo del calendario escolar correspondiente aplicable a los centros públicos de enseñanzas superiores de la Comunidad de Madrid.

D. La persona en prácticas deberá ir provista de su DNI, NIE o pasaporte y disponer durante su estancia en las instalaciones en que se desarrollen las prácticas del documento que le identifica como alumna/o del Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila». Asimismo, ha de respetar las normas de régimen interior, de higiene y seguridad aplicables en las instalaciones y seguir las indicaciones a tal efecto del tutor/a de prácticas del INAEM. En caso de ausencia o retraso, el alumno/a estará obligado a comunicarlo al tutor/a del centro de prácticas en el mismo momento en que se prevea la ausencia o el retraso.

E. El alumnado en prácticas deberá mantener la más estricta obligación de confidencialidad sobre toda aquella información a la que pueda tener acceso como consecuencia de la realización de las mismas en el INAEM, durante su estancia y una vez finalizada ésta.

F. Las prácticas del estudiante, dado su carácter formativo, en ningún caso tendrán carácter laboral y no podrán dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo. No se podrá establecer una relación laboral o de empleo con contraprestación económica por los servicios prestados. De producirse una contratación en régimen laboral por parte del INAEM, se considerará que la persona en prácticas abandona las prácticas, debiendo el organismo autónomo comunicar este hecho al titular de la dirección del centro educativo.

G. En el supuesto en que el/la estudiante se incorpore a la plantilla del INAEM tras la finalización de las prácticas amparadas por el presente convenio, el tiempo de realización de las mismas no computará, salvo previsión expresa en contra en el convenio colectivo de aplicación, a efectos de antigüedad en aquella, ni eximirá al estudiante de la superación del período de prueba.

H. El INAEM podrá dar de baja del programa a los estudiantes que incurrieran en reiteradas faltas injustificadas de puntualidad o asistencia a las prácticas o no desarrollaran las mismas con normal aprovechamiento y cumplimiento de las normas establecidas, con previa audiencia al interesado/a y previa comunicación al Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila», especificando las causas concretas de la decisión.

La exclusión surtirá efectos desde su comunicación fehaciente al alumno/a afectado/a.

I. Con anterioridad al inicio efectivo del periodo de prácticas, la dirección del Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila», el tutor/a de las prácticas designado por el INAEM y la alumna/o que realizará las prácticas firmarán el anexo 1 o el anexo 2 de este convenio en función de la titulación para la cual se realicen las prácticas. Se firmará un anexo por cada alumno/a que realice prácticas.

J. La evaluación y calificación de la asignatura de prácticas externas se realizará por el profesor/a-tutor/a designado por el Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila», teniendo en cuenta el informe de la persona responsable de la tutorización del INAEM.

Sexta. Seguros.

Durante las prácticas externas, los alumnos/as dispondrán de la cobertura que les garantiza el seguro escolar, de acuerdo con lo dispuesto en su normativa reguladora. En caso de que el alumno/a tenga más de 28 años, deberá acreditar disponer, al menos, de cobertura a través del sistema de la Seguridad Social o bien derivada de la suscripción de póliza con otras entidades aseguradoras, siendo en estos casos el centro educativo el responsable de exigir la correspondiente acreditación en el momento de formalizar la matrícula en la asignatura de prácticas.

Asimismo, durante todo el periodo de prácticas externas en el INAEM el/la estudiante estará cubierto por un seguro de responsabilidad civil a cargo de la Comunidad de Madrid.

Séptima. Otras medidas en materia social, laboral y de empleo.

De la suscripción del presente convenio no derivará para el INAEM obligación alguna de carácter laboral o de Seguridad Social.

La Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades), en cumplimiento con lo dispuesto en la disposición adicional quincuagésima segunda apartado 4.º letra b) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, asumirá la gestión derivada de las obligaciones con la Seguridad Social y el pago de las cotizaciones de la Seguridad Social de los/las estudiantes en prácticas externas a que se refiere este convenio, que deberá ser asumido con cargo a sus créditos ordinarios y con arreglo a las prescripciones y previsiones fijadas legalmente.

Octava. Compromisos económicos asumidos por las partes.

Del presente convenio no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes que lo firman ni compromisos económicos u obligaciones financieras para el INAEM.

Novena. Régimen de modificación y plazo de vigencia.

El perfeccionamiento del convenio se producirá cuando firme el último/a de sus signatarios y su vigencia será de cuatro años desde que produzca efectos.

Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

La modificación de los términos del presente convenio y/o la prórroga de su vigencia requerirán el acuerdo unánime de las partes mediante la suscripción de la correspondiente adenda, previa sustanciación de los trámites previstos normativamente. Dicha adenda de prórroga o modificación surtirá efectos con su inscripción en REOICO antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, la adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

La prórroga del convenio podrá acordarse por un periodo de hasta cuatro años adicionales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La modificación del convenio no tendrá efectos retroactivos desfavorables para las prácticas que ya se hayan iniciado y estén en curso de realización, que se regirán por lo dispuesto en el convenio en el momento de la firma del anexo.

Décima. Causas de resolución y extinción del convenio.

El presente convenio podrá extinguirse por cumplimiento o por resolución.

En caso de cumplimiento y resolución del convenio, resultarán de aplicación las previsiones del artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y cualesquiera otras que pudieran resultar de aplicación.

Serán causas de resolución las previstas en la legislación vigente y, en particular:

1. El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado prórroga.

2. Por acuerdo unánime de las partes.

3. Por decisión de una de las partes comunicada a la otra parte al menos tres meses antes de la finalización del curso escolar.

4. Por decisión de una de las partes comunicada a la otra parte con una antelación mínima de 15 días, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) Cese de actividades del centro educativo o del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.

b) Imposibilidad de desarrollar adecuadamente las actividades programadas, por causas imprevistas.

5. Incumplimiento por parte de uno de los firmantes de lo establecido en este convenio. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 51.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la otra parte deberá previamente requerir a la parte incumplidora para que lleve a cabo el cumplimiento de lo convenido en un plazo determinado, adecuado a la naturaleza de la obligación convencional de que se trate, que, de no ser atendido, conllevará la resolución del convenio. El requerimiento será comunicado a la comisión de seguimiento del convenio. La resolución por esta causa habilita a la parte perjudicada para solicitar indemnización por los daños ocasionados y los gastos que hubieran podido producirse conforme a la legislación en vigor.

6. Las partes quedan liberadas del cumplimiento de sus recíprocas obligaciones en caso fortuito o de fuerza mayor. Se entenderá, en todo caso, como supuesto de fuerza mayor, sucesos como incendios, inundaciones, guerras, actos vandálicos o de terrorismo, prohibición de las actividades por parte de la autoridad competente y, en general, todas aquellas que no se pudieran evitar. La parte que alegue la fuerza mayor deberá justificarla convenientemente.

7. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

8. Por cualquier otra causa legalmente prevista.

En caso de extinción derivada de las causas previstas en los apartados 2, 3 y 5, las partes garantizarán la terminación del curso académico o de las prácticas o actuaciones en curso. En los demás casos, se adoptarán las medidas que permita la naturaleza de la causa de resolución. A propuesta de la comisión de seguimiento, podrá acordarse la continuación y finalización de las actuaciones en curso que se consideren oportunas, estableciéndose un plazo improrrogable para su finalización. En defecto de acuerdo, el centro educativo decidirá unilateralmente sobre el modo en que facilitará a los alumnos/as la formación correspondiente, con la previa autorización de la Dirección General de Enseñanzas Artísticas de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.

Undécima. Protección de datos personales.

Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y disposiciones de desarrollo, así como en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos, RGPD).

1) Datos personales del alumnado que realizará prácticas:

Para la correcta ejecución de las prácticas descritas en el presente convenio es necesario que el INAEM trate datos de carácter personal de los alumnos/as participantes como Responsable de dichos tratamientos. El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música tiene la consideración de responsable del tratamiento de los datos personales de los referidos alumnos/as comunicados por el Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila» ya que determina los medios y los fines de los tratamientos de datos necesarios para la realización de las prácticas externas que constituyen el objeto de este convenio.

Con ocasión de la finalización de la realización de las prácticas, el INAEM se compromete a bloquear, una vez comunicado al Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila», los datos del informe académico del tutor/a y a su destrucción transcurridos tres años.

El Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila» se compromete a informar a los estudiantes, con ocasión de la comunicación de los datos personales al INAEM, sobre la existencia de dicha comunicación y el tratamiento a realizar por el organismo autónomo.

Las partes mantendrán la confidencialidad en el tratamiento de todos los datos personales facilitados por cada una de ellas y de la información, de cualquier clase o naturaleza, resultante de la ejecución del presente convenio.

Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.

Información sobre el tratamiento de datos que realiza Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música: La gestión de datos personales de los estudiantes en prácticas estará asociada a la actividad de tratamiento «Convenios y protocolos generales de actuación», cuyo responsable es el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y cuya finalidad es la tramitación de los convenios y protocolos generales de actuación de los que es parte el INAEM. Los alumnos/as podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento dirigiendo una solicitud al Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, plza. del Rey, n.º 1, CP 28004, Madrid; o en la sede electrónica www.cultura.gob.es.

2) Datos personales de las personas físicas firmantes y de contacto:

Se informa a las partes que sus datos personales serán tratados con la finalidad de gestionar la relación convencional y favorecer la comunicación entre las partes.

Información sobre el tratamiento de datos que realiza el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música como responsable del tratamiento: Identificación del tratamiento: gestión de los datos de la persona firmante del convenio y datos de las personas de contacto facilitados por la Administración Pública para la gestión de las prácticas. Finalidad: gestión de las prácticas de alumnos/as matriculados en el Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila». Ejercicio de derechos: Podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición a su tratamiento, dirigiendo una solicitud al Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, plza del Rey n.º 1, CP 28004, Madrid; o en la sede electrónica www.cultura.gob.es.

Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre la política de privacidad del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música en https://www.cultura.gob.es/cultura/artesescenicas/proteccion-datos.

Los datos personales podrán ser comunicados a la Intervención General de la Administración del Estado, al Tribunal de Cuentas y serán publicados en el Portal de la transparencia de la Administración General del Estado, de conformidad con Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para la que han sido recabados, siendo de aplicación la normativa de archivos y patrimonio documental español.

Información sobre el tratamiento de datos que realiza el Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila»: La gestión de datos personales del presente convenio está asociada a la actividad de tratamiento denominada Convenios Administrativos, cuyo responsable es el Director General de Enseñanzas Artísticas, y cuya finalidad es la tramitación, gestión, ejecución y seguimiento de convenios administrativos suscritos con otras Administraciones Públicas, organismos públicos, entidades de derecho público y universidades públicas o con sujetos de derecho privado. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento dirigiendo una solicitud por Registro Electrónico o Registro Presencial o en los lugares y formas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, preferentemente mediante el formulario de solicitud «Ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales». Dispone de información complementaria en el siguiente enlace: https://www.comunidad.madrid/protecciondedatos.

Si alguna de las partes considera que los datos no son tratados correctamente por la otra parte, o que las solicitudes de ejercicio de derechos no han sido atendidas correctamente, tiene el derecho a presentar una reclamación a la autoridad de protección de datos que corresponda. En este sentido, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) es la indicada en el territorio nacional (www.agpd.es).

Duodécima. Comisión mixta de seguimiento del convenio.

Se crea una comisión mixta que llevará a cabo el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. La comisión está formada por las siguientes personas: en representación de la Comunidad de Madrid, por la persona titular de la dirección del Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila» y la persona responsable de las prácticas, o personas en quien deleguen formalmente; y, en representación del INAEM, por las titulares de Gerencia del Ballet Nacional de España y Compañía Nacional de Danza, o personas en quien deleguen formalmente.

La comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del convenio, de acuerdo con la legalidad aplicable.

La comisión adoptará sus decisiones de mutuo acuerdo, y las mismas se harán constar en la correspondiente acta. En lo demás, en la medida que su composición lo permita, adaptará su régimen de funcionamiento a lo establecido en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Decimotercera. Régimen jurídico.

Este convenio tiene naturaleza administrativa, quedando sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el capítulo VI título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a las normas generales de Derecho Administrativo, a los principios de buena administración y al ordenamiento jurídico en general.

Decimocuarta. Colaboración entre las partes.

Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento según los principios de buena fe y de eficacia para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.

Las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución del convenio en el seno de la comisión de seguimiento.

Decimoquinta. Solución de controversias.

Las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse sobre la interpretación y aplicación del presente convenio se resolverán, en primer término, por las partes de común acuerdo, en el seno de la comisión de seguimiento contemplada en la cláusula duodécima de este convenio, en todo caso de conformidad con la legalidad vigente, en especial conforme a la regulación sobre convenios contenida en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y, en defecto de acuerdo entre las partes, por los juzgados y tribunales del orden contencioso-administrativo.

Decimosexta. Información al ciudadano.

En aplicación de lo dispuesto en la ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso y buen gobierno, este convenio será puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal de la Transparencia.

Decimoséptima. Competencias.

Este convenio no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.

En prueba de conformidad, se firma el presente convenio a la fecha de la última firma consignada.–Por la Comunidad de Madrid, el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (Orden 365/2024, de 13 de febrero, BOCM de 20 de febrero de 2024), la Directora del Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila», Eva María López Crevillén.–Por el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, la Directora General, María Paz Santa-Cecilia Aristu.

ANEXO 1
Prácticas externas para la obtención del título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Danza, especialidad Pedagogía de la Danza

Don/doña(1) ................................. con DNI …………………………….(1), matriculado/a en el Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila» en el curso académico …..(2) realizará prácticas externas para la obtención del título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Danza, especialidad Pedagogía de la Danza, en virtud del convenio de fecha …………......…..(3) entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, publicado en el BOCM n.º ……………….

Las prácticas estarán vinculadas al proyecto formativo y se realizarán de forma presencial en……………………………….…………(4) con sede en …………………….(4)

El tutor/a asignado/a por parte del Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila» es don/doña ……………………………………. (5), que ocupa el cargo de ……………… (5) y por parte del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música es don/doña ..............…………..(6), que ocupa el cargo de …..........…………..(6).

Fecha de comienzo de las prácticas

Fecha de finalización de las prácticas

Número total de horas presenciales(7)

Horario

Número total de ECTS

       

El/la estudiante declara tener conocimiento de los términos del convenio y los asume en la formulación y contenido acordados. Asimismo, se compromete a mantener la más estricta obligación de confidencialidad sobre toda aquella información a la que pueda tener acceso como consecuencia de la realización de las mismas en el INAEM, durante su estancia y una vez finalizada ésta.

PROYECTO FORMATIVO

– Competencias transversales:

● CT1. Organizar y planificar el trabajo de forma eficiente y motivadora.

● CT2. Recoger información significativa, analizarla, sintetizarla y gestionarla adecuadamente.

● CT3. Solucionar problemas y tomar decisiones que respondan a los objetivos del trabajo que se realiza.

● CT4. Utilizar eficientemente las tecnologías de la información y la comunicación.

● CT6. Realizar autocrítica hacia el propio desempeño profesional e interpersonal.

● CT7. Utilizar las habilidades comunicativas y la crítica constructiva en el trabajo en equipo.

● CT8. Desarrollar razonada y críticamente ideas y argumentos.

● CT9. Integrarse adecuadamente en equipos multidisciplinares y en contextos culturales diversos.

● CT10. Liderar y gestionar grupos de trabajo.

● CT11. Desarrollar en la práctica laboral una ética profesional basada en la apreciación y sensibilidad estética, medioambiental y hacia la diversidad.

● CT12. Adaptarse, en condiciones de competitividad a los cambios culturales, sociales y artísticos y a los avances que se producen en el ámbito profesional y seleccionar los cauces adecuados de formación continuada.

● CT13. Buscar la excelencia y la calidad en su actividad profesional.

● CT15. Trabajar de forma autónoma y valorar la importancia de la iniciativa y el espíritu emprendedor en el ejercicio profesional.

● CT17. Contribuir con su actividad profesional a la sensibilización social de la importancia del patrimonio cultura, su incidencia en los diferentes ámbitos y su capacidad de generar valores significativos.

– Competencias generales:

● CG1. Estar capacitados/as para comprender, crear, interpretar y enseñar la danza con el nivel técnico, estilístico e interpretativo requerido.

● CG2. Tener un conocimiento amplio de las técnicas y los lenguajes de la danza, del movimiento y de las disciplinas corporales, así como el repertorio desde el punto de vista técnico, estilístico e interpretativo.

● CG3. Conocer los principios básicos, tanto teóricos como prácticos, del funcionamiento del cuerpo humano, con el objeto de proporcionar una visión global e integradora del mismo.

● CG4. Desarrollar la capacidad para entender las características específicas de cada individuo, aplicando todo ello en el desarrollo y ejercicio profesional.

● CG5. Tener capacidad para conducir a personas, en su proceso creativo, formativo y/o interpretativo disponiendo de los conocimientos, recursos y experiencias necesarios.

● CG8. Conocer e integrar competentemente, lenguajes, disciplinas y herramientas artísticas, tecnológicas, escénicas, musicales, visuales, entre otras, con el objeto de desarrollar las capacidades y destrezas.

● CG10. Ser capaz de elaborar, justificar y explicar un discurso propio, oral, escrito o visual, sobre la danza comunicándolo en ámbitos diversos: profesionales, artísticos, amateurs sean o no especializados en temas artísticos o de danza.

● CG14. Tener e integrar conocimientos teóricos que le permitan un análisis crítico y metodológico y un juicio estético de la creación artística y escénica.

– Competencias específicas:

● CP1. Saber comunicar y transmitir conocimientos, vinculados a la danza, a los alumnos/as y participantes en las actividades o proyectos formativos, conduciendo, orientando y promoviendo el aprendizaje autónomo.

● CP4. Desarrollar capacidad para entender las características específicas de cada individuo y, en consonancia con ello, orientar al alumnado en su proceso formativo.

● CP5. Conocer, comprender y aplicar los principios psicopedagógicos generales, profundizando en metodologías y didácticas específicas de la danza, considerando los distintos contextos en los que se puede desempeñar la función docente.

● CP7. Conocer y saber aplicar técnicas de improvisación y composición que le ayuden en su labor pedagógica y en la realización de recreaciones y adaptaciones coreográficas o nuevas creaciones y en proyectos de distinta índole.

● CP8. Conocer el repertorio en profundidad y con un alto nivel de destreza para poder transmitir al alumnado los aspectos técnicos, musicales, estilísticos, interpretativos y artísticos del mismo.

● CP10. Conocer los movimientos, tendencias y escuelas de enseñanza de danza, así como el desarrollo histórico de los diferentes estilos de danza y su evolución hasta nuestros días. Conocer las corrientes actuales relacionadas con el hecho escénico.

● CP11. Adquirir los conocimientos musicales necesarios que permitan la comprensión de una estructura musical y sonora para su aplicación en el proceso de enseñanza-aprendizaje de la danza.

● CP13. Desarrollar la capacidad para elaborar, seleccionar, utilizar y evaluar materiales y recursos didácticos, en función del contexto (profesionalizador, social, educativo, terapéutico, histórico, tecnológico) en el que desempeñe su labor.

● CP14. Conocer la estructura organizativa y de funcionamiento de los centros, escuelas, institutos, conservatorios, aulas de danza y enseñanzas artísticas, centros polivalentes y multidisciplinares en general.

● CP15. Conocer el marco jurídico y administrativo básico que regula los distintos contextos educativos y sociales, en especial el correspondiente al sistema educativo en general con especial referencia a las enseñanzas artísticas.

● CP16. Saber colaborar con los distintos sectores de la comunidad educativa y de su entorno, desarrollando un trabajo cooperativo con docentes y/o profesionales de otros sectores, con el objeto de realizar y gestionar proyectos complejos y transversales dirigidos a la integración de personas y colectivos con necesidades especiales, en ámbitos de formación, educación, salud y comunitarios, entre otros.

● CP17. Adquirir conocimientos y habilidades para realzar la dimensión artística y social de la danza como instrumento clave en la integración de personas y colectivos específicos en la comunidad.

● CP18. Saber reflexionar sobre la propia praxis para innovar y mejorar la labor docente y educadora, integrando los conceptos teóricos y la repercusión de éstos sobre la práctica profesional. Adquirir hábitos y destrezas para el aprendizaje autónomo y cooperativo.

● CP19. Asumir que el ejercicio de la función educadora, docente y dinamizadora ha de ir perfeccionándose permanentemente y adaptándose a los cambios culturales, sociales, humanísticos y pedagógicos a lo largo de la vida.

– Resultado del aprendizaje:

● Conocer y aplicar, en función del contexto docente, las metodologías y didácticas específicas.

● Diseñar, planificar, analizar y evaluar procesos de enseñanza y aprendizaje, tanto individualmente como en colaboración con otros docentes y centros.

● Conocer el funcionamiento y la estructura de los centros públicos y/o privados de enseñanza.

● Guiar al alumnado en su proceso formativo, atendiendo a su especificidad, y promoviendo un aprendizaje autónomo.

En …......……., a ……….. de …….......… de 202...

El/la Director/a del Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila» El/la tutor/a de las prácticas del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música El/la alumno/a del Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila»

Fdo.:

Fdo.:

Fdo.:

(1) Nombre y DNI del alumno/a.

(2) Especificar el curso académico en el que se realizan las prácticas.

(3) Especificar la fecha del convenio.

(4) Indicar el nombre y la dirección de la Unidad del INAEM donde se realizarán las prácticas.

(5) Indicar el nombre y apellidos, así como el cargo que ocupa el tutor/a nombrado/a por el Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila».

(6) Indicar el nombre y apellidos, así como el cargo que ocupa el tutor/a nombrado/a por el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.

(7) Se expresarán las horas reales de realización de la actividad, excluyendo, en el caso de jornada partida, las horas dedicadas a la comida.

ANEXO 2
Prácticas externas para la obtención del título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Danza, especialidad Coreografía e Interpretación

Don/doña(1) ...................................................................... con DNI ……………………(1), matriculado/a en el Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila» en el curso académico ...…..(2) realizará prácticas externas para la obtención del título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Danza, especialidad Coreografía e interpretación, en virtud del convenio de fecha ………............…..(3) entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, publicado en el BOCM n.º …

Las prácticas estarán vinculadas al proyecto formativo y se realizarán de forma presencial en ……………………………….…………(4) con sede en ……………………..(4)

El tutor/a asignado/a por parte del Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila» es don/doña …………………………………………………………………………………. (5), que ocupa el cargo de ……………......................………(5), y por parte del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música es don/doña ...............…………..(6), que ocupa el cargo de………............……..(6).

Fecha de comienzo de las prácticas

Fecha de finalización de las prácticas

Número total de horas presenciales (7)

Horario

Número total de ECTS

       

El/la estudiante declara tener conocimiento de los términos del convenio y los asume en la formulación y contenido acordados. Asimismo, se compromete a mantener la más estricta obligación de confidencialidad sobre toda aquella información a la que pueda tener acceso como consecuencia de la realización de las mismas en el INAEM, durante su estancia y una vez finalizada ésta.

PROYECTO FORMATIVO

– Competencias transversales:

● CT1. Organizar y planificar el trabajo de forma eficiente y motivadora.

● CT8. Desarrollar razonada y críticamente ideas y argumentos.

● CT12. Adaptarse, en condiciones de competitividad a los cambios culturales, sociales y artísticos y a los avances que se producen en el ámbito profesional y seleccionar los cauces adecuados de formación continuada.

● CT13. Buscar excelencia y la calidad en su actividad profesional.

● CT14. Dominar la metodología de investigación en la generación de proyectos, ideas y soluciones viables.

● CT15. Trabajar de forma autónoma y valorar la importancia de la iniciativa y el espíritu emprendedor en el ejercicio profesional.

– Competencias generales:

● CG1. Estar capacitados/as para comprender, crear, interpretar y enseñar la danza con el nivel técnico, estilístico e interpretativo requerido.

● CG2. Tener un conocimiento amplio de las técnicas y los lenguajes de la danza, del movimiento y de las disciplinas corporales, así como el repertorio desde el punto de vista técnico, estilístico e interpretativo.

● CG5. Tener capacidad de conducir a personas, en su proceso creativo, formativo y/o interpretativo disponiendo de los conocimientos, recursos y experiencias necesarios.

● CG12. Desarrollar habilidades que le permitan participar en las prácticas escénicas asumiendo funciones grupales o de solista.

● CG14. Tener e integrar conocimientos teóricos que le permitan un análisis crítico y metodológico y un juicio estético de la creación artística y escénica.

– Competencias específicas:

● CCI6. Dominar técnicas de improvisación y composición coreográfica que le permitan tener recursos que le capaciten para la creación y composición coreográfica.

● CCI10. Adquirir los conocimientos musicales necesarios que le capaciten para interpretar, crear y entender las diferentes maneras de relacionar e interaccionar la música con la danza y la acción escénica.

● CCI12. Saber diseñar, organizar, planificar, realizar y evaluar procesos y/o proyectos artísticos. Dirigir, gestionar y producir procesos y/o proyectos artísticos.

● CCI14. Conocer las tendencias y propuestas de los principales creadores, siendo capaz de interpretar y dominar diferentes estilos.

● CCI15. Ser capaz de adaptarse a los diferentes procesos creativos y a los equipos de trabajo que los formen (bailarines/as, coreógrafos/as, director/a escénico/a, realizador/a, entre otros). Desarrollar la capacidad, habilidad y disposición para participar en un proceso creativo aportando recursos propios pudiendo combinarlos y compartirlos con flexibilidad, responsabilidad, sinceridad y generosidad en el trabajo colectivo.

● CCI16. Conocer las tendencias y propuestas más recientes en distintos campos de la creación coreográfica, tanto del espectáculo en vivo como audiovisual.

– Resultado del aprendizaje:

● Analizar los procesos coreográficos/interpretativos propios y ajenos.

● Adquirir la profesionalidad propia de esta profesión.

● Conocer la forma de trabajar de los lugares donde se realicen las prácticas.

En …….........…., a ……….. de ……...........… de 202...

El/la Director/a del Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila» El/la tutor/a de las prácticas del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música El/la alumno/a del Conservatorio Superior de Danza «María de Ávila»

Fdo.:

Fdo.:

Fdo.:

(1) Nombre y DNI del alumno/a.

(2) Especificar el curso académico en el que se realizan las prácticas.

(3) Especificar la fecha del convenio.

(4) Indicar el nombre y la dirección de la Unidad del INAEM donde se realizarán las prácticas.

(5) Indicar el nombre y apellidos, así como el cargo que ocupa el tutor/a nombrado/a por el Conservatorio Superior de Danza "María de Ávila".

(6) Indicar el nombre y apellidos, así como el cargo que ocupa el tutor/a nombrado/a por el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.

(7) Se expresarán las horas reales de realización de la actividad, excluyendo, en el caso de jornada partida, las horas dedicadas a la comida.

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