Antecedentes de hecho
Mediante Resolución de 16 de febrero de 2026, de la Viceconsejería de Justicia, se resolvió el concurso específico para la provisión de puestos de trabajo singularizados de las oficinas judiciales en el partido judicial de Oviedo, del Principado de Asturias.
Se ha advertido un error material en la citada resolución, que afecta a la denominación de uno de los puestos de trabajo, por lo que procede su rectificación.
Fundamento de Derecho
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos, existentes en sus actos.
Vistos los antecedentes de hecho y fundamento de Derecho concurrentes, resuelvo:
Rectificar la Resolución de 16 de febrero de 2026, de la Viceconsejería de Justicia, en los siguientes términos:
En la relación de puestos convocados, donde figura:
«18. Tramitación -Jefatura de Equipo SCT–TI-Área Civil/Social/C-A.»
Debe decir:
«18. Tramitación -Jefatura de Equipo SCT–TI-Área Social/C-A.»
En el resuelvo primero, donde figura:
«El puesto 18 denominado Tramitación-Jefatura de Equipo SCT–TI-Área Civil/Social/C-A se adjudica a Ana Isabel Movilla Borrajo, con destino actual en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa en el Juzgado Social n.º 5 de Oviedo.»
Debe decir:
«El puesto 18 denominado Tramitación -Jefatura de Equipo SCT–TI-Área Social/C-A se adjudica a Ana Isabel Movilla Borrajo, con destino actual en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa en el Juzgado Social n.º 5 de Oviedo.»
Oviedo, 9 de marzo de 2026.–La Viceconsejera de Justicia, Encarnación Vicente Suárez.
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