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Documento BOE-A-2026-6223

Resolución de 5 de marzo de 2026, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se corrigen errores en la de 13 de febrero de 2026, por la que se emplaza a las personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo 4/270/2026, interpuesto ante la Audiencia Nacional contra la Circular 9/2025, de 22 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifica la Circular 2/2019, de 12 de noviembre, por la que se establece la metodología de cálculo de la tasa de retribución financiera de las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica, y regasificación, transporte y distribución de gas natural, y se establece la tasa de retribución financiera aplicable a las actividades de transporte, operación del sistema y distribución de energía eléctrica en el periodo regulatorio 2026-2031.

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 16 de marzo de 2026, páginas 40575 a 40575 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
Referencia:
BOE-A-2026-6223

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el emplazamiento relativo al recurso contencioso-administrativo 4/270/2026 interpuesto por E-Distribución Redes Digitales, SLU, que se sigue por la Sección 4 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 50, de 25 de febrero de 2026, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

Donde dice:

«resolución por la que se establece el valor del índice global de ratios de 2026 de las empresas que realizan las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica y las actividades de transporte, regasificación, almacenamiento subterráneo y distribución de gas natural».

Debe decir:

«Circular 9/2025, de 22 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifica la Circular 2/2019, de 12 de noviembre, por la que se establece la metodología de cálculo de la tasa de retribución financiera de las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica, y regasificación, transporte y distribución de gas natural, y se establece la tasa de retribución financiera aplicable a las actividades de transporte, operación del sistema y distribución de energía eléctrica en el periodo regulatorio 2026-2031».

Madrid, 5 de marzo de 2026.–El Secretario del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, Miguel Bordiu García-Ovies.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 05/03/2026
  • Fecha de publicación: 16/03/2026
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores, con rectificación del título , en la Resolución de 13 de febrero de 2026 (Ref. BOE-A-2026-4367).

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