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Documento BOE-A-2026-6546

Orden DEF/229/2026, de 16 de marzo, por la que se aprueban los currículos de la enseñanza militar de formación de oficiales para la incorporación o adscripción a la Escala de Oficiales del Cuerpo de Intendencia del Ejército del Aire y del Espacio.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 21 de marzo de 2026, páginas 43392 a 43401 (10 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2026-6546

TEXTO ORIGINAL

La Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, establece en su artículo 57.2, que con el objeto de acceder a las escalas de oficiales de los cuerpos de Intendencia del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire y del Espacio se exigirán títulos del sistema educativo general, teniendo en cuenta los cometidos y facultades del cuerpo y escala a que se vaya a acceder. Asimismo, el artículo 65.1 de la misma ley, dispone que los planes de estudios de la formación militar general y específica y, en su caso, técnica se ajustarán a la definición de capacidades y diseño de perfiles para el ejercicio profesional establecidas por los jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire y del Espacio, en su ámbito de competencias.

La búsqueda continua de una mejora de la competencia profesional, unido a la evolución de los campos de actividad donde se desempeñan los cometidos del oficial del Ejército del Aire y del Espacio (EA), la asimilación de la responsabilidad del dominio espacial por parte del EA y la necesidad de mejora de la propia definición de las competencias del teniente del EA, ha llevado a dicho ejército a impulsar un nuevo modelo de enseñanza de formación de sus oficiales, por lo cual, el jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio (JEMA) aprobó, el 21 de junio de 2022, un nuevo perfil y las competencias transversales, generales y especificas a adquirir por el oficial del EA para su acceso al cuerpo y escala correspondiente, entre las que se encuentran las correspondientes al Cuerpo de Intendencia del EA y al que deberán ajustarse los planes de estudio de su enseñanza de formación.

Por consiguiente, se hace necesario aprobar nuevos currículos de la enseñanza de formación de los oficiales del Cuerpo de Intendencia del EA (CINEA) que, además de permitir alcanzar las competencias transversales de las escalas de oficiales de los cuerpos del EA, así como las generales y específicas del CINEA, garantice que todos sus contenidos aportan competencias al perfil de egreso y proporcionan un reconocimiento académico en consonancia con las titulaciones de ese mismo nivel de esfuerzo del sistema educativo contemplado en el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), proporcionando una formación avanzada con un mayor carácter de especialización en el campo de actividad de su especialidad fundamental.

Asimismo, el nuevo modelo de enseñanza de formación de oficiales del EA, y de manera específica para el CINEA, persigue, además, promover la capacidad de investigación del alumnado, a través de trabajos de fin de formación con un marcado carácter en ese sentido, mejorar la preparación en el idioma inglés, adecuando su enseñanza y aprendizaje a necesidades más específicas de su campo de actividad e incrementando el grado de dominio de las destrezas lingüísticas y fomentar la educación física y la práctica deportiva como hábitos saludables durante toda la trayectoria del militar y como prevención de lesiones derivadas de la actividad profesional.

Los currículos que ahora se aprueban incorporan las materias y asignaturas que constituyen el nuevo Máster Universitario en Gestión Económico-Administrativa del EA de la Universidad Politécnica de Cartagena, Universidad de adscripción del Centro Universitario de la Defensa ubicado en la Academia General del Aire y del Espacio de San Javier, al cual corresponde la responsabilidad de impartir esta nueva titulación.

El artículo 16 del Reglamento de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1051/2020, de 1 de diciembre, establece que los currículos de la enseñanza de formación, una vez elaborados, deberán ser remitidos a la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar para comprobar que se ajustan a la normativa en vigor y que realizará los trámites para su aprobación por parte de la persona titular del Ministerio de Defensa, publicándose en el «Boletín Oficial del Estado».

Esta orden ministerial responde a los principios de buena regulación, de conformidad con el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En concreto, cumple con los principios de necesidad y eficacia, pues se trata de un instrumento necesario y adecuado para servir al interés general.

En cuanto al principio de proporcionalidad, la disposición contiene la regulación imprescindible para atender a la necesidad perseguida que, además, no implica ninguna restricción de derechos para sus destinatarios.

De igual modo, la norma garantiza la seguridad jurídica al ejercerse de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico para generar un marco normativo integrado y estable, y es conforme a las exigencias del principio de transparencia ya que sus objetivos están claramente definidos. Además, durante la tramitación, esta disposición fue informada por las asociaciones profesionales con representación en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.2.b) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, y se ha dado conocimiento de la misma al resto de asociaciones profesionales inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.1.c) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio. Finalmente, con arreglo a lo establecido en el artículo 49.1.c) de la citada ley orgánica, ha sido informada por el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas. Asimismo, fue sustanciado el trámite de audiencia e información pública de conformidad con el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

En su virtud, y de conformidad con el artículo 16.4 del Reglamento de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1051/2020, de 1 de diciembre, dispongo:

Artículo único. Aprobación de los currículos.

Se aprueban los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la incorporación o adscripción a la escala de oficiales del Cuerpo de Intendencia del Ejército del Aire y del Espacio, cuyos textos se insertan a continuación.

Disposición adicional única. Empleos eventuales.

Con arreglo al artículo 68.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, cuando el alumnado de la enseñanza de formación de oficiales para la incorporación o adscripción en el Cuerpo de Intendencia del Ejército del Aire y del Espacio haya superado completamente el periodo de formación de carácter general (primer cuatrimestre), se les concederá, con carácter eventual y a efectos académicos, de prácticas y retributivos, el empleo de alférez alumno/a.

Disposición transitoria primera. Extinción de los planes de estudios.

Una vez que entren en vigor estos nuevos currículos, los planes de estudios anteriores se extinguirán en el curso académico en que egrese la totalidad del alumnado que los haya cursado, y coexistirán en el caso de que algún alumno/a, habiéndolo cursado, tuviese que repetir curso.

Disposición transitoria segunda. Repetición de cursos.

Por la junta docente se harán las adaptaciones necesarias para la elaboración del plan de matrícula de aquel alumno/a que, teniendo que repetir curso, deba cursar el currículo que se aprueba en esta orden ministerial.

Disposición derogatoria. Derogación normativa.

1. Queda derogada la Orden DEF/1667/2015, de 29 de julio, por la que se aprueban los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración o adscripción a la escala de oficiales del Cuerpo de Intendencia del Ejército del Aire mediante la forma de ingreso con titulación previa.

2. Asimismo, queda derogada cualquier otra disposición de igual o inferior rango en todo aquello en lo que se oponga a lo dispuesto en esta orden ministerial.

Disposición final única. Entrada en vigor.

1. La presente orden ministerial entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

2. Los currículos que se aprueban en esta orden ministerial se implementarán a partir del curso académico 2026-2027.

Madrid, 16 de marzo de 2026.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.

CURRÍCULO DE LA ENSEÑANZA DE FORMACIÓN DE OFICIALES PARA LA INCORPORACIÓN A LA ESCALA DE OFICIALES DEL CUERPO DE INTENDENCIA DEL EJÉRCITO DEL AIRE Y DEL ESPACIO
Artículo 1. Perfiles profesionales a alcanzar en el primer empleo.

1. El teniente del Cuerpo de Intendencia del Ejército del Aire y del Espacio estará capacitado para actuar con disciplina, asumiendo los principios de jerarquía y unidad de acción, con sujeción a la Constitución Española, a las Reales Ordenanzas, al derecho de los conflictos armados y al resto del ordenamiento jurídico, utilizando las formas propias de acción del Ejército del Aire y del Espacio.

2. Además, estará capacitado para:

a) Ejercer las funciones operativas, técnicas, logísticas, administrativas y docentes en el desempeño de los cometidos propios de su cuerpo y escala, para la preparación y empleo de la Fuerza y Apoyo a la Fuerza, en el ámbito de su competencia y responsabilidad, así como para la utilización de los recursos personales, materiales y financieros de los que sea responsable.

b) Adecuar sus acciones a las circunstancias, mediante el análisis, la evaluación de riesgos y la deducción de opciones oportunas y adecuadas, así como asumir la responsabilidad de sus acciones.

c) Elaborar, interpretar y transmitir, a su nivel, de un modo claro y sin ambigüedades, órdenes e ideas en español e inglés, y para desarrollar su actividad integrado en organizaciones militares multinacionales.

d) Asesorar, aplicando el estudio y la investigación en las materias que, por razón del cuerpo y escala de pertenencia, sean de su competencia.

Artículo 2. Planificación temporal de los currículos.

A continuación se relaciona la planificación temporal del currículo por cursos, con sus módulos correspondientes y, en aplicación de la norma tercera de la Orden DEF/711/2022, de 18 de julio, por la que se establecen las normas de evaluación, progreso y permanencia en los centros docentes militares de formación para la incorporación a las escalas de las Fuerzas Armadas, la determinación de materias o asignaturas declaradas selectivas.

Curso 1.º Primer curso

Centro: Academia General del Aire y del Espacio (AGA)

Módulo Materia Asignatura Carga de trabajo Selectiva
Formación Militar General. Formación Básica. Formación Militar Básica I. 1,5 ECTS  
Formación Militar Básica II. 1,5 ECTS  
Formación Militar. Formación Militar I. 2 ECTS  
Formación Militar II. 2,5 ECTS  
Formación Militar III. 2,5 ECTS  
Formación en Idioma Extranjero*. Idioma. Inglés de gestión. 6 ECTS X
Formación Militar Específica*. Logística y Economía. Economía de la Defensa y Fundamentos de Logística. 6 ECTS X
Formación Militar de la Especialidad Fundamental*. Derecho. Actos Administrativos y sus Recursos. 6 ECTS X
Fundamentos de Derecho en Gestión Económico-Administrativa. 3 ECTS X
Presupuesto y gasto público. Presupuestación, Ejecución y Control. 6 ECTS X
Contratación administrativa. Contratación Administrativa. 6 ECTS X
Contabilidad y Gestión de Tesorería. Contabilidad y Pagaduría. 6 ECTS X
Procedimientos de Intendencia. Procedimientos de gestión en tesorería. 4,5 ECTS X
Procedimientos de contabilidad y de contratación. 6 ECTS X
Procedimientos de apoyo logístico al personal. 4,5 ECTS X
Trabajo Fin de Formación*. Trabajo Fin de Formación. TFF. 6 ECTS X
Instrucción y Adiestramiento. Formación Física. Formación Física. 100 horas X
I+A. Formación Militar y Técnicas de Mando I. 6 semanas X
Fase de Acogida. 2 semanas  
 Total. 70 ECTS + 10,4 semanas I+A  
* Módulo, materia o asignatura que forma parte del Máster Universitario en Gestión Económico-Administrativa del Ejército del Aire y del Espacio de la Universidad Politécnica de Cartagena.

Curso 2.º Segundo curso

Centro: Escuela de Técnicas Aeroespaciales (ESTAER)

Módulo Materia Asignatura Carga de trabajo Selectiva
Formación en Idioma Extranjero. Idioma. Inglés comercial. 6 ECTS
Técnicas de negociación en inglés. 6 ECTS
Formación Militar Específica. Ciencias. Tecnología Espacial y Ciberespacial. 3 ECTS
Informática de gestión. 3 ECTS
Comunicación y Psicología. Historia Militar Aeroespacial. 3 ECTS
Fundamentos de Comunicación Estratégica y Protocolo. 3 ECTS
Psicología. 3 ECTS
Formación Militar de la Especialidad Fundamental. Procedimientos en Contratación Pública. Contratación Internacional (Agencias, Programas, FMS). 4,5 ECTS
Contratación Pública Centralizada. 6 ECTS
Contratación Pública en Unidades. 6 ECTS
Procedimientos en Gestión Económica y Pagadurías. Procedimientos de tesorería y de indemnizaciones. 6 ECTS
Procedimientos en Logística. Gestión de recaudación de ingresos por ventas y logística de apoyo al personal y de material. 6 ECTS
Procedimientos en Contabilidad. Procedimientos de contabilidad. 4,5 ECTS
Instrucción y Adiestramiento. I+A. Formación Militar y Técnicas de Mando II. 8 semanas
Formación Física. Formación Física II. 88 horas
 Total. 60 ECTS + 10,1 semanas I+A  
Artículo 3. Reconocimiento de créditos.

1. Serán reconocidos al alumnado vinculado profesionalmente con las Fuerzas Armadas, a solicitud de los interesados, la fase de acogida y los créditos correspondientes a los módulos, materias y asignaturas que se indican a continuación, según su procedencia:

a) Escala de suboficiales: la materia Formación Básica y las asignaturas Formación Militar I, Formación Militar II de la materia Formación Militar del módulo Formación Militar General.

b) Escala de tropa: la asignatura Formación Militar Básica I, de la materia Formación Básica, del módulo Formación Militar General.

2. También podrán ser reconocidos al alumnado, a petición del personal interesado en función de la experiencia profesional, cursos, títulos y currículo superado de su escala de procedencia y de la especialidad fundamental, en su caso, los créditos de los módulos, materias y asignaturas que acrediten, así como los obtenidos en enseñanzas a las que se refiere la normativa vigente y que a juicio de la junta docente o universidad de adscripción, tengan similar duración, número de créditos y contenido.

Artículo 4. Relación de materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas a distancia, por razón de embarazo, parto, posparto u otros motivos justificados.

A continuación se relacionan, por cursos y módulos, aquellas materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas en la modalidad a distancia, con indicación del carácter total (T) o parcial (P), para las alumnas en situación de embarazo, parto o posparto, al alumnado que esté disfrutando del permiso por nacimiento para el progenitor diferente de la madre biológica, o del permiso por adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, al menos durante las seis primeras semanas posteriores al hecho causante al ser indisponibles por el militar, así como para todo aquel alumnado que no pueda desarrollar, por motivos justificados, la enseñanza de manera presencial.

Curso 1.º Primer curso

Centro: Academia General del Aire y del Espacio (AGA)

Módulo Materia Asignatura Impartible a distancia (T/P)
Formación Militar General. Formación Básica. Formación Militar Básica I. T
Formación Militar Básica II. T
Formación Militar. Formación Militar I. T
Formación Militar II. T
Formación Militar III. T
Formación en Idioma Extranjero. Idioma. Inglés de Gestión. T
Formación Militar Específica. Logística y Economía. Economía de la Defensa y Fundamentos de Logística. P
Formación Militar de la Especialidad Fundamental. Derecho. Actos administrativos y sus recursos. P
Fundamentos de Derecho en Gestión Económico-Administrativa. P
Presupuesto y gasto público. Presupuestación, Ejecución y Control. P
Contratación administrativa. Contratación Administrativa. P
Contabilidad y Gestión de Tesorería. Contabilidad y Pagaduría. P
Procedimientos de Intendencia. Procedimientos de gestión en tesorería. P
Procedimientos de contabilidad y de contratación. P
Procedimientos de apoyo logístico al personal. P
Trabajo Fin de Formación. Trabajo Fin de Formación. TFF.  
Instrucción y Adiestramiento. Formación Física. Formación Física I.  
I+A. Formación Militar y Técnicas de Mando I.  
Fase de Acogida. P

Curso 2.º Segundo curso

Centro: Escuela de Técnicas Aeroespaciales (ESTAER)

Módulo Materia Asignatura Impartible a distancia (T/P)
Formación en Idioma Extranjero. Idioma. Inglés comercial. P
Técnicas de negociación en inglés. P
Formación Militar Específica. Ciencias. Tecnología Espacial y Ciberespacial. P
Informática de gestión. P
Comunicación y Psicología. Historia Militar Aeroespacial. P
Fundamentos de Comunicación Estratégica y Protocolo. P
Psicología. P
Formación Militar de la Especialidad Fundamental. Procedimientos en Contratación Pública. Contratación Internacional (Agencias, Programas, FMS). P
Contratación Pública Centralizada. P
Contratación Pública en Unidades. P
Procedimientos en Gestión Económica y Pagadurías. Procedimientos de tesorería y de indemnizaciones. P
Procedimientos en Logística. Gestión de recaudación de ingresos por ventas y logística de apoyo al personal y de material. P
Procedimientos en Contabilidad. Procedimientos de contabilidad. P
Instrucción y Adiestramiento. I+A. Formación Militar y Técnicas de Mando II.  
Formación Física. Formación Física II.  
Artículo 5. Relación de materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas en lengua inglesa además del módulo de Formación en Idioma Extranjero.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.3 de la Orden DEF/810/2015, de 4 de mayo, por la que se aprueban las directrices generales para la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las diferentes escalas de oficiales de los cuerpos de las Fuerzas Armadas, la presentación y defensa del trabajo de fin de la formación ante un tribunal, se podrá hacer en lengua inglesa.

CURRÍCULO DE LA ENSEÑANZA DE FORMACIÓN DE OFICIALES PARA LA ADSCRIPCIÓN COMO MILITAR DE COMPLEMENTO A LA ESCALA DE OFICIALES DEL CUERPO DE INTENDENCIA DEL EJÉRCITO DEL AIRE Y DEL ESPACIO
Artículo 1. Perfiles profesionales a alcanzar en el primer empleo.

1. El teniente militar de complemento del Cuerpo de Intendencia del Ejército del Aire y del Espacio, estará capacitado para actuar con disciplina, asumiendo los principios de jerarquía y unidad de acción, con sujeción a la Constitución Española, a las Reales Ordenanzas, al derecho de los conflictos armados y al resto del ordenamiento jurídico, utilizando las formas propias de acción del Ejército del Aire y del Espacio.

2. Además, estará capacitado para:

a) Ejercer las funciones operativas, técnicas, logísticas, administrativas y docentes en el desempeño de los cometidos propios de su cuerpo y escala, para la preparación y empleo de la Fuerza y Apoyo a la Fuerza, en el ámbito de su competencia y responsabilidad, así como para la utilización de los recursos personales, materiales y financieros de los que sea responsable.

b) Adecuar sus acciones a las circunstancias, mediante el análisis, la evaluación de riesgos y la deducción de opciones oportunas y adecuadas, así como asumir la responsabilidad de sus acciones.

c) Elaborar, interpretar y transmitir, a su nivel, de un modo claro y sin ambigüedades órdenes e ideas en castellano e inglés, y para desarrollar su actividad integrado en organizaciones militares multinacionales.

d) Asesorar, aplicando el estudio y la investigación en las materias que, por razón del cuerpo y escala de pertenencia, sean de su competencia.

Artículo 2. Planificación temporal de los currículos.

A continuación, se relaciona la planificación temporal del currículo del curso, con sus módulos correspondientes:

Curso 1.º Primer curso

Centro: Academia General del Aire y del Espacio (AGA)

Módulo Materia Asignatura Carga de trabajo
Formación Militar General. Formación Básica. Formación Militar Básica I. 1,5 ECTS
Formación Militar Básica II. 1,5 ECTS
Formación Militar. Formación Militar I. 2 ECTS
Formación Militar II. 2,5 ECTS
Formación Militar III. 2,5 ECTS
Formación en Idioma Extranjero*. Idioma. Inglés de gestión. 6 ECTS
Formación Militar Específica*. Logística y Economía. Economía de la Defensa y Fundamentos de Logística. 6 ECTS
Formación Militar de la Especialidad Fundamental*. Derecho. Actos Administrativos y sus Recursos. 6 ECTS
Fundamentos de Derecho en Gestión Económico-Administrativa. 3 ECTS
Presupuesto y gasto público. Presupuestación, Ejecución y Control. 6 ECTS
Contratación administrativa. Contratación Administrativa. 6 ECTS
Contabilidad y Gestión de Tesorería. Contabilidad y Pagaduría. 6 ECTS
Procedimientos de Intendencia. Procedimientos de gestión en tesorería. 4,5 ECTS
Procedimientos de contabilidad y de contratación. 6 ECTS
Procedimientos de apoyo logístico al personal. 4,5 ECTS
Trabajo Fin de Formación*. Trabajo Fin de Formación. TFF. 6 ECTS
Instrucción y Adiestramiento. Formación Física. Formación Física. 100 horas
I+A. Formación Militar y Técnicas de Mando I. 6 semanas
Fase de Acogida. 2 semanas
 Total. 70 ECTS + 10,4 semanas I+A
* Módulo, materia o asignatura que forma parte del Máster Universitario en Gestión Económico-Administrativa del Ejército del Aire y del Espacio de la Universidad Politécnica de Cartagena.
Artículo 3. Reconocimiento de créditos.

1. Serán reconocidos al alumnado vinculado profesionalmente con las Fuerzas Armadas, a solicitud de los interesados, la fase de acogida y los créditos correspondientes a los módulos, materias y asignaturas que se indican a continuación, según su procedencia:

a) Escala de suboficiales: la materia Formación Básica, y las asignaturas Formación Militar I, Formación Militar II de la materia Formación Militar del módulo Formación Militar General.

b) Escala de tropa: la asignatura Formación Militar Básica I, de la materia Formación Básica, del módulo Formación Militar General.

2. También podrán ser reconocidos al alumnado, a petición del personal interesado, en función de la experiencia profesional, cursos, títulos y currículo superado de su escala de procedencia y de la especialidad fundamental, en su caso, los créditos de los módulos, materias y asignaturas que acrediten, así como los obtenidos en enseñanzas a las que se refiere la normativa vigente y que a juicio de la junta docente o universidad de adscripción, tengan similar duración, número de créditos y contenido.

Artículo 4. Relación de materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas a distancia, por razón de embarazo, parto, posparto u otros motivos justificados.

A continuación se relacionan, por cursos y módulos, aquellas materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas en la modalidad a distancia, con indicación del carácter total (T) o parcial (P), para las alumnas en situación de embarazo, parto o posparto, al alumnado que esté disfrutando del permiso por nacimiento para el progenitor diferente de la madre biológica, o del permiso por adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, al menos durante las seis primeras semanas posteriores al hecho causante al ser indisponibles por el militar, así como para todo aquel alumnado que no pueda desarrollar, por motivos justificados, la enseñanza de manera presencial:

Curso 1.º Primer curso

Centro: Academia General del Aire y del Espacio (AGA)

Módulo Materia Asignatura Impartible a distancia (T/P)
Formación Militar General. Formación Básica. Formación Militar Básica I. T
Formación Militar Básica II. T
Formación Militar. Formación Militar I. T
Formación Militar II. T
Formación Militar III. T
Formación en Idioma Extranjero. Idioma. Inglés de gestión. T
Formación Militar Específica. Logística y Economía. Economía de la Defensa y Fundamentos de Logística. P
Formación Militar de la Especialidad Fundamental. Derecho. Actos Administrativos y sus Recursos. P
Fundamentos de Derecho en Gestión Económico-Administrativa. P
Presupuesto y gasto público. Presupuestación, Ejecución y Control. P
Contratación administrativa. Contratación Administrativa. P
Contabilidad y Gestión de Tesorería. Contabilidad y Pagaduría. P
Procedimientos de Intendencia. Procedimientos de gestión en tesorería. P
Procedimientos de contabilidad y de contratación. P
Procedimientos de apoyo logístico al personal. P
Trabajo Fin de Formación. Trabajo Fin de Formación. TFF.  
Instrucción y Adiestramiento. Formación Física. Formación Física.  
I+A. Formación Militar y Técnicas de Mando I.  
Fase de Acogida. P
Artículo 5. Relación de materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas en lengua inglesa además del módulo de Formación en Idioma Extranjero.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.3 de la Orden DEF/810/2015, de 4 de mayo, por la que se aprueban las directrices generales para la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las diferentes escalas de oficiales de los cuerpos de las Fuerzas Armadas, la presentación y defensa del trabajo de fin de la formación ante un tribunal, se podrá hacer en lengua inglesa.

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