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Documento BOE-A-2026-825

Resolución de 15 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques eólicos "Sición y Silvano", de 48 MW y 42 MW respectivamente, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza».

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 14 de enero de 2026, páginas 6528 a 6540 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2026-825

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 29 de noviembre de 2022, tiene entrada en esta Dirección General solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Parques eólicos «Sición y Silvano» de 48 MW y 42 MW respectivamente, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza», promovido por Energía Inagotable de Silvano, S.L. y Energía Inagotable de Sición S.L., respecto del que la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ostenta la condición de órgano sustantivo.

Alcance de la evaluación

La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por los promotores para el proyecto «Parques eólicos «Sición y Silvano» de 48 MW y 42 MW respectivamente, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza» y se pronuncia sobre los impactos asociados al mismo analizados por los promotores, así como los efectos sobre los factores ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto. Se incluye asimismo en la evaluación el proceso de participación pública y consultas.

No comprende el ámbito de la evaluación de seguridad y salud en el trabajo, ni de seguridad aérea, carreteras u otros, que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos.

1. Descripción y localización del proyecto

El proyecto objeto de evaluación comprende dos parques eólicos (en adelante PPEE), una subestación eléctrica (en adelante SET) y una línea aérea de alta tensión (en adelante LAAT). Su ubicación está proyectada en la provincia de Zaragoza, comunidad autónoma de Aragón.

Las características principales de los parques eólicos son las siguientes:

– Parque eólico Sición. En los municipios de Pedrola y Figueruelas. Tiene un total de 8 aerogeneradores y una potencia nominal de 48 MW. Evacúa mediante una línea soterrada de media tensión con una longitud total de 7.872 m. Durante el proceso de tramitación ambiental, el promotor desplaza las posiciones SCN-03 y SCN-04.

– Parque eólico Silvano. En los municipios de Pedrola, Figueruelas, Alcalá de Ebro y Cabañas de Ebro. Tiene un total de 7 aerogeneradores y una potencia nominal de 42 MW. Evacúa mediante una línea soterrada de media tensión con una longitud total de 14.554 m. Durante el proceso de tramitación ambiental, el promotor desplaza las posiciones SNO-01, SNO-04, SNO-05 y SNO-06 y, descarta la posición SNO-07 por lo que pasa a estar formado por 6 aerogeneradores.

Durante la tramitación ambiental, los promotores modifican el modelo de aerogenerador que, inicialmente contaba con 6MW de potencia nominal, pasando a proponer la utilización de aerogeneradores NORDEX N163/6.X de hasta 7MW de potencia nominal, con 113 metros de altura de buje y 163 metros de diámetro de rotor.

La infraestructura de evacuación consta de:

– Subestación eléctrica trasformadora "SET Grisén" 30/400 kV, en el término municipal de Pedrola. Con una superficie de ocupación 0,33 ha y una capacidad de evacuación de 100 MVA.

– Línea aérea de alta tensión "LAAT 400 kV SET Grisén – Vértice Jalón», de 12,893 km de simple circuito, en los términos municipales de Pedrola, Plasencia de Jalón y Rueda de Jalón. Constituida por 31 apoyos.

Se contempla también la construcción de una torre de medición autosoportada en cada parque eólico, de 135,5 m de altura. Como instalaciones complementarias a cada parque se prevé la construcción de un parking de 100 x 5 m, una campa de 100 m x 100 m para acopios y oficinas y, una campa de machaqueo de 200 m x 200 m. La obra civil contempla una red de viales que aprovecharán caminos existentes y abrirá nuevos accesos con adecuación de los existentes a los requerimientos del transporte. Todos los viales se adaptarán a 6 m de anchura. Se realizarán obras de drenaje de aguas. Las zanjas para conducciones subterráneas tendrán un trazado contiguo a los caminos de acceso.

Los parques eólicos evacuarán la energía producida hasta la SET Grisén 30/400 kV, desde la que partirá la LAAT 400 kV SET Grisén hasta la LAAT Vértice Jalón- SET Jalón. Desde este vértice parte otra LAAT hasta la SET Jalón, desde donde continúa hasta la SET Promotores Catadau pasando por los nudos «Ojos Negros» y «Alcublas» y, finalmente, evacúa a la red de transporte a través de la SET Catadau. La evacuación desde Vértice Jalón hasta la red de transporte es objeto de otros procedimientos sustantivos.

2. Tramitación del procedimiento

Con fecha 21 de octubre de 2021, los promotores presentan solicitudes de autorización administrativa previa para los dos parques eólicos y su infraestructura de evacuación ante la Dirección General de Política Energética y Minas del MITECO, que dicta acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta de los expedientes mediante resolución del 13 de marzo de 2022.

Se realiza el trámite de información pública mediante las siguientes publicaciones por parte del órgano sustantivo:

– «Boletín Oficial del Estado», de 21 de mayo de 2022.

– «Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza», de 23 de mayo de 2022.

– Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cañadas de Ebro, el 25 de mayo de 2022.

Las consultas a las Administraciones, organismos y/o empresas de servicio público o de servicios de interés general se realizaron con fecha 23 de mayo de 2022.

El resultado de la tramitación de las consultas y la información pública se resume en el anexo de la presente resolución.

Con fecha 29 de noviembre de 2022, se inicia el procedimiento de evaluación ambiental ordinaria. Como resultado del análisis formal del expediente se determina la necesidad de dar audiencia al promotor previa a la inadmisión del expediente conforme a lo establecido en el artículo 39.4 de la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, por no tener calidad suficiente el estudio de impacto ambiental presentado (en adelante EsIA), lo que se notifica a los promotores con fecha 27 de diciembre de 2022. Con fecha 11 de enero de 2023, los promotores aportan un estudio de avifauna y quirópteros, realizados durante un ciclo anual completo para cada uno de los proyectos, y una adenda al EsIA que incluye los resultados de dichos estudios.

En cumplimiento del artículo 40.1 de la Ley de evaluación ambiental, esta Dirección General realiza un requerimiento de subsanación del expediente al órgano sustantivo con fecha 27 de diciembre de 2022, al no constar los documentos técnicos correspondientes a la subestación «SET Grisén». Con fecha 16 de enero de 2023, los promotores aportan la documentación técnica referente a la SET Grisén en respuesta al requerimiento de subsanación.

Con fecha 4 de agosto de 2023, los promotores aportan información adicional.

Revisada la documentación presentada y los informes y alegaciones recibidos, se solicita información adicional al promotor, con fecha 3 de noviembre de 2023, que es aportada el 22 de noviembre de 2023. La información incluye un estudio de inundabilidad, un análisis de áreas de elevado valor para la avifauna, estudios de uso del espacio por parte del cernícalo primilla y del águila perdicera, un estudio de la capacidad de carga para las aves esteparias, un plan de medidas preventivas, correctoras y compensatorias, datos de mortalidad por aerogenerador y especie, una modificación del proyecto que supone el desplazamiento de seis aerogeneradores, así como información cartográfica y archivos en formato «shp» de la nueva implantación de los proyectos.

Con fecha 30 de noviembre de 2023, en aplicación del artículo 40.5 de la Ley, esta Dirección General solicita informe al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) sobre las modificaciones del proyecto, que tiene entrada el 5 de febrero de 2024.

3. Análisis técnico del expediente

a. Análisis de alternativas.

El estudio de impacto ambiental, rechaza la alternativa 0 o de no construcción al no contribuir a alcanzar los objetivos de producción de energía eólica fijados tanto a nivel autonómico como nacional y, al no repercutir de forma positiva en la economía de los municipios de la zona.

Parques eólicos.

Para la ubicación de las poligonales, los EsIA de cada proyecto eólico evaluado estudian tres alternativas viables técnica y ambientalmente, atendiendo a los siguientes criterios: recurso eólico, topografía, accesibilidad, disponibilidad de infraestructuras, presencia de otros proyectos de energía renovable, proximidad a núcleos de población y afección ambiental.

Las alternativas de implantación fueron estudiadas atendiendo a la presencia de aerogeneradores de otros proyectos en tramitación, las líneas eléctricas presentes y, las afecciones sobre especies amenazadas, factores que han decidido las ubicaciones finales.

Se selecciona inicialmente la alternativa 3 porque presenta una menor afección a los valores naturales y a la salud humana que el resto de alternativas, por lo que resulta la opción más adecuada.

Durante el procedimiento de tramitación ambiental los promotores proponen una cuarta alternativa, descrita en el apartado 1, en la que descartan un aerogenerador y desplazan seis, cuatro por su afección a la salud humana y dos por su afección a la fauna. Esta cuarta alternativa es la seleccionada porque reduce su impacto sobre el medio.

Línea de evacuación de alta tensión.

Una vez definido el emplazamiento del parque eólico, se estudian tres alternativas para la evacuación de energía del proyecto, resultando la alternativa 3 la mejor valorada porque presenta menor afección a hábitats de interés comunitario (HIC).

b. Tratamiento de los principales impactos del proyecto:

b.1 Geología, geomorfología y suelo:

Los EsIA describen el área donde se proyectan los parques como de orografía suave, con pendientes apenas perceptibles en el PE Silvano y con escasa pendiente (2 - 3 %) en el PE eólico Sición.

Los mencionados estudios consideran que tanto en la fase de obra como en la de explotación se producirán impactos significativos sobre el suelo: alteración de su relieve, fenómenos erosivos, compactación, pérdida de calidad del suelo y contaminación accidental por derrames.

En la fase de explotación, la ocupación del suelo por las instalaciones implica una pérdida de superficie, aunque la magnitud del impacto es valorada en los EsIA como muy baja gracias a las medidas preventivas tomadas en la fase de diseño. No obstante, el INAGA considera que el proyecto supondrá una importante ocupación de terrenos y movimientos de tierras necesarios para la implantación de los aerogeneradores, plataformas de montaje, viales, zanjas de conducción eléctrica, subestación, apoyos y accesos para la línea eléctrica aérea, plataformas auxiliares y temporales, zonas de acopios etc., significando una modificación de los suelos que pasarán de aprovechamientos agropecuarios y vegetación natural a tener un uso industrial.

b.2 Fauna:

Los EsIA identifican, en base a la bibliografía, la posible presencia en el área de implantación de los proyectos de las siguientes especies incluidas en el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón (CEAA).

– En peligro de extinción: milano real (Milvus milvus), alondra de Dupont (Chersophilus duponti), sisón (Tetrax tetrax) y margaritona (Margaritifera auricularia).

– Vulnerable: aguilucho cenizo (Circus pygargus), alimoche (Neophron percnopterus), garza imperial (Ardea purpurea), cernícalo primilla (Falco naumanni), ganga ortega (Pterocles orientalis), ganga ibérica (Pterocles alchata), chova piquirroja (Pyrrhocorax pyrrhocorax).

De acuerdo con los EsIA, los proyectos son coincidentes o próximos a los siguientes planes de acción sobre especies amenazadas:

– Plan de conservación del hábitat del cernícalo primilla. Solapa con el ámbito de estudio del PE Sición, y de la LAAT SET Grisén-Vértice Jalón.

– Área crítica de protección de cernícalo primilla. Solapa con el ámbito de estudio del PE Sición, de la subestación y de la LAAT SET Grisén-Vértice Jalón.

– Futuras Áreas de Protección de Aves Esteparias en Aragón, establecidas para el futuro plan de recuperación conjunto del sisón común, la ganga ibérica, la ganga ortega y la avutarda (Otis tarda). Coincidente con el PE Sición (aerogeneradores del 4 al 8) y la LAAT (apoyos del 1 al 11 y, del 28 al 31).

– Ámbito potencial de aplicación del Plan de conservación de la alondra ricotí en Aragón. Se encuentra a 1,9 km del apoyo más cercano.

– Plan de recuperación del águila perdicera (Aquila fasciata). Se encuentra a 4 km al norte del PE Silvano.

– Plan de recuperación de Margaritifera auricularia. Cuyo ámbito es afectado por la línea de media tensión del PE Silvano al cruzar el Canal Imperial de Aragón.

El EsIA también contempla afecciones directas sobre Áreas Importantes para la Conservación de las Aves (IBA), siendo coincidentes el PE Sición y la LAAT con la IBA 429 Llanos de Plasencia, importante para las aves esteparias.

Los estudios recogen que gran parte del PE Sición y de la LAAT están dentro de áreas prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y concentración local de las especies de aves incluidas en el CEAA para la aplicación del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión. Adicionalmente, el comedero perteneciente a la Red Aragonesa de Comederos para Aves Necrófagas (RACAN) más cercano a la zona de estudio es Pradilla de Ebro, a 7 km al norte del PE Silvano, lo que incrementa la presencia de aves necrófagas.

El INAGA y el Sindicato de Riegos de Figueruelas informan que, según el mapa de sensibilidad eólica elaborado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la zona de implantación del parque eólico Sición y la LAAT se ubican en una zona de sensibilidad máxima.

Los promotores aportaron un estudio de avifauna y quiropterofauna completando un ciclo anual. En relación con la avifauna, los estudios concluyen que hay una elevada diversidad específica debido a que el hábitat predominante en el área de estudio es la huerta tradicional, formada por pequeñas parcelas cada una con sus propios lindes. Las especies registradas que el estudio destaca por su categoría de protección en el CEAA son:

– Milano real, con puntos de nidificación y dormideros a unos 5 km al NW del PE Silvano.

– Ganga ibérica. Detectados decenas de individuos en la zona sur del área de implantación del PE Sición, especialmente en el entorno de los aerogeneradores SCN-06, SCN-07 y SCN-08

– Ganga ortega. Avistada entre los apoyos 7 y 11 de la LAAT y en el PE Sición.

– Cernícalo primilla. Hay al menos cinco primillares históricos en la zona de implantación, con importante actividad en los últimos años censados. Se han detectado altas concentraciones de vuelos de la especie en torno a los apoyos 20 a 24 de la LAAT, coincidentes con el primillar del Caserío Dehesa de Caulor.

– Alimoche común.

– Chova piquirroja.

Las especies que destacan por su abundancia en la zona de estudio son: milano negro (Milvus migrans), corneja común (Corvus corone), cigüeña blanca (Ciconia ciconia), grulla común (Grus grus), avefría (Vanellus vanellus), grajilla (Corvus monedula), buitre leonado (Gyps fulvus), busardo ratonero (Buteo buteo), aguilucho lagunero (Circus aeroginosus), cernícalo vulgar (Falco tinnunculus) y águila calzada (Hieraaetus pennatus). La especie con mayor número de observaciones y ampliamente distribuida por el área de estudio es la grulla común, registrándose bandos de más de 2.500 ejemplares, especialmente en el eje del PE Silvano.

Se detectaron volando a una altura de riesgo de colisión con los aerogeneradores alimoche, águila culebrera, abejero europeo, elanio azul (Elanus caeruleus), cigüeña negra (Ciconia nigra) y ánade real (Anas platyrhynchos) con todos los individuos registrados volando a esa altura. También presentan un porcentaje muy elevado el águila calzada (29 individuos), el milano negro (633 individuos) y el milano real (55 individuos).

El Índice de Afección Específica calculado en el estudio de avifauna señala al milano real, al cernícalo primilla y al alimoche como especialmente sensibles.

Respecto a la línea de evacuación, se detectaron volando a altura de riesgo de colisión buitre negro, águila real, águila culebrera, gaviota patiamarilla (Larus michahellis), ganga ortega, águila calzada, cernícalo primilla, milano real y buitre leonado.

El estudio anual de quirópteros ha detectado 4 especies en la zona de los proyectos, dos de ellas están incluidas en el CEAA con la categoría de vulnerables, Myotis myotis y Minipterus schreibersii.

Por su parte, la Asociación Amigos de la Tierra informa que, en las proximidades de la ribera del Ebro, se alimentan hasta 19 especies de murciélagos y se registra la mayor densidad de ejemplares de todo Aragón. Adicionalmente, los cauces de los ríos con sus sotos ejercen un papel muy importante como eje migratorio en el valle del Ebro.

Durante las obras, la fauna se verá afectada por las molestias ocasionadas por los desbroces, movimiento de tierras y trasiego de maquinaria, lo que provoca efecto vacío. Los EsIA consideran que las especies disponen de hábitat favorable en el entorno al que poder desplazarse temporalmente. No obstante, contempla la aplicación de medidas preventivas como realizar los trabajos fuera de época reproductora y periodo migratorio y, realizar prospecciones previas al inicio de las obras y en su caso, balizamientos. También en esta fase se incrementará el riesgo de mortalidad por atropello en ciertas especies de avifauna, algunos mamíferos y, sobre todo, en anfibios y reptiles. Con el fin de reducir dicho impacto los promotores se comprometen a aplicar buenas prácticas ambientales.

Durante la explotación y según los EsIA, la ocupación de hábitat adecuado para la nidificación y/o la alimentación e invernada de las aves, especialmente de las esteparias, por los parques eólicos y la LAAT, supondrá un desplazamiento de las aves afectadas al entorno próximo. Los promotores proponen como medida compensatoria la gestión de parcelas agrícolas en zonas cercanas al proyecto encaminado a la mejora del hábitat de aves esteparias.

En fase de explotación, los proyectos también generarán efecto barrera entre zonas de reproducción, reposo y alimentación de avifauna, que afectará de forma especial al alimoche y al cernícalo primilla. El INAGA destaca que la afección sobre el cernícalo primilla se intensifica puesto que las instalaciones están proyectadas tanto en área crítica como en el ámbito del plan de conservación del hábitat de la especie. En cuanto a los quirópteros, los parques eólicos formarán una barrera en el tránsito entre sus refugios y áreas de forrajeo y, en el pasillo migratorio. El estudio de avifauna y quiropterofauna considera que la separación entre los aerogeneradores reduciría el impacto al incrementar la permeabilidad de los parques. No obstante, concluye que las afecciones serían de alta importancia.

El principal impacto durante el funcionamiento de los parques será el incremento de mortalidad de quirópteros y avifauna por colisión contra los aerogeneradores y barotrauma y, contra la LAAT. El riesgo de colisión es valorado en los EsIA alto para el milano real, el alimoche, el aguilucho cenizo, las gangas y el aguilucho pálido, pasando a ser moderado tras la aplicación de medidas preventivas y correctoras.

El INAGA, en el informe emitido respecto del estudio completo de avifauna y quirópteros, afirma que los efectos de la fragmentación y de la perdida de conectividad ecológica ocasionados por cambios en los usos del suelo y por la presencia de infraestructuras, la reducción del hábitat disponible para el desarrollo de especies de fauna, los potenciales impactos por colisión con los aerogeneradores y con la línea eléctrica aérea y el impacto paisajístico sobre zonas naturales y núcleos de población podrá ser muy elevado, teniendo en cuenta, además, el gran número de proyectos en funcionamiento o previstos en la zona.

Informa también que los aerogeneradores 4 a 8 del PE Sición y los apoyos 1 a 11 y 28 a 31 de la LAAT, se proyectan en el ámbito potencial de aplicación del Plan de recuperación de especies esteparias en Aragón. Las dos especies de gangas han sido avistadas en la zona, mientras que no se ha registrado presencia de sisón común. La afección a la ganga ibérica y ganga ortega es importante por parte del PE Silvano y la LAAT, al instalarse y atravesar áreas que constituyen el hábitat de estas especies y que podría desembocar en el abandono de la zona por parte de las mismas antes de que llegue a desarrollarse su plan de recuperación.

Adicionalmente, destaca, la alta afección durante la fase de construcción para el cernícalo primilla (Falco naumanni), incluido en la categoría de «Vulnerable» en el Catálogo aragonés de especies amenazadas, que se extenderá a la fase de explotación por disponerse la LAAT en área crítica de esta rapaz, con al menos cinco primillares históricos en la zona de implantación y con importante actividad en los últimos años censados. La totalidad de las instalaciones del PE Sición y todos los apoyos de la línea de evacuación se ubican en área crítica del cernícalo primilla. Entre los objetivos del Plan de recuperación del cernícalo primilla figuran el asegurar la conservación de los actuales lugares de nidificación y concentración fuera del periodo reproductor de la especie en el ámbito de aplicación del plan y favorecer el mantenimiento de un paisaje agrícola y unos usos del suelo compatibles con las necesidades tróficas y espaciales del cernícalo primilla. Entre las amenazas detectadas para la especie destacan las colisiones con aerogeneradores de parques eólicos. Por ello, debería justificarse en qué medida las instalaciones proyectadas son compatibles con los objetivos del Plan de conservación del cernícalo primilla y de su hábitat y no suponen una amenaza para la especie.

Este riesgo alto de colisión con las infraestructuras proyectadas se extiende, según el INAGA, a la fase de explotación para milano real, alimoche, aguilucho cenizo, ganga ibérica, ganga ortega y aguilucho pálido. Las repercusiones del riesgo de colisión contra los aerogeneradores por parte del milano real que presenta patrones de altura de vuelo en su mayoría coincidentes con la del barrido de las palas de los aerogeneradores y con la de los conductores y cables de la línea eléctrica en la zona de estudio, según los datos aportados, podrán ser elevados. Este hecho toma especial relevancia al existir una importante población y dormidero de esta especie a unos 5 km, en la localidad de Luceni, con importante presencia tanto de forma reproductiva como invernal y que se traduce en un intenso uso del espacio en la zona de implantación de los parques eólicos y la LAAT. Esta ave usa en gran medida los sotos lineales del río Ebro para anidar, desplazándose a las zonas de cultivo para cazar.

Esta Dirección General solicita a los promotores información adicional sobre la compatibilidad de las instalaciones proyectadas con los objetivos del plan de conservación del cernícalo primilla y de su hábitat, así como sobre la modificación de posiciones en función de la proximidad a zonas sensibles para avifauna. En respuesta, los promotores desplazan el aerogenerador SCN-03 del PE Sición y presentan un estudio de uso del espacio de la especie que pone de manifiesto la proximidad del aerogenerador SCN-08 a dos de las zonas con el uso del espacio más intenso por parte de esta especie, donde se alcanzan hasta 8,2 individuos/ha.

Los dos últimos informes del INAGA se pronuncian sobre las modificaciones posteriores aportadas por el promotor, si bien no desvirtúan lo establecido en sus anteriores informes y expresan dudas sobre los impactos que podría causar el proyecto en su configuración final tras la modificación de posiciones y su repotenciación. Por ello y teniendo en cuenta toda la información que obra en el expediente, se concluye que los proyectos presentan alto riesgo de afectar de manera significativa a especies de aves y quirópteros protegidas por colisión con los aerogeneradores y con las infraestructuras eléctricas de evacuación y por pérdida de hábitat y fragmentación.

b.3 Espacios naturales protegidos:

Los EsIA indican que los proyectos no afectan directamente a ningún espacio incluido en la Red de Espacios Naturales Protegidos, Planes de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN), Lugares de Interés Geológico o espacios pertenecientes a la Red Natura 2000. No obstante, podría afectar indirectamente a espacios Red Natura 2000 próximos: ZEPA ES2430090 «Dehesa de Rueda-Montolar» a 3,1 km del apoyo 14 de la LAAT y a 6 km del PE Sición (SCN-08), ZEPA ES0000293 «Montes de Zuera, Castejón de Valdejasa y El Castellar» a 3,4 km del PE Silvano (SNO-01) y a 7,9 de la LAAT; ZEC ES2430086 «Monte Alto y Siete Cabezos» a 9,7 km del PE Sición (SCN-08) y a 10,6 km de la LAAT; ZEC ES2430081 «Sotos y Mejanas del Ebro» a 1,3 km PE Silvano (SNO-05) y a 5,9 km de la LAAT; y ZEC ES2430080 «El Castellar» a 4,4 km del aerogenerador SCN-08 y a 8,8 km de la LAAT.

El INAGA informa que entre los valores objetivo de conservación y gestión de la ZEPA «Montes de Zuera, Castejón de Valdejasa y El Castellar» figuran el milano real, el alimoche común, el águila culebrera, el águila real y el halcón peregrino (Falco peregrinus), entre otras especies. Por su parte, las gangas y la alondra ricotí, son valores objeto de conservación y gestión en la ZEPA «Dehesa de Rueda y Montolar». Algunos quirópteros son objetivo de conservación de la ZEC «El Castellar», así como el murciélago grande de herradura es objetivo de conservación de la ZEC «Sotos y Mejanas del Ebro». Algunas de estas especies han sido avistadas en la zona de implantación de los proyectos, según recoge el estudio de avifauna, y está citada una presencia importante en la zona de aves esteparias y del murciélago de cueva (Miniopterus schreibersii), especialmente en el PE Sición. Añade que el EsIA no analiza las repercusiones del proyecto sobre las especies objeto de conservación y gestión de ambas ZEPAS, ni aporta ningún estudio o apartado específico de afecciones directas o indirectas a los espacios de la Red Natura 2000 ni de repercusiones sobre la conectividad entre estos espacios. Los dos últimos informes del organismo no vuelven a valorar los impactos sobre la Red Natura 2000 y sus objetivos de conservación.

b.4 Efectos acumulativos y sinérgicos:

Los EsIA estudian las infraestructuras energéticas existentes o proyectadas en un radio de 20 km alrededor de los proyectos en evaluación; encuentran que hay 38 parques eólicos en fase de explotación con un total de 748 aerogeneradores y, 35 parques eólicos en fase de tramitación con 218 aerogeneradores, 9 plantas fotovoltaicas en fase de explotación y 47 en tramitación. Además, en el ámbito analizado, concurren 100 líneas eléctricas en fase de explotación y 69 líneas en fase de tramitación.

Los estudios concluyen que los efectos sinérgicos y acumulativos sobre la vegetación derivados de la implantación de las infraestructuras previstas resultan compatibles, mientras que sobre la fauna y el paisaje tendrán un efecto severo debido a la saturación actual de parques eólicos existentes y proyectados en la zona.

El INAGA informa que la implantación del proyecto supondrá reforzar el actual efecto barrera de los existentes, afectando a la movilidad de las especies migratorias, así como a la movilidad local de las aves del entorno, ya que fragmentan la conexión entre las áreas de alimentación, cría o dispersión. El agrupamiento de proyectos eólicos también acentuará el efecto vacío y el riego de colisión.

Adicionalmente, el INAGA considera que el impacto acumulativo y sinérgico sobre la fauna no se evalúa correctamente, puesto que no realiza una proyección de las zonas a las que se prevé que pueda desplazarse la avifauna afectada por los proyectos, o si la capacidad de carga del territorio es suficiente para asegurar la compatibilidad del desarrollo de los parques con la disponibilidad de hábitat, para asegurar la supervivencia de las especies que de ellos dependen.

Esta Dirección General solicita información adicional al respecto a los promotores, quienes presentan un análisis sobre la capacidad de carga para las esteparias basado tanto en datos bibliográficos como datos de campo. Dicho análisis concluye que la capacidad de carga del ámbito de estudio para aves esteparias es elevada y que los posibles desplazamientos de las mismas, serán asumidos por el entorno estepario existente.

En cuanto a la LAAT, el Sindicato de Riegos de Figueruelas señala que la alternativa seleccionada en el EsIA atraviesa otros parques eólicos, y sugiere el soterramiento de la LAAT para reducir los efectos acumulativos. Esta Dirección General solicita a los promotores el análisis de una alternativa soterrada. Los promotores responden que están en conversaciones con el mencionado Sindicato con el fin de compatibilizar la generación de energía con la agricultura y, por tanto, no consideran necesario dicho análisis.

c. Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:

El análisis de la vulnerabilidad de los proyectos determina los siguientes riesgos considerando su probabilidad de ocurrencia, así como su severidad:

– Naturales:

● Fuertes vientos: alto.

● Incendios forestales: bajo.

● Lluvias intensas: bajo.

● Tormentas eléctricas: medio.

● Temperaturas extremas: alto.

● Riesgo sísmico: bajo.

● Inundaciones: alto (PE Silvano), medio (PE Sición y SET Grisén) y bajo/medio (LAAT).

● Subsidencia y colapso: muy alto (SNO-06), alto (PE Silvano y parte del PE Sición), bajo en LAT.

● Deslizamiento: muy bajo.

– Tecnológicos:

● Transporte de mercancías peligrosas: bajo.

● Transporte de hidrocarburos: muy alto en SCN-07 y SCN-08.

● Químicos: no existe.

● Radiológico: bajo.

En relación al riesgo de accidentes por fuertes vientos, los EsIA señalan que los aerogeneradores están diseñados para soportarlo.

El parque eólico Silvano se ubica en las llanuras de inundación del río Ebro y, por tanto, se encuentra en zona de elevado riesgo de inundaciones. La Dirección General de Protección Civil del Gobierno de Aragón avisa de que los emplazamientos de los aerogeneradores y otras instalaciones no deben agravar las consecuencias de desbordamientos. Esta Dirección General solicita información adicional sobre la ubicación de los aerogeneradores en base a un estudio de inundabilidad. Los promotores en su estudio concluyen que algunos elementos temporales y la red de media tensión del aerogenerador SNO-06 del PE Silvano, se encuentran dentro de la zona inundable.

El INAGA incide en el elevado riesgo de colapsos que presentan los parques eólicos y en sus repercusiones ambientales, incluidas las humanas, puesto que podría desembocar en accidentes graves. Preocupan especialmente los aerogeneradores SCN-01 y SCN-02 del PE Sición, SNO-06 y un tramo de la línea subterránea de evacuación del PE Silvano.

Los EsIA valoran como elevado el riesgo de accidente por el transporte de hidrocarburos porque un gaseoducto cruza el PE Sición, entre los aerogeneradores SCN-07 y SCN-08, a una distancia inferior a 500 m. Un escape daría lugar a posibles incendios, por lo que, en cuanto a las medidas a tomar para paliar el riesgo, se remite a las medidas de protección contra incendios.

d. Valoración del órgano ambiental.

Como consecuencia de la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental, se constata que una parte de los parques y las infraestructuras necesarias para la evacuación suponen un riesgo elevado por colisión de especies de avifauna incluidas en las categorías más altas de protección de los catálogos aragonés (CEAA) y español de especies amenazadas. Concretamente, el milano real, catalogado como en peligro de extinción, presenta muy alto riesgo de muerte por colisión ya que los parques eólicos se ubican en una de las principales áreas con presencia de la especie de Aragón y de España y, los estudios presentados por el promotor lo registran volando a altura de riesgo. Se suman a la lista de especies protegidas especialmente sensibles al riesgo de colisión según los estudios presentados por el promotor, el alimoche y el cernícalo primilla, ambas vulnerables.

La zona de implantación de los proyectos en evaluación está activamente interconectada y presenta un gran tránsito de avifauna, grullas y rapaces principalmente, asociadas al entorno ripario, forestal y estepario, tanto en sus movimientos locales, como durante la migración. Muchos de estos movimientos se realizan al amanecer y al atardecer, con escasas condiciones de visibilidad, incrementando el riesgo de colisión.

La implantación de los proyectos, tanto la generación de energía como su evacuación, supondría también destrucción de hábitat adecuado para la nidificación y/o la alimentación del cernícalo primilla que se distribuye ampliamente por la zona y puntualmente con densidades muy elevadas. Los proyectos se localizan al mismo tiempo sobre ámbito de aplicación del Plan de conservación del hábitat del cernícalo primilla y sobre área crítica del cernícalo primilla. Entre los objetivos del plan de recuperación del cernícalo primilla, figuran el asegurar la conservación de los actuales lugares de nidificación y concentración fuera del periodo reproductor de la especie en el ámbito de aplicación del plan y, favorecer el mantenimiento de un paisaje agrícola y unos usos del suelo compatibles con las necesidades tróficas y espaciales del cernícalo primilla. Entre las amenazas detectadas para la especie, destacan las colisiones con aerogeneradores de parques eólicos, las molestias durante la época reproductora, la modificación de los hábitats de alimentación y la pérdida de las edificaciones utilizadas como lugares de nidificación.

Del mismo modo, la implantación supondría modificación y deterioro del hábitat de otras especies vulnerables, como la ganga ortega y la ganga ibérica, de las que se han detectado numerosos ejemplares. De hecho, parte de los proyectos están planteados sobre futuras áreas de protección de aves esteparias.

Por último, destaca también la presencia de la alondra ricotí, a unos 1,5 km al sur del apoyo 31 de la LAAT y de sisón común en el tramo inicial de la línea de evacuación. Estas dos últimas especies están también incluidas en la categoría «En Peligro de Extinción» en el catálogo aragonés de especies amenazadas y, aunque no han sido detectadas en el trabajo de campo, su frágil estado de conservación hace que sea necesario tenerlas en consideración.

En relación con los quirópteros, la implantación del proyecto generaría un impacto negativo de sobresaliente importancia durante el funcionamiento de los parques, por colisión contra los aerogeneradores y por barotrauma, sobre especies incluidas en las categorías más altas de protección del CEAA. El impacto se ve incrementado por la alta diversidad de especies presentes en el área de estudio, por la alta densidad de ejemplares (la más alta de todo Aragón) y, por el elevado tránsito de individuos a través de la barrera que conforman los parques eólicos en la zona dada su importancia como eje migratorio en el valle del Ebro.

Los promotores proponen una serie de actuaciones preventivas y correctoras para mitigar el impacto negativo sobre fauna, que no resultan suficientes, ya que los propios estudios del promotor consideran el impacto de alta importancia incluso tras la aplicación de las mismas.

Adicionalmente, el INAGA informa que las sinergias que se producirán entre los proyectos en evaluación y los ya existentes, reforzarían los impactos perjudiciales para la fauna.

En virtud de lo expuesto y teniendo en cuenta el principio de precaución, esta Dirección General concluye que los proyectos evaluados, previsiblemente, causarán efectos negativos significativos sobre especies protegidas de avifauna y quirópteros y, sus planes de conservación, y que las medidas previstas por el promotor no son una garantía suficiente de su adecuada prevención, corrección o compensación.

Fundamentos de Derecho

El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el grupo 3 epígrafe i del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 8.1 b) del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental (EsIA), el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como la documentación complementaria aportada por el promotor y por otros organismos durante la tramitación ambiental.

En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental desfavorable a la realización del proyecto «Parques eólicos «Sición y Silvano» de 48 MW y 42 MW respectivamente, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza» al haberse identificado la posibilidad de impactos negativos significativos sobre el medio ambiente para los que las medidas propuestas no presentan garantía suficiente de su adecuada prevención, corrección o compensación.

Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de autorización del proyecto.

De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.

Madrid, 15 de diciembre de 2025.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

ANEXO
Consultas a las administraciones públicas afectadas e interesados, y contestaciones
Consultados Contestación
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA). Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón. Sí.
Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE). Sí.
Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). Sí.
Gobierno de Aragón. Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA). Sí.
Gobierno de Aragón. Dpto. de Educación, Cultura y Deporte. Dirección General de Patrimonio Cultural. Sí.
Gobierno de Aragón. Dpto. de Sanidad. Dirección General de Salud Pública. Sí.
Gobierno de Aragón. Dirección General de Interior y Protección Civil. Dpto. de Presidencia y Relaciones Institucionales. Sí.
Gobierno de Aragón. Dpto. de Industria, Competitividad y Desarrollo. Dirección General de Energía y Minas. Sí.
Gobierno de Aragón. Consejo de Ordenación del Territorio en Aragón (COTA). Sí.
Gobierno de Aragón. Dpto. de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda. Dirección General de Ordenación del Territorio. Sí.
Gobierno de Aragón. Dpto. de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda. Dirección General de Carreteras. Sí.
Gobierno de Aragón. Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza. Sí.
Diputación Provincial de Zaragoza. Vías y Obras. Sí.
Ayuntamiento de Alcalá de Ebro. Sí.
Ayuntamiento de Cabañas de Ebro. Sí.
Ayuntamiento de Figueruelas. No.
Ayuntamiento de Pedrola. No.
Ayuntamiento de Plasencia de Jalón. No.
Ayuntamiento de Rueda de Jalón. Sí.
Comarca de Ribera Alta del Ebro. Sí.
Comunidad de Regantes del Canal de las Bardenas. No.
Comunidad de Regantes de la Real Acequia de Luceni. Sí.
Sindicato de Riegos de Figueruelas. Sí.
Red Eléctrica de España (REE). Sí.
Compañía Logística de Hidrocarburos S.A (CLH). No.
Redexis Gas S.A. Sí.
ENAGAS, S.A. Sí.
E-DISTRIBUCION Redes digitales SL. Sí.
EXOLUM. No.
Sociedad Española de Ornitología (SEO - BIRDLIFE). No.
Asociación Española para la Conservación y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU - BATLIFE). No.
Ecologistas en acción. No.

Se han recibido las siguientes alegaciones

ISC Greenfield 9 SL.

Javier Sánchez Ansó.

Coscojar Hermanos Laborda Usán CB.

Asociación Amigos de la Tierra Aragón.

Alegaciones particulares 01_07_2022 (6 propietarios).

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