Edukia ez dago euskaraz
La Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, creó el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y estableció un Consejo General como órgano de participación institucional en materias relativas al Organismo, de composición tripartita, formado por ocho representantes de las Administraciones Públicas, de ellos cuatro de la Administración General del Estado y cuatro de las comunidades autónomas, ocho representantes de las organizaciones empresariales más representativas, y ocho representantes de las organizaciones sindicales más representativas.
El artículo 10 de los Estatutos del Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, aprobados por el Real Decreto 192/2018, de 6 de abril, regula la composición del Consejo General, cuya Presidencia se atribuye al titular de la Dirección del Organismo Autónomo, que además tendrá la condición de representante nato de la Administración General del Estado, y establece que una Vicepresidencia recaerá en un representante designado por las Comunidades Autónomas, y las otras dos en representantes designados por cada uno de los otros dos grupos de representación.
El mismo artículo dispone que los miembros del Consejo General serán designados por la persona titular del Ministerio de Trabajo y Economía Social en la forma que acuerde el Consejo Rector en el caso de los representantes de las Administraciones, y designados a propuesta vinculante de las organizaciones empresariales y sindicales en el caso de los otros dos grupos de representación.
Asimismo, dispone que los representantes titulares podrán ser sustituidos por suplentes en los supuestos de vacante, enfermedad, ausencia u otra causa de imposibilidad de asistencia y que el Presidente será sustituido, en supuestos de ausencia, enfermedad u otra causa de imposibilidad, por el Vicepresidente designado por las comunidades autónomas.
En su virtud, teniendo en cuenta las disposiciones arriba citadas, en vista de las propuestas formuladas, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 10 de los Estatutos del Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, aprobados por el Real Decreto 192/2018, de 6 de abril, dispongo:
Se nombra como miembros titulares del Consejo General del Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en representación de Comisiones Obreras (CCOO), a las siguientes personas:
a) Don Javier Pacheco Serradilla
b) Doña Begoña Marugán Pintos
c) Don Mariano Sanz Lubeiro
1. Se designa como miembro suplente del Consejo General del Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en representación de las Comunidades Autónomas, al Director General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Castilla y León, don José Manuel Barrios Costa.
2. Se designa como miembros suplentes del Consejo General del Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en representación de las organizaciones sindicales más representativas, a los siguientes representantes de Comisiones Obreras (CCOO):
a) Don Alberto Teso Fuentes
b) Don Carlos Bravo Fernández
c) Doña Dolores García García
3. Se designa como miembro suplente del Consejo General del Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en representación de las organizaciones empresariales y en sustitución de don Andrés Sánchez de Apellaniz, a doña Daniela Jiménez León.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de marzo de 2026.–La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz Pérez.
Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia
Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril