Por Resolución de 10 de diciembre de 2025, conjunta de las Subsecretarías de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (BOE de 25 de diciembre), se anunció convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de Consejero/Consejera U.E. en la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social R.P. en la U.E. Bélgica.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre, por el que se establece la estructura de las Consejerías en el exterior y se regula su organización, funciones y provisión de puestos de trabajo, y el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en relación con el artículo 56 del Reglamento aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, una vez acreditada la observancia del proceso debido y el cumplimiento por parte de la persona elegida de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, siendo idóneas para el desempeño del puesto que se le asigna y ostentando la capacidad y competencia personal y profesional, tras el examen y la valoración de las candidaturas presentadas efectuado por la Comisión Paritaria y una vez emitido informe favorable, de conformidad con el artículo 2 bis.5.b) del Real Decreto 1052/2015, antes citado,
Estas Subsecretarías acuerdan:
Resolver la referida convocatoria en los términos que se señalan en el anexo adjunto.
La toma de posesión del nuevo destino se realizará conforme a lo establecido en el artículo 48 del reglamento aprobado por el Real Decreto 364/1995 antes citado.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su comunidad autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1.segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 14 de abril de 2026.–El Subsecretario de Trabajo y Economía Social, José Ramón del Prado Cortés.–La Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Blanca Breñosa Sáez de Ibarra.
| Puesto adjudicado | Puesto de procedencia | Persona adjudicataria | ||||||||
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N.º orden |
Puesto | Localidad | Nivel | Ministerio, centro directivo, provincia | Nivel | Apellidos y nombre | NRP | Subgrupo | Cuerpo o escala | Situación |
| 1 |
CONSEJERÍA DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL R.P. EN LA U.E. BELGICA – BRUSELAS. CONSEJERO/CONSEJERA U.E. (4862361). |
BRUSELAS. | 29 |
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA-DIRECCIÓN. MADRID. |
26 | MARCOS ALLO, RAMÓN. | 7935 | A1 | C.SUPERIOR DE LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL. | SERVICIO ACTIVO. |
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