Por medio de escrito del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Sexta, de fecha 16 de febrero de 2026, en el recurso contencioso-administrativo n.º 0000071/2026 PO, interpuesto por el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Jabugo contra la Resolución de 24 de octubre de 2025 y contra la Resolución de 20 de noviembre de 2025, de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, desestimatorias del recurso de alzada en el procedimiento de referencia ADM/25/28/AP/0004087 de modificación normal del pliego de condiciones de la DOP Guijuelo, se ha solicitado al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la remisión del correspondiente expediente administrativo y a su vez el emplazamiento de los eventuales interesados en que el acto recurrido conserve su eficacia.
En consecuencia, conforme dispone el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (LJCA), procede mediante la presente resolución dar cumplimiento al trámite de emplazamiento, en cuya virtud las personas interesadas en el mantenimiento del acto recurrido, podrán personarse en autos como demandados en el plazo de nueve días, desde la publicación de este acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 9 de abril de 2026.–El Director General de Alimentación, José Miguel Herrero Velasco.
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