La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia, en Sentencia número 129/2026 de fecha 17 de febrero de 2026, ya firme, condenó al funcionario de la Policía Nacional, con categoría de Policía, don Francisco Javier Zaplana Menjíbar, con DNI número 5335****, adscrito a la Comisaría Local de Torrente (Valencia), como autor penalmente responsable, de un delito de estafa en concurso ideal con un delito de falsedad documental cometido por funcionario público y un delito de falsedad en documento oficial, cometido por particular, a las penas por el primer delito de un año y siete meses de prisión y multa de cuatro meses con una cuota diaria de cuatro euros, e inhabilitación especial por el tiempo de un año y un mes para empleo o cargo público y a las penas por el segundo delito de seis meses de prisión y multa de seis meses con una cuota diaria de cuatro euros.
Y como quiera que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.1.e) de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, «Son causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera de la Policía Nacional:
e) La pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de empleo o cargo público que tuviere carácter firme»,
Esta Secretaría de Estado dispone declarar la pérdida de la condición de funcionario del Policía de la Policía Nacional, don Francisco Javier Zaplana Menjíbar, por la pena de inhabilitación especial a la que ha sido condenado.
Madrid, 26 de marzo de 2026.–La Secretaria de Estado de Seguridad, Ana María Calvo Sastre.
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