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Documento BOE-A-2026-9815

Resolución de 22 de abril de 2026, de la Dirección General de Justicia y Autogobierno, de la Consellería de Justicia, Transparencia y Participación, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo genéricos en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunitat Valenciana.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 6 de mayo de 2026, páginas 62732 a 62737 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunitat Valenciana
Referencia:
BOE-A-2026-9815

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 531 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en los artículos 43 a 48 y 51 a 53 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, se anuncia concurso de traslado para la provisión de puestos genéricos vacantes que se citan en el anexo I, entre los funcionarios del Cuerpo y Escala de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con las siguientes

Bases

Primera. Objeto de la convocatoria.

La presente convocatoria tiene por objeto la provisión, por concurso de traslado, de los puestos de trabajo genéricos vacantes incluidos en las Relaciones de Puestos de Trabajo del ámbito de la Comunitat Valenciana para el Cuerpo y Escala de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

En todo lo no previsto concretamente en la presente convocatoria, en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, se aplicará lo dispuesto en la legislación general sobre la función pública.

Segunda. Requisitos y condiciones de participación.

1. Podrán tomar parte en este concurso los funcionarios de carrera pertenecientes al Cuerpo y Escala de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, cualquiera que sea el ámbito territorial en que estén destinados, que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación y las mantengan hasta la resolución definitiva del concurso.

2. Solo podrán tomar parte en este concurso si en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes hubieran transcurrido dos años desde que se dictó la resolución por la que se convocó el concurso de traslado en el que se le adjudicó destino definitivo, o la resolución en la que se le adjudicó destino definitivo, si se trata de funcionarios de nuevo ingreso.

Para el cómputo de los años se considerará como primer año el año natural en que se dictaron las resoluciones de que se trate, con independencia de su fecha, y como segundo año, el año natural siguiente.

El personal funcionario en adscripción provisional está obligado a participar en los concursos de acuerdo con la normativa vigente, estando excluido de dicha limitación temporal.

3. No podrán tomar parte en este concurso:

a) Los declarados suspensos en firme, mientras dure la suspensión.

b) Los que se encuentren en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar, durante el periodo mínimo obligatorio de permanencia en dicha situación.

c) Los sancionados con traslado forzoso, hasta que transcurran uno o tres años, para destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente.

d) Los que, habiendo obtenido destino en anteriores concursos, no hayan tomado posesión del destino que les fue adjudicado.

Tercera. Puestos que se pueden solicitar.

1. Los participantes podrán solicitar los puestos de trabajo relacionados en anexo I.

Dichos puestos se identifican por un número de orden. Con la sola solicitud del número de orden se entienden pedidas todas las vacantes del cuerpo existentes en el centro y, así mismo, todas las resultas que pudieran producirse, en el orden de preferencia indicado.

2. También se podrán solicitar los puestos genéricos que queden vacantes como consecuencia de la resolución del presente concurso, que se incorporarán en concepto de resultas a las vacantes ofertadas, salvo que se pretendan amortizar ante un proyecto de modificación de las relaciones de puestos de trabajo o reordenación de efectivos de un centro de trabajo en que no se anunciará ninguna resulta correspondiente al cuerpo.

Los puestos que se ofertan en concepto de resultas son los relacionados en el anexo III. Estos puestos se identifican por un número de orden.

3. Excepcionalmente podrá eliminarse alguna de las plazas anunciadas como vacantes, en el caso de que se produjera de forma sobrevenida alguna circunstancia que obligara a ello.

Cuarta. Presentación de solicitudes y documentación.

Las solicitudes para tomar parte en este concurso deberán ajustarse al modelo publicado como anexo II de esta resolución, cumplimentando todos los apartados que se le exijan, dirigidas a la Dirección General de Justicia y Autogobierno, en las que harán constar sus datos personales, puesto de trabajo actual y puesto/s solicitado/s, en el plazo de diez días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

De acuerdo con lo que establecen los artículos 10.1, 10.2 y 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015), las solicitudes deberán presentarse telemáticamente a través del enlace: Concurso de traslados – Justicia – Generalitat Valenciana, el anexo II de solicitud se encontrará disponible en dicho enlace.

Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una instancia solo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las anteriores.

Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el plazo de presentación de estas.

La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una vez transcurrido el período de presentación de instancias.

Con la solicitud se adjuntarán los certificados o diplomas acreditativos del conocimiento de lenguas oficiales propias de las comunidades autónomas.

En el caso de que para un determinado puesto se exija como requisito la posesión de una determinada titulación académica, se aportará copia de esta.

Quinta. Peticiones condicionadas.

Caso de estar interesados en las vacantes o resultas que se anuncian para un mismo municipio, partido judicial o provincia dos funcionarios, podrán condicionar su petición al hecho de que ambos obtengan destino en el mismo municipio, partido judicial o provincia, entendiéndose en caso contrario desistidas las peticiones condicionadas efectuadas por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta petición condicionada deberán concretarlo en su instancia en el apartado C, especificando el nombre y apellidos y NIF de la persona con quien condiciona y acompañando fotocopia de la solicitud del otro funcionario. Si alguno de los concursantes no lo indicase en el apartado C, quedarán anuladas ambas instancias.

Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia, se entiende que se acogen a la petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.

Sexta. Baremación del concurso.

1. Los méritos alegados y acreditados se valorarán con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de participación.

2. Se evaluarán los méritos de conformidad con el siguiente baremo:

A) Antigüedad, con un máximo de 60 puntos, a razón de 2 puntos por año completo de servicios en el cuerpo desde el que se participa. Los periodos inferiores al año se computarán proporcionalmente a razón de 0,00555556 por día, estableciéndose los meses como de treinta días.

B) Conocimiento oral y escrito de la lengua oficial propia de las comunidades autónomas. En las plazas ubicadas en la Comunitat Valenciana, el conocimiento oral y escrito de ésta, debidamente acreditado por medio de certificación oficial de la comunidad autónoma, u homologación del título aportado y del nivel al que corresponda el título, de conformidad con la Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, supone el reconocimiento a estos solos efectos. de hasta doce puntos, según el nivel de conocimientos acreditado en los términos siguientes:

En el ámbito de la Comunitat Valenciana:

– Certificado de nivel B1 o títulos homologados: 4 puntos.

– Certificado de nivel C1 o títulos homologados: 8 puntos.

– Certificado de nivel C2 o títulos homologados: 12 puntos.

3. El presente concurso constará de una única fase en la que se valorarán los méritos enumerados en los apartados A y B del baremo.

Séptima. Adjudicación de puestos.

El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado por la puntuación total obtenida según los baremos establecidos en la base sexta de esta convocatoria.

En caso de empate en la puntuación total, incluido el idioma, se acudirá para dirimirlo a la mayor antigüedad en el cuerpo de que se trate y, de persistir el empate, al número de orden obtenido en el proceso selectivo de acceso a dicho cuerpo, incluido el idioma o derecho propios.

Octava. Carácter de los destinos adjudicados.

1. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnizaciones por concepto alguno.

2. Los destinos serán irrenunciables según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.

Novena. Resolución del concurso.

1. El presente concurso será resuelto coordinadamente por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y el órgano competente de la comunidad autónoma convocante del concurso. El plazo para la resolución será de seis meses, contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. La resolución expresará el puesto de origen de los interesados a quienes se les adjudique destino y su localidad, así como su situación administrativa, si ésta es distinta a la de activo, y el puesto adjudicado a cada funcionario.

Décima. Recursos.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado» o «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana». Todo ello sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición, ante esta Dirección General, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valencia, 22 de abril de 2026.–La Directora General de Justicia y Autogobierno, María José Adalid Hinarejos.

ANEXO I
Puestos de trabajo incluidos en este anexo I que se pueden solicitar en aplicación del apartado 1 de la base tercera

Cuerpo de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses

N.º Orden N.º Puesto Denominación del puesto Centro de destino Localidad Provincia Vacantes
13 3210 AYUDANTE DE LABORATORIO. IML DE VALENCIA. VALENCIA. VALENCIA. 1
14 3209 AYUDANTE DE LABORATORIO. IML DE VALENCIA. VALENCIA. VALENCIA. 1
ANEXO II
Solicitud de participación en el concurso de traslado para la provisión de puestos genéricos vacantes entre funcionarios del Cuerpo de Ayudantes de Laboratorio de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunitat Valenciana

Imagen: /datos/imagenes/disp/2026/110/9815_16957551_1.png

ANEXO III
Puestos de trabajo «a resultas» incluidos en este anexo III que se pueden solicitar en aplicación del apartado 1 de la base tercera

Cuerpo de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses

N.º Orden N.º Puesto Denominación del puesto Centro de destino Localidad Provincia
15 3211 AYUDANTE DE LABORATORIO. IML DE VALENCIA. VALENCIA. VALENCIA.
16 3215 AYUDANTE DE LABORATORIO. IML DE VALENCIA. VALENCIA. VALENCIA.
17 1204 AYUDANTE DE LABORATORIO. IML DE ALICANTE. ALICANTE. ALICANTE.
18 3212 AYUDANTE DE LABORATORIO. IML DE VALENCIA. VALENCIA. VALENCIA.
19 3213 AYUDANTE DE LABORATORIO. IML DE VALENCIA. VALENCIA. VALENCIA.
20 3214 AYUDANTE DE LABORATORIO. IML DE VALENCIA. VALENCIA. VALENCIA.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 22/04/2026
  • Fecha de publicación: 06/05/2026
  • Convocatoria. 2 plazas.

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