El Presidente en virtud de las atribuciones que le confiere el Real Decreto 140/1993, de 29 de enero, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, una vez resuelto el concurso público convocado por procedimiento abierto y vista la propuesta efectuada por la Mesa de Contratación, designada para proponer la adjudicación del mencionado contrato, acuerda:
Primero.-Declarar válido el acto de licitación.
Segundo.-Declarar desierto el concurso, ya que en el plazo de presentación de proposiciones no se ha recibido ninguna oferta.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de su notificación y previa comunicación a esta Presidencia, recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial competente (artículos 57 y 58 de la Ley Jurisdiccional Contencioso Administrativa y artículo 110.3 y disposición adicional novena de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Madrid, 12 de septiembre de 1996.-El Presidente, César Nombela Cano.-59.840-E.
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