El Presidente, en virtud de las atribuciones que le confiere el Real Decreto 140/1993, de 29 de enero, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, a la vista de la propuesta efectuada por la Mesa de Contratación designada para proponer su adjudicación (cuya copia se adjunta), acuerda:
Primero.-Declarar nulo el concurso público convocado para adjudicar el mencionado contrato.
Segundo.-Devolver las garantías provisionales a todos los licitadores, a cuyo objeto faculta a la Secretaría de la Mesa de Contratación.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de su notificación y previa comunicación a esta Presidencia, recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial competente (artículos 57 y 58 de la Ley jurisdiccional contencioso-administrativa y artículo 110.3 y disposición adicional novena de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Madrid, 26 de diciembre de 1996.-El Presidente, César Nombela Cano.-4.144.
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