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Documento BOE-B-1998-32357

Otros anuncios oficiales

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 28 de abril de 1998, páginas 6839 a 6845 (7 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Referencia:
BOE-B-1998-32357

TEXTO

MINISTERIO

DE ASUNTOS EXTERIORES

Dirección General de Asuntos

Jurídicos y Consulares

ESPAÑOLES FALLECIDOS EN EL EXTRANJERO

Consulado General de España en Agadir

El señor Cónsul General de España en Agadir

comunica a este Ministerio el fallecimiento de don

Fernando Sánchez Marco, natural de Barcelona,

ocurrido el día 1 de abril de 1998.

Madrid, 15 de abril de 1998.-21.636-E.

MINISTERIO DE JUSTICIA

Subsecretaría

Gabinete Técnico

Edicto

Doña María Luisa de Saavedra Muguelar ha

solicitado la sucesión en el título de Barón de Canet

de Berenguer, vacante por fallecimiento de su

hermano, don Arias Gonzalo de Saavedra Muguelar,

lo que se anuncia por el plazo de treinta días,

contados a partir de la publicación de este edicto, a

los efectos del artículo 6. º del Real Decreto de 27

de mayo de 1912, en su redacción dada por el

222/1988, de 11 de marzo, para que puedan solicitar

lo conveniente los que se consideren con derecho

al referido título.

Madrid, 2 de marzo de 1998.-El Consejero

técnico, Antonio Luque García.-21.612.

MINISTERIO DE DEFENSA

Juzgados Marítimos Permanentes

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Edicto

Don Mario Lanz Raggio, Teniente auditor, Juez

marítimo permanente de Auxilios, Salvamentos

y Remolques de Canarias,

Hago saber: Que por este Juzgado de mi cargo

se instruye expediente con motivo de la asistencia

marítima prestada el día 25 de marzo de 1998 por

el buque de salvamento marítimo "Salvamar

Lanzarote", de la 8. ª lista de Gijón, folio 8-96, a la

embarcación deportiva "Pargo", de la 7. ª lista de

Huelva, folio 265-94.

Lo que se hace público a los efectos previstos

en el artículo 38 de la Ley de 24 de diciembre

de 1962 ("Boletín Oficial del Estado" número 310),

reguladora de la materia, a fin de que todos los

que se consideren interesados en dicho asunto se

personen en forma y comparezcan ante este

Juzgado, sito en Cuartel General Zona Marítima de

Canarias, en el plazo de treinta días a partir de

la publicación del presente edicto, aportando los

comprobantes en que funden sus derechos.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria a 31 de

marzo de 1998.-21.393-E.

MINISTERIO

DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Delegaciones

PONTEVEDRA-VIGO

Caja General de Depósitos

Se pone en conocimiento de los propietarios de

los depósitos sin interés que a continuación se

detallan que, en virtud de lo dispuesto en el artículo

27.2 del Real Decreto 161/1997, de 7 de febrero,

por el que se aprueba el Reglamento de la Caja

General de Depósitos, todos los resguardos

correspondientes a estos depósitos constituidos en 1977

quedarán anulados y su importe adjudicado al

Estado, si en el plazo de un mes, contado a partir del

día siguiente al de su publicación en el "Boletín

Oficial", no se presenta reclamación alguna que

justifique el derecho a seguir en posesión de los

mencionados depósitos.

Fecha de constitución: 26 de enero de 1977.

N. º E. 59. N. º R.: 22.347. Nombre: "Compañía

de Seguros Mediodía, Sociedad Anónima". Importe:

124.000 pesetas.

Fecha de constitución: 17 de junio de 1977.

N. º E. 505. N. º R.: 22.734. Nombre: "Efima,

Sociedad Limitada, Construcciones". Importe: 174.172

pesetas.

Vigo, 27 de marzo de 1998.-El Delegado de

Economía y Hacienda, Luis Prada Somoza.-21.507-E.

Tribunal

EconómicoAdministrativo Central

Vocalía 2. ª

Notificación a "Comercial Rubio, Sociedad

Anónima", de fallo dictado por el Tribunal

Económico-Administrativo Central en el expediente R.G. 7748/95,

por aplicación de lo dispuesto en el artículo 86 del

Reglamento de Procedimiento en las Reclamaciones

Económico-Administrativas

Al no haberse podido practicar en el domicilio

que consta en las actuaciones, sito en la calle San

Rafael, número 2, del polígono industrial de

Alcobendas, en Alcobendas (Madrid), por devolución

como "desconocido" en esa dirección, según

comunica el Servicio de Correos, por el presente se

notifica a "Comercial Rubio, Sociedad Anónima", que

por el Tribunal Económico-Administrativo Central,

y en el expediente R. G. 7748/95, seguido a su

instancia por el Impuesto de Sociedades, se ha

dictado resolución en sesión del día 15 de enero de

1998, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

"El Tribunal Económico-Administrativo Central,

en Sala, en el presente recurso interpuesto por la

entidad ªComercial Rubio, Sociedad Anónimaº,

contra resolución del Tribunal

Económico-Administrativo Regional de Madrid, de fecha 27 de julio

de 1995, recaída en el expediente de reclamación

número 5.506/92, relativo al Impuesto sobre

Sociedades, ejercicio 1984-1985 (de 1 de febrero de 1984

al 31 de enero de 1985), acuerda: 1. º Desestimar

la reclamación interpuesta. 2. º Confirmar la

resolución recurrida."

Lo que se le notifica, indicando que contra el

referido fallo podrá la interesada interponer recurso

contencioso-administrativo, ante la Audiencia

Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados

desde el día siguiente al de finalización de la

publicación del presente anuncio.

Madrid, 6 de abril de 1998.-El Vocal Jefe de

la Sección, Francisco Eiroa Villarnovo.-21.438-E.

Notificación a "Comercial Rubio, Sociedad

Anónima", de fallo dictado por el Tribunal

Económico-Administrativo Central en el expediente R.G. 8052/94,

por aplicación de lo dispuesto en el artículo 86 del

Reglamento de Procedimiento en las Reclamaciones

Económico-Administrativas

Al no haberse podido practicar en el domicilio

que consta en las actuaciones, sito en la plaza de

Pablo Ruiz Picasso, sin número, en la Torre Picasso,

planta 3. ª , de Madrid, por devolución como

desconocido, en esa dirección, según comunica el

Servicio de Correos, por el presente se notifica a

"Comercial Rubio, Sociedad Anónima", que por el

Tribunal Económico-Administrativo Central, y en

el expediente R.G. 8052/94, seguido a su instancia

por el Impuesto de Sociedades, se ha dictado

resolución en sesión del día 20 de noviembre de 1997,

cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

"El Tribunal Económico-Administrativo Central,

en Sala, en el presente recurso interpuesto por la

entidad ªComercial Rubio, Sociedad Anónimaº,

contra resolución del Tribunal

Económico-Administrativo Regional de Madrid, de fecha 30 de junio

de 1994, dictada en el expediente de reclamación

número 4109/89, relativo al Impuesto sobre

Sociedades, período 1 de febrero de 1983 al 31 de enero

de 1984, acuerda: 1. º Desestimar el recurso

interpuesto. 2. º Confirmar la resolución y liquidación

impugnada."

Lo que se le notifica, indicando que contra el

referido fallo podrá la interesada interponer recurso

contencioso-administrativo ante la Audiencia

Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados desde

el día siguiente al de finalización de la publicación

del presente anuncio.

Madrid, 6 de abril de 1998.-El Vocal Jefe de

la Sección, Francisco Eiroa Villarnovo.-21.436-E.

Tribunales

EconómicoAdministrativos Regionales

ANDALUCÍA

En sesión celebrada por el Tribunal

Económico-Administrativo Regional de Andalucía el 24 de

marzo de 1997, se han resuelto peticiones de

condonaciones graciables de sanciones impuestas por

la Administración, al amparo de lo previsto en el

artículo 125 del Reglamento de Procedimiento en

las reclamaciones económico-administrativas,

aprobado por Real Decreto 1999/1981, de 20 de agosto,

de las cuales se han condonado, en parte o

totalmente, las que a continuación se relacionan:

Número de reclamación: 41/7574/93. Impuesto:

Condonación. Reclamante: Doña Lourdes López

Sánchez. Documento nacional de identidad número:

27.936.039. Porcentaje: 75 por 100.

Número de reclamación: 41/7575/93. Impuesto:

Condonación. Reclamante: Doña Lourdes López

Sánchez. Documento nacional de identidad número:

27.936.039. Porcentaje: 75 por 100.

Número de reclamación: 41/7574/93. Impuesto:

Condonación. Reclamante: Don Gregorio Martín

Gómez. Documento nacional de identidad número:

27.925.725. Porcentaje: 75 por 100.

Sevilla, 6 de abril de 1998.-El Presidente del

Tribunal.-21.701-E.

MINISTERIO

DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

Dirección General de la Energía

Resolución por la que se autoriza a "Enagás,

Sociedad Anónima", la construcción de las instalaciones

correspondientes a la adenda 3 al gasoducto

denominado "Villalba-Tuy", en la provincia de A Coruña

La Orden del Ministerio de Industria y Energía

de 1 de marzo de 1994, otorgó a "Enagás, Sociedad

Anónima", concesión administrativa para el servicio

público de conducción y suministro de gas natural

para usos industriales a través del gasoducto que

discurrirá por las provincias de Lugo, A Coruña,

Pontevedra y Comunidad Autónoma del Principado

de Asturias.

Por Resolución de la Dirección General de la

Energía, de 24 de enero de 1996, se autorizó a

"Enagás, Sociedad Anónima", la construcción de

las instalaciones correspondientes al gasoducto

"Villalba-Tuy" en las provincias de A Coruña, Lugo

y Pontevedra.

La empresa "Enagás, Sociedad Anónima", de

acuerdo con lo previsto en la Ley 10/1987, de 15

de junio, de disposiciones básicas para su desarrollo

coordinado de actuaciones en materia de

combustibles gaseosos, y en el Reglamento General del

Servicio Público de Gases Combustibles, ha

presentado solicitud de autorización administrativa para

la construcción de la adenda 3 al proyecto del

gasoducto "Villalba-Tuy", en la provincia de A Coruña,

comprendida en el ámbito de la concesión

administrativa antes citada, adjuntando el

correspondiente proyecto técnico de autorización de instalaciones.

La adenda 3 se elabora como consecuencia de la

instalación de un centro de comunicaciones en la

posición I-015 ubicada en el término municipal de

Abegondo del tramo "Villalba-Tuy" y alimentación

del futuro ramal al término municipal de Ordes

desde la posición I-017 ubicada en dicho término

municipal.

Sometido a información pública el referido

proyecto de instalaciones del gasoducto, en el que se

incluye la relación concreta e individualizada de los

bienes y derechos afectados por la mencionada

conducción de gas natural, algunos particulares han

presentado alegaciones mostrando disconformidad

con el justiprecio, así como con la superficie afectada

por las instalaciones.

Las alegaciones han sido trasladadas a la empresa

concesionaria, la cual ha dado contestación a las

mismas.

En relación con las alegaciones sobre valoración

de terrenos, compensaciones por depreciación del

valor de las fincas, limitaciones de dominio y

cumplimiento en el expediente de expropiación de lo

previsto en la legislación sobre expropiación forzosa,

su consideración es ajena a este expediente de

autorización administrativa de construcción de las

instalaciones, por lo que se deberán tener en cuenta,

en su caso, en la oportuna fase procedimental.

A fin de minimizar las afecciones y los perjuicios

que se puedan producir durante la ejecución de las

obras, se tomarán las medidas adecuadas por la

empresa concesionaria del gasoducto; además, una

vez finalizadas las obras se restituirán los terrenos

a su estado primitivo, así como vallas, conducciones

y cualquier otra instalación que pudiera resultar

afectada a fin de que puedan seguir realizándose las

mismas labores y fines a que se vienen dedicando

actualmente las fincas afectadas con las limitaciones

derivadas de la seguridad y mantenimiento de las

instalaciones.

Por todo ello, se considera que se han respetado

en la mayor medida posible los derechos

particulares, los cuales han sido tenidos en cuenta

haciéndolos compatibles con los aspectos técnicos y

económicos respecto a un trazado idóneo de la nueva

canalización.

Asimismo, se ha solicitado informe de los

organismos competentes sobre determinados bienes

públicos y servicios que resultan afectados por la

mencionada conducción de gas natural, habiéndose

recibido contestaciones de los mismos, no

mostrando inconvenientes para su autorización.

Vistos la Ley 10/1987, de 15 de junio, de

disposiciones básicas para su desarrollo coordinado

de actuaciones en materia de combustibles gaseosos;

el Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, por el

que se aprueba el Reglamento General del Servicio

Público de Gases Combustibles ("Boletín Oficial

del Estado" de 21 de noviembre); la Orden del

Ministerio de Industria de 18 de noviembre de 1974,

por la que se aprueba el Reglamento de Redes y

Acometidas de Combustibles Gaseosos, modificado

por Órdenes del Ministerio de Industria y Energía

de 26 de octubre de 1983, de 6 de junio de 1984

y 9 de marzo de 1994 ("Boletín Oficial del Estado"

de 6 de diciembre de 1974, de 8 de noviembre

de 1983, de 6 de julio de 1984 y de 21 de marzo

de 1994, respectivamente); la Orden del Ministerio

de Industria y Energía de 1 de marzo de 1994,

por la que se otorgó a "Enagás, Sociedad Anónima",

concesión administrativa para el servicio público

de conducción y suministro de gas natural para usos

industriales mediante un gasoducto que discurrirá

por las provincias de A Coruña, Lugo, Pontevedra

y Comunidad Autónoma del Principado de Asturias,

y la Resolución de la Dirección General de la

Energía, de 24 de enero de 1996, por la que se autoriza

a "Enagás, Sociedad Anónima", la construcción de

las instalaciones correspondientes al gasoducto

denominado "Villalba-Tuy" en las provincias de A

Coruña, Lugo y Pontevedra.

Esta Dirección General, teniendo en cuenta el

informe emitido por el Área de Industria y Energía

de la Subdelegación del Gobierno en A Coruña,

ha resuelto autorizar la construcción de las

instalaciones, correspondientes a la adenda 3 al

gasoducto "Villalba-Tuy" en la provincia de A Coruña,

con arreglo a las condiciones que figuran a

continuación:

Primera.-En todo momento se deberá cumplir

cuanto se establece en la Ley 10/1987, de 15 de

junio, de disposiciones básicas para un desarrollo

coordinado de actuaciones en materia de

combustibles gaseosos; en el Reglamento General del

Servicio Público de Gases Combustibles, aprobado por

Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, así como

en las normas o reglamentaciones que lo

complementen; en el Reglamento de Redes y Acometidas

de Combustibles Gaseosos, aprobado por Orden

del Ministerio de Industria de 18 de noviembre

de 1974, modificado por Órdenes del Ministerio

de Industria y Energía de 26 de octubre de 1983,

de 6 de julio de 1984 y de 9 de marzo de 1994,

y en la Orden del Ministerio de Industria y Energía

de 1 de marzo de 1994, por la que se otorgó a

"Enagás, Sociedad Anónima", concesión

administrativa para el servicio público de conducción y

suministro de gas natural para usos industriales mediante

un gasoducto que discurrirá por las provincias de

A Coruña, Lugo, Pontevedra y Comunidad

Autónoma del Principado de Asturias.

Segunda.-Las instalaciones que se autorizan por

la presente Resolución habrán de realizarse de

acuerdo con el proyecto denominado "Gasificación del

Noroeste. Gasoducto de Transporte. Provincia de

A Coruña; al proyecto de autorización de

instalaciones, adenda 3, posiciones I-015; I-017",

presentado por "Enagás, Sociedad Anónima", en esta

Dirección General.

La adenda 3 al proyecto de autorización de

instalaciones del gasoducto de transporte

"Villalba-Tuy" (provincia de A Coruña), incluye, como

parte integrante del mismo las obras

correspondientes a las siguientes modificaciones:

En la posición I-015, se constituirá un centro de

comunicaciones en el interior del recinto de la

posición.

En la posición I-017 se realizan una serie de

modificaciones con el fin de poder ubicar una futura

estación de regulación y medida.

Instalaciones auxiliares: Instalación eléctrica en

baja tensión en posición I-015, y línea aérea de

media tensión 15 kV y centro de transformación

para suministro de energía eléctrica a la posición

I-015. Línea aérea de media tensión 20 kV, para

suministro de energía eléctrica a la posición I-017.

Las modificaciones aprobadas afectan a los

términos municipales de Abegondo y Ordes.

El presupuesto de las instalaciones asciende a

49.820.199 pesetas.

Tercera.-Los cruces especiales y otras afecciones

a bienes de dominio público se realizarán de

conformidad a los condicionados señalados por los

organismos competentes afectados.

Cuarta.-El plazo para la puesta en servicio de

las instalaciones que se autorizan será de

veinticuatro meses, a partir de la fecha de la presente

Resolución.

Quinta.-Para introducir modificaciones en las

instalaciones que afecten a los datos básicosyalas

características de las instalaciones previstos en el

proyecto técnico anteriormente citado, será

necesario obtener autorización de esta Dirección

General.

Sexta.-Para la seguridad de las instalaciones a

que se refiere la presente autorización se establecen

las siguientes condiciones en relación con los

elementos que se mencionan:

Para las líneas eléctricas:

En una franja de terreno de 2 metros de ancho

a lo largo de las líneas eléctricas aéreas no se podrán

plantar árboles de gran porte; ni se podrán levantar

edificaciones o construcciones de cualquier tipo, ni

efectuar acto alguno que pueda dañar el buen

funcionamiento de la línea, en una franja de 5 metros

de ancho. En ambos casos se tomará como centro

de la franja la línea de postes del tendido.

A efectos del cumplimiento de lo establecido en

esta condición, "Enagás, Sociedad Anónima", con

anterioridad al tendido y puesta en marcha de las

instalaciones, deberá recoger los extremos señalados

en el párrafo anterior, en los convenios o acuerdos

que se establezcan con los propietarios afectados,

quedando obligada en todo momento a la vigilancia

de su cumplimiento y, en su caso, a la notificación

del presunto incumplimiento al Área de Industria

y Energía de la Subdelegación del Gobierno en A

Coruña.

Séptima.-El Área de Industria y Energía, de la

Subdelegación del Gobierno en A Coruña, podrá

efectuar durante la ejecución de las obras las

inspecciones y comprobaciones que estime oportunas

en relación con el cumplimiento de las condiciones

establecidas en la presente Resolución y en las

disposiciones y normativa vigente que sea de

aplicación.

A tal efecto, "Enagás, Sociedad Anónima", deberá

comunicar, con la debida antelación, a la citada

Área de Industria y Energía, las fechas de iniciación

de las obras, así como las fechas de realización

de los ensayos y pruebas a efectuar de conformidad

con las especificaciones, normas y reglamentaciones

que se hayan aplicado en el proyecto de las

instalaciones.

Octava.-"Enagás, Sociedad Anónima", dará

cuenta de la terminación de las instalaciones al Área

de Industria y Energía de la Subdelegación del

Gobierno en A Coruña para su reconocimiento

definitivo y levantamiento del acta de puesta en servicio

de las instalaciones, sin cuyo requisito no podrán

entrar en funcionamiento.

A la solicitud del acta de puesta en servicio de

las instalaciones, el peticionario deberá acompañar,

por duplicado, la siguiente documentación:

a) Certificado final de obra, firmado por

Técnico competente y visado por el Colegio oficial

correspondiente, en el que conste que la

construcción y montaje de las instalaciones se ha efectuado

de acuerdo con lo previsto en el proyecto presentado

por "Enagás, Sociedad Anónima", y en las normas

y especificaciones que se hayan aplicado en el

mismo, así como con las variaciones de detalle que

hayan sido aprobadas, en su caso, por la citada

Área de Industria y Energía de la Subdelegación

del Gobierno en A Coruña, y con la normativa

técnica y de seguridad vigente que sea de aplicación.

b) Certificación final de las entidades o

empresas encargadas de la supervisión y control de la

construcción de las instalaciones, en la que se

explicite el resultado satisfactorio de los ensayos y

pruebas realizados según lo previsto en las normas y

códigos aplicados y que acrediten la calidad de las

instalaciones.

c) Documentación e información técnica

regularizada sobre el estado final de las instalaciones

a la terminación de las obras.

Novena.-El Área de Industria y Energía de la

Subdelegación del Gobierno de A Coruña, deberá

poner en conocimiento de la Dirección General de

la Energía la fecha de puesta en servicio de las

instalaciones, remitiendo copia de la

correspondiente acta de puesta en marcha, así como de los

documentos indicados en los puntos a), b) y c) de la

condición anterior.

Décima.-La empresa concesionaria del

gasoducto, una vez finalizada la construcción de las

instalaciones, deberá poner en conocimiento de esta

Dirección General de la Energía, de acuerdo con

lo previsto en la condición séptima de la Orden

de otorgamiento de la concesión, las fechas de

iniciación de las actividades de conducción y de

suministro de gas natural. Asimismo, deberá remitir a

la Dirección General de la Energía del Ministerio

de Industria y Energía, a partir de la fecha de

iniciación de sus actividades, con carácter semestral,

una memoria sobre sus actividades, incidencias y

estado de las instalaciones en el ámbito del

gasoducto a que se refiere la presente Resolución, así

como aquella otra documentación complementaria

que se le requiera.

Undécima.-La Administración se reserva el

derecho de dejar sin efecto esta autorización en el

momento en que se demuestre el incumplimiento

de las condiciones expresadas, por la declaración

inexacta de los datos suministrados u otra causa

excepcional que lo justifique.

Duodécima.-Esta autorización se otorga sin

perjuicio e independientemente de las autorizaciones,

licencias o permisos de competencia municipal,

autonómica, local u otras entidades para la

realización de las obras de las instalaciones.

Contra la presente Resolución podrá interponerse,

en el plazo de un mes, recurso ordinario ante el

excelentísimo señor Ministro de Industria y Energía,

de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Madrid, 2 de abril de 1998.-El Director general,

Antonio Gomis Sáez.-22.627.

MINISTERIO

DE LA PRESIDENCIA

Subsecretaría

Se notifica a don Emilio Carrón Martín la

Resolución del Subsecretario del Ministerio de la

Presidencia, de 30 de marzo de 1998, de incoación

de expediente disciplinario

Habiéndose intentado la notificación de la

Resolución del Subsecretario del Ministerio de la

Presidencia, de 30 de marzo de 1998, por la que se

incoa expediente disciplinario a don Emilio Carrón

Martín, en su domicilio, por correo certificado con

acuse de recibo y no habiendo surtido efecto esta

forma de notificación, se notifica al precitado, de

acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, mediante este

anuncio dicha Resolución cuya parte dispositiva dice

lo siguiente:

Con fecha 30 de marzo de 1998, el Subsecretario

del Ministerio de la Presidencia, ha acordado lo

siguiente:

"Esta Subsecretaría ha tenido conocimiento de

la falta de incorporación a su puesto de trabajo,

una vez finalizada la licencia por asuntos propios,

sin derecho a retribución que, don Emilio Carrón

Martín, Motorista contratado laboral interino de la

Secretaría de Estado de la Comunicación tenía

autorizada desde el 1 de diciembre de 1997 al 28 de

febrero de 1998.

Por razón de lo expuesto y en uso de las

competencias atribuidas por el vigente Convenio

colectivo para el personal laboral de la Secretaría de

Estado de la Comunicación (Resolución de 16 de

octubre de 1996, de la Dirección General de Trabajo

y Migraciones ªBoletín Oficial del Estadoº

número 281, de 21 de noviembre), así como de lo

dispuesto en el artículo 12 "in fine", del Real

Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre (ªBoletín Oficial

del Estadoº de 7 de diciembre), esta Subsecretaría

acuerda:

Primero.-Incoar expediente disciplinario a don

Emilio Carrón Martín, contratado laboral interino,

con categoría de Motorista, perteneciente a la

plantilla del personal laboral de la Secretaría de Estado

de la Comunicación, con documento nacional de

identidad número 50.695.027, por causa del hecho

citado, que puede ser constitutivo de la falta muy

grave prevista en el artículo 59.c.4 del Régimen

Disciplinario previsto en la Resolución de 16 de

octubre de 1996, de la Dirección General de Trabajo

y Migraciones, por la que se dispone la inscripción

en el registro y publicación del texto del Convenio

colectivo del personal laboral de la Secretaría de

Estado de la Comunicación (ªBoletín Oficial del

Estadoº número 281, 21 de noviembre de 1998);

así como de acuerdo con lo establecido en el artículo

54.2.a del Estatuto de los Trabajadores (texto

refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995,

de 24 de marzo), que considera incumplimiento

contractual a la hora de fundamentar el despido

disciplinario ªlas faltas repetidas e injustificadas de

asistencia o puntualidad al trabajoº.

Segundo.-Designar Instructor y Secretario del

referido expediente, respectivamente, a don

Francisco de Miguel Pajuelo, funcionario del Cuerpo

de Letrados de la Administración de la Seguridad

Social e Inspector de Servicios del Departamento

(NRP 339835913 A1600), y a doña María Teresa

de Noriega López-Chicheri, funcionaria del Cuerpo

Administrativo de la Administración del Estado

(NRP 5000040024 A1135).

El presente acuerdo será notificado al presunto

responsable, al designado Instructor, al Secretario,

así como al Comité de empresa de la Secretaría

de Estado de la Comunicación, conforme a lo

establecido en el artículo 62.a del mencionado Convenio

colectivo."

Lo que le notifico a usted a efectos de lo previsto

en el artículo 62 del Convenio colectivo del personal

laboral de la Secretaría de Estado de la

Comunicación ("Boletín Oficial del Estado" número 281,

21 de noviembre de 1996), y en virtud de lo

dispuesto en el mismo artículo, se le concede un plazo

de diez días desde la recepción de la presente

notificación, para que alegue ante esta Instrucción lo

que considere oportuno en su defensa. Madrid, 2

de abril de 1998. El Instructor, Francisco de Miguel

Pajuelo.

Madrid, 15 de abril de 1998.-El Subsecretario,

Juan Junquera González.-21.643-E.

MINISTERIO

DE ADMINISTRACIONES

PÚBLICAS

Subsecretaría

Se hace público el resultado del sorteo de

amortización de Títulos de los Empréstitos del Majzen

de la antigua Zona Norte de Marruecos,

correspondientes al vencimiento de 1 de abril de 1998

Efectuado en la Subsecretaría de este Ministerio,

el día 12 de marzo, el sorteo de amortización de

Títulos correspondientes al vencimiento de 1 de abril

de 1998 de los Empréstitos del Majzen de la antigua

Zona Norte de Marruecos que se detallan a

continuación, han dado los siguientes resultados:

Empréstito de 10 de junio de 1946. Sorteo

número 189.

Serie única.-Se amortizan 729 títulos, de 1.000

pesetas nominales cada uno, números del 121.111

al 121.175 y del 121.433 al 122.096.

Las numeraciones correlativas citadas

comprenden los números de sus extremos.

Madrid, 12 de marzo de 1998.-El Subsecretario,

Jaime Rodríguez-Arana Muñoz.-21.556.

MINISTERIO

DE MEDIO AMBIENTE

Confederaciones Hidrográficas

GUADIANA

De conformidad con lo establecido en el

artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y Procedimiento Administrativo Común

("Boletín Oficial del Estado" número 285, del 27), por

la presente comunicación se notifican los

requerimientos efectuados en expedientes sancionadores

incoados, por infracción a la Ley de Aguas que

a continuación se relacionan, al no haber sido

posible su notificación, bien por desconocerse el último

domicilio del interesado o bien, porque intentada

ésta no ha podido practicarse.

Las notificaciones podrán ser recogidas por el

interesado o representante legal acreditado, en la

calle Aben Canes, 9, 2. º , A, en Ciudad Real,

pudiendo solicitarse igualmente por escrito.

Ciudad Real, 23 de marzo de 1998.-El Comisario

de Aguas, José Díaz Mora.-21.509-E.

Número

Término municipal Interesado Resolución Determinación

expediente

ES-0079/90 Badajoz.................Adrián Montoy Lario............ 20-1-1992 Legalizar alambrada.

ES-0334/91 Badajoz.................Manuel Antonio Vázquez....... 14-3-1995Legalizar vertido de

ES-1196/92 Badajoz.................Margarita Sánchez Fernández . 306-1994Legalizar pozo uso

ES-1929/92 Badajoz.................Antúnez, C.B...................... 15-1-1996 Legalizar cruce línea

ES-0433/93 Badajoz.................Francisco Sánchez Gallardo ... 16-12-1994 Legalizar cerca.

ES-0834/86 Mérida (Badajoz).....Construcciones Garzón, S. A. 10. 2-1988Legalizar cruce en arroyo.

ES-0076/87 Mérida (Badajoz).....Construcciones Garzón, S. A. . 235-1988Legalizar cruce en arroyo.

ES-0032/87 Mérida (Badajoz).....Construcciones Garzón, S. A. 10. 2-1988Legalizar cruce en arroyo.

ES-0591/88 Mérida (Badajoz).....Datrans, S. A...................... 21-5-1990 Legalizar badén.

ES-0951/93 Mérida (Badajoz).....Auxiobra-7......................... 15-1-1996Legalizar ampliación

ES-0007/94 D. Álvaro (Badajoz) .. Áridos Miajadas, S. A. L........17-10-1994 Acondicionar zona.

ES-0161/94 D. Álvaro (Badajoz) .. Áridos Miajadas, S. A. L........17-10-1994 Acondicionar zona.

ES-0830/86Puebla de Sancho

Pérez (Badajoz)....Suheca, S. A....................... 10-2-1988 Legalizar cruce aéreo.

ES-0326/92 Puebla de la Reina

(Badajoz)................Manuel Marín Marín............18-12-1995 Legalizar pozo.

ES-0002/89 Olivenza (Badajoz) ... Francisco Ojeda González......18-12-1991 Legalizar azud.

ES-0093/87Fuente del Maestre

(Badajoz)............Joaquín González Manzanares

y otros........................... 5-7-1994 Legalizar presa.

ES-0384/92 Roca de la Sierra......Construcciones Badajoz, S. A. 95-1994 Legalizar muro.

ES-0447/92 Jerez de los Caballeros

(Badajoz)............Asfalti Sintex, S. A...............7-11-1994 Legalizar puente.

ES-0448/92 Burguillos del Cerro

(Badajoz)............Asfalti Sintex, S. A............... 14-2-1994 Legalizar puente.

ES-0103/88 Retuerta del Bullaque

(Ciudad Real)......Alquimia, S. A.................... 21-2-1989 Legalizar puente.

ES-0234/89 Retuerta del Bullaque

(Ciudad Real)......Dámaso Vidales Romero....... 31-7-1992 Legalizar presa.

ES-1341/91Guadalmez (Ciudad

Real).................Mycon, Sociedad Limitada..... 18-7-1996 Acondicionar zona.

ES-0174/92Almadén (Ciudad Real) .Alper, U.T.E....................... 16-8-1993 Legalizar alcantarilla.

ES-0175/92Almadén (Ciudad Real) .Alper, U.T.E....................... 30-6-1994 Legalizar alcantarilla.

ES-0176/92Almadén (Ciudad Real) .Alper, U.T.E....................... 16-8-1993 Legalizar alcantarilla.

ES-0177/92Almadén (Ciudad Real) .Alper, U.T.E....................... 30-6-1994 Legalizar alcantarilla.

ES-0197/92Almadén (Ciudad Real) .Alper, U.T.E....................... 30-6-1994 Legalizar alcantarilla.

ES-0198/92Almadén (Ciudad Real) .Alper, U.T.E....................... 16-8-1993 Legalizar alcantarilla.

ES-0199/92Almadén (Ciudad Real) .Alper, U.T.E....................... 30-6-1994 Legalizar alcantarilla.

ES-0201/92Almadén (Ciudad Real) .Alper, U.T.E....................... 30-6-1994 Legalizar alcantarilla.

ES-0728/93Almadén (Ciudad Real) .Alper, U.T.E....................... 15-1-1996 Restituir cauce.

ES-1083/93Valdepeñas (Ciudad

Real).................José Luis Sánchez Jiménez..... 8-4-1996 Clausurar pozo.

ES-2138/92 Villares del Saz

(Cuenca) ....................Gelcosa............................. 15-1-1996Legalizar pozo uso

ES-0618/89 Alcollarín (Cáceres) .. Construcciones Rofesa.......... 13-6-1995 Legalizar obras.

Demarcaciones de Costas

Servicio Provincial de Costas en Alicante

Anuncio de aprobación del deslinde de los bienes

de dominio público marítimo-terrestre en un tramo

de costa de la playa de Les Deveses (entre los

mojones M-32 y M-36 del deslinde aprobado por Orden

de 9 de diciembre de 1977) en el término municipal

de Denia (Alicante)

Por Orden de 31 de marzo de 1997, la Dirección

General de Costas, por delegación de la

excelentísima señora Ministra, y de conformidad con el

Servicio Jurídico, ha resuelto:

I. Aprobar el acta de apeo de 4 de abril de

1995 y los planos incluidos en el proyecto en el

que se define el deslinde de los bienes de dominio

público marítimo terrestre en un tramo de costa

de la playa de Les Deveses (entre los mojones M-32

y M-36 del deslinde aprobado por Orden de 9 de

diciembre de 1977) mediante una nueva poligonal

tierras.

doméstico.

eléctrica.

puente.

doméstico.

que comprende los vértices M-1 al M-6, en el

término municipal de Denia (Alicante).

II. Ordenar al Servicio de Costas de este

Departamento en Alicante que inicie las actuaciones

conducentes a rectificar las situaciones jurídicas

registrales contradictorias con el deslinde aprobado.

Contra la presente resolución, que pone fin a la

vía administrativa, puede interponerse,

directamente, recurso contencioso-administrativo, previa

comunicación de su interposición al órgano que la ha

adoptado, en el plazo de dos meses, contados desde

el día siguiente a la práctica de la notificación de

la misma, ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

El plazo antes indicado se contará a partir del

día siguiente al de publicación del presente anuncio.

Lo que se hace público de conformidad con el

artículo 26.2 del Reglamento General de la Ley

22/1988, de Costas, y el artículo 59.4 de la Ley

30/1992, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

Alicante, 31 de marzo de 1998.-El Jefe de la

Demarcación de Costas en Valencia, Manuel

Fernández Arribas.-21.624-E.

Relación de interesados

Interesada: Salort Perelló, Amalia. Calle: Ríu

Deva. Números: 69-70. Puerta: 8. Código postal:

03700. Localidad: Denia (Alicante).

Interesado: Almela Borrull, Alejandro. Calle:

Carretera de Pamplona. Número: Sin número.

Código postal: 22753. Localidad: Puente La Reina-Jaca

(Huesca).

Interesada: Prats Jai, Rosario. Calle: Ríu

Chinchilla Casita. Número: 5-C. Código postal: 03700.

Localidad: Denia (Alicante).

Interesado: Mengual Guardiola, Vicente. Calle:

Ciutat de Laval. Número: 21. Código postal: 46700.

Localidad: Gandía (Valencia).

Interesada: Peñalver García, Azucena. Calle: Peña

Cervera. Número: 2. Piso: 3. Puerta: C. Código

postal: 28031. Localidad: Madrid.

Interesado: Enríquez Salort, Antonio. Calle: Ríu

Deva. Números: 69-70. Puerta: 8. Código postal:

03700. Localidad: Denia (Alicante).

Interesada: Puigcerver Prats, Amparo. Calle: Ríu

Chinchilla Casita. Número: 5C. Código postal:

03700. Localidad: Denia (Alicante).

Servicio Provincial de Costas en Castellón

Notificación de realización del acta de apeo, para

mostrarles la delimitación provisional del dominio

público, a propietarios colindantes desconocidos y

otros cuya dirección se desconoce, que forman parte

de la tramitación del expediente de deslinde de los

bienes de dominio público marítimo-terrestre estatal,

en el término municipal de Nules (Castellón), tramo

de costa comprendido entre el límite con el término

municipal de Burriana y el punto intermedio entre

los hitos P-2 y P-3, de la línea de playa aprobada

por Orden de 14 de febrero de 1975

Con fecha 5 de marzo de 1998 la Dirección

General de Costas autorizó a este Servicio Provincial

la incoación de oficio del expediente de deslinde

de los bienes de dominio público marítimo-terrestre

estatal en el término municipal de Nules (Castellón),

tramo de costa comprendido entre el límite con

el término municipal de Burriana y el punto

intermedio entre los hitos P-2 y P-3 de la línea de playa

aprobada por Orden de 14 de febrero de 1975.

Siguiendo la preceptiva tramitación establecida en

el capítulo III, sección segunda, del Reglamento

General para desarrollo y ejecución de la Ley

22/1988, de 28 de julio, de Costas, y en

cumplimiento de su artículo 22.3, se ha procedido a citar

a los propietarios colindantes para mostrarles la

delimitación provisional del dominio público mediante

su apeo. Como quiera que algunos propietarios no

se les ha podido notificarles este acto para carecer

de su domicilio o por ser desconocido, se citan

a las personas que al final de este edicto se

relacionan, el día 11 de junio de 1998, a las nueve

treinta horas, en la zona de playa del camino que

limita los términos municipales de Nules y Burriana,

a fin de mostrarles la delimitación provisional del

dominio público mediante su apeo, debiendo en

dicho acto acreditar su identificación personal, y

pudiendo manifestar su conformidad o

disconformidad al mismo.

Igualmente, durante el plazo reglamentario de los

quince días siguientes al citado acto, podrán

formular cuantas alegaciones estimen oportunas y

proponer motivadamente una delimitación alternativa,

debiendo aportar los correspondientes títulos de

propiedad que legitimen su intervención en el

expediente de deslinde.

Propietarios que no se les ha podido notificar

la realización de esta acta de apeo por desconocer

su domicilio o, en su caso, por ser desconocidos:

Nombre y apellidos: Benito Francisco. Propiedad:

Polígono 17, parcela 171 *. Municipio: Nules.

Nombre y apellidos: Eugenio Lópoz Montón y

otro. Propiedad: Polígono 17, parcela 175 *.

Municipio: Nules.

Nombre y apellidos: Pascual Ros Ros. Propiedad:

Polígono 18, parcela 364 **. Municipio: Nules.

Nombre y apellidos: Bautista Pallarés Cholvi.

Propiedad: Polígono 17, parcela 181 *. Nules.

Nombre y apellidos: Salvador Plaza Meneus.

Propiedad: Polígono 18, parcelas 386 y 387 **.

Municipio: Nules.

Nombre y apellidos: Desconocido. Propiedad:

Polígono 17, parcela 192 *. Municipio: Nules.

Nombre y apellidos: Desconocido. Propiedad:

Polígono diseminado 0014105 ***. Municipio:

Nules.

Castellón, 16 de abril de 1998.-El Jefe del

Servicio Provincial, Leonardo Monzonís

Forner.-21.704-E.

* Datos correspondientes a planos catastrales de rústica del

Instituto Geográfico Nacional de 1954.

** Datos del catastro de rústica actualmente en vigor.

*** Datos catastrales actuales correspondientes a diseminados.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE CATALUÑA

Departamento de Industria,

Comercio y Turismo

Dirección General de Energía y Minas

Anuncio sobre la iniciación de un expediente para

la declaración de la condición mineral natural del

agua "Font del Brac"

A instancia de doña María Loreto Bracons i Mas,

con documento nacional de identidad número

33.940.223, y domicilio en la calle Francesc Pérez

Cabrero, número 7, de Barcelona, se ha iniciado

el expediente para la declaración, como agua mineral

natural, la que mana en la finca "Bracons", del

término municipal de Sant Pere de Torelló, de la cual

es propietaria.

La situación de la captación del agua está

determinada por las coordenadas UTM siguientes:

X = 447.930

= 4.662.790

Lo que se hace público de conformidad con el

artículo 39.2 del Real Decreto 2857/1978, de 25

de agosto, por el cual se aprueba el Reglamento

general para el régimen de la minería, para que

todas las personas que estén interesadas puedan

presentar las alegaciones que crean convenientes en

el plazo de quince días hábiles a contar desde el

día siguiente de la última publicación de este

anuncio.

Barcelona, 17 de marzo de 1998.-El Director

general, Pere Sagarra i Trías.-21.609.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Consejería de Economía

Dirección Regional de Industria

Citación levantamiento actas previas a la ocupación

de determinadas fincas afectadas por el expediente

AT-6.012, para la reforma de las líneas eléctricas

aéreas a 24 KV, derivaciones a los centros de

transformación "Pajomal", "Triana", "Las Piezas" y

"Riparape", en el término municipal de Langreo

Por Resolución de 30 de marzo de 1998 se otorga

a la declaración de utilidad pública, efectuada por

Resolución de 1 de septiembre de 1995, los efectos

del artículo 53 de la Ley 40/1994, de Ordenación

del Sistema Eléctrico Nacional, lo que supone que

lleva implícita, en todo caso, la necesidad de

ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos

afectados e implica la urgente ocupación de las

fincas afectadas por el expediente expropiatorio

AT-6.012, para la reforma de las líneas eléctricas

aéreas a 24 KV, derivaciones a los centros de

transformación "Pajomal", "Triana", "Las Piezas" y

"Riparape", a los efectos previstos en el artículo 52

de la Ley de Expropiación Forzosa.

Se convoca a los titulares de bienes y derechos

afectados, en el Ayuntamiento donde radican las

fincas afectadas, como punto de reunión para, de

conformidad con el procedimiento que establece

el artículo 52, apartado 2, de la vigente Ley de

Expropiación Forzosa, llevar a cabo el

levantamiento de actas previas a la ocupación.

Los interesados, así como las personas que sean

titulares de cualesquiera clase de derechos o

intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir

personalmente o representados por persona

debidamente autorizada, aportando los documentos

acreditativos de su titularidad y el último recibo de la

contribución, pudiéndose acompañar de Peritos o

de un Notario, si lo estiman oportuno.

El levantamiento de las actas previas a la

ocupación tendrá lugar el día 22 de mayo de 1998,

en dependencias de la Casa Consistorial del

Ayuntamiento de Langreo, a las horas y con los

propietarios afectados que a continuación se indican:

Propietario: Don Manuel Ramón Díaz Suárez.

Finca: 1. Hora: Diez treinta.

Propietario: Don Manuel Castaño Moral y otros.

Finca: 4 y 1A. Hora: Diez cuarenta y cinco.

Propietario: Don José Antonio Cueto García.

Finca: 5, 13 y 19. Hora: Once.

Propietaria: Doña Leónides Aller García. Finca:

10. Hora: Once treinta.

Propietario: Don Ángel Castaño Sánchez. Finca:

18. Hora: Once cuarenta y cinco.

Propietaria: Doña Amalia González Alonso.

Finca: 3. Hora: Doce.

Propietario: Don Enrique López García y cinco

mas desconocidos. Finca: 8. Hora: Doce.

El orden de levantamiento se comunicará a los

interesados mediante la oportuna cédula de citación.

En el expediente expropiatorio asumirá la

condición de beneficiaria "Hidroeléctrica del

Cantábrico, Sociedad Anónima".

Oviedo, 3 de abril de 1998.-El Jefe del Servicio

de Autorizaciones Energéticas, Fermín Corte

Díaz.-21.599.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE CANTABRIA

Consejería de Industria, Turismo,

Trabajo y Comunicaciones

Dirección General de Transportes

y Comunicaciones

Resolución por la que se hace público el cambio

de titularidad de la concesión administrativa del

servicio público regular permanente y de uso general,

de transporte de viajeros por carretera entre Oruña

Santander con hijuelas (K-29)

Por Resolución del Consejero de Turismo,

Transportes y Comunicaciones e Industria, se autorizó

el cambio de titularidad de la concesión indicada

a favor de la empresa "Autotour Aranda Calderón,

Sociedad Limitada", quedando la nueva

concesionaria subrogada en todos los derechos y deberes

derivados de la concesión.

Lo que se hace público, una vez ejecutados los

requisitos en que se condicionó dicha autorización,

en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Santander, 7 de abril de 1998.-El Director

general, Manuel Ballesteros García.-21.574.

Resolución por la que se hace público el cambio

de titularidad de la concesión administrativa del

servicio público regular permanente y de uso general,

de transporte de viajeros por carretera entre Renedo

y Sobrelapeña (K-32)

Por Resolución del Consejero de Turismo,

Transportes y Comunicaciones e Industria, se autorizó

el cambio de titularidad de la concesión indicada

a favor de la empresa "Autotour Aranda Calderón,

Sociedad Limitada", quedando la nueva

concesionaria subrogada en todos los derechos y deberes

derivados de la concesión.

Lo que se hace público, una vez ejecutados los

requisitos en que se condicionó dicha autorización,

en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Santander, 7 de abril de 1998.-El Director

general, Manuel Ballesteros García.-21.576.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE CASTILLA-LA MANCHA

Consejería de Industria y Trabajo

Delegaciones Provinciales

ALBACETE

Por la Delegación Provincial de la Consejería de

Industria y Trabajo de Albacete, se hace saber que

ha sido solicitada la siguiente concesión directa de

explotación:

Número: 1.621. Nombre: "La Isla". Recurso:

Arena silícea. Superficie: Ocho cuadrículas mineras.

Término municipal: Hellín.

Lo que se hace público para que todos los que

tengan la condición de interesados puedan

personarse en el expediente, dentro del plazo de quince

días a partir de su publicación, según se establece

en el artículo 70 del vigente Reglamento General

para el Régimen de la Minería.

Albacete, 30 de marzo de 1998.-El Delegado

provincial, José Luis Moreno García.-21.526.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

CANARIAS

Consejería de Industria y Comercio

Dirección General de Industria y Energía

Anuncio de denominación y condición de agua

de manantial

La Dirección General de Industria y Energía hace

saber que por Resolución del excelentísimo señor

Consejero de Industria y Comercio del Gobierno

de Canarias, de fecha 1 de abril de 1998, ha sido

declarada la condición de agua de manantial de

las aguas alumbradas en el pozo "El Zumacal", sito

en el municipio de Valleseco, expediente

número 1918-TP, solicitado por don Domingo González

Guerra, en nombre y representación de la entidad

"Aguas de Firgas, Sociedad Anónima".

Lo que se hace público en cumplimiento de lo

estipulado en el artículo 24.4 de la Ley 22/1973,

de 21 de julio, de Minas, y en el artículo 39.4 del

Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, de su

Reglamento.

Las Palmas de Gran Canaria, 7 de abril de

1998.-El Director general de Industria y Energía,

Alfredo Vigara Murillo.-21.339.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE CASTILLA Y LEÓN

Consejería de Industria, Comercio

y Turismo

Servicios Territoriales

SEGOVIA

Relación de registros mineros cuyos terrenos

han quedado francos y registrales

El Servicio Territorial de Industria, Comercio y

Turismo, hace saber: Que como consecuencia del

resultado del concurso convocado en el "Boletín

Oficial del Estado" de 16 de mayo de 1989, número

116, celebrado en la Delegación Territorial de

Segovia de la Consejería de Economía y Hacienda el

día 18 de julio y 3 de septiembre de 1989, ha

quedado franco y registrable en la superficie que se

indica el terreno correspondiente a los registros

mineros que a continuación se relacionan, con

expresión del número, nombre, mineral, extensión

y términos municipales:

939. "Pedro". Sección C. 45 cuadrículas mineras.

Castrojimeno y otros.

940-2. "Arturo II". Sección C. 27 cuadrículas

mineras. Castroserracín y otros.

Lo que se hace público de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 72 del Reglamento General

para el Régimen de la Minería de 25 de agosto

de 1978, declarando francos y registrables los

terrenos citados, admitiéndose nuevas solicitudes a partir

de los ocho días siguientes de la presente publicación

en el "Boletín Oficial del Estado".

Segovia, 1 de abril de 1998.-El Jefe del Servicio

Territorial de Industria, Comercio y Turismo, Sergio

Gozalo de Mercado.-21.795.

Consejería de Fomento

Servicios Territoriales

ÁVILA

Información pública y convocatoria al levantamiento

de actas previas a la ocupación de los bienes y

derechos pertenecientes al término municipal de

Navaluenga, afectados por las obras del proyecto: "Mejora

de plataforma y firme. AV-902 de cruce con N-403

a Burgohondo. Punto kilométrico 0,000 al 7,300.

Tramo: Navaluenga-Burgohondo. Clave: 2.1-AV-10"

Se abre un período de información pública, se

convoca a los titulares de bienes y derechos

afectados pertenecientes al término municipal de

Navaluenga, y se señala fecha para el levantamiento de

actas previas a la ocupación en dicho término

municipal con motivo de las obras del proyecto antes

mencionado.

La Dirección General de Carreteras e

Infraestructuras de la Consejería de Fomento de la Junta

de Castilla y León, con fecha 16 de enero de 1996,

aprobó el proyecto antes reseñado, aprobación que

lleva implícita la declaración de utilidad pública y

la necesidad de ocupación. Con fecha 17 de enero

de 1996, la citada Dirección General ordenó a este

Servicio Territorial la iniciación del expediente de

expropiación forzosa de los bienes y derechos

afectados por las obras comprendidas en el mencionado

proyecto, siéndole de aplicación tanto el

artículo 11.1 como el artículo 16 de la Ley de Carreteras

de la Comunidad de Castilla y León 2/1990, de

16 de marzo ("Boletín Oficial de Castilla y León"

de 4 de abril de 1990), que supone, por una parte,

la declaración de urgencia a los fines de

expropiación, y por otra parte, el que resultando necesario

establecer el dominio público que toda carretera

lleva consigo, se incoe el correspondiente

procedimiento expropiatorio en aras del establecimiento

del mismo.

En consecuencia, este Servicio Territorial, en uso

de las facultades que le confiere el artículo 98 de

la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de

diciembre de 1954, y en cumplimiento de lo

dispuesto en el artículo 52 de la misma y concordantes

de su Reglamento, ha resuelto convocar a los

titulares de los bienes y derechos pertenecientes al

término municipal de Navaluenga, afectados por el

mencionado proyecto, de acuerdo con los edictos

publicados en el "Boletín Oficial del Estado",

"Boletín Oficial de la Provincia de Ávila", "Diario de

Ávila" y edicto con relación de propietarios,

publicado en el "Boletín Oficial de Castilla y León",

y expuestos en el tablón de anuncios del

Ayuntamiento de Navaluenga, donde radican los bienes

y derechos afectados y en el Servicio Territorial

de Fomento, sito en la calle Alemania, número 5,

05071 Ávila; a efectos de iniciar los trámites

correspondientes al levantamiento de las actas previas a

la ocupación en el lugar, fecha y hora que a

continuación se indican:

Lugar: Ayuntamiento de Navaluenga. Fecha: 13

de mayo de 1998. Hora: Doce. Finca número: 150.

A dicho acto, será notificado individualmente por

correo certificado y con acuse de recibo el

interesado, y al que deberán asistir el representante y

el Perito de la Administración, así como el Alcalde

o Concejal en quien delegue; deberán comparecer

los interesados afectados personalmente o bien

representados por persona debidamente autorizada,

acompañados de los arrendatarios, si los hubiere;

aportando los documentos acreditativos de su

titularidad y el último recibo del Impuesto sobre Bienes

Inmuebles que corresponda al bien afectado,

pudiendo hacerse acompañar, si así lo desean, de un

Notario y Peritos, con gastos a su costa; todo ello sin

perjuicio de trasladarse al lugar de las fincas.

La presente convocatoria se realiza igualmente

a los efectos previstos en el artículo 59.4 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

De conformidad con lo dispuesto en el

artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa,

los interesados, así como las personas que siendo

titulares de algún derecho o interés económico sobre

los bienes afectados radicados en el término

municipal de Navaluenga y que se hayan podido omitir

en la relación de los Edictos expuestos en el tablón

de anuncios del Ayuntamiento señalado y en el

Servicio Territorial de Fomento, en Ávila, podrán

formular, por escrito, ante este Servicio, a tenor

de lo previsto en el artículo 86.2 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, y hasta el levantamiento de

las actas previas a la ocupación las alegaciones que

estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar

posibles errores que se hubieran podido cometer

al relacionar los bienes y derechos afectados por

las expropiaciones.

Ávila, 8 de abril de 1998.-El Jefe del Servicio

Territorial de Fomento, Mario Galán Sáez.-21.634-E.

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Diputaciones Provinciales

Información pública previa a la declaración de la

urgente ocupación de los bienes y derechos afectados

por la ejecución de las obras comprendidas en los

proyectos

"Ensanche y mejora de la carretera AP-4035, de

Monóvar a Pinoso, por Casas del Señor".

"Ensanche y mejora de la carretera AV-4111,

Hondón de las Nieves a La Canalosa".

"Ensanche y mejora de la carretera AP-4210,

Albatera a Hondón de los Frailes".

"Ensanche y mejora de la carretera AP-4131, Mos

del Bou a la Murada".

La Diputación Provincial de Alicante, en sesión

plenaria de fecha 4 de diciembre de 1997, ha

adoptado los siguientes acuerdos:

Primero.-La aprobación del expediente de

expropiación forzosa de los terrenos, bienes y derechos

necesarios para la ejecución de las obras reseñadas

en el encabezamiento.

Segundo.-La aprobación de la relación de los

propietarios, bienes y derechos afectados por dichas

obras y su sometimiento a información pública, a

fin de que durante el plazo de quince días hábiles,

contados desde la fecha de publicación del presente

anuncio en el "Boletín Oficial del Estado", puedan

los interesados formular por escrito cuantas

alegaciones estimen oportunas en relación con el

expediente expropiatorio, pudiendo hacerlo tanto en el

mencionado Ayuntamiento, como en el Registro

General de esta Corporación Provincial, avenida de

la Estación, 6, 03071 Alicante.

El anuncio más detallado, acompañado de la

relación de propietarios, bienes y derechos afectados,

aparece publicado en el "Boletín Oficial de la

Provincia de Alicante" número 74, de fecha 31 de marzo

de 1998.

Transcurrido el mencionado plazo, podrán

igualmente los interesados, al amparo de lo previsto en

el artículo 56.2 del vigente Reglamento de

Expropiación Forzosa, aportar los datos oportunos para

subsanar posibles errores que se hayan padecido

al relacionar los bienes afectados o al grafiar los

mismos en los correspondientes planos-parcelarios.

Lo que se hace público para general conocimiento

de todos los interesados y a los efectos de dar

cumplimiento a lo previsto en el artículo 56.1 del

Reglamento de Expropiación Forzosa de 26 de abril de

1957, así como en el artículo 59.4 de la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común de 26

de noviembre de 1992.

Alicante, 8 de abril de 1998.-El Presidente, Julio

de España Moya.-El Secretario general, Patricio

Vallés Muñiz.-21.778.

Ayuntamientos

MÓSTOLES

Cementerio Municipal

En cumplimiento de lo dispuesto en el

Reglamento de Cementerios, y de acuerdo con el

Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, se procederá

a la exhumación de cadáveres inhumados durante

el año 1988, en sepulturas temporales, del

Cementerio Municipal de Móstoles.

En consecuencia, se hace público que las personas

interesadas en la reinhumación de los cadáveres

inhumados en 1988, que no reciban notificación

por escrito, deberán dirigirse a:

Oficina del Cementerio, donde podrán solicitar

información sobre los trámites y la fecha en que

serán exhumados los restos. El hecho de no

personarse en el Cementerio llevará aparejada la

pérdida de todo derecho a posterior solicitud.

Se establece un plazo de treinta días, a partir

del transcurso de los diez años siguientes a la fecha

de inhumación, durante el cual podrán retirarse

cuantos atributos se encuentren en las unidades de

enterramiento que habrán de exhumarse,

justificando su titularidad. Transcurrido el plazo señalado,

quedará caducado el derecho sobre los mismos.

Móstoles, 1 de abril de 1998.-El

Alcalde.-21.486.

ESTEVE SESROVIRES

La Comisión de Gobierno Municipal de Sant

Esteve Sesrovires, en sesión celebrada el día 6 de

marzo de 1998, por unanimidad de los miembros

asistentes, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.-Iniciar el expediente de necesidad de

ocupación de las fincas 523-I, 60-H, 168-I y 59-E

de Vallserrat, propiedades de los señores don

Francisco Rodríguez García, don José Moya Martínez,

don Rafael Fabra Samplón y don Francisco Ferri

Imbernon, respectivamente.

Segundo.-Exponer a información pública,

durante un plazo de quince días, el acuerdo adoptado,

así como proceder a su publicación en el "Boletín

Oficial del Estado", en el "Diario Oficial de la

Generalidad de Cataluña", en el "Boletín Oficial" de la

provincia y en uno de los diarios de mayor difusión

de la provincia.

Tercero.-Notificar este acuerdo a los interesados

en este procedimiento, para su conocimiento y

efectos.

Sant Esteve Sesrovires, 25 de marzo de 1998.-El

Teniente de Alcalde, delegado, Francesc Rebés

Nobales.-21.484.

XOVE

Edicto

Por Decreto de la Presidencia de la Junta de

Galicia número 108/1998, de 20 de marzo, publicado

en el "Diario Oficial de Galicia" número 64/1998,

de 3 de abril, se declara la urgente ocupación por

este Ayuntamiento de los bienes y derechos

necesarios para la ejecución de las obras de "Rúa anexa

o centro cívico de Xove", con los efectos previstos

en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

De conformidad con la disposición referida y en

cumplimiento y ejecución de la misma y de los

acuerdos adoptados por el Pleno Municipal en

sesiones de 13 de junio y 14 de agosto de 1997 y demás

antecedentes y normas aplicables se anuncia el

levantamiento de actas previas a la ocupación a

que se refiere la norma segunda del artículo 52

de la Ley de Expropiación Forzosa que tendrá lugar

al vigésimo quinto día hábil, contado a partir del

siguiente al de la publicación del presente edicto

en el "Boletín Oficial del Estado", en los lugares

en que se encuentren ubicados los bienes objeto

de expropiación, a los que se trasladará un equipo

técnico y administrativo y para cuyos actos se cita

a los propietarios, a los demás afectados y a cuantas

personas o entidades puedan ostentar derechos

sobre tales bienes.

Las operaciones podrán continuarse en días y

horarios posteriores si preciso fuere sin necesidad

de repetir las citaciones, bastando a tal efecto el

anuncio verbal en la jornada de la tarde y con

ocasión del levantamiento de las últimas actas que se

extiendan, que así se hará saber públicamente a

los asistentes.

Las actas se levantarán aún en el supuesto de

que no concurran los propietarios y demás

interesados o quienes debidamente las represente.

A tales efectos podrán concurrir personalmente

o debidamente representados, acreditando su

personalidad y pudiéndose hacer acompañar a su costa

de Perito y Notario, debiendo aportar la

documentación precisa respecto a la titularidad de los

derechos que aleguen (títulos registrales, cédulas de

propiedad, recibos de contribución, etc.).

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 56.2

del Reglamento para la aplicación de la Ley de

Expropiación Forzosa, los interesados podrán

formular por escrito dirigido al Alcalde-Presidente

cuantas alegaciones estimen pertinentes hasta el

levantamiento de las actas previas y a los solos

efectos de subsanar posibles errores que se hayan podido

padecer al relacionar los bienes afectados por la

urgente ocupación, no siendo procedentes

cualesquiera otros recursos o reclamaciones que se

entenderán diferidas al momento procedimental posterior.

La relación identificativa de bienes y afectados

ha sido publicada en el "Boletín Oficial de la

Provincia de Lugo" número 86, de 17 de abril de 1998.

Xove, 17 de abril de 1998.-El Alcalde, Jesús

López González.-El Secretario, Manuel Díaz

Sánchez.-21.796-E.

UNIVERSIDADES

COMPLUTENSE DE MADRID

Escuela Universitaria Europea de Educación

Habiendo sufrido extravío el título de Diplomado

en Profesorado de EGB expedido por el Ministerio

de Educación y Ciencia a favor de doña María Pilar

Martínez Alcalde, natural de Madrid, el día 2 de

enero de 1962, se hace público, por término de

treinta días, la iniciación en esta Escuela

Universitaria del expediente promovido para la expedición

de un duplicado de su título, en virtud de lo dispuesto

en la Orden de 8 de julio de 1988 ("Boletín Oficial

del Estado" del 13).

Madrid, 18 de marzo de 1998.-El Secretario, José

Javier Querejeta Lamsfús.-21.482.

MÁLAGA

Facultad de Ciencias de la Educación

En cumplimiento de lo dispuesto en la Orden

de 8 de julio de 1988, se hace público la solicitud

de un duplicado del título de Diplomado en

Profesorado de Educación General Básica, especialidad

de Ciencias Humanas, expedido el 15 de junio de

1983 y registrado al folio 163, número 110 del

libro correspondiente, por extravío del original de

doña María Dolores López Rando.

Transcurridos treinta días sin que hubiera

reclamación alguna, se iniciará el trámite para la

expedición del duplicado correspondiente.

Málaga, 3 de abril de 1998.-El Decano.-21.374.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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