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MINISTERIO
DE ASUNTOS EXTERIORES
Dirección General de Asuntos
Jurídicos y Consulares
ESPAÑOLES FALLECIDOS EN EL EXTRANJERO
Consulado General de España en Agadir
El señor Cónsul General de España en Agadir
comunica a este Ministerio el fallecimiento de don
Fernando Sánchez Marco, natural de Barcelona,
ocurrido el día 1 de abril de 1998.
Madrid, 15 de abril de 1998.-21.636-E.
MINISTERIO DE JUSTICIA
Subsecretaría
Gabinete Técnico
Edicto
Doña María Luisa de Saavedra Muguelar ha
solicitado la sucesión en el título de Barón de Canet
de Berenguer, vacante por fallecimiento de su
hermano, don Arias Gonzalo de Saavedra Muguelar,
lo que se anuncia por el plazo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, a
los efectos del artículo 6. º del Real Decreto de 27
de mayo de 1912, en su redacción dada por el
222/1988, de 11 de marzo, para que puedan solicitar
lo conveniente los que se consideren con derecho
al referido título.
Madrid, 2 de marzo de 1998.-El Consejero
técnico, Antonio Luque García.-21.612.
MINISTERIO DE DEFENSA
Juzgados Marítimos Permanentes
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Edicto
Don Mario Lanz Raggio, Teniente auditor, Juez
marítimo permanente de Auxilios, Salvamentos
y Remolques de Canarias,
Hago saber: Que por este Juzgado de mi cargo
se instruye expediente con motivo de la asistencia
marítima prestada el día 25 de marzo de 1998 por
el buque de salvamento marítimo "Salvamar
Lanzarote", de la 8. ª lista de Gijón, folio 8-96, a la
embarcación deportiva "Pargo", de la 7. ª lista de
Huelva, folio 265-94.
Lo que se hace público a los efectos previstos
en el artículo 38 de la Ley de 24 de diciembre
de 1962 ("Boletín Oficial del Estado" número 310),
reguladora de la materia, a fin de que todos los
que se consideren interesados en dicho asunto se
personen en forma y comparezcan ante este
Juzgado, sito en Cuartel General Zona Marítima de
Canarias, en el plazo de treinta días a partir de
la publicación del presente edicto, aportando los
comprobantes en que funden sus derechos.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria a 31 de
marzo de 1998.-21.393-E.
MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Delegaciones
PONTEVEDRA-VIGO
Caja General de Depósitos
Se pone en conocimiento de los propietarios de
los depósitos sin interés que a continuación se
detallan que, en virtud de lo dispuesto en el artículo
27.2 del Real Decreto 161/1997, de 7 de febrero,
por el que se aprueba el Reglamento de la Caja
General de Depósitos, todos los resguardos
correspondientes a estos depósitos constituidos en 1977
quedarán anulados y su importe adjudicado al
Estado, si en el plazo de un mes, contado a partir del
día siguiente al de su publicación en el "Boletín
Oficial", no se presenta reclamación alguna que
justifique el derecho a seguir en posesión de los
mencionados depósitos.
Fecha de constitución: 26 de enero de 1977.
N. º E. 59. N. º R.: 22.347. Nombre: "Compañía
de Seguros Mediodía, Sociedad Anónima". Importe:
124.000 pesetas.
Fecha de constitución: 17 de junio de 1977.
N. º E. 505. N. º R.: 22.734. Nombre: "Efima,
Sociedad Limitada, Construcciones". Importe: 174.172
pesetas.
Vigo, 27 de marzo de 1998.-El Delegado de
Economía y Hacienda, Luis Prada Somoza.-21.507-E.
Tribunal
EconómicoAdministrativo Central
Vocalía 2. ª
Notificación a "Comercial Rubio, Sociedad
Anónima", de fallo dictado por el Tribunal
Económico-Administrativo Central en el expediente R.G. 7748/95,
por aplicación de lo dispuesto en el artículo 86 del
Reglamento de Procedimiento en las Reclamaciones
Económico-Administrativas
Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, sito en la calle San
Rafael, número 2, del polígono industrial de
Alcobendas, en Alcobendas (Madrid), por devolución
como "desconocido" en esa dirección, según
comunica el Servicio de Correos, por el presente se
notifica a "Comercial Rubio, Sociedad Anónima", que
por el Tribunal Económico-Administrativo Central,
y en el expediente R. G. 7748/95, seguido a su
instancia por el Impuesto de Sociedades, se ha
dictado resolución en sesión del día 15 de enero de
1998, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el presente recurso interpuesto por la
entidad ªComercial Rubio, Sociedad Anónimaº,
contra resolución del Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Madrid, de fecha 27 de julio
de 1995, recaída en el expediente de reclamación
número 5.506/92, relativo al Impuesto sobre
Sociedades, ejercicio 1984-1985 (de 1 de febrero de 1984
al 31 de enero de 1985), acuerda: 1. º Desestimar
la reclamación interpuesta. 2. º Confirmar la
resolución recurrida."
Lo que se le notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá la interesada interponer recurso
contencioso-administrativo, ante la Audiencia
Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados
desde el día siguiente al de finalización de la
publicación del presente anuncio.
Madrid, 6 de abril de 1998.-El Vocal Jefe de
la Sección, Francisco Eiroa Villarnovo.-21.438-E.
Notificación a "Comercial Rubio, Sociedad
Anónima", de fallo dictado por el Tribunal
Económico-Administrativo Central en el expediente R.G. 8052/94,
por aplicación de lo dispuesto en el artículo 86 del
Reglamento de Procedimiento en las Reclamaciones
Económico-Administrativas
Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, sito en la plaza de
Pablo Ruiz Picasso, sin número, en la Torre Picasso,
planta 3. ª , de Madrid, por devolución como
desconocido, en esa dirección, según comunica el
Servicio de Correos, por el presente se notifica a
"Comercial Rubio, Sociedad Anónima", que por el
Tribunal Económico-Administrativo Central, y en
el expediente R.G. 8052/94, seguido a su instancia
por el Impuesto de Sociedades, se ha dictado
resolución en sesión del día 20 de noviembre de 1997,
cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el presente recurso interpuesto por la
entidad ªComercial Rubio, Sociedad Anónimaº,
contra resolución del Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Madrid, de fecha 30 de junio
de 1994, dictada en el expediente de reclamación
número 4109/89, relativo al Impuesto sobre
Sociedades, período 1 de febrero de 1983 al 31 de enero
de 1984, acuerda: 1. º Desestimar el recurso
interpuesto. 2. º Confirmar la resolución y liquidación
impugnada."
Lo que se le notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá la interesada interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de finalización de la publicación
del presente anuncio.
Madrid, 6 de abril de 1998.-El Vocal Jefe de
la Sección, Francisco Eiroa Villarnovo.-21.436-E.
Tribunales
EconómicoAdministrativos Regionales
ANDALUCÍA
En sesión celebrada por el Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Andalucía el 24 de
marzo de 1997, se han resuelto peticiones de
condonaciones graciables de sanciones impuestas por
la Administración, al amparo de lo previsto en el
artículo 125 del Reglamento de Procedimiento en
las reclamaciones económico-administrativas,
aprobado por Real Decreto 1999/1981, de 20 de agosto,
de las cuales se han condonado, en parte o
totalmente, las que a continuación se relacionan:
Número de reclamación: 41/7574/93. Impuesto:
Condonación. Reclamante: Doña Lourdes López
Sánchez. Documento nacional de identidad número:
27.936.039. Porcentaje: 75 por 100.
Número de reclamación: 41/7575/93. Impuesto:
Condonación. Reclamante: Doña Lourdes López
Sánchez. Documento nacional de identidad número:
27.936.039. Porcentaje: 75 por 100.
Número de reclamación: 41/7574/93. Impuesto:
Condonación. Reclamante: Don Gregorio Martín
Gómez. Documento nacional de identidad número:
27.925.725. Porcentaje: 75 por 100.
Sevilla, 6 de abril de 1998.-El Presidente del
Tribunal.-21.701-E.
MINISTERIO
DE INDUSTRIA Y ENERGÍA
Dirección General de la Energía
Resolución por la que se autoriza a "Enagás,
Sociedad Anónima", la construcción de las instalaciones
correspondientes a la adenda 3 al gasoducto
denominado "Villalba-Tuy", en la provincia de A Coruña
La Orden del Ministerio de Industria y Energía
de 1 de marzo de 1994, otorgó a "Enagás, Sociedad
Anónima", concesión administrativa para el servicio
público de conducción y suministro de gas natural
para usos industriales a través del gasoducto que
discurrirá por las provincias de Lugo, A Coruña,
Pontevedra y Comunidad Autónoma del Principado
de Asturias.
Por Resolución de la Dirección General de la
Energía, de 24 de enero de 1996, se autorizó a
"Enagás, Sociedad Anónima", la construcción de
las instalaciones correspondientes al gasoducto
"Villalba-Tuy" en las provincias de A Coruña, Lugo
y Pontevedra.
La empresa "Enagás, Sociedad Anónima", de
acuerdo con lo previsto en la Ley 10/1987, de 15
de junio, de disposiciones básicas para su desarrollo
coordinado de actuaciones en materia de
combustibles gaseosos, y en el Reglamento General del
Servicio Público de Gases Combustibles, ha
presentado solicitud de autorización administrativa para
la construcción de la adenda 3 al proyecto del
gasoducto "Villalba-Tuy", en la provincia de A Coruña,
comprendida en el ámbito de la concesión
administrativa antes citada, adjuntando el
correspondiente proyecto técnico de autorización de instalaciones.
La adenda 3 se elabora como consecuencia de la
instalación de un centro de comunicaciones en la
posición I-015 ubicada en el término municipal de
Abegondo del tramo "Villalba-Tuy" y alimentación
del futuro ramal al término municipal de Ordes
desde la posición I-017 ubicada en dicho término
municipal.
Sometido a información pública el referido
proyecto de instalaciones del gasoducto, en el que se
incluye la relación concreta e individualizada de los
bienes y derechos afectados por la mencionada
conducción de gas natural, algunos particulares han
presentado alegaciones mostrando disconformidad
con el justiprecio, así como con la superficie afectada
por las instalaciones.
Las alegaciones han sido trasladadas a la empresa
concesionaria, la cual ha dado contestación a las
mismas.
En relación con las alegaciones sobre valoración
de terrenos, compensaciones por depreciación del
valor de las fincas, limitaciones de dominio y
cumplimiento en el expediente de expropiación de lo
previsto en la legislación sobre expropiación forzosa,
su consideración es ajena a este expediente de
autorización administrativa de construcción de las
instalaciones, por lo que se deberán tener en cuenta,
en su caso, en la oportuna fase procedimental.
A fin de minimizar las afecciones y los perjuicios
que se puedan producir durante la ejecución de las
obras, se tomarán las medidas adecuadas por la
empresa concesionaria del gasoducto; además, una
vez finalizadas las obras se restituirán los terrenos
a su estado primitivo, así como vallas, conducciones
y cualquier otra instalación que pudiera resultar
afectada a fin de que puedan seguir realizándose las
mismas labores y fines a que se vienen dedicando
actualmente las fincas afectadas con las limitaciones
derivadas de la seguridad y mantenimiento de las
instalaciones.
Por todo ello, se considera que se han respetado
en la mayor medida posible los derechos
particulares, los cuales han sido tenidos en cuenta
haciéndolos compatibles con los aspectos técnicos y
económicos respecto a un trazado idóneo de la nueva
canalización.
Asimismo, se ha solicitado informe de los
organismos competentes sobre determinados bienes
públicos y servicios que resultan afectados por la
mencionada conducción de gas natural, habiéndose
recibido contestaciones de los mismos, no
mostrando inconvenientes para su autorización.
Vistos la Ley 10/1987, de 15 de junio, de
disposiciones básicas para su desarrollo coordinado
de actuaciones en materia de combustibles gaseosos;
el Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, por el
que se aprueba el Reglamento General del Servicio
Público de Gases Combustibles ("Boletín Oficial
del Estado" de 21 de noviembre); la Orden del
Ministerio de Industria de 18 de noviembre de 1974,
por la que se aprueba el Reglamento de Redes y
Acometidas de Combustibles Gaseosos, modificado
por Órdenes del Ministerio de Industria y Energía
de 26 de octubre de 1983, de 6 de junio de 1984
y 9 de marzo de 1994 ("Boletín Oficial del Estado"
de 6 de diciembre de 1974, de 8 de noviembre
de 1983, de 6 de julio de 1984 y de 21 de marzo
de 1994, respectivamente); la Orden del Ministerio
de Industria y Energía de 1 de marzo de 1994,
por la que se otorgó a "Enagás, Sociedad Anónima",
concesión administrativa para el servicio público
de conducción y suministro de gas natural para usos
industriales mediante un gasoducto que discurrirá
por las provincias de A Coruña, Lugo, Pontevedra
y Comunidad Autónoma del Principado de Asturias,
y la Resolución de la Dirección General de la
Energía, de 24 de enero de 1996, por la que se autoriza
a "Enagás, Sociedad Anónima", la construcción de
las instalaciones correspondientes al gasoducto
denominado "Villalba-Tuy" en las provincias de A
Coruña, Lugo y Pontevedra.
Esta Dirección General, teniendo en cuenta el
informe emitido por el Área de Industria y Energía
de la Subdelegación del Gobierno en A Coruña,
ha resuelto autorizar la construcción de las
instalaciones, correspondientes a la adenda 3 al
gasoducto "Villalba-Tuy" en la provincia de A Coruña,
con arreglo a las condiciones que figuran a
continuación:
Primera.-En todo momento se deberá cumplir
cuanto se establece en la Ley 10/1987, de 15 de
junio, de disposiciones básicas para un desarrollo
coordinado de actuaciones en materia de
combustibles gaseosos; en el Reglamento General del
Servicio Público de Gases Combustibles, aprobado por
Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, así como
en las normas o reglamentaciones que lo
complementen; en el Reglamento de Redes y Acometidas
de Combustibles Gaseosos, aprobado por Orden
del Ministerio de Industria de 18 de noviembre
de 1974, modificado por Órdenes del Ministerio
de Industria y Energía de 26 de octubre de 1983,
de 6 de julio de 1984 y de 9 de marzo de 1994,
y en la Orden del Ministerio de Industria y Energía
de 1 de marzo de 1994, por la que se otorgó a
"Enagás, Sociedad Anónima", concesión
administrativa para el servicio público de conducción y
suministro de gas natural para usos industriales mediante
un gasoducto que discurrirá por las provincias de
A Coruña, Lugo, Pontevedra y Comunidad
Autónoma del Principado de Asturias.
Segunda.-Las instalaciones que se autorizan por
la presente Resolución habrán de realizarse de
acuerdo con el proyecto denominado "Gasificación del
Noroeste. Gasoducto de Transporte. Provincia de
A Coruña; al proyecto de autorización de
instalaciones, adenda 3, posiciones I-015; I-017",
presentado por "Enagás, Sociedad Anónima", en esta
Dirección General.
La adenda 3 al proyecto de autorización de
instalaciones del gasoducto de transporte
"Villalba-Tuy" (provincia de A Coruña), incluye, como
parte integrante del mismo las obras
correspondientes a las siguientes modificaciones:
En la posición I-015, se constituirá un centro de
comunicaciones en el interior del recinto de la
posición.
En la posición I-017 se realizan una serie de
modificaciones con el fin de poder ubicar una futura
estación de regulación y medida.
Instalaciones auxiliares: Instalación eléctrica en
baja tensión en posición I-015, y línea aérea de
media tensión 15 kV y centro de transformación
para suministro de energía eléctrica a la posición
I-015. Línea aérea de media tensión 20 kV, para
suministro de energía eléctrica a la posición I-017.
Las modificaciones aprobadas afectan a los
términos municipales de Abegondo y Ordes.
El presupuesto de las instalaciones asciende a
49.820.199 pesetas.
Tercera.-Los cruces especiales y otras afecciones
a bienes de dominio público se realizarán de
conformidad a los condicionados señalados por los
organismos competentes afectados.
Cuarta.-El plazo para la puesta en servicio de
las instalaciones que se autorizan será de
veinticuatro meses, a partir de la fecha de la presente
Resolución.
Quinta.-Para introducir modificaciones en las
instalaciones que afecten a los datos básicosyalas
características de las instalaciones previstos en el
proyecto técnico anteriormente citado, será
necesario obtener autorización de esta Dirección
General.
Sexta.-Para la seguridad de las instalaciones a
que se refiere la presente autorización se establecen
las siguientes condiciones en relación con los
elementos que se mencionan:
Para las líneas eléctricas:
En una franja de terreno de 2 metros de ancho
a lo largo de las líneas eléctricas aéreas no se podrán
plantar árboles de gran porte; ni se podrán levantar
edificaciones o construcciones de cualquier tipo, ni
efectuar acto alguno que pueda dañar el buen
funcionamiento de la línea, en una franja de 5 metros
de ancho. En ambos casos se tomará como centro
de la franja la línea de postes del tendido.
A efectos del cumplimiento de lo establecido en
esta condición, "Enagás, Sociedad Anónima", con
anterioridad al tendido y puesta en marcha de las
instalaciones, deberá recoger los extremos señalados
en el párrafo anterior, en los convenios o acuerdos
que se establezcan con los propietarios afectados,
quedando obligada en todo momento a la vigilancia
de su cumplimiento y, en su caso, a la notificación
del presunto incumplimiento al Área de Industria
y Energía de la Subdelegación del Gobierno en A
Coruña.
Séptima.-El Área de Industria y Energía, de la
Subdelegación del Gobierno en A Coruña, podrá
efectuar durante la ejecución de las obras las
inspecciones y comprobaciones que estime oportunas
en relación con el cumplimiento de las condiciones
establecidas en la presente Resolución y en las
disposiciones y normativa vigente que sea de
aplicación.
A tal efecto, "Enagás, Sociedad Anónima", deberá
comunicar, con la debida antelación, a la citada
Área de Industria y Energía, las fechas de iniciación
de las obras, así como las fechas de realización
de los ensayos y pruebas a efectuar de conformidad
con las especificaciones, normas y reglamentaciones
que se hayan aplicado en el proyecto de las
instalaciones.
Octava.-"Enagás, Sociedad Anónima", dará
cuenta de la terminación de las instalaciones al Área
de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en A Coruña para su reconocimiento
definitivo y levantamiento del acta de puesta en servicio
de las instalaciones, sin cuyo requisito no podrán
entrar en funcionamiento.
A la solicitud del acta de puesta en servicio de
las instalaciones, el peticionario deberá acompañar,
por duplicado, la siguiente documentación:
a) Certificado final de obra, firmado por
Técnico competente y visado por el Colegio oficial
correspondiente, en el que conste que la
construcción y montaje de las instalaciones se ha efectuado
de acuerdo con lo previsto en el proyecto presentado
por "Enagás, Sociedad Anónima", y en las normas
y especificaciones que se hayan aplicado en el
mismo, así como con las variaciones de detalle que
hayan sido aprobadas, en su caso, por la citada
Área de Industria y Energía de la Subdelegación
del Gobierno en A Coruña, y con la normativa
técnica y de seguridad vigente que sea de aplicación.
b) Certificación final de las entidades o
empresas encargadas de la supervisión y control de la
construcción de las instalaciones, en la que se
explicite el resultado satisfactorio de los ensayos y
pruebas realizados según lo previsto en las normas y
códigos aplicados y que acrediten la calidad de las
instalaciones.
c) Documentación e información técnica
regularizada sobre el estado final de las instalaciones
a la terminación de las obras.
Novena.-El Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno de A Coruña, deberá
poner en conocimiento de la Dirección General de
la Energía la fecha de puesta en servicio de las
instalaciones, remitiendo copia de la
correspondiente acta de puesta en marcha, así como de los
documentos indicados en los puntos a), b) y c) de la
condición anterior.
Décima.-La empresa concesionaria del
gasoducto, una vez finalizada la construcción de las
instalaciones, deberá poner en conocimiento de esta
Dirección General de la Energía, de acuerdo con
lo previsto en la condición séptima de la Orden
de otorgamiento de la concesión, las fechas de
iniciación de las actividades de conducción y de
suministro de gas natural. Asimismo, deberá remitir a
la Dirección General de la Energía del Ministerio
de Industria y Energía, a partir de la fecha de
iniciación de sus actividades, con carácter semestral,
una memoria sobre sus actividades, incidencias y
estado de las instalaciones en el ámbito del
gasoducto a que se refiere la presente Resolución, así
como aquella otra documentación complementaria
que se le requiera.
Undécima.-La Administración se reserva el
derecho de dejar sin efecto esta autorización en el
momento en que se demuestre el incumplimiento
de las condiciones expresadas, por la declaración
inexacta de los datos suministrados u otra causa
excepcional que lo justifique.
Duodécima.-Esta autorización se otorga sin
perjuicio e independientemente de las autorizaciones,
licencias o permisos de competencia municipal,
autonómica, local u otras entidades para la
realización de las obras de las instalaciones.
Contra la presente Resolución podrá interponerse,
en el plazo de un mes, recurso ordinario ante el
excelentísimo señor Ministro de Industria y Energía,
de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Madrid, 2 de abril de 1998.-El Director general,
Antonio Gomis Sáez.-22.627.
MINISTERIO
DE LA PRESIDENCIA
Subsecretaría
Se notifica a don Emilio Carrón Martín la
Resolución del Subsecretario del Ministerio de la
Presidencia, de 30 de marzo de 1998, de incoación
de expediente disciplinario
Habiéndose intentado la notificación de la
Resolución del Subsecretario del Ministerio de la
Presidencia, de 30 de marzo de 1998, por la que se
incoa expediente disciplinario a don Emilio Carrón
Martín, en su domicilio, por correo certificado con
acuse de recibo y no habiendo surtido efecto esta
forma de notificación, se notifica al precitado, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, mediante este
anuncio dicha Resolución cuya parte dispositiva dice
lo siguiente:
Con fecha 30 de marzo de 1998, el Subsecretario
del Ministerio de la Presidencia, ha acordado lo
siguiente:
"Esta Subsecretaría ha tenido conocimiento de
la falta de incorporación a su puesto de trabajo,
una vez finalizada la licencia por asuntos propios,
sin derecho a retribución que, don Emilio Carrón
Martín, Motorista contratado laboral interino de la
Secretaría de Estado de la Comunicación tenía
autorizada desde el 1 de diciembre de 1997 al 28 de
febrero de 1998.
Por razón de lo expuesto y en uso de las
competencias atribuidas por el vigente Convenio
colectivo para el personal laboral de la Secretaría de
Estado de la Comunicación (Resolución de 16 de
octubre de 1996, de la Dirección General de Trabajo
y Migraciones ªBoletín Oficial del Estadoº
número 281, de 21 de noviembre), así como de lo
dispuesto en el artículo 12 "in fine", del Real
Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre (ªBoletín Oficial
del Estadoº de 7 de diciembre), esta Subsecretaría
acuerda:
Primero.-Incoar expediente disciplinario a don
Emilio Carrón Martín, contratado laboral interino,
con categoría de Motorista, perteneciente a la
plantilla del personal laboral de la Secretaría de Estado
de la Comunicación, con documento nacional de
identidad número 50.695.027, por causa del hecho
citado, que puede ser constitutivo de la falta muy
grave prevista en el artículo 59.c.4 del Régimen
Disciplinario previsto en la Resolución de 16 de
octubre de 1996, de la Dirección General de Trabajo
y Migraciones, por la que se dispone la inscripción
en el registro y publicación del texto del Convenio
colectivo del personal laboral de la Secretaría de
Estado de la Comunicación (ªBoletín Oficial del
Estadoº número 281, 21 de noviembre de 1998);
así como de acuerdo con lo establecido en el artículo
54.2.a del Estatuto de los Trabajadores (texto
refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995,
de 24 de marzo), que considera incumplimiento
contractual a la hora de fundamentar el despido
disciplinario ªlas faltas repetidas e injustificadas de
asistencia o puntualidad al trabajoº.
Segundo.-Designar Instructor y Secretario del
referido expediente, respectivamente, a don
Francisco de Miguel Pajuelo, funcionario del Cuerpo
de Letrados de la Administración de la Seguridad
Social e Inspector de Servicios del Departamento
(NRP 339835913 A1600), y a doña María Teresa
de Noriega López-Chicheri, funcionaria del Cuerpo
Administrativo de la Administración del Estado
(NRP 5000040024 A1135).
El presente acuerdo será notificado al presunto
responsable, al designado Instructor, al Secretario,
así como al Comité de empresa de la Secretaría
de Estado de la Comunicación, conforme a lo
establecido en el artículo 62.a del mencionado Convenio
colectivo."
Lo que le notifico a usted a efectos de lo previsto
en el artículo 62 del Convenio colectivo del personal
laboral de la Secretaría de Estado de la
Comunicación ("Boletín Oficial del Estado" número 281,
21 de noviembre de 1996), y en virtud de lo
dispuesto en el mismo artículo, se le concede un plazo
de diez días desde la recepción de la presente
notificación, para que alegue ante esta Instrucción lo
que considere oportuno en su defensa. Madrid, 2
de abril de 1998. El Instructor, Francisco de Miguel
Pajuelo.
Madrid, 15 de abril de 1998.-El Subsecretario,
Juan Junquera González.-21.643-E.
MINISTERIO
DE ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS
Subsecretaría
Se hace público el resultado del sorteo de
amortización de Títulos de los Empréstitos del Majzen
de la antigua Zona Norte de Marruecos,
correspondientes al vencimiento de 1 de abril de 1998
Efectuado en la Subsecretaría de este Ministerio,
el día 12 de marzo, el sorteo de amortización de
Títulos correspondientes al vencimiento de 1 de abril
de 1998 de los Empréstitos del Majzen de la antigua
Zona Norte de Marruecos que se detallan a
continuación, han dado los siguientes resultados:
Empréstito de 10 de junio de 1946. Sorteo
número 189.
Serie única.-Se amortizan 729 títulos, de 1.000
pesetas nominales cada uno, números del 121.111
al 121.175 y del 121.433 al 122.096.
Las numeraciones correlativas citadas
comprenden los números de sus extremos.
Madrid, 12 de marzo de 1998.-El Subsecretario,
Jaime Rodríguez-Arana Muñoz.-21.556.
MINISTERIO
DE MEDIO AMBIENTE
Confederaciones Hidrográficas
GUADIANA
De conformidad con lo establecido en el
artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y Procedimiento Administrativo Común
("Boletín Oficial del Estado" número 285, del 27), por
la presente comunicación se notifican los
requerimientos efectuados en expedientes sancionadores
incoados, por infracción a la Ley de Aguas que
a continuación se relacionan, al no haber sido
posible su notificación, bien por desconocerse el último
domicilio del interesado o bien, porque intentada
ésta no ha podido practicarse.
Las notificaciones podrán ser recogidas por el
interesado o representante legal acreditado, en la
calle Aben Canes, 9, 2. º , A, en Ciudad Real,
pudiendo solicitarse igualmente por escrito.
Ciudad Real, 23 de marzo de 1998.-El Comisario
de Aguas, José Díaz Mora.-21.509-E.
Número
Término municipal Interesado Resolución Determinación
expediente
ES-0079/90 Badajoz.................Adrián Montoy Lario............ 20-1-1992 Legalizar alambrada.
ES-0334/91 Badajoz.................Manuel Antonio Vázquez....... 14-3-1995Legalizar vertido de
ES-1196/92 Badajoz.................Margarita Sánchez Fernández . 306-1994Legalizar pozo uso
ES-1929/92 Badajoz.................Antúnez, C.B...................... 15-1-1996 Legalizar cruce línea
ES-0433/93 Badajoz.................Francisco Sánchez Gallardo ... 16-12-1994 Legalizar cerca.
ES-0834/86 Mérida (Badajoz).....Construcciones Garzón, S. A. 10. 2-1988Legalizar cruce en arroyo.
ES-0076/87 Mérida (Badajoz).....Construcciones Garzón, S. A. . 235-1988Legalizar cruce en arroyo.
ES-0032/87 Mérida (Badajoz).....Construcciones Garzón, S. A. 10. 2-1988Legalizar cruce en arroyo.
ES-0591/88 Mérida (Badajoz).....Datrans, S. A...................... 21-5-1990 Legalizar badén.
ES-0951/93 Mérida (Badajoz).....Auxiobra-7......................... 15-1-1996Legalizar ampliación
ES-0007/94 D. Álvaro (Badajoz) .. Áridos Miajadas, S. A. L........17-10-1994 Acondicionar zona.
ES-0161/94 D. Álvaro (Badajoz) .. Áridos Miajadas, S. A. L........17-10-1994 Acondicionar zona.
ES-0830/86Puebla de Sancho
Pérez (Badajoz)....Suheca, S. A....................... 10-2-1988 Legalizar cruce aéreo.
ES-0326/92 Puebla de la Reina
(Badajoz)................Manuel Marín Marín............18-12-1995 Legalizar pozo.
ES-0002/89 Olivenza (Badajoz) ... Francisco Ojeda González......18-12-1991 Legalizar azud.
ES-0093/87Fuente del Maestre
(Badajoz)............Joaquín González Manzanares
y otros........................... 5-7-1994 Legalizar presa.
ES-0384/92 Roca de la Sierra......Construcciones Badajoz, S. A. 95-1994 Legalizar muro.
ES-0447/92 Jerez de los Caballeros
(Badajoz)............Asfalti Sintex, S. A...............7-11-1994 Legalizar puente.
ES-0448/92 Burguillos del Cerro
(Badajoz)............Asfalti Sintex, S. A............... 14-2-1994 Legalizar puente.
ES-0103/88 Retuerta del Bullaque
(Ciudad Real)......Alquimia, S. A.................... 21-2-1989 Legalizar puente.
ES-0234/89 Retuerta del Bullaque
(Ciudad Real)......Dámaso Vidales Romero....... 31-7-1992 Legalizar presa.
ES-1341/91Guadalmez (Ciudad
Real).................Mycon, Sociedad Limitada..... 18-7-1996 Acondicionar zona.
ES-0174/92Almadén (Ciudad Real) .Alper, U.T.E....................... 16-8-1993 Legalizar alcantarilla.
ES-0175/92Almadén (Ciudad Real) .Alper, U.T.E....................... 30-6-1994 Legalizar alcantarilla.
ES-0176/92Almadén (Ciudad Real) .Alper, U.T.E....................... 16-8-1993 Legalizar alcantarilla.
ES-0177/92Almadén (Ciudad Real) .Alper, U.T.E....................... 30-6-1994 Legalizar alcantarilla.
ES-0197/92Almadén (Ciudad Real) .Alper, U.T.E....................... 30-6-1994 Legalizar alcantarilla.
ES-0198/92Almadén (Ciudad Real) .Alper, U.T.E....................... 16-8-1993 Legalizar alcantarilla.
ES-0199/92Almadén (Ciudad Real) .Alper, U.T.E....................... 30-6-1994 Legalizar alcantarilla.
ES-0201/92Almadén (Ciudad Real) .Alper, U.T.E....................... 30-6-1994 Legalizar alcantarilla.
ES-0728/93Almadén (Ciudad Real) .Alper, U.T.E....................... 15-1-1996 Restituir cauce.
ES-1083/93Valdepeñas (Ciudad
Real).................José Luis Sánchez Jiménez..... 8-4-1996 Clausurar pozo.
ES-2138/92 Villares del Saz
(Cuenca) ....................Gelcosa............................. 15-1-1996Legalizar pozo uso
ES-0618/89 Alcollarín (Cáceres) .. Construcciones Rofesa.......... 13-6-1995 Legalizar obras.
Demarcaciones de Costas
Servicio Provincial de Costas en Alicante
Anuncio de aprobación del deslinde de los bienes
de dominio público marítimo-terrestre en un tramo
de costa de la playa de Les Deveses (entre los
mojones M-32 y M-36 del deslinde aprobado por Orden
de 9 de diciembre de 1977) en el término municipal
de Denia (Alicante)
Por Orden de 31 de marzo de 1997, la Dirección
General de Costas, por delegación de la
excelentísima señora Ministra, y de conformidad con el
Servicio Jurídico, ha resuelto:
I. Aprobar el acta de apeo de 4 de abril de
1995 y los planos incluidos en el proyecto en el
que se define el deslinde de los bienes de dominio
público marítimo terrestre en un tramo de costa
de la playa de Les Deveses (entre los mojones M-32
y M-36 del deslinde aprobado por Orden de 9 de
diciembre de 1977) mediante una nueva poligonal
tierras.
doméstico.
eléctrica.
puente.
doméstico.
que comprende los vértices M-1 al M-6, en el
término municipal de Denia (Alicante).
II. Ordenar al Servicio de Costas de este
Departamento en Alicante que inicie las actuaciones
conducentes a rectificar las situaciones jurídicas
registrales contradictorias con el deslinde aprobado.
Contra la presente resolución, que pone fin a la
vía administrativa, puede interponerse,
directamente, recurso contencioso-administrativo, previa
comunicación de su interposición al órgano que la ha
adoptado, en el plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente a la práctica de la notificación de
la misma, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
El plazo antes indicado se contará a partir del
día siguiente al de publicación del presente anuncio.
Lo que se hace público de conformidad con el
artículo 26.2 del Reglamento General de la Ley
22/1988, de Costas, y el artículo 59.4 de la Ley
30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Alicante, 31 de marzo de 1998.-El Jefe de la
Demarcación de Costas en Valencia, Manuel
Fernández Arribas.-21.624-E.
Relación de interesados
Interesada: Salort Perelló, Amalia. Calle: Ríu
Deva. Números: 69-70. Puerta: 8. Código postal:
03700. Localidad: Denia (Alicante).
Interesado: Almela Borrull, Alejandro. Calle:
Carretera de Pamplona. Número: Sin número.
Código postal: 22753. Localidad: Puente La Reina-Jaca
(Huesca).
Interesada: Prats Jai, Rosario. Calle: Ríu
Chinchilla Casita. Número: 5-C. Código postal: 03700.
Localidad: Denia (Alicante).
Interesado: Mengual Guardiola, Vicente. Calle:
Ciutat de Laval. Número: 21. Código postal: 46700.
Localidad: Gandía (Valencia).
Interesada: Peñalver García, Azucena. Calle: Peña
Cervera. Número: 2. Piso: 3. Puerta: C. Código
postal: 28031. Localidad: Madrid.
Interesado: Enríquez Salort, Antonio. Calle: Ríu
Deva. Números: 69-70. Puerta: 8. Código postal:
03700. Localidad: Denia (Alicante).
Interesada: Puigcerver Prats, Amparo. Calle: Ríu
Chinchilla Casita. Número: 5C. Código postal:
03700. Localidad: Denia (Alicante).
Servicio Provincial de Costas en Castellón
Notificación de realización del acta de apeo, para
mostrarles la delimitación provisional del dominio
público, a propietarios colindantes desconocidos y
otros cuya dirección se desconoce, que forman parte
de la tramitación del expediente de deslinde de los
bienes de dominio público marítimo-terrestre estatal,
en el término municipal de Nules (Castellón), tramo
de costa comprendido entre el límite con el término
municipal de Burriana y el punto intermedio entre
los hitos P-2 y P-3, de la línea de playa aprobada
por Orden de 14 de febrero de 1975
Con fecha 5 de marzo de 1998 la Dirección
General de Costas autorizó a este Servicio Provincial
la incoación de oficio del expediente de deslinde
de los bienes de dominio público marítimo-terrestre
estatal en el término municipal de Nules (Castellón),
tramo de costa comprendido entre el límite con
el término municipal de Burriana y el punto
intermedio entre los hitos P-2 y P-3 de la línea de playa
aprobada por Orden de 14 de febrero de 1975.
Siguiendo la preceptiva tramitación establecida en
el capítulo III, sección segunda, del Reglamento
General para desarrollo y ejecución de la Ley
22/1988, de 28 de julio, de Costas, y en
cumplimiento de su artículo 22.3, se ha procedido a citar
a los propietarios colindantes para mostrarles la
delimitación provisional del dominio público mediante
su apeo. Como quiera que algunos propietarios no
se les ha podido notificarles este acto para carecer
de su domicilio o por ser desconocido, se citan
a las personas que al final de este edicto se
relacionan, el día 11 de junio de 1998, a las nueve
treinta horas, en la zona de playa del camino que
limita los términos municipales de Nules y Burriana,
a fin de mostrarles la delimitación provisional del
dominio público mediante su apeo, debiendo en
dicho acto acreditar su identificación personal, y
pudiendo manifestar su conformidad o
disconformidad al mismo.
Igualmente, durante el plazo reglamentario de los
quince días siguientes al citado acto, podrán
formular cuantas alegaciones estimen oportunas y
proponer motivadamente una delimitación alternativa,
debiendo aportar los correspondientes títulos de
propiedad que legitimen su intervención en el
expediente de deslinde.
Propietarios que no se les ha podido notificar
la realización de esta acta de apeo por desconocer
su domicilio o, en su caso, por ser desconocidos:
Nombre y apellidos: Benito Francisco. Propiedad:
Polígono 17, parcela 171 *. Municipio: Nules.
Nombre y apellidos: Eugenio Lópoz Montón y
otro. Propiedad: Polígono 17, parcela 175 *.
Municipio: Nules.
Nombre y apellidos: Pascual Ros Ros. Propiedad:
Polígono 18, parcela 364 **. Municipio: Nules.
Nombre y apellidos: Bautista Pallarés Cholvi.
Propiedad: Polígono 17, parcela 181 *. Nules.
Nombre y apellidos: Salvador Plaza Meneus.
Propiedad: Polígono 18, parcelas 386 y 387 **.
Municipio: Nules.
Nombre y apellidos: Desconocido. Propiedad:
Polígono 17, parcela 192 *. Municipio: Nules.
Nombre y apellidos: Desconocido. Propiedad:
Polígono diseminado 0014105 ***. Municipio:
Nules.
Castellón, 16 de abril de 1998.-El Jefe del
Servicio Provincial, Leonardo Monzonís
Forner.-21.704-E.
* Datos correspondientes a planos catastrales de rústica del
Instituto Geográfico Nacional de 1954.
** Datos del catastro de rústica actualmente en vigor.
*** Datos catastrales actuales correspondientes a diseminados.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CATALUÑA
Departamento de Industria,
Comercio y Turismo
Dirección General de Energía y Minas
Anuncio sobre la iniciación de un expediente para
la declaración de la condición mineral natural del
agua "Font del Brac"
A instancia de doña María Loreto Bracons i Mas,
con documento nacional de identidad número
33.940.223, y domicilio en la calle Francesc Pérez
Cabrero, número 7, de Barcelona, se ha iniciado
el expediente para la declaración, como agua mineral
natural, la que mana en la finca "Bracons", del
término municipal de Sant Pere de Torelló, de la cual
es propietaria.
La situación de la captación del agua está
determinada por las coordenadas UTM siguientes:
X = 447.930
= 4.662.790
Lo que se hace público de conformidad con el
artículo 39.2 del Real Decreto 2857/1978, de 25
de agosto, por el cual se aprueba el Reglamento
general para el régimen de la minería, para que
todas las personas que estén interesadas puedan
presentar las alegaciones que crean convenientes en
el plazo de quince días hábiles a contar desde el
día siguiente de la última publicación de este
anuncio.
Barcelona, 17 de marzo de 1998.-El Director
general, Pere Sagarra i Trías.-21.609.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Consejería de Economía
Dirección Regional de Industria
Citación levantamiento actas previas a la ocupación
de determinadas fincas afectadas por el expediente
AT-6.012, para la reforma de las líneas eléctricas
aéreas a 24 KV, derivaciones a los centros de
transformación "Pajomal", "Triana", "Las Piezas" y
"Riparape", en el término municipal de Langreo
Por Resolución de 30 de marzo de 1998 se otorga
a la declaración de utilidad pública, efectuada por
Resolución de 1 de septiembre de 1995, los efectos
del artículo 53 de la Ley 40/1994, de Ordenación
del Sistema Eléctrico Nacional, lo que supone que
lleva implícita, en todo caso, la necesidad de
ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos
afectados e implica la urgente ocupación de las
fincas afectadas por el expediente expropiatorio
AT-6.012, para la reforma de las líneas eléctricas
aéreas a 24 KV, derivaciones a los centros de
transformación "Pajomal", "Triana", "Las Piezas" y
"Riparape", a los efectos previstos en el artículo 52
de la Ley de Expropiación Forzosa.
Se convoca a los titulares de bienes y derechos
afectados, en el Ayuntamiento donde radican las
fincas afectadas, como punto de reunión para, de
conformidad con el procedimiento que establece
el artículo 52, apartado 2, de la vigente Ley de
Expropiación Forzosa, llevar a cabo el
levantamiento de actas previas a la ocupación.
Los interesados, así como las personas que sean
titulares de cualesquiera clase de derechos o
intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir
personalmente o representados por persona
debidamente autorizada, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad y el último recibo de la
contribución, pudiéndose acompañar de Peritos o
de un Notario, si lo estiman oportuno.
El levantamiento de las actas previas a la
ocupación tendrá lugar el día 22 de mayo de 1998,
en dependencias de la Casa Consistorial del
Ayuntamiento de Langreo, a las horas y con los
propietarios afectados que a continuación se indican:
Propietario: Don Manuel Ramón Díaz Suárez.
Finca: 1. Hora: Diez treinta.
Propietario: Don Manuel Castaño Moral y otros.
Finca: 4 y 1A. Hora: Diez cuarenta y cinco.
Propietario: Don José Antonio Cueto García.
Finca: 5, 13 y 19. Hora: Once.
Propietaria: Doña Leónides Aller García. Finca:
10. Hora: Once treinta.
Propietario: Don Ángel Castaño Sánchez. Finca:
18. Hora: Once cuarenta y cinco.
Propietaria: Doña Amalia González Alonso.
Finca: 3. Hora: Doce.
Propietario: Don Enrique López García y cinco
mas desconocidos. Finca: 8. Hora: Doce.
El orden de levantamiento se comunicará a los
interesados mediante la oportuna cédula de citación.
En el expediente expropiatorio asumirá la
condición de beneficiaria "Hidroeléctrica del
Cantábrico, Sociedad Anónima".
Oviedo, 3 de abril de 1998.-El Jefe del Servicio
de Autorizaciones Energéticas, Fermín Corte
Díaz.-21.599.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CANTABRIA
Consejería de Industria, Turismo,
Trabajo y Comunicaciones
Dirección General de Transportes
y Comunicaciones
Resolución por la que se hace público el cambio
de titularidad de la concesión administrativa del
servicio público regular permanente y de uso general,
de transporte de viajeros por carretera entre Oruña
Santander con hijuelas (K-29)
Por Resolución del Consejero de Turismo,
Transportes y Comunicaciones e Industria, se autorizó
el cambio de titularidad de la concesión indicada
a favor de la empresa "Autotour Aranda Calderón,
Sociedad Limitada", quedando la nueva
concesionaria subrogada en todos los derechos y deberes
derivados de la concesión.
Lo que se hace público, una vez ejecutados los
requisitos en que se condicionó dicha autorización,
en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Santander, 7 de abril de 1998.-El Director
general, Manuel Ballesteros García.-21.574.
Resolución por la que se hace público el cambio
de titularidad de la concesión administrativa del
servicio público regular permanente y de uso general,
de transporte de viajeros por carretera entre Renedo
y Sobrelapeña (K-32)
Por Resolución del Consejero de Turismo,
Transportes y Comunicaciones e Industria, se autorizó
el cambio de titularidad de la concesión indicada
a favor de la empresa "Autotour Aranda Calderón,
Sociedad Limitada", quedando la nueva
concesionaria subrogada en todos los derechos y deberes
derivados de la concesión.
Lo que se hace público, una vez ejecutados los
requisitos en que se condicionó dicha autorización,
en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Santander, 7 de abril de 1998.-El Director
general, Manuel Ballesteros García.-21.576.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CASTILLA-LA MANCHA
Consejería de Industria y Trabajo
Delegaciones Provinciales
ALBACETE
Por la Delegación Provincial de la Consejería de
Industria y Trabajo de Albacete, se hace saber que
ha sido solicitada la siguiente concesión directa de
explotación:
Número: 1.621. Nombre: "La Isla". Recurso:
Arena silícea. Superficie: Ocho cuadrículas mineras.
Término municipal: Hellín.
Lo que se hace público para que todos los que
tengan la condición de interesados puedan
personarse en el expediente, dentro del plazo de quince
días a partir de su publicación, según se establece
en el artículo 70 del vigente Reglamento General
para el Régimen de la Minería.
Albacete, 30 de marzo de 1998.-El Delegado
provincial, José Luis Moreno García.-21.526.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
CANARIAS
Consejería de Industria y Comercio
Dirección General de Industria y Energía
Anuncio de denominación y condición de agua
de manantial
La Dirección General de Industria y Energía hace
saber que por Resolución del excelentísimo señor
Consejero de Industria y Comercio del Gobierno
de Canarias, de fecha 1 de abril de 1998, ha sido
declarada la condición de agua de manantial de
las aguas alumbradas en el pozo "El Zumacal", sito
en el municipio de Valleseco, expediente
número 1918-TP, solicitado por don Domingo González
Guerra, en nombre y representación de la entidad
"Aguas de Firgas, Sociedad Anónima".
Lo que se hace público en cumplimiento de lo
estipulado en el artículo 24.4 de la Ley 22/1973,
de 21 de julio, de Minas, y en el artículo 39.4 del
Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, de su
Reglamento.
Las Palmas de Gran Canaria, 7 de abril de
1998.-El Director general de Industria y Energía,
Alfredo Vigara Murillo.-21.339.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CASTILLA Y LEÓN
Consejería de Industria, Comercio
y Turismo
Servicios Territoriales
SEGOVIA
Relación de registros mineros cuyos terrenos
han quedado francos y registrales
El Servicio Territorial de Industria, Comercio y
Turismo, hace saber: Que como consecuencia del
resultado del concurso convocado en el "Boletín
Oficial del Estado" de 16 de mayo de 1989, número
116, celebrado en la Delegación Territorial de
Segovia de la Consejería de Economía y Hacienda el
día 18 de julio y 3 de septiembre de 1989, ha
quedado franco y registrable en la superficie que se
indica el terreno correspondiente a los registros
mineros que a continuación se relacionan, con
expresión del número, nombre, mineral, extensión
y términos municipales:
939. "Pedro". Sección C. 45 cuadrículas mineras.
Castrojimeno y otros.
940-2. "Arturo II". Sección C. 27 cuadrículas
mineras. Castroserracín y otros.
Lo que se hace público de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 72 del Reglamento General
para el Régimen de la Minería de 25 de agosto
de 1978, declarando francos y registrables los
terrenos citados, admitiéndose nuevas solicitudes a partir
de los ocho días siguientes de la presente publicación
en el "Boletín Oficial del Estado".
Segovia, 1 de abril de 1998.-El Jefe del Servicio
Territorial de Industria, Comercio y Turismo, Sergio
Gozalo de Mercado.-21.795.
Consejería de Fomento
Servicios Territoriales
ÁVILA
Información pública y convocatoria al levantamiento
de actas previas a la ocupación de los bienes y
derechos pertenecientes al término municipal de
Navaluenga, afectados por las obras del proyecto: "Mejora
de plataforma y firme. AV-902 de cruce con N-403
a Burgohondo. Punto kilométrico 0,000 al 7,300.
Tramo: Navaluenga-Burgohondo. Clave: 2.1-AV-10"
Se abre un período de información pública, se
convoca a los titulares de bienes y derechos
afectados pertenecientes al término municipal de
Navaluenga, y se señala fecha para el levantamiento de
actas previas a la ocupación en dicho término
municipal con motivo de las obras del proyecto antes
mencionado.
La Dirección General de Carreteras e
Infraestructuras de la Consejería de Fomento de la Junta
de Castilla y León, con fecha 16 de enero de 1996,
aprobó el proyecto antes reseñado, aprobación que
lleva implícita la declaración de utilidad pública y
la necesidad de ocupación. Con fecha 17 de enero
de 1996, la citada Dirección General ordenó a este
Servicio Territorial la iniciación del expediente de
expropiación forzosa de los bienes y derechos
afectados por las obras comprendidas en el mencionado
proyecto, siéndole de aplicación tanto el
artículo 11.1 como el artículo 16 de la Ley de Carreteras
de la Comunidad de Castilla y León 2/1990, de
16 de marzo ("Boletín Oficial de Castilla y León"
de 4 de abril de 1990), que supone, por una parte,
la declaración de urgencia a los fines de
expropiación, y por otra parte, el que resultando necesario
establecer el dominio público que toda carretera
lleva consigo, se incoe el correspondiente
procedimiento expropiatorio en aras del establecimiento
del mismo.
En consecuencia, este Servicio Territorial, en uso
de las facultades que le confiere el artículo 98 de
la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, y en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 52 de la misma y concordantes
de su Reglamento, ha resuelto convocar a los
titulares de los bienes y derechos pertenecientes al
término municipal de Navaluenga, afectados por el
mencionado proyecto, de acuerdo con los edictos
publicados en el "Boletín Oficial del Estado",
"Boletín Oficial de la Provincia de Ávila", "Diario de
Ávila" y edicto con relación de propietarios,
publicado en el "Boletín Oficial de Castilla y León",
y expuestos en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Navaluenga, donde radican los bienes
y derechos afectados y en el Servicio Territorial
de Fomento, sito en la calle Alemania, número 5,
05071 Ávila; a efectos de iniciar los trámites
correspondientes al levantamiento de las actas previas a
la ocupación en el lugar, fecha y hora que a
continuación se indican:
Lugar: Ayuntamiento de Navaluenga. Fecha: 13
de mayo de 1998. Hora: Doce. Finca número: 150.
A dicho acto, será notificado individualmente por
correo certificado y con acuse de recibo el
interesado, y al que deberán asistir el representante y
el Perito de la Administración, así como el Alcalde
o Concejal en quien delegue; deberán comparecer
los interesados afectados personalmente o bien
representados por persona debidamente autorizada,
acompañados de los arrendatarios, si los hubiere;
aportando los documentos acreditativos de su
titularidad y el último recibo del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles que corresponda al bien afectado,
pudiendo hacerse acompañar, si así lo desean, de un
Notario y Peritos, con gastos a su costa; todo ello sin
perjuicio de trasladarse al lugar de las fincas.
La presente convocatoria se realiza igualmente
a los efectos previstos en el artículo 59.4 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa,
los interesados, así como las personas que siendo
titulares de algún derecho o interés económico sobre
los bienes afectados radicados en el término
municipal de Navaluenga y que se hayan podido omitir
en la relación de los Edictos expuestos en el tablón
de anuncios del Ayuntamiento señalado y en el
Servicio Territorial de Fomento, en Ávila, podrán
formular, por escrito, ante este Servicio, a tenor
de lo previsto en el artículo 86.2 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y hasta el levantamiento de
las actas previas a la ocupación las alegaciones que
estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar
posibles errores que se hubieran podido cometer
al relacionar los bienes y derechos afectados por
las expropiaciones.
Ávila, 8 de abril de 1998.-El Jefe del Servicio
Territorial de Fomento, Mario Galán Sáez.-21.634-E.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Diputaciones Provinciales
Información pública previa a la declaración de la
urgente ocupación de los bienes y derechos afectados
por la ejecución de las obras comprendidas en los
proyectos
"Ensanche y mejora de la carretera AP-4035, de
Monóvar a Pinoso, por Casas del Señor".
"Ensanche y mejora de la carretera AV-4111,
Hondón de las Nieves a La Canalosa".
"Ensanche y mejora de la carretera AP-4210,
Albatera a Hondón de los Frailes".
"Ensanche y mejora de la carretera AP-4131, Mos
del Bou a la Murada".
La Diputación Provincial de Alicante, en sesión
plenaria de fecha 4 de diciembre de 1997, ha
adoptado los siguientes acuerdos:
Primero.-La aprobación del expediente de
expropiación forzosa de los terrenos, bienes y derechos
necesarios para la ejecución de las obras reseñadas
en el encabezamiento.
Segundo.-La aprobación de la relación de los
propietarios, bienes y derechos afectados por dichas
obras y su sometimiento a información pública, a
fin de que durante el plazo de quince días hábiles,
contados desde la fecha de publicación del presente
anuncio en el "Boletín Oficial del Estado", puedan
los interesados formular por escrito cuantas
alegaciones estimen oportunas en relación con el
expediente expropiatorio, pudiendo hacerlo tanto en el
mencionado Ayuntamiento, como en el Registro
General de esta Corporación Provincial, avenida de
la Estación, 6, 03071 Alicante.
El anuncio más detallado, acompañado de la
relación de propietarios, bienes y derechos afectados,
aparece publicado en el "Boletín Oficial de la
Provincia de Alicante" número 74, de fecha 31 de marzo
de 1998.
Transcurrido el mencionado plazo, podrán
igualmente los interesados, al amparo de lo previsto en
el artículo 56.2 del vigente Reglamento de
Expropiación Forzosa, aportar los datos oportunos para
subsanar posibles errores que se hayan padecido
al relacionar los bienes afectados o al grafiar los
mismos en los correspondientes planos-parcelarios.
Lo que se hace público para general conocimiento
de todos los interesados y a los efectos de dar
cumplimiento a lo previsto en el artículo 56.1 del
Reglamento de Expropiación Forzosa de 26 de abril de
1957, así como en el artículo 59.4 de la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común de 26
de noviembre de 1992.
Alicante, 8 de abril de 1998.-El Presidente, Julio
de España Moya.-El Secretario general, Patricio
Vallés Muñiz.-21.778.
Ayuntamientos
MÓSTOLES
Cementerio Municipal
En cumplimiento de lo dispuesto en el
Reglamento de Cementerios, y de acuerdo con el
Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, se procederá
a la exhumación de cadáveres inhumados durante
el año 1988, en sepulturas temporales, del
Cementerio Municipal de Móstoles.
En consecuencia, se hace público que las personas
interesadas en la reinhumación de los cadáveres
inhumados en 1988, que no reciban notificación
por escrito, deberán dirigirse a:
Oficina del Cementerio, donde podrán solicitar
información sobre los trámites y la fecha en que
serán exhumados los restos. El hecho de no
personarse en el Cementerio llevará aparejada la
pérdida de todo derecho a posterior solicitud.
Se establece un plazo de treinta días, a partir
del transcurso de los diez años siguientes a la fecha
de inhumación, durante el cual podrán retirarse
cuantos atributos se encuentren en las unidades de
enterramiento que habrán de exhumarse,
justificando su titularidad. Transcurrido el plazo señalado,
quedará caducado el derecho sobre los mismos.
Móstoles, 1 de abril de 1998.-El
Alcalde.-21.486.
ESTEVE SESROVIRES
La Comisión de Gobierno Municipal de Sant
Esteve Sesrovires, en sesión celebrada el día 6 de
marzo de 1998, por unanimidad de los miembros
asistentes, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero.-Iniciar el expediente de necesidad de
ocupación de las fincas 523-I, 60-H, 168-I y 59-E
de Vallserrat, propiedades de los señores don
Francisco Rodríguez García, don José Moya Martínez,
don Rafael Fabra Samplón y don Francisco Ferri
Imbernon, respectivamente.
Segundo.-Exponer a información pública,
durante un plazo de quince días, el acuerdo adoptado,
así como proceder a su publicación en el "Boletín
Oficial del Estado", en el "Diario Oficial de la
Generalidad de Cataluña", en el "Boletín Oficial" de la
provincia y en uno de los diarios de mayor difusión
de la provincia.
Tercero.-Notificar este acuerdo a los interesados
en este procedimiento, para su conocimiento y
efectos.
Sant Esteve Sesrovires, 25 de marzo de 1998.-El
Teniente de Alcalde, delegado, Francesc Rebés
Nobales.-21.484.
XOVE
Edicto
Por Decreto de la Presidencia de la Junta de
Galicia número 108/1998, de 20 de marzo, publicado
en el "Diario Oficial de Galicia" número 64/1998,
de 3 de abril, se declara la urgente ocupación por
este Ayuntamiento de los bienes y derechos
necesarios para la ejecución de las obras de "Rúa anexa
o centro cívico de Xove", con los efectos previstos
en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
De conformidad con la disposición referida y en
cumplimiento y ejecución de la misma y de los
acuerdos adoptados por el Pleno Municipal en
sesiones de 13 de junio y 14 de agosto de 1997 y demás
antecedentes y normas aplicables se anuncia el
levantamiento de actas previas a la ocupación a
que se refiere la norma segunda del artículo 52
de la Ley de Expropiación Forzosa que tendrá lugar
al vigésimo quinto día hábil, contado a partir del
siguiente al de la publicación del presente edicto
en el "Boletín Oficial del Estado", en los lugares
en que se encuentren ubicados los bienes objeto
de expropiación, a los que se trasladará un equipo
técnico y administrativo y para cuyos actos se cita
a los propietarios, a los demás afectados y a cuantas
personas o entidades puedan ostentar derechos
sobre tales bienes.
Las operaciones podrán continuarse en días y
horarios posteriores si preciso fuere sin necesidad
de repetir las citaciones, bastando a tal efecto el
anuncio verbal en la jornada de la tarde y con
ocasión del levantamiento de las últimas actas que se
extiendan, que así se hará saber públicamente a
los asistentes.
Las actas se levantarán aún en el supuesto de
que no concurran los propietarios y demás
interesados o quienes debidamente las represente.
A tales efectos podrán concurrir personalmente
o debidamente representados, acreditando su
personalidad y pudiéndose hacer acompañar a su costa
de Perito y Notario, debiendo aportar la
documentación precisa respecto a la titularidad de los
derechos que aleguen (títulos registrales, cédulas de
propiedad, recibos de contribución, etc.).
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 56.2
del Reglamento para la aplicación de la Ley de
Expropiación Forzosa, los interesados podrán
formular por escrito dirigido al Alcalde-Presidente
cuantas alegaciones estimen pertinentes hasta el
levantamiento de las actas previas y a los solos
efectos de subsanar posibles errores que se hayan podido
padecer al relacionar los bienes afectados por la
urgente ocupación, no siendo procedentes
cualesquiera otros recursos o reclamaciones que se
entenderán diferidas al momento procedimental posterior.
La relación identificativa de bienes y afectados
ha sido publicada en el "Boletín Oficial de la
Provincia de Lugo" número 86, de 17 de abril de 1998.
Xove, 17 de abril de 1998.-El Alcalde, Jesús
López González.-El Secretario, Manuel Díaz
Sánchez.-21.796-E.
UNIVERSIDADES
COMPLUTENSE DE MADRID
Escuela Universitaria Europea de Educación
Habiendo sufrido extravío el título de Diplomado
en Profesorado de EGB expedido por el Ministerio
de Educación y Ciencia a favor de doña María Pilar
Martínez Alcalde, natural de Madrid, el día 2 de
enero de 1962, se hace público, por término de
treinta días, la iniciación en esta Escuela
Universitaria del expediente promovido para la expedición
de un duplicado de su título, en virtud de lo dispuesto
en la Orden de 8 de julio de 1988 ("Boletín Oficial
del Estado" del 13).
Madrid, 18 de marzo de 1998.-El Secretario, José
Javier Querejeta Lamsfús.-21.482.
MÁLAGA
Facultad de Ciencias de la Educación
En cumplimiento de lo dispuesto en la Orden
de 8 de julio de 1988, se hace público la solicitud
de un duplicado del título de Diplomado en
Profesorado de Educación General Básica, especialidad
de Ciencias Humanas, expedido el 15 de junio de
1983 y registrado al folio 163, número 110 del
libro correspondiente, por extravío del original de
doña María Dolores López Rando.
Transcurridos treinta días sin que hubiera
reclamación alguna, se iniciará el trámite para la
expedición del duplicado correspondiente.
Málaga, 3 de abril de 1998.-El Decano.-21.374.
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid