MINISTERIO DE FOMENTO
Demarcación de Carreteras
CASTILLA Y LEÓN ORIENTAL
Se somete a información pública la relación de
bienes y derechos afectados por la ejecución de las
obras del proyecto "Circunvalación de Segovia.
Carretera N-110 de Soria a Plasencia y ramal a
la CL-601, punto kilométrico 188,000 al punto
kilométrico 195,200 de la N-110 y 0,00 al 3,00 de la
CL-601. Tramo: Segovia". (Clave: 48-SG-2820)
Con fecha 2 de marzo de 1998 ha sido aprobado
el proyecto de construcción "Circunvalación de
Segovia. Carretera N-110 de Soria a Plasencia y
ramal a la CL-601, punto kilométrico 188,000 al
punto kilométrico 195,200 de la N-110 y 0,00 al
3,00 de la CL-601. Tramo: Segovia". (Clave:
48-SG-2820).
Dicha actuación está incluida en el Programa de
Actuaciones Prioritarias en Carreteras 1993-1995,
aprobado por el Consejo de Ministros en su reunión
del día 17 de diciembre de 1993.
La ocupación de los bienes y derechos afectados
por las expropiaciones a que den lugar la ejecución
de las obras incluidas en el Programa de Actuaciones
Prioritarias en Carreteras, está declarada de urgencia
según el artículo 72 de la Ley 42/1994, de 30 de
diciembre, sobre Medidas Fiscales, Administrativas
y del Orden Social ("Boletín Oficial del Estado"
del 31).
En consecuencia, y en cumplimiento con lo
dispuesto en los artículos 17, 18 y 19 de la Ley de
Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954,
esta Demarcación de Carreteras ha acordado la
información pública de la relación concreta e
individualizada de los bienes y derechos afectados,
durante un período de quince días hábiles contados
a partir de la última publicación en los boletines
oficiales, diarios o tablón de anuncios municipal,
a fin de que los titulares afectados puedan solicitar
la rectificación de posibles errores o formular las
alegaciones que consideren oportunas ante esta
Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla
y León Oriental, Unidad de Carreteras de Segovia
(calle Fernández Ladreda, 12, planta 4. ª , 40001
Segovia), donde podrán ser consultados los planos
parcelarios y la relación de titulares afectados
(martes y jueves en horario de nueve a catorce horas),
así como también en el excelentísimo Ayuntamiento
de Segovia y barrios incorporados de Hontoria,
Zamarramala, Madrona (anejo de Perogordo), y
excelentísimos Ayuntamientos de Bernuy de
Porreros, La Lastrilla y Palazuelos de Eresma (anejo de
San Cristóbal de Segovia).
Burgos, 27 de abril de 1998.-El Jefe de la
Demarcación, Carlos Centeno Ferruelo.-23.302-E.
MINISTERIO DE TRABAJO
Y ASUNTOS SOCIALES
Dirección General de Trabajo
Resolución por la que se dispone la publicación del
pacto extraestatutario de ámbito interprovincial
suscrito entre las empresas pertenecientes a la
Asociación Nacional de Pequeños y Medianos Fabricantes
de Pastas Alimenticias y sus trabajadores
Visto el texto del pacto extraestatutario suscrito
el 23 de marzo de 1998, entre las empresas
pertenecientes a la Asociación Nacional de Pequeños
y Medianos Fabricantes de Pastas Alimenticias y
sus trabajadores, remitido a esta Dirección General
al objeto de su depósito y publicación en el "Boletín
Oficial del Estado";
Resultando que el pacto extraestatutario
presentado no tiene características propias de Convenio
Colectivo estatutario, regulado en el título III del
Estatuto de los Trabajadores;
Resultando que existen interesados desconocidos
en el procedimiento ignorándose su domicilio;
Considerando que el artículo 1, apartado 1,
letra C) y apartado 2 del Real Decreto 2756/1979,
de 23 de noviembre, en relación con el artículo 1,
apartado c) del Real Decreto 5/1979, de 26 de
enero, que establecía que el Instituto de Mediación,
Arbitraje y Conciliación, se haría cargo del depósito
de convenios y demás acuerdos colectivos,
concluidos entre empresarios y trabajadores o entre
sindicatos y asociaciones y organizaciones
empresariales, y asumiría la expedición de las certificaciones
de la documentación en depósito, y habida cuenta
que esta Dirección General de Trabajo asumió las
funciones que tenía encomendadas el citado
Instituto en virtud de lo establecido la respecto a la
disposición adicional segunda.2 del Real Decreto
530/1985, de 8 de abril, por el que se determinaba
la estructura orgánica básica del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, actualmente fijada por el
Real Decreto 1888/1996, de 2 de agosto, en su
redacción dada por el Real Decreto 140/1997, de
31 de enero;
Considerando que el artículo 59, apartado 4 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, establece que
las notificaciones se efectuarán en el "Boletín Oficial
del Estado", cuando los interesados en un
procedimiento sean desconocidos o se ignore su
domicilio;
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general aplicación,
Esta Dirección General resuelve acordar la
publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del pacto
extraestatutario de ámbito interprovincial entre las
empresas pertenecientes a la Asociación Nacional
de Pequeños y Medianos Fabricantes de Pastas
Alimenticias y sus trabajadores, depositando en la
Subdirección General de Programación y Actuación
Administrativa, a efectos de notificación a los
interesados desconocidos y de domicilio ignorado.
Constitución de la Mesa de la Comisión Negociadora
para la prórroga del Convenio extraestatutario de
aplicación limitada, entre las empresas que forman
parte de la Asociación Nacional de Pequeños y
Medianos Fabricantes de Pastas Alimenticias y sus
Siendo las doce horas del día 23 de marzo
de 1998, reunidos las personas que a continuación
se relacionan, en el despacho de los Letrados
asesores de la Asociación, situado en calle Sagasta,
número 3, 3. º , ext. derecha, de Madrid, y a los
efectos de pactar la posible prórroga del Acuerdo
extraestatutario de eficacia limitada de 7 de
noviembre de 1995, para las empresas que integran, a la
fecha de hoy, la citada Asociación y sus trabajadores;
suscrito entre las partes allí signatarias, se designa
como Comisión Negociadora a estos efectos las
siguientes personas:
Representación empresarial de las asociadas (Banco
patronal)
Don José Romero Lozano, con documento
nacional de identidad número 17.365.194, en nombre
y representación de la empresa "Pastas Alimenticias
Romero, Sociedad Anónima".
Don José Antonio García Esteve, con documento
nacional de identidad número 23.216.197, en
nombre y representación de la empresa "Pastas
Alimenticias La Catalana, Sociedad Limitada".
Don José Antonio Torres Alberca, con
documento nacional de identidad número 70.716.926, en
nombre y representación de la empresa "Honesta
Manzaneque, Sociedad Anónima".
Don Salvador Lorente Vila, con documento
nacional de identidad número 19.994.863, en nombre
y representación de la empresa "Pastas Dovasa,
Sociedad Anónima".
Representación social de las empresas integradas
en la Asociación Nacional de Pequeños y Medianos
Fabricantes de Pastas Alimenticias (Banco social)
Don Santiago Gómez Catalán, con documento
nacional de identidad número 73.096.352, como
Delegado de Personal de la empresa "Pastas
Alimenticias Romero, Sociedad Anónima".
Don Fernando Cano Ros, con documento
nacional de identidad número 23.186.177, como
Delegado de Personal de la empresa "Pastas Alimenticias
La Catalana, Sociedad Limitada".
Don José Ignacio Díaz Parreño Escribano, con
documento nacional de identidad número
70.725.251, como Delegado de Personal de la
empresa "Honesta Manzaneque, Sociedad
Anónima".
Don Doroteo García-Casarrubios Ramos, con
documento nacional de identidad número
6.199.182, como Delegado de Personal de la
empresa "Honesta Manzaneque, Sociedad Anónima".
Don José Mas de Sanfélix, con documento
nacional de identidad número 19.999.909, en nombre
y representación de la totalidad de la plantilla
integrante de la empresa "Pastas Dovasa, Sociedad
Anónima", según poder expreso a estos efectos que se
acompaña otorgado ante el Notario de Valencia,
con residencia en Gandía, don Manuel Navarrete
Rojas, con el número de protocolo 1.079, de
fecha 30 de mayo de 1995.
Abierta la sesión las partes exponen los motivos
por los cuales entienden que es necesario revisar
la vigencia del acuerdo y hacer un seguimiento
pormenorizado del mismo y que se resumen en:
Primero.-En función del acuerdo de la Comisión
Paritaria del pacto, en donde se especificaba que
vista la evolución económica producida en los años
de vigencia del Convenio Colectivo de eficacia
limitada de las empresas pertenecientes a la Asociación
Nacional de Pequeños y Medianos Fabricantes de
Pastas Alimenticias y sus trabajadores, la Comisión
Paritaria en su reunión de fecha 25 de noviembre
de 1997, y de acuerdo con sus funciones reflejadas
en el artículo 48.4 del Convenio, debatió la
posibilidad de prorrogar la vigencia del mismo,
produciendo un incremento sobre el IPC oficial
alcanzado año a año, dada la estabilidad del proceso
inflacionario con motivo de los criterios fijados para
la consecución del Mercado Único Europeo y al
mismo tiempo, conseguir una progresiva
estabilización de las empresas asociadas.
Dicha prórroga entiende la Comisión Paritaria,
habría de arbitrarse en el presente año natural, aún
sin esperar a la finalización de la vigencia del pacto
extraestatutario de eficacia limitada; porque ambas
partes encuentran beneficioso el que se reajusten
estas condiciones y extenderlas en el tiempo, en
función de la estabilidad de las propias empresas
y del empleo que generan.
La prórroga sería por cinco años naturales, a partir
de la finalización del ámbito temporal del presente,
esto es, hasta el 3 de diciembre del año 2004, con
los siguientes parámetros de la relación laboral.
Salarios incremento del 0,5 por 100 sobre el IPC
los dos primeros años, y del 1 por 100 los tres
últimos.
El acuerdo habría de tomarse en sesión formal
de la Mesa Negociadora constituida al efecto, de
la cual esta Comisión Paritaria forma también parte,
tras lo cual, el acuerdo de la prórroga sería enviado
para su registro y toma de razón a la autoridad
laboral correspondiente, permaneciendo inalterable
la redacción del texto del Convenio extraestatutario.
Segundo.-Aceptadas las razones de la Comisión
Paritaria, la Comisión Negociadora las hace suyas
y acuerda, por unanimidad, de todos sus miembros
lo siguiente:
a) El ámbito temporal de este pacto
extraestatutario de eficacia limitada, tendrá una vigencia
que se iniciará el 1 de enero del año 2000 hasta
el 31 de diciembre del año 2004.
b) El ámbito funcional del presente Acuerdo
sigue estando constituido, por las empresas y sus
trabajadores que al día de hoy forman parte de
la Asociación Nacional de Pequeños y Medianos
Fabricantes de Pastas Alimenticias.
c) La revisión salarial definitiva para el
año 1999, con efectos desde el 1 de enero del citado
año, sufrirá un incremento del 1 por 100 sobre
el IPC previsto, que sustituye al incremento del 0,5
por 100 sobre el IPC previsto, en el Convenio
extraestatutario de eficacia limitada, de fecha 7 de
noviembre de 1995, sustituyendo pues este nuevo
incremento a aquel previsto.
d) La misma fórmula de incremento del 1
por 100 sobre el IPC, se aplicará para el período
1 de enero del año 2000 al 31 de diciembre del
año 2001.
e) partir A del 1 de enero del año 2002, y hasta
el final de la vigencia de este acuerdo (31 de
diciembre de 2004), y durante tres períodos anuales
citados, se pacta un incremento sobre el IPC en cada
anualidad del 1,5 por 100, siempre que el IPC
correspondiente a estos años, no exceda del 2,5
por 100 anual; si este superara dicho porcentaje
el incremento a establecer sobre el IPC quedaría
reducido al 1 por 100 anual.
Salvo lo previsto en los apartados anteriores,
queda vigente y prorrogado en su integridad la totalidad
del pacto extraestatutario de eficacia limitada de
fecha 7 de noviembre de 1995.
Por último las partes acuerdan, que encontrándose
en suspensión de pagos la entidad "Honesta
Manzaneque, Sociedad Anónima", se presentará el
presente acuerdo para su ratificación, con respecto a
la empresa citada, por la intervención judicial de
la referida suspensión de pagos, formada por los
señores don Manuel Castro Álvarez, documento
nacional de identidad número 35.907.387, y don
Alfonso Hernán Serrano, documento nacional de
identidad número 70.725.069, para dar
cumplimiento a lo establecido en la Ley de Suspensión de
Pagos de 26 de julio de 1922.
Y siendo las diecinueve horas del día 23 de marzo
de 1998, finaliza la reunión de la Comisión
Negociadora de la prórroga del presente Acuerdo
extraestatutario de eficacia limitada, en los términos y con
los pactos que en la presente acta se contienen.
Acta final del Acuerdo del pacto extraestatutario de
eficacia limitada interprovincial suscrito por las
empresas integrantes de la Asociación Nacional de
Pequeños y Medianos Fabricantes de Pastas
Alimenticias y sus trabajadores
Siendo las diecinueve horas del día 23 de marzo
de 1998, y en los locales de la representación jurídica
de la Asociación, sitos en la calle Sagasta, número 3,
3. º , ext. derecha (Madrid 28004), se reúnen las
personas más adelante referenciadas, que ostentan la
representación, capacidad y legitimación requeridas
por la Ley, para la firma y aprobación del presente
Acuerdo, en los siguientes términos:
Representación empresarial de las asociadas (Banco
patronal)
Don José Romero Lozano, con documento
nacional de identidad número 17.365.194, en nombre
y representación de la empresa "Pastas Alimenticias
Romero, Sociedad Anónima".
Don José Antonio García Esteve, con documento
nacional de identidad número 23.216.197, en
nombre y representación de la empresa "Pastas
Alimenticias La Catalana, Sociedad Anónima".
Don José Antonio Torres Alberca, con
documento nacional de identidad número 70.716.926, en
nombre y representación de la empresa "Honesta
Manzaneque, Sociedad Anónima".
Don Salvador Lorente Vila, con documento
nacional de identidad número 19.994.863, en nombre
y representación de la empresa "Pastas Dovasa,
Sociedad Anónima".
Y por otra parte, asisten:
Representación social de las empresas integradas
en la Asociación Nacional de Pequeños y Medianos
Fabricantes de Pastas Alimenticias (Banco social)
Don Santiago Gómez Catalán, con documento
nacional de identidad número 73.096.352, como
Delegado de Personal de la empresa "Pastas
Alimenticias Romero, Sociedad Anónima".
Don Fernando Cano Ros, con documento
nacional de identidad número 23.186.177, como
Delegado de Personal de la empresa "Pastas Alimenticias
La Catalana, Sociedad Limitada".
Don José Ignacio Díaz Parreño Escribano, con
documento nacional de identidad número
70.725.251, como Delegado de Personal de la
empresa "Honesta Manzaneque, Sociedad
Anónima".
Don Doroteo García-Casarrubios Ramos, con
documento nacional de identidad número
6.199.182, como Delegado de Personal de la
empresa "Honesta Manzaneque, Sociedad Anónima".
Don José Mas de Sanfélix, con documento
nacional de identidad número 19.999.909, en nombre
y representación de la totalidad de la plantilla
integrante de la empresa "Pastas Dovasa, Sociedad
Anónima", según poder expreso a estos efectos que se
acompaña otorgado ante el Notario de Valencia con
residencia en Gandía don Manuel Navarrete Rojas,
con el número de protocolo 1.079, de fecha 30
de mayo de 1995.
Todos los aquí reseñados firman la presente acta
final de Acuerdo, de la prórroga del Convenio
extraestatutario de aplicación limitada, de fecha 7
de noviembre de 1995, en los siguientes términos:
a) El ámbito temporal de este pacto
extraestatutario de eficacia limitada, tendrá una vigencia
que se iniciará el 1 de enero del año 2000 hasta
el 31 de diciembre del año 2004.
b) El ámbito funcional del presente Acuerdo
sigue estando constituido, por las empresas y sus
trabajadores que al día de hoy forman parte de
la Asociación Nacional de Pequeños y Medianos
Fabricantes de Pastas Alimenticias.
c) La revisión salarial definitiva para el
año 1999, con efectos desde el 1 de enero del citado
año, sufrirá un incremento del 1 por 100 sobre
el IPC previsto, que sustituye al incremento del 0,5
por 100 sobre el IPC previsto, en el Convenio
extraestatutario de eficacia limitada, de fecha 7 de
noviembre de 1995, sustituyendo pues este nuevo
incremento a aquel previsto.
d) La misma fórmula de incremento del 1
por 100 sobre el IPC, se aplicará para el período
1 de enero del año 2000 al 31 de diciembre del
año 2001.
e) partir A del 1 de enero del año 2002, y hasta
el final de la vigencia de este acuerdo (31 de
diciembre de 2004), y durante tres períodos anuales
citados, se pacta un incremento sobre el IPC en cada
anualidad del 1,5 por 100, siempre que el IPC
correspondiente a estos años, no exceda del 2,5
por 100 anual; si este superara dicho porcentaje
el incremento a establecer sobre el IPC quedaría
reducido al 1 por 100 anual.
Salvo lo previsto en los apartados anteriores,
queda vigente y prorrogado en su integridad la totalidad
del pacto extraestatutario de eficacia limitada de
fecha 7 de noviembre de 1995.
Por último las partes acuerdan, que encontrándose
en suspensión de pagos la entidad "Honesta
Manzaneque, Sociedad Anónima", se presentará el
presente acuerdo para su ratificación, con respecto a
la empresa citada, por la intervención judicial de
la referida suspensión de pagos, formada por los
señores don Manuel Castro Álvarez, documento
nacional de identidad número 35.907.387, y don
Alfonso Hernán Serrano, documento nacional de
identidad número 70.725.069, para dar
cumplimiento a lo establecido en la Ley de Suspensión de
Pagos de 26 de julio de 1922.
Y siendo las veinte horas del día 23 de marzo
de 1998, finaliza la reunión de la Comisión
Negociadora de la prórroga del presente Acuerdo
extraestatutario de eficacia limitada, en los términos y con
los pactos que en la presente acta se contienen.
Madrid, 6 de abril de 1998.-La Directora general,
Soledad Córdova Garrido.-23.342-E.
MINISTERIO
DE ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS
Delegaciones del Gobierno
CASTILLA Y LEÓN
Convocatoria para el levantamiento de actas previas
a la ocupación de fincas afectadas por la
construcción de las instalaciones del "Gasoducto
Almendralejo-Salamanca"
Con fecha 4 de julio de 1997, han sido autorizadas
por la Dirección General de Energía del Ministerio
de Industria y Energía las instalaciones del
"Gasoducto Almendralejo-Salamanca". Dicha
aprobación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13
de la Ley 10/1987, de 15 de junio, de Disposiciones
Básicas para un Desarrollo Coordinado de
Actuaciones en Materia de Combustibles Gaseosos, lleva
implícita la declaración de necesidad de ocupación
de los bienes afectados. Al propio tiempo, la
declaración de utilidad pública y urgencia en la ocupación
viene determinada por lo dispuesto en el artículo 10
de la precitada Ley.
En su virtud, esta Delegación del Gobierno, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52 de
la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre
de 1954, ha resuelto convocar a los titulares de
bienes y derechos afectados en los Ayuntamientos
donde radican las fincas como punto de reunión,
para, de conformidad con el procedimiento que
establece el citado artículo 52, llevar a cabo el
levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si
procediera, el de las de ocupación definitiva.
Todos los interesados, así como las personas que
sean titulares de cualesquiera clases de derechos
Relación que se cita, con expresión de número de finca, titular, datos catastrales (polígono y parcela) y naturaleza
Finca número y domicilio Titular Naturaleza
SA-MR-7 Desconocido.......................... 1 225 8 157 Monte bajo. Mayo. 25 9:00
SA-MR-42 Desconocido.......................... 172 3.675 4 288 Monte bajo. Mayo. 25 9:00
SA-AL-1 Desconocido.......................... 63 1.281 12 100 Pastos. Mayo. 26 11:30
SA-AL-15 Desconocido.......................... 68 1.320 13 Pastos. 76 Mayo. 26 11:30
SA-AL-26 Desconocido.......................... 40 14 840 84 Pastos. Mayo. 26 11:30
SA-AL-32 Desconocido.......................... 75 1.570 8 Pastos. 80 Mayo. 26 11:30
SA-AL-39 Desconocido.......................... 137 2.080 8 Pastos. 65 Mayo. 26 11:30
SA-VA-25 Desconocido.......................... 50 640 6 794 Pastos. Mayo. 26 13:00
SA-VA-26 Desconocido.......................... 30 1.205 6 795 Pastos. Mayo. 26 13:00
SA-LS-110 Desconocido.......................... 23 650 1 95 Prado. Mayo. 26 17:30
SA-LS-209 Desconocido.......................... 0 4 80 488 Labor regadío. Mayo. 26 17:30
SA-EN-1 Desconocido.......................... 19 18 225 5013a Monte bajo. Mayo. 27 9:00
SA-EN-10 Desconocido.......................... 0 19 10 5055 Labor regadío. Mayo. 27 9:00
SA-EN-12 Desconocido.......................... 2 19 23 5040 Prado. Mayo. 27 9:00
SA-VE-20 Desconocido.......................... 870 16.195 Dehesa, 7 pastos. 3 Mayo. 27 10:30
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CASTILLA-LA MANCHA
Consejería de Industria y Trabajo
Delegaciones Provinciales
CUENCA
Otorgamiento permiso de investigación
La Delegación Provincial de Industria y Trabajo
de Cuenca, hace saber: Que ha sido otorgado el
permiso de investigación número 1.211, "Teresa",
titular "Sol y Mar, Sociedad Anónima", para recurso
de la sección C), extensión 35 cuadrículas mineras,
e intereses sobre los bienes afectados, deberán
acudir, personalmente o representados por persona
debidamente autorizada, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad y el último recibo
de la contribución, pudiéndose acompañar, a su
costa, de sus Peritos y un Notario, si lo estiman
oportuno.
El levantamiento de actas tendrá lugar el día 25
de mayo de 1998, en el Ayuntamiento de
Montemayor del Río, a las nueve horas; el día 26 de
mayo de 1998, en el Ayuntamiento de El Cerro,
a las nueve horas; en el Ayuntamiento de
Aldeacipreste, a las once treinta horas; en el Ayuntamiento
de Valdehijaderos, a las trece horas; en el
Ayuntamiento de Valdefuentes de Sangusín, a las dieciséis
horas; en el Ayuntamiento de Los Santos, a las
diecisiete treinta horas; el día 27 de mayo de 1998,
en el Ayuntamiento de Endrinal de la Sierra, a las
Anexo
Afección Catastro Citación
Long. O. tem.
- - Polígono Parcela Día Hora Mes
m. l. m 2
Término municipal: Montemayor del Río
Término municipal: Aldeacipreste
Término municipal: Valdehijaderos
érmino municipal: Los Santos
Término municipal: Endrinal de la Sierra
Término municipal: Las Veguillas
en el término municipal de Salinas del Manzano
(Cuenca).
Cuenca, 8 de abril de 1998.-El Delegado
provincial, Ángel Álvaro Pérez.-23.403.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Ayuntamientos
ÓN DE LA PLANA
Aprobación proyecto y relación de bienes y derechos
afectados de expropiación
El excelentísimo Ayuntamiento Pleno de
Castellón de la Plana, en sesión celebrada el día 26 de
nueve horas, y en el Ayuntamiento de Las Veguillas,
a las diez treinta horas.
El orden de levantamiento de actas se comunicará
a cada interesado mediante la oportuna cédula de
citación, figurando la relación de titulares
convocados en el tablón de edictos de los Ayuntamientos
señalados.
Es de señalar que esta publicación se realiza
igualmente a los efectos que determina el artículo 59.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, de notificación
de la presente resolución a los titulares desconocidos
de las fincas que se describen en el anexo.
En el expediente expropiatorio, "Enagás, Sociedad
Anónima", asumirá la condición de beneficiaria.
Valladolid, 16 de abril de 1998.-El Delegado del
Gobierno, Isaías García Monge.-23.321.
febrero de 1998 y en relación con el "Proyecto
básico y de ejecución de obras de apertura de vial
prolongación de la calle Maestro Giner", acordó:
Primero.-Aprobar el "Proyecto básico y de
ejecución de obras de apertura de vial prolongación
de la calle Maestro Giner", con expropiaciones y
contribuciones especiales, cuyo presupuesto total
asciende a la cantidad de 28.136.518 pesetas.
Segundo.-Exponer al público el citado proyecto,
por plazo de quince días a efectos de reclamaciones,
así como notificar el presente acuerdo a los titulares
de los bienes afectados de expropiación y dar
conocimiento mediante anuncios en el "Boletín Oficial
del Estado", "Boletín Oficial" de la provincia, prensa
local y tablón de anuncios de este Ayuntamiento,
de la descripción de los bienes afectados de
expropiación que contiene el proyecto mencionado.
Tercero.-Ordenar la tramitación del
correspondiente expediente de contribuciones especiales.
La relación de propietarios, bienes y derechos
afectados de expropiación, es la que figura en el
anexo que se inserta a continuación.
Lo que se hace público para general conocimiento
y al objeto de que durante el plazo de quince días,
quienes estén interesados puedan consultar el citado
proyecto (de nueve a catorce horas, en la Sección
de Urbanismo y Obras del Ayuntamiento de
Castellón), y presentar las reclamaciones que estimen
convenientes; asimismo, durante igual plazo, los
interesados podrán formular alegaciones sobre la
procedencia de la ocupación o disposición de los
bienes y derechos afectados de expropiación y su
estado material o legal, así como cualquier persona
alegar los datos necesarios para subsanar posibles
errores en su descripción.
De igual manera, este anuncio servirá de
notificación a los propietarios desconocidos o cuya
dirección o paradero se ignora, según lo dispuesto
en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Castellón de la Plana, 15 de abril de 1998.-El
Alcalde, José Luis Gimeno Ferrer.-23.034.
Anexo
Relación de propietarios, bienes y derechos afectados
de expropiación
Número de orden: 1. Propietario: Don Gaspar
Armelles Linares. Domicilio: Calle Alloza,
número 110. Castellón. Referencia catastral: 2310813.
Superficie a expropiar: 85,76 metros cuadrados.
Superficie construida: 85,76 metros cuadrados.
Lindes sup. afectada: Frente: Calle Maestro Giner;
izquierda, la misma propiedad; derecha, número 3,
avenida Barcelona, y fondo, número 5, avenida
Barcelona.
Número de orden: 2. Propietario: Ayuntamiento
de Castellón. Domicilio: Plaza Mayor, número 1.
Castellón. Referencia catastral: 2310827. Superficie
a expropiar: 127,05 metros cuadrados. Superficie
construida: 183 metros cuadrados. Lindes sup.
afectada: Frente: Calle propiedad número 25, calle
Cartagena; izquierda, la misma propiedad, número 25,
calle Cartagena; derecha, número 3, avenida
Barcelona, y fondo, avenida Barcelona.
Número de orden: 3. Propietario: Don José A.
Pradells Puig. Domicilio: Calle Enmedio,
número 110. Castellón. Referencia catastral: 2310828.
Superficie a expropiar: 350 metros cuadrados.
Superficie construida: 84 metros cuadrados. Lindes
sup. afectada: Frente: Calle Cartegena; izquierda,
propiedad número 25, calle Cartagena; derecha, la
misma propiedad, y fondo, avenida Barcelona.
Necesidad de ocupación de bienes y derechos
afectados de expropiación
El excelentísimo Ayuntamiento Pleno de
Castellón de la Plana, en sesión celebrada el día 26 de
febrero de 1998 adoptó, entre otros, el siguiente
acuerdo:
Visto el expediente que se está tramitando para
llevar a cabo la ejecución del proyecto de ampliación
de vial y urbanización parcial con expropiación de
inmueble en la calle Doctor Vicente Gea Mariño,
de Castellón, y los siguientes,
Antececentes:
Primero.-En fecha 28 de noviembre de 1997,
el excelentísimo Ayuntamiento Pleno acordó
aprobar el proyecto de ampliación de vial y urbanización
parcial con expropiación de inmueble en la calle
Doctor Vicente Gea Mariño, de Castellón.
Segundo.-El citado acuerdo fue notificado y
expuesto al público por el plazo de quince días
en el "Boletín Oficial del Estado" número 8, de
9 de enero de 1998; "Boletín Oficial" de la provincia
número 154, de 25 de diciembre de 1997, en los
diarios "Mediterráneo", de fecha 20 de diciembre
de 1997, y "Levante" de 20 de diciembre de 1997,
"Castellón al Día" de 21 de diciembre de 1997,
así como en el tablón de anuncios de este
Ayuntamiento, a efectos de reclamaciones al proyecto
y de alegaciones sobre la procedencia de la
ocupación o disposición de los bienes y derechos
afectados de expropiación y su estado material o legal,
así como al objeto de subsanar posibles errores en
su descripción, por todo ello y,
Teniendo en cuenta que:
I. Durante el período de exposición al público
se ha presentado escrito por doña Concepción
Llorens Mulet, en el que pone de manifiesto el
fallecimiento de don Juan Transfiguración Tomás, titular
del bien afectado de expropiación, así como el estado
de trámite de la herencia correspondiente, por lo
que deberá modificarse la relación de titulares
afectados, considerando propietaria a doña Concepción
Llorens Mulet.
II. De conformidad con los artículos 20, 21 y
22 de la Ley de Expropiación Forzosa y artículos 20
y siguientes de su Reglamento, de los que se
desprende que a la vista de las alegaciones formuladas
deberá resolverse sobre la necesidad de ocupación
y que el acuerdo de necesidad de ocupación inicia
el expediente expropiatorio, así como el
procedimiento para su notificación y ofrecimiento de
recursos.
Por todo ello, visto el informe emitido por la
Jefa del Negociado de Expropiaciones, con el visto
bueno de la Jefa de la Sección de Coordinación
y Gestión Administrativa, atendiendo a los
preceptos antes citados, a propuesta de la Comisión
Informativa de Urbanismo y Obras, se acuerda:
1. Aprobar definitivamente la relaciones de
bienes y derechos afectados de expropiación que
figuran en el proyecto de ampliación de vial y
urbanización parcial con expropiación de inmueble en
la calle Doctor Vicente Gea Mariño, de Castellón,
en el que se ha introducido el cambio de titularidad
resultante del trámite de exposición pública,
considerando propietaria del bien afectado a doña
Concepción Llorens Mulet.
2. Declarar la necesidad de ocupación de los
bienes y derechos incluidos en el proyecto de
ampliación de vial y urbanización parcial con expropiación
de inmueble en la calle Doctor Vicente Gea Mariño,
de Castellón.
3. Publicar y notificar este acuerdo en la forma
prevista legalmente y continuar la tramitación del
expediente, de conformidad con la Ley de
Expropiación Forzosa.
La relación aprobada definitivamente es la que
figura en el anexo adjunto a este anuncio.
Lo que se hace público para general conocimiento
y a efectos de que los interesados puedan, contra
el acto de declaración de necesidad de ocupación
que pone fin a la vía administrativa, interponer
recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del excelentísimo
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad
Valenciana, dentro del plazo de dos meses, contados a
partir del día siguiente al de esta publicación, de
conformidad con lo establecido en el artículo 52
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local, y artículo 58 de la
Ley Reguladora de la Jurisdicción
ContenciosoAdministrativa de 27 de diciembre de 1956, sin
perjuicio de utilizar cualquier otro recurso que se
considere conveniente. La interposición de dicho
recurso contencioso-administrativo requerirá
comunicación previa a este excelentísimo Ayuntamiento,
de conformidad a lo establecido en el artículo 110.3
de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, e independientemente de que los
interesados puedan ejercer su derecho a interponer el
recurso citado, se requiere para que en el plazo
de quince días, contados a partir del siguiente al
de esta publicación, los interesados manifiesten por
escrito ante este Ayuntamiento lisa y llanamente
el precio que pretenden obtener por el bien o
derecho objeto de expropiación, a fin de convenir si
procediese, libre, amistosamente y por mutuo
acuerdo, mediante un justo precio la adquisición del
mismo por parte de este Ayuntamiento, evitándose con
ello los trámites del expediente expropiatorio; todo
ello de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa de
16 de diciembre de 1954.
De igual manera, este anuncio servirá de
notificación a los propietarios desconocidos o cuya
dirección o paradero se ignora, según lo dispuesto
en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Castellón de la Plana, 16 de abril de 1998.-El
Alcalde, José Luis Gimeno Ferrer.-23.032.
Anexo
Relación de propietarios, bienes y derechos afectados
de expropiación
Propietaria: Doña Concepción Llorens Mulet.
Referencia catastral: 23965.01.
Domicilio: Calle Sierra Engarcerán, número 4,
Castellón.
Superficie a expropiar: 63,31 metros cuadrados.
Superficie construida: 396 metros cuadrados.
Lindes superficie afectada: Norte, avenida
Valencia; sur, Unidad de Actuación, número 43; este,
calle Doctor Vicente Gea Mariño, oeste, edificio
de viviendas existente.
UNIVERSIDADES
NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA
Habiéndose extraviado título de Diplomada en
Enfermería a nombre de doña Adela Varela
González, expedido por el Ministerio de Educación y
Ciencia el 4 de abril de 1988 y registrado con el
número 3.047, se hace público el presente anuncio
para que las personas interesesas, en el plazo de
treinta días, puedan formular las reclamaciones
pertinentes.
Madrid, 18 de marzo de 1998.-El Secretario de
Enseñanzas no Regladas, Alfonso Serrano
Gil.-23.313.
SANTIAGO DE COMPOSTELA
Extravío de título
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
11.2 de la Orden de 8 de julio de 1988 ("Boletín
Oficial del Estado" del 13), se anuncia la incoación
de un duplicado de título de Licenciada en Filología,
Sección Hispánica, por extravío del que fue expedido
por el Ministerio de Universidades e Investigación
en fecha 21 de abril de 1980, a favor de doña
María del Carmen Faginas Díaz y con los números
de Registro Nacional 305 y Universitario 14.587.
Lo que se hace público para conocimiento de
las personas interesadas que tuvieran que formular
reclamación sobre el mismo.
Santiago de Compostela, 13 de marzo de
1998.-El Secretario general, Gumersindo Guinarte
Cabada.-23.253.
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