MINISTERIO DE JUSTICIA
Subsecretaría
Gabinete Técnico
Edicto
Don Mario Gutiérrez Fernández-Cavada ha
solicitado la sucesión en el título de Marqués de
Castrofuerte, vacante por fallecimiento de su madre,
doña Ernestina Fernández-Cavada Jalón, lo que se
anuncia por el plazo de treinta días, contados a
partir de la publicación de este edicto, a los efectos
del artículo 6. º del Real Decreto de 27 de mayo
de 1912, en su redacción dada por el 222/1988,
de 11 de marzo, para que puedan solicitar lo
conveniente los que se consideren con derecho al
referido título.
Madrid, 5 de mayo de 1998.-Por la Unidad, el
Consejero técnico, Antonio Luque García.-26.793.
MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Dirección General de Análisis
y Programación Presupuestaria
Edicto por el que se comunica la iniciación de
expedientes de incumplimiento, así como acuerdos de
declaración de incumplimiento de condiciones
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, la Dirección General de
Análisis y Programación Presupuestaria notifica a
los interesados que a continuación se relacionan,
todos ellos titulares de expedientes de beneficios
o de incentivos regionales, las comunicaciones que
han resultado infructuosas en los domicilios que
figuran en los correspondientes expedientes, como
consecuencia de inicios de procedimiento de
incumplimiento de condiciones de la Resolución
Individual de Concesión.
Inicios de expedientes de incumplimiento
Titular: "Pavimentos del Duero, Sociedad
Cooperativa Limitada". Número de expediente:
VA/125/CL (A.I. 185/96). Fecha de inicio del
expediente de incumplimiento: 3 de abril de 1998. Fecha
de resolución individual: 22 de noviembre de 1982.
Condiciones incumplidas: Empleo, inversión.
Titular: "Cubas y Cisternas La Mancha,
Sociedad Anónima". Número de expediente:
CR/126/CM (A.I. 401/96). Fecha de inicio del
expediente de incumplimiento: 3 de abril de 1998.
Fecha resolución individual: 30 de noviembre de
1987. Condiciones incumplidas: Empleo, inversión,
acreditación obligaciones fiscales y con la Seguridad
Social.
Titular: Don Jesús Gutiérrez Alonso. Número de
expediente: LE/280/CL (A.I. 497/96). Fecha de
inicio del expediente de incumplimiento: 16 de abril
de 1998. Fecha de resolución individual: 29 de enero
de 1988. Condiciones incumplidas: Empleo,
inversión, acreditación obligaciones fiscales y con la
Seguridad Social.
Titular: "Arenas y Gravas, Sociedad Limitada".
Número de expediente: AG/575 (A.I. 135/97).
Fecha de inicio del expediente de incumplimiento:
3 de abril de 1998. Fecha de resolución individual:
28 de febrero de 1980. Condiciones incumplidas:
Empleo, inversión.
Titular: "Vasco Galaica, Sociedad Anónima".
Número de expediente: AG/643 (A.I. 146/97).
Fecha de inicio del expediente de incumplimiento:
2 de febrero de 1998. Fecha de resolución
individual: 21 de abril de 1980. Condiciones
incumplidas: Empleo, inversión.
Titular: "Mengar, Sociedad Limitada". Número
de expediente: AG/665 (A.I. 151/97). Fecha de
inicio del expediente de incumplimiento: 2 de febrero
de 1998. Fecha de resolución individual: 29 de
septiembre de 1980. Condiciones incumplidas: Empleo,
inversión.
Titular: "Novoa Cisneros, Sociedad Anónima".
Número de expediente: AG/753 (A.I. 161/97).
Fecha de inicio del expediente de incumplimiento:
16 de abril de 1998. Fecha de resolución individual:
9 de febrero de 1981. Condiciones incumplidas:
Empleo, inversión.
Titular: Sociedad Cooperativa Limitada del
Campo Terra Cha. Número de expediente: AG/904
(A.I. 199/97). Fecha de inicio del expediente de
incumplimiento: 15 de diciembre de 1997. Fecha
de resolución individual: 15 de octubre de 1981.
Condiciones incumplidas: Empleo, inversión,
acreditación obligaciones fiscales y con la Seguridad
Social.
Titular: "Maderas Moledo, Sociedad Limitada".
Número de expediente: AG/958 (A.I. 228/97).
Fecha de inicio del expediente de incumplimiento:
18 de marzo de 1998. Fecha de resolución
individual: 15 de octubre de 1981. Condiciones
incumplidas: Empleo, inversión.
Titular: "Carpintería La Barquera, Sociedad
Anónima". Número de expediente: AG/977 (A.I. 234/97).
Fecha de inicio del expediente de incumplimiento:
24 de abril de 1998. Fecha de resolución individual:
25 de enero de 1983. Condiciones incumplidas:
Empleo, inversión.
Titular: Don Enrique Domínguez Agulleiro.
Número de expediente: AG/999 (A.I. 238/97).
Fecha de inicio del expediente de incumplimiento:
18 de marzo de 1998. Fecha de resolución
individual: 10 de mayo de 1982. Condiciones
incumplidas: Empleo, inversión.
Titular: S. A. T. Visones del Eume. Número de
expediente: AG/1690 (A.I. 249/97). Fecha de inicio
del expediente de incumplimiento: 19 de marzo de
1998. Fecha de resolución individual: 20 de
septiembre de 1984. Condiciones incumplidas: Empleo,
inversión.
Titular: "Agaiva, Sociedad Limitada". Número de
expediente: AG/1944 (A.I. 250/97). Fecha de inicio
del expediente de incumplimiento: 24 de abril de
1998. Fecha de resolución individual: 13 de
septiembre de 1986. Condiciones incumplidas: Empleo,
inversión.
Titular: "Cauchos Andalucía, Sociedad Anónima"
(ANCUSA). Número de expediente: MA/5/AA
(A.I. 298/97). Fecha de inicio del expediente de
incumplimiento: 25 de marzo de 1998. Fecha de
resolución individual: 18 de julio de 1978.
Condiciones incumplidas: Empleo, inversión,
acreditación obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
Titular: "Corchera Sierra Norte, Sociedad
Anónima". Número de expediente: SE/814/AA
(A.I. 442/97). Fecha de inicio del expediente de
incumplimiento: 20 de marzo de 1998. Fecha de
resolución individual: 17 de febrero de 1987.
Condiciones incumplidas: Acreditación obligaciones
fiscales y con la Seguridad Social.
Titular: Don José Muñoz Alba. Número de
expediente: MA/133/AA (A.I. 23/98). Fecha de inicio
del expediente de incumplimiento: 16 de abril de
1998. Fecha de resolución individual: 22 de junio
de 1982. Condiciones incumplidas: Empleo,
inversión.
Titular: "Industrial Commodities Supply,
Sociedad Anónima". Número de expediente: SG/442/CL
(A.I. 29/98). Fecha de inicio del expediente de
incumplimiento: 25 de marzo de 1998. Fecha de
resolución individual: 14 de julio de 1987.
Condiciones incumplidas: Empleo, inversión.
Titular: "Inacol, Sociedad Anónima". Número de
expediente: MA/94/AA (A.I. 33/98). Fecha de
inicio del expediente de incumplimiento: 16 de abril
de 1998. Fecha de resolución individual: 9 de marzo
de 1981. Condiciones incumplidas: Empleo, carece
de acta de funcionamiento.
Asimismo, se comunica a las empresas citadas
anteriormente que los expedientes están a su
disposición en la Dirección General de Análisis y
Programación Presupuestaria, paseo de la
Castellana, 147, planta 11, previa petición de hora al
teléfono (91) 571 34 76, de lunes a viernes, de nueve
a catorce horas, y se le concede un plazo de quince
días para que alegue y presente los documentos
y justificantes que estime pertinentes a su derecho.
Madrid, 6 de mayo de 1998.-El Subdirector
general de Inspección y Control, David Baldominos
Agraz.-25.804-E.
Agencia Estatal de Administración
Tributaria
HUELVA
Anuncio de subasta
Habiendo sido dictada providencia de venta en
pública subasta del bien embargado a la entidad
Junta de Compensación Islantilla, código de
identificación fiscal G21114707, domiciliada en
carretera La Antilla-Isla Cristina, sin número, de Isla
Cristina, por causa de deudas a la Hacienda Pública,
conforme a lo previsto en el artículo 146 del
Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real
Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre ("Boletín
Oficial del Estado" de 3 de enero de 1991), se
procede al anuncio de la misma, de acuerdo con
las siguientes bases:
Primera.-La venta del bien que más adelante se
dirá tendrá lugar a las once horas del día 2 de
septiembre de 1998, en el salón de actos de la
Delegación de la Agencia Tributaria en Huelva, en
primera licitación, pudiendo acordar la Mesa la
celebración de una segunda, así como la adjudicación
directa cuando el bien no haya sido adjudicado en
una y otra.
Segunda.-Bien a subastar: Urbana, parcela de
terreno constituida por la unidad de ejecución
UET-14 del Plan Parcial Islantilla, término de Lepe;
con forma de polígono irregular de seis lados, con
una superficie de 4.631 metros cuadrados. Inscrita
al tomo 917, libro 296 de Lepe, folio 81, finca
registral número 18.405, inscripción primera,
Registro de la Propiedad de Ayamonte. Derechos del
deudor: Pleno dominio. Tipo para la subasta:
78.222.350 pesetas. Cargas preferentes: 0 pesetas.
Tercera.-El tramo a que habrán de ajustarse las
posturas en cada una de las licitaciones, en su caso,
será: Tipo de más de diez millones, 250.000 pesetas.
Cuarta.-Los licitadores habrán de conformarse
con los títulos de propiedad que consten en el
expediente, sin que puedan exigir otros.
Quinta.-Todo licitador habrá de constituir, previo
al inicio de la subasta, un depósito de garantía ante
la Mesa, que será, al menos, del 20 por 100 del
tipo en que vaya a licitar. El importe de la garantía
se ingresará en firme en el Tesoro Público, si el
rematante no ingresa el resto del precio del remate
en el mismo acto de la subasta, o en el plazo de
cinco días siguientes.
Sexta.-Para que la Mesa admita ofertas en sobre
cerrado, éstas deberán ajustarse a lo previsto en
el apartado 3 del artículo 147 del Reglamento
General de Recaudación.
Séptima.-La subasta, que ahora se anuncia, se
podrá suspender en cualquier momento anterior a
la adjudicación del bien, si se hace el pago de la
deuda, recargos, intereses y costas del procedimiento.
Este anuncio servirá de notificación de la
providencia de venta en pública subasta del bien
descrito anteriormente, en el caso de haber resultado
desconocidos al deudor, poseedores, depositarios y
acreedores hipotecarios y pignoraticios.
Huelva, 29 de abril de 1998.-El Jefe de la
Dependencia de Recaudación, Manuel Leandro
Serrano.-25.722.
MINISTERIO DE FOMENTO
Demarcaciones de Carreteras
GALICIA
Anuncio de información pública sobre el
levantamiento de actas previas a la ocupación de bienes
o derechos afectados por las obras del proyecto:
13-LC-2310 "Modificación número 1 del proyecto
de construcción CN-634 de San Sebastián
a Santiago, puntos kilométricos 710,000 al 720,500.
Acceso noroeste a Santiago. Tramo:
AeropuertoSantiago". Término municipal: Santiago de Compostela.
Provincia de A Coruña
Por Resolución de la Dirección General de
Carreteras de fecha 23 de enero de 1998, ha sido aprobado
el proyecto: 13-LC-2310 "Modificación número 1
del proyecto de construcción CN-634 de San
Sebastián a Santiago, puntos kilométricos 710,000 al
720,500. Acceso noroeste a Santiago. Tramo:
Aeropuerto-Santiago", lo que implica la declaración de
utilidad pública y la necesidad de ocupación de los
bienes o derechos afectados por las obras a los
fines de expropiación forzosa, a tenor de lo dispuesto
en el artículo 8 de la Ley de Carreteras 25/1988,
de 29 de julio, habiéndose ordenado, asimismo, la
incoación del expediente de expropiación de los
terrenos necesarios para la ejecución de las obras.
En consecuencia, y teniendo en cuenta que por
Ley 42/1994, de 30 de diciembre ("Boletín Oficial
del Estado" del 31), se declara la urgente ocupación
de los bienes afectados de expropiación forzosa
como consecuencia de la ejecución de las obras
comprendidas en el Programa de Actuaciones
Prioritarias en Carreteras 1993-1995, es de aplicación,
a los efectos expresados, lo dispuesto en los artículos
52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de
diciembre de 1954 y 56 y siguientes de su
Reglamento de 26 de abril de 1957, entendiéndose
cumplido el trámite de declaración de necesidad de la
ocupación de los bienes que hayan de ser
expropiados. En su virtud, y en cumplimiento de lo
establecido en los artículos 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa y concordantes del Reglamento para su
aplicación, esta Demarcación de Carreteras, en uso
de las facultades que le confiere la Orden de la
Presidencia del Gobierno de 7 de febrero de 1986,
en relación con el Real Decreto 821/1980, de 18
de abril, ha resuelto señalar la fecha para proceder
al levantamiento de las actas previas a la ocupación,
a cuyo efecto se convoca a los propietarios y titulares
de derechos de las fincas afectadas por las obras,
para que en el lugar, días y horas que se relacionan
a continuación, comparezcan para que se efectúe
el levantamiento de las actas previas a la ocupación,
que habrá de recoger los datos necesarios para la
valoración previa y oportuno justiprecio de los
mismos, sin perjuicio de trasladarse al lugar de las fincas
si se considera necesario:
Ayuntamiento de Santiago de Compostela. Lugar:
Oficina del Ministerio de Fomento. Rúa del
Baliño, 33 (Santiago).
Día 8 de junio de 1998, desde las diez hasta
las trece horas. Fincas afectadas: Entre la 0650 y
la 0690.
Día 9 de junio de 1998, desde las diez hasta
las doce horas. Fincas afectadas: Entre la 0691 y
la 0805.
La relación de propietarios y titulares de derechos
de las fincas que resultan afectadas, estará expuesta
con una antelación mínima de quince días a la fecha
del levantamiento de las actas previas a la ocupación,
en el tablón de edictos del Ayuntamiento de
Santiago.
A dicho acto, que será notificado individualmente
por correo certificado a los titulares afectados,
deberán asistir personalmente o bien representados por
personas debidamente autorizadas para actuar en
su nombre, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad y el último recibo de la
contribución, pudiendo hacerse acompañar, a su costa,
si lo estiman oportuno, de sus Peritos y Notarios.
Asimismo, en previsión de la aplicación del artículo
56 del Reglamento de Expropiación Forzosa y en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.2
de la citada Ley, se abre información pública durante
un plazo de quince días, y en todo caso, hasta el
momento del levantamiento de actas previas a la
ocupación correspondiente, a fin de que los
interesados, así como las personas que siendo titulares
de derechos reales o intereses económicos que se
hayan podido omitir en la relación que estará
expuesta en el tablón de edictos del Ayuntamiento de
Santiago, puedan presentar, por escrito, ante esta
Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia,
calle Concepción Arenal, 1, primero, A Coruña,
cuantas alegaciones estimen oportunas, solamente
a efectos de subsanar los posibles errores que se
hayan podido padecer al relacionar los bienes o
derechos que se afectan.
La relación de bienes afectados se halla expuesta,
asimismo, en esta Demarcación de Carreteras del
Estado en Galicia, así como el plano parcelario
correspondiente.
A Coruña, 6 de mayo de 1998.-El Ingeniero Jefe
(P. D. firma), el Jefe del Servicio de Actuación
Administrativa, Alberto de Blas Martín.-26.925.
MINISTERIO
DE ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS
Delegaciones del Gobierno
CASTILLA-LA MANCHA
Resolución por la que se convoca el levantamiento
de actas previas a la ocupación de las fincas
afectadas por el proyecto "Gasoducto Bañeres-Caudete",
en la provincia de Albacete
Con esta fecha, esta Delegación del Gobierno,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52
de la Ley de Expropiación Forzosa, ha convocado
los levantamientos de actas previas a la ocupación
de las fincas afectadas por el proyecto "Gasoducto
Bañeres-Caudete", en la provincia de Albacete, que
habrán de tener lugar en el Ayuntamiento donde
radican las fincas, el día 9 de junio de 1998, en
Caudete.
De esta convocatoria se dará traslado a cada
interesado, mediante la oportuna cédula de citación
individual y mediante publicación en el "Boletín Oficial
de la Provincia de Albacete" y en los diarios "La
Verdad" y "La Tribuna". En el expediente
expropiatorio, "Enagás, Sociedad Anónima", asumirá la
condición de beneficiaria.
Toledo, 11 de mayo de 1998.-El Delegado del
Gobierno, Carlos Moro Moreno.-26.858.
GALICIA
Resolución por la que se convoca el levantamiento
de actas previas a la ocupación de fincas afectadas
por la addenda V del gasoducto Villalba-Tuy, en
el tramo que discurre por la provincia de Pontevedra
Con fecha 23 de marzo de 1998 han sido
autorizadas por la Dirección General de la Energía del
Ministerio de Industria y Energía las instalaciones
correspondientes a la "Addenda V del gasoducto
Villalba-Tuy". Dicha aprobación, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 10/1987,
de 15 de junio, de disposiciones básicas para un
desarrollo coordinado de actuaciones en materia de
combustibles gaseosos, lleva implícita la declaración
de necesidad de ocupación de los terrenos afectados.
Al propio tiempo, la declaración de utilidad pública
y urgencia en la ocupación viene determinada por
lo dispuesto en el artículo 10 de la precitada Ley.
En su virtud, esta Delegación del Gobierno, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52 de
la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre
de 1954, ha resuelto convocar a los titulares de
los bienes y derechos afectados para que
comparezcan en el Ayuntamiento donde radican las fincas
afectadas, como punto de reunión, para, de
conformidad con el procedimiento que establece el
precitado artículo, llevar a cabo el levantamiento de
las actas previas a la ocupación y, si procediera,
el de las de ocupación definitiva.
Todos los interesados, así como las personas que
sean titulares de cualesquiera clases de derechos
e intereses sobre los bienes afectados, deberán
acudir, personalmente o representados por persona
debidamente autorizada, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad y el último recibo
de la contribución, pudiéndose acompañar, a su
costa, de sus Peritos y un Notario, si lo estiman
oportuno.
El levantamiento de actas tendrá lugar el día 25
de mayo de 1998, en el Ayuntamiento de Pazos
de Borbén, a partir de las diez horas.
El orden de levantamiento de actas se comunicará
a cada interesado mediante la oportuna cédula de
citación, figurando la relación de titulares
convocados en el tablón de edictos del Ayuntamiento
señalado.
Es de significar que esta publicación se realiza
igualmente a los efectos que determina el artículo
59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
En el expediente expropiatorio, "Enagás, Sociedad
Anónima", asumirá la condición de beneficiaria.
A Coruña, 4 de mayo de 1998.-El Delegado del
Gobierno, Juan Miguel Diz Guedez.-25.029.
Anexo
Relación que se cita con expresión de número de finca, titular, datos catastrales (polígono y parcela)
y naturaleza
Término municipal de Pazos de Borbén
Afección Catastro Citación
Finca número Titular y domicilio Lng. O. Tem.
- - Políg. Parcela
M.L. m 2
PO-PB-214-LE V Desconocido. 27 340 26 1.185 Monte alto. Mayo. 25 10
PO-PB-215-LE V Desconocido. 13 196 26 1.184 Monte alto. Mayo. 25 10
PO-PB-218-LE V Desconocido. 84 26 7 1.181 Monte alto. Mayo. 25 10
PO-PB-231-LE V Desconocido. 60 26 0 Monte 168 bajo. Mayo. 25 10
PO-PB-248-LE V Desconocido. 11 132 24 Monte 143 bajo. Mayo. 25 10
PO-PB-255-LE V Desconocido. 60 24 5 Monte 157 bajo. Mayo. 25 10
PO-PB-257-LE V Desconocido. 120 10 24 Monte 161 bajo. Mayo. 25 10
COMUNIDAD AUTÓNOMA VALENCIANA
Resolución por la que se convoca el levantamiento
de actas previas a la ocupación de las fincas
afectadas por el proyecto "Gasoducto Bañeres-Caudete",
en la provincia de Alicante
Con esta fecha, esta Delegación del Gobierno,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52
de la Ley de Expropiación Forzosa, ha convocado
los levantamientos de actas previas a la ocupación
de las fincas afectadas por el proyecto "Gasoducto
Bañeres-Caudete", en la provincia de Alicante, que
habrán de tener lugar en los Ayuntamientos donde
radican las fincas, los próximos días1y2dejunio
en Cañada;2y3dejunio en Campo de Mirra;
3y4dejunio en Benejama; 5 de junio en Bañeres
de Mariola,y8y9dejunio en Villena.
De esta convocatoria se dará traslado a cada
interesado mediante la oportuna cédula de citación
individual, y mediante publicación en el "Boletín Oficial
de la Provincia de Alicante" y en los diarios "La
Verdad" y "El Mundo". En el expediente
expropiatorio, "Enagás, Sociedad Anónima", asumirá la
condición de beneficiaria.
Valencia, 7 de mayo de 1998.-El Delegado del
Gobierno, Carlos González Cepeda.-26.859.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CATALUÑA
Departamento de Industria,
Comercio y Turismo
Dirección General de Energía
Resolución por la que se otorga a la empresa "Gas
Natural SDG, Sociedad Anónima", la autorización
administrativa y la aprobación del proyecto de
construcción de las instalaciones de conducción y
suministro de gas natural a la planta depuradora de
aguas de Sabadell
La empresa "Gas Natural SDG, Sociedad
Anónima", con domicilio social en Barcelona, avenida
Portal de l'Àngel, números 20-22, en aplicación de
lo que prevén los capítulos 3 de la Ley 10/1987,
de 15 de junio, de Disposiciones Básicas para un
Desarrollo Coordinado de Actuaciones en Materia
de Combustibles Gaseosos, y 2 del Reglamento
General del Servicio Público de Gases
Combustibles, aprobado por Decreto 2913/1973, de 26 de
octubre, solicitó, en fecha 9 de julio de 1997, la
autorización administrativa y la aprobación del
proyecto de construcción de las instalaciones de
conNaturaleza
Mes Día Hora
ducción y suministro de gas natural a la planta
depuradora de aguas de Sabadell.
Esta empresa es titular de la concesión
administrativa otorgada por la Orden de 10 de mayo de
1996 del Ministerio de Industria para la conducción
y distribución de gas natural a diferentes términos
municipales de Barcelona, que incluye, entre otros,
los de Sabadell y Sant Quirze del Vallès.
La citada empresa ha presentado el
correspondiente proyecto, en el cual se definen las
instalaciones necesarias para la realización de la
conducción y suministro de gas natural a la planta
depuradora de aguas de Sabadell.
Términos municipales afectados: Sabadell y Sant
Quirze del Vallès.
Características principales de la instalación:
Longitud: 1.903 metros.
Diámetro: 3''.
Grosor: 3,20 milímetros.
Material: Acero al carbono API-5L-GrB.
Presión máxima de servicio efectiva: 16 bares.
Caudal nominal: 200 Nm 3 /h.
Origen: La conducción tiene su origen en la red
existente de AP-16 bares en la calle Ramón Turro i
Darder, esquina con la calle de Marià Cubi i Soler,
en el término municipal de Sant Quirze del Vallès,
de acuerdo con el plano 41.166-P-01.
Final: En el punto de conexión a la planta
depuradora de aguas de Sabadell en este término
municipal, de acuerdo con el plano 41.166-P-05-A.
Sistema de protección catódica: La conducción
objeto de esta instalación se protegerá mediante un
sistema de protección catódica con inyección de
corriente eléctrica procedente de la red en la cual
se efectúa la conexión.
Presupuesto total: 16.175.864 pesetas.
Esta solicitud de autorización administrativa ha
sido sometida a un período de información pública
mediante el anuncio publicado en el "Diario Oficial
de la Generalidad de Cataluña" número 2.503, en
el "Boletín Oficial del Estado" número 255 y en
los diarios "Avui", "La Vanguardia" y "Diari de
Sabadell", todos de fecha 24 de octubre de 1997.
Paralelamente, se remitieron las correspondientes
separatas del proyecto a los Ayuntamientos
afectados de Sant Quirze del Vallès y Sabadell y al
conjunto de organismos afectados.
Con respecto a los Ayuntamientos, el de Sabadell
ha solicitado una variación del trazado y el
Ayuntamiento de Sant Quirze del Vallès solicitó
información sobre la afectación a viales públicos.
Trasladadas las alegaciones a la empresa
peticionaria, ésta ha procedido a modificar el trazado, de
acuerdo con la solicitud del Ayuntamiento de
Sabadell, desde el vértice V-18 hasta la conexión a la
depuradora de aguas de Sabadell, de acuerdo con
los planos 41.166-P-02, versión 1; 41-166-P-03,
versión 1; 41.166-P-04-A y 41.166-P-05-A, que anulan
los del proyecto inicial. Asimismo, ha enviado al
Ayuntamiento de Sant Quirze del Vallès la
información pedida.
Otros organismos a los que se ha solicitado
informe lo han emitido favorable: El Servicio Territorial
de Barcelona de la Dirección General de Carreteras
y la Diputación de Barcelona, junto con una serie
de recomendaciones de tipo técnico que la empresa
peticionaria tendrá en cuenta durante la realización
de las obras de construcción de las instalaciones
y de acuerdo con la legislación vigente.
Dentro del período de información pública no
se han recibido alegaciones de los particulares,
propietarios de los bienes y derechos afectados.
La aceptación de la variante del trazado de la
conducción solicitada por el Ayuntamiento de
Sabadell conlleva la modificación de los bienes y
derechos afectados siguientes:
Término municipal de Sabadell:
Finca FN-B-SB-1. PO = 1; PA = 28; TD = AENA,
aeropuerto de Sabadell, carretera de Bellaterra, 0825
Sabadell; SO = 591,50; SP = 253,50; N = Mb.
Finca FN-B-SB-7. PO = 54.641; PA = 01;
TD = "Explotaciones Agrícolas Marçal, Sociedad
Limitada", apartado de correos 313, 08200 Sabadell;
SO = 420,00 y 4.844,00; SP = 180,00 y 2.076,00;
N = Ind. y Er.
Término municipal de Sant Quirze del Vallès:
Finca FN-B-SQ-2: PO = 3; PA = 30; TD = AENA,
aeropuerto de Sabadell, carretera de Bellaterra,
08205 Sabadell; SO = 534,00, 297,50 y 22,50;
SP = 267,00, 126,15 y 30,00; N = Cno, Lr y Er.
Fincas desafectadas:
Término municipal de Sabadell:
Finca FN-B-SB-8. Titular: Vial, Ayuntamiento de
Sabadell, plaza Sant Roc, 1, 08200 Sabadell.
Finca FN-B-SB-9. Titular: Departamento de
Aguas del Ayuntamiento de Sabadell, plaza Sant
Roc, 1, 08200 Sabadell.
Una vez cumplidos los trámites administrativos
previstos en la Ley 10/1987, de 15 de junio; el
Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, por el que
se aprueba el Reglamento General del Servicio
Público de Gases Combustibles; el Decreto 1775/1967,
de 22 de julio, sobre régimen de instalación,
ampliación y traslado de industrias; la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y la Ley 13/1989, de 14 de
diciembre, de Organización, Procedimiento y
Régimen Jurídico de la Administración de la Generalidad
de Cataluña,
Resuelvo otorgar a la empresa "Gas Natural SDG,
Sociedad Anónima", la autorización administrativa
y la aprobación del proyecto de ejecución de las
obras de las instalaciones de conducción y
suministro de gas natural a la planta depuradora de aguas
de Sabadell.
Esta autorización administrativa, de acuerdo con
lo que establece el artículo 13 de la Ley 10/1987,
de 15 de junio, lleva implícita la declaración concreta
de utilidad pública y la necesidad de ocupación
urgente de los bienes y derechos afectados, a los
efectos que determina el artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
Los bienes y derechos afectados por esta
autorización administrativa son los que figuran en el
anuncio publicado en el "Diario Oficial de la
Generalidad de Cataluña" número 2.503, "Boletín Oficial
del Estado" número 255 y en los diarios "Avui",
"La Vanguardia" y "Diari de Sabadell", todos ellos
de fecha 24 de octubre de 1997, y expuesto en
los tablones de anuncios de los Ayuntamientos
afectados y de la Dirección General de Energía y Minas
en Barcelona y las modificaciones citadas.
Esta autorización administrativa se otorga
sometida a las condiciones generales que prevén la
Ley 10/1987, de 15 de junio; el Decreto 2913/1973,
de 26 de octubre; el Decreto 1775/1967, de 22
de julio, y bajo las condiciones especiales siguientes:
1. Las instalaciones objeto de esta autorización
administrativa se realizarán de acuerdo con las
especificaciones y los planos que figuran en el proyecto
presentado por la empresa concesionaria, el cual
ha servido de base para la tramitación del expediente
número 1012135/97, firmado por el señor Juan
Murcia Zodiaco, visado por el Colegio Oficial de
Ingenieros Técnicos Industriales de Barcelona en
fecha 4 de julio de 1997, con el número 19475-A,
y la modificación del proyecto con fecha 9 de febrero
de 1998 y el número 003327-A-A.
La constitución y el funcionamiento de estas
instalaciones se someten a lo que establecen la
Ley 13/1987, de 9 de julio, de Seguridad de las
Instalaciones Industriales; el Reglamento General
del Servicio Público de Gases Combustibles,
aprobado por el Decreto 2913/1973, de 26 de octubre;
el Reglamento de redes y acometidas de
combustibles gaseosos, aprobado por la Orden del
Ministerio de Industria y Energía de 18 de noviembre
de 1974, modificado por las Órdenes de 26 de
octubrede1983y6dejulio de 1984 y sus ITC-MIG;
el Decreto 120/1992, de 28 de abril ("Diario Oficial
de la Generalidad de Cataluña" número 1.606, de
12 de junio), por el que se regulan las características
que han de cumplir las protecciones a instalar entre
las redes de diferentes suministros públicos que
discurren por el subsuelo, y la Orden de 5 de julio
de 1993 ("Diario Oficial de la Generalidad de
Cataluña" número 1.782, de 11 de agosto), que lo
desarrolla, y otros reglamentos técnicos específicos
que le sean de aplicación y disposición de aplicación
general.
2. El peticionario deberá solicitar la autorización
administrativa correspondiente para realizar
cualquier modificación del proyecto aprobado.
3. El plazo para llevar a cabo las instalaciones
y su puesta en funcionamiento será de un año,
contado a partir de la fecha de otorgamiento de la
presente autorización administrativa.
4. La Dirección General de Energía y Minas
podrá realizar, durante las obras y cuando se hayan
acabado, las comprobaciones y las pruebas que
considere necesarias en relación con el cumplimiento
de las condiciones de esta Resolución. Con esta
finalidad el peticionario comunicará a la Dirección
General de Energía y Minas la fecha de inicio de
las obras, la realización de las pruebas y cualquier
incidencia relevante.
5. Una vez ejecutadas las obras, la empresa
peticionaria solicitará de la Dirección General de
Energía y Minas el acta de puesta en servicio de las
instalaciones, adjuntando el certificado de dirección
y de finalización de obra firmado por el técnico
competente y visado por el colegio oficial
correspondiente, mediante el cual se acredite que las
instalaciones se ajustan al proyecto aprobadoyala
normativa aplicable. A este certificado se adjuntarán
las actas de pruebas y controles reglamentarios, todo
de acuerdo con lo que dispone la Resolución de
la Dirección General de Energía de 20 de agosto
de 1992 ("Diario Oficial de la Generalidad de
Cataluña" número 1656, de 14 de octubre).
6. Los cruces especiales y otras afectaciones de
los bienes de dominio público se harán de acuerdo
con las condiciones técnicas impuestas por los
organismos competentes afectados.
7. El peticionario asegurará la vigilancia y el
mantenimiento correctos de las instalaciones
durante la construcción y después de su puesta en
funcionamiento para garantizar que en todo momento
cumplen las condiciones reglamentarias de
seguridad.
8. De acuerdo con lo que prevé el capítulo 4
de la Ley 10/1987, de 15 de junio, la autorización
administrativa de este proyecto comporta, con el
pago de la indemnización que corresponda y de
los perjuicios que se deriven de la rápida ocupación,
la imposición de las servidumbres y las limitaciones
de dominio siguientes:
a) Servidumbre perpetua de paso en una franja
de terreno de 3 metros de ancho por cuyo eje irán
bajo tierra las canalizaciones a una profundidad
mínima de 1 metro, junto con los elementos y
accesorios que éstas requieran. El límite de esta franja
quedará definido a 1,5 metros a un lado y a otro
de los ejes de los trazados de las canalizaciones
citadas y dentro de los límites de ocupación
temporal. Estas franjas de servidumbre perpetua de paso
se utilizarán para la vigilancia y el mantenimiento
de las canalizaciones, para lo que se dispondrá de
libre acceso del personal, elementos y medios
necesarios. Se deberán pagar los daños que se ocasionen
en cada uno de los casos en que se tenga que
intervenir.
b) Servidumbre de ocupación temporal durante
el período de ejecución de las obras en una franja
o pista de donde se harán desaparecer todo tipo
de obstáculos, cuya anchura máxima será de 10
metros, con el pago de los daños que se ocasionen
en cada caso.
c) La prohibición de plantar árboles y arbustos
de tallo alto y de hacer movimientos de tierras en
la franja a que hace referencia el apartado a).
d) La prohibición de efectuar trabajos de arada,
cava u otros similares a una profundidad superior
de 50 centímetros en la franja a que hace referencia
el apartado a).
e) No se permitirá levantar edificaciones o
construcciones de ningún tipo, aunque tengan carácter
provisional o temporal, ni variar la cota de terreno,
ni efectuar ningún acto que pueda dañar o perturbar
el buen funcionamiento, la vigilancia, la
conservación, las reparaciones y las sustituciones necesarias,
en su caso, de las canalizaciones y de los elementos
anexos, a una distancia inferior a 1,5 metros a ambos
lados del eje del trazado de las canalizaciones.
f) Todo lo que se ha indicado en los apartados
anteriores no será aplicable a los bienes de dominio
público.
Al efecto del cumplimiento de lo que establece
esta condición octava, la empresa "Gas Natural
SDG, Sociedad Anónima", antes del montaje de
las instalaciones y de su puesta en servicio recogerá
las servidumbres y las limitaciones de dominio
citadas en los convenios y acuerdos y estará obligada
a la vigilancia de su cumplimiento y, si es
necesario, a la notificación de los presuntos
incumplimientos a la Dirección General de Energía y Minas.
9. Esta autorización quedará sin efecto por
cualquiera de las causas señaladas en el artículo 34
del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, por
incumplimiento de las condiciones estipuladas, por
facilitar datos inexactos, por la extinción de las
concesiones de las que dimana y por cualquier otra
causa excepcional que lo justifique.
10. La presente autorización administrativa se
otorga sin perjuicio de terceros y con independencia
de las autorizaciones, licencias y demás permisos
de competencia municipal, provincial u otros que
sean necesarios para la realización de las
instalaciones autorizadas.
Contra esta Resolución, que no agota la vía
administrativa, se puede interponer recurso ordinario ante
el Director general de Energía y Minas, en el plazo
de un mes a contar desde la fecha de su publicación.
Barcelona, 21 de abril de 1998.-El Jefe de la
Sección de Gas Canalizado, Jaume Farré i
Solsona.-25.708-16.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
VALENCIANA
Consejería de Empleo, Industria
y Comercio
Dirección General de Industria y Energía
Resolución por la que se autoriza la línea eléctrica
aérea a 132 kV, doble circuito, derivación a Catadau
de la de Urrutia-Torrente y se declara en concreto
su utilidad pública
Visto el expediente incoado por el Servicio
Territorial de Industria y Energía de Valencia, a instancia
de "Iberdrola, Sociedad Anónima" relativo a la
autorización de la línea eléctrica aérea a 132 kV, doble
circuito, derivación a Catadau de la de
Urrutia-Torrente y la declaración en concreto de su
utilidad pública;
Considerando que la solicitud de autorización
indicada ha seguido la tramitación establecida en
el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre
autorización de instalaciones eléctricas; Decreto
2619/1966, de esa misma fecha, sobre expropiación
forzosa en materia de instalaciones eléctricas;
Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de ordenación
del Sistema Eléctrico Nacional; Decreto 162/1990,
de 15 de octubre, del Consejo de la Generalidad
Valenciana, por el que se aprueba el Reglamento
de Impacto Ambiental y la Ley 2/1989, de 3 de
marzo, de la Generalidad Valenciana, sobre impacto
ambiental;
Considerando que, con fecha 19 de diciembre
de 1997, la Consejería de Medio Ambiente formuló
declaración de impacto ambiental en la que estima
aceptable, a los solos efectos medioambientales y
sin perjuicio de la previa obtención de las
autorizaciones sectoriales que les sean de aplicación,
el proyecto de línea aérea de transporte de energía
eléctrica a 132 kV en los términos municipales de
Catadau, Llombai y Real de Montroi (Valencia),
cuyo promotor es "Iberdrola, Sociedad Anónima",
atendiendo a lo dispuesto en el estudio de impacto
ambiental, al cumplimiento de las medidas
correctoras propuestas en el mismo y siempre que se
cumplan las condiciones que se recogen en la parte
dispositiva de la presente Resolución;
Considerando que la finalidad que se persigue
con el establecimiento de la línea es la mejora del
suministro de energía eléctrica en la zona;
Visto el informe favorable, de fecha 20 de febrero
de 1998, emitido por el Servicio Territorial de
Industria y Energía de Valencia,
Esta Dirección General de Industria y Energía
resuelve:
Primero.-Autorizar a "Iberdrola, Sociedad
Anónima" la línea eléctrica aérea a 132 kV, doble
circuito, derivación a Catadau de la de
Urrutia-Torrente, cuyas características principales son las
siguientes:
Tensión: 132 kV.
Origen: ST de Catadau.
Final: L./Urrutia-Torrente.
Longitud: 11.767,5 metros.
Apoyos estructura metálica.
Conductor: Doble circuito de aluminio-acero 381
milímetros cuadrados de sección total (Al 337,3
mm 2 + Ac 43,7 mm 2 ).
Cable de tierra tipo Ac-50 y OPGW-14.
Aislamiento cadena 10 aisladores de vidrio, tipo
U100 BS.
Capacidad de transporte máxima 162 MVA.
Segundo.-Declarar en concreto la utilidad pública
de la instalación eléctrica que se autoriza a los
efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación
forzosa y sanciones en materia de instalaciones
eléctricas y su Reglamento de aplicación según Decreto
2619/1966, de 20 de octubre.
Tercero.-Aprobar el proyecto de ejecución,
sometiéndolo a las siguientes condiciones:
1. ª Las obras deberán realizarse de acuerdo con
el proyecto presentado.
2. ª El plazo de puesta en marcha será de seis
meses, contados a partir de la notificación de la
presente Resolución.
3. ª El titular dará cuenta de la terminación de
las obras al Servicio Territorial de Industria y
Energía de Valencia a efectos de reconocimiento
definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.
4. ª La Administración dejará sin efecto la
presente Resolución en cualquier momento en que
observe el incumplimiento de las condiciones
impuestas en ellas.
5. ª Condiciones de orden medioambiental:
Para el trazado de la línea se considera viable
la alternativa II, modificado a su paso por el monte
Matamón, desde el punto 20 al 26 según el plano
de planta general de proyecto, donde deberá
desplazarse hacia el norte del barranco denominado
Río Seco, apoyándose en caminos o zonas agrícolas
existentes, y aproximándose en este tramo a la
alternativa I.
Se procederá a señalizar los hilos de tierra en
los tramos en los que la línea cruce o pase cerca
de zonas de barrancos, collados o áreas abiertas
de matorral. Se utilizarán elementos salvapájaros
situados cada 10 metros en cada hilo, de forma
que en el recorrido de la línea se observe un
elemento cada 5 metros. Estos salvapájaros contarán
además con bandas luminiscentes que los hagan
visibles para las rapaces nocturnas.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la
vía administrativa, podrá interponerse recurso
ordinario ante el Consejero de Empleo, Industria y
Comercio, en el plazo de un mes contado, a partir
del día de la notificación de la presente, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 en
relación con el 48 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Valencia, 27 de abril de 1998.-El Director
general, José Luis Ramírez Sorribes.-26.864-15.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Diputaciones Provinciales
CÁCERES
Expropiación forzosa urgente de los bienes afectados
por la obra C.V. Hoyos-Perales, número 12/137/97
Por resolución presidencial de 30 de abril de 1998
se señala el próximo día 5 de junio, a partir de
las once horas, para el levantamiento de las actas
previas a la urgente ocupación de los bienes, en
el Ayuntamiento de Hoyos, afectando a dos parcelas
que se relacionan en la citada resolución,
pertenecientes a don Salvador Navarro Marín.
Lo que se publica para los efectos de lo establecido
en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Cáceres, 4 de mayo de 1998.-La
Presidenta.-26.917.
Ayuntamientos
CIUDAD REAL
Resolución sobre modificación del PGOU
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 23 de
abril de 1998 acordó aprobar, inicialmente, la
modificación puntual del PGOU, para retranquear la
parcela catastral número 9856003, con fachada a calle
Ramón y Cajal, eliminando un saliente.
Durante el plazo de un mes se podrán presentar
alegaciones, pudiéndose examinar el expediente en
la Gerencia de Urbanismo.
Ciudad Real, 28 de abril de 1998.-El Alcalde,
Francisco Gil-Ortega Rincón.-25.452.
SANTA POLA (ALICANTE)
Edicto
Por Decreto de la Alcaldía, de fecha 12 de mayo
de 1998 se resuelve convocar el levantamiento de
actas previas a la ocupación de la finca afectada
por la ejecución del proyecto de la ronda norte
de Santa Pola.
Por acuerdo de 21 de abril de 1998, del Gobierno
Valenciano ("Diario Oficial de la Generalidad
Valenciana de 8 de mayo) se ha declarado de urgente
ocupación los bienes y derechos sujetos a expediente
de expropiación forzosa, instruido por el
Ayuntamiento de Santa Pola, para la ejecución del proyecto
de ronda norte, siendo la relación de bienes
afectados la siguiente:
Titular: "Gestiones y Desarrollos Patrimoniales,
Sociedad Anónima".
Referencia catastral: Parcela 48, polígono 2.
Superficie: 8.963,87 metros cuadrados.
Identificación material según proyecto aprobado
por la CTU: Parcela 48, polígono 2, clave 8.
Clasificación del suelo: No urbanizable.
En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,
se convoca a los titulares de bienes y derechos
afectados para que comparezcan en el Ayuntamiento
de Santa Pola, segunda planta, salón de sesiones,
para que de conformidad con el procedimiento que
establece el citado artículo, llevar a cabo el
levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si
procediera, el de las de ocupación definitiva, previo
pago o depósito.
Todos los interesados, así como las personas que
sean titulares de cualesquiera clases de derechos
o de intereses sobre los bienes afectados, deberán
acudir personalmente o representados por persona
debidamente autorizada, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad y el último recibo
del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza
Rústica, pudiéndose acompañar de sus Peritos y
un Notario, si lo estiman oportuno, con gastos a
su costa.
Los levantamientos tendrán lugar el día 8 de junio
de 1998 en el Ayuntamiento a las diez horas en
primera convocatoria.
De esta convocatoria se dará traslado al interesado
mediante la oportuna cédula de citación individual.
Esta publicación se realiza, igualmente, a los efectos
que determine el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en
los casos de titulares de derechos o intereses que
fueran desconocidos.
Santa Pola, 13 de mayo de 1998.-El Alcalde,
Pascual T. Orts Antón.-El Secretario, Esteban
Capdepón Fernández.-26.918.
UNIVERSIDADES
BARCELONA
Facultad de Farmacia
Extraviado el título de Licenciada en Farmacia
de doña Ana María Ridaura Tomás, expedido el
9 de julio de 1966, respectivamente, se publica en
cumplimiento de la Orden de 9 de septiembre
de 1974 para tramitar duplicado del mismo.
Barcelona, 7 de abril de 1998.-El Secretario,
Cèsar Blanché i Vergès.-25.745.
BARCELONA
Facultad de Filosofía
En cumplimiento de las disposiciones
reglamentarias, se hace pública la incoación en esta Facultad
del expediente para nuevo Título de Licenciado en
Filosofía y Ciencias de la Educación, Sección
Filosofía, por extravío del original a favor de Luis
Caparrós Escánez, que le fue expedido con fecha
13 de junio de 1985. Lo que se publica a los efectos
de las posibles reclamaciones acerca del referido
título extraviado.
Barcelona, 5 de mayo de 1998.-El Secretario,
Antoni Prevosti Monclús.-25.474.
GRANADA
Facultad de Ciencias de la Educación
Habiendo sufrido extravío el título de Diplomada
en Profesorado de Educación General Básica de
doña María Ángeles Torres Román, expedido por
el Ministerio de Educación y Ciencia el día 29 de
febrero de 1980, registrado en el folio 11,
número 260 del libro correspondiente de esta Facultad,
se hace público por término de treinta días para
oír reclamaciones, en cumplimiento de lo dispuesto
en la Orden de 9 de septiembre de 1974.
Granada, 27 de abril de 1998.-El Decano,
Antonio Romero López.-25.684.
SALAMANCA
Facultad de Medicina
A efectos de la Orden de 8 de julio de 1998,
se anuncia el extravío del Título de Licenciado en
Medicina y Cirugía de don Agustín Fernández
Palomero, expedido el 21 de octubre de 1997.
Salamanca, 7 de mayo de 1998.-La Secretaria,
Elisa Muñoz Torres.-25.465.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid