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Documento BOE-B-1998-34094

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Publicado en:
«BOE» núm. 121, de 21 de mayo de 1998, páginas 8088 a 8092 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Referencia:
BOE-B-1998-34094

TEXTO

MINISTERIO DE JUSTICIA

Subsecretaría

Gabinete Técnico

Edicto

Don Mario Gutiérrez Fernández-Cavada ha

solicitado la sucesión en el título de Marqués de

Castrofuerte, vacante por fallecimiento de su madre,

doña Ernestina Fernández-Cavada Jalón, lo que se

anuncia por el plazo de treinta días, contados a

partir de la publicación de este edicto, a los efectos

del artículo 6. º del Real Decreto de 27 de mayo

de 1912, en su redacción dada por el 222/1988,

de 11 de marzo, para que puedan solicitar lo

conveniente los que se consideren con derecho al

referido título.

Madrid, 5 de mayo de 1998.-Por la Unidad, el

Consejero técnico, Antonio Luque García.-26.793.

MINISTERIO

DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Análisis

y Programación Presupuestaria

Edicto por el que se comunica la iniciación de

expedientes de incumplimiento, así como acuerdos de

declaración de incumplimiento de condiciones

De conformidad con lo dispuesto en el artículo

59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, la Dirección General de

Análisis y Programación Presupuestaria notifica a

los interesados que a continuación se relacionan,

todos ellos titulares de expedientes de beneficios

o de incentivos regionales, las comunicaciones que

han resultado infructuosas en los domicilios que

figuran en los correspondientes expedientes, como

consecuencia de inicios de procedimiento de

incumplimiento de condiciones de la Resolución

Individual de Concesión.

Inicios de expedientes de incumplimiento

Titular: "Pavimentos del Duero, Sociedad

Cooperativa Limitada". Número de expediente:

VA/125/CL (A.I. 185/96). Fecha de inicio del

expediente de incumplimiento: 3 de abril de 1998. Fecha

de resolución individual: 22 de noviembre de 1982.

Condiciones incumplidas: Empleo, inversión.

Titular: "Cubas y Cisternas La Mancha,

Sociedad Anónima". Número de expediente:

CR/126/CM (A.I. 401/96). Fecha de inicio del

expediente de incumplimiento: 3 de abril de 1998.

Fecha resolución individual: 30 de noviembre de

1987. Condiciones incumplidas: Empleo, inversión,

acreditación obligaciones fiscales y con la Seguridad

Social.

Titular: Don Jesús Gutiérrez Alonso. Número de

expediente: LE/280/CL (A.I. 497/96). Fecha de

inicio del expediente de incumplimiento: 16 de abril

de 1998. Fecha de resolución individual: 29 de enero

de 1988. Condiciones incumplidas: Empleo,

inversión, acreditación obligaciones fiscales y con la

Seguridad Social.

Titular: "Arenas y Gravas, Sociedad Limitada".

Número de expediente: AG/575 (A.I. 135/97).

Fecha de inicio del expediente de incumplimiento:

3 de abril de 1998. Fecha de resolución individual:

28 de febrero de 1980. Condiciones incumplidas:

Empleo, inversión.

Titular: "Vasco Galaica, Sociedad Anónima".

Número de expediente: AG/643 (A.I. 146/97).

Fecha de inicio del expediente de incumplimiento:

2 de febrero de 1998. Fecha de resolución

individual: 21 de abril de 1980. Condiciones

incumplidas: Empleo, inversión.

Titular: "Mengar, Sociedad Limitada". Número

de expediente: AG/665 (A.I. 151/97). Fecha de

inicio del expediente de incumplimiento: 2 de febrero

de 1998. Fecha de resolución individual: 29 de

septiembre de 1980. Condiciones incumplidas: Empleo,

inversión.

Titular: "Novoa Cisneros, Sociedad Anónima".

Número de expediente: AG/753 (A.I. 161/97).

Fecha de inicio del expediente de incumplimiento:

16 de abril de 1998. Fecha de resolución individual:

9 de febrero de 1981. Condiciones incumplidas:

Empleo, inversión.

Titular: Sociedad Cooperativa Limitada del

Campo Terra Cha. Número de expediente: AG/904

(A.I. 199/97). Fecha de inicio del expediente de

incumplimiento: 15 de diciembre de 1997. Fecha

de resolución individual: 15 de octubre de 1981.

Condiciones incumplidas: Empleo, inversión,

acreditación obligaciones fiscales y con la Seguridad

Social.

Titular: "Maderas Moledo, Sociedad Limitada".

Número de expediente: AG/958 (A.I. 228/97).

Fecha de inicio del expediente de incumplimiento:

18 de marzo de 1998. Fecha de resolución

individual: 15 de octubre de 1981. Condiciones

incumplidas: Empleo, inversión.

Titular: "Carpintería La Barquera, Sociedad

Anónima". Número de expediente: AG/977 (A.I. 234/97).

Fecha de inicio del expediente de incumplimiento:

24 de abril de 1998. Fecha de resolución individual:

25 de enero de 1983. Condiciones incumplidas:

Empleo, inversión.

Titular: Don Enrique Domínguez Agulleiro.

Número de expediente: AG/999 (A.I. 238/97).

Fecha de inicio del expediente de incumplimiento:

18 de marzo de 1998. Fecha de resolución

individual: 10 de mayo de 1982. Condiciones

incumplidas: Empleo, inversión.

Titular: S. A. T. Visones del Eume. Número de

expediente: AG/1690 (A.I. 249/97). Fecha de inicio

del expediente de incumplimiento: 19 de marzo de

1998. Fecha de resolución individual: 20 de

septiembre de 1984. Condiciones incumplidas: Empleo,

inversión.

Titular: "Agaiva, Sociedad Limitada". Número de

expediente: AG/1944 (A.I. 250/97). Fecha de inicio

del expediente de incumplimiento: 24 de abril de

1998. Fecha de resolución individual: 13 de

septiembre de 1986. Condiciones incumplidas: Empleo,

inversión.

Titular: "Cauchos Andalucía, Sociedad Anónima"

(ANCUSA). Número de expediente: MA/5/AA

(A.I. 298/97). Fecha de inicio del expediente de

incumplimiento: 25 de marzo de 1998. Fecha de

resolución individual: 18 de julio de 1978.

Condiciones incumplidas: Empleo, inversión,

acreditación obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.

Titular: "Corchera Sierra Norte, Sociedad

Anónima". Número de expediente: SE/814/AA

(A.I. 442/97). Fecha de inicio del expediente de

incumplimiento: 20 de marzo de 1998. Fecha de

resolución individual: 17 de febrero de 1987.

Condiciones incumplidas: Acreditación obligaciones

fiscales y con la Seguridad Social.

Titular: Don José Muñoz Alba. Número de

expediente: MA/133/AA (A.I. 23/98). Fecha de inicio

del expediente de incumplimiento: 16 de abril de

1998. Fecha de resolución individual: 22 de junio

de 1982. Condiciones incumplidas: Empleo,

inversión.

Titular: "Industrial Commodities Supply,

Sociedad Anónima". Número de expediente: SG/442/CL

(A.I. 29/98). Fecha de inicio del expediente de

incumplimiento: 25 de marzo de 1998. Fecha de

resolución individual: 14 de julio de 1987.

Condiciones incumplidas: Empleo, inversión.

Titular: "Inacol, Sociedad Anónima". Número de

expediente: MA/94/AA (A.I. 33/98). Fecha de

inicio del expediente de incumplimiento: 16 de abril

de 1998. Fecha de resolución individual: 9 de marzo

de 1981. Condiciones incumplidas: Empleo, carece

de acta de funcionamiento.

Asimismo, se comunica a las empresas citadas

anteriormente que los expedientes están a su

disposición en la Dirección General de Análisis y

Programación Presupuestaria, paseo de la

Castellana, 147, planta 11, previa petición de hora al

teléfono (91) 571 34 76, de lunes a viernes, de nueve

a catorce horas, y se le concede un plazo de quince

días para que alegue y presente los documentos

y justificantes que estime pertinentes a su derecho.

Madrid, 6 de mayo de 1998.-El Subdirector

general de Inspección y Control, David Baldominos

Agraz.-25.804-E.

Agencia Estatal de Administración

Tributaria

HUELVA

Anuncio de subasta

Habiendo sido dictada providencia de venta en

pública subasta del bien embargado a la entidad

Junta de Compensación Islantilla, código de

identificación fiscal G21114707, domiciliada en

carretera La Antilla-Isla Cristina, sin número, de Isla

Cristina, por causa de deudas a la Hacienda Pública,

conforme a lo previsto en el artículo 146 del

Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real

Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre ("Boletín

Oficial del Estado" de 3 de enero de 1991), se

procede al anuncio de la misma, de acuerdo con

las siguientes bases:

Primera.-La venta del bien que más adelante se

dirá tendrá lugar a las once horas del día 2 de

septiembre de 1998, en el salón de actos de la

Delegación de la Agencia Tributaria en Huelva, en

primera licitación, pudiendo acordar la Mesa la

celebración de una segunda, así como la adjudicación

directa cuando el bien no haya sido adjudicado en

una y otra.

Segunda.-Bien a subastar: Urbana, parcela de

terreno constituida por la unidad de ejecución

UET-14 del Plan Parcial Islantilla, término de Lepe;

con forma de polígono irregular de seis lados, con

una superficie de 4.631 metros cuadrados. Inscrita

al tomo 917, libro 296 de Lepe, folio 81, finca

registral número 18.405, inscripción primera,

Registro de la Propiedad de Ayamonte. Derechos del

deudor: Pleno dominio. Tipo para la subasta:

78.222.350 pesetas. Cargas preferentes: 0 pesetas.

Tercera.-El tramo a que habrán de ajustarse las

posturas en cada una de las licitaciones, en su caso,

será: Tipo de más de diez millones, 250.000 pesetas.

Cuarta.-Los licitadores habrán de conformarse

con los títulos de propiedad que consten en el

expediente, sin que puedan exigir otros.

Quinta.-Todo licitador habrá de constituir, previo

al inicio de la subasta, un depósito de garantía ante

la Mesa, que será, al menos, del 20 por 100 del

tipo en que vaya a licitar. El importe de la garantía

se ingresará en firme en el Tesoro Público, si el

rematante no ingresa el resto del precio del remate

en el mismo acto de la subasta, o en el plazo de

cinco días siguientes.

Sexta.-Para que la Mesa admita ofertas en sobre

cerrado, éstas deberán ajustarse a lo previsto en

el apartado 3 del artículo 147 del Reglamento

General de Recaudación.

Séptima.-La subasta, que ahora se anuncia, se

podrá suspender en cualquier momento anterior a

la adjudicación del bien, si se hace el pago de la

deuda, recargos, intereses y costas del procedimiento.

Este anuncio servirá de notificación de la

providencia de venta en pública subasta del bien

descrito anteriormente, en el caso de haber resultado

desconocidos al deudor, poseedores, depositarios y

acreedores hipotecarios y pignoraticios.

Huelva, 29 de abril de 1998.-El Jefe de la

Dependencia de Recaudación, Manuel Leandro

Serrano.-25.722.

MINISTERIO DE FOMENTO

Demarcaciones de Carreteras

GALICIA

Anuncio de información pública sobre el

levantamiento de actas previas a la ocupación de bienes

o derechos afectados por las obras del proyecto:

13-LC-2310 "Modificación número 1 del proyecto

de construcción CN-634 de San Sebastián

a Santiago, puntos kilométricos 710,000 al 720,500.

Acceso noroeste a Santiago. Tramo:

AeropuertoSantiago". Término municipal: Santiago de Compostela.

Provincia de A Coruña

Por Resolución de la Dirección General de

Carreteras de fecha 23 de enero de 1998, ha sido aprobado

el proyecto: 13-LC-2310 "Modificación número 1

del proyecto de construcción CN-634 de San

Sebastián a Santiago, puntos kilométricos 710,000 al

720,500. Acceso noroeste a Santiago. Tramo:

Aeropuerto-Santiago", lo que implica la declaración de

utilidad pública y la necesidad de ocupación de los

bienes o derechos afectados por las obras a los

fines de expropiación forzosa, a tenor de lo dispuesto

en el artículo 8 de la Ley de Carreteras 25/1988,

de 29 de julio, habiéndose ordenado, asimismo, la

incoación del expediente de expropiación de los

terrenos necesarios para la ejecución de las obras.

En consecuencia, y teniendo en cuenta que por

Ley 42/1994, de 30 de diciembre ("Boletín Oficial

del Estado" del 31), se declara la urgente ocupación

de los bienes afectados de expropiación forzosa

como consecuencia de la ejecución de las obras

comprendidas en el Programa de Actuaciones

Prioritarias en Carreteras 1993-1995, es de aplicación,

a los efectos expresados, lo dispuesto en los artículos

52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de

diciembre de 1954 y 56 y siguientes de su

Reglamento de 26 de abril de 1957, entendiéndose

cumplido el trámite de declaración de necesidad de la

ocupación de los bienes que hayan de ser

expropiados. En su virtud, y en cumplimiento de lo

establecido en los artículos 52 de la Ley de Expropiación

Forzosa y concordantes del Reglamento para su

aplicación, esta Demarcación de Carreteras, en uso

de las facultades que le confiere la Orden de la

Presidencia del Gobierno de 7 de febrero de 1986,

en relación con el Real Decreto 821/1980, de 18

de abril, ha resuelto señalar la fecha para proceder

al levantamiento de las actas previas a la ocupación,

a cuyo efecto se convoca a los propietarios y titulares

de derechos de las fincas afectadas por las obras,

para que en el lugar, días y horas que se relacionan

a continuación, comparezcan para que se efectúe

el levantamiento de las actas previas a la ocupación,

que habrá de recoger los datos necesarios para la

valoración previa y oportuno justiprecio de los

mismos, sin perjuicio de trasladarse al lugar de las fincas

si se considera necesario:

Ayuntamiento de Santiago de Compostela. Lugar:

Oficina del Ministerio de Fomento. Rúa del

Baliño, 33 (Santiago).

Día 8 de junio de 1998, desde las diez hasta

las trece horas. Fincas afectadas: Entre la 0650 y

la 0690.

Día 9 de junio de 1998, desde las diez hasta

las doce horas. Fincas afectadas: Entre la 0691 y

la 0805.

La relación de propietarios y titulares de derechos

de las fincas que resultan afectadas, estará expuesta

con una antelación mínima de quince días a la fecha

del levantamiento de las actas previas a la ocupación,

en el tablón de edictos del Ayuntamiento de

Santiago.

A dicho acto, que será notificado individualmente

por correo certificado a los titulares afectados,

deberán asistir personalmente o bien representados por

personas debidamente autorizadas para actuar en

su nombre, aportando los documentos acreditativos

de su titularidad y el último recibo de la

contribución, pudiendo hacerse acompañar, a su costa,

si lo estiman oportuno, de sus Peritos y Notarios.

Asimismo, en previsión de la aplicación del artículo

56 del Reglamento de Expropiación Forzosa y en

cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.2

de la citada Ley, se abre información pública durante

un plazo de quince días, y en todo caso, hasta el

momento del levantamiento de actas previas a la

ocupación correspondiente, a fin de que los

interesados, así como las personas que siendo titulares

de derechos reales o intereses económicos que se

hayan podido omitir en la relación que estará

expuesta en el tablón de edictos del Ayuntamiento de

Santiago, puedan presentar, por escrito, ante esta

Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia,

calle Concepción Arenal, 1, primero, A Coruña,

cuantas alegaciones estimen oportunas, solamente

a efectos de subsanar los posibles errores que se

hayan podido padecer al relacionar los bienes o

derechos que se afectan.

La relación de bienes afectados se halla expuesta,

asimismo, en esta Demarcación de Carreteras del

Estado en Galicia, así como el plano parcelario

correspondiente.

A Coruña, 6 de mayo de 1998.-El Ingeniero Jefe

(P. D. firma), el Jefe del Servicio de Actuación

Administrativa, Alberto de Blas Martín.-26.925.

MINISTERIO

DE ADMINISTRACIONES

PÚBLICAS

Delegaciones del Gobierno

CASTILLA-LA MANCHA

Resolución por la que se convoca el levantamiento

de actas previas a la ocupación de las fincas

afectadas por el proyecto "Gasoducto Bañeres-Caudete",

en la provincia de Albacete

Con esta fecha, esta Delegación del Gobierno,

en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52

de la Ley de Expropiación Forzosa, ha convocado

los levantamientos de actas previas a la ocupación

de las fincas afectadas por el proyecto "Gasoducto

Bañeres-Caudete", en la provincia de Albacete, que

habrán de tener lugar en el Ayuntamiento donde

radican las fincas, el día 9 de junio de 1998, en

Caudete.

De esta convocatoria se dará traslado a cada

interesado, mediante la oportuna cédula de citación

individual y mediante publicación en el "Boletín Oficial

de la Provincia de Albacete" y en los diarios "La

Verdad" y "La Tribuna". En el expediente

expropiatorio, "Enagás, Sociedad Anónima", asumirá la

condición de beneficiaria.

Toledo, 11 de mayo de 1998.-El Delegado del

Gobierno, Carlos Moro Moreno.-26.858.

GALICIA

Resolución por la que se convoca el levantamiento

de actas previas a la ocupación de fincas afectadas

por la addenda V del gasoducto Villalba-Tuy, en

el tramo que discurre por la provincia de Pontevedra

Con fecha 23 de marzo de 1998 han sido

autorizadas por la Dirección General de la Energía del

Ministerio de Industria y Energía las instalaciones

correspondientes a la "Addenda V del gasoducto

Villalba-Tuy". Dicha aprobación, de acuerdo con

lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 10/1987,

de 15 de junio, de disposiciones básicas para un

desarrollo coordinado de actuaciones en materia de

combustibles gaseosos, lleva implícita la declaración

de necesidad de ocupación de los terrenos afectados.

Al propio tiempo, la declaración de utilidad pública

y urgencia en la ocupación viene determinada por

lo dispuesto en el artículo 10 de la precitada Ley.

En su virtud, esta Delegación del Gobierno, en

cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52 de

la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre

de 1954, ha resuelto convocar a los titulares de

los bienes y derechos afectados para que

comparezcan en el Ayuntamiento donde radican las fincas

afectadas, como punto de reunión, para, de

conformidad con el procedimiento que establece el

precitado artículo, llevar a cabo el levantamiento de

las actas previas a la ocupación y, si procediera,

el de las de ocupación definitiva.

Todos los interesados, así como las personas que

sean titulares de cualesquiera clases de derechos

e intereses sobre los bienes afectados, deberán

acudir, personalmente o representados por persona

debidamente autorizada, aportando los documentos

acreditativos de su titularidad y el último recibo

de la contribución, pudiéndose acompañar, a su

costa, de sus Peritos y un Notario, si lo estiman

oportuno.

El levantamiento de actas tendrá lugar el día 25

de mayo de 1998, en el Ayuntamiento de Pazos

de Borbén, a partir de las diez horas.

El orden de levantamiento de actas se comunicará

a cada interesado mediante la oportuna cédula de

citación, figurando la relación de titulares

convocados en el tablón de edictos del Ayuntamiento

señalado.

Es de significar que esta publicación se realiza

igualmente a los efectos que determina el artículo

59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

En el expediente expropiatorio, "Enagás, Sociedad

Anónima", asumirá la condición de beneficiaria.

A Coruña, 4 de mayo de 1998.-El Delegado del

Gobierno, Juan Miguel Diz Guedez.-25.029.

Anexo

Relación que se cita con expresión de número de finca, titular, datos catastrales (polígono y parcela)

y naturaleza

Término municipal de Pazos de Borbén

Afección Catastro Citación

Finca número Titular y domicilio Lng. O. Tem.

- - Políg. Parcela

M.L. m 2

PO-PB-214-LE V Desconocido. 27 340 26 1.185 Monte alto. Mayo. 25 10

PO-PB-215-LE V Desconocido. 13 196 26 1.184 Monte alto. Mayo. 25 10

PO-PB-218-LE V Desconocido. 84 26 7 1.181 Monte alto. Mayo. 25 10

PO-PB-231-LE V Desconocido. 60 26 0 Monte 168 bajo. Mayo. 25 10

PO-PB-248-LE V Desconocido. 11 132 24 Monte 143 bajo. Mayo. 25 10

PO-PB-255-LE V Desconocido. 60 24 5 Monte 157 bajo. Mayo. 25 10

PO-PB-257-LE V Desconocido. 120 10 24 Monte 161 bajo. Mayo. 25 10

COMUNIDAD AUTÓNOMA VALENCIANA

Resolución por la que se convoca el levantamiento

de actas previas a la ocupación de las fincas

afectadas por el proyecto "Gasoducto Bañeres-Caudete",

en la provincia de Alicante

Con esta fecha, esta Delegación del Gobierno,

en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52

de la Ley de Expropiación Forzosa, ha convocado

los levantamientos de actas previas a la ocupación

de las fincas afectadas por el proyecto "Gasoducto

Bañeres-Caudete", en la provincia de Alicante, que

habrán de tener lugar en los Ayuntamientos donde

radican las fincas, los próximos días1y2dejunio

en Cañada;2y3dejunio en Campo de Mirra;

3y4dejunio en Benejama; 5 de junio en Bañeres

de Mariola,y8y9dejunio en Villena.

De esta convocatoria se dará traslado a cada

interesado mediante la oportuna cédula de citación

individual, y mediante publicación en el "Boletín Oficial

de la Provincia de Alicante" y en los diarios "La

Verdad" y "El Mundo". En el expediente

expropiatorio, "Enagás, Sociedad Anónima", asumirá la

condición de beneficiaria.

Valencia, 7 de mayo de 1998.-El Delegado del

Gobierno, Carlos González Cepeda.-26.859.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE CATALUÑA

Departamento de Industria,

Comercio y Turismo

Dirección General de Energía

Resolución por la que se otorga a la empresa "Gas

Natural SDG, Sociedad Anónima", la autorización

administrativa y la aprobación del proyecto de

construcción de las instalaciones de conducción y

suministro de gas natural a la planta depuradora de

aguas de Sabadell

La empresa "Gas Natural SDG, Sociedad

Anónima", con domicilio social en Barcelona, avenida

Portal de l'Àngel, números 20-22, en aplicación de

lo que prevén los capítulos 3 de la Ley 10/1987,

de 15 de junio, de Disposiciones Básicas para un

Desarrollo Coordinado de Actuaciones en Materia

de Combustibles Gaseosos, y 2 del Reglamento

General del Servicio Público de Gases

Combustibles, aprobado por Decreto 2913/1973, de 26 de

octubre, solicitó, en fecha 9 de julio de 1997, la

autorización administrativa y la aprobación del

proyecto de construcción de las instalaciones de

conNaturaleza

Mes Día Hora

ducción y suministro de gas natural a la planta

depuradora de aguas de Sabadell.

Esta empresa es titular de la concesión

administrativa otorgada por la Orden de 10 de mayo de

1996 del Ministerio de Industria para la conducción

y distribución de gas natural a diferentes términos

municipales de Barcelona, que incluye, entre otros,

los de Sabadell y Sant Quirze del Vallès.

La citada empresa ha presentado el

correspondiente proyecto, en el cual se definen las

instalaciones necesarias para la realización de la

conducción y suministro de gas natural a la planta

depuradora de aguas de Sabadell.

Términos municipales afectados: Sabadell y Sant

Quirze del Vallès.

Características principales de la instalación:

Longitud: 1.903 metros.

Diámetro: 3''.

Grosor: 3,20 milímetros.

Material: Acero al carbono API-5L-GrB.

Presión máxima de servicio efectiva: 16 bares.

Caudal nominal: 200 Nm 3 /h.

Origen: La conducción tiene su origen en la red

existente de AP-16 bares en la calle Ramón Turro i

Darder, esquina con la calle de Marià Cubi i Soler,

en el término municipal de Sant Quirze del Vallès,

de acuerdo con el plano 41.166-P-01.

Final: En el punto de conexión a la planta

depuradora de aguas de Sabadell en este término

municipal, de acuerdo con el plano 41.166-P-05-A.

Sistema de protección catódica: La conducción

objeto de esta instalación se protegerá mediante un

sistema de protección catódica con inyección de

corriente eléctrica procedente de la red en la cual

se efectúa la conexión.

Presupuesto total: 16.175.864 pesetas.

Esta solicitud de autorización administrativa ha

sido sometida a un período de información pública

mediante el anuncio publicado en el "Diario Oficial

de la Generalidad de Cataluña" número 2.503, en

el "Boletín Oficial del Estado" número 255 y en

los diarios "Avui", "La Vanguardia" y "Diari de

Sabadell", todos de fecha 24 de octubre de 1997.

Paralelamente, se remitieron las correspondientes

separatas del proyecto a los Ayuntamientos

afectados de Sant Quirze del Vallès y Sabadell y al

conjunto de organismos afectados.

Con respecto a los Ayuntamientos, el de Sabadell

ha solicitado una variación del trazado y el

Ayuntamiento de Sant Quirze del Vallès solicitó

información sobre la afectación a viales públicos.

Trasladadas las alegaciones a la empresa

peticionaria, ésta ha procedido a modificar el trazado, de

acuerdo con la solicitud del Ayuntamiento de

Sabadell, desde el vértice V-18 hasta la conexión a la

depuradora de aguas de Sabadell, de acuerdo con

los planos 41.166-P-02, versión 1; 41-166-P-03,

versión 1; 41.166-P-04-A y 41.166-P-05-A, que anulan

los del proyecto inicial. Asimismo, ha enviado al

Ayuntamiento de Sant Quirze del Vallès la

información pedida.

Otros organismos a los que se ha solicitado

informe lo han emitido favorable: El Servicio Territorial

de Barcelona de la Dirección General de Carreteras

y la Diputación de Barcelona, junto con una serie

de recomendaciones de tipo técnico que la empresa

peticionaria tendrá en cuenta durante la realización

de las obras de construcción de las instalaciones

y de acuerdo con la legislación vigente.

Dentro del período de información pública no

se han recibido alegaciones de los particulares,

propietarios de los bienes y derechos afectados.

La aceptación de la variante del trazado de la

conducción solicitada por el Ayuntamiento de

Sabadell conlleva la modificación de los bienes y

derechos afectados siguientes:

Término municipal de Sabadell:

Finca FN-B-SB-1. PO = 1; PA = 28; TD = AENA,

aeropuerto de Sabadell, carretera de Bellaterra, 0825

Sabadell; SO = 591,50; SP = 253,50; N = Mb.

Finca FN-B-SB-7. PO = 54.641; PA = 01;

TD = "Explotaciones Agrícolas Marçal, Sociedad

Limitada", apartado de correos 313, 08200 Sabadell;

SO = 420,00 y 4.844,00; SP = 180,00 y 2.076,00;

N = Ind. y Er.

Término municipal de Sant Quirze del Vallès:

Finca FN-B-SQ-2: PO = 3; PA = 30; TD = AENA,

aeropuerto de Sabadell, carretera de Bellaterra,

08205 Sabadell; SO = 534,00, 297,50 y 22,50;

SP = 267,00, 126,15 y 30,00; N = Cno, Lr y Er.

Fincas desafectadas:

Término municipal de Sabadell:

Finca FN-B-SB-8. Titular: Vial, Ayuntamiento de

Sabadell, plaza Sant Roc, 1, 08200 Sabadell.

Finca FN-B-SB-9. Titular: Departamento de

Aguas del Ayuntamiento de Sabadell, plaza Sant

Roc, 1, 08200 Sabadell.

Una vez cumplidos los trámites administrativos

previstos en la Ley 10/1987, de 15 de junio; el

Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, por el que

se aprueba el Reglamento General del Servicio

Público de Gases Combustibles; el Decreto 1775/1967,

de 22 de julio, sobre régimen de instalación,

ampliación y traslado de industrias; la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, y la Ley 13/1989, de 14 de

diciembre, de Organización, Procedimiento y

Régimen Jurídico de la Administración de la Generalidad

de Cataluña,

Resuelvo otorgar a la empresa "Gas Natural SDG,

Sociedad Anónima", la autorización administrativa

y la aprobación del proyecto de ejecución de las

obras de las instalaciones de conducción y

suministro de gas natural a la planta depuradora de aguas

de Sabadell.

Esta autorización administrativa, de acuerdo con

lo que establece el artículo 13 de la Ley 10/1987,

de 15 de junio, lleva implícita la declaración concreta

de utilidad pública y la necesidad de ocupación

urgente de los bienes y derechos afectados, a los

efectos que determina el artículo 52 de la Ley de

Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

Los bienes y derechos afectados por esta

autorización administrativa son los que figuran en el

anuncio publicado en el "Diario Oficial de la

Generalidad de Cataluña" número 2.503, "Boletín Oficial

del Estado" número 255 y en los diarios "Avui",

"La Vanguardia" y "Diari de Sabadell", todos ellos

de fecha 24 de octubre de 1997, y expuesto en

los tablones de anuncios de los Ayuntamientos

afectados y de la Dirección General de Energía y Minas

en Barcelona y las modificaciones citadas.

Esta autorización administrativa se otorga

sometida a las condiciones generales que prevén la

Ley 10/1987, de 15 de junio; el Decreto 2913/1973,

de 26 de octubre; el Decreto 1775/1967, de 22

de julio, y bajo las condiciones especiales siguientes:

1. Las instalaciones objeto de esta autorización

administrativa se realizarán de acuerdo con las

especificaciones y los planos que figuran en el proyecto

presentado por la empresa concesionaria, el cual

ha servido de base para la tramitación del expediente

número 1012135/97, firmado por el señor Juan

Murcia Zodiaco, visado por el Colegio Oficial de

Ingenieros Técnicos Industriales de Barcelona en

fecha 4 de julio de 1997, con el número 19475-A,

y la modificación del proyecto con fecha 9 de febrero

de 1998 y el número 003327-A-A.

La constitución y el funcionamiento de estas

instalaciones se someten a lo que establecen la

Ley 13/1987, de 9 de julio, de Seguridad de las

Instalaciones Industriales; el Reglamento General

del Servicio Público de Gases Combustibles,

aprobado por el Decreto 2913/1973, de 26 de octubre;

el Reglamento de redes y acometidas de

combustibles gaseosos, aprobado por la Orden del

Ministerio de Industria y Energía de 18 de noviembre

de 1974, modificado por las Órdenes de 26 de

octubrede1983y6dejulio de 1984 y sus ITC-MIG;

el Decreto 120/1992, de 28 de abril ("Diario Oficial

de la Generalidad de Cataluña" número 1.606, de

12 de junio), por el que se regulan las características

que han de cumplir las protecciones a instalar entre

las redes de diferentes suministros públicos que

discurren por el subsuelo, y la Orden de 5 de julio

de 1993 ("Diario Oficial de la Generalidad de

Cataluña" número 1.782, de 11 de agosto), que lo

desarrolla, y otros reglamentos técnicos específicos

que le sean de aplicación y disposición de aplicación

general.

2. El peticionario deberá solicitar la autorización

administrativa correspondiente para realizar

cualquier modificación del proyecto aprobado.

3. El plazo para llevar a cabo las instalaciones

y su puesta en funcionamiento será de un año,

contado a partir de la fecha de otorgamiento de la

presente autorización administrativa.

4. La Dirección General de Energía y Minas

podrá realizar, durante las obras y cuando se hayan

acabado, las comprobaciones y las pruebas que

considere necesarias en relación con el cumplimiento

de las condiciones de esta Resolución. Con esta

finalidad el peticionario comunicará a la Dirección

General de Energía y Minas la fecha de inicio de

las obras, la realización de las pruebas y cualquier

incidencia relevante.

5. Una vez ejecutadas las obras, la empresa

peticionaria solicitará de la Dirección General de

Energía y Minas el acta de puesta en servicio de las

instalaciones, adjuntando el certificado de dirección

y de finalización de obra firmado por el técnico

competente y visado por el colegio oficial

correspondiente, mediante el cual se acredite que las

instalaciones se ajustan al proyecto aprobadoyala

normativa aplicable. A este certificado se adjuntarán

las actas de pruebas y controles reglamentarios, todo

de acuerdo con lo que dispone la Resolución de

la Dirección General de Energía de 20 de agosto

de 1992 ("Diario Oficial de la Generalidad de

Cataluña" número 1656, de 14 de octubre).

6. Los cruces especiales y otras afectaciones de

los bienes de dominio público se harán de acuerdo

con las condiciones técnicas impuestas por los

organismos competentes afectados.

7. El peticionario asegurará la vigilancia y el

mantenimiento correctos de las instalaciones

durante la construcción y después de su puesta en

funcionamiento para garantizar que en todo momento

cumplen las condiciones reglamentarias de

seguridad.

8. De acuerdo con lo que prevé el capítulo 4

de la Ley 10/1987, de 15 de junio, la autorización

administrativa de este proyecto comporta, con el

pago de la indemnización que corresponda y de

los perjuicios que se deriven de la rápida ocupación,

la imposición de las servidumbres y las limitaciones

de dominio siguientes:

a) Servidumbre perpetua de paso en una franja

de terreno de 3 metros de ancho por cuyo eje irán

bajo tierra las canalizaciones a una profundidad

mínima de 1 metro, junto con los elementos y

accesorios que éstas requieran. El límite de esta franja

quedará definido a 1,5 metros a un lado y a otro

de los ejes de los trazados de las canalizaciones

citadas y dentro de los límites de ocupación

temporal. Estas franjas de servidumbre perpetua de paso

se utilizarán para la vigilancia y el mantenimiento

de las canalizaciones, para lo que se dispondrá de

libre acceso del personal, elementos y medios

necesarios. Se deberán pagar los daños que se ocasionen

en cada uno de los casos en que se tenga que

intervenir.

b) Servidumbre de ocupación temporal durante

el período de ejecución de las obras en una franja

o pista de donde se harán desaparecer todo tipo

de obstáculos, cuya anchura máxima será de 10

metros, con el pago de los daños que se ocasionen

en cada caso.

c) La prohibición de plantar árboles y arbustos

de tallo alto y de hacer movimientos de tierras en

la franja a que hace referencia el apartado a).

d) La prohibición de efectuar trabajos de arada,

cava u otros similares a una profundidad superior

de 50 centímetros en la franja a que hace referencia

el apartado a).

e) No se permitirá levantar edificaciones o

construcciones de ningún tipo, aunque tengan carácter

provisional o temporal, ni variar la cota de terreno,

ni efectuar ningún acto que pueda dañar o perturbar

el buen funcionamiento, la vigilancia, la

conservación, las reparaciones y las sustituciones necesarias,

en su caso, de las canalizaciones y de los elementos

anexos, a una distancia inferior a 1,5 metros a ambos

lados del eje del trazado de las canalizaciones.

f) Todo lo que se ha indicado en los apartados

anteriores no será aplicable a los bienes de dominio

público.

Al efecto del cumplimiento de lo que establece

esta condición octava, la empresa "Gas Natural

SDG, Sociedad Anónima", antes del montaje de

las instalaciones y de su puesta en servicio recogerá

las servidumbres y las limitaciones de dominio

citadas en los convenios y acuerdos y estará obligada

a la vigilancia de su cumplimiento y, si es

necesario, a la notificación de los presuntos

incumplimientos a la Dirección General de Energía y Minas.

9. Esta autorización quedará sin efecto por

cualquiera de las causas señaladas en el artículo 34

del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, por

incumplimiento de las condiciones estipuladas, por

facilitar datos inexactos, por la extinción de las

concesiones de las que dimana y por cualquier otra

causa excepcional que lo justifique.

10. La presente autorización administrativa se

otorga sin perjuicio de terceros y con independencia

de las autorizaciones, licencias y demás permisos

de competencia municipal, provincial u otros que

sean necesarios para la realización de las

instalaciones autorizadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía

administrativa, se puede interponer recurso ordinario ante

el Director general de Energía y Minas, en el plazo

de un mes a contar desde la fecha de su publicación.

Barcelona, 21 de abril de 1998.-El Jefe de la

Sección de Gas Canalizado, Jaume Farré i

Solsona.-25.708-16.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

VALENCIANA

Consejería de Empleo, Industria

y Comercio

Dirección General de Industria y Energía

Resolución por la que se autoriza la línea eléctrica

aérea a 132 kV, doble circuito, derivación a Catadau

de la de Urrutia-Torrente y se declara en concreto

su utilidad pública

Visto el expediente incoado por el Servicio

Territorial de Industria y Energía de Valencia, a instancia

de "Iberdrola, Sociedad Anónima" relativo a la

autorización de la línea eléctrica aérea a 132 kV, doble

circuito, derivación a Catadau de la de

Urrutia-Torrente y la declaración en concreto de su

utilidad pública;

Considerando que la solicitud de autorización

indicada ha seguido la tramitación establecida en

el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre

autorización de instalaciones eléctricas; Decreto

2619/1966, de esa misma fecha, sobre expropiación

forzosa en materia de instalaciones eléctricas;

Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de ordenación

del Sistema Eléctrico Nacional; Decreto 162/1990,

de 15 de octubre, del Consejo de la Generalidad

Valenciana, por el que se aprueba el Reglamento

de Impacto Ambiental y la Ley 2/1989, de 3 de

marzo, de la Generalidad Valenciana, sobre impacto

ambiental;

Considerando que, con fecha 19 de diciembre

de 1997, la Consejería de Medio Ambiente formuló

declaración de impacto ambiental en la que estima

aceptable, a los solos efectos medioambientales y

sin perjuicio de la previa obtención de las

autorizaciones sectoriales que les sean de aplicación,

el proyecto de línea aérea de transporte de energía

eléctrica a 132 kV en los términos municipales de

Catadau, Llombai y Real de Montroi (Valencia),

cuyo promotor es "Iberdrola, Sociedad Anónima",

atendiendo a lo dispuesto en el estudio de impacto

ambiental, al cumplimiento de las medidas

correctoras propuestas en el mismo y siempre que se

cumplan las condiciones que se recogen en la parte

dispositiva de la presente Resolución;

Considerando que la finalidad que se persigue

con el establecimiento de la línea es la mejora del

suministro de energía eléctrica en la zona;

Visto el informe favorable, de fecha 20 de febrero

de 1998, emitido por el Servicio Territorial de

Industria y Energía de Valencia,

Esta Dirección General de Industria y Energía

resuelve:

Primero.-Autorizar a "Iberdrola, Sociedad

Anónima" la línea eléctrica aérea a 132 kV, doble

circuito, derivación a Catadau de la de

Urrutia-Torrente, cuyas características principales son las

siguientes:

Tensión: 132 kV.

Origen: ST de Catadau.

Final: L./Urrutia-Torrente.

Longitud: 11.767,5 metros.

Apoyos estructura metálica.

Conductor: Doble circuito de aluminio-acero 381

milímetros cuadrados de sección total (Al 337,3

mm 2 + Ac 43,7 mm 2 ).

Cable de tierra tipo Ac-50 y OPGW-14.

Aislamiento cadena 10 aisladores de vidrio, tipo

U100 BS.

Capacidad de transporte máxima 162 MVA.

Segundo.-Declarar en concreto la utilidad pública

de la instalación eléctrica que se autoriza a los

efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación

forzosa y sanciones en materia de instalaciones

eléctricas y su Reglamento de aplicación según Decreto

2619/1966, de 20 de octubre.

Tercero.-Aprobar el proyecto de ejecución,

sometiéndolo a las siguientes condiciones:

1. ª Las obras deberán realizarse de acuerdo con

el proyecto presentado.

2. ª El plazo de puesta en marcha será de seis

meses, contados a partir de la notificación de la

presente Resolución.

3. ª El titular dará cuenta de la terminación de

las obras al Servicio Territorial de Industria y

Energía de Valencia a efectos de reconocimiento

definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.

4. ª La Administración dejará sin efecto la

presente Resolución en cualquier momento en que

observe el incumplimiento de las condiciones

impuestas en ellas.

5. ª Condiciones de orden medioambiental:

Para el trazado de la línea se considera viable

la alternativa II, modificado a su paso por el monte

Matamón, desde el punto 20 al 26 según el plano

de planta general de proyecto, donde deberá

desplazarse hacia el norte del barranco denominado

Río Seco, apoyándose en caminos o zonas agrícolas

existentes, y aproximándose en este tramo a la

alternativa I.

Se procederá a señalizar los hilos de tierra en

los tramos en los que la línea cruce o pase cerca

de zonas de barrancos, collados o áreas abiertas

de matorral. Se utilizarán elementos salvapájaros

situados cada 10 metros en cada hilo, de forma

que en el recorrido de la línea se observe un

elemento cada 5 metros. Estos salvapájaros contarán

además con bandas luminiscentes que los hagan

visibles para las rapaces nocturnas.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la

vía administrativa, podrá interponerse recurso

ordinario ante el Consejero de Empleo, Industria y

Comercio, en el plazo de un mes contado, a partir

del día de la notificación de la presente, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 en

relación con el 48 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Valencia, 27 de abril de 1998.-El Director

general, José Luis Ramírez Sorribes.-26.864-15.

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Diputaciones Provinciales

CÁCERES

Expropiación forzosa urgente de los bienes afectados

por la obra C.V. Hoyos-Perales, número 12/137/97

Por resolución presidencial de 30 de abril de 1998

se señala el próximo día 5 de junio, a partir de

las once horas, para el levantamiento de las actas

previas a la urgente ocupación de los bienes, en

el Ayuntamiento de Hoyos, afectando a dos parcelas

que se relacionan en la citada resolución,

pertenecientes a don Salvador Navarro Marín.

Lo que se publica para los efectos de lo establecido

en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Cáceres, 4 de mayo de 1998.-La

Presidenta.-26.917.

Ayuntamientos

CIUDAD REAL

Resolución sobre modificación del PGOU

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 23 de

abril de 1998 acordó aprobar, inicialmente, la

modificación puntual del PGOU, para retranquear la

parcela catastral número 9856003, con fachada a calle

Ramón y Cajal, eliminando un saliente.

Durante el plazo de un mes se podrán presentar

alegaciones, pudiéndose examinar el expediente en

la Gerencia de Urbanismo.

Ciudad Real, 28 de abril de 1998.-El Alcalde,

Francisco Gil-Ortega Rincón.-25.452.

SANTA POLA (ALICANTE)

Edicto

Por Decreto de la Alcaldía, de fecha 12 de mayo

de 1998 se resuelve convocar el levantamiento de

actas previas a la ocupación de la finca afectada

por la ejecución del proyecto de la ronda norte

de Santa Pola.

Por acuerdo de 21 de abril de 1998, del Gobierno

Valenciano ("Diario Oficial de la Generalidad

Valenciana de 8 de mayo) se ha declarado de urgente

ocupación los bienes y derechos sujetos a expediente

de expropiación forzosa, instruido por el

Ayuntamiento de Santa Pola, para la ejecución del proyecto

de ronda norte, siendo la relación de bienes

afectados la siguiente:

Titular: "Gestiones y Desarrollos Patrimoniales,

Sociedad Anónima".

Referencia catastral: Parcela 48, polígono 2.

Superficie: 8.963,87 metros cuadrados.

Identificación material según proyecto aprobado

por la CTU: Parcela 48, polígono 2, clave 8.

Clasificación del suelo: No urbanizable.

En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto

en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,

se convoca a los titulares de bienes y derechos

afectados para que comparezcan en el Ayuntamiento

de Santa Pola, segunda planta, salón de sesiones,

para que de conformidad con el procedimiento que

establece el citado artículo, llevar a cabo el

levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si

procediera, el de las de ocupación definitiva, previo

pago o depósito.

Todos los interesados, así como las personas que

sean titulares de cualesquiera clases de derechos

o de intereses sobre los bienes afectados, deberán

acudir personalmente o representados por persona

debidamente autorizada, aportando los documentos

acreditativos de su titularidad y el último recibo

del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza

Rústica, pudiéndose acompañar de sus Peritos y

un Notario, si lo estiman oportuno, con gastos a

su costa.

Los levantamientos tendrán lugar el día 8 de junio

de 1998 en el Ayuntamiento a las diez horas en

primera convocatoria.

De esta convocatoria se dará traslado al interesado

mediante la oportuna cédula de citación individual.

Esta publicación se realiza, igualmente, a los efectos

que determine el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en

los casos de titulares de derechos o intereses que

fueran desconocidos.

Santa Pola, 13 de mayo de 1998.-El Alcalde,

Pascual T. Orts Antón.-El Secretario, Esteban

Capdepón Fernández.-26.918.

UNIVERSIDADES

BARCELONA

Facultad de Farmacia

Extraviado el título de Licenciada en Farmacia

de doña Ana María Ridaura Tomás, expedido el

9 de julio de 1966, respectivamente, se publica en

cumplimiento de la Orden de 9 de septiembre

de 1974 para tramitar duplicado del mismo.

Barcelona, 7 de abril de 1998.-El Secretario,

Cèsar Blanché i Vergès.-25.745.

BARCELONA

Facultad de Filosofía

En cumplimiento de las disposiciones

reglamentarias, se hace pública la incoación en esta Facultad

del expediente para nuevo Título de Licenciado en

Filosofía y Ciencias de la Educación, Sección

Filosofía, por extravío del original a favor de Luis

Caparrós Escánez, que le fue expedido con fecha

13 de junio de 1985. Lo que se publica a los efectos

de las posibles reclamaciones acerca del referido

título extraviado.

Barcelona, 5 de mayo de 1998.-El Secretario,

Antoni Prevosti Monclús.-25.474.

GRANADA

Facultad de Ciencias de la Educación

Habiendo sufrido extravío el título de Diplomada

en Profesorado de Educación General Básica de

doña María Ángeles Torres Román, expedido por

el Ministerio de Educación y Ciencia el día 29 de

febrero de 1980, registrado en el folio 11,

número 260 del libro correspondiente de esta Facultad,

se hace público por término de treinta días para

oír reclamaciones, en cumplimiento de lo dispuesto

en la Orden de 9 de septiembre de 1974.

Granada, 27 de abril de 1998.-El Decano,

Antonio Romero López.-25.684.

SALAMANCA

Facultad de Medicina

A efectos de la Orden de 8 de julio de 1998,

se anuncia el extravío del Título de Licenciado en

Medicina y Cirugía de don Agustín Fernández

Palomero, expedido el 21 de octubre de 1997.

Salamanca, 7 de mayo de 1998.-La Secretaria,

Elisa Muñoz Torres.-25.465.

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