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Documento BOE-B-1998-34835

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«BOE» núm. 130, de 1 de junio de 1998, páginas 8777 a 8779 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Referencia:
BOE-B-1998-34835

TEXTO

MINISTERIO DE DEFENSA

Juzgados Marítimos Permanentes

VIGO

Edicto

Don Manuel Leira Alcaraz, Comandante auditor

de la Defensa, Juez marítimo permanente de

Auxilios, Salvamentos y Remolques de Vigo número 5,

en prórroga de jurisdicción,

Hago saber: Que por este Juzgado de mi cargo

se instruye expediente con motivo de la asistencia

marítima prestada el día 29 de abril de 1998 por

el buque "El Orinoco", de la matrícula de Vigo,

folio 8.535, al nombrado "Río Murtiga", folio 8.550

de Vigo.

Lo que se hace público, a los efectos previstos

en el artículo 38 de la Ley de 24 de diciembre

de 1962 ("Boletín Oficial del Estado" número 310),

reguladora de la materia, a fin de que todos los

que se consideren interesados en dicho asunto se

personen en forma y comparezcan ante este

Juzgado, sito en Ferrol (Asesoría Jurídica), en el plazo

de treinta días, a partir de la publicación del presente

edicto, aportando los comprobantes en que funden

sus derechos.

Dado en Ferrol a 12 de mayo de 1998.-27.819-E.

MINISTERIO DE FOMENTO

Demarcaciones de Carreteras

GALICIA

Información pública sobre el levantamiento de actas

previas a la ocupación de bienes o derechos afectados

por las obras del proyecto de obras complementarias:

"Autovía de las Rías Bajas. N-120. Puntos kilométricos

67,0 al 85,9. Tramo: Batallanes-Porriño. Nuevo

enlace Puzo-Lira. Términos municipales de Salvatierra

del Miño y Ponteareas. Provincia de Pontevedra"

Por Resolución de la Dirección General de

Carreteras de fecha 17 de septiembre de 1997, ha sido

aprobado el proyecto de obras complementarias:

"Autovía de las Rías Bajas. N-120. Puntos

kilométricos 67,0 al 85,9. Tramo: Batallanes-Porriño.

Nuevo enlace Puzo-Lira. Términos municipales de

Salvatierra del Miño y Ponteareas. Provincia de

Pontevedra", lo que implica la declaración de utilidad

pública y la necesidad de ocupación de los bienes

o derechos afectados por las obras a los fines de

expropiación forzosa, a tenor de lo dispuesto en

el artículo 8 de la Ley de Carreteras 25/1988, de

29 de julio, habiéndose ordenado, asimismo, la

incoación del expediente de expropiación de los

terrenos necesarios para la ejecución de las obras.

En consecuencia, y teniendo en cuenta que por

Real Decreto-ley 3/1993, de 26 de febrero ("Boletín

Oficial del Estado" de 2 de marzo), se declara la

urgente ocupación de los bienes afectados de

expropiación forzosa como consecuencia de la ejecución

de las obras comprendidas en la autovía de las Rías

Bajas, es de aplicación, a los efectos expresados,

lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de

Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y 56

y siguientes de su Reglamento de 26 de abril de

1957, entendiéndose cumplido el trámite de

declaración de necesidad de la ocupación de los bienes

que hayan de ser expropiados. En su virtud, y en

cumplimiento de lo establecido en el citado artículo

52 de la Ley de Expropiación Forzosa y

concordantes del Reglamento para su aplicación, esta

Demarcación de Carreteras, en uso de las facultades

que le confiere la Orden de la Presidencia del

Gobierno de 7 de febrero de 1986, en relación con

el Real Decreto 821/1980, de 18 de abril, ha resuelto

señalar la fecha para proceder al levantamiento de

las actas previas a la ocupación, a cuyo efecto se

convoca a los propietarios y titulares de las fincas

afectadas por las obras para que, en el lugar, días

y horas que se relacionan a continuación,

comparezcan para que se efectúe el levantamiento de las

actas previas a la ocupación, que habrá de recoger

los datos necesarios para la valoración previa y

oportuno justiprecio de los mismos, sin perjuicio de

trasladarse al lugar de las fincas si se considera

necesario:

Ayuntamiento de Salvatierra del Miño. Lugar:

Casa consistorial del Ayuntamiento de Salvatierra

del Miño. Día: 15 de junio de 1998, desde las diez

hasta las trece horas. Fincas: De la 50 a la 78.

Ayuntamiento de Ponteareas. Lugar: Casa

consistorial del Ayuntamiento de Ponteareas. Día: 17

de junio de 1998, desde las diez hasta las trece

horas. Fincas: De la 1 hasta la 26. Día: 18 de junio

de 1998, desde las diez hasta las trece horas. Fincas:

De la 27 hasta la 49.

La relación de propietarios y titulares de derechos

de las fincas que resultan afectadas estará expuesta,

con una antelación mínima de quince días a la fecha

del levantamiento de las actas previas a la ocupación,

en el tablón de edictos de los Ayuntamientos de

Salvatierra del Miño y Ponteareas.

A dicho acto, que será notificado individualmente

por correo certificado a los titulares afectados,

deberán asistir personalmente o bien representados por

personas debidamente autorizadas para actuar en

su nombre, aportando los documentos acreditativos

de su titularidad y el último recibo de la

contribución, pudiendo hacerse acompañar, a su costa,

si lo estiman oportuno de sus peritos y Notarios.

Asimismo, en previsión de la aplicación del artículo

56 del Reglamento de Expropiación Forzosa y en

cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.2

de la citada Ley, se abre información pública durante

el plazo de quince días, y, en todo caso, hasta el

momento del levantamiento de actas previas a la

ocupación correspondiente, a fin de que los

interesados, así como las personas que siendo titulares

de los derechos reales o intereses económicos que

se hayan podido omitir en la relación que estarán

expuestas en los tablones de edictos de los

Ayuntamientos de Salvatierra del Miño y Ponteareas,

puedan presentar por escrito ante esta Demarcación

de Carreteras del Estado en Galicia, calle

Concepción Arenal, 1, 1. º , La Coruña, cuantas alegaciones

estimen oportunas, solamente a efectos de subsanar

los posibles errores que se hayan podido padecer

al relacionar los bienes o derechos que se afectan.

La relación de bienes afectados se halla expuesta

asimismo en esta Demarcación de Carreteras del

Estado en Galicia y en la Unidad de Carreteras

de Pontevedra, plaza de San Roque, sin número,

así como el plano parcelario correspondiente.

A Coruña, 14 de mayo de 1998.-El Ingeniero

Jefe, Pedro Sánchez Tamayo.-27.817-E.

MINISTERIO

DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Instituto de la Cinematografía

y de las Artes Audiovisuales

Notificación a la empresa "Multicines Novocine,

Sociedad Limitada", titular del cinematógrafo

"Novocine Dos Sala 1", de Ourense, del pliego de cargos,

de fecha 23 de diciembre de 1997, correspondiente

al expediente sancionador número 133/1997, por

infracción de la normativa que regula la actividad

de exhibición cinematográfica, que se hace por este

medio por haberse intentado sin efecto la

notificación ordinaria del mismo al último domicilio

conocido, que es calle Florentino L. Cuevillas, 3,

5 y 7, 32003 Ourense.

La parte sustancial del pliego de cargos reza como

sigue:

Cargo: "No se ha presentado certificado de

calificación de la película ªFull Montyº. Los cuales

constituyen presunta infracción a los artículos 15

y 16 del Real Decreto 81/1997, de 24 de enero,

por el que se regula parcialmente la Ley 17/1994,

de Protección y Fomento de la Cinematografía, y

se actualizan y refunden normas relativas a las

películas en coproducción, salas de exhibición y

calificación de películas cinematográficas en relación

con el apartado décimo de la Orden de 7 de julio

de 1997 (puntos 1,2y3)porlaquesedictan

normas de aplicación del citado Real Decreto

81/1997. Y podrían ser sancionados, como falta

leve, con multa de hasta 500.000 pesetas por el

Director general de este Instituto, conforme a lo

dispuesto en la Ley 17/1994, de 8 de junio, de

Protección y Fomento de la Cinematografía

(ªBoletín Oficial del Estadoº del 10), y el Real Decreto

81/1997, de 24 de enero (ªBoletín Oficial del

Estadoº de 22 de febrero), que desarrolla parcialmente

la anterior.

El presente pliego de cargos deberá ser contestado

en el plazo improrrogable de los siete días hábiles

siguientes al de su recepción, mediante escrito

dirigido al Director general del Instituto de la

Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (Ministerio

de Educación y Cultura, plaza del Rey, número 1,

28071 Madrid), alegando y probando cuanto estime

conveniente en su derecho, significándole que, caso

de no hacerlo, se seguirá el expediente por todos

sus trámites y hasta la resolución final sin más citarle

ni oírle."

Lo que se notifica en cumplimiento y a los efectos

previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, y de acuerdo con cuanto

se dispone en la Orden de 22 de octubre de 1952,

modificada por la de 29 de noviembre de 1956

("Boletín Oficial del Estado" de 27 de noviembre

de 1952 y de 30 de diciembre de 1956), significando

que el texto íntegro del citado pliego de cargos y

documentación aneja se encuentra archivado en la

Secretaría General de este organismo, Sección de

Instrucción de Expedientes del Servicio de

Inspección y Sanciones, plaza del Rey, número 1, en

Madrid, y copia de la misma en los Servicios

Periféricos del Ministerio de Educación y Cultura en

esa provincia (Gobierno Civil).

Madrid, 2 de marzo de 1998.-La Secretaria

general, Milagros Mendoza Andrade.-27.701-E.

MINISTERIO

DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

Dirección General de la Energía

Resolución por la que se autoriza la modificación

de la balsa de cenizas y escorias de la central

termoeléctrica del Narcea, sita en el término municipal

de Tineo (Asturias), solicitada por Unión Fenosa y

se declara, en concreto, la utilidad pública de la misma

Visto el expediente incoado en la entonces

Diputación Provincial del Ministerio de Industria y

Energía en Asturias, a instancias de Unión Fenosa-central

térmica del Narcea, con domicilio en Soto de la

Barca-Tineo (Asturias), solicitando autorización

administrativa y declaración, en concreto, de la

utilidad pública para la modificación de la balsa de

cenizas y escorias de su central termoeléctrica del

Narcea;

Resultando que con fecha 21 de junio de 1976,

por resolución de la Delegación Provincial del

Ministerio de Industria y Energía, se autorizó y

declaró, en concreto, la utilidad pública de la balsa

de 1,5 hectómetros cúbicos de capacidad, para el

vertido de cenizas de la central térmica del Narcea;

Vistos el Decreto 2617/1996, de 20 de octubre,

sobre autorización de instalaciones eléctricas y el

Decreto 2619/1996, por el que se aprueba el

Reglamento de la Ley 10/1966, de 18 de marzo, de

Expropiación Forzosa y Sanciones en Materia de

Instalaciones Eléctricas;

Resultando que, como consecuencia de la

información pública practicada en el procedimiento de

autorización de la instalación, se personaron en el

expediente varios vecinos de Santianes, presentando

alegaciones en las que se señala que la balsa actual

de cenizas está demasiado cerca del pueblo lo que

origina ya perjuicios para su salud, sus viviendas

y sus cosechas como consecuencia del

levantamiento de polvo de cenizas en los días de viento;

Resultando que con fecha 16 de septiembre

de 1997, se remiten las alegaciones de los vecinos

a Unión Fenosa, contestando ésta en escrito de

fecha 30 de octubre de 1997, en el que manifiesta

su disposición a tomar las medidas planteadas por

los vecinos que puedan ser asumibles;

Considerando que la disponibilidad de

almacenamiento de la balsa actual está limitada por la

superficie de su base lo que obliga a una ampliación

de la zona de almacenamiento de cenizas ya que

en un futuro próximo la capacidad actual sería

sobrepasada;

Considerando que la construcción de una balsa

con otro emplazamiento distinto presenta serias

dificultades por la orografía del lugar y por las

consecuencias del impacto medioambiental que

producirían, y que serían difícil de eliminar mediante

medidas correctoras;

Considerando que la ampliación de la balsa actual,

junto con las medidas propuestas de recogida y

tratamiento de las aguas de escorrentía, es la solución

más factible;

Considerando que se han cumplidos los trámites

previstos,

Esta Dirección General ha resuelto:

Autorizar y declarar, en concreto, la utilidad

pública la modificación de la balsa de cenizas y escorias

de la central termoeléctrica del Narcea a los efectos

señalados en la Ley 40/1994, de 30 de diciembre,

de Ordenación del Sistema Eléctrico Nacional.

Esta instalación se ejecutará de acuerdo con el

proyecto que ha servido de base para la tramitación

del expediente y las medidas correctoras siguientes:

Primera.-Las obras de ampliación del parque se

comenzarán acondicionando la zona más próxima

a Santianes, de forma que las medidas de

revegetación estén ya tomadas antes de ampliarse la zona

de almacenamiento de cenizas.

Segunda.-El perfil que debe tomar el parque de

cenizas en la zona más próxima a Santianes será

sensiblemente inferior, en lo referente a pendientes,

respecto a otras zonas.

Tercera.-En la construcción de la zona más

cercana a Santianes se extremarán al máximo el riego

para evitar levantamiento de polvo y de forma

expresa durante los días que no llueva existirá un riego

que actúe de forma intermitente.

Cuarto.-La revegetación de la zona próxima a

Santianes tendrá carácter prioritario y supondrá una

barrera vegetal entre el pueblo y el parque.

Quinto.-En los trabajos de explotación del parque

ya ampliado se instalará un sistema eficaz de riego

que limite la producción de polvo a cantidades

mínimas. Se considera que el sistema actual de riego

no es suficientemente eficaz por lo que "Unión

Fenosa, Sociedad Anónima", presentará un anexo

al proyecto del sistema de riego definitivo para

aprobarlo si procede.

Por la Delegación del Gobierno en Asturias se

exigirá que la instalación se adapte al proyecto

presentado por la empresa y a las normas de los

Reglamentos Técnicos que pueden afectar a la instalación.

La Dirección General de la Energía podrá dejar

sin efecto la presente autorización en cualquier

momento en que se compruebe el incumplimiento

de las condiciones impuestas.

La Dirección General de la Energía podrá

suprimir o modificar las presentes condiciones o añadir

otras nuevas si las circunstancias así lo aconsejen.

Madrid, 16 de abril de 1998.-El Director general,

Antonio Gomis Sáez.

Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno en Asturias.-27.810.

MINISTERIO

DE MEDIO AMBIENTE

Confederaciones Hidrográficas

SEGURA

Obra de modernización de los regadíos de la vega

media del Segura, M.D. Alimentación de acequias

de Zaraiche, Cateliche, Casillas, Alzaga, Benetucer

y Caravija en el término municipal de Murcia.

Expediente de expropiación número 3. Término

municipal: Murcia (Murcia). Expediente: A-5-3. Clave:

07.258.134

La Presidencia de esta Confederación, de

conformidad con lo dispuesto en la vigente Ley y

Reglamento de Expropiación Forzosa, ha resuelto abrir

un período de información pública por espacio de

quince días para rectificación de posibles errores

y declarar la necesidad de ocupación de los terrenos

afectados por las obras anteriormente epigrafiadas.

El detalle de las superficies afectadas, estado de

cultivos y propietarios se publicará en el "Boletín

Oficial de la Provincia de Murcia".

Asimismo, se encuentra expuesto en los tablones

de anuncios del Ayuntamiento de Murcia y de esta

Confederación.

Murcia, 13 de mayo de 1998.-El Secretario

general, Gerardo Cruz Jimena.-27.705-E.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE ARAGÓN

Departamento de Economía,

Hacienda y Fomento

Servicios Provinciales de Economía,

Hacienda y Fomento

TERUEL

El Jefe de la Sección de Minas del Servicio

Provincial de Economía, Hacienda y Fomento de

la Diputación General de Aragón en Teruel,

Hace saber: Que ha sido otorgado el siguiente

permiso de investigación:

Nombre: Cantalobos.

Número del expediente: 6,039.

Recurso: Sec. D)-Carbón.

Plazo de duración: Un año.

Superficie: 24 cuadrículas mineras.

Términos municipales: Albalate del Arzobispo y

Ariño.

Provincia: Teruel.

Fecha de otorgamiento: 21 de abril de 1998.

Titular: "Endesa, Sociedad Anónima".

Domicilio: Príncipe de Vergara, 187, 28002

Madrid.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo

dispuesto en el artículo 101.5 del vigente

Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25

de agosto de 1978.

Teruel, 21 de abril de 1998.-El Jefe de la Sección

de Minas, Francisco Javier San José

Cercenado.-27.767.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE EXTREMADURA

Consejería de Economía, Industria

y Hacienda

Dirección General de Ordenación Industrial,

Energía y Minas

Información pública del proyecto de "Distribución

y Comercialización de Gas Extremadura, Sociedad

Anónima", para la concesión administrativa de la

distribución y suministro de gas canalizado a los

mercados de uso doméstico, comercial y pequeño

industrial en el término municipal de Talayuela

A los efectos previstos en los capítulos III y IV

de la Ley 10/1987, de 15 de junio, de Disposiciones

Básicas para un Desarrollo Coordinado de

Actuaciones en Materia de Combustibles Gaseosos, y en

el Reglamento General del Servicio Público de

Gases Combustibles, aprobado por Decreto

2913/1973, de 26 de octubre, se somete a

información pública el siguiente proyecto de concesión

administrativa.

Peticionaria: "Distribución y Comercialización de

Gas Extremadura, Sociedad Anónima" (DICOGEXSA),

con domicilio social en calle Juan de la Cierva,

número 1, bajo, 06800 Mérida.

Objeto de la petición: Concesión administrativa

para la distribución y suministro de gas canalizado

a los mercados de usos doméstico, comercial y

pequeño industrial en el término municipal de

Talayuela.

Características de la instalación:

Tipo de gas: Propano comercial (previsto el paso

a gas natural).

Planta de almacenamiento y producción:

Inicialmente constará de una planta de almacenamiento

de propano, con una capacidad de 66 metros

cúbicos, estación de regulación y medida APB/MPB,

y equipos de trasvase y vaporización, con salida

en Media Presión B. En caso de disponer de

conexión a la Red Nacional de Gasoductos el

solicitante anularía la planta de almacenamiento, siendo

válidas para el gas natural las instalaciones de

regulación y medida y la red de distribución.

Presión de distribución: Comprendida entre 0,4

y 4 kg/cm 2 (Media Presión B).

Red de distribución: Constituida por tubería de

polietileno de media densidad DN 160 y 90 mm,

SRD11.

Área de concesión: Término municipal de

Talayuela.

Plazo: La concesión se solicita para setenta y cinco

años.

Presupuesto en pesetas: 112.666.810 pesetas.

Referencia expediente: G/18/98.

Lo que se hace público para conocimiento general

y para que todas aquellas personas, naturales o

jurídicas, que se consideren afectadas en sus derechos

puedan examinar el proyecto en esta Dirección

General, sita en Mérida, avenida de Roma, sin

número, y presentar por triplicado en dicho centro las

alegaciones que consideren oportunas en el plazo

de veinte días a partir del siguiente a la inserción

de este anuncio.

Mérida, 20 de abril de 1998.-El Director general

de Ordenación Industrial, Energía y Minas, Alfonso

Perianes Valle.-27.710.

Información pública del proyecto de Dicogexsa para

la concesión administrativa de la distribución y

suministro de gas canalizado a los mercados de uso

doméstico, comercial y pequeño industrial en el

término municipal de Moraleja

A los efectos previstos en los capítulos III y IV

de la Ley 10/1987, de 15 de junio, de disposiciones

básicas para un desarrollo coordinado de

actuaciones en materia de combustibles gaseosos, y en el

Reglamento General del Servicio Público de Gases

Combustibles, aprobado por Decreto 2913/1973,

de 26 de octubre, se somete a información pública

el siguiente proyecto de concesión administrativa.

Peticionario: "Distribución y Comercialización

Gas Extremadura, Sociedad Anónima" (DICOGEXSA),

con domicilio social en calle Juan de la Cierva,

número 1, 06800 Mérida.

Objeto de la petición: Concesión administrativa

para la distribución y suministro de gas canalizado

a los mercados de usos doméstico, comercial y

pequeño industrial en el término municipal de

Moraleja.

Características de la instalación:

Tipo de gas: Propano comercial (previsto el paso

a gas natural).

Planta de almacenamiento y producción:

Inicialmente constará de una planta de almacenamiento

de propano, con una capacidad de 90 metros

cúbicos, estación de regulación y medida APA/MPB,

y equipos de trasvase y vaporización, con salida

en media presión B. En caso de disponer de

conexión a la Red Nacional de Gasoductos, el

solicitante anularía la planta de almacenamiento, siendo

válidas para el gas natural las instalaciones de

regulación y medida y la red de distribución.

Presión de distribución: Comprendida entre 0,4

y 4 kg/cm 2 (media presión B).

Red de distribución: Constituida por tubería de

polietileno de media densidad DN 160 y 90 mm,

SRD11.

Área de concesión: Término municipal de

Moraleja.

Plazo: La concesión se solicita para setenta y cinco

años.

Presupuesto: 175.877.684 pesetas.

Referencia expediente: G/23/98.

Lo que se hace público para conocimiento general

y para que todas aquellas personas, naturales o

jurídicas, que se consideren afectadas en sus derechos

puedan examinar el proyecto en esta Dirección

General, sita en Mérida, avenida de Roma, sin

número, y presentar por triplicado en dicho centro las

alegaciones que consideren oportunas en el plazo

de veinte días a partir del siguiente a la inserción

de este anuncio.

Mérida, 24 de abril de 1998.-El Director general

de Ordenación Industrial, Energía y Minas, Alfonso

Perianes Valle.-27.709.

Información pública del proyecto de DICOGEXSA,

para la concesión administrativa de la distribución

y suministro de gas canalizado a los mercados de

uso doméstico, comercial y pequeño industrial en

el término municipal de Jaraiz de la Vera

A los efectos previstos en los capítulos III y IV

de la Ley 10/1987, de 15 de junio, de Disposiciones

Básicas para un Desarrollo Coordinado de

Actuaciones en Materia de Combustibles Gaseosos, y en

el Reglamento General del Servicio Público de

Gases Combustibles, aprobado por Decreto

2913/1973, de 26 de octubre, se somete a

información pública el siguiente proyecto de concesión

administrativa.

Peticionaria: "Distribución y Comercialización de

Gas Extremadura, Sociedad Anónima", con

domicilio social en Mérida, calle Juan de la Cierva,

número 1, bajo.

Objeto de la petición: Concesión administrativa

para la distribución y suministro de gas canalizado

a los mercados de usos doméstico, comercial y

pequeño industrial en el término municipal de Jaraiz

de la Vera.

Características de la instalación:

Tipo de gas: Propano comercial (previsto el paso

a gas natural).

Planta de almacenamiento y producción:

Inicialmente constará de una planta de almacenamiento

de propano, con una capacidad de 99 metros

cúbicos, estación de regulación y medida APA/MPB,

y equipos de trasvase y vaporización, con un caudal

máximo previsto de 374 Kg/h, con salida en Media

Presión B. En caso de disponer de conexión a la

Red Nacional de Gasoductos el solicitante anularía

la planta de almacenamiento, siendo válidas para

el gas natural las instalaciones de regulación y

medida y la red de distribución.

Presión de distribución: 1,75 kg/cm 2 (Media

Presión B).

Red de distribución: Constituida por tubería de

polietileno de media densidad DN 160 y 90 mm,

SRD11.

Área de concesión: Término municipal de Jaraiz

de la Vera.

Plazo: La concesión se solicita para setenta y cinco

años.

Presupuesto en pesetas: 167.888.785 pesetas.

Referencia expediente: G/24/98.

Lo que se hace público para conocimiento general

y para que todas aquellas personas, naturales o

jurídicas, que se consideren afectadas en sus derechos

puedan examinar el proyecto en esta Dirección

General, sita en Mérida, avenida de Roma, sin

número, y presentar por triplicado en dicho centro las

alegaciones que consideren oportunas en el plazo

de veinte días a partir del siguiente a la inserción

de este anuncio.

Mérida, 7 de mayo de 1998.-El Director general

de Ordenación Industrial, Energía y Minas, Alfonso

Perianes Valle.-27.706.

CIUDAD DE CEUTA

Consejería de Economía y Hacienda

Resolución por la que se autoriza el establecimiento

de la instalación eléctrica que se cita

Visto el expediente tramitado en el Servicio de

Industria y Energía de esta Consejería a petición

de don Alberto Ramón Gaitán Rodríguez, en

representación de la "Empresa de Alumbrado Eléctrico

de Ceuta, Sociedad Anónima", con domicilio en

Ceuta, calle Beatriz de Silva, número 2, solicitando

autorización y declaración en concreto de utilidad

pública para el establecimiento de un centro de

transformación, y cumplidos los trámites

reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto

2617/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones

en materia de instalaciones eléctricas,

Esta Consejería, en ejercicio de las competencias

asignadas por el Decreto 2502/1996, de 5 de

diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la

Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta

en materia de Industria y Energía, ha resuelto:

Primero.-Autorizar la instalación de un centro

de transformación, cuyas características principales

son las siguientes:

a) Lugar donde se va a establecer la instalación:

El centro de transformación, que se denominará

"Campamento El Jaral", irá situado en la zona del

Jaral, a nivel del suelo exterior y próximo al

campamento militar del mismo nombre.

b) Finalidad de la instalación: Dotar de

suministro de energía eléctrica en baja tensión a las

edificaciones situadas en las proximidades del

campamento militar "El Jaral".

c) Número de transformadores: El centro de

transformación irá dotado de un transformador de

hasta 630 KVA, para transformación de 15.000 V

a 380/220 V.

d) Línea: La alimentación del centro se realizará

por una línea eléctrica aérea de 15 KV existente,

cuya sección es de 3 ^ 35 mm 2 , de cobre.

e) Presupuesto: 1.684.750 pesetas.

Segundo.-Declarar en concreto la utilidad pública

de la instalación eléctrica que se autoriza, a los

efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre

expropiación forzosa y sanciones en materia de

instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación,

de 20 de octubre de 1966.

Ceuta, 22 de abril de 1998.-La Viceconsejera

de Economía y Hacienda, Regina Pizones

Sánchez.-27.874.

UNIVERSIDADES

ALCALÁ

A los efectos de la Orden de 9 de septiembre

de 1974, se anuncia el extravío del título de Doctor

en Medicina y Cirugía, expedido el 11 de noviembre

de 1991, a nombre de doña María Luisa Picazo

Alba, registrado en el folio 2, número 82, del libro

de Registro del Negociado de Doctorado de esta

Universidad.

Alcalá de Henares, 21 de mayo de 1998.-Por

la Sección de Títulos, María Carmen M.

Chamorro.-27.793.

COMPLUTENSE DE MADRID

Facultad de Derecho

Habiendo sufrido extravío el título de Licenciado

en Derecho, expedido a favor de doña Adelaida

Suárez Alonso el 15 de septiembre de 1982, se

hace público en este periódico oficial, en

cumplimiento de lo previsto en la Orden de 8 de julio

de 1988 ("Boletín Oficial del Estado" del 13), para

iniciar la tramitación de un duplicado, si no

apareciese en el plazo de treinta días, desde la

publicación de este anuncio.

Madrid, 28 de abril de 1998.-El Secretario, José

Ignacio Rubio San Román.-27.795.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid