MINISTERIO DE DEFENSA
Juzgados Marítimos Permanentes
VIGO
Edicto
Don Manuel Leira Alcaraz, Comandante auditor
de la Defensa, Juez marítimo permanente de
Auxilios, Salvamentos y Remolques de Vigo número 5,
en prórroga de jurisdicción,
Hago saber: Que por este Juzgado de mi cargo
se instruye expediente con motivo de la asistencia
marítima prestada el día 29 de abril de 1998 por
el buque "El Orinoco", de la matrícula de Vigo,
folio 8.535, al nombrado "Río Murtiga", folio 8.550
de Vigo.
Lo que se hace público, a los efectos previstos
en el artículo 38 de la Ley de 24 de diciembre
de 1962 ("Boletín Oficial del Estado" número 310),
reguladora de la materia, a fin de que todos los
que se consideren interesados en dicho asunto se
personen en forma y comparezcan ante este
Juzgado, sito en Ferrol (Asesoría Jurídica), en el plazo
de treinta días, a partir de la publicación del presente
edicto, aportando los comprobantes en que funden
sus derechos.
Dado en Ferrol a 12 de mayo de 1998.-27.819-E.
MINISTERIO DE FOMENTO
Demarcaciones de Carreteras
GALICIA
Información pública sobre el levantamiento de actas
previas a la ocupación de bienes o derechos afectados
por las obras del proyecto de obras complementarias:
"Autovía de las Rías Bajas. N-120. Puntos kilométricos
67,0 al 85,9. Tramo: Batallanes-Porriño. Nuevo
enlace Puzo-Lira. Términos municipales de Salvatierra
del Miño y Ponteareas. Provincia de Pontevedra"
Por Resolución de la Dirección General de
Carreteras de fecha 17 de septiembre de 1997, ha sido
aprobado el proyecto de obras complementarias:
"Autovía de las Rías Bajas. N-120. Puntos
kilométricos 67,0 al 85,9. Tramo: Batallanes-Porriño.
Nuevo enlace Puzo-Lira. Términos municipales de
Salvatierra del Miño y Ponteareas. Provincia de
Pontevedra", lo que implica la declaración de utilidad
pública y la necesidad de ocupación de los bienes
o derechos afectados por las obras a los fines de
expropiación forzosa, a tenor de lo dispuesto en
el artículo 8 de la Ley de Carreteras 25/1988, de
29 de julio, habiéndose ordenado, asimismo, la
incoación del expediente de expropiación de los
terrenos necesarios para la ejecución de las obras.
En consecuencia, y teniendo en cuenta que por
Real Decreto-ley 3/1993, de 26 de febrero ("Boletín
Oficial del Estado" de 2 de marzo), se declara la
urgente ocupación de los bienes afectados de
expropiación forzosa como consecuencia de la ejecución
de las obras comprendidas en la autovía de las Rías
Bajas, es de aplicación, a los efectos expresados,
lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y 56
y siguientes de su Reglamento de 26 de abril de
1957, entendiéndose cumplido el trámite de
declaración de necesidad de la ocupación de los bienes
que hayan de ser expropiados. En su virtud, y en
cumplimiento de lo establecido en el citado artículo
52 de la Ley de Expropiación Forzosa y
concordantes del Reglamento para su aplicación, esta
Demarcación de Carreteras, en uso de las facultades
que le confiere la Orden de la Presidencia del
Gobierno de 7 de febrero de 1986, en relación con
el Real Decreto 821/1980, de 18 de abril, ha resuelto
señalar la fecha para proceder al levantamiento de
las actas previas a la ocupación, a cuyo efecto se
convoca a los propietarios y titulares de las fincas
afectadas por las obras para que, en el lugar, días
y horas que se relacionan a continuación,
comparezcan para que se efectúe el levantamiento de las
actas previas a la ocupación, que habrá de recoger
los datos necesarios para la valoración previa y
oportuno justiprecio de los mismos, sin perjuicio de
trasladarse al lugar de las fincas si se considera
necesario:
Ayuntamiento de Salvatierra del Miño. Lugar:
Casa consistorial del Ayuntamiento de Salvatierra
del Miño. Día: 15 de junio de 1998, desde las diez
hasta las trece horas. Fincas: De la 50 a la 78.
Ayuntamiento de Ponteareas. Lugar: Casa
consistorial del Ayuntamiento de Ponteareas. Día: 17
de junio de 1998, desde las diez hasta las trece
horas. Fincas: De la 1 hasta la 26. Día: 18 de junio
de 1998, desde las diez hasta las trece horas. Fincas:
De la 27 hasta la 49.
La relación de propietarios y titulares de derechos
de las fincas que resultan afectadas estará expuesta,
con una antelación mínima de quince días a la fecha
del levantamiento de las actas previas a la ocupación,
en el tablón de edictos de los Ayuntamientos de
Salvatierra del Miño y Ponteareas.
A dicho acto, que será notificado individualmente
por correo certificado a los titulares afectados,
deberán asistir personalmente o bien representados por
personas debidamente autorizadas para actuar en
su nombre, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad y el último recibo de la
contribución, pudiendo hacerse acompañar, a su costa,
si lo estiman oportuno de sus peritos y Notarios.
Asimismo, en previsión de la aplicación del artículo
56 del Reglamento de Expropiación Forzosa y en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.2
de la citada Ley, se abre información pública durante
el plazo de quince días, y, en todo caso, hasta el
momento del levantamiento de actas previas a la
ocupación correspondiente, a fin de que los
interesados, así como las personas que siendo titulares
de los derechos reales o intereses económicos que
se hayan podido omitir en la relación que estarán
expuestas en los tablones de edictos de los
Ayuntamientos de Salvatierra del Miño y Ponteareas,
puedan presentar por escrito ante esta Demarcación
de Carreteras del Estado en Galicia, calle
Concepción Arenal, 1, 1. º , La Coruña, cuantas alegaciones
estimen oportunas, solamente a efectos de subsanar
los posibles errores que se hayan podido padecer
al relacionar los bienes o derechos que se afectan.
La relación de bienes afectados se halla expuesta
asimismo en esta Demarcación de Carreteras del
Estado en Galicia y en la Unidad de Carreteras
de Pontevedra, plaza de San Roque, sin número,
así como el plano parcelario correspondiente.
A Coruña, 14 de mayo de 1998.-El Ingeniero
Jefe, Pedro Sánchez Tamayo.-27.817-E.
MINISTERIO
DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Instituto de la Cinematografía
y de las Artes Audiovisuales
Notificación a la empresa "Multicines Novocine,
Sociedad Limitada", titular del cinematógrafo
"Novocine Dos Sala 1", de Ourense, del pliego de cargos,
de fecha 23 de diciembre de 1997, correspondiente
al expediente sancionador número 133/1997, por
infracción de la normativa que regula la actividad
de exhibición cinematográfica, que se hace por este
medio por haberse intentado sin efecto la
notificación ordinaria del mismo al último domicilio
conocido, que es calle Florentino L. Cuevillas, 3,
5 y 7, 32003 Ourense.
La parte sustancial del pliego de cargos reza como
sigue:
Cargo: "No se ha presentado certificado de
calificación de la película ªFull Montyº. Los cuales
constituyen presunta infracción a los artículos 15
y 16 del Real Decreto 81/1997, de 24 de enero,
por el que se regula parcialmente la Ley 17/1994,
de Protección y Fomento de la Cinematografía, y
se actualizan y refunden normas relativas a las
películas en coproducción, salas de exhibición y
calificación de películas cinematográficas en relación
con el apartado décimo de la Orden de 7 de julio
de 1997 (puntos 1,2y3)porlaquesedictan
normas de aplicación del citado Real Decreto
81/1997. Y podrían ser sancionados, como falta
leve, con multa de hasta 500.000 pesetas por el
Director general de este Instituto, conforme a lo
dispuesto en la Ley 17/1994, de 8 de junio, de
Protección y Fomento de la Cinematografía
(ªBoletín Oficial del Estadoº del 10), y el Real Decreto
81/1997, de 24 de enero (ªBoletín Oficial del
Estadoº de 22 de febrero), que desarrolla parcialmente
la anterior.
El presente pliego de cargos deberá ser contestado
en el plazo improrrogable de los siete días hábiles
siguientes al de su recepción, mediante escrito
dirigido al Director general del Instituto de la
Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (Ministerio
de Educación y Cultura, plaza del Rey, número 1,
28071 Madrid), alegando y probando cuanto estime
conveniente en su derecho, significándole que, caso
de no hacerlo, se seguirá el expediente por todos
sus trámites y hasta la resolución final sin más citarle
ni oírle."
Lo que se notifica en cumplimiento y a los efectos
previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y de acuerdo con cuanto
se dispone en la Orden de 22 de octubre de 1952,
modificada por la de 29 de noviembre de 1956
("Boletín Oficial del Estado" de 27 de noviembre
de 1952 y de 30 de diciembre de 1956), significando
que el texto íntegro del citado pliego de cargos y
documentación aneja se encuentra archivado en la
Secretaría General de este organismo, Sección de
Instrucción de Expedientes del Servicio de
Inspección y Sanciones, plaza del Rey, número 1, en
Madrid, y copia de la misma en los Servicios
Periféricos del Ministerio de Educación y Cultura en
esa provincia (Gobierno Civil).
Madrid, 2 de marzo de 1998.-La Secretaria
general, Milagros Mendoza Andrade.-27.701-E.
MINISTERIO
DE INDUSTRIA Y ENERGÍA
Dirección General de la Energía
Resolución por la que se autoriza la modificación
de la balsa de cenizas y escorias de la central
termoeléctrica del Narcea, sita en el término municipal
de Tineo (Asturias), solicitada por Unión Fenosa y
se declara, en concreto, la utilidad pública de la misma
Visto el expediente incoado en la entonces
Diputación Provincial del Ministerio de Industria y
Energía en Asturias, a instancias de Unión Fenosa-central
térmica del Narcea, con domicilio en Soto de la
Barca-Tineo (Asturias), solicitando autorización
administrativa y declaración, en concreto, de la
utilidad pública para la modificación de la balsa de
cenizas y escorias de su central termoeléctrica del
Narcea;
Resultando que con fecha 21 de junio de 1976,
por resolución de la Delegación Provincial del
Ministerio de Industria y Energía, se autorizó y
declaró, en concreto, la utilidad pública de la balsa
de 1,5 hectómetros cúbicos de capacidad, para el
vertido de cenizas de la central térmica del Narcea;
Vistos el Decreto 2617/1996, de 20 de octubre,
sobre autorización de instalaciones eléctricas y el
Decreto 2619/1996, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 10/1966, de 18 de marzo, de
Expropiación Forzosa y Sanciones en Materia de
Instalaciones Eléctricas;
Resultando que, como consecuencia de la
información pública practicada en el procedimiento de
autorización de la instalación, se personaron en el
expediente varios vecinos de Santianes, presentando
alegaciones en las que se señala que la balsa actual
de cenizas está demasiado cerca del pueblo lo que
origina ya perjuicios para su salud, sus viviendas
y sus cosechas como consecuencia del
levantamiento de polvo de cenizas en los días de viento;
Resultando que con fecha 16 de septiembre
de 1997, se remiten las alegaciones de los vecinos
a Unión Fenosa, contestando ésta en escrito de
fecha 30 de octubre de 1997, en el que manifiesta
su disposición a tomar las medidas planteadas por
los vecinos que puedan ser asumibles;
Considerando que la disponibilidad de
almacenamiento de la balsa actual está limitada por la
superficie de su base lo que obliga a una ampliación
de la zona de almacenamiento de cenizas ya que
en un futuro próximo la capacidad actual sería
sobrepasada;
Considerando que la construcción de una balsa
con otro emplazamiento distinto presenta serias
dificultades por la orografía del lugar y por las
consecuencias del impacto medioambiental que
producirían, y que serían difícil de eliminar mediante
medidas correctoras;
Considerando que la ampliación de la balsa actual,
junto con las medidas propuestas de recogida y
tratamiento de las aguas de escorrentía, es la solución
más factible;
Considerando que se han cumplidos los trámites
previstos,
Esta Dirección General ha resuelto:
Autorizar y declarar, en concreto, la utilidad
pública la modificación de la balsa de cenizas y escorias
de la central termoeléctrica del Narcea a los efectos
señalados en la Ley 40/1994, de 30 de diciembre,
de Ordenación del Sistema Eléctrico Nacional.
Esta instalación se ejecutará de acuerdo con el
proyecto que ha servido de base para la tramitación
del expediente y las medidas correctoras siguientes:
Primera.-Las obras de ampliación del parque se
comenzarán acondicionando la zona más próxima
a Santianes, de forma que las medidas de
revegetación estén ya tomadas antes de ampliarse la zona
de almacenamiento de cenizas.
Segunda.-El perfil que debe tomar el parque de
cenizas en la zona más próxima a Santianes será
sensiblemente inferior, en lo referente a pendientes,
respecto a otras zonas.
Tercera.-En la construcción de la zona más
cercana a Santianes se extremarán al máximo el riego
para evitar levantamiento de polvo y de forma
expresa durante los días que no llueva existirá un riego
que actúe de forma intermitente.
Cuarto.-La revegetación de la zona próxima a
Santianes tendrá carácter prioritario y supondrá una
barrera vegetal entre el pueblo y el parque.
Quinto.-En los trabajos de explotación del parque
ya ampliado se instalará un sistema eficaz de riego
que limite la producción de polvo a cantidades
mínimas. Se considera que el sistema actual de riego
no es suficientemente eficaz por lo que "Unión
Fenosa, Sociedad Anónima", presentará un anexo
al proyecto del sistema de riego definitivo para
aprobarlo si procede.
Por la Delegación del Gobierno en Asturias se
exigirá que la instalación se adapte al proyecto
presentado por la empresa y a las normas de los
Reglamentos Técnicos que pueden afectar a la instalación.
La Dirección General de la Energía podrá dejar
sin efecto la presente autorización en cualquier
momento en que se compruebe el incumplimiento
de las condiciones impuestas.
La Dirección General de la Energía podrá
suprimir o modificar las presentes condiciones o añadir
otras nuevas si las circunstancias así lo aconsejen.
Madrid, 16 de abril de 1998.-El Director general,
Antonio Gomis Sáez.
Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno en Asturias.-27.810.
MINISTERIO
DE MEDIO AMBIENTE
Confederaciones Hidrográficas
SEGURA
Obra de modernización de los regadíos de la vega
media del Segura, M.D. Alimentación de acequias
de Zaraiche, Cateliche, Casillas, Alzaga, Benetucer
y Caravija en el término municipal de Murcia.
Expediente de expropiación número 3. Término
municipal: Murcia (Murcia). Expediente: A-5-3. Clave:
07.258.134
La Presidencia de esta Confederación, de
conformidad con lo dispuesto en la vigente Ley y
Reglamento de Expropiación Forzosa, ha resuelto abrir
un período de información pública por espacio de
quince días para rectificación de posibles errores
y declarar la necesidad de ocupación de los terrenos
afectados por las obras anteriormente epigrafiadas.
El detalle de las superficies afectadas, estado de
cultivos y propietarios se publicará en el "Boletín
Oficial de la Provincia de Murcia".
Asimismo, se encuentra expuesto en los tablones
de anuncios del Ayuntamiento de Murcia y de esta
Confederación.
Murcia, 13 de mayo de 1998.-El Secretario
general, Gerardo Cruz Jimena.-27.705-E.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE ARAGÓN
Departamento de Economía,
Hacienda y Fomento
Servicios Provinciales de Economía,
Hacienda y Fomento
TERUEL
El Jefe de la Sección de Minas del Servicio
Provincial de Economía, Hacienda y Fomento de
la Diputación General de Aragón en Teruel,
Hace saber: Que ha sido otorgado el siguiente
permiso de investigación:
Nombre: Cantalobos.
Número del expediente: 6,039.
Recurso: Sec. D)-Carbón.
Plazo de duración: Un año.
Superficie: 24 cuadrículas mineras.
Términos municipales: Albalate del Arzobispo y
Ariño.
Provincia: Teruel.
Fecha de otorgamiento: 21 de abril de 1998.
Titular: "Endesa, Sociedad Anónima".
Domicilio: Príncipe de Vergara, 187, 28002
Madrid.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 101.5 del vigente
Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25
de agosto de 1978.
Teruel, 21 de abril de 1998.-El Jefe de la Sección
de Minas, Francisco Javier San José
Cercenado.-27.767.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE EXTREMADURA
Consejería de Economía, Industria
y Hacienda
Dirección General de Ordenación Industrial,
Energía y Minas
Información pública del proyecto de "Distribución
y Comercialización de Gas Extremadura, Sociedad
Anónima", para la concesión administrativa de la
distribución y suministro de gas canalizado a los
mercados de uso doméstico, comercial y pequeño
industrial en el término municipal de Talayuela
A los efectos previstos en los capítulos III y IV
de la Ley 10/1987, de 15 de junio, de Disposiciones
Básicas para un Desarrollo Coordinado de
Actuaciones en Materia de Combustibles Gaseosos, y en
el Reglamento General del Servicio Público de
Gases Combustibles, aprobado por Decreto
2913/1973, de 26 de octubre, se somete a
información pública el siguiente proyecto de concesión
administrativa.
Peticionaria: "Distribución y Comercialización de
Gas Extremadura, Sociedad Anónima" (DICOGEXSA),
con domicilio social en calle Juan de la Cierva,
número 1, bajo, 06800 Mérida.
Objeto de la petición: Concesión administrativa
para la distribución y suministro de gas canalizado
a los mercados de usos doméstico, comercial y
pequeño industrial en el término municipal de
Talayuela.
Características de la instalación:
Tipo de gas: Propano comercial (previsto el paso
a gas natural).
Planta de almacenamiento y producción:
Inicialmente constará de una planta de almacenamiento
de propano, con una capacidad de 66 metros
cúbicos, estación de regulación y medida APB/MPB,
y equipos de trasvase y vaporización, con salida
en Media Presión B. En caso de disponer de
conexión a la Red Nacional de Gasoductos el
solicitante anularía la planta de almacenamiento, siendo
válidas para el gas natural las instalaciones de
regulación y medida y la red de distribución.
Presión de distribución: Comprendida entre 0,4
y 4 kg/cm 2 (Media Presión B).
Red de distribución: Constituida por tubería de
polietileno de media densidad DN 160 y 90 mm,
SRD11.
Área de concesión: Término municipal de
Talayuela.
Plazo: La concesión se solicita para setenta y cinco
años.
Presupuesto en pesetas: 112.666.810 pesetas.
Referencia expediente: G/18/98.
Lo que se hace público para conocimiento general
y para que todas aquellas personas, naturales o
jurídicas, que se consideren afectadas en sus derechos
puedan examinar el proyecto en esta Dirección
General, sita en Mérida, avenida de Roma, sin
número, y presentar por triplicado en dicho centro las
alegaciones que consideren oportunas en el plazo
de veinte días a partir del siguiente a la inserción
de este anuncio.
Mérida, 20 de abril de 1998.-El Director general
de Ordenación Industrial, Energía y Minas, Alfonso
Perianes Valle.-27.710.
Información pública del proyecto de Dicogexsa para
la concesión administrativa de la distribución y
suministro de gas canalizado a los mercados de uso
doméstico, comercial y pequeño industrial en el
término municipal de Moraleja
A los efectos previstos en los capítulos III y IV
de la Ley 10/1987, de 15 de junio, de disposiciones
básicas para un desarrollo coordinado de
actuaciones en materia de combustibles gaseosos, y en el
Reglamento General del Servicio Público de Gases
Combustibles, aprobado por Decreto 2913/1973,
de 26 de octubre, se somete a información pública
el siguiente proyecto de concesión administrativa.
Peticionario: "Distribución y Comercialización
Gas Extremadura, Sociedad Anónima" (DICOGEXSA),
con domicilio social en calle Juan de la Cierva,
número 1, 06800 Mérida.
Objeto de la petición: Concesión administrativa
para la distribución y suministro de gas canalizado
a los mercados de usos doméstico, comercial y
pequeño industrial en el término municipal de
Moraleja.
Características de la instalación:
Tipo de gas: Propano comercial (previsto el paso
a gas natural).
Planta de almacenamiento y producción:
Inicialmente constará de una planta de almacenamiento
de propano, con una capacidad de 90 metros
cúbicos, estación de regulación y medida APA/MPB,
y equipos de trasvase y vaporización, con salida
en media presión B. En caso de disponer de
conexión a la Red Nacional de Gasoductos, el
solicitante anularía la planta de almacenamiento, siendo
válidas para el gas natural las instalaciones de
regulación y medida y la red de distribución.
Presión de distribución: Comprendida entre 0,4
y 4 kg/cm 2 (media presión B).
Red de distribución: Constituida por tubería de
polietileno de media densidad DN 160 y 90 mm,
SRD11.
Área de concesión: Término municipal de
Moraleja.
Plazo: La concesión se solicita para setenta y cinco
años.
Presupuesto: 175.877.684 pesetas.
Referencia expediente: G/23/98.
Lo que se hace público para conocimiento general
y para que todas aquellas personas, naturales o
jurídicas, que se consideren afectadas en sus derechos
puedan examinar el proyecto en esta Dirección
General, sita en Mérida, avenida de Roma, sin
número, y presentar por triplicado en dicho centro las
alegaciones que consideren oportunas en el plazo
de veinte días a partir del siguiente a la inserción
de este anuncio.
Mérida, 24 de abril de 1998.-El Director general
de Ordenación Industrial, Energía y Minas, Alfonso
Perianes Valle.-27.709.
Información pública del proyecto de DICOGEXSA,
para la concesión administrativa de la distribución
y suministro de gas canalizado a los mercados de
uso doméstico, comercial y pequeño industrial en
el término municipal de Jaraiz de la Vera
A los efectos previstos en los capítulos III y IV
de la Ley 10/1987, de 15 de junio, de Disposiciones
Básicas para un Desarrollo Coordinado de
Actuaciones en Materia de Combustibles Gaseosos, y en
el Reglamento General del Servicio Público de
Gases Combustibles, aprobado por Decreto
2913/1973, de 26 de octubre, se somete a
información pública el siguiente proyecto de concesión
administrativa.
Peticionaria: "Distribución y Comercialización de
Gas Extremadura, Sociedad Anónima", con
domicilio social en Mérida, calle Juan de la Cierva,
número 1, bajo.
Objeto de la petición: Concesión administrativa
para la distribución y suministro de gas canalizado
a los mercados de usos doméstico, comercial y
pequeño industrial en el término municipal de Jaraiz
de la Vera.
Características de la instalación:
Tipo de gas: Propano comercial (previsto el paso
a gas natural).
Planta de almacenamiento y producción:
Inicialmente constará de una planta de almacenamiento
de propano, con una capacidad de 99 metros
cúbicos, estación de regulación y medida APA/MPB,
y equipos de trasvase y vaporización, con un caudal
máximo previsto de 374 Kg/h, con salida en Media
Presión B. En caso de disponer de conexión a la
Red Nacional de Gasoductos el solicitante anularía
la planta de almacenamiento, siendo válidas para
el gas natural las instalaciones de regulación y
medida y la red de distribución.
Presión de distribución: 1,75 kg/cm 2 (Media
Presión B).
Red de distribución: Constituida por tubería de
polietileno de media densidad DN 160 y 90 mm,
SRD11.
Área de concesión: Término municipal de Jaraiz
de la Vera.
Plazo: La concesión se solicita para setenta y cinco
años.
Presupuesto en pesetas: 167.888.785 pesetas.
Referencia expediente: G/24/98.
Lo que se hace público para conocimiento general
y para que todas aquellas personas, naturales o
jurídicas, que se consideren afectadas en sus derechos
puedan examinar el proyecto en esta Dirección
General, sita en Mérida, avenida de Roma, sin
número, y presentar por triplicado en dicho centro las
alegaciones que consideren oportunas en el plazo
de veinte días a partir del siguiente a la inserción
de este anuncio.
Mérida, 7 de mayo de 1998.-El Director general
de Ordenación Industrial, Energía y Minas, Alfonso
Perianes Valle.-27.706.
CIUDAD DE CEUTA
Consejería de Economía y Hacienda
Resolución por la que se autoriza el establecimiento
de la instalación eléctrica que se cita
Visto el expediente tramitado en el Servicio de
Industria y Energía de esta Consejería a petición
de don Alberto Ramón Gaitán Rodríguez, en
representación de la "Empresa de Alumbrado Eléctrico
de Ceuta, Sociedad Anónima", con domicilio en
Ceuta, calle Beatriz de Silva, número 2, solicitando
autorización y declaración en concreto de utilidad
pública para el establecimiento de un centro de
transformación, y cumplidos los trámites
reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto
2617/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones
en materia de instalaciones eléctricas,
Esta Consejería, en ejercicio de las competencias
asignadas por el Decreto 2502/1996, de 5 de
diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la
Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta
en materia de Industria y Energía, ha resuelto:
Primero.-Autorizar la instalación de un centro
de transformación, cuyas características principales
son las siguientes:
a) Lugar donde se va a establecer la instalación:
El centro de transformación, que se denominará
"Campamento El Jaral", irá situado en la zona del
Jaral, a nivel del suelo exterior y próximo al
campamento militar del mismo nombre.
b) Finalidad de la instalación: Dotar de
suministro de energía eléctrica en baja tensión a las
edificaciones situadas en las proximidades del
campamento militar "El Jaral".
c) Número de transformadores: El centro de
transformación irá dotado de un transformador de
hasta 630 KVA, para transformación de 15.000 V
a 380/220 V.
d) Línea: La alimentación del centro se realizará
por una línea eléctrica aérea de 15 KV existente,
cuya sección es de 3 ^ 35 mm 2 , de cobre.
e) Presupuesto: 1.684.750 pesetas.
Segundo.-Declarar en concreto la utilidad pública
de la instalación eléctrica que se autoriza, a los
efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre
expropiación forzosa y sanciones en materia de
instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación,
de 20 de octubre de 1966.
Ceuta, 22 de abril de 1998.-La Viceconsejera
de Economía y Hacienda, Regina Pizones
Sánchez.-27.874.
UNIVERSIDADES
ALCALÁ
A los efectos de la Orden de 9 de septiembre
de 1974, se anuncia el extravío del título de Doctor
en Medicina y Cirugía, expedido el 11 de noviembre
de 1991, a nombre de doña María Luisa Picazo
Alba, registrado en el folio 2, número 82, del libro
de Registro del Negociado de Doctorado de esta
Universidad.
Alcalá de Henares, 21 de mayo de 1998.-Por
la Sección de Títulos, María Carmen M.
Chamorro.-27.793.
COMPLUTENSE DE MADRID
Facultad de Derecho
Habiendo sufrido extravío el título de Licenciado
en Derecho, expedido a favor de doña Adelaida
Suárez Alonso el 15 de septiembre de 1982, se
hace público en este periódico oficial, en
cumplimiento de lo previsto en la Orden de 8 de julio
de 1988 ("Boletín Oficial del Estado" del 13), para
iniciar la tramitación de un duplicado, si no
apareciese en el plazo de treinta días, desde la
publicación de este anuncio.
Madrid, 28 de abril de 1998.-El Secretario, José
Ignacio Rubio San Román.-27.795.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid