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Documento BOE-B-1998-35841

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Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 13 de junio de 1998, páginas 9627 a 9632 (6 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Referencia:
BOE-B-1998-35841

TEXTO

MINISTERIO DE FOMENTO

Demarcaciones de Carreteras

MADRID

Expediente de información pública a efectos

de declaración de urgencia

Por Resolución de la Dirección General de

Carreteras de fecha 29 de diciembre de 1997, ha sido

aprobado el proyecto: Nuevo enlace a El Plantío

y Majadahonda. Carretera N-VI, de Madrid a A

Coruña, puntos kilométricos 10,7 al 18,6. Tramo,

Aravaca-Las Rozas. Clave: 14-M-4543.2.

Con fecha 8 de junio de 1990, la citada Dirección

General ha ordenado a la Demarcación de

Carreteras de Madrid la incoación del expediente de

expropiación de los bienes y derechos necesarios

para la ejecución de las obras.

Dichos bienes y derechos se concretan en:

Finca número 1 (zona A). Propietaria: Doña

Tatiana Pérez de Guzmán el Bueno Seebacher.

Datos catastrales: Parcela 3, polígono 9.

Superficie afectada: 22.737 metros cuadrados.

Clasificación del suelo: Rústica.

Considerándose implícita la declaración de

utilidad pública y necesidad de ocupación, a tenor

de lo dispuesto en los artículos 8 de la Ley 25/1988,

de 29 de julio, de Carreteras, y 36 del Real Decreto

1812/1994, de 2 de septiembre, por el que se

aprueba el Reglamento de ejecución de la citada Ley,

esta Demarcación ha acordado, a los efectos

previstos en los artículos 17.2 de la Ley de Expropiación

Forzosa y 56 de su Reglamento, someter a

información pública los datos anteriormente expuestos

relativos a la finca expropiada, como trámite previo

para solicitar la declaración de urgencia prevista

en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,

y a fin de que, durante un plazo de quince días,

desde la última publicación de esta nota anuncio,

puedan los interesados o cualquier otra persona

formular por escrito cuantas alegaciones estimen

oportunas, a los efectos de la subsanación de posibles

errores en la descripción material o legal de los

indicados bienes, ante esta Demarcación de

Carreteras (calle Josefa Valcárcel, 11, 28027 Madrid).

Asimismo, se ha remitido al Ayuntamiento de

Las Rozas, plano parcelario del expediente de

expropiación.

Madrid, 9 de junio de 1998.-El Ingeniero Jefe,

Roberto Alberola García.-31.736.

MINISTERIO

DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

Dirección General de la Energía

Resolución por la que se autoriza a la "Compañía

Logística de Hidrocarburos CLH, Sociedad

Anónima", la realización del proyecto de instalaciones de

la adenda 1 del oleoducto Cartagena-Alicante

Visto el escrito presentado por la "Compañía

Logística de Hidrocarburos, CLH, Sociedad

Anónima", ante la Dirección General de la Energía,

en fecha 19 de febrero de 1997, por el que se solicita

la autorización del proyecto de instalaciones de la

adenda 1 del oleoducto Cartagena-Alicante.

Junto a dicha solicitud, "CLH, Sociedad

Anónima", presenta el correspondiente proyecto de

instalaciones y la relación concreta e individualizada

de los bienes y derechos afectados por este proyecto,

con los correspondientes planos parcelarios.

Habiendo sido sometido dicho proyecto al trámite

de información pública, mediante su inserción en

el "Boletín Oficial del Estado" de 5 de junio de 1997,

en el "Boletín Oficial de la Provincia de Alicante"

de 5 de mayo de 1997 y en el diario "La Verdad"

de 5 de abril de 1997, de acuerdo con lo previsto

al efecto en la Ley 34/1992, de 22 de diciembre,

de Ordenación del Sector Petrolero, así como en

la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre

de 1954, y en su Reglamento de 26 de abril de

1957.

Habiéndose remitido igualmente el anuncio para

su exposición pública en los Ayuntamientos de

Alicante y Elche y organismos afectados.

No habiéndose recibido alegaciones al trazado

del proyecto en cuestión y haciendo constar,

asimismo, la conformidad manifestada a dicho trazado

por parte de los siguientes organismos:

Demarcación de Carreteras del Estado en Valencia.

RENFE. Jefatura Territorial de Mantenimiento

de Infraestructuras.

AENA. Aeropuerto de Alicante.

Comunidad de Riegos de Levante.

Habiéndose emitido, igualmente, declaración de

impacto ambiental informando favorablemente el

proyecto por parte de la Consejería de Medio

Ambiente de la Generalidad Valenciana (16 de abril

de 1998).

Considerando lo dispuesto en los artículos 4.1

y 10.1 de la Ley 34/1992, de 22 de diciembre,

de Ordenación del Sector Petrolero, y a tenor de

lo dispuesto en el artículo 16.5 del Decreto

1775/1967, de 22 de julio, en relación con el

artículo 12.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Constando informe favorable de la Dirección

Provincial del Ministerio de Industria y Energía en

Alicante, de fecha 21 de octubre de 1997.

Esta Dirección General de la Energía ha resuelto:

Autorizar el proyecto de instalaciones de la

adenda 1 del Oleoducto Cartagena-Alicante, presentado

por la "Compañía Logística de Hidrocarburos, CLH,

Sociedad Anónima".

Esta aprobación está sometida a las condiciones

siguientes:

Primera.-El presente proyecto, suscrito por

Técnico superior y visado por el Colegio Oficial de

Ingenieros Superiores Industriales de la Comunidad

Valenciana y Albacete, tiene por objeto la

prolongación del trazado del oleoducto existente entre

Cartagena y la ya existentes instalación aeroportuaria

situada en El Altet, término municipal de Elche,

hasta la nueva planta de almacenamientos de

hidrocarburos que "CLH, Sociedad Anónima", construirá

en el paraje denominado Els Reyets, término

municipal de Alicante. De este modo, la terminal del

oleoducto, ubicada actualmente en la instalación

aeroportuaria se trasladará a la nueva instalación

de almacenamiento.

Segunda.-El caudal a transportar es de 1.200.000

toneladas/año de productos líquidos derivados del

petróleo, con una presión máxima de 100

kilogramos por centímetro cuadrado.

Tercera.-La longitud total del tramo de oleoducto

proyectado es de 5.128 metros, de los que 459

metros corresponden al término municipal de Elche

y 4.669 metros corresponden al término municipal

de Alicante.

Cuarta.-El tramo de oleoducto a construir, al

igual que el ya existente, tendrá un diámetro de

tubería de 10 pulgadas, en acero API-5L-X52 y

espesor de 6,7 milímetros. Asimismo, se construirán dos

nuevas tuberías de derivación, de 1.030 metros de

longitud cada una, desde el oleoducto existente entre

la instalación aeroportuaria y el puerto de Alicante

hasta la nueva instalación de almacenamiento. Estas

dos tuberías estarán construidas en acero

API-5L-Gr.B, con un diámetro de 6 pulgadas y 6,35

milímetros de espesor.

La tubería tendrá una profundidad de

enterramiento de, al menos, 1 metro sobre la generatriz

superior, requiriéndose profundidades mayores en

los cruces con vías de comunicación o donde sea

aconsejable geotécnicamente.

En cuanto a la protección contra la corrosión,

además de una protección pasiva a base de un

recubrimiento de polietileno de alta densidad, se utilizan

dos clases distintas. Por un lado, la protección

mecánica para tubos instalados en zonas rocosas y, por

otro, la protección catódica para toda la tubería

con objeto de su defensa contra la corrosión por

ataques microbianos y químicos.

El proyecto incluye, asimismo, el estudio de

impacto ambiental, de acuerdo con el Decreto

162/1990, de 15 de octubre, del Consejo de la

Generalidad Valenciana, por el que se aprueba el

Reglamento para la ejecución de la Ley 2/1989, de 3

de marzo, de Impacto Ambiental, y un proyecto

de acometida eléctrica, necesaria para abastecer la

nueva planta de almacenamiento con motivo del

traslado a la misma desde la instalación

aeroportuaria de la actual terminal del oleoducto. Esta

acometida eléctrica en media tensión (20 kV) parte

de la línea de media tensión (20 kV) a Santa Pola,

propiedad de la compañía "Iberdrola, Sociedad

Anónima".

Quinta.-El diseño, montaje y puesta en marcha

de las instalaciones contempladas en el proyecto

se realizarán de acuerdo con los Reglamentos,

estándares, códigos, normas, instrucciones y

especificaciones que en el mismo se citan.

Sexta.-El presupuesto total estimado asciende a

138.544.600 pesetas.

Séptima.-El plazo de ejecución de las obras se

fija en doce meses, contados a partir de la fecha

de ocupación real de las fincas que han de ser

afectadas por aquéllas.

Octava.-Las instalaciones y almacenamiento

deberán cumplir lo dispuesto en el Real Decreto

2085/1994, de 20 de octubre ("Boletín Oficial del

Estado" de 27 de enero de 1995), por el que se

aprueba el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas,

sin perjuicio de lo dispuesto en otra normativa

general o especial aplicable.

Novena.-Sin perjuicio de las atribuciones y

competencias que correspondan a otras entidades y

organismos, el Director técnico responsable de la

instalación que se autoriza acreditará ante la

Dependencia del Área Funcional de Industria y Energía

de la Subdelegación del Gobierno de Alicante que

en las obras se han realizado con resultado

satisfactorio los ensayos y pruebas prescritas en las

normas y códigos que se referencian en el proyecto,

y se levantará acta de puesta en marcha, sin cuyo

requisito la instalación no podrá entrar en

funcionamiento. Una copia del acta de puesta en marcha

deberá ser remitida a la Dirección General de la

Energía.

Décima.-Para introducir modificaciones en las

instalaciones autorizadas será necesario obtener la

autorización correspondiente.

Undécima.-La Administración se reserva el

derecho de realizar las pruebas que estime convenientes

y de dejar sin efecto esta autorización si se demuestra

el incumplimiento de las condiciones impuestas, la

existencia de discrepancias fundamentales con

relación a la información suministrada u otra causa

excepcional que lo justifique.

Duodécima.-Contra la presente Resolución, de

acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107 y

siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y

en la disposición adicional decimoquinta de la Ley

6/1997, de 14 de abril, de Organización y

Funcionamiento de la Administración General del

Estado, puede interponerse recurso ordinario ante el

Ministro de Industria y Energía, en el plazo de un

mes, a partir del día siguiente al de la recepción

de la notificación de la presente Resolución.

Madrid, 8 de mayo de 1998.-El Director general,

Antonio Gomis Sáez.-31.742.

MINISTERIO

DE ADMINISTRACIONES

PÚBLICAS

Delegaciones del Gobierno

ANDALUCÍA

Resolución por la que se convoca el levantamiento

de actas previas a la ocupación de determinadas

fincas afectadas por el proyecto de instalaciones

oleoducto Rota-Zaragoza, variante Palmar de Troya, en

Utrera (Sevilla)

Por Resolución de la Dirección General de la

Energía, de 8 de abril de 1998, Ministerio de

Industria y Energía, se autorizó a "Compañía Logística

de Hidrocarburos, CLH, Sociedad Anónima", la

construcción de las instalaciones correspondientes

al oleoducto Rota-Zaragoza, variante Palmar de

Troya, en Utrera (Sevilla), previa la correspondiente

información pública. Dicha aprobación, de acuerdo

con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 34/1992,

de 22 de diciembre, de acuerdo con lo dispuesto

en el artículo 5 de la Ley 34/1992, de 22 de

diciembre, de Ordenación del Sector Petrolero, lleva

implícita la concreta utilidad pública y la necesidad de

urgente ocupación a efectos de expropiación forzosa

de los bienes y derechos necesarios para el

establecimiento de las instalaciones, siendo de

aplicación el procedimiento de urgencia que determina

el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,

de 16 de diciembre de 1954.

En su virtud, esta Delegación del Gobierno ha

resuelto convocar a los titulares de los bienes y

derechos afectados en el Ayuntamiento de Utrera

donde radican las fincas afectadas como punto de

reunión para, de conformidad con el procedimiento

que establece el citado artículo 52, llevar a cabo

el levantamiento de las actas previas a la ocupación

y, si procediera, las de ocupación definitiva.

Todos los interesados, así como las personas que

sean titulares de cualesquiera clase de derechos o

intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir

personalmente o representados por persona

debidamente autorizada, aportando los documentos

acreditativos de su titularidad y el último recibo

de la contribución, pudiéndose acompañar, a su

costa, de sus peritos y un Notario, si lo estiman

oportuno.

Los levantamientos de actas tendrán lugar el día

23 de junio de 1998, en el Ayuntamiento de Utrera.

El orden de levantamiento se comunicará a cada

interesado mediante la oportuna cédula de citación

individual, figurando la relación de titulares

convocados en el tablón de edictos del Ayuntamiento

de Utrera, significándose que esta publicación se

realiza igualmente a los efectos que determina el

artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en

los casos de titulares desconocidos o domicilio

ignorado.

En el expediente expropiatorio "Compañía

Logística de Hidrocarburos, CLH, Sociedad Anónima",

asumirá la condición de beneficiaria.

Sevilla, 1 de junio de 1998.-El Delegado del

Gobierno, José Torres-Hurtado.-31.739.

LA RIOJA

Resolución por la que se convoca el levantamiento

de actas previas a la ocupación de determinadas

fincas afectadas por el proyecto de instalaciones

ramal a Viana

Por Resolución de la Dirección General de la

Energía de 27 de marzo de 1998, Ministerio de

Industria y Energía, se autorizó a ENAGÁS la

construcción de las instalaciones correspondientes al

gasoducto denominado ramal a Viana, previa la

correspondiente información pública. Dicha

aprobación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo

13 de la Ley 10/1987, de 15 de junio, de

disposiciones básicas para un desarrollo coordinado de

actuaciones en materia de combustibles gaseosos,

lleva implícita la necesidad de ocupación de los

bienes y derechos afectados. Al propio tiempo, la

declaración de utilidad pública y urgencia en la

ocupación viene determinada por lo dispuesto en el

artículo 10 de la precitada Ley, siéndoles de

aplicación el procedimiento de urgencia que determina

Anexo que se cita

Afección Catastro

Finca número Titular y domicilio Naturaleza

Long. O.Tem.

-

m 2

LO-LO-514 bisViveros Provedo, S. A.,

Jorge Vigón, 2,

1. º izq, Logroño. 780 77 8 25Labor regadío.26-6-1998 12,00

LO-LO-520/1 Desconocido. 480 8 31Labor 96 regadío.26-6-1998 12,00

LO-LO-522/1 Eloy López Galilea y

otros, avda. de la Paz,

21, Logroño. 490 8 18Labor 0 regadío.26-6-1998 12,15

LO-LO-522/1 Cabrera-Conlosa, S. A., 0 490 8 18 Labor regadío.26-6-1998 12,30

bis Duquesa de la

Victoria, 59 y 61, bajo,

Logroño.

MINISTERIO

DE MEDIO AMBIENTE

Confederaciones Hidrográficas

EBRO

Obra: Canal del Cinca. Plan Coordinado. Sectores

XXVII y XXVIII. Expediente número 1.1 er -adicional,

término municipal de Peralta de Alcofea (Huesca)

Siendo de urgente ejecución las obras relativas

a la zona del canal del Cinca como incluidas en

el artículo 42.b) del Decreto 1541/1972, de 15 de

junio, a los efectos previstos en el artículo 52 de

la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre

de 1954.

el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,

de 16 de diciembre de 1954.

En su virtud, esta Delegación del Gobierno ha

resuelto convocar a los titulares de los bienes y

derechos afectados en el Ayuntamiento de Logroño

donde radican las fincas afectadas como punto de

reunión para, de conformidad con el procedimiento

que establece el citado artículo 52, llevar a cabo

el levantamiento de las actas previas a la ocupación

y, si procediera, las de ocupación definitiva.

Todos los interesados, así como las personas que

sean titulares de cualesquiera clase de derechos o

intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir

personalmente o representados por persona

debidamente autorizada, aportando los documentos

acreditativos de su titularidad y el último recibo

de la contribución, pudiéndose acompañar, a su

costa, de sus Peritos y un Notario, si lo estiman

oportuno.

Los levantamientos de actas tendrán lugar el día

26 de junio de 1998, en el Ayuntamiento de

Logroño. El orden de levantamiento se comunicará a cada

interesado mediante la oportuna cédula de citación

individual, figurando la relación de titulares

afectados convocados en el tablón de edictos del

Ayuntamiento de Logroño. Es de señalar que esta

publicación se realiza igualmente a los efectos que

determina el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, de notificación de la presente

Resolución a los titulares desconocidos de la finca

que se describe en el anexo.

En el expediente expropiatorio "Enagás, Sociedad

Anónima", asumirá la condición de beneficiaria.

Logroño.-El Delegado, Tomás López San

Miguel.-29.780.

Citación

Ayunt. Logroño

Políg. Parcela Hora Día

En consecuencia, y en uso de las atribuciones

que tiene conferidas, la Presidencia de esta

Confederación ha tenido a bien convocar en los locales

de la Alcaldía de Peralta de Alcofea (Huesca), en

los días y horas siguientes:

Día 27 de julio de 1998: De diez a trece treinta

horas, propietarios números 1 al 25; de diecinueve

a veintiuna horas, propietarios números 26 al 35.

Día 28 de julio de 1998: De diez a trece treinta

horas, propietarios números 36 al 60; de diecinueve

a veintiuna horas, propietarios números 61 al 70.

Día 29 de julio de 1998: De diez a trece treinta

horas, propietarios números 71 al 95; de diecinueve

a veintiuna horas, propietarios números 96 al 105.

Día 30 de julio de 1998: De diez a trece treinta

horas, propietarios números 106 al 130.

A todos los propietarios afectados por el

procedimiento, y que se expresan en la relación expuesta

en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de

Peralta de Alcofea (Huesca), en la Secretaría General

de la Confederación Hidrográfica del Ebro, paseo

Sagasta, números 24 y 28, de Zaragoza, y en el

"Boletín Oficial de la Provincia de Huesca", para

que sin perjuicio de trasladarse al terreno, si alguno

así lo solicita, se proceda al levantamiento de actas

previas a la ocupación de las respectivas fincas.

A dicho acto, al que deberán asistir

inexcusablemente el representante y el Perito de la

Administración, así como el Alcalde de Peralta de Alcofea

(Huesca), o Concejal en quien delegue, podrán

asistir los propietarios ejercitando los derechos que al

efecto determina el mencionado artículo 52, en su

párrafo tercero.

Zaragoza, 15 de mayo de 1998.-El Secretario

general, Carlos de Miguel Domínguez.-30.180.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE CATALUÑA

Departamento de Industria,

Comercio y Turismo

Delegaciones Territoriales

LLEIDA

Información pública sobre la solicitud de concesión

administrativa para el suministro de gas licuado del

petróleo canalizado en el término municipal de

Penelles

De acuerdo con lo que prevén los artículos 5

y siguientes de la Ley 10/1987, de 15 de junio,

y el artículo 11 del Reglamento General de Servicio

Público de Gases Combustibles, de 26 de octubre

de 1973, se somete a información pública la solicitud

de concesión administrativa de suministro de gas

licuado del petróleo canalizado, cuyas características

se señalan a continuación:

Peticionario: "Repsol Butano, Sociedad Anónima".

Objeto: Obtener la concesión administrativa para

el suministro de gas licuado del petróleo canalizado

en el término municipal de Penelles.

Presupuesto: 21.001.059 pesetas.

Características principales de la instalación:

Estación de gas licuado del petróleo:

Número de depósitos: 2.

Capacidad unitaria: 28,93 metros cúbicos.

Capacidad total: 57,86 metros cúbicos.

Disposición: Enterrados.

Vaporización: Natural.

Red de distribución:

Número de usuarios: 131.

Longitud de la red: 1.790 metros.

Material: PE SDR-11.

Diámetros: 90, 63 y 40 milímetros.

Presión de servicio: 1,75 bar.

Esta concesión se solicita respetando, en todo

caso, los derechos concesionales otorgados con

anterioridad a las sociedades distribuidoras ya

implantadas y que pueden verse afectadas.

Todas aquellas personas o entidades que se

consideren afectadas pueden examinar el proyecto y,

si procede, presentar alegaciones ante la Delegación

Territorial de Industria, Comercio y Turismo de

Lleida (avenida Segre, 7), en el plazo de veinte días

a partir de la publicación de este anuncio.

Lleida, 16 de abril de 1998.-El Delegado

territorial, Manuel Martín i Juliá.-30.119.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE GALICIA

Consejería de Industria y Comercio

Delegaciones Provinciales

PONTEVEDRA

Resolución por la que se somete a información

pública la petición de autorización administrativa, la

declaración de utilidad pública, en concreto, y la

necesidad de urgente ocupación que ello implica,

de la instalación eléctrica que se cita (número de

expediente: IN407A 98/107-4)

A los efectos prevenidos en el artículo 9 del

Decreto 2617/1966, artículos 52, 53 y 54 de la Ley

54/1997, del sector eléctrico, y artículos 10 y 16

del Decreto 2619/1966, se somete a información

pública la petición de autorización, declaración de

utilidad pública, en concreto, y la urgente ocupación

de la instalación eléctrica que se describe:

Solicitante: "Unión Fenosa, Sociedad Anónima".

Domicilio social: García Barbón, 38, Vigo.

Título: Línea de media tensión, derivación

"Borreiros".

Anexo

Relación de propietarios, bienes y derechos afectados

úmero de expediente: AT. LMT derivación "Borreiros". Provincia: Pontevedra. Término

municipal: Gondomar

Propietarios Afección

Núm. Paraje Cultivo y apellidos Nombre y dirección

1 Golada. Prado. Martínez Jaime Miniño. Calle

Ventura Misa, 6, 36300 Baiona.

2 Golada. Prado. Candendo Gonzalo Lorenzo. Calle

Ana Isabel Costas Piñeiro, 1,

36350 Ramallosa-Nigrán.

4 Xunqueira. Prado. Enrique José Pereira Molares. Calle

Jacinto Benavente, 29, 36202

Vigo.

6 Piñeiral. Alto. Monte Ricardo Vázquez Estévez.

Xunqueira, 10, 36378

Borreiros-Gondomar.

7 Palomares. Prado. Benjamín Vieira Costas. Telleiro, 2,

36378 Borreiros-Gondomar.

10 Palomares. Monte bajo. Ricardo Vázquez Estévez.

Xunqueira, 10, 36378

Borreiros-Gondomar.

11 Burgovedro. Prado. Misa Lorenzo Martínez. Granxa, 3,

36307 Belesar-Baiona.

14 Burgovedro. Prado. Malvar Luis Perdiz. Calle

Burgovedro, 6, 36378

Borreiros-Gondomar.

17 Lentas. Prado. Gutiérrez Miguel Álvarez. Calle

Filipinas, 2, 36204 San José-Vigo.

18 Lentas. Prado. Secundina Rodríguez Rodríguez.

Telleiro, 23, 36378

Borreiros-Gondomar.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE CANTABRIA

Consejería de Turismo, Transportes

y Comunicaciones e Industria

Dirección General de Industria

La Dirección General de Industria (Consejería

de Industria, Turismo, Trabajo y Comunicaciones),

Situación: Gondomar.

Características técnicas:

Línea de media tensión, a 20 KV, de 875 metros

de longitud, con conductor tipo LA-56, sobre apoyos

de hormigón, desde el apoyo 6 de la línea de media

tensión "Gon 8.22", finalizando en el centro de

transformación existente de "Borreiros",

Ayuntamiento de Gondomar.

La relación concreta e individualizada de los

bienes o derechos a expropiar figura en el anexo.

Todas aquellas personas o entidades que se

consideren afectadas podrán presentar sus alegaciones

en esta Delegación Provincial, por duplicado, en

el plazo de treinta días a partir de la última

publicación o notificación individual.

Durante dicho período cualquier persona podrá

aportar asimismo por escrito, los datos oportunos

para rectificar posibles errores en la relación de

personas, bienes y derechos afectados, así como

formular las alegaciones procedentes por razón de lo

dispuesto en los artículos 25 y 26 del Reglamento

de la Ley 10/1966, de Expropiación Forzosa y

Sanciones en Materia de Instalaciones Eléctricas.

Pontevedra, 5 de mayo de 1998.-La Delegada

provincial, Carmen Bianchi Valcarce.-29.864-2.

Suelo Vuelo

Núm.

m 2 ml m 2

apoyo

37 258

147

140 1.400

3 2 1.024 64

880

15 209

4 2 59 470

21 175

6 124 2 1.065

78

de la Diputación Regional de Cantabria, hace saber

que se ha otorgado el registro minero que a

continuación se cita:

Clase: Permiso de investigación.

Número: 16.499-2.

Nombre: "Ruth", segunda fracción.

Recursos: Cuarzo y baritina (sección "C").

Superficie: Tres cuadrículas mineras.

Término: Los Corrales de Buelna (Cantabria).

Titular: "Explotaciones San Antonio, Sociedad

Limitada".

Lo que se hace público en cumplimiento de lo

dispuesto en el artículo 101.5 del vigente

Reglamento General para el Régimen de la Minería,

aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto

("Boletín Oficial del Estado" números 295 y 296,

de 11 y 12 de diciembre).

Santander, 18 de mayo de 1998.-El Director

general, Pedro J. Herrero López.-30.178.

Dirección General de Industria

La Dirección General de Industria (Consejería

de Industria, Turismo, Trabajo y Comunicaciones),

de la Diputación Regional de Cantabria, hace saber

que se ha otorgado el registro minero que a

continuación se cita:

Clase: Permiso de investigación.

Número: 16.503.

Nombre: "Paloma".

Recursos: Sección "C".

Superficie: Cinco cuadrículas mineras.

Términos: Cartes, Reocín y Mazcuerras

(Cantabria).

Titular: "Asturiana de Zinc, Sociedad Limitada".

Lo que se hace público en cumplimiento de lo

dispuesto en el artículo 101.5 del vigente

Reglamento General para el Régimen de la Minería,

aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto

("Boletín Oficial del Estado" números 295 y 296,

de 11 y 12 de diciembre).

Santander, 18 de mayo de 1998.-El Director

general, Pedro J. Herrero López.-30.176.

Dirección General de Industria

La Dirección General de Industria (Consejería

de Industria, Turismo, Trabajo y Comunicaciones),

de la Diputación Regional de Cantabria, hace saber

que se ha otorgado el registro minero que a

continuación se cita:

Clase: Permiso de investigación.

Número: 16.499-I.

Nombre: "Ruth", primera fracción.

Recursos: Cuarzo y baritina (sección "C").

Superficie: Una cuadrícula minera.

Términos: Los Corrales de Buelna (Cantabria).

Titular: "Explotaciones San Antonio, Sociedad

Limitada".

Lo que se hace público en cumplimiento de lo

dispuesto en el artículo 101.5 del vigente

Reglamento General para el Régimen de la Minería,

aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto

("Boletín Oficial del Estado" números 295 y 296,

de 11 y 12 de diciembre).

Santander, 18 de mayo de 1998.-El Director

general, Pedro J. Herrero López.-30.177.

Dirección General de Industria

Resolución por la que se convoca para el

levantamiento de actas previas a la ocupación de

determinadas fincas afectadas por la línea eléctrica aérea

de 13,2 kV, derivada de la STR Castro-Sámano,

al CT número 154, denominado "Geriátrico", en

el término municipal de Castro Urdiales, expediente

AT 115/96

Por Resolución de la Dirección Regional de

Industria de fecha 22 de enero de 1997, ha sido autorizada

y declarada, en concreto, la utilidad pública de la

línea aérea de 13,2 kV al CT número 154,

denominado "Geriátrico", de acuerdo con lo establecido

en los artículos 53, 54 y 55 de la Ley 40/1994,

de 30 de diciembre, de Ordenación del Sistema

Eléctrico Nacional, confirmada por Resolución del

Consejero de Turismo, Transportes y

Comunicaciones e Industria de fecha 17 de octubre de 1997,

y denegada la suspensión del acto administrativo

recurrido por la Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de

Cantabria, mediante auto de fecha 11 de febrero

de 1998.

Dicha declaración de utilidad pública lleva

implícita la necesidad de ocupación de los bienes y

derechos afectados e implica la urgente ocupación a

los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación

Forzosa.

En su virtud, esta Dirección General ha resuelto

convocar a los titulares de bienes y derechos

afectados, cuya relación se inserta en el Ayuntamiento

de Castro Urdiales, en cuyo término radican las

fincas afectadas, para, de conformidad con el

procedimiento que establece el citado artículo 52, llevar

a cabo el levantamiento de acta previa a la

ocupación, y si procediera, el de ocupación definitiva.

Los interesados, así como las personas que sean

titulares de cualquier clase de derechos e intereses

sobre los bienes afectados, deberán acudir

personalmente o representados por persona debidamente

autorizada, aportando los documentos acreditativos

de su titularidad y el último recibo de la

contribución, pudiéndose acompañar, a su costa, de sus

Peritos y un Notario, si lo estiman oportuno.

El levantamiento de actas tendrá lugar el día 29

de junio de 1998, a partir de las diez horas, y se

comunicará a los interesados mediante la oportuna

cédula de citación, significándose que esta

publicación se realiza igualmente a los efectos que

determina el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

En el expediente expropiatorio "Iberdrola,

Sociedad Anónima", asumirá la condición de beneficiaria.

Santander, 21 de mayo de 1998.-El Director

general, Pedro José Herrero López.-30.118-15.

Relación de afectados

Término municipal de Castro Urdiales

Finca número 2 (50 por 100). Titular: Doña María

Codina Eguíbar. Domicilio: Barrio Hornas, Samano,

Castro Urdiales. Afectación: Longitud del tendido, 5

metros; apoyos, 1 metro cuadrado; anchura de

conductores, 2,50 metros. Datos catastrales: Polígono

10, parcela 48. Naturaleza: Rústica.

Finca número 2 (50 por 100). Titular: Doña

Soledad Codina Eguíbar. Domicilio: Siglo XX, 22, 3. º A,

Castro Urdiales. Afectación: Longitud del tendido, 5

metros; apoyos, 1 metro cuadrado; anchura de

conductores, 2,50 metros. Datos catastrales: Polígono

10, parcela 48. Naturaleza: Rústica.

Finca número 3. Titular: Don J. Manuel Usubiaga

López. Domicilio: Barrio El Moral, 54,

Samano, Castro Urdiales. Afectación: Longitud del

tendido, 52 metros; anchura de conductores, 2,50

metros. Datos catastrales: Polígono 10, parcela 514.

Naturaleza: Rústica.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE CASTILLA-LA MANCHA

Consejería de Industria y Trabajo

Delegaciones Provinciales

TOLEDO

Solicitud de declaración de agua mineral-natural

La Delegación Provincial de Industria y Trabajo

de Toledo, hace saber que por don Jesús Enrique

Rivera Ahijado, en nombre y representación de

Basilio Rivera e Hijos, "Agua del Rosal, Sociedad

Anónima", con domicilio social en calle Antonio Leyva,

16, de Madrid, ha sido solicitada la declaración

de la condición de mineral-natural de las aguas

procedentes de un sondeo ubicado en la finca "Hinojoso

de Abajo", en el término municipal de Calera y

Chozas (Toledo), siendo sus coordenadas

geográficas las siguientes:

Longitud: -5 º 05' 52''6 oeste.

Latitud: 39 º 52' 49''3 norte.

Lo que se hace público, de conformidad con el

artículo 3.3 del Decreto 4/1995, de 31 de enero,

por el que se aprueba el Reglamento para la

ejecución de la Ley 8/1990, de 28 de diciembre,

reguladora del aprovechamiento, ordenación y fomento

de las aguas minerales y termales de Castilla-La

Mancha, para general conocimiento de todos los

que de alguna forma puedan estar interesados en

el expediente, que podrán alegar cuanto convenga

mediante escrito presentado en la Delegación

Provincial de Industria y Trabajo, en el plazo de quince

días, a partir del día siguiente a su publicación en

el "Boletín Oficial del Estado".

Toledo, 12 de mayo de 1998.-El Delegado

provincial, Álvaro Gutiérrez Prieto.-30.117.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE MADRID

Consejería de Medio Ambiente

y Desarrollo Regional

Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se somete

a información pública la primera revisión del Plan

de Ordenación del Embalse de Valmayor

Por Decreto 47/1993, de 20 de mayo, fue

aprobado, de conformidad con lo dispuesto en la

Ley 7/1990, de 28 de junio, sobre Protección de

Embalses y Zonas Húmedas de la Comunidad de

Madrid, el Plan de Ordenación del Embalse de

Valmayor, que comprende parte del territorio de los

términos municipales de El Escorial, Colmenarejo,

Valdemorillo y Galapagar. Dicho Plan de

Ordenación debe ser revisado cada cuatro años, tal como

establece el artículo 13 de la Ley 7/1990, y en

el anexo I, punto 3, del Decreto 47/1993.

En consecuencia, y de acuerdo con lo previsto

en los artículos4y6delareiterada Ley 7/1990,

que establecen la obligatoriedad de someter la

revisión de los planes de ordenación al trámite de

información pública y de conformidad con lo establecido

en el artículo 86 de la Ley 30/1997, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, a propuesta del Consejero de Medio

Ambiente y Desarrollo Regional, el Consejo de

Gobierno, previa deliberación en su reunión

celebrada el día 14 de mayo de 1998, acuerda someter

a información pública, durante el plazo de un mes,

la primera revisión del Plan de Ordenación del

Embalse de Valmayor.

Dicho plazo se contará a partir del día siguiente

al de la publicación del presente acuerdo en el

"Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid".

La documentación relativa a la primera revisión

del mencionado plan de ordenación puede ser

examinada en la Consejería de Medio Ambiente y

Desarrollo Regional, Servicio de Conservación y

Protección del Medio Natural, calle Princesa,

número 3, planta octava, 28008 Madrid, y en los

Ayuntamientos de los términos municipales de El

Escorial, Colmenarejo, Valdemorillo y Galapagar.

Los interesados podrán formular por escrito las

alegaciones u observaciones que estimen oportunas,

dirigidas al Consejero de Medio Ambiente y

Desarrollo Regional y presentarlas, dentro del plazo

señalado, en el Registro de la citada Consejería,

en el domicilio anteriormente indicado, o por

cualquiera de los medios previstos al efecto en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 14 de mayo de 1998.-El Consejero,

Carlos Mayor Oreja.-30.226.

Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se

modifica el Catálogo de Embalses y Humedales de la

Comunidad de Madrid, aprobado por Acuerdo del

Consejo de Gobierno, de 10 de octubre de 1991

La Ley 7/1990, de 28 de junio, de Protección

de Embalses y Zonas Húmedas de la Comunidad

de Madrid, establecía en su artículo 4, que por la

extinta Agencia de Medio Ambiente se redactaría

el Catálogo de Embalses y Zonas Húmedas de dicha

Comunidad, a efectos del régimen de protección

procedente.

Redactado el citado Catálogo, y cumplimentados

todos los requisitos procedimentales establecidos en

la Ley 7/1990, se procedió a su aprobación por

el Consejo de Gobierno mediante Acuerdo de 10

de octubre de 1991.

En el catálogo se incluyeron, además de 14

embalses, 15 humedales, seleccionados atendiendo a sus

singulares valores y características especiales, siendo

uno de ellos "El Carrizal de Villamejor", el cual

se encontraba sometido a un régimen de protección

especial a través del Decreto 21/1991, de 21 de

marzo, que lo declaraba reserva natural.

Al haberse declarado nulo el Decreto 21/1991,

por el que se declara reserva natural el citado

enclave, según el fallo de la sentencia número 630, de

22 de noviembre de 1994, de la Sala Segunda de

lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Madrid, se hace necesaria la

modificación del anexo único del Acuerdo del Consejo

de Gobierno, de 10 de octubre de 1991, por el

que se aprueba el Catálogo de Embalses y

Humedales de la Comunidad de Madrid, de tal forma

que una vez suprimido el régimen jurídico de

protección de "El Carrizal de Villamejor" como reserva

natural, se mantenga su consideración como

humedal.

En consecuencia, y de conformidad con lo

establecido en el artículo 4 de la Ley 7/1990, y el

artículo 21.z) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre,

de Gobierno y Administración de la Comunidad

de Madrid, a propuesta del Consejero de Medio

Ambiente y Desarrollo Regional, previa deliberación

en su reunión del día 14 de mayo de 1998, acuerda:

Artículo único.

Modificar el número 4 de los humedales del anexo

único del Acuerdo, de 10 de octubre de 1991, del

Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el

Catálogo de Embalses y Humedales de la Comunidad

de Madrid, de conformidad con lo establecido por

el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 11 de

septiembre de 1997, relativo al cumplimiento de

la sentencia número 630, de 22 de noviembre de

1994, dictada por la Sección Segunda de la Sala

de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Madrid, en los siguientes

términos:

Primero.-Suprimir la referencia "Reserva natural.

Carrizal de Villamejor" en el apartado de

"Observaciones", correspondiente al número 4 de los

humedales del Catálogo de Embalses y Humedales de

la Comunidad de Madrid.

Segundo.-Redactar el número 4 de los humedales

del catálogo de Embalses y Humedales de la

Comunidad de Madrid, de la siguiente forma:

"Número: 4. Toponimia: Carrizal de Villamejor.

Término municipal: Aranjuez. Cuenca: Tajo.

Superficie: 56 hectáreas. Coordenadas: 44,21 N y 4,31

W. Relevancia: Faúnica, botánica."

El presente Acuerdo deberá ser publicado en el

"Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y

en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 14 de mayo de 1998.-El Consejero,

Carlos Mayor Oreja.-30.222.

Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se somete

a información pública la primera revisión del Plan

de Ordenación del Embalse de El Atazar

Por Decreto 45/1993, de 20 de mayo, fue

aprobado el Plan de Ordenación del Embalse de El

Atazar, que comprende parte del territorio de los

términos municipales de El Atazar, El Berrueco,

Cervera de Buitrago, Patones, Puentes Viejas y

Robledillo de la Jara, de conformidad con lo

dispuesto en la Ley 7/1990, de 28 de junio, sobre

Protección de Embalses y Zonas Húmedas de la

Comunidad de Madrid. Dicho plan de ordenación,

tal como establece el artículo 13 de la Ley 7/1990,

y en el anexo I, punto 3, del Decreto 45/1993,

debe ser revisado cada cuatro años.

En consecuencia, y de acuerdo con lo previsto

en los artículos4y6delareiterada Ley 7/1990,

que establecen la obligatoriedad de someter la

revisión de los planes de ordenación al trámite de

información pública, y de conformidad con lo establecido

en el artículo 86 de la Ley 30/1997, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, a propuesta del Consejero de Medio

Ambiente y Desarrollo Regional, el Consejo de

Gobierno, previa deliberación en su reunión

celebrada el día 21 de mayo de 1998, acuerda:

Someter a información pública, durante el plazo

de un mes, la primera revisión del Plan de

Ordenación del Embalse de El Atazar.

Dicho plazo se contará a partir del día siguiente

al de la publicación del presente acuerdo en el

"Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid".

La documentación relativa a la primera revisión

del mencionado plan de ordenación, puede ser

examinada en la Consejería de Medio Ambiente y

Desarrollo Regional, Servicio de Conservación y

Protección del Medio Natural, calle Princesa,

número 3, planta octava, 28008 Madrid, y en los

Ayuntamientos de los términos municipales de El Atazar,

El Berrueco, Cervera de Buitrago, Patones, Puentes

Viejas y Robledillo de la Jara.

Los interesados podrán formular por escrito las

alegaciones u observaciones que estimen oportunas

dirigidas al Consejero de Medio Ambiente y

Desarrollo Regional y presentarlas, dentro del plazo

señalado, en el Registro de la citada Consejería,

en el domicilio anteriormente indicado, o por

cualquiera de los medios previstos al efecto en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 21 de mayo de 1998.-El Consejero,

Carlos Mayor Oreja.-30.219.

Anexo que se cita

R

ELACIÓN DE TITULARES DESCONOCIDOS

érmino municipal de Algete

AG-20...... L.Secano..........Desconocido...... 2 83 30 24025-6 10:30

Término municipal de Valdeolmos

VO-26......Urbana.............Desconocido......01791 21 176 22 25-6 9:30

VO-46......Accesos............Desconocido...... 121 7 76825-6 96 9:30

VO-48...... L.Secano..........Desconocido...... 7 42,43 60 468 25-6 9:30

Término municipal de Paracuellos de Jarama

PJ-10........ L.Secano..........Desconocido...... 8 99 16 9825-6 12:00

PJ-24........ L.Secano..........Desconocido...... 9 27 59 41325-6 12:00

Consejería de Economía y Empleo

Dirección General de Industria, Energía

y Minas

Resolución por la que se convoca para el

levantamiento de actas previas a la ocupación del proyecto

"Red de suministro a Valdeolmos" y "Red de

suministro de Paracuellos de Jarama". EXG-60 y EXG-61

Aprobados con fechas 6 y 24 de marzo de 1998

los proyectos de instalaciones "Red de suministro

a Valdeolmos" y "Red de suministro a Paracuellos

de Jarama", respectivamente, previa la

correspondiente información pública y declarada la utilidad

pública y necesidad de urgente ocupación, en virtud

de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 10/1987,

de 15 de junio, de Combustibles Gaseosos ("Boletín

Oficial del Estado" del 17),

Esta Dirección General de Industria, Energía y

Minas ha resuelto convocar a los titulares de bienes

y derechos afectados para que el día 25 de junio

de 1998 comparezcan en los Ayuntamientos de

Algete, Valdeolmos, Paracuellos de Jarama y San

Fernando de Henares, como punto de reunión para,

de acuerdo con el procedimiento que determina el

artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, llevar

a cabo el levantamiento de las actas previas a la

ocupación y, en su caso, las de ocupación definitiva.

De esta convocatoria se dará traslado a cada

interesado mediante la oportuna cédula de citación

individual, significándose que esta publicación se realiza

igualmente, a los efectos que determina el artículo

59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en los casos de titular

desconocido o paradero ignorado, según se relaciona

en el anexo.

En el expediente expropiatorio la sociedad "Gas

Natural, SDG, Sociedad Anónima", asumirá la

condición de beneficiaria.

Madrid, 23 de mayo de 1998.-El Director

general, Leopoldo del Pino y Calvo-Sotelo.-31.666.

Serv. O. Tem.

Día

Finca número Naturaleza Titular Parc. Pol. - - Hora

citac.

ml. m 2

Serv. O. Tem.

Día

Finca número Naturaleza Parc. Titular Pol. - - Hora

citac.

ml. m 2

Serv. O. Tem.

Día

Finca número Naturaleza Parc. Titular Pol. - - Hora

citac.

ml. m 2

érmino municipal de San Fernando de Henares

SF-2........ L.Secano..........Desconocido...... 2 111 75625-6 9 13:30

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Ayuntamientos

PALMA DE MALLORCA

El Ayuntamiento Pleno, en sesión del día 23 de

diciembre de 1997, aprobó inicialmente una

modificación puntual del Plan General en la zona de

"Es Molinar", para regular determinadas actividades

comprendidas en los usos pormenorizados

"17-docente" y "21-salas de reunión y espectáculos",

definidas en el artículo 133, "uso de equipamientos

de las normas del Plan General de Ordenación

Urbana de 1985", redactada por el Arquitecto jefe del

área de planeamiento y por el Ingeniero técnico

industrial don Manuel Rivas Fontenla, según la cual

queda suspendido el otorgamiento de licencias en

las áreas comprendidas en su ámbito, en lo que

resulten afectadas por las determinaciones de este

planeamiento.

Cumpliendo el artículo 40 del texto refundido

de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación

Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo

1346/1976, de 9 de abril ("Boletín Oficial del

Estado" números 144 y 145, de 16 y de 17 de junio),

y el 128 del Reglamento de Planeamiento, Real

Decreto 2159/1978, de 23 de junio ("Boletín Oficial

del Estado" números 221 y 222, de 15 y de 16

de septiembre), se somete la citada modificación

a información pública por un plazo de un mes,

para que se pueda consultar en el Negociado de

Información Urbanística, plaza de Cort, 4, edificio

de Can Bauçà, y presentar alegaciones dentro del

citado plazo y mediante escrito dirigido al Alcalde.

Palma de Mallorca, 7 de mayo de 1998.-El

Regidor delegado, Carlos Ripoll y Martínez de

Bedoya.-31.718.

PALMA DE MALLORCA

El Ayuntamiento Pleno, en sesión del día 23 de

diciembre de 1997, aprobó inicialmente una

modificación puntual del Plan general en la zona del

Coll de'n Rabassa, para regular determinadas

actividades comprendidas en los usos pormenorizados

"17-docente" y "21-salas de reunión y espectáculos",

definidas en el artículo 133, "uso de equipamientos

de las normas del PGOU de 1985", redactada por

el Arquitecto Jefe del Área de Planeamiento y por

el Ingeniero técnico industrial don Manuel Rivas

Fontenla, según la cual queda suspendido el

otorgamiento de licencias en las áreas comprendidas

en su ámbito, en el que resulten afectadas por las

determinaciones de este planeamiento.

Cumpliendo el artículo 40 del texto refundido

de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación

Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo

1346/1976, de 9 de abril ("Boletín Oficial del

Estado" números 144 y 145, de 16 y 17 de junio),

y el 128 del Reglamento de Planeamiento, Real

Decreto 2159/1978, de 23 de junio ("Boletín Oficial

del Estado" números 221 y 222, de 15 y 16 de

septiembre), se somete la citada modificación a

información pública por un plazo de un mes, para

que se pueda consultar en el Negociado de

InforServ. O. Tem.

Día

Finca número Naturaleza Parc. Titular Pol. - - Hora

citac.

ml. m 2

mación Urbanística, plaza de Cort, 4, edificio de

Can Bauçà, y presentar alegaciones dentro del citado

plazo y mediante escrito dirigido al Alcalde.

Palma de Mallorca, 7 de mayo de 1998.-El

Regidor delegado, Carlos Ripoll y Martínez de

Bedoya.-31.715.

PALMA DE MALLORCA

El Ayuntamiento Pleno, en sesión del día 23 de

diciembre de 1997, aprobó inicialmente una

modificación puntual del Plan general en la zona del

Centro Histórico, para regular determinadas

actividades comprendidas en los usos pormenorizados

"17-docente" y "21-salas de reunión y espectáculos",

definidas en el artículo 133, "uso de equipamientos

de las normas del PGOU de 1985", redactada por

el Arquitecto Jefe del Área de Planeamiento y por

el Ingeniero técnico industrial don Manuel Rivas

Fontenla, según la cual queda suspendido el

otorgamiento de licencias en las áreas comprendidas

en su ámbito, en el que resulten afectadas por las

determinaciones de este planeamiento.

Cumpliendo el artículo 40 del texto refundido

de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación

Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo

1346/1976, de 9 de abril ("Boletín Oficial del

Estado" números 144 y 145, de 16 y 17 de junio),

y el 128 del Reglamento de Planeamiento, Real

Decreto 2159/1978, de 23 de junio ("Boletín Oficial

del Estado" números 221 y 222, de 15 y 16 de

septiembre), se somete la citada modificación a

información pública por un plazo de un mes, para

que se pueda consultar en el Negociado de

Información Urbanística, plaza de Cort, 4, edificio de

Can Bauçà, y presentar alegaciones dentro del citado

plazo y mediante escrito dirigido al Alcalde.

Palma de Mallorca, 7 de mayo de 1998.-El

Regidor delegado, Carlos Ripoll y Martínez de

Bedoya.-31.717.

PALMA DE MALLORCA

El Ayuntamiento Pleno, en sesión del día 23 de

diciembre de 1997, aprobó inicialmente una

modificación puntual del plan general en la zona del

"Jonquet", para regular determinadas actividades

comprendidas en los usos pormenorizados

"17-docente" y "21-salas de reunión y espectáculos",

definidas en el artículo 133 "uso de equipamientos de

las normas del PGOU de 1985", redactada por el

Arquitecto Jefe del Área de Planeamiento y por

el Ingeniero técnico industrial don Manuel Rivas

Fontenla, según la cual queda suspendido el

otorgamiento de licencias en las áreas comprendidas

en su ámbito, en el que resulten afectadas por las

determinaciones de este planeamiento.

Cumpliendo los artículos 40 del texto refundido

de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación

Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo

1346/1976, de 9 de abril ("Boletín Oficial del

Estado" números 144 y 145, de 16 y 17 de junio),

y el 128 del Reglamento de Planeamiento, Real

Decreto 2159/1978, de 23 de junio ("Boletín Oficial

del Estado" números 221 y 222, de 15 y 16 de

septiembre), se somete la citada modificación a

información pública, por un plazo de un mes, para

que se pueda consultar en el Negociado de

Información Urbanística, plaza de Cort, 4, edificio de

Can Bauçà, y presentar alegaciones dentro del citado

plazo y mediante escrito dirigido al Alcalde.

Palma de Mallorca, 7 de mayo de 1998.-El

Regidor delegado, Carlos Ripoll y Martínez de

Bedoya.-31.719.

PALMA DE MALLORCA

El Ayuntamiento Pleno, en sesión del día 28 de

abril de 1998, aprobó inicialmente una modificación

del plan general en la zona de "El Terreno", que

aparece grafiada en el plano que conforma el

proyecto, para regular determinadas actividades

comprendidas en los usos pormenorizados "17-docente"

y "21-salas de reunión y espectáculos", definidas

en el artículo 133 "uso de equipamientos de las

normas del PGOU de 1985", redactada por el

Arquitecto Jefe del Área de Planeamiento y por el

Ingeniero técnico industrial don Manuel Rivas Fontenla,

según la cual queda suspendido el otorgamiento de

licencias en las áreas comprendidas en su ámbito,

en el que resulten afectadas por las determinaciones

de este planeamiento.

Cumpliendo los artículos 40 del texto refundido

de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación

Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo

1346/1976, de 9 de abril ("Boletín Oficial del

Estado" números 144 y 145, de 16 y 17 de junio),

y el 128 del Reglamento de Planeamiento, Real

Decreto 2159/1978, de 23 de junio ("Boletín Oficial

del Estado" números 221 y 222, de 15 y 16 de

septiembre), se somete la citada modificación a

información pública, por un plazo de un mes, para

que se pueda consultar en el Negociado de

Información Urbanística, plaza de Cort, 4, edificio de

Can Bauçà, y presentar alegaciones dentro del citado

plazo y mediante escrito dirigido al Alcalde.

Palma de Mallorca, 7 de mayo de 1998.-El

Regidor delegado, Carlos Ripoll y Martínez de

Bedoya.-31.720.

UNIVERSIDADES

COMPLUTENSE DE MADRID

Facultad de Medicina

Cumplimentando la Orden de fecha 9 de

septiembre de 1974, se hace pública la incoación del

nuevo título de Médico Especialista en Psiquiatría

de doña Genoveva Rojo Garrido, por extravío del

que fue expedido con fecha 8 de abril de 1981.

Lo que se pone en conocimiento de personas

interesadas, por si tuvieran que formular

reclamación acerca de dicho título.

Madrid, 19 de enero de 1996.-El

Decano.-30.225.

VALENCIA

Escuela Universitaria de Magisterio

"Ausiàs March"

A efectos de la Orden de 8 de julio de 1988,

se anuncia el extravío del título de Diplomado en

Profesorado de Educación General Básica de don

Vicente Jover Robles, expedido por el Ministerio

de Cultura el día 30 de octubre de 1978, registrado

en el folio 250, con el número 13677 en el Registro

Especial de la Sección de Títulos.

Valencia, 20 de mayo de 1998.-El Director,

Bernardo Gómez Alfonso.-29.519.

ANÁLISIS

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