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MINISTERIO DE FOMENTO
Demarcaciones de Carreteras
MADRID
Expediente de información pública a efectos
de declaración de urgencia
Por Resolución de la Dirección General de
Carreteras de fecha 29 de diciembre de 1997, ha sido
aprobado el proyecto: Nuevo enlace a El Plantío
y Majadahonda. Carretera N-VI, de Madrid a A
Coruña, puntos kilométricos 10,7 al 18,6. Tramo,
Aravaca-Las Rozas. Clave: 14-M-4543.2.
Con fecha 8 de junio de 1990, la citada Dirección
General ha ordenado a la Demarcación de
Carreteras de Madrid la incoación del expediente de
expropiación de los bienes y derechos necesarios
para la ejecución de las obras.
Dichos bienes y derechos se concretan en:
Finca número 1 (zona A). Propietaria: Doña
Tatiana Pérez de Guzmán el Bueno Seebacher.
Datos catastrales: Parcela 3, polígono 9.
Superficie afectada: 22.737 metros cuadrados.
Clasificación del suelo: Rústica.
Considerándose implícita la declaración de
utilidad pública y necesidad de ocupación, a tenor
de lo dispuesto en los artículos 8 de la Ley 25/1988,
de 29 de julio, de Carreteras, y 36 del Real Decreto
1812/1994, de 2 de septiembre, por el que se
aprueba el Reglamento de ejecución de la citada Ley,
esta Demarcación ha acordado, a los efectos
previstos en los artículos 17.2 de la Ley de Expropiación
Forzosa y 56 de su Reglamento, someter a
información pública los datos anteriormente expuestos
relativos a la finca expropiada, como trámite previo
para solicitar la declaración de urgencia prevista
en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,
y a fin de que, durante un plazo de quince días,
desde la última publicación de esta nota anuncio,
puedan los interesados o cualquier otra persona
formular por escrito cuantas alegaciones estimen
oportunas, a los efectos de la subsanación de posibles
errores en la descripción material o legal de los
indicados bienes, ante esta Demarcación de
Carreteras (calle Josefa Valcárcel, 11, 28027 Madrid).
Asimismo, se ha remitido al Ayuntamiento de
Las Rozas, plano parcelario del expediente de
expropiación.
Madrid, 9 de junio de 1998.-El Ingeniero Jefe,
Roberto Alberola García.-31.736.
MINISTERIO
DE INDUSTRIA Y ENERGÍA
Dirección General de la Energía
Resolución por la que se autoriza a la "Compañía
Logística de Hidrocarburos CLH, Sociedad
Anónima", la realización del proyecto de instalaciones de
la adenda 1 del oleoducto Cartagena-Alicante
Visto el escrito presentado por la "Compañía
Logística de Hidrocarburos, CLH, Sociedad
Anónima", ante la Dirección General de la Energía,
en fecha 19 de febrero de 1997, por el que se solicita
la autorización del proyecto de instalaciones de la
adenda 1 del oleoducto Cartagena-Alicante.
Junto a dicha solicitud, "CLH, Sociedad
Anónima", presenta el correspondiente proyecto de
instalaciones y la relación concreta e individualizada
de los bienes y derechos afectados por este proyecto,
con los correspondientes planos parcelarios.
Habiendo sido sometido dicho proyecto al trámite
de información pública, mediante su inserción en
el "Boletín Oficial del Estado" de 5 de junio de 1997,
en el "Boletín Oficial de la Provincia de Alicante"
de 5 de mayo de 1997 y en el diario "La Verdad"
de 5 de abril de 1997, de acuerdo con lo previsto
al efecto en la Ley 34/1992, de 22 de diciembre,
de Ordenación del Sector Petrolero, así como en
la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre
de 1954, y en su Reglamento de 26 de abril de
1957.
Habiéndose remitido igualmente el anuncio para
su exposición pública en los Ayuntamientos de
Alicante y Elche y organismos afectados.
No habiéndose recibido alegaciones al trazado
del proyecto en cuestión y haciendo constar,
asimismo, la conformidad manifestada a dicho trazado
por parte de los siguientes organismos:
Demarcación de Carreteras del Estado en Valencia.
RENFE. Jefatura Territorial de Mantenimiento
de Infraestructuras.
AENA. Aeropuerto de Alicante.
Comunidad de Riegos de Levante.
Habiéndose emitido, igualmente, declaración de
impacto ambiental informando favorablemente el
proyecto por parte de la Consejería de Medio
Ambiente de la Generalidad Valenciana (16 de abril
de 1998).
Considerando lo dispuesto en los artículos 4.1
y 10.1 de la Ley 34/1992, de 22 de diciembre,
de Ordenación del Sector Petrolero, y a tenor de
lo dispuesto en el artículo 16.5 del Decreto
1775/1967, de 22 de julio, en relación con el
artículo 12.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Constando informe favorable de la Dirección
Provincial del Ministerio de Industria y Energía en
Alicante, de fecha 21 de octubre de 1997.
Esta Dirección General de la Energía ha resuelto:
Autorizar el proyecto de instalaciones de la
adenda 1 del Oleoducto Cartagena-Alicante, presentado
por la "Compañía Logística de Hidrocarburos, CLH,
Sociedad Anónima".
Esta aprobación está sometida a las condiciones
siguientes:
Primera.-El presente proyecto, suscrito por
Técnico superior y visado por el Colegio Oficial de
Ingenieros Superiores Industriales de la Comunidad
Valenciana y Albacete, tiene por objeto la
prolongación del trazado del oleoducto existente entre
Cartagena y la ya existentes instalación aeroportuaria
situada en El Altet, término municipal de Elche,
hasta la nueva planta de almacenamientos de
hidrocarburos que "CLH, Sociedad Anónima", construirá
en el paraje denominado Els Reyets, término
municipal de Alicante. De este modo, la terminal del
oleoducto, ubicada actualmente en la instalación
aeroportuaria se trasladará a la nueva instalación
de almacenamiento.
Segunda.-El caudal a transportar es de 1.200.000
toneladas/año de productos líquidos derivados del
petróleo, con una presión máxima de 100
kilogramos por centímetro cuadrado.
Tercera.-La longitud total del tramo de oleoducto
proyectado es de 5.128 metros, de los que 459
metros corresponden al término municipal de Elche
y 4.669 metros corresponden al término municipal
de Alicante.
Cuarta.-El tramo de oleoducto a construir, al
igual que el ya existente, tendrá un diámetro de
tubería de 10 pulgadas, en acero API-5L-X52 y
espesor de 6,7 milímetros. Asimismo, se construirán dos
nuevas tuberías de derivación, de 1.030 metros de
longitud cada una, desde el oleoducto existente entre
la instalación aeroportuaria y el puerto de Alicante
hasta la nueva instalación de almacenamiento. Estas
dos tuberías estarán construidas en acero
API-5L-Gr.B, con un diámetro de 6 pulgadas y 6,35
milímetros de espesor.
La tubería tendrá una profundidad de
enterramiento de, al menos, 1 metro sobre la generatriz
superior, requiriéndose profundidades mayores en
los cruces con vías de comunicación o donde sea
aconsejable geotécnicamente.
En cuanto a la protección contra la corrosión,
además de una protección pasiva a base de un
recubrimiento de polietileno de alta densidad, se utilizan
dos clases distintas. Por un lado, la protección
mecánica para tubos instalados en zonas rocosas y, por
otro, la protección catódica para toda la tubería
con objeto de su defensa contra la corrosión por
ataques microbianos y químicos.
El proyecto incluye, asimismo, el estudio de
impacto ambiental, de acuerdo con el Decreto
162/1990, de 15 de octubre, del Consejo de la
Generalidad Valenciana, por el que se aprueba el
Reglamento para la ejecución de la Ley 2/1989, de 3
de marzo, de Impacto Ambiental, y un proyecto
de acometida eléctrica, necesaria para abastecer la
nueva planta de almacenamiento con motivo del
traslado a la misma desde la instalación
aeroportuaria de la actual terminal del oleoducto. Esta
acometida eléctrica en media tensión (20 kV) parte
de la línea de media tensión (20 kV) a Santa Pola,
propiedad de la compañía "Iberdrola, Sociedad
Anónima".
Quinta.-El diseño, montaje y puesta en marcha
de las instalaciones contempladas en el proyecto
se realizarán de acuerdo con los Reglamentos,
estándares, códigos, normas, instrucciones y
especificaciones que en el mismo se citan.
Sexta.-El presupuesto total estimado asciende a
138.544.600 pesetas.
Séptima.-El plazo de ejecución de las obras se
fija en doce meses, contados a partir de la fecha
de ocupación real de las fincas que han de ser
afectadas por aquéllas.
Octava.-Las instalaciones y almacenamiento
deberán cumplir lo dispuesto en el Real Decreto
2085/1994, de 20 de octubre ("Boletín Oficial del
Estado" de 27 de enero de 1995), por el que se
aprueba el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas,
sin perjuicio de lo dispuesto en otra normativa
general o especial aplicable.
Novena.-Sin perjuicio de las atribuciones y
competencias que correspondan a otras entidades y
organismos, el Director técnico responsable de la
instalación que se autoriza acreditará ante la
Dependencia del Área Funcional de Industria y Energía
de la Subdelegación del Gobierno de Alicante que
en las obras se han realizado con resultado
satisfactorio los ensayos y pruebas prescritas en las
normas y códigos que se referencian en el proyecto,
y se levantará acta de puesta en marcha, sin cuyo
requisito la instalación no podrá entrar en
funcionamiento. Una copia del acta de puesta en marcha
deberá ser remitida a la Dirección General de la
Energía.
Décima.-Para introducir modificaciones en las
instalaciones autorizadas será necesario obtener la
autorización correspondiente.
Undécima.-La Administración se reserva el
derecho de realizar las pruebas que estime convenientes
y de dejar sin efecto esta autorización si se demuestra
el incumplimiento de las condiciones impuestas, la
existencia de discrepancias fundamentales con
relación a la información suministrada u otra causa
excepcional que lo justifique.
Duodécima.-Contra la presente Resolución, de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107 y
siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y
en la disposición adicional decimoquinta de la Ley
6/1997, de 14 de abril, de Organización y
Funcionamiento de la Administración General del
Estado, puede interponerse recurso ordinario ante el
Ministro de Industria y Energía, en el plazo de un
mes, a partir del día siguiente al de la recepción
de la notificación de la presente Resolución.
Madrid, 8 de mayo de 1998.-El Director general,
Antonio Gomis Sáez.-31.742.
MINISTERIO
DE ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS
Delegaciones del Gobierno
ANDALUCÍA
Resolución por la que se convoca el levantamiento
de actas previas a la ocupación de determinadas
fincas afectadas por el proyecto de instalaciones
oleoducto Rota-Zaragoza, variante Palmar de Troya, en
Utrera (Sevilla)
Por Resolución de la Dirección General de la
Energía, de 8 de abril de 1998, Ministerio de
Industria y Energía, se autorizó a "Compañía Logística
de Hidrocarburos, CLH, Sociedad Anónima", la
construcción de las instalaciones correspondientes
al oleoducto Rota-Zaragoza, variante Palmar de
Troya, en Utrera (Sevilla), previa la correspondiente
información pública. Dicha aprobación, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 34/1992,
de 22 de diciembre, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 5 de la Ley 34/1992, de 22 de
diciembre, de Ordenación del Sector Petrolero, lleva
implícita la concreta utilidad pública y la necesidad de
urgente ocupación a efectos de expropiación forzosa
de los bienes y derechos necesarios para el
establecimiento de las instalaciones, siendo de
aplicación el procedimiento de urgencia que determina
el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,
de 16 de diciembre de 1954.
En su virtud, esta Delegación del Gobierno ha
resuelto convocar a los titulares de los bienes y
derechos afectados en el Ayuntamiento de Utrera
donde radican las fincas afectadas como punto de
reunión para, de conformidad con el procedimiento
que establece el citado artículo 52, llevar a cabo
el levantamiento de las actas previas a la ocupación
y, si procediera, las de ocupación definitiva.
Todos los interesados, así como las personas que
sean titulares de cualesquiera clase de derechos o
intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir
personalmente o representados por persona
debidamente autorizada, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad y el último recibo
de la contribución, pudiéndose acompañar, a su
costa, de sus peritos y un Notario, si lo estiman
oportuno.
Los levantamientos de actas tendrán lugar el día
23 de junio de 1998, en el Ayuntamiento de Utrera.
El orden de levantamiento se comunicará a cada
interesado mediante la oportuna cédula de citación
individual, figurando la relación de titulares
convocados en el tablón de edictos del Ayuntamiento
de Utrera, significándose que esta publicación se
realiza igualmente a los efectos que determina el
artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en
los casos de titulares desconocidos o domicilio
ignorado.
En el expediente expropiatorio "Compañía
Logística de Hidrocarburos, CLH, Sociedad Anónima",
asumirá la condición de beneficiaria.
Sevilla, 1 de junio de 1998.-El Delegado del
Gobierno, José Torres-Hurtado.-31.739.
LA RIOJA
Resolución por la que se convoca el levantamiento
de actas previas a la ocupación de determinadas
fincas afectadas por el proyecto de instalaciones
ramal a Viana
Por Resolución de la Dirección General de la
Energía de 27 de marzo de 1998, Ministerio de
Industria y Energía, se autorizó a ENAGÁS la
construcción de las instalaciones correspondientes al
gasoducto denominado ramal a Viana, previa la
correspondiente información pública. Dicha
aprobación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
13 de la Ley 10/1987, de 15 de junio, de
disposiciones básicas para un desarrollo coordinado de
actuaciones en materia de combustibles gaseosos,
lleva implícita la necesidad de ocupación de los
bienes y derechos afectados. Al propio tiempo, la
declaración de utilidad pública y urgencia en la
ocupación viene determinada por lo dispuesto en el
artículo 10 de la precitada Ley, siéndoles de
aplicación el procedimiento de urgencia que determina
Anexo que se cita
Afección Catastro
Finca número Titular y domicilio Naturaleza
Long. O.Tem.
-
m 2
LO-LO-514 bisViveros Provedo, S. A.,
Jorge Vigón, 2,
1. º izq, Logroño. 780 77 8 25Labor regadío.26-6-1998 12,00
LO-LO-520/1 Desconocido. 480 8 31Labor 96 regadío.26-6-1998 12,00
LO-LO-522/1 Eloy López Galilea y
otros, avda. de la Paz,
21, Logroño. 490 8 18Labor 0 regadío.26-6-1998 12,15
LO-LO-522/1 Cabrera-Conlosa, S. A., 0 490 8 18 Labor regadío.26-6-1998 12,30
bis Duquesa de la
Victoria, 59 y 61, bajo,
Logroño.
MINISTERIO
DE MEDIO AMBIENTE
Confederaciones Hidrográficas
EBRO
Obra: Canal del Cinca. Plan Coordinado. Sectores
XXVII y XXVIII. Expediente número 1.1 er -adicional,
término municipal de Peralta de Alcofea (Huesca)
Siendo de urgente ejecución las obras relativas
a la zona del canal del Cinca como incluidas en
el artículo 42.b) del Decreto 1541/1972, de 15 de
junio, a los efectos previstos en el artículo 52 de
la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre
de 1954.
el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,
de 16 de diciembre de 1954.
En su virtud, esta Delegación del Gobierno ha
resuelto convocar a los titulares de los bienes y
derechos afectados en el Ayuntamiento de Logroño
donde radican las fincas afectadas como punto de
reunión para, de conformidad con el procedimiento
que establece el citado artículo 52, llevar a cabo
el levantamiento de las actas previas a la ocupación
y, si procediera, las de ocupación definitiva.
Todos los interesados, así como las personas que
sean titulares de cualesquiera clase de derechos o
intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir
personalmente o representados por persona
debidamente autorizada, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad y el último recibo
de la contribución, pudiéndose acompañar, a su
costa, de sus Peritos y un Notario, si lo estiman
oportuno.
Los levantamientos de actas tendrán lugar el día
26 de junio de 1998, en el Ayuntamiento de
Logroño. El orden de levantamiento se comunicará a cada
interesado mediante la oportuna cédula de citación
individual, figurando la relación de titulares
afectados convocados en el tablón de edictos del
Ayuntamiento de Logroño. Es de señalar que esta
publicación se realiza igualmente a los efectos que
determina el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, de notificación de la presente
Resolución a los titulares desconocidos de la finca
que se describe en el anexo.
En el expediente expropiatorio "Enagás, Sociedad
Anónima", asumirá la condición de beneficiaria.
Logroño.-El Delegado, Tomás López San
Miguel.-29.780.
Citación
Ayunt. Logroño
Políg. Parcela Hora Día
En consecuencia, y en uso de las atribuciones
que tiene conferidas, la Presidencia de esta
Confederación ha tenido a bien convocar en los locales
de la Alcaldía de Peralta de Alcofea (Huesca), en
los días y horas siguientes:
Día 27 de julio de 1998: De diez a trece treinta
horas, propietarios números 1 al 25; de diecinueve
a veintiuna horas, propietarios números 26 al 35.
Día 28 de julio de 1998: De diez a trece treinta
horas, propietarios números 36 al 60; de diecinueve
a veintiuna horas, propietarios números 61 al 70.
Día 29 de julio de 1998: De diez a trece treinta
horas, propietarios números 71 al 95; de diecinueve
a veintiuna horas, propietarios números 96 al 105.
Día 30 de julio de 1998: De diez a trece treinta
horas, propietarios números 106 al 130.
A todos los propietarios afectados por el
procedimiento, y que se expresan en la relación expuesta
en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de
Peralta de Alcofea (Huesca), en la Secretaría General
de la Confederación Hidrográfica del Ebro, paseo
Sagasta, números 24 y 28, de Zaragoza, y en el
"Boletín Oficial de la Provincia de Huesca", para
que sin perjuicio de trasladarse al terreno, si alguno
así lo solicita, se proceda al levantamiento de actas
previas a la ocupación de las respectivas fincas.
A dicho acto, al que deberán asistir
inexcusablemente el representante y el Perito de la
Administración, así como el Alcalde de Peralta de Alcofea
(Huesca), o Concejal en quien delegue, podrán
asistir los propietarios ejercitando los derechos que al
efecto determina el mencionado artículo 52, en su
párrafo tercero.
Zaragoza, 15 de mayo de 1998.-El Secretario
general, Carlos de Miguel Domínguez.-30.180.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CATALUÑA
Departamento de Industria,
Comercio y Turismo
Delegaciones Territoriales
LLEIDA
Información pública sobre la solicitud de concesión
administrativa para el suministro de gas licuado del
petróleo canalizado en el término municipal de
Penelles
De acuerdo con lo que prevén los artículos 5
y siguientes de la Ley 10/1987, de 15 de junio,
y el artículo 11 del Reglamento General de Servicio
Público de Gases Combustibles, de 26 de octubre
de 1973, se somete a información pública la solicitud
de concesión administrativa de suministro de gas
licuado del petróleo canalizado, cuyas características
se señalan a continuación:
Peticionario: "Repsol Butano, Sociedad Anónima".
Objeto: Obtener la concesión administrativa para
el suministro de gas licuado del petróleo canalizado
en el término municipal de Penelles.
Presupuesto: 21.001.059 pesetas.
Características principales de la instalación:
Estación de gas licuado del petróleo:
Número de depósitos: 2.
Capacidad unitaria: 28,93 metros cúbicos.
Capacidad total: 57,86 metros cúbicos.
Disposición: Enterrados.
Vaporización: Natural.
Red de distribución:
Número de usuarios: 131.
Longitud de la red: 1.790 metros.
Material: PE SDR-11.
Diámetros: 90, 63 y 40 milímetros.
Presión de servicio: 1,75 bar.
Esta concesión se solicita respetando, en todo
caso, los derechos concesionales otorgados con
anterioridad a las sociedades distribuidoras ya
implantadas y que pueden verse afectadas.
Todas aquellas personas o entidades que se
consideren afectadas pueden examinar el proyecto y,
si procede, presentar alegaciones ante la Delegación
Territorial de Industria, Comercio y Turismo de
Lleida (avenida Segre, 7), en el plazo de veinte días
a partir de la publicación de este anuncio.
Lleida, 16 de abril de 1998.-El Delegado
territorial, Manuel Martín i Juliá.-30.119.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE GALICIA
Consejería de Industria y Comercio
Delegaciones Provinciales
PONTEVEDRA
Resolución por la que se somete a información
pública la petición de autorización administrativa, la
declaración de utilidad pública, en concreto, y la
necesidad de urgente ocupación que ello implica,
de la instalación eléctrica que se cita (número de
expediente: IN407A 98/107-4)
A los efectos prevenidos en el artículo 9 del
Decreto 2617/1966, artículos 52, 53 y 54 de la Ley
54/1997, del sector eléctrico, y artículos 10 y 16
del Decreto 2619/1966, se somete a información
pública la petición de autorización, declaración de
utilidad pública, en concreto, y la urgente ocupación
de la instalación eléctrica que se describe:
Solicitante: "Unión Fenosa, Sociedad Anónima".
Domicilio social: García Barbón, 38, Vigo.
Título: Línea de media tensión, derivación
"Borreiros".
Anexo
Relación de propietarios, bienes y derechos afectados
úmero de expediente: AT. LMT derivación "Borreiros". Provincia: Pontevedra. Término
municipal: Gondomar
Propietarios Afección
Núm. Paraje Cultivo y apellidos Nombre y dirección
1 Golada. Prado. Martínez Jaime Miniño. Calle
Ventura Misa, 6, 36300 Baiona.
2 Golada. Prado. Candendo Gonzalo Lorenzo. Calle
Ana Isabel Costas Piñeiro, 1,
36350 Ramallosa-Nigrán.
4 Xunqueira. Prado. Enrique José Pereira Molares. Calle
Jacinto Benavente, 29, 36202
Vigo.
6 Piñeiral. Alto. Monte Ricardo Vázquez Estévez.
Xunqueira, 10, 36378
Borreiros-Gondomar.
7 Palomares. Prado. Benjamín Vieira Costas. Telleiro, 2,
36378 Borreiros-Gondomar.
10 Palomares. Monte bajo. Ricardo Vázquez Estévez.
Xunqueira, 10, 36378
Borreiros-Gondomar.
11 Burgovedro. Prado. Misa Lorenzo Martínez. Granxa, 3,
36307 Belesar-Baiona.
14 Burgovedro. Prado. Malvar Luis Perdiz. Calle
Burgovedro, 6, 36378
Borreiros-Gondomar.
17 Lentas. Prado. Gutiérrez Miguel Álvarez. Calle
Filipinas, 2, 36204 San José-Vigo.
18 Lentas. Prado. Secundina Rodríguez Rodríguez.
Telleiro, 23, 36378
Borreiros-Gondomar.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CANTABRIA
Consejería de Turismo, Transportes
y Comunicaciones e Industria
Dirección General de Industria
La Dirección General de Industria (Consejería
de Industria, Turismo, Trabajo y Comunicaciones),
Situación: Gondomar.
Características técnicas:
Línea de media tensión, a 20 KV, de 875 metros
de longitud, con conductor tipo LA-56, sobre apoyos
de hormigón, desde el apoyo 6 de la línea de media
tensión "Gon 8.22", finalizando en el centro de
transformación existente de "Borreiros",
Ayuntamiento de Gondomar.
La relación concreta e individualizada de los
bienes o derechos a expropiar figura en el anexo.
Todas aquellas personas o entidades que se
consideren afectadas podrán presentar sus alegaciones
en esta Delegación Provincial, por duplicado, en
el plazo de treinta días a partir de la última
publicación o notificación individual.
Durante dicho período cualquier persona podrá
aportar asimismo por escrito, los datos oportunos
para rectificar posibles errores en la relación de
personas, bienes y derechos afectados, así como
formular las alegaciones procedentes por razón de lo
dispuesto en los artículos 25 y 26 del Reglamento
de la Ley 10/1966, de Expropiación Forzosa y
Sanciones en Materia de Instalaciones Eléctricas.
Pontevedra, 5 de mayo de 1998.-La Delegada
provincial, Carmen Bianchi Valcarce.-29.864-2.
Suelo Vuelo
Núm.
m 2 ml m 2
apoyo
37 258
147
140 1.400
3 2 1.024 64
880
15 209
4 2 59 470
21 175
6 124 2 1.065
78
de la Diputación Regional de Cantabria, hace saber
que se ha otorgado el registro minero que a
continuación se cita:
Clase: Permiso de investigación.
Número: 16.499-2.
Nombre: "Ruth", segunda fracción.
Recursos: Cuarzo y baritina (sección "C").
Superficie: Tres cuadrículas mineras.
Término: Los Corrales de Buelna (Cantabria).
Titular: "Explotaciones San Antonio, Sociedad
Limitada".
Lo que se hace público en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 101.5 del vigente
Reglamento General para el Régimen de la Minería,
aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto
("Boletín Oficial del Estado" números 295 y 296,
de 11 y 12 de diciembre).
Santander, 18 de mayo de 1998.-El Director
general, Pedro J. Herrero López.-30.178.
Dirección General de Industria
La Dirección General de Industria (Consejería
de Industria, Turismo, Trabajo y Comunicaciones),
de la Diputación Regional de Cantabria, hace saber
que se ha otorgado el registro minero que a
continuación se cita:
Clase: Permiso de investigación.
Número: 16.503.
Nombre: "Paloma".
Recursos: Sección "C".
Superficie: Cinco cuadrículas mineras.
Términos: Cartes, Reocín y Mazcuerras
(Cantabria).
Titular: "Asturiana de Zinc, Sociedad Limitada".
Lo que se hace público en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 101.5 del vigente
Reglamento General para el Régimen de la Minería,
aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto
("Boletín Oficial del Estado" números 295 y 296,
de 11 y 12 de diciembre).
Santander, 18 de mayo de 1998.-El Director
general, Pedro J. Herrero López.-30.176.
Dirección General de Industria
La Dirección General de Industria (Consejería
de Industria, Turismo, Trabajo y Comunicaciones),
de la Diputación Regional de Cantabria, hace saber
que se ha otorgado el registro minero que a
continuación se cita:
Clase: Permiso de investigación.
Número: 16.499-I.
Nombre: "Ruth", primera fracción.
Recursos: Cuarzo y baritina (sección "C").
Superficie: Una cuadrícula minera.
Términos: Los Corrales de Buelna (Cantabria).
Titular: "Explotaciones San Antonio, Sociedad
Limitada".
Lo que se hace público en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 101.5 del vigente
Reglamento General para el Régimen de la Minería,
aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto
("Boletín Oficial del Estado" números 295 y 296,
de 11 y 12 de diciembre).
Santander, 18 de mayo de 1998.-El Director
general, Pedro J. Herrero López.-30.177.
Dirección General de Industria
Resolución por la que se convoca para el
levantamiento de actas previas a la ocupación de
determinadas fincas afectadas por la línea eléctrica aérea
de 13,2 kV, derivada de la STR Castro-Sámano,
al CT número 154, denominado "Geriátrico", en
el término municipal de Castro Urdiales, expediente
AT 115/96
Por Resolución de la Dirección Regional de
Industria de fecha 22 de enero de 1997, ha sido autorizada
y declarada, en concreto, la utilidad pública de la
línea aérea de 13,2 kV al CT número 154,
denominado "Geriátrico", de acuerdo con lo establecido
en los artículos 53, 54 y 55 de la Ley 40/1994,
de 30 de diciembre, de Ordenación del Sistema
Eléctrico Nacional, confirmada por Resolución del
Consejero de Turismo, Transportes y
Comunicaciones e Industria de fecha 17 de octubre de 1997,
y denegada la suspensión del acto administrativo
recurrido por la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Cantabria, mediante auto de fecha 11 de febrero
de 1998.
Dicha declaración de utilidad pública lleva
implícita la necesidad de ocupación de los bienes y
derechos afectados e implica la urgente ocupación a
los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa.
En su virtud, esta Dirección General ha resuelto
convocar a los titulares de bienes y derechos
afectados, cuya relación se inserta en el Ayuntamiento
de Castro Urdiales, en cuyo término radican las
fincas afectadas, para, de conformidad con el
procedimiento que establece el citado artículo 52, llevar
a cabo el levantamiento de acta previa a la
ocupación, y si procediera, el de ocupación definitiva.
Los interesados, así como las personas que sean
titulares de cualquier clase de derechos e intereses
sobre los bienes afectados, deberán acudir
personalmente o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad y el último recibo de la
contribución, pudiéndose acompañar, a su costa, de sus
Peritos y un Notario, si lo estiman oportuno.
El levantamiento de actas tendrá lugar el día 29
de junio de 1998, a partir de las diez horas, y se
comunicará a los interesados mediante la oportuna
cédula de citación, significándose que esta
publicación se realiza igualmente a los efectos que
determina el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
En el expediente expropiatorio "Iberdrola,
Sociedad Anónima", asumirá la condición de beneficiaria.
Santander, 21 de mayo de 1998.-El Director
general, Pedro José Herrero López.-30.118-15.
Relación de afectados
Término municipal de Castro Urdiales
Finca número 2 (50 por 100). Titular: Doña María
Codina Eguíbar. Domicilio: Barrio Hornas, Samano,
Castro Urdiales. Afectación: Longitud del tendido, 5
metros; apoyos, 1 metro cuadrado; anchura de
conductores, 2,50 metros. Datos catastrales: Polígono
10, parcela 48. Naturaleza: Rústica.
Finca número 2 (50 por 100). Titular: Doña
Soledad Codina Eguíbar. Domicilio: Siglo XX, 22, 3. º A,
Castro Urdiales. Afectación: Longitud del tendido, 5
metros; apoyos, 1 metro cuadrado; anchura de
conductores, 2,50 metros. Datos catastrales: Polígono
10, parcela 48. Naturaleza: Rústica.
Finca número 3. Titular: Don J. Manuel Usubiaga
López. Domicilio: Barrio El Moral, 54,
Samano, Castro Urdiales. Afectación: Longitud del
tendido, 52 metros; anchura de conductores, 2,50
metros. Datos catastrales: Polígono 10, parcela 514.
Naturaleza: Rústica.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CASTILLA-LA MANCHA
Consejería de Industria y Trabajo
Delegaciones Provinciales
TOLEDO
Solicitud de declaración de agua mineral-natural
La Delegación Provincial de Industria y Trabajo
de Toledo, hace saber que por don Jesús Enrique
Rivera Ahijado, en nombre y representación de
Basilio Rivera e Hijos, "Agua del Rosal, Sociedad
Anónima", con domicilio social en calle Antonio Leyva,
16, de Madrid, ha sido solicitada la declaración
de la condición de mineral-natural de las aguas
procedentes de un sondeo ubicado en la finca "Hinojoso
de Abajo", en el término municipal de Calera y
Chozas (Toledo), siendo sus coordenadas
geográficas las siguientes:
Longitud: -5 º 05' 52''6 oeste.
Latitud: 39 º 52' 49''3 norte.
Lo que se hace público, de conformidad con el
artículo 3.3 del Decreto 4/1995, de 31 de enero,
por el que se aprueba el Reglamento para la
ejecución de la Ley 8/1990, de 28 de diciembre,
reguladora del aprovechamiento, ordenación y fomento
de las aguas minerales y termales de Castilla-La
Mancha, para general conocimiento de todos los
que de alguna forma puedan estar interesados en
el expediente, que podrán alegar cuanto convenga
mediante escrito presentado en la Delegación
Provincial de Industria y Trabajo, en el plazo de quince
días, a partir del día siguiente a su publicación en
el "Boletín Oficial del Estado".
Toledo, 12 de mayo de 1998.-El Delegado
provincial, Álvaro Gutiérrez Prieto.-30.117.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE MADRID
Consejería de Medio Ambiente
y Desarrollo Regional
Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se somete
a información pública la primera revisión del Plan
de Ordenación del Embalse de Valmayor
Por Decreto 47/1993, de 20 de mayo, fue
aprobado, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 7/1990, de 28 de junio, sobre Protección de
Embalses y Zonas Húmedas de la Comunidad de
Madrid, el Plan de Ordenación del Embalse de
Valmayor, que comprende parte del territorio de los
términos municipales de El Escorial, Colmenarejo,
Valdemorillo y Galapagar. Dicho Plan de
Ordenación debe ser revisado cada cuatro años, tal como
establece el artículo 13 de la Ley 7/1990, y en
el anexo I, punto 3, del Decreto 47/1993.
En consecuencia, y de acuerdo con lo previsto
en los artículos4y6delareiterada Ley 7/1990,
que establecen la obligatoriedad de someter la
revisión de los planes de ordenación al trámite de
información pública y de conformidad con lo establecido
en el artículo 86 de la Ley 30/1997, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, a propuesta del Consejero de Medio
Ambiente y Desarrollo Regional, el Consejo de
Gobierno, previa deliberación en su reunión
celebrada el día 14 de mayo de 1998, acuerda someter
a información pública, durante el plazo de un mes,
la primera revisión del Plan de Ordenación del
Embalse de Valmayor.
Dicho plazo se contará a partir del día siguiente
al de la publicación del presente acuerdo en el
"Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid".
La documentación relativa a la primera revisión
del mencionado plan de ordenación puede ser
examinada en la Consejería de Medio Ambiente y
Desarrollo Regional, Servicio de Conservación y
Protección del Medio Natural, calle Princesa,
número 3, planta octava, 28008 Madrid, y en los
Ayuntamientos de los términos municipales de El
Escorial, Colmenarejo, Valdemorillo y Galapagar.
Los interesados podrán formular por escrito las
alegaciones u observaciones que estimen oportunas,
dirigidas al Consejero de Medio Ambiente y
Desarrollo Regional y presentarlas, dentro del plazo
señalado, en el Registro de la citada Consejería,
en el domicilio anteriormente indicado, o por
cualquiera de los medios previstos al efecto en el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 14 de mayo de 1998.-El Consejero,
Carlos Mayor Oreja.-30.226.
Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se
modifica el Catálogo de Embalses y Humedales de la
Comunidad de Madrid, aprobado por Acuerdo del
Consejo de Gobierno, de 10 de octubre de 1991
La Ley 7/1990, de 28 de junio, de Protección
de Embalses y Zonas Húmedas de la Comunidad
de Madrid, establecía en su artículo 4, que por la
extinta Agencia de Medio Ambiente se redactaría
el Catálogo de Embalses y Zonas Húmedas de dicha
Comunidad, a efectos del régimen de protección
procedente.
Redactado el citado Catálogo, y cumplimentados
todos los requisitos procedimentales establecidos en
la Ley 7/1990, se procedió a su aprobación por
el Consejo de Gobierno mediante Acuerdo de 10
de octubre de 1991.
En el catálogo se incluyeron, además de 14
embalses, 15 humedales, seleccionados atendiendo a sus
singulares valores y características especiales, siendo
uno de ellos "El Carrizal de Villamejor", el cual
se encontraba sometido a un régimen de protección
especial a través del Decreto 21/1991, de 21 de
marzo, que lo declaraba reserva natural.
Al haberse declarado nulo el Decreto 21/1991,
por el que se declara reserva natural el citado
enclave, según el fallo de la sentencia número 630, de
22 de noviembre de 1994, de la Sala Segunda de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, se hace necesaria la
modificación del anexo único del Acuerdo del Consejo
de Gobierno, de 10 de octubre de 1991, por el
que se aprueba el Catálogo de Embalses y
Humedales de la Comunidad de Madrid, de tal forma
que una vez suprimido el régimen jurídico de
protección de "El Carrizal de Villamejor" como reserva
natural, se mantenga su consideración como
humedal.
En consecuencia, y de conformidad con lo
establecido en el artículo 4 de la Ley 7/1990, y el
artículo 21.z) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre,
de Gobierno y Administración de la Comunidad
de Madrid, a propuesta del Consejero de Medio
Ambiente y Desarrollo Regional, previa deliberación
en su reunión del día 14 de mayo de 1998, acuerda:
Artículo único.
Modificar el número 4 de los humedales del anexo
único del Acuerdo, de 10 de octubre de 1991, del
Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el
Catálogo de Embalses y Humedales de la Comunidad
de Madrid, de conformidad con lo establecido por
el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 11 de
septiembre de 1997, relativo al cumplimiento de
la sentencia número 630, de 22 de noviembre de
1994, dictada por la Sección Segunda de la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, en los siguientes
términos:
Primero.-Suprimir la referencia "Reserva natural.
Carrizal de Villamejor" en el apartado de
"Observaciones", correspondiente al número 4 de los
humedales del Catálogo de Embalses y Humedales de
la Comunidad de Madrid.
Segundo.-Redactar el número 4 de los humedales
del catálogo de Embalses y Humedales de la
Comunidad de Madrid, de la siguiente forma:
"Número: 4. Toponimia: Carrizal de Villamejor.
Término municipal: Aranjuez. Cuenca: Tajo.
Superficie: 56 hectáreas. Coordenadas: 44,21 N y 4,31
W. Relevancia: Faúnica, botánica."
El presente Acuerdo deberá ser publicado en el
"Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y
en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 14 de mayo de 1998.-El Consejero,
Carlos Mayor Oreja.-30.222.
Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se somete
a información pública la primera revisión del Plan
de Ordenación del Embalse de El Atazar
Por Decreto 45/1993, de 20 de mayo, fue
aprobado el Plan de Ordenación del Embalse de El
Atazar, que comprende parte del territorio de los
términos municipales de El Atazar, El Berrueco,
Cervera de Buitrago, Patones, Puentes Viejas y
Robledillo de la Jara, de conformidad con lo
dispuesto en la Ley 7/1990, de 28 de junio, sobre
Protección de Embalses y Zonas Húmedas de la
Comunidad de Madrid. Dicho plan de ordenación,
tal como establece el artículo 13 de la Ley 7/1990,
y en el anexo I, punto 3, del Decreto 45/1993,
debe ser revisado cada cuatro años.
En consecuencia, y de acuerdo con lo previsto
en los artículos4y6delareiterada Ley 7/1990,
que establecen la obligatoriedad de someter la
revisión de los planes de ordenación al trámite de
información pública, y de conformidad con lo establecido
en el artículo 86 de la Ley 30/1997, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, a propuesta del Consejero de Medio
Ambiente y Desarrollo Regional, el Consejo de
Gobierno, previa deliberación en su reunión
celebrada el día 21 de mayo de 1998, acuerda:
Someter a información pública, durante el plazo
de un mes, la primera revisión del Plan de
Ordenación del Embalse de El Atazar.
Dicho plazo se contará a partir del día siguiente
al de la publicación del presente acuerdo en el
"Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid".
La documentación relativa a la primera revisión
del mencionado plan de ordenación, puede ser
examinada en la Consejería de Medio Ambiente y
Desarrollo Regional, Servicio de Conservación y
Protección del Medio Natural, calle Princesa,
número 3, planta octava, 28008 Madrid, y en los
Ayuntamientos de los términos municipales de El Atazar,
El Berrueco, Cervera de Buitrago, Patones, Puentes
Viejas y Robledillo de la Jara.
Los interesados podrán formular por escrito las
alegaciones u observaciones que estimen oportunas
dirigidas al Consejero de Medio Ambiente y
Desarrollo Regional y presentarlas, dentro del plazo
señalado, en el Registro de la citada Consejería,
en el domicilio anteriormente indicado, o por
cualquiera de los medios previstos al efecto en el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 21 de mayo de 1998.-El Consejero,
Carlos Mayor Oreja.-30.219.
Anexo que se cita
R
ELACIÓN DE TITULARES DESCONOCIDOS
érmino municipal de Algete
AG-20...... L.Secano..........Desconocido...... 2 83 30 24025-6 10:30
Término municipal de Valdeolmos
VO-26......Urbana.............Desconocido......01791 21 176 22 25-6 9:30
VO-46......Accesos............Desconocido...... 121 7 76825-6 96 9:30
VO-48...... L.Secano..........Desconocido...... 7 42,43 60 468 25-6 9:30
Término municipal de Paracuellos de Jarama
PJ-10........ L.Secano..........Desconocido...... 8 99 16 9825-6 12:00
PJ-24........ L.Secano..........Desconocido...... 9 27 59 41325-6 12:00
Consejería de Economía y Empleo
Dirección General de Industria, Energía
y Minas
Resolución por la que se convoca para el
levantamiento de actas previas a la ocupación del proyecto
"Red de suministro a Valdeolmos" y "Red de
suministro de Paracuellos de Jarama". EXG-60 y EXG-61
Aprobados con fechas 6 y 24 de marzo de 1998
los proyectos de instalaciones "Red de suministro
a Valdeolmos" y "Red de suministro a Paracuellos
de Jarama", respectivamente, previa la
correspondiente información pública y declarada la utilidad
pública y necesidad de urgente ocupación, en virtud
de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 10/1987,
de 15 de junio, de Combustibles Gaseosos ("Boletín
Oficial del Estado" del 17),
Esta Dirección General de Industria, Energía y
Minas ha resuelto convocar a los titulares de bienes
y derechos afectados para que el día 25 de junio
de 1998 comparezcan en los Ayuntamientos de
Algete, Valdeolmos, Paracuellos de Jarama y San
Fernando de Henares, como punto de reunión para,
de acuerdo con el procedimiento que determina el
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, llevar
a cabo el levantamiento de las actas previas a la
ocupación y, en su caso, las de ocupación definitiva.
De esta convocatoria se dará traslado a cada
interesado mediante la oportuna cédula de citación
individual, significándose que esta publicación se realiza
igualmente, a los efectos que determina el artículo
59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en los casos de titular
desconocido o paradero ignorado, según se relaciona
en el anexo.
En el expediente expropiatorio la sociedad "Gas
Natural, SDG, Sociedad Anónima", asumirá la
condición de beneficiaria.
Madrid, 23 de mayo de 1998.-El Director
general, Leopoldo del Pino y Calvo-Sotelo.-31.666.
Serv. O. Tem.
Día
Finca número Naturaleza Titular Parc. Pol. - - Hora
citac.
ml. m 2
Serv. O. Tem.
Día
Finca número Naturaleza Parc. Titular Pol. - - Hora
citac.
ml. m 2
Serv. O. Tem.
Día
Finca número Naturaleza Parc. Titular Pol. - - Hora
citac.
ml. m 2
érmino municipal de San Fernando de Henares
SF-2........ L.Secano..........Desconocido...... 2 111 75625-6 9 13:30
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Ayuntamientos
PALMA DE MALLORCA
El Ayuntamiento Pleno, en sesión del día 23 de
diciembre de 1997, aprobó inicialmente una
modificación puntual del Plan General en la zona de
"Es Molinar", para regular determinadas actividades
comprendidas en los usos pormenorizados
"17-docente" y "21-salas de reunión y espectáculos",
definidas en el artículo 133, "uso de equipamientos
de las normas del Plan General de Ordenación
Urbana de 1985", redactada por el Arquitecto jefe del
área de planeamiento y por el Ingeniero técnico
industrial don Manuel Rivas Fontenla, según la cual
queda suspendido el otorgamiento de licencias en
las áreas comprendidas en su ámbito, en lo que
resulten afectadas por las determinaciones de este
planeamiento.
Cumpliendo el artículo 40 del texto refundido
de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación
Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo
1346/1976, de 9 de abril ("Boletín Oficial del
Estado" números 144 y 145, de 16 y de 17 de junio),
y el 128 del Reglamento de Planeamiento, Real
Decreto 2159/1978, de 23 de junio ("Boletín Oficial
del Estado" números 221 y 222, de 15 y de 16
de septiembre), se somete la citada modificación
a información pública por un plazo de un mes,
para que se pueda consultar en el Negociado de
Información Urbanística, plaza de Cort, 4, edificio
de Can Bauçà, y presentar alegaciones dentro del
citado plazo y mediante escrito dirigido al Alcalde.
Palma de Mallorca, 7 de mayo de 1998.-El
Regidor delegado, Carlos Ripoll y Martínez de
Bedoya.-31.718.
PALMA DE MALLORCA
El Ayuntamiento Pleno, en sesión del día 23 de
diciembre de 1997, aprobó inicialmente una
modificación puntual del Plan general en la zona del
Coll de'n Rabassa, para regular determinadas
actividades comprendidas en los usos pormenorizados
"17-docente" y "21-salas de reunión y espectáculos",
definidas en el artículo 133, "uso de equipamientos
de las normas del PGOU de 1985", redactada por
el Arquitecto Jefe del Área de Planeamiento y por
el Ingeniero técnico industrial don Manuel Rivas
Fontenla, según la cual queda suspendido el
otorgamiento de licencias en las áreas comprendidas
en su ámbito, en el que resulten afectadas por las
determinaciones de este planeamiento.
Cumpliendo el artículo 40 del texto refundido
de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación
Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo
1346/1976, de 9 de abril ("Boletín Oficial del
Estado" números 144 y 145, de 16 y 17 de junio),
y el 128 del Reglamento de Planeamiento, Real
Decreto 2159/1978, de 23 de junio ("Boletín Oficial
del Estado" números 221 y 222, de 15 y 16 de
septiembre), se somete la citada modificación a
información pública por un plazo de un mes, para
que se pueda consultar en el Negociado de
InforServ. O. Tem.
Día
Finca número Naturaleza Parc. Titular Pol. - - Hora
citac.
ml. m 2
mación Urbanística, plaza de Cort, 4, edificio de
Can Bauçà, y presentar alegaciones dentro del citado
plazo y mediante escrito dirigido al Alcalde.
Palma de Mallorca, 7 de mayo de 1998.-El
Regidor delegado, Carlos Ripoll y Martínez de
Bedoya.-31.715.
PALMA DE MALLORCA
El Ayuntamiento Pleno, en sesión del día 23 de
diciembre de 1997, aprobó inicialmente una
modificación puntual del Plan general en la zona del
Centro Histórico, para regular determinadas
actividades comprendidas en los usos pormenorizados
"17-docente" y "21-salas de reunión y espectáculos",
definidas en el artículo 133, "uso de equipamientos
de las normas del PGOU de 1985", redactada por
el Arquitecto Jefe del Área de Planeamiento y por
el Ingeniero técnico industrial don Manuel Rivas
Fontenla, según la cual queda suspendido el
otorgamiento de licencias en las áreas comprendidas
en su ámbito, en el que resulten afectadas por las
determinaciones de este planeamiento.
Cumpliendo el artículo 40 del texto refundido
de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación
Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo
1346/1976, de 9 de abril ("Boletín Oficial del
Estado" números 144 y 145, de 16 y 17 de junio),
y el 128 del Reglamento de Planeamiento, Real
Decreto 2159/1978, de 23 de junio ("Boletín Oficial
del Estado" números 221 y 222, de 15 y 16 de
septiembre), se somete la citada modificación a
información pública por un plazo de un mes, para
que se pueda consultar en el Negociado de
Información Urbanística, plaza de Cort, 4, edificio de
Can Bauçà, y presentar alegaciones dentro del citado
plazo y mediante escrito dirigido al Alcalde.
Palma de Mallorca, 7 de mayo de 1998.-El
Regidor delegado, Carlos Ripoll y Martínez de
Bedoya.-31.717.
PALMA DE MALLORCA
El Ayuntamiento Pleno, en sesión del día 23 de
diciembre de 1997, aprobó inicialmente una
modificación puntual del plan general en la zona del
"Jonquet", para regular determinadas actividades
comprendidas en los usos pormenorizados
"17-docente" y "21-salas de reunión y espectáculos",
definidas en el artículo 133 "uso de equipamientos de
las normas del PGOU de 1985", redactada por el
Arquitecto Jefe del Área de Planeamiento y por
el Ingeniero técnico industrial don Manuel Rivas
Fontenla, según la cual queda suspendido el
otorgamiento de licencias en las áreas comprendidas
en su ámbito, en el que resulten afectadas por las
determinaciones de este planeamiento.
Cumpliendo los artículos 40 del texto refundido
de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación
Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo
1346/1976, de 9 de abril ("Boletín Oficial del
Estado" números 144 y 145, de 16 y 17 de junio),
y el 128 del Reglamento de Planeamiento, Real
Decreto 2159/1978, de 23 de junio ("Boletín Oficial
del Estado" números 221 y 222, de 15 y 16 de
septiembre), se somete la citada modificación a
información pública, por un plazo de un mes, para
que se pueda consultar en el Negociado de
Información Urbanística, plaza de Cort, 4, edificio de
Can Bauçà, y presentar alegaciones dentro del citado
plazo y mediante escrito dirigido al Alcalde.
Palma de Mallorca, 7 de mayo de 1998.-El
Regidor delegado, Carlos Ripoll y Martínez de
Bedoya.-31.719.
PALMA DE MALLORCA
El Ayuntamiento Pleno, en sesión del día 28 de
abril de 1998, aprobó inicialmente una modificación
del plan general en la zona de "El Terreno", que
aparece grafiada en el plano que conforma el
proyecto, para regular determinadas actividades
comprendidas en los usos pormenorizados "17-docente"
y "21-salas de reunión y espectáculos", definidas
en el artículo 133 "uso de equipamientos de las
normas del PGOU de 1985", redactada por el
Arquitecto Jefe del Área de Planeamiento y por el
Ingeniero técnico industrial don Manuel Rivas Fontenla,
según la cual queda suspendido el otorgamiento de
licencias en las áreas comprendidas en su ámbito,
en el que resulten afectadas por las determinaciones
de este planeamiento.
Cumpliendo los artículos 40 del texto refundido
de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación
Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo
1346/1976, de 9 de abril ("Boletín Oficial del
Estado" números 144 y 145, de 16 y 17 de junio),
y el 128 del Reglamento de Planeamiento, Real
Decreto 2159/1978, de 23 de junio ("Boletín Oficial
del Estado" números 221 y 222, de 15 y 16 de
septiembre), se somete la citada modificación a
información pública, por un plazo de un mes, para
que se pueda consultar en el Negociado de
Información Urbanística, plaza de Cort, 4, edificio de
Can Bauçà, y presentar alegaciones dentro del citado
plazo y mediante escrito dirigido al Alcalde.
Palma de Mallorca, 7 de mayo de 1998.-El
Regidor delegado, Carlos Ripoll y Martínez de
Bedoya.-31.720.
UNIVERSIDADES
COMPLUTENSE DE MADRID
Facultad de Medicina
Cumplimentando la Orden de fecha 9 de
septiembre de 1974, se hace pública la incoación del
nuevo título de Médico Especialista en Psiquiatría
de doña Genoveva Rojo Garrido, por extravío del
que fue expedido con fecha 8 de abril de 1981.
Lo que se pone en conocimiento de personas
interesadas, por si tuvieran que formular
reclamación acerca de dicho título.
Madrid, 19 de enero de 1996.-El
Decano.-30.225.
VALENCIA
Escuela Universitaria de Magisterio
"Ausiàs March"
A efectos de la Orden de 8 de julio de 1988,
se anuncia el extravío del título de Diplomado en
Profesorado de Educación General Básica de don
Vicente Jover Robles, expedido por el Ministerio
de Cultura el día 30 de octubre de 1978, registrado
en el folio 250, con el número 13677 en el Registro
Especial de la Sección de Títulos.
Valencia, 20 de mayo de 1998.-El Director,
Bernardo Gómez Alfonso.-29.519.
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid