MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Dirección General del Tesoro
y Política Financiera
Edicto sobre notificación de expediente sancionador
(expediente 303/97) sobre supuesta infracción leve
de la Ley 40/1979, sobre Control de Cambios
Por acuerdo de fecha 24 de febrero de 1998,
se ha dictado propuesta de Resolución en el
expediente sancionador abierto a doña Mónica Barbosa
Duarte. Desconociéndose el domicilio de la
interesada, por la presente se le notifica que puede retirar
la citada propuesta de Resolución en el despacho
oficial de la Instructora (ubicado en la Dirección
General del Tesoro y Política Financiera, plaza de
Jacinto Benavente, número 3, despacho 220, 28012
Madrid), dentro de los diez días hábiles siguientes
a la publicación de este edicto, a los efectos de
alegar, en tiempo y forma, lo que en su derecho
convenga.
Transcurrido dicho plazo sin haberse personado
la interesada, dicha propuesta se elevará a definitiva,
dictándose, en el plazo de diez días, la oportuna
resolución, que, poniendo fin al expediente en vía
administrativa, será inmediatamente ejecutiva;
pudiéndola recoger el interesado en el lugar antes
indicado. Contra la misma se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos
meses.
Madrid, 29 de junio de 1998.-La Instructora,
Ángeles Rodríguez.-36.434-E.
Edicto sobre notificación de expediente sancionador
(expediente 16/98) sobre supuesta infracción leve
de la Ley 40/1979, sobre Control de Cambios
Por acuerdo de fecha 6 de mayo de 1998, se
ha dictado propuesta de Resolución en el expediente
sancionador abierto a don Agustín Gras Pahissa.
Desconociéndose el domicilio del interesado, por
la presente se le notifica que puede retirar la citada
propuesta de Resolución en el despacho oficial de
la Instructora (ubicado en la Dirección General del
Tesoro y Política Financiera, plaza de Jacinto
Benavente, número 3, despacho 220, 28012 Madrid),
dentro de los diez días hábiles siguientes a la
publicación de este edicto, a los efectos de alegar, en
tiempo y forma, lo que en su derecho convenga.
Transcurrido dicho plazo sin haberse personado
el interesado, dicha propuesta se elevará a definitiva,
dictándose, en el plazo de diez días, la oportuna
resolución, que, poniendo fin al expediente en vía
administrativa, será inmediatamente ejecutiva;
pudiéndola recoger el interesado en el lugar antes
indicado. Contra la misma se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos
meses.
Madrid, 1 de julio de 1998.-La Instructora,
Ángeles Rodríguez.-36.433-E.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CATALUÑA
Departamento de Industria,
Comercio y Turismo
Delegaciones Territoriales
GIRONA
Resolución por la que se fijan, en segunda
convocatoria, las fechas para redacción de actas previas
a la ocupación de las fincas afectadas por la
ejecución del proyecto de la línea eléctrica a 110 kV
ER Juià-ER Castell d'Aro, en los términos
municipales de Quart, Llambilles, Cassà de la Selva,
Llagostera, Santa Cristina d'Aro y Castell-Platja d'Aro
(referencia 1002993/95)
Dado que, de acuerdo con lo que establece el
artículo 56 del Reglamento de 26 de abril de 1957,
de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, se ha publicado en el "Diario Oficial
de la Generalidad de Cataluña" número 2.444, de
30 de julio de 1997; en el "Boletín Oficial del
Estado" número 185, de 4 de agosto de 1997; en el
diario "El Punt", de 7 de agosto de 1997, y en
el "Diari de Girona" de 22 de julio de 1997, la
relación de los bienes y derechos afectados por el
proyecto de instalación de una línea aérea de
alimentación de energía eléctrica a 110 kV ER Juià-ER
Castell d'Aro, en los términos municipales de Quart,
Llambilles, Cassà de la Selva y Llagostera (Gironès),
y Santa Cristina d'Aro y Castell-Platja d'Aro (Baix
Empordà), cuya entidad beneficiaria es "Empresa
Nacional Hidroeléctrica del Ribagorzana, Sociedad
Anónima" ("Enher, Sociedad Anónima").
Dado que, de acuerdo con el artículo 53 de la
Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de ordenación
del sistema eléctrico nacional, la declaración de
utilidad pública de esta línea, efectuada mediante
acuerdo del Gobierno de la Generalidad de fecha 17 de
marzo de 1998, publicado en el "Diario Oficial de
la Generalidad de Cataluña" número 2.609, de 30
de marzo de 1998, lleva implícita la necesidad de
ocupación de los bienes o de adquisición de los
derechos afectados e implica la urgente ocupación
a los efectos del artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa.
De acuerdo con lo que prevé el artículo 52,
consecuencia segunda, de la mencionada Ley.
Resuelvo convocar, en segunda convocatoria, a
los propietarios y los titulares de los derechos
afectados en los Ayuntamientos donde radican los
bienes como punto de reunión para llevar a cabo el
levantamiento de actas previas de ocupación de los
bienes afectaos y, si procede, el de las de ocupación
definitiva, de conformidad con lo que establece el
indicado artículo 52.
Esta Resolución se notificará individualmente a
las personas interesadas que figuran en la relación
expuesta en el tablón de anuncios de esta Delegación
Territorial, avenida Jaume I, 41, quinto, Girona.
Deben asistir al acto los titulares de los bienes
y los derechos afectados, personalmente o
representados por una persona debidamente autorizada.
Deben presentar los documentos acreditativos de
su titularidad y el último recibo de la contribución
que corresponda al bien efectuado y, si lo estiman
conveniente, pueden ir acompañandos, a su cargo,
de un Perito y/o un Notario.
El levantamiento de actas tendrá lugar en:
Ayuntamiento de Quart: El día 21 de julio de
1998, a partir de las nueve horas.
Ayuntamiento de Llambilles: El día 21 de julio
de 1998, a partir de las diecisiete horas.
Ayuntamiento de Cassà de la Selva: Los días 17,
20 y 23 de julio de 1998, a partir de las nueve
horas.
Ayuntamiento de Llagostera: Los días 13, 14, 15
y 16 de julio de 1998, a partir de las nueve horas.
Ayuntamiento de Santa Cristina d'Aro: El día 22
de julio de 1998, a partir de las nueve horas.
A continuación, los asistentes se trasladarán, si
procede, a los terrenos afectados para proceder a
la redacción de las actas.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la
vía administrativa, puede interponerse recurso
ordinario ante el Director general de Energía y Minas,
en el plazo de un mes, a contar del siguiente al
de su publicación.
Girona, 23 de junio de 1998.-Manuel Hinojosa
i Atienza.-36.364.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CASTILLA Y LEÓN
Delegación Territorial
Servicios Territoriales de Industria,
Comercio y Turismo
SALAMANCA
Con fecha 2 de marzo de 1998, el excelentísimo
señor Consejero de Industria, Comercio y Turismo
ha dictado la siguiente Orden:
Examinado el expediente relativo a la declaración
como recurso de la Sección B), de las escombreras
ubicadas en las concesiones de explotación
"Ampliación a María Jesús", número 4.249, y "Odette",
número 5.253, pertenecientes al grupo minero
"Feli", número 1.799, en el paraje Los Alabancos,
del término municipal de La Fregeneda, en la
provincia de Salamanca, y del que resultan los siguientes
Antecedentes de hecho
Primero.-Con fecha 22 de febrero de 1996, don
José Miguel Villarig Tomás, en nombre y
representación de la compañía mercantil "Minera del
Duero, Sociedad Anónima" (MIDUESA), titular de
las concesiones de explotación "Ampliación a María
Jesús", número 4.249, y "Odette", número 5.253,
pertenecientes al grupo minero "Feli",
número 1.799, solicita se proceda a la clasificación como
recurso de la Sección B) de los residuos contenidos
en las escombreras ubicadas en dichas concesiones.
Las referidas escombreras, que se consideran
yacimientos de origen no natural, están constituidas por
un conglomerado de gravilla-gravillín-arenas,
contando con un volumen de 656.025,25 metros
cúbicos, tratándose de estériles procedentes de la planta
de tratamiento de la denominada "Mina Alabancos".
Segundo.-El trámite de información pública se
efectúa mediante la publicación de la solicitud en
el "Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca",
de fecha 16 de octubre de 1996, no habiéndose
presentado alegaciones a la solicitud.
Tercero.-Con fecha 3 de julio de 1997, se
procede, por parte de la Sección de Minas del Servicio
Territorial de Industria, Comercio y Turismo de
Salamanca, a levantar acta de las comprobaciones
realizadas sobre el terreno, referentes a la ubicación
de las escombreras y a sus características.
Cuarto.-La Sección de Minas del referido
Servicio Territorial emite, con fecha 22 de diciembre
de 1997, informe proponiendo se clasifiquen como
recurso de la Sección B), yacimiento de origen no
natural, las citadas escombreras.
Quinto.-Con fecha 10 de febrero de 1998, el
Servicio de Minas emite informe favorable a la
clasificación como recurso de la Sección B) de las
escombreras ubicadas en dichas concesiones de
explotación, siendo ratificado en los mismos
términos por la Dirección General de Industria,
Energía y Minas.
Fundamentos de Derecho
Primero.-El artículo 46 del Reglamento General
para el Régimen de la Minería indica que quienes
pretendan el aprovechamiento de residuos, que
pueden constituir un yacimiento de origen no natural,
deberán obtener la previa declaración de que ese
yacimiento ha sido calificado como recurso de la
Sección B).
Segundo.-La prioridad en el aprovechamiento de
los residuos obtenidos en operaciones de
investigación y explotación corresponde al titular de los
derechos mineros en los que se hayan producido
tales recursos, como indica el artículo 47 del citado
Reglamento.
Las escombreras cuya clasificación se solicita son
susceptibles de encuadrarse en la Sección B) al estar
constituidas por residuos de origen no natural,
estériles de aprovechamientos mineros preexistentes,
ubicándose, por otra parte, en unos derechos
mineros cuya titularidad corresponde al solicitante.
Vistos la Ley de Minas 22/1973, de 21 de julio;
la Ley 54/1980, de 5 de noviembre, que la modifica,
y el Reglamento General para el Régimen de la
Minería, de 25 de agosto de 1978,
Por todo ello, esta Consejería de Industria,
Comercio y Turismo, a propuesta de la Dirección General
de Industria, Energía y Minas, ha resuelto clasificar
como recursos de la Sección B) de las escombreras
ubicadas en las concesiones de explotación
"Ampliación a María Jesús", número 4.249, y "Odette",
número 5.253, pertenecientes al grupo minero
"Feli", en la provincia de Salamanca.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 109.c)
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, contra la
presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,
cabe interponer recurso contencioso-administrativo
ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y
León en el plazo de dos meses, a contar desde
su notificación, previa comunicación al efecto al
órgano que dictó el acto objeto de impugnación.
Salamanca, 18 de marzo de 1998.-El Jefe del
Servicio territorial, Emilio Rodríguez
Vicente.-34.529.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Diputaciones Provinciales
LUGO
Edicto
Por Decreto de la Presidencia de la Xunta de
Galicia número 105/1998, de 20 de marzo,
publicado en el "Diario Oficial de Galicia" número 63/98
de 2 de abril, se declara la urgente ocupación por
esta excelentísima Diputación Provincial de los
bienes y derechos necesarios para la ejecución de
las obras del proyecto número 181. P.O.L. 97
COSPEITO-C.P. "de Feria del Monte a Castro",
con los efectos previstos en el artículo 52 de la
Ley de Expropiación Forzosa.
En cumplimiento y ejecución de la disposición
citada y del acuerdo adoptado en el Pleno de esta
excelentísima Corporación Provincial en sesión
de 27 de octubre de 1997 y demás antecedentes
y normas aplicables, se anuncia el levantamiento
de actas previas a la ocupación, a que se refiere
la norma 2. ª del artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa, que tendrá lugar al vigésimo quinto
día hábil, contado a partir del siguiente al de la
publicación del presente edicto en el "Boletín Oficial
del Estado", en los lugares en que se encuentren
ubicados los bienes objeto de expropiación, a los
que se trasladará un equipo técnico y administrativo,
y para cuyos actos se cita a los propietarios, a los
demás afectados y a cuantas personas o entidades
puedan ostentar derechos sobre tales bienes.
Las operaciones podrán continuarse en días y
horarios posteriores, si preciso fuere, sin necesidad
de repetir las citaciones, bastando a tal efecto el
anuncio verbal en la jornada de la tarde y con
ocasión del levantamiento de las últimas actas que se
extiendan, en que así se hará saber públicamente
a los asistentes.
Las actas se levantarán aun en el supuesto de
que no concurran los propietarios y demás
interesados o quienes debidamente les representen.
A tales efectos podrán concurrir personalmente
o debidamente representados, acreditando su
personalidad y pudiéndose hacer acompañar, a su costa,
de Perito y Notario, debiendo aportar la
documentación precisa respecto a la titularidad de los
derechos que aleguen (títulos registrales, cédulas de
propiedad, recibos de contribución, etc.).
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 56.2
del Reglamento para su aplicación de la Ley de
Expropiación Forzosa, los interesados podrán
formular escrito dirigido al Presidente de esta
excelentísima Diputación Provincial, con cuantas
alegaciones estimen pertinentes hasta el
levantamiento de las actas previas y a los solos efectos
de subsanar los posibles errores que se hayan podido
padecer al relacionar los bienes afectados por la
urgente ocupación, no siendo procedentes cualquier
otros recursos o reclamaciones, que se entenderán
diferidas al momento procedimental posterior.
La relación identificativa de bienes y afectados
ha sido publicada en el "Boletín Oficial de la
Provincia de Lugo" número 119, de fecha 27 de mayo
de 1998.
Lugo, 12 de junio de 1998.-El Presidente.-El
Secretario.-35.012-E.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid