Cumplidos los trámites reglamentarios, se
convoca la siguiente subasta:
Primero.-La adjudicación que, mediante subasta,
se acuerde en el momento oportuno tiene por objeto
el aprovechamiento de los pastos sobrantes y
rastrojeras de la dehesa Boyal Huerta Vieja, propiedad
de este Ayuntamiento, incluido el corral de los toros
y de las vacas, reservándose la propiedad una
extensión, aproximada, de 10 hectáreas para un posible
polígono industrial, al sitio por bajo del Corral de
Concejo, izquierda de la carretera en dirección a
Miajadas. Igualmente, se reserva la posible
construcción de un polígono ganadero en la franja de
terreno existente a la derecha de la carretera de
Santa Cruz de la Sierra, dirección a esta localidad,
desde la depuradora hasta la cascotera, y que,
aproximadamente, serán unas 5 hectáreas, pudiendo el
arrendatario disfrutar de dichos terrenos mientras
no se construyan los mismos, no disminuyendo el
precio de la renta si se realizaran.
Segundo.-El presente contrato se regirá, en
cuanto a su preparación y adjudicación, por la Ley
13/1995, y demás Leyes administrativas que le sean
aplicables. En cuanto a sus efectos y extinción, se
regirá por las normas de derecho privado.
Tercero.-El que se otorgue lo será por cuatro
años, que comenzará el día 1 de octubre de 1998
y concluirá el día 30 de septiembre de 2002, no
concediéndose ninguna prórroga automática de las
previstas en el capítulo IV, artículo 25.2, del
Decreto-ley 83/1980, de 31 de diciembre, que regula los
arrendamientos rústicos.
Cuarto.-Se fija como tipo de licitación la cantidad
de 2.500.000 pesetas anuales, pudiendo los
licitadores mejorarla ofreciendo cantidad superior
concreta expresada en letra y número, prevaleciendo
la expresada en letra, caso de no ser iguales, no
considerándose válidas proposiciones comparativas
tales como "tanto como el que más" o conceptos
por el estilo.
Quinto.-La renta anual fijada en la adjudicación
definitiva se abonará por el arrendatario al
Ayuntamiento en dos plazos, el primero, consistente en
el 60 por 100 de su importe total, dentro de los
diez primeros días del mes de junio, y el 40 por
100 restante, entre los días 10 y 20 del mes de
septiembre de cada año de arrendamiento, no
concediéndose bajo ningún concepto prórroga en el
pago de las fechas indicadas.
La demora en el pago gravará la renta según los
tipos fijados en la legislación vigente en cada
momento.
Sexto.-Para tomar parte en la subasta, es preciso
acompañar a la proposición el documento que
acredite haber constituido la garantía provisional,
consistente en el 2 por 100 del tipo de licitación (50.000
pesetas).
Séptimo.-Las proposiciones para tomar parte en
la subasta se presentarán en la Secretaría del
Ayuntamiento, de nueve a trece horas, durante el plazo
de veintiséis días naturales siguientes a la publicación
del presente anuncio en el "Boletín Oficial del
Estado".
Las proposiciones y documentos que la
acompañan, a excepción del justificante de la garantía
provisional, que será entregado en sobre distinto
sin cerrar, se presentarán en sobre cerrado, en el
que figurará la inscripción: "Proposición para tomar
parte en la subasta para arriendo de los pastos y
rastrojeras sobrantes de la dehesa Boyal Huerta
Vieja, propiedad del Ayuntamiento de Zorita", y serán
entregadas ante el Secretario o funcionario que él
mismo designe. Toda proposición deberá ajustarse
al modelo descrito en este pliego de condiciones,
sin que las mismas puedan alterar el contenido del
mismo. A cada proposición se acompañará una
declaración en la que el licitador afirme, bajo su
responsabilidad, no hallarse comprendido en
ninguno de los casos de incapacidad o incompatibilidad
señalados en la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas, citada anteriormente.
Octavo.-El acto de apertura de proposiciones será
público y se realizará en el Ayuntamiento a las doce
treinta horas del día siguiente hábil a aquel en que
finalice el plazo de presentación de plicas.
Noveno.-El adjudicatario, como garantía
definitiva, deberá constituir aval bancario, por el importe
de la renta de un año, de carácter solidario respecto
al adjudicatario, con renuncia expresa al beneficio
de exclusión y pagadero al primer requerimiento
del Ayuntamiento, dicho aval será de duración
indefinida, permaneciendo vigente hasta que el
Ayuntamiento declare la extinción de la obligación
garantizada y la cancelación del aval, haciéndose constar
expresamente que dicho aval se ajustará a los
requisitos señalados en el Real Decreto 390/1996.
Caso de ser ejecutado el aval presentado, se deberá
presentar otro aval en las mismas condiciones
indicadas anteriormente, en el plazo de quince días
desde dicha ejecución; de no ser así, se entenderá
rescindido el contrato firmado.
Décimo.-No podan tomar parte en la subasta
los deudores directos o subsidiarios de este
Ayuntamiento.
Undécimo.-El contrato que se formalice se
entenderá otorgado a riesgo y ventura, con arreglo al
artículo 99 de la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas (Ley 13/1995, de 18 de mayo).
Duodécimo.-El aprovechamiento podrá hacerse
con cualquier clase de ganado, en la cantidad de
cabezas que se estime conveniente por el
arrendatario, fijándose como límite máximo el que
solamente podrán pastar en la finca a partir del día
25 de julio del año en que finaliza el arrendamiento,
500 cabezas lanares y 10 vacunas, pudiendo ser
equivalente cada vaca a 10 ovejas, quedando
totalmente prohibida la existencia de cochinos en la
finca a partir del citado día.
Las hojas de labor que el Ayuntamiento viene
distribuyendo tradicionalmente en lotes o pegujales
entre los vecinos seguirán señalándose con arreglo
al ciclo de rotación en que se viene efectuando,
sin que el adjudicatario tenga participación alguna
en ella ni percibir renta por dicho concepto.
No obstante lo expresado anteriormente, con el
fin de incrementar la zona de reserva, el mejor
acceso del ganado a los establos o simplemente el
cuadrar las hojas de turno e igualar sus superficies,
podrá el Ayuntamiento agregar o segregar pequeñas
superficies de la hoja de turno a otra.
Se cede al arrendatario, para su aprovechamiento,
un corral de los llamados del las vacas, el que
corresponda dos años antes de su inclusión en la hoja
de turno.
Los establos deberán quedar completamente
limpios en el mes de junio, quedando de propiedad
del Ayuntamiento el estiércol que proceda de los
mismos, para darle el uso que estime más
conveniente.
Los rastrojos de siembra de primavera deberán
quedar libres el día 10 de septiembre de cada año
y las sementeras podrán empezar a partir del día
4 de octubre siguiente.
El ganado pernoctará en la finca, salvo casos
excepcionales y previa autorización del Ayuntamiento.
Decimotercero.-Para lo no previsto en el presente
pliego de condiciones se estará a lo dispuesto en
la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de
las Administraciones Públicas.
Decimocuarto.-Para cuantas cuestiones se
deriven de la interpretación y cumplimiento del
contrato, las partes contratantes, con renuncia a
cualquier fuero que pudiera corresponderles, se someten
a los Juzgados y Tribunales a cuya jurisdicción
pertenece la localidad de Zorita.
Modelo de proposición
Don ........, de ........ años de edad, de estado ........,
de profesión ........, vecino de ........, y con
documento nacional de identidad número ........, actuando
en su propio nombre o en representación de ........,
con capacidad legal para contratar, enterado del
anuncio de subasta para arriendo de los pastos y
rastrojeras sobrantes de la dehesa Boyal Huerta Vieja
y pliego de condiciones económico-administrativas,
solicita tomar parte en dicha subasta, aceptando
las condiciones consignadas y ofreciendo la cantidad
de ........ pesetas anuales. La cantidad se consignará
en letra y número, prevaleciendo, caso de no ser
iguales, la expresada en letra.
(Lugar, fecha y firma.)
Declaración de capacidad
A la proposición se acompañará declaración
jurada concebida en estos términos:
"El que suscribe, a los efectos del artículo 30
del Reglamento de Contratación de las
Corporaciones Locales, de 9 de enero de 1953, declara
bajo juramento que no está afectado por incapacidad
e incompatibilidad alguna para optar a la subasta
anunciada por el Ayuntamiento de Zorita para el
arriendo de la dehesa Boyal Huerta Vieja.
Zorita, ........ de ........ de 199 ........
Zorita, 16 de junio de 1998.-El Alcalde.- 35.170.
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