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Documento BOE-B-1998-38467

Otros anuncios oficiales

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 8 de julio de 1998, páginas 11125 a 11131 (7 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Referencia:
BOE-B-1998-38467

TEXTO

MINISTERIO DE JUSTICIA

Subsecretaría

Gabinete Técnico

Edicto

Don Manuel Martín Madariaga ha solicitado la

sucesión en el título de Marqués de Casa Alta,

vacante por fallecimiento de su tío, don Rafael de

Madariaga y Heredia, lo que se anuncia por el plazo

de treinta días, contados a partir de la publicación

de este edicto, a los efectos del artículo 6. º del

Real Decreto de 27 de mayo de 1912, en su

redacción dada por el 222/1988, de 11 de marzo, para

que puedan solicitar lo conveniente los que se

consideren con derecho al referido título.

Madrid, 22 de junio de 1998.-Por la Unidad,

el Consejero técnico, Antonio Luque

García.-35.845.

MINISTERIO DE DEFENSA

Juzgados Marítimos Permanentes

CÁDIZ

Edicto

Doña Ivana Gómez Álvarez, Teniente Auditor de

Defensa, Juez Marítimo Permanente de Auxilios,

Salvamentos y Remolques de Cádiz,

Hago saber: Que por este Juzgado de mi cargo

se instruye expediente con motivo de la asistencia

marítima prestada el día 8 de junio de 1998, por

el buque "Punta Torre", de la matrícula de Pasajes,

folio 2/1992, al pesquero "Frasquito y Maruja",

matrícula de Alicante, folio 2.103.

Lo que se hace público, a los efectos previstos

en el artículo 38 de la Ley de 24 de diciembre

de 1962 ("Boletín Oficial del Estado" número 310),

reguladora de la materia, a fin de que todos los

que se consideren interesados en dicho asunto se

personen en forma y comparezcan ante este

Juzgado, sito en Comandancia Naval de Cádiz, en el

plazo de treinta días, a partir de la publicación del

presente edicto, aportando los comprobantes en que

funden sus derechos.

Dado en Cádiz a 22 de junio de 1998.-La Juez

marítima, Juana Gómez Álvarez.-35.374-E.

Edicto

Doña Ivana Gómez Álvarez, Teniente Auditor de

Defensa, Juez Marítimo Permanente de Auxilios,

Salvamentos y Remolques de Cádiz,

Hago saber: Que por este Juzgado de mi cargo

se instruye expediente con motivo de la asistencia

marítima prestada el día 31 de mayo de 1998, por

el buque "Salvamar Alborán", de la matrícula de

Gijón, folio 2-96, al pesquero "Superman", matrícula

de Altea, folio 833.

Lo que se hace público, a los efectos previstos

en el artículo 38 de la Ley de 24 de diciembre

de 1962 ("Boletín Oficial del Estado" número 310),

reguladora de la materia, a fin de que todos los

que se consideren interesados en dicho asunto se

personen en forma y comparezcan ante este

Juzgado, sito en Comandancia Naval de Cádiz, en el

plazo de treinta días, a partir de la publicación del

presente edicto, aportando los comprobantes en que

funden sus derechos.

Dado en Cádiz a 22 de junio de 1998.-La Juez

marítima, Juana Gómez Álvarez.-35.373-E.

Edicto

Doña Ivana Gómez Álvarez, Teniente Auditor de

Defensa, Juez Marítimo Permanente de Auxilios,

Salvamentos y Remolques de Cádiz,

Hago saber: Que por este Juzgado de mi cargo

se instruye expediente con motivo de la asistencia

marítima prestada el día 14 de junio de 1998, por

el buque "Salvamar Gadir", de la matrícula de Gijón,

folio 3-96, a la embarcación "Suave", matrícula de

Málaga, folio 131/1993.

Lo que se hace público, a los efectos previstos

en el artículo 38 de la Ley de 24 de diciembre

de 1962 ("Boletín Oficial del Estado" número 310),

reguladora de la materia, a fin de que todos los

que se consideren interesados en dicho asunto se

personen en forma y comparezcan ante este

Juzgado, sito en Comandancia Naval de Cádiz, en el

plazo de treinta días, a partir de la publicación del

presente edicto, aportando los comprobantes en que

funden sus derechos.

Dado en Cádiz a 22 de junio de 1998.-La Juez

marítima, Juana Gómez Álvarez.-35.375-E.

MINISTERIO

DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Costes

de Personal

La Subdirección General de Gestión de Clases

Pasivas, Servicio de Pensiones Generales Familiares,

según la Ley de Procedimiento Administrativo

vigente y para que formule cuentas alegaciones

estime oportunas, por este edicto, hace saber a doña

Victoria Herraz Yuste que doña Sidney Romano

Benjamín ha solicitado de este centro directivo, la

pensión que pueda corresponderle, causada por don

Jesús Bausa Martos, dado que de los antecedentes

que obran en el expediente parece deducirse su

posible derecho a coparticipar en la citada pensión.

Referencia: 121-21/75693.

Madrid, 15 de junio de 1998.-La Jefa del Servicio,

María Acebal Sarabia.-35.625.

Agencia Estatal de Administración

Tributaria

Delegaciones

CATALUÑA

Edicto de subasta

El Jefe de la Dependencia Regional de Recaudación

de la Agencia Estatal de Administración

Tributaria de Barcelona, don Francisco Javier Caicedo

Fernández-Vega,

Hace saber: Que en el expediente administrativo

de apremio que se instruye en esta Dependencia

de Recaudación, por débitos a la Hacienda Pública

contra "Hierros y Metales Mariano Sanz, Sociedad

Anónima", con NIF A08395485, se ha dictado, en

esta fecha la siguiente,

Providencia: "Acordada la enajenación mediante

subasta del bien propiedad de ªHierros y Metales

Mariano Sanz, Sociedad Anónimaº, embargados

por diligencia de fecha 1 de abril de 1993 y 23

de julio de 1993, en procedimiento administrativo

de apremio, seguido contra dicho deudor, procédase

a la celebración de la misma el día 15 de septiembre

de 1998, a las nueve treinta horas, en esta

Delegación de la Agencia Estatal de Administración

Tributaria (paseo Josep Carner, 33), y obsérvense en

su trámite y realización las prescripciones de los

artículos 147 y siguientes del Reglamento General

de Recaudación.

Notifíquese esta providencia al deudor y al

depositario, si procede, y demás personas interesadas

y anúnciese al público por los medios previstos

reglamentariamente".

En cumplimiento de dicha providencia se publica

el presente anuncio advirtiendo a las personas que

deseen participar en la subasta lo siguiente:

1. º El bien a subastar, con su valoración, cargas

y gravámenes, se detallará al final.

2. º La subasta se suspenderá antes de la

adjudicación, si se hace pago de los descubiertos por

principal, recargos y costas del procedimiento.

3. º Todo licitador habrá de constituir ante la

Mesa de Subasta depósito de, al menos, el 20 por

100 del tipo establecido, que se ingresará en firme

en el Tesoro, si los adjudicatarios no hacen efectivo

el precio del remate, sin perjuicio de la

responsabilidad en que incurrirán por los mayores

perjuicios que sobre el importe del depósito origine

la inefectividad de la adjudicación.

4. º Se admitirán ofertas, que tendrán carácter

de máximas, en sobre cerrado, dirigido al Presidente

de la Mesa de Subastas, con expresión de la fecha

de su celebración, desde el anuncio de esta subasta

hasta una hora antes de su comienzo. Estas ofertas

se presentarán en el Registro General de esta

Dirección y deberán ir acompañadas de cheque

conformado, extendido a favor del Tesoro Público,

por el importe del depósito. En ningún caso se

aceptará el importe del depósito en metálico. Si hubiere

más de una oferta, podrá comenzar la admisión

de posturas, a partir de la segunda más alta. Estos

licitadores, en sobre cerrado, podrán participar

personalmente en la licitación con posturas superiores

a la del sobre.

5. º El adjudicatario deberá entregar en el acto

o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia

entre el depósito constituido y el precio de la

adjudicación. Todas aquellas personas que liciten por

cuenta de terceros deberán acreditar la

representación en el plazo del remate. En caso de

insuficiencia o falta de la misma se entenderá que la

oferta se realiza en nombre propio.

6. º En caso de no ser enajenados la totalidad

o parte del mencionado bien en primera licitación,

la Mesa anunciará la iniciación del trámite de

adjudicación directa que se llevará a cabo de acuerdo

con el artículo 150 del Reglamento General de

Recaudación. Para ello se admitirán ofertas por un

importe igual o superior al tipo de subasta en primera

licitación.

7. º Sin embargo, y en el mismo acto de la

primera licitación, la Mesa podrá optar por celebrar

una segunda licitación cuando así lo haya acordado,

previa deliberación sobre la conveniencia de la

misma, cuyo tipo será el 75 por 100 del tipo de subasta

en primera licitación. El bien no adjudicado pasará

el trámite de adjudicación directa regulado en el

artículo 150 del Reglamento General de

Recaudación. Su precio será sin sujeción a tipo.

8. º En la situación de adjudicación directa, la

Mesa de la subasta realizará las gestiones adecuadas

en el plazo máximo de seis meses, en orden a decidir

la oportunidad en cuantía y tiempo de la

adjudicación, realizando cuantas notificaciones considere

necesarias en el tablón de anuncios de la

Dependencia de Recaudación y con una periodicidad

mensual, contada de fecha a fecha a partir de la subasta,

asimismo, la adjudicación será notificada al

adjudicatario a través del tablón de anuncios.

9. º La Agencia Tributaria se reserva el derecho

a pedir la adjudicación para el Estado del bien que

no hubiese sido objeto de remate, conforme lo

establecido en el artículo 158 del Reglamento General

de Recaudación.

10. Cuando se trate de bienes inscribibles en

registros públicos, los licitadores se conformarán

con los títulos de propiedad que se hayan aportado

al expediente, sin derecho a exigir otros, y, en caso

de no estar inscritos los bienes en el Registro, la

escritura de adjudicación es título, mediante el cual

puede efectuarse la inmatriculación en los términos

prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley

Hipotecaria, y en los demás casos se atendrán a lo

dispuesto en el título VI de dicha Ley.

11. En todo lo no previsto en este edicto se

estará a lo preceptuado en las disposiciones legales

que regulen el acto.

12. Las cargas y situación jurídica de los bienes

que se anuncian son las que constan en el

expediente.

13. Las cantidades que se pretendan depositar

deben ajustare, únicamente, a la presente subasta.

Relación de los bienes a subastar

Lote único: Urbana: Terreno calificado de zona

industrial (22A) de 1.729 metros de superficie,

según la unidad operativa del plano de la ciudad,

que linda: Al norte, con una acequia que discurre

por los terrenos de que procede y con otra finca

perteneciente al señor Soler Ponce de León; al sur,

con la calle de Maresma, anulada, y Riera de Horta;

al este, con la calle Sabadell, y al oeste, con el

terreno afectado de Red Viaria Básica de 3.059

metros cuadrados de superficie, según la unidad

operativa del plano de la ciudad, cedida por el

excelentísimo Ayuntamiento.

Inscrita en el Registro número 2 de Barcelona,

sección segunda A, libro 361, tomo 2.497, finca

número 42.533 (antes 657), inscripción primera.

Valoración y tipo de subasta en primera licitación:

85.230.819 pesetas.

Tipo de subasta en segunda licitación: 63.923.114

pesetas.

Depósito (20 por 100 de 85.230.819 pesetas):

17.046.163 pesetas.

Tramos: 1.000.000 de pesetas.

El adjudicatario queda obligado a justificar el pago

o la extensión, en su caso, de los tributos que gravan

la transmisión de los bienes.

Barcelona, 10 de junio de 1998.-El Jefe de la

Dependencia Regional de Recaudación, Javier

Caicedo Fernández-Vega.-35.380-E.

Edicto de subasta en ejecución de hipoteca

El Jefe de la Dependencia Regional de Recaudación

de la Delegación de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria de Barcelona, don Francisco

Javier Caicedo Fernández-Vega,

Hace saber: Que en el expediente administrativo

de apremio que se instruye en esta Dependencia

de Recaudación contra el deudor a la Hacienda

Pública "Construcciones Eléctricas Trimar,

Sociedad Anónima", con NIF A08363715, con esta fecha

ha sido dictada la siguiente,

Providencia: "Acordada la enajenación mediante

subasta del bien inmueble propiedad de

ªConstrucciones Eléctricas Trimar, Sociedad Anónimaº, en

ejecución de hipoteca, a favor del Estado, inscrita

en fecha 6 de octubre de 1993. Teniendo en cuenta

lo prevenido en el artículo 111 del Reglamento

General de Recaudación y el artículo 131 de la

Ley General Tributaria, procédase a la celebración

de la misma el día 15 de septiembre de 1998, a

las nueve treinta horas, en esta Delegación de la

Agencia Estatal de Administración Tributaria (paseo

Josep Carner, 33), y obsérvese en su trámite y

realización las prescripciones de los artículos 147 y

siguientes del Reglamento General de Recaudación.

Notifíquese esta providencia al deudor, y demás

personas interesadas, con expresión de la causa del

vencimiento de la hipoteca y anúnciese al público

por los medios previstos reglamentariamente".

En cumplimiento de dicha providencia se publica

el siguiente anuncio haciendo constar lo siguiente:

1. º Se considera vencida la hipoteca por el

incumplimiento de los pagos garantizados por la

misma.

2. º Los bienes a subastar, con su valoración,

cargas y gravámenes que quedarán subsistentes se

detallan al final.

3. º La subasta se suspenderá antes de la

adjudicación, si se hace pago de los descubiertos por

principal, recargos y costas del procedimiento.

4. º Todo licitador habrá de constituir ante la

Mesa de subasta depósito de, al menos, el 20 por

100 del tipo establecido, que se ingresará en firme

en el Tesoro si los adjudicatarios no hacen efectivo

el precio del remate, sin perjuicio de la

responsabilidad en que incurran por los mayores perjuicios

que sobre el importe del depósito origine la

inefectividad de la adjudicación.

5. º Se admitirán ofertas (que tendrán carácter

de máximas) en sobre cerrado, dirigido al Presidente

de la Mesa de subastas, con expresión de la fecha

de su celebración, desde el anuncio de esta subasta

hasta una hora antes de su comienzo. Estas ofertas

se presentarán en el Registro General de esta

Delegación y deberán ir acompañadas de cheque

conformado, extendido a favor del Tesoro Público por

el importe del depósito. En ningún caso se aceptará

el importe del depósito en metálico. Si hubiere más

de una oferta, podrá comenzar la admisión de

posturas a partir de la segunda más alta. Estos

licitadores, en sobre cerrado, podrán participar

personalmente en la licitación con posturas superiores

a la del sobre.

6. º El adjudicatario deberá entregar en el acto

o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia

entre el depósito constituido y el precio de la

adjudicación. Todas aquellas personas que liciten por

cuenta de terceros deberán acreditar la

representación en el plazo del remate. En caso de

insuficiencia o falta de la misma se entenderá que la

oferta se realiza en nombre propio.

7. º En caso de no ser enajenados la totalidad

o parte de los mencionados bienes, en primera

licitación, la Mesa anunciará la iniciación del trámite

de adjudicación directa que se llevará a cabo de

acuerdo con el artículo 150 del Reglamento General

de Recaudación. Para ello, se admitirán ofertas por

un importe igual o superior al tipo de subasta en

primera licitación.

8. º Sin embargo, y en el mismo acto de la

primera licitación, la Mesa podrá optar por celebrar

una segunda licitación cuando así lo haya acordado,

previa deliberación sobre la conveniencia de la

misma, cuyo tipo será el 75 por 100 del tipo de subasta

en primera licitación. Los bienes no adjudicados

pasarán al trámite de adjudicación directa regulado

en el artículo 150 del Reglamento General de

Recaudación. Su precio será sin sujeción a tipo.

9. º En la situación de adjudicación directa, la

Mesa de la subasta realizará las gestiones adecuadas

en el plazo máximo de seis meses, en orden a decidir

la oportunidad en cuantía y tiempo de la

adjudicación, realizando cuantas notificaciones considere

necesarias en el tablón de anuncios de la

Dependencia de Recaudación y con una periodicidad

mensual, contada de fecha a fecha a partir de la subasta.

10. La Agencia Tributaria se reserva el derecho

a pedir la adjudicación para el Estado del bien que

no hubiese sido objeto de remate, conforme lo

establecido en el artículo 158 del Reglamento General

de Recaudación.

11. Cuando se trate de bienes inscribibles en

registros públicos, los licitadores se conformarán

con los títulos de propiedad que se hayan aportado

al expediente, sin derecho a exigir otros, y, en caso

de no estar inscritos los bienes en el Registro, la

escritura de adjudicación es título mediante el cual

puede efectuarse la inmatriculación en los términos

prevenidos por el artículo 199 b) de la Ley

Hipotecaria, y en los demás casos se atendrán a lo

dispuesto en el título VI de dicha Ley.

12. En todo lo no previsto en este edicto se

estará a lo preceptuado en las disposiciones legales

que regulen el acto.

13. Las cargas y situación jurídica de los bienes

que se anuncian son las que constan en el

expediente.

14. Las cantidades que se pretendan depositar

deben ajustarse únicamente a la presente subasta.

Relación del bien a subastar

Lote único: Urbana.-Edificación de una sola

planta destinada a almacén y dependencias auxiliares

y planta altillo, unida a la misma, destinada a

oficinas, de superficie total edificada 2.104 metros

cuadrados, constituida sobre parte de una parcela de

terreno, situada en el término municipal de La Torre

de Claramunt, partida "Parada del Castellet", entre

las calles avenida de la Torre, San Juan Bautista

y Figueras; formando dos chaflanes en las

respectivas confluencias, y que ocupa una superficie

de 4.182 metros 97 decímetros cuadrados. Linda:

Al sur, en línea de 81 metros 70 centímetros, con

calle San Juan Bautista; al norte, con parcela

segregada; al este, en línea de 47 metros 20 centímetros,

con calle Figueras, y al oeste, con avenida de la

Torre.

Finca 1.293-N al folio 87, tomo 1.586, libro 64

de la Torre de Claramunt, inscripción sexta del

Registro de la Propiedad número 1 de los de

Igualada.

Valoración: 134.085.313 pesetas.

Cargas:

Embargo a favor del Estado: 50.792.186 pesetas.

Tipo de subasta en primera licitación: 83.293.127

pesetas.

Tipo de subasta en segunda licitación: 62.469.845

pesetas.

Depósito (20 por 100 de la primera licitación):

16.658.625 pesetas.

Tramos: 1.000.000 pesetas.

El adjudicatario queda obligado a justificar el pago

o la extensión, en su caso, de los tributos que gravan

la transmisión de los bienes.

Barcelona, 10 de junio de 1998.-El Jefe de la

Dependencia Regional de Recaudación, Javier

Caicedo Fernández-Vega.-35.381-E.

MINISTERIO DE FOMENTO

Demarcaciones de Carreteras

LA RIOJA

Resolución de la Demarcación de Carreteras del

Estado en La Rioja por la que se fijan fechas para

proceder al levantamiento de las actas previas a

la ocupación de las fincas afectadas por el proyecto

de las obras de acondicionamiento del Camino de

Santiago, en sus tramos coincidentes con la N-120

(Navarrete-Ventosa/Santo Domingo de la

Calzada/Santo Domingo de la Calzada-Grañón, términos

municipales de Navarrete, Sotés, Ventosa, Santo

Domingo de la Calzada y Grañón

Mediante Resolución de la Dirección General de

Carreteras de 5 de junio de 1998 ha sido aprobado

el proyecto de referencia, entendiéndose implícita

su utilidad pública y determinada la necesidad

concreta de la ocupación, al amparo de los artículos

10 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de

diciembre de 1954, y 8 de la Ley 25/1988, de 29

de julio, de Carreteras.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 72

de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, ya que

la ocupación a que da lugar las obras está incluida

en el programa de actuaciones prioritarias en

carreteras, se declara la urgente ocupación de los bienes

y derechos afectados por el expediente de

expropiación forzosa indicado para la ejecución de las

obras del proyecto arriba citado, siendo de

aplicación lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley

de Expropiación Forzosa y 56 y siguientes de su

Reglamento.

En su virtud, la Jefatura de esta Demarcación

de Carreteras ha resuelto:

Primero.-Abrir la información prevista en los

artículos 17 y 18 de la Ley de Expropiación Forzosa

y 56 de su Reglamento, a fin de que todos los

interesados, así como las personas que, siendo

titulares de derechos reales o intereses económicos

sobre los bienes afectados, puedan formular por

escrito ante la Demarcación de Carreteras del

Estado en La Rioja, calle Duques de Nájera, número

49, primero, Logroño, durante el plazo de quince

días, a tenor de lo previsto en el artículo 56 del

Reglamento de aplicación de la Ley de Expropiación

Forzosa, y en todo caso hasta el momento del

levantamiento de las actas previas a la ocupación,

alegaciones fundadas, sin carácter de recurso, a los

solos efectos de subsanar posibles errores u

omisiones padecidos al relacionar los bienes afectados

por la urgente ocupación.

Segundo.-Convocar a los propietarios y titulares

de bienes y derechos afectados que figuran en la

relación expuesta en los tablones de anuncios de

los Ayuntamientos que se detallan, para proceder,

de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52.3

de la Ley de Expropiación Forzosa, correlativamente

al levantamiento de las actas previas a la ocupación

de las fincas afectadas, en las que se recogerán los

datos necesarios para determinar los derechos

afectados, sus titulares y los perjuicios determinantes

de la rápida ocupación, sin perjuicio de trasladarse

al lugar de las fincas si se considera necesario.

Afectados del término municipal de Navarrete:

Lugar: Casa Consistorial del Ayuntamiento.

Fecha: 29 de julio de 1998, de diez a doce horas.

Afectados del término municipal de Sotés:

Lugar: Casa Consistorial del Ayuntamiento.

Fechas: 30 de julio de 1998, de diez a trece horas,

fincas números 1 al 12; 31 de julio de 1998, de

diez a trece horas, fincas números 13 a 23.

Afectados del término municipal de Ventosa:

Lugar: Casa Consistorial del Ayuntamiento.

Fecha: 3 de agosto de 1998, de diez a trece horas.

Afectados del término municipal de Santo

Domingo de la Calzada:

Lugar: Casa Consistorial del Ayuntamiento.

Fecha: 4 de agosto de 1998, de diez a trece horas.

Afectados del término municipal de Grañón:

Lugar: Casa Consistorial del Ayuntamiento.

Fecha: 5 de agosto de 1998, de diez a doce horas.

Tercero.-A dicho acto deberán acudir los titulares

afectados, personalmente o representados por

persona debidamente autorizada, aportando los

documentos acreditativos de su titularidad, documento

nacional de identidad y último recibo de la

contribución, pudiendo hacerse acompañar, a su costa,

de Perito y Notario, advirtiéndose que en caso de

incomparecencia se entenderán las diligencias con

el Ministerio Fiscal, de acuerdo con el artículo 5

de la Ley de Expropiación Forzosa.

Cuarto.-El presente señalamiento será notificado

individualmente a los interesados, y publicado en

el "Boletín Oficial del Estado" y en los periódicos

"La Rioja" y "El Correo Español-El Pueblo Vasco"

(edición Rioja), e incluyendo la relación de

propietarios y bienes y derechos afectados en el "Boletín

Oficial de La Rioja" del día 7 de junio de 1998,

así como en los tablones de anuncios de los

Ayuntamientos respectivos y de las oficinas de la

Demarcación de Carreteras del Estado en La Rioja, en

estos últimos casos junto con, además de la relación

de propietarios y bienes y derechos afectados, los

planos parcelarios, sirviendo como edictos en

general respecto a titulares desconocidos o de paradero

ignorado.

Logroño, 26 de junio de 1998.-El Ingeniero Jefe,

Fernando Hernández Alastuey.-35.219-E.

Puertos del Estado

Información pública

Por Resolución del Ente Público Puertos del

Estado, de fecha 30 de junio de 1998, se inicia expediente

de información pública para el establecimiento de

la Red Nacional del Sistema de Posicionamiento

Global Diferencial (DGPS).

Lo que se hace público para que en el plazo

de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente

al de la publicación del presente anuncio en el

"Boletín Oficial del Estado", las Corporaciones,

entidades y particulares interesados en la citada

información pública, puedan examinar, de nueve a

catorce horas, el expediente de que se trata, en las oficinas

de Puertos del Estado (Secretaría General), sitas

en Madrid, avenida del Partenón, 10, cuarta planta,

y presentar en éstas, por escrito, cuantas alegaciones

estimen pertinentes.

Madrid, 6 de julio de 1998.-El Secretario general,

Mariano Navas Gutiérrez.-36.846.

MINISTERIO

DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Sección de Títulos

Por haberse extraviado el título de Médico

Especialista de Radiodiagnóstico, de don Jorge María

Gómez González, expedido por el Ministerio de

Educación y Ciencia, el 4 de agosto de 1988, e

inscrito al número 2636 del Registro Especial de

la Sección de Títulos, se anuncia iniciación del

expediente para la expedición de un duplicado.

Madrid, 22 de junio de 1998.-35.692.

MINISTERIO

DE ADMINISTRACIONES

PÚBLICAS

Subsecretaría

Anuncio por el que se hace público el resultado de

los sorteos de amortización de títulos de los

empréstitos del Majzen de la antigua Zona Norte de

Marruecos, correspondientes al vencimiento de 1 de julio

de 1998

Efectuados en la Subsecretaría de este Ministerio,

el día 11 del presente mes de junio, los sorteos

de amortización de títulos correspondientes al

vencimiento de 1 de julio de 1998, de los empréstitos

del Majzen de la antigua Zona Norte de Marruecos

que se detallan a continuación, han dado los

siguientes resultados:

Empréstito de 1 de junio de 1928, sorteo

número 112:

Serie A: Se amortizan 234 títulos de 500 pesetas

nominales cada uno, números del 21.923 al 21.943,

del 21.946 al 21.971, del 21.973 al 21.990, del

21.992 al 22.017, del 22.019 al 22.153 y del 22.155

al 22.162.

Serie B: Se amortizan 46 títulos de 5.000 pesetas

nominales cada uno, números 688, 689 y del 691

al 734.

Serie C: Se amortizan cinco títulos de 25.000

pesetas nominales cada uno, números 101, 104,

105, 107 y 108.

Empréstito de 10 de junio de 1946, sorteo

número 190:

Serie única: Se amortizan 737 títulos de 1.000

pesetas nominales cada uno, números del 173.193

al 173.929.

Empréstito de 11 de junio de 1952, sorteo

número 46:

Serie única: Se amortizan 8.844 títulos de 1.000

pesetas nominales cada uno, números del 230.005

al 236.060, del 243.328 al 245.910, del 248.152

al 248.183 y del 15.451 al 15.623.

Empréstito de 24 de diciembre de 1952 Muluya,

sorteo número 39:

Serie única: Se amortizan 4.081 títulos de 1.000

pesetas nominales cada uno, números del 13.932

al 14.693, del 18.149 al 18.639 y del 20.577

al 23.404.

Las numeraciones correlativas citadas

comprenden los números de sus extremos.

Madrid, 11 de junio de 1998.-El Subsecretario,

Jaime Rodríguez-Arana Muñoz.-35.638.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE CATALUÑA

Departamento de Industria,

Comercio y Turismo

Dirección General de Energía

Anuncio de información pública sobre la solicitud

de concesión administrativa para la prestación del

servicio público de conducción, distribución y

suministro de gas natural

De acuerdo con lo que prevén los artículo 5 y

siguientes de la Ley 10/1987, de 15 de junio, de

disposiciones básicas para un desarrollo coordinado

de actuaciones en materia de combustibles gaseosos,

y el artículo 11 del Reglamento General del Servicio

Público de Gases Combustibles, aprobado por el

Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, se somete

a información pública la solicitud de concesión

administrativa para la conducción, distribución y

suministro de gas natural que se detalla a

continuación:

Referencia: 4039732/98.

Peticionario: "Gas Natural SDG, Sociedad

Anónima", con domicilio social en la avenida Portal

de l'Ángel, 20-22, 08002 Barcelona.

Objeto:

1. Obtener la concesión administrativa para la

conducción de gas natural mediante una

canalización a media presión B-4 bares en los términos

municipales de Pallejà y Corbera de Llobregat.

2. Obtener la concesión administrativa para la

distribución y suministro de gas natural a los

usuarios domésticos, comerciales e industriales del

término municipal de Corbera de Llobregat.

"Gas Natural SDG, Sociedad Anónima" es titular

de la concesión administrativa otorgada mediante

la Orden de 10 de mayo de 1996 del Ministerio

de Industria para el suministro y distribución de

gas natural a los diferentes términos municipales

de la provincia de Barcelona, que incluye entre otros

el de Pallejà.

Características principales de la instalación:

Conducción principal:

Gaseoducto: Pallejà-Corbera de Llobregat.

Longitud: 2.632 metros.

Diámetro: 160 milímetros.

Grosor: 14,6 milímetros.

Material: Polietileno, de acuerdo con la

UNE-53333 e ISO-4437.

Presión máxima de servicio efectiva: 4 bares.

Caudal base al inicio de la conducción: 761

Nm 3 /h.

Inicio: La conducción se inicia en la red de

distribución que suministra gas natural a la

urbanización "Font Pineda", en el término municipal de

Pallejà.

Final: La conducción finaliza en el término de

Corbera de Llobregat en la conexión de un armario

de regulación desde donde partirá la futura red de

distribución y suministro de gas natural de este

término municipal.

Estación de regulación y medida de Corbera de

Llobregat:

Caudal nominal: 2.000 Nm 3 /h.

Presión máxima efectiva de entrada: 4 bares.

Presión efectiva de salida regulable entre 0,4 y

0,05 bares.

Presupuesto total: 40.510.409 pesetas.

Todas aquellas personas o entidades que se

consideren afectadas pueden examinar el proyecto y,

si procede, presentar alegaciones, ante la Dirección

General de Energía y Minas en Barcelona (avenida

Diagonal, 514, segundo), en el plazo de veinte días

a contar desde la publicación de este anuncio.

Barcelona, 26 de junio de 1998.-El Jefe de la

Sección de Gas Canalizado, Jaume Farré i

Solsona.-36.894-*.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE ANDALUCÍA

Delegaciones Provinciales

GRANADA

Solicitud de permiso de investigación

La Delegación Provincial de la Consejería de

Trabajo e Industria de Granada hace saber que ha sido

solicitado el siguiente permiso de investigación, con

expresión del número, nombre, mineral, cuadrículas

y término municipal:

30.443. Virgen de la Cabeza. Sección C). 27.

Huéscar.

Lo que se hace público a fin de que todos aquellos

que tengan la condición de interesados puedan

personarse en el expediente, dentro del plazo de quince

días, contados a partir de esta publicación, de

conformidad con lo establecido en el artículo 70 del

Reglamento General para el Régimen de la Minería

de 25 de agosto de 1978.

Granada, 26 de junio de 1998.-El Delegado

provincial, Mariano Gutiérrez Terrón.-36.898.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

VALENCIANA

Consejería de Empleo, Industria

y Comercio

Resolución por la que se otorga a "Enagás, Sociedad

Anónima", la concesión administrativa para el

servicio público de conducción, distribución y suministro

de gas natural para usos industriales en diversos

términos municipales de Castellón de la Plana

La sociedad "Enagás, Sociedad Anónima", ha

solicitado la concesión administrativa para la

conducción, distribución y suministro de gas natural para

usos industriales en diversos términos municipales

de la provincia de Castellón de la Plana, presentando

la documentación correspondiente.

Las características principales de las instalaciones

son las siguientes:

Conducción a Vall d'Alba en APA (16 bar), con

derivación desde el ramal de Castellón é6º y 4º,

en el término municipal de Villafamés.

Conducción Eje Chilches-Segorbe, con derivación

en la posición 15.10 (Chilches) del gasoducto

Barcelona-Valencia, conducción en APB (72 bar) hasta

Alfara de Algimia, donde se instalará una ERM

G-160 (APB/APA) y conducción en APA (16 bar)

hasta Segorbe.

La longitud estimada de la conducción es

de 33,5 km en é6º y é4º.

La presión máxima de servicio para la conducción

en alta presión B (APB) será de 72 bar.

La presión máxima de servicio para la conducción

en alta presión A (APA) será de 16 bar.

La presión mínima de llegada a las industrias es

de 3 bar.

Las canalizaciones han sido diseñadas para poder

suministrar un caudal total de 4.850 m 3 (n)/h.

La distribución de gas natural se efectuará

mediante tuberías de acero al carbono fabricadas según

especificación API 5L, disponiendo de

revestimiento externo y protección catódica.

El presupuesto de las instalaciones objeto de la

concesión asciende a 520.195.000 pesetas, con una

duración total estimada de las obras de veinte meses.

La solicitud de "Enagás, Sociedad Anónima" fue

sometida a información pública, publicándose

anuncios en el "Diario Oficial de la Comunidad

Valenciana", de fecha 17 de febrero de 1998; en el "Boletín

Oficial de la Provincia de Castellón", de fecha 31

de enero de 1998; en los diarios locales, diario

"Mediterráneo", de fecha 23 de enero de 1998, y diario

"El Mundo", de Castellón", de fecha 23 de enero

de 1998.

La solicitud se notificó igualmente a los

Ayuntamientos y organismos afectados, a los efectos

prevenidos en la Ley 10/1987, de 15 de junio, de

disposiciones básicas para un desarrollo coordinado

de actuaciones en materia de combustibles gaseosos.

Durante el período de información pública

formularon alegaciones al expediente diversos

particulares y entidades locales, manifestando en síntesis

que no conociendo la ubicación exacta de las

instalaciones no se podía saber si resultaban afectados

o no por las mismas.

Con relación a las alegaciones formuladas en el

trámite de información pública, se ha de señalar

que, de conformidad con lo establecido en la

Ley 10/1987, de 15 de junio, de disposiciones

básicas para un desarrollo coordinado de actuaciones

en materia de combustibles gaseosos, y con el

Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, por el que se

aprueba el Reglamento General del Servicio Público de

Gases Combustibles, resulta claramente

diferenciable el procedimiento de otorgamiento de la

concesión y el de autorización administrativa de las

instalaciones.

En el presente caso nos encontramos ante el

primero de ellos, donde la normativa específica de

aplicación tan sólo exige la presentación de las

características y aspectos básicos de la instalación que

son los que han sido objeto de información pública.

No obstante, se ha de señalar que en el

procedimiento de información pública para la

autorización de las instalaciones, los ciudadanos podrán

alegar cuanto estimen conveniente a sus intereses,

a la vista del trazado concreto propuesto por

"Enagás, Sociedad Anónima", para las mismas.

Resulta evidente el interés público que reúne la

construcción de los mencionados ramales de

distribución y la prestación del suministro de gas

natural para usos industriales en los términos

municipales comprendidos en la zona de influencia de

dichos ramales, puesto que ello permitirá extender

la prestación de este servicio público a nuevas zonas

del territorio de la Comunidad Valenciana.

Cumplidos los trámites reglamentarios en el

expediente instruido al efecto, esta Consejería de

Empleo, Industria y Comercio, a propuesta de la

Dirección General de Industria y Energía, resuelve:

Otorgar a "Enagás, Sociedad Anónima", la

concesión administrativa para el servicio público de

conducción, distribución y suministro de gas natural

para usos industriales en los siguientes términos

municipales de la provincia de Castellón de la Plana:

Vall d'Alba, La Llosa, Sot de Ferrer, Soneja,

Segorbe, Geldo y Castelnovo.

Esta concesión administrativa comprende la

distribución de gas natural mediante los

correspondientes ramales para usos industriales y arterias.

Esta concesión administrativa se ajustará a las

siguientes condiciones:

Primera.-"Enagás, Sociedad Anónima",

constituirá en el plazo de un mes, contado desde la

notificación de la presente Resolución, una fianza por

valor de 10.403.900 pesetas, importe del 2 por 100

del presupuesto que figura en el expediente, para

garantizar el cumplimiento de sus obligaciones,

conforme al artículo 13 del Reglamento General de

Servicio Público de Gases Combustibles, aprobado

por Decreto de 26 de octubre de 1973. Dicha fianza

se constituirá en la Tesorería del Servicio Territorial

de Castellón de la Consejería de Economía y

Hacienda, en metálico, talón conformado, valores

del Estado o de la Generalidad Valenciana, o

mediante aval bancario, según lo dispuesto en el

artículo 11, apartado 3, del Decreto 1775/1967,

de 22 de julio, o mediante el contrato de seguro

concertado con entidades de seguros de las

sometidas a la Ley 33/1984, de 2 de agosto.

La fianza será devuelta a Enagás una vez que,

autorizadas las instalaciones y construidas en los

plazos que se establezcan en la autorización para

el montaje de las mismas, el Servicio Territorial

de Industria y Energía de Castellón formalice el

acta de puesta en marcha de las instalaciones.

Segunda.-De acuerdo con los artículos9y21

del Reglamento General del Servicio Público de

Gases Combustibles, aprobado por Decreto

2913/1973, de 26 de octubre, en el plazo de un

año, contado desde la publicación de esta

Resolución en el "Diario Oficial de la Generalidad

Valenciana", "Enagás, Sociedad Anónima", deberá

solicitar del Servicio Territorial de Industria y Energía

de Castellón la autorización para el montaje de las

instalaciones, presentando los proyectos de detalle

de las mismas.

"Enagás, Sociedad Anónima", deberá iniciar la

distribución de gas natural en el plazo de un mes,

contado a partir de la fecha en que el Servicio

Territorial de Industria y Energía de Castellón formalice

las respectivas actas de puesta en marcha de las

instalaciones de los ramales y redes de distribución.

Tercera.-Las instalaciones deben preverse para

responder a los avances tecnológicos en el campo

del gas y lograr abastecimientos más flexibles y

seguros. A este fin, los sistemas de distribución del gas

deberán ser objeto de una progresiva modernización

y perfeccionamiento, adaptándose a las directrices

que marque la Consejería de Empleo, Industria y

Comercio y el Ministerio de Industria y Energía.

Las instalaciones deberán cumplir lo establecido

en el Reglamento de Redes y Acometidas de

Combustibles Gaseosos vigente.

El cambio de las características del gas

suministrado, o la sustitución por otro intercambiable,

requerirá la autorización de la Dirección General

de Industria y Energía, de acuerdo con el artículo 8. º ,

apartado c), del Reglamento General del Servicio

Público de Gases Combustibles, aprobado por

Decreto 2913/1973, de 26 de octubre.

Cuarta.-El suministro de gas deberá prestarse

cumpliendo estrictamente el capítulo V del

Reglamento General citado, y en especial el artículo 34,

por el que "Enagás, Sociedad Anónima", está

obligada a efectuar el suministro y realizar las

ampliaciones necesarias para atender a cualquier

peticionario que solicite el servicio, en los términos de

la concesión. En el caso que el concesionario se

negase a prestar el suministro solicitado, alegando

insuficiencia de medios técnicos, el Servicio

Territorial de Industria y Energía comprobará si tiene

fundamento técnico esta negativa y, en caso

contrario, hará obligatorio el suministro y, si procede,

podrá imponer o proponer la correspondiente

sanción.

Quinta.-"Enagás, Sociedad Anónima", deberá

mantener un correcto suministro y un adecuado

y eficiente servicio de mantenimiento de las

instalaciones, reparación de averías, reclamaciones y,

en general, de atención a los usuarios, siendo

responsable de la conservación y buen funcionamiento

de las instalaciones, conforme a lo dispuesto en

el artículo 27 del Reglamento General del Servicio

Público de Gases Combustibles, aprobado por

Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, que impone

obligaciones y responsabilidades tanto al

concesionario como a las demás personas físicas o entidades

relacionadas con la instalación o suministro de la

misma.

Sexta.-La determinación de las tarifas de

aplicación del suministro de gas se regirá por las

disposiciones vigentes en su momento sobre la materia.

"Enagás, Sociedad Anónima", queda sujeta a

cuantas prescripciones se establecen en el Reglamento

General citado, así como al modelo de póliza anexa

a éste y a cuantas otras disposiciones hayan sido

dictadas o se dicten por la Consejería de Empleo,

Industria y Comercio y el Ministerio de Industria

y Energía sobre suministro de gases combustibles

y sus instalaciones.

Séptima.-La presente concesión se otorga por

un período máximo de setenta y cinco años,

contados a partir de la publicación de esta Resolución

en el "Diario Oficial de la Generalidad Valenciana",

durante el cual, "Enagás, Sociedad Anónima", podrá

efectuar la distribución de gas mediante las

instalaciones a que se ha hecho referencia y cuya red

básica se define en el proyecto presentado.

Dichas instalaciones revertirán a la Generalidad

Valenciana al terminar el plazo citado.

Octava.-El Servicio Territorial de Industria y

Energía de Castellón cuidará del exacto

cumplimiento de las condiciones estipuladas en esta Resolución.

Una vez autorizadas y construidas las

instalaciones, el Servicio Territorial de Industria y Energía

de Castellón deberá inspeccionar la totalidad de

las obras y montajes efectuados. Antes del

levantamiento del acta de puesta en marcha, el Servicio

Territorial de Industria y Energía de Castellón

deberá recabar un certificado final de obra, firmado por

técnico competente y visado por el Colegio Oficial

correspondiente, en el que conste que la

construcción y montaje de las instalaciones se han efectuado

de acuerdo con las normas que se hayan aplicado

en el proyecto, con las normas de detalle que hayan

sido aprobadas por el citado Servicio Territorial,

así como las demás normas técnicas vigentes que

sean de aplicación.

Los reconocimientos, ensayos y pruebas, de

carácter general o parcial, que según las disposiciones

en vigor hayan de realizarse en las instalaciones

comprendidas en la zona de concesión, deberán

ser comunicadas por el concesionario al Servicio

Territorial de Industria y Energía de Castellón, con

la debida antelación, a fin de que las inspecciones

correspondientes puedan efectuarse antes de

proceder al llenado de las zanjas para el tendido de

canalizaciones o anteriormente a la realización de

las operaciones que posteriormente puedan

dificultarlas en cualquier instalación objeto de esta

concesión.

Novena.-Serán causa de extinción de la presente

concesión, además de las señaladas en el artículo

17 del Reglamento General del Servicio Público

de Gases Combustibles, las siguientes:

a) El incumplimiento del artículo 13 del vigente

Reglamento General del Servicio Público de Gases

Combustibles.

b) La introducción de cualquier variación o

ampliación no autorizado por la Consejería de

Empleo, Industria y Comercio en la ejecución de

los proyectos, salvando las modificaciones precisas

para que se cumplan las disposiciones vigentes.

c) No realizar las instalaciones de acuerdo con

las condiciones impuestas en esta Resolución o en

la autorización para el montaje de las mismas.

Sin embargo, si por evolución de la técnica de

distribución de gas, o por otras causas, no fuese

adecuado el mantenimiento de alguna o algunas

de las instalaciones objeto de la presente Resolución,

"Enagás, Sociedad Anónima", podrá solicitar de la

Consejería de Empleo, Industria y Comercio:

1. Autorización para la modificación o

sustitución de las instalaciones, sin alterar las restantes

condiciones de la concesión y con el mismo plazo

de reversión que las instalaciones sustituidas, o bien,

2. El otorgamiento de la correspondiente

concesión para las nuevas instalaciones, si por la

importancia de las inversiones que las mismas supongan

no pudiese obtener una compensación económica

adecuada durante el plazo que restase para la

caducidad de la concesión antes mencionada, aunque

teniendo en cuenta siempre los derechos que la

Generalidad Valenciana pueda tener sobre los

elementos cambiados.

Décima.-La concesión se otorga sin perjuicio de

terceros y dejando a salvo los derechos particulares.

Esta concesión se otorga independientemente de

las autorizaciones, licencias o permisos de

competencia municipal, provincial o demás que sean

necesarias para la realización de las obras para las

instalaciones de gas.

Undécima.-Las instalaciones que se han de

establecer cumplirán las disposiciones y normas técnicas

que, en general, sean de aplicación y, en particular,

las correspondientes del Reglamento General del

Servicio Público de Gases Combustibles, aprobado

por Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, normas

para su aplicación o complementarias, reglamentos

electrotécnicos y cuantas otras disposiciones se

dicten sobre el servicio público de suministro de gases

combustibles.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo

ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de

la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses,

contados desde el día siguiente al de la notificación

de la presente, de conformidad con lo dispuesto

en el artículo 58.3 de la Ley reguladora de la

Jurisdicción de 27 de diciembre de 1956.

Valencia, 22 de junio de 1998.-El Consejero de

Empleo, Industria y Comercio, Diego Such

Pérez.-36.896.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE CASTILLA-LA MANCHA

Consejería de Industria y Trabajo

Delegaciones Provinciales

GUADALAJARA

La Delegación Provincial de Industria y Trabajo

de Guadalajara hace saber que con fecha 9 de marzo

de 1998 ha sido otorgado a "Río Narcea Gold

Mines, Sociedad Anónima" el siguiente permiso de

investigación, con expresión de número, nombre,

recurso geológico, superficie y términos municipales

afectados:

2431. "Alonso". Sección C). 300 cuadrículas

mineras. Arroyo de Fraguas, Bustares y otros

(Guadalajara).

Lo que se hace público, para general

conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo

101.5 del Reglamento General para el Régimen de

la Minería de 25 de agosto de 1978.

El presente anuncio ha sido publicado en el

"Diario Oficial de Castilla-La Mancha" número 23, de

22 de mayo de 1998.

Guadalajara, 24 de junio de 1998.-El Delegado

provincial, Ángel Padrino Murillo.-35.777.

GUADALAJARA

La Delegación Provincial de Industria y Trabajo

de Guadalajara hace saber que con fecha 9 de marzo

de 1998 ha sido otorgado a don Cecilio Oliver Díaz

de Monasterio-Guren, el siguiente permiso de

investigación, con expresión de número, nombre, recurso

geológico, superficie y términos municipales

afectados:

2432. "Nueva Santa Cecilia". Sección C). 34

cuadrículas mineras. Riofrío del Llano y otros

(Guadalajara).

Lo que se hace público, para general

conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo

101.5 del Reglamento General para el Régimen de

la Minería de 25 de agosto de 1978.

El presente anuncio ha sido publicado en el

"Diario Oficial de Castilla-La Mancha" número 23, de

22 de mayo de 1998.

Guadalajara, 24 de junio de 1998.-El Delegado

provincial, Ángel Padrino Murillo.-35.779.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE LAS ISLAS BALEARES

Consejería de Agricultura,

Comercio e Industria

Resolución de la Consejería de Agricultura, Comercio

e Industria por la que se autoriza y declara su

utilidad pública, a los efectos previstos en el artículo

53 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del

sector eléctrico, en concreto, de la instalación

eléctrica que se cita

Cumplidos los trámites reglamentarios en el

expediente incoado en esta Dirección General de

Industria, a instancia de la "Compañía Gas y Electricidad,

Sociedad Anónima", solicitando autorización para

la instalación y declaración de utilidad pública, a

los efectos previstos en el artículo 53 de la Ley

54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico,

de la instalación eléctrica cuyas características

principales se señalan a continuación:

Expediente UP 19/97.

a) Peticionario: "Gas y Electricidad, Sociedad

Anónima".

b) Denominación del proyecto: Proyecto red

desde estación transformadora Cal Tio, en término

municipal de Consell.

c) Lugar de la instalación: En el término

municipal de Consell.

d) Finalidad de la instalación: Atender

suministros eléctricos de la zona.

e) Características técnicas: Tramo de línea aérea

de baja tensión 380/220 v, formada por conductores

de aluminio aislados en haz, tipo RZ

3x50+1x54,6 mm 2 de Al y de 0,6/1 kv.

f) Presupuesto: 720.000 pesetas.

Esta Consejería de Agricultura, Comercio e

Industria, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley

54/1997, de 27 de noviembre; Decretos 2617/1966

y 2619/1966, ambos de 20 de octubre, ha resuelto:

Autorizar la instalación eléctrica solicitada y

declarar la utilidad pública de la misma, la cual llevará

implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación

de los bienes o de adquisición de los derechos

afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos

del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa

de los bienes afectados, que se describen a

continuación:

Propietarias afectadas: Doña Catalina Vidal

Palmer y doña María Antonia Arbos Vidal.

Finca número 145 del polígono 3 del término

municipal de Consell.

Afección: 2 metros de vuelo de conductores, con

una superficie afectada de2x1=2m 2

Contra esta Resolución, que agota la vía

administrativa, cabe interponer recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del

día siguiente al de la notificación, ante la Sala de

lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de las islas Baleares, previa

comunicación de la interposición a la Consejería de

Agricultura, Comercio e Industria, Dirección General

de Industria, Gran Vía Asima, 2, 8. º , polígono "Son

Castelló", Palma.

Palma, 28 de mayo de 1998.-El Consejero de

Agricultura, Comercio e Industria.-Por delegación

del Consejero (28 de junio de 1996 "Boletín Oficial

de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares"

de 6 de julio), Carlos Gutiérrez González.-35.864.

Resolución de la Consejería de Agricultura, Comercio

e Industria por la que se autoriza y declara su

utilidad pública a los efectos previstos en el

artículo 53 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del

Sector Eléctrico, en concreto, de la instalación

eléctrica que se cita

Cumplidos los trámites reglamentarios en el

expediente incoado en esta Dirección General de

Industria, a instancia de la "Compañía de Gas y

Electricidad, Sociedad Anónima", solicitando

autorización para la instalación y declaración de utilidad

pública, a los efectos previstos en el artículo 53

de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector

Eléctrico, de la instalación eléctrica cuyas

características principales se señalan a continuación:

Expediente UP 13/97:

a) Peticionario: "Gas y Electricidad, Sociedad

Anónima".

b) Denominación del proyecto: Línea de media

tensión y centro de transformación "Ca Na Pelada".

c) Situación de la instalación: En el término

municipal de Alcudia.

d) Finalidad de la instalación: Atender los

suministros eléctricos de la zona.

e) Características técnicas: Línea aérea a 15 kV,

conductores de Al-Alw de 49,49 milímetros

cuadrados. Longitud de 444 metros. Origen de apoyo

número 46 de la línea Brasols. Apoyos metálicos

y de madera. Centro de transformación tipo

intemperie, con transformador de hasta 100 KVA a

15.000/380-220 V.

f) Presupuesto: 4.061.596 pesetas.

Esta Consejería de Agricultura, Comercio e

Industria, en cumplimiento de lo dispuesto en la

Ley 54/1997, de 27 de noviembre; Decretos

2617/1996, ambos de 20 de octubre, ha resuelto:

Autorizar la instalación eléctrica solicitada y

declarar la utilidad pública de la misma, la cual llevará

implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación

de los bienes o de adquisición de los derechos

afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos

del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa

de los bienes afectados, que se detallan a

continuación:

Propietario: Don Francisco Torres Mir. Avenida

Príncipes de España, 12, 1. º ,2. ª , Alcudia.

Afección: Finca número 283 del polígono 4 de

Alcudia.

Un apoyo de madera, superficie de la base = 0,25

metros cuadrados.

Longitud de vuelo de conducción: 58 metros.

Superficie afectada: 58 ^ 9 = 522 metros

cuadrados.

Propietaria: Doña Antonia Horrach Plomer. Calle

Tramuntana, 8, Alcudia.

Afección: Finca número 282 del polígono 4 de

Alcudia.

Longitud de vuelo de conducción: 41 metros.

Superficie afectada: 41^9=369metros

cuadrados.

Propietario: Don Magín Marqués Pascual. Calle

Cimas, 5, 4. º ,2. ª , Palma.

Afección: Finca número 288 del polígono 4 de

Alcudia.

Un apoyo de madera, superficie de la base = 0,25

metros cuadrados.

Longitud de vuelo de conducción: 79 metros.

Superficie afectada: 79^9=711metros

cuadrados.

Contra esta resolución, que agota la vía

administrativa, cabe interponer recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del

día siguiente al de la notificación, ante la Sala de

lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de las Islas Baleares, previa

comunicación de la interposición a la Consejería de

Agricultura, Comercio e Industria, Dirección General

de Industria, Gran Vía Asima, 2, 8. º , polígono "Son

Castelló", Palma.

Palma, 8 de junio de 1998.-El Consejero de

Agricultura, Comercio e Industria, José Juan

Cardona.-35.867.

Información pública de autorización administrativa

de instalación eléctrica y declaración, en concreto,

de su utilidad pública

A los efectos previstos en los artículos 52 y 53

de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector

Eléctrico; artículo 9 del Decreto 2617/1966, de 20

de octubre, sobre autorización de instalaciones

eléctricas, y artículo 10 del Decreto 2619/1966, de 18

de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones

en materia de instalaciones eléctricas;

Decreto 99/1997, de 11 de julio, de tramitación de

instalaciones eléctricas de la CAIB, y el

Decreto 4/1986, de 23 de enero, de Implantación y

regulación de los Estudios de Evaluación del Impacto

Ambiental de la CAIB, se somete a información

pública la solicitud de autorización y declaración

de utilidad pública de la instalación eléctrica que

se señala a continuación:

Expediente UP 3/98:

a) Peticionario: "Gas y Electricidad, Sociedad

Anónima".

b) Denominación del proyecto: Línea a 15 KV

y centro de transformación "Aucadena".

c) Situación de la instalación: En el término

municipal de Alaró.

d) Finalidad de la instalación: Atender la

petición de suministro eléctrico.

e) Características técnicas: Centro de

transformación "Aucadena", tipo intemperie, con

transformador de hasta 100 KVA, a 15.000/380-220 voltios,

línea aérea a 15 KV, 726 metros, conductores de

Al-Alw de 49,49 milímetros cuadrados de sección.

f) Presupuesto: 6.877.718 pesetas.

Lo que se hace público para que el proyecto de

la instalación pueda examinarse en la Consejería

de Agricultura, Comercio e Industria, Dirección

General de Industria, calle Gran Vía Asima, 2-8,

polígono "Son Castelló", Palma, y al mismo tiempo,

puedan formularse las alegaciones que se consideren

oportunas en el plazo de treinta días hábiles,

contados a partir del siguiente al de la publicación de

este anuncio.

Palma, 8 de junio de 1998.-El Director general

de Industria, Jaume Grimalt Estelrich.-35.870.

Información pública de autorización administrativa

de instalación eléctrica y declaración, en concreto,

de su utilidad pública

A los efectos previstos en los artículos 52 y 53

de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector

Eléctrico; artículo 9 del Decreto 2617/1966, de 20

de octubre, sobre autorización de instalaciones

eléctricas, y artículo 10 del Decreto 2619/1966, de 18

de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones

en materia de instalaciones eléctricas;

Decreto 99/1997, de 11 de julio, de tramitación de

instalaciones eléctricas de la CAIB, y el

Decreto 4/1986, de 23 de enero, de Implantación y

regulación de los Estudios de Evaluación del Impacto

Ambiental de la CAIB, se somete a información

pública la solicitud de autorización y declaración

de utilidad pública de la instalación eléctrica que

se señala a continuación:

Expediente UP 4/98:

a) Peticionario: "Gas y Electricidad, Sociedad

Anónima".

b) Denominación del proyecto: Línea de media

tensión y centro de transformación "Cami de Son

Bru".

c) Situación de la instalación: En el término

municipal de Puigpunyent.

d) Finalidad de la instalación: Atender la

petición de suministro eléctrico.

e) Características técnicas: Reforma por

desplazamiento de la línea y centro de transformación

"Cami de Son Bru", centro de transformación tipo

intemperie, con transformación de hasta 160 KVA,

15.000/380-220 voltios, línea aérea a 15 KV, 120

metros, conductores de Al-Alw de 49,49 milímetros

cuadrados de sección.

f) Presupuesto: 2.458.831 pesetas.

Lo que se hace público para que el proyecto de

la instalación pueda examinarse en la Consejería

de Agricultura, Comercio e Industria, Dirección

General de Industria, calle Gran Vía Asima, 2-8,

polígono "Son Castelló", Palma, y al mismo tiempo,

puedan formularse las alegaciones que se consideren

oportunas en el plazo de treinta días hábiles,

contados a partir del siguiente al de la publicación de

este anuncio.

Palma, 9 de junio de 1998.-El Director general

de Industria, Jaume Grimalt Estelrich.-35.871.

Información pública de autorización administrativa

de instalación eléctrica y declaración, en concreto,

de su utilidad pública

A los efectos previstos en los artículos 52 y 53

de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector

Eléctrico; artículo 9 del Decreto 2617/1966, de 20

de octubre, sobre autorización de instalaciones

eléctricas, y artículo 10 del Decreto 2619/1966, de 18

de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones

en materia de instalaciones eléctricas;

Decreto 99/1997, de 11 de julio, de tramitación de

instalaciones eléctricas de la CAIB, y el

Decreto 4/1986, de 23 de enero, de Implantación y

regulación de los Estudios de Evaluación del Impacto

Ambiental de la CAIB, se somete a información

pública la solicitud de autorización y declaración

de utilidad pública de la instalación eléctrica que

se señala a continuación:

Expediente UP 5/98:

a) Peticionario: "Gas y Electricidad, Sociedad

Anónima".

b) Denominación del proyecto: Línea a 15 KV,

línea de alimentación de la urbanización "Son

Gual II".

c) Situación de la instalación: En el término

de Palma.

d) Finalidad de la instalación: Atender la

petición de suministro eléctrico.

e) Características técnicas: Línea aérea

subterránea a 15 KV, 80 + 1.650 metros, conductores de

Al y Al-Alw de 3(1 + 150) y 49,49 milímetros

cuadrados de sección.

f) Presupuesto: 11.760.544 pesetas.

Lo que se hace público para que el proyecto de

la instalación pueda examinarse en la Consejería

de Agricultura, Comercio e Industria, Dirección

General de Industria, calle Gran Vía Asima, 2-8,

polígono "Son Castelló", Palma, y al mismo tiempo,

puedan formularse las alegaciones que se consideren

oportunas en el plazo de treinta días hábiles,

contados a partir del siguiente al de la publicación de

este anuncio.

Palma, 9 de junio de 1998.-El Director general

de Industria, Jaume Grimalt Estelrich.-35.872.

Resolución de la Consejería de Agricultura, Comercio

e Industria por la que se autoriza y declara su

utilidad pública a los efectos previstos en el

artículo 53 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del

Sector Eléctrico, en concreto, de la instalación

eléctrica que se cita

Cumplidos los trámites reglamentarios en el

expediente incoado en esta Dirección General de

Industria, a instancia de la "Compañía de Gas y

Electricidad, Sociedad Anónima", solicitando

autorización para la instalación y declaración de utilidad

pública, a los efectos previstos en el artículo 53

de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector

Eléctrico, de la instalación eléctrica cuyas

características principales se señala a continuación:

Expediente UP 18/97:

a) Peticionario: "Gas y Electricidad, Sociedad

Anónima".

b) Denominación del proyecto: Línea de media

tensión y centro de transformación "Muguet".

c) Situación de la instalación: En el término

municipal de Puigpunyent.

d) Finalidad de la instalación: Atender los

suministros eléctricos de la zona.

e) Características técnicas: Centro de

transformación "Muguet", tipo intemperie, con

transformador de hasta 160 KVA, a 15.000/380-220 voltios,

línea aérea a 15 KV de 390 metros, conductores

de Al-Alw de 49,49 milímetros cuadrados de

sección.

f) Presupuesto: 4.558.110 pesetas.

Esta Consejería de Agricultura, Comercio e

Industria, en cumplimiento de lo dispuesto en la

Ley 54/1997, de 27 de noviembre; Decretos

2617/1996, ambos de 20 de octubre, ha resuelto:

Autorizar la instalación eléctrica solicitada y

declarar la utilidad pública de la misma, la cual llevará

implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación

de los bienes o de adquisición de los derechos

afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos

del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa

de los bienes afectados.

Contra esta resolución, que agota la vía

administrativa, cabe interponer recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del

día siguiente al de la notificación, ante la Sala de

lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de las Islas Baleares, previa

comunicación de la interposición a la Consejería de

Agricultura, Comercio e Industria, Dirección General

de Industria, Gran Vía Asima, 2, 8. º , polígono "Son

Castelló", Palma.

Palma, 10 de junio de 1998.-El Consejero de

Agricultura, Comercio e Industria, José Juan

Cardona.-35.868.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE CASTILLA Y LEÓN

Consejería de Industria, Comercio

y Turismo

Servicios Territoriales

SALAMANCA

Aceptación de la propuesta de perímetro de

protección del agua mineral natural procedente del

pozo-sondeo situado en la finca "San Joaquín

de Huelmos", recurso de la sección B), en el término

municipal de Valdunciel, en la provincia de

Salamanca

La Delegación Territorial de la Junta de Castilla

y León en Salamanca, Servicio Territorial de

Industria, Comercio y Turismo, hace saber que, con fecha

10 de junio del año 1998, por la Consejería de

Industria, Comercio y Turismo, a propuesta de la

Dirección General de Industria, Energía y Minas,

ha resuelto aceptar la propuesta de perímetro de

protección del agua mineral natural procedente del

pozo-sondeo situado en la finca "San Joaquín de

Huelmos", recurso de la sección B), en el término

municipal de Valdunciel, en la provincia de

Salamanca, viniendo definido por las siguientes

coordenadas UTM:

X Y

V 273.405 4.556.380

1

V 272.210 4.556.620

2

V 272.535 4.558.090

3

V 273.715 4.557.850

4

Lo que se hace público, de conformidad con lo

establecido en el artículo 41.2 del Reglamento

General para el Régimen de la Minería, de 25 de agosto

de 1978, para que cuantos tengan la condición de

interesados puedan presentar cuantas alegaciones

estimen oportunas, en el plazo de quince días, en

la Sección de Minas del Servicio Territorial de

Industria, Comercio y Turismo, plaza de la Constitución,

número 1, de Salamanca.

Salamanca, 18 de junio de 1998.-P. D.

(Resolución de 24 de octubre de 1994, "Boletín Oficial

de Castilla y León" de 3 de noviembre), el Jefe

del Servicio Territorial, Emilio Rodríguez

Vicente.-35.694.

UNIVERSIDADES

AUTÓNOMA DE MADRID

Facultad de Ciencias

Habiéndose extraviado el título de Licenciada en

Ciencias Biológicas, de doña María Elena Díez

Arroyo, expedido en Madrid el 11 de octubre de 1979.

Se hace público en cumplimiento de lo establecido

en la legislación vigente.

Madrid, 11 de mayo de 1998.-El Decano,

Santiago Carrillo Menéndez.-35.657.

CÁDIZ

Rectorado

Por haber sufrido extravío el título de Ingeniero

Técnico Naval, correspondiente a don Manuel

Muriel Flores, expedido con fecha 19 de abril

de 1994, número de registro de Universidades 8.998

y número de registro nacional de títulos 1994,

129.211, quede nulo y sin ningún valor ni efecto

el citado título.

Cádiz, 9 de junio de 1998.-El Secretario general,

Rafael Padilla González.-35.902.

COMPLUTENSE DE MADRID

Escuela Universitaria de Magisterio

Habiendo sufrido extravío del título de Diplomado

en Profesorado de Educación General Básica, de

doña María del Carmen Flores Vidal,

correspondiente a la especialidad de Ciencias, se publica en

el "Boletín Oficial del Estado" para la obtención

del duplicado de dicho título.

Madrid, 30 de marzo de 1998.-La Secretaria,

María R. Sanz Muñoz.-35.621.

MÁLAGA

Sección de títulos

Extraviado el título de diplomado en Enfermería,

expedido a favor de doña Dolores Antonia Postigo

Postigo, el día 21 de junio de 1993, RNT.

1995/099080, RUT. T016442, se hace público en

cumplimiento de lo previsto en la Orden de 8 de

julio de 1988 ("Boletín Oficial del Estado" del 13),

por si pudiera presentarse reclamación en el plazo

de treinta días. En caso contrario, se iniciarán los

trámites para la expedición del duplicado.

Málaga, 23 de junio de 1998.-El Secretario

general.-35.591.

VALENCIA

Escuela Universitaria de Magisterio

"Ausiàs March"

A efectos de la Orden de 8 de julio de 1988,

se anuncia el extravío del título de Diplomada en

Profesorado de Educación General Básica de doña

Pilar Galdón Rubio, expedido por el Rectorado de

la Universidad de Valencia, con Registro Nacional

de Títulos 1992102893 y Registro

Universitario 18748.

Valencia, 11 de junio de 1998.-El Director,

Bernardo Gómez Alfonso.-35.553.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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