MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Dirección General del Tesoro
y Política Financiera
Edicto sobre notificación de expediente sancionador
(expediente 120/98) sobre supuesta infracción leve
de la Ley 40/1979, sobre control de cambios
Por acuerdo de fecha 16 de junio de 1998, se
ha incoado expediente sancionador a "Audax,
Sociedad Anónima". Desconociéndose el último
domicilio de la interesada, por la presente se notifica
que puede retirar el acuerdo de iniciación del citado
expediente en el despacho oficial de la Instructora
(ubicado en la Dirección General del Tesoro y
Política Financiera, plaza de Jacinto Benavente,
número 3, despacho 220, 28012 Madrid), dentro de los
diez días hábiles siguientes a la publicación de este
edicto.
En el plazo de quince días hábiles, a contar desde
el día siguiente de haber surtido efecto la
notificación, podrá contestar a la misma con las
alegaciones que estime pertinentes a su defensa,
pudiendo solicitar cuantas pruebas hábiles en
derecho estime convenientes, advirtiéndosele que, de no
hacerse, se procederá a proponer la oportuna
resolución.
Madrid, 16 de julio de 1998.-La Instructora,
Ángeles Rodríguez.-39.820-E.
Intervención General
de la Administración del Estado
Notificación del inicio de un control financiero a
la empresa "Ricino di Ruzafa, Sociedad Limitada",
por razón de las ayudas percibidas con cargo al
FEOGA-Garantía línea 1210: "Ayuda a la
producción de aceite de oliva" durante la campaña oleícola
1994-1995
En virtud de lo dispuesto en el artículo 18 del
texto refundido de la Ley General Presupuestaria
y el Reglamento (CEE) 4045/89, la Intervención
General de la Administración del Estado dispuso
la realización de un control financiero a la empresa
"Ricino di Ruzafa, Sociedad Limitada", sobre las
ayudas financiadas por el Fondo Europeo de
Orientación y Garantía Agraria, Sección Garantía, en
aplicación de los Reglamentos (CEE) 136/66, 2262/84
y 3061/84, que regulan el régimen de ayuda a la
producción de aceite de oliva;
Habiéndose intentado notificar el inicio del
control financiero, sin haberse podido practicar dicha
notificación, y de conformidad con el artículo 59.4
de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, se pone en conocimiento de la
empresa "Ricino di Ruzafa, Sociedad Limitada", que
dispone de un plazo de quince días a contar desde
el día siguiente al de la publicación del presente
anuncio en el "Boletín Oficial del Estado", conforme
a lo establecido en el artículo 84 de dicha Ley,
para poner a disposición de la Intervención
General de la Administración del Estado, Oficina
Nacional de Auditoría, División III, sita en la calle María
de Molina, número 40, quinta planta, Madrid, la
documentación justificativa de dichas subvenciones.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya recibido
comunicación de la entidad "Ricino di Ruzafa,
Sociedad Limitada", se procederá a emitir el informe
correspondiente recomendando el inicio del
expediente de reintegro.
Madrid, 3 de julio de 1998.-El Interventor
general, Rafael Muñoz López-Carmona.-38.869-E.
MINISTERIO DE FOMENTO
Dirección General de Carreteras
Demarcaciones de Carreteras
GALICIA
Información pública. Estudio informativo
12-LU-3110. Aprobación provisional del estudio
informativo "Autovía del Noroeste. N-VI. Tramo:
Becerreá-Cereixal (Lugo)"
Por Resolución de la Dirección General de
Carreteras de fecha 16 de julio de 1998, ha sido aprobado
provisionalmente el estudio de referencia,
ordenando al mismo tiempo se incoe el correspondiente
expediente de información pública.
Lo que se hace público para el general conocimiento
y a fin de que, de acuerdo a lo prevenido en el
artículo 10.4 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de
Carreteras, como asimismo en los artículos 34 y
demás concordantes del Reglamento General de
Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994,
de 2 de septiembre, cuantos particulares y
corporaciones crean estar interesados o afectados por dichas
obras puedan aportar a este expediente sus
observaciones o alegaciones, dentro del plazo de treinta
días hábiles, contados desde la fecha de publicación
del presente anuncio en el "Boletín Oficial del Estado",
sobre las circunstancias que justifiquen la declaración
de interés general de la carretera y sobre la concepción
global de su trazado, el cual afecta al término
municipal de Becerreá.
Asimismo, se hace constar que esta información
pública se realiza también a efectos del estudio de
impacto ambiental, en cumplimiento del artículo 15
del Reglamento para la ejecución del Real Decreto
legislativo 1302/1986, aprobado por Real
Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, siendo su plazo
el máximo señalado en el párrafo anterior.
Se hace constar expresamente que la nueva
carretera tendrá limitación total de accesos a las
propiedades colindantes.
Dicho estudio se hallará expuesto a disposición
del público en la Demarcación de Carreteras del
Estado en Galicia, en la calle Concepción Arenal, 1,
de La Coruña, y en el Ayuntamiento de Becerreá
(Lugo).
El Jefe de la Demarcación de Carreteras del
Estado en Galicia, Pedro Sánchez Tamayo.-40.272.
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, PESCA
Y ALIMENTACIÓN
Secretaría General de Agricultura
y Alimentación
Resolución de 10 de julio de 1998, de la Secretaría
General de Agricultura y Alimentación, por la que
se da publicidad a las propuestas de resolución
números 2/95 y 13/95 de la Dirección General de Sanidad
de la Producción Agraria correspondientes a
expedientes sancionadores incoados a "Compañía
de Refrigeración Industrial, Sociedad Anónima" y
a "Van Dijk España, Sociedad Anónima",
respectivamente
Resolución de la Secretaría General de Agricultura
y Alimentación por la que se acuerda la publicación
en el "Boletín Oficial del Estado" de las propuestas
de Resolución correspondientes a los expedientes
sancionadores números 2/95 y 13/95, incoados por
la Dirección General de Sanidad de la Producción
Agraria a "Compañía de Refrigeración Industrial,
Sociedad Anónima" y "Van Dijk España, Sociedad
Anónima", respectivamente, por supuestas
infracciones en sanidad vegetal, a los efectos de lo
dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Adminitraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, al no haber sido posible
la notificación personal a los interesados, y que se
transcriben a continuación en los anexos de esta
Resolución.
Madrid, 10 de julio de 1998.-El Secretario
general, Carlos Díaz Eimil.-38.862-E.
Anexo I
Madrid, 8 de mayo de 1998.
Asunto: Notificación propuesta de resolución.
Expediente número: 2/95.
Destinatario: "Compañía de Refrigeración
Industrial, Sociedad Anónima".
Carretera Mairena-Alcalá de Guadaira.
Alcalá de Guadaira (Sevilla).
Adjunto les remito propuesta de resolución del
expediente anteriormente indicado, a fin, de que
en el plazo de quince días hábiles, contados a partir
del día siguiente a la recepción de la presente
notificación, puedan alegar cuanto consideren
conveniente a su defensa.
Asimismo, les notifico que con la adjunta
propuesta de resolución, se continúa el expediente
administrativo que quedó suspendido hasta la
terminación del procedimiento judicial que por los mismos
hechos ha quedado sobreseído en el Juzgado de
Instrucción número 2 de Alcalá de Guadaira
(Sevilla).
El Instructor, Emilio de Sanjuán.
Madrid, 8 de mayo de 1998.
Asunto: Propuesta de Resolución 2/95.
Destinatario: Ilustrísimo señor Secretario general
de Agricultura y Alimentación (Departamento).
Instruido expediente sancionador a "Compañía
de Refrigeración Industrial, Sociedad Anónima", por
supuesta infracción en materia de sanidad vegetal,
en cumplimiento de lo ordenado en el pliego de
iniciación del procedimiento sancionador de fecha
5 de junio de 1995, y conforme a lo dispuesto en
el artículo 18 del Real Decreto 1398/1993, de 4
de agosto ("Boletín Oficial del Estado" del 9), por
el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento
para el ejercicio de la potestad sancionadora; el Real
Decreto 1945/1983, de 22 de junio ("Boletín Oficial
del Estado" de 15 de julio), por el que se regulan
las infracciones y sanciones en materia de defensa
del consumidor y de la producción agroalimentaria;
el Real Decreto 1890/1996, de 2 de agosto, de
estructura orgánica básica del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, y con lo dispuesto
en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre ("Boletín
Oficial del Estado" del 27), de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, el Instructor que suscribe,
eleva la siguiente propuesta de resolución, basada
en los siguientes hechos y fundamentos de Derecho,
que a continuación se relacionan.
Hechos
Primero.-Con fecha 12 de mayo de 1995, el
Inspector de Sanidad Vegetal en Cádiz, inspeccionó
una partida compuesta por 1.504 cajas de naranjas
Valencia-Late, declaradas como de origen español.
Comprobándose que sólo una caja correspondía a
dicha variedad y origen. El resto de la partida llevaba
etiquetas con el logotipo "Jaffa", indicativo de su
origen israelita.
Segundo.-Que notificado en forma del pliego de
iniciación del procedimiento sancionador a la
entidad inculpada, ésta no ha formulado alegaciones.
Tercero.-Con fecha 19 de octubre de 1995, se
comunica a la entidad expedientada, que el
expediente que se les sigue, queda suspendido hasta la
terminación del procedimiento penal en el Juzgado
de Instrucción número 7 de Cádiz.
Cuarto.-Con fecha de Registro de entrada de 7
de noviembre de 1996, el Juzgado de Instrucción
número 7 de Cádiz comunica a esta Dirección
General, que el expediente seguido en ese Juzgado a
la firma expedientada, ha sido enviada al Juzgado
Decano de Alcalá de Guadaira (Sevilla), el cual,
lo ha turnado al Juzgado de Instrucción
número 2 de esa localidad.
Quinto.-Con fecha 7 de mayo de 1998, el Juzgado
de Instrucción número 2 de Alcalá de Guadaira,
comunica que el procedimiento seguido contra la
firma expedientada, ha sido sobreseído.
Fundamentos de Derecho
Primero.-La legislación aplicable en el expediente
es la siguiente: Ley 30/1992, de 26 de noviembre;
Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto; Real
Decreto 1945/1983, de 22 de junio; Real
Decreto 1890/1996, de 2 de agosto; Orden de 12 de
marzo de 1987, y cuantas disposiciones son de
general aplicación.
Segundo.-Los hechos descritos suponen una
presunta infracción a lo dispuesto en la Orden de 12
de marzo de 1987, anejo III, apartado 2. Dicha
infracción está tipificada como fraudulenta por el
artículo 4.3.3 del Real Decreto 1945/1983, de 22
de junio, en relación con el artículo 1.2 del Real
Decreto citado, calificándose como infracción grave
por el artículo 7.1, y sancionándose por el
artículo 10.1, con multa comprendida entre 100.001
y 2.500.000 pesetas.
En consecuencia, el Instructor que suscribe,
propone se imponga a "Compañía de Refrigeración
Industrial, Sociedad Anónima", una sanción de
500.000 pesetas.
El Instructor, Emilio de Sanjuán.
Anexo II
Madrid, 7 de abril de 1998.
Expediente: 13/95.
Asunto: Notificación propuesta de resolución.
Destinatario: "Van Dijk España, Sociedad
Anónima".
46021 Valencia.
Adjunto le remito propuesta de Resolución del
expediente anteriormente indicado que se les sigue,
a fin de que en el plazo de quince días hábiles,
contados a partir del día siguiente a la recepción
de la presente notificación, puedan alegar cuanto
consideren conveniente a su defensa.
Asimismo, se les notifica que con fecha 26 de
noviembre del presente año, de registro de entrada
en esta Dirección General, el Juzgado número 4
de Gandia (Valencia), ha comunicado el
sobreseimiento provisional y archivo de actuaciones del
procedimiento que en dicho Juzgado se les seguía.
Con la adjunta propuesta de resolución, se
continúa el expediente administrativo que se les había
incoado en este centro directivo, el cual fue
suspendido en su día hasta la terminación del
procedimiento judicial.
El Instructor, Emilio de Sanjuán.
Madrid, 7 de abril de 1998.
Asunto: Propuesta de Resolución 13/95.
Destinatario: Ilustrísimo señor Secretario general
de Agricultura y Alimentación (Departamento).
Instructor expediente sancionador a "Van Dijk
España, Sociedad Anónima", por supuesta
infracción en materia de sanidad vegetal, en cumplimiento
de lo ordenado en el pliego de iniciación del
procedimiento sancionador de fecha 21 de noviembre
de 1995, y conforme a lo dispuesto en el
artículo 18 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto
("Boletín Oficial del Estado" del 9), por el que se
aprueba el Reglamento del Procedimiento para el
ejercicio de la Potestad Sancionadora; el Real
Decreto 1945/1983, de 22 de junio ("Boletín Oficial del
Estado" de 15 de julio), por el que se regulan las
infracciones y sanciones en materia de defensa del
consumidor y de la producción
agroalimentaria; el Real Decreto 1890/1996, de 2 de
agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, y con lo
dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre
("Boletín Oficial del Estado" del 27), de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, el Instructor que
suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución,
basada en los siguientes hechos y fundamentos de
Derecho, que a continuación se relacionan.
Hechos
Primero.-Con fecha 3 de octubre de 1995, el
Inspector de Sanidad Vegetal en Cádiz, inspeccionó
una partida compuesta por 2.436 cajas de naranjas
Valencia-Late, declaradas como de origen español,
encontrándose en dicho producto, etiquetas de la
firma "Outspan", originaria de Sudáfrica.
La introducción de dicho fruto está prohibida en
las islas Canarias por ser de origen distinto al de
España peninsular.
Segundo.-Que notificado en forma el pliego de
iniciación del procedimiento sancionador, a la
entidad inculpada, ésta contesta con las siguientes
alegaciones:
Primera.-Esta empresa es exclusivamente
comercializadora, concertando operaciones de venta de
naranjas y demás frutas cuya confección encarga
a empresas especializadas, en su mayoría
cooperativas, recibiéndose la mercancía confeccionada en
condiciones "Ex Works".
Segunda.-La presencia de naranjas originarias de
Sudáfrica, con etiqueta "Outspan", en un porcentaje
ínfimo, se debe a error humano en la línea de
confección y envasado, porque tales naranjas fueron
importadas con destino exclusivo al mercado
nacional.
Tercera.-Además, debe tenerse en cuenta, que
ni esta empresa, ni la cooperativa confeccionadora,
ha sido objeto anteriormente de expediente
sancionador por idéntica causa.
Tercero.-Con fecha 21 de diciembre de 1995,
se comunica a la entidad inculpada, que el asunto
objeto del expediente sigue procedimiento penal en
el Juzgado correspondiente, por lo que queda
suspendido el expediente.
Cuarto.-Con fecha de registro de entrada de 26
de noviembre del presente año, comunican del
Juzgado número 4 de Gandia (Valencia), el
sobreseimiento provisional.
Quinto.-En la tramitación del expediente, se han
observado los requisitos legalmente exigidos.
Fundamentos de Derecho
Primero.-La legislación aplicable en el expediente
es la siguiente: Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el
Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto; Real
Decreto 1945/1983, de 22 de junio; Orden de 12
de marzo de 1987; Real Decreto 1890/1996, de 2
de agosto, y cuantas disposiciones son de general
aplicación.
Segundo.-Que las alegaciones expuestas, no
eximen de responsabilidad a la entidad inculpada, toda
vez que las obligaciones y prohibiciones establecidas
en el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, se
aplican por igual a quienes realicen venta,
suministro, distribución, etc.
Por otro lado, el hecho de que el producto tuviera
un mínimo de etiquetas con la marca "Outspan",
no significa que sea la única cantidad de naranjas
originarias de Sudáfrica.
Tercero.-Los hechos descritos que suponen una
presunta infracción a lo dispuesto en la Orden
de 12 de marzo de 1987, anejo III.2. Dicha
infracción está tipificada como fraudulenta por el artículo
4.3.3 del Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio
("Boletín Oficial del Estado" de 15 de julio), en
relación con el artículo 1.2 del Real Decreto citado,
calificándose por el artículo 7.1, como infracción
grave, y sancionándose por el artículo 10.1, con
multa comprendida entre 100.001 y 2.500.000
pesetas.
En consecuencia, el Instructor que suscribe,
propone se imponga a "Van Dijk España, Sociedad
Anónima", una sanción de 500.000 pesetas, con
los pronunciamientos que en Derecho
correspondan.
El Instructor, Emilio de Sanjuán.
MINISTERIO
DE LA PRESIDENCIA
Subsecretaría
Notificación a don Emilio Carrón Martín de la
resolución del expediente disciplinario incoado al mismo
por Resolución de la Subsecretaría de fecha 30 de
marzo de 1998
Visto el expediente disciplinario incoado a don
Emilio Carrón Martín, motorista contratado laboral
interino de la Secretaría de Estado de la
Comunicación del Ministerio de la Presidencia, por
Resolución de esta Subsecretaría de fecha 30 de marzo
del año en curso, y una vez formulada la propuesta
de resolución por el Instructor del mismo,
corresponde a esta Subsecretaría acordar la resolución
del expediente.
Hechos probados
Único.-Ha quedado perfectamente acreditado en
el expediente disciplinario instruido al efecto, que
don Emilio Carrón Martín es responsable de una
falta muy grave de asistencia al trabajo no justificada,
al no haberse reincorporado a su puesto de trabajo
tras finalizar, el 28 de febrero de 1998, la licencia
por asuntos propios sin derecho a retribución que
solicitó y le fue autorizada.
Fundamentos de Derecho
Primero.-En este procedimiento disciplinario se
han observado rigurosamente las formalidades
legales, en particular las previstas en la Resolución
de 16 de octubre de 1996 de la Dirección General
de Trabajo y Migraciones (Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales), por la que se dispone la
inscripción en el Registro y publicación del texto del
Convenio Colectivo del Personal Laboral de la
Secretaría de Estado de la Comunicación ("Boletín
Oficial del Estado" número 281, de 21 de noviembre
de 1996), como minuciosamente se recoge en la
propuesta de resolución.
Segundo.-De los hechos probados en el
expediente, se deduce que don Emilio Carrón Martín
es responsable de la falta muy grave que aparece
tipificada en el artículo 59.c.4) del mencionado
Convenio Colectivo, que dice: "59.c) Serán faltas muy
graves las siguientes ... 59.c.4) la falta de asistencia
al trabajo no justificada durante más de tres días
al mes".
Tercero.-Asimismo, la falta de asistencia al
trabajo no justificada imputada y probada de don
Emilio Carrón Martín aparece tipificada en el Real
Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores ("Boletín Oficial del
Estado" de 29 de marzo), que en su artículo 54.2
dice: "Se considerarán incumplimientos
contractuales: ... 54.2.a) Las faltas repetidas e injustificadas
de asistencia o puntualidad al trabajo". Visto lo
anteriormente expuesto, esta Subsecretaría, en uso de
las competencias establecidas en la Orden de 1 de
octubre de 1993 ("Boletín Oficial del Estado"
del 9), sobre delegación de atribuciones en órganos
del Ministerio de la Presidencia, en relación con
lo establecido en el Real Decreto 2169/1984, de
28 de noviembre, sobre atribución de competencias
en materia de personal de la Administración del
Estado, así como en el artículo 13, número 9, de
la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y
funcionamiento de la Administración General del
Estado, resuelve sancionar a don Emilio Carrón
Martín de acuerdo con el artículo 60.c) del Convenio
Colectivo del Personal Laboral de la Secretaría de
Estado de la Comunicación, en consonancia con
el artícu lo 54.1 y 54.2.a) del Estatuto de los
Trabajadores, con el despido disciplinario. Asimismo,
conforme a lo dispuesto en el artículo 55.7 del
Estatuto de los Trabajadores, se declare la convalidación
de la extinción del contrato del encausado, sin
derecho a indemnización ni a salarios de tramitación.
Dicha resolución deberá ser notificada al interesado,
con acuse de recibo, así como al Comité de Empresa,
conforme a lo dispuesto en el artículo 62.c) del
Convenio Colectivo mencionado.
Contra esta Resolución, que es definitiva en vía
administrativa de acuerdo con lo establecido en la
disposición adicional decimoquinta de la Ley
6/1997, de 14 de abril, de organización y
funcionamiento de la Administración General del Estado,
podrá recurrirse ante la jurisdicción laboral, previa
interposición de reclamación administrativa, de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 120
y 121 en relación con el artículo 125 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 14 de julio de 1998.-El Ministro, P. D.
(Orden de 1 de octubre de 1993), el Subsecretario,
Juan Junquera González.-38.863-E.
MINISTERIO
DE MEDIO AMBIENTE
Confederaciones Hidrográficas
NORTE
Expediente de expropiación forzosa, por el
procedimiento ordinario, de bienes concesionales para
regadíos afectados por el aprovechamiento de 0,7
litros/segundo de agua del manantial "Chamas Sacaberas",
para el abastecimiento del pueblo de Gillón-Cangas
del Narcea (Asturias). Beneficiaria: Comunidad de
Usuarios del Abastecimiento de Agua a Gillón
Don Alfredo Rodríguez Menéndez, en nombre
de la Comunidad de Usuarios de Gillón-Cangas de
Narcea (Asturias), titular del aprovechamiento
de 0,7 litros/segundo de agua del manantial
"Chamas Sacaberas", para abastecimiento domiciliario
al pueblo de Gillón, solicita la incoación de
expediente expropiatorio de los derechos concesionales
sobre dos aprovechamientos del arroyo "Valle
Filtrosa", para regadíos, que resultan afectados por
el anterior.
En consecuencia, y con arreglo a lo dispuesto
en los artículos 18 de la Ley de Expropiación
Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y 18 de su
Reglamento de 26 de abril de 1957, esta Confederación
Hidrográfica acuerda señalar el plazo de quince días,
contados a partir de la última de las publicaciones
de este anuncio y relación de afectados, en el
"Boletín Oficial del Estado", y "Boletín Oficial del
Principado de Asturias", y "Boletín Oficial" de la
provincia, o en el periódico "La Nueva España" de
Oviedo o de igual plazo a partir de la exposición
del anuncio, relación de afectados y planos, en el
Ayuntamiento de Cangas del Narcea, a fin de que
los interesados puedan formular directamente ante
este Organismo de cuenca, o a través del referido
Ayuntamiento, cuantas alegaciones estimen
pertinentes sobre la necesidad de ocupación, de los
aprovechamientos, así como su estado material o legal.
Cualquier persona, aún no figurando en la relación,
podrán formular alegaciones, si bien a los solos
efectos de subsanar posibles errores padecidos en la
misma relación.
El presente anuncio, relación de afectados y
planos permanecerán expuestos al público en el tablón
de anuncios oficiales del Ayuntamiento de Cangas
del Narcea (Asturias), y en las oficinas de esta
Confederación Hidrográfica (Comisaría de Aguas), en
Oviedo, plaza de España, número 2, para que pueda
ser examinado por quien lo desee.
Oviedo, 15 de abril de 1998.-El Secretario
general, Carlos Moreno Fernández.-27.342.
Relación de afectados
Número 1. Titular del derecho: Don Adoptino
Fernández Tosar. Derechos afectados:
Aprovechamiento de 0,760 litros/segundo de agua del arroyo
"Valle de la Filtrosa" (concesión otorgada por
Resolución de 9 de diciembre de 1994).
Número 2. Titular del derecho: Don Manuel
Fernández Menéndez. Derechos afectados:
Aprovechamiento de 0,309 litros/segundo de agua del arroyo
"Valle de la Filtrosa" (concesión otorgada por
Resolución de 10 de febrero de 1995).
SUR DE ESPAÑA
Expropiaciones
Declarada la urgencia de las obras
complementarias de los trasvases del Guadalmina-Guadaiza y
Guadalmansa-Guadalmina. Término Municipal de
Benahavís (Málaga), este organismo, en uso de las
atribuciones que le confiere el artículo 98 de la
vigente Ley de Expropiación Forzosa y de
conformidad con lo previsto en el artículo 52 de la misma,
que regula el procedimiento de urgencia, convoca
a los propietarios afectados por estas obras, cuya
relación se publicó en el "Boletín Oficial del Estado"
de 25 de junio de 1998, para que comparezcan
el día 30 de julio de 1998, a las diez treinta horas,
en el Ayuntamiento de Benahavís, donde se
procederá al levantamiento de las actas previas a la
ocupación, pudiendo los interesados venir
acompañados de un Perito o de un Notario, si así lo
desean.
Málaga, 8 de julio de 1998.-El Secretario general,
P. D., el Jefe del Servicio de Expropiaciones, Carlos
Enrique Gómez Ruiz.-38.984-E.
BANCO DE ESPAÑA
Anuncio
Doña Mercedes Domenech Bosque, empleada de
este Banco de España, con destino en las Oficinas
Centrales, ha faltado al trabajo sin haber justificado
su inasistencia desde el día 1 de septiembre de 1997,
desconociéndose, pese a las gestiones realizadas, su
paradero.
Dado que, además, ha desatendido el
requerimiento publicado en el "Boletín Oficial del Estado"
número 152, de 26 de junio de 1998, de acuerdo con
lo que en él se expresaba, el Gobernador, dando
cuenta a la Comisión Ejecutiva, ha tomado el
acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
168.c) y 180 del Reglamento de Trabajo en el Banco
de España ("Boletín Oficial del Estado" de 19 de
julio de 1979), de dar por extinguida su relación
laboral con este Banco de España, con efectos del
día 21 de julio, por haber incurrido en abandono
voluntario de trabajo y de servicio, sirviendo el
presente anuncio, ante la imposibilidad de
comunicárselo personalmente, de notificación a todos los
efectos.
Madrid, 22 de julio de 1998.-El Jefe de Personal,
José Juan J. Camio.-40.196.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE GALICIA
Consejería de Industria y Comercio
Delegaciones Provinciales
PONTEVEDRA
Expediente de expropiación forzosa e imposición de
la servidumbre de paso de energía eléctrica que se
instruye en esta Delegación para la urgente
ocupación de los bienes y derechos afectados por la
ejecución del proyecto denominado "LMT-CT San
Roque I", en el Ayuntamiento de Nigrán, del cual
es beneficiaria la empresa "Unión Eléctrica-Fenosa,
Sociedad Anónima", fue declarada de utilidad
pública por resolución de esta Delegación, de fecha 21
de octubre de 1997, y lleva implícita la urgente
ocupación en cumplimiento de lo establecido en el
artículo 54.1 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre,
del Sector Eléctrico. Expediente 97/108-4.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
52 de la Ley de Expropiación Forzosa y en el artículo
31.6 del Reglamento de la Ley 10/1966, de 18 de
marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en
materia de instalaciones eléctricas, aprobado por
el Decreto 2619/1966, del 20 de octubre, se informa
a todos los interesados por la ejecución del proyecto
de la línea de referencia que el día 20 de agosto,
a partir de las once treinta horas, se procederá sobre
el terreno al levantamiento de las actas previas a
la ocupación correspondiente a los predios situados
en el término municipal de Nigrán señalados con
los números que se detallan en la relación adjunta.
Los interesados serán notificados, mediante
cédula individual, que se les practicará con la debida
anticipación legal, de la fecha y la hora en las que,
para cada uno de ellos, tendrá lugar la citada
diligencia, informándoles que en los citados actos
podrán ir acompañados por sus Peritos o de un
Notario, por su cuenta, sí así lo consideran
conveniente.
Vigo, 26 de junio de 1998.-La Delegada
provincial, Carmen Bianchi Valcarce.-38.437-*.
Línea de media tensión-centro de tranformación "San Roque I". Provincia: Pontevedra. Término municipal: Nigrán
Fincas Propietarios Afección
N. º Paraje Cultivo apellidos y dirección
7 Lugar. alto. Monte Remedios Soto Díaz. Ferroc. Catalanes, 107-109, 5.
9 Ponte. alto. Monte Rosa Nandín Pérez. Sobral-Camos, sin número. 36360 Nigrán. 240 20
10 Levada. alto. Monte José Jesús Vilan García. Levada, 18. 36360 Camos-Nigrán. 640 40
12 Campo Río. Labradío. José Jesús Vilan García. Levada, 18. 36360 Camos-Nigrán. 300 30
13 Levada. Labradío. Avelino González Rodríguez. Marín, 34. 36360 Camos-Nigrán. 2 31 310 3
14 Devesa. Cañas. Soledad Fernández Rodríguez. Balinfra, 1. 36360 Camos-Nigrán. 130 13
21 Devesa. Labradío. Marciana López Vidal. Tomadas-Chandebrito, sin número. 36360 Nigrán. 190 19
25 Devesa. Cañas. Carmen Pérez Fernández. Marín, 18. 36360 Camos-Nigrán. 320 32
27 Limoeiro. Monte bajo. Carmen Fernández Pérez. Carretera Valladares, 95. 36315 Vigo. 1 112 7 4
29 Limoeiro. Monte bajo. Félix Hermida Rial. Calle López Mora, 30. 26211 Vigo. 23 1
32 Limoeiro. Monte alto. Ester Correa Prado. Tomadas-Chandebrito, 27. 36360 Nigrán. 237 19
33 Limoeiro. Prado. Dávila Darío Costas. Vilar-Camos, sin número. 36360 Nigrán. 40 4
34 Limoeiro. Viñedo. Costas María Hermida. Vilar-Camos, sin número. 36360 Nigrán. 150 15
35 Lugar. Frutales. Román Vilan García. San Roque, 116. 36360 Camos-Nigrán. 170 17
36 San Roque. Viñedo. Misa Lidia Fernández. San Roque, sin número. 36360 Camos-Nigrán. 2 2 20 5
Acuerdo de la Delegación Provincial de Pontevedra
por el que se somete a información pública la petición
de autorización administrativa, la declaración de
utilidad pública, en concreto, y la necesidad de urgente
ocupación que ello implica, de la instalación eléctrica
que se cita (número de expediente: IN407A 98/105-4)
A los efectos prevenidos en los artículos 9 del
Decreto 2617/1966; 52, 53 y 54 de la ley 54/1997,
del sector eléctrico, y 10 y 16 del Decreto
2619/1966, se somete a información pública la
petición de autorización, declaración de utilidad pública,
en concreto, y la urgente ocupación de la instalación
eléctrica que se describe:
Solicitante: "Unión Fenosa, Sociedad Anónima".
Domicilio social: García Barbón, 38, Vigo.
Línea de media tensión-centro de tranformación-red de baja tensión "La Hermita". Provincia: Pontevedra. Término municipal: O Grove
N. º Paraje Cultivo
1 Couto....Labor.......Herederos O de Benito Lijo Vidal. Outeiro, 10, 39888 O Grove............................ 1 30 2 225
2 Couto....Campo.....Juan O Vidal Álvarez. Outeiro, 4, 39888 O Grove........................................... 75
3 Salgueiral . . . Prado.......Juan Vidal Álvarez. Outeiro, 4, 39888 O Grove........................................... 140 14
4 Salgueiral . . . Prado.......Rosalía Vidal Magdalena. Balea, 5-6, 39888 O Grove.................................... 50 5
5 Salguieral . . . Prado.......Ramón Castro Lores. Outeiro, 3, 39888 O Grove........................................ 45 4
6 Salgueiral . . . Prado.......Francisco Santaya Vidal. Cacheirás, sin número, 39888 O Grove........................ 155 18
7 Espadanal . . Campo.....Francisco Gondar Vidal. Área, 10, 39888 O Grove...................................... 280 28
8 Espadanal . . Campo.....Juan Cousido Pérez. Outeiro, 9, 39888 O Grove......................................... 80 8
9 Espadanal . . Labor.......Juan Vidal Álvarez. Outeiro, 4, 39888 O Grove........................................... 100 10
10 Espadanal . . Labor.......Carmen Triñanes Vidal. Divino Colegio Conchases, sin número, O Grove.............. 80 8
11 Espadanal . . Labor.......Rosalía Vidal Magdalena. Balea, 5-6, 39888 O Grove.................................... 50 5
12 Espadanal . . Labor.......Dolores Cousido Vidal. Área, 21, 39888 O Grove........................................ 270 27
13 Espadanal . . Monte Bajo . Juan Vidal Álvarez. Outeiro, 4, 39888 O Grove........................................... 961 56
14 Espadanal . . Viñedo......Ramón Cousido Vidal, Dolores Castro Vidal. Outeiro, 7, 39888 O Grove............... 52 6
15 Espadanal . . Monte bajo . Juan Cousido Pérez. Outeiro, 9, 39888 O Grove......................................... CT 14 6 168
Relación de propietarios, bienes y derechos afectados
Número de expediente A.T.: 97/108
º -3. 08038 Barcelona. 360 35
Título: Línea media tensión, centro de
transformación y red de baja tensión "Hermita".
Situación: O Grove.
Características técnicas: Línea media tensión,
aérea, a 20 kV, de 234 metros de longitud, con
conductor tipo LA-56, sobre apoyos de hormigón,
desde un apoyo de hormigón sin número de la línea
media tensión al centro de transformación
"Carreiro", finalizando en el centro de transformación que
se proyecta en Hermita-San Vicente, ayuntamiento
de O Grove. Centro de transformación de 50 kVA,
relación de transformación 20 kV-380/220 V. Red
de baja tensión, aérea, de 515 metros de longitud,
con conductor tipo RZ, sobre apoyos de hormigón.
La relación concreta e individualizada de los
bienes o derechos a expropiar figura en el anexo.
Relación de propietarios, bienes y derechos afectados
Número de expediente A.T.: IN407A 98/105-4
Suelo Vuelo
N. º
m 2 ml m 2
Todas aquellas personas o entidades que se
consideren afectadas podrán presentar sus alegaciones
en esta Delegación Provincial, por duplicado, en
el plazo de treinta días a partir de la última
publicación o notificación individual.
Durante dicho período cualquier persona podrá
aportar, asimismo, por escrito, los datos oportunos
para rectificar posibles errores en la relación de
personas, bienes y derechos afectados, así como
formular las alegaciones procedentes por razón de lo
dispuesto en los artículos 25 y 26 del Reglamento
de la Ley 10/1966, de Expropiación Forzosa y
Sanciones en Materia de Instalaciones Eléctricas.
Pontevedra, 5 de mayo de 1998.-La Delegada
provincial, Carmen Bianchi Valcarce.-38.731-*.
Afección
Propietarios (nombre, apellidos y dirección) Suelo Vuelo
N. º apoyo m 2 ml m 2
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE ANDALUCÍA
Consejería de Trabajo e Industria
Delegaciones Provinciales
CÓRDOBA
Información pública de la solicitud de concesión
administrativa para la distribución y suministro
de gas natural y/o gas licuado del petróleo en el
municipio de Lucena
La Delegación Provincial de la Consejería de
Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía en
Córdoba, hace saber:
A los efectos previstos en el capítulo III de la
Ley 10/1987, de 15 de junio, sobre disposiciones
básicas para un desarrollo coordinado de
actuaciones en materia de combustibles gaseosos y en el
artículo del Reglamento General del Servicio
Público de Gases Combustibles, aprobado por Decreto
2913/1973, de 26 de octubre, se somete a
información pública el siguiente proyecto de concesión
administrativa:
Peticionario: Don Antonio Sirvent Vega, con
documento nacional de identidad 1.326.781-A, en
nombre y representación de "Repsol Butano,
Sociedad Anónima", con código de identificación fiscal
A-28.076.420, domiciliada en Madrid 28015, calle
Arcipreste de Hita, 10.
Características: Una estación de GLP, con
capacidad de almacenamiento de 356,4 metros cúbicos
y red de distribución en acero al carbono calidad
API SL Gr B o similar y en polietileno de media
densidad SRD 11.
Finalidad: Concesión administrativa para el
servicio público de suministro de gas natural y/o gas
licuado del petróleo canalizado para usos
domésticos, comerciales y pequeños industriales en el
término municipal de Lucena (Córdoba).
Presupuesto: 128.000.000 de pesetas.
Conforme a lo que determina el capítulo IV de
la Ley 10/1987, de 15 de junio, el otorgamiento,
en su caso de la concesión llevará implícito la
declaración en concreto de utilidad pública, y la necesidad
de urgente ocupación a efectos de expropiación
forzosa de los bienes y derechos necesarios, así como
la servidumbre de paso y limitaciones de dominio
a que hay lugar.
Lo que se hace público para conocimiento general
y para que todas aquellas personas naturales o
jurídicas que se consideren perjudicadas en sus derechos
puedan presentar sus alegaciones en el plazo de
veinte días hábiles a partir de la fecha de publicación
de este anuncio en la Delegación Provincial de la
Consejería de Trabajo e Industria, calle Tomás de
Aquino, número 1, primera planta, de Córdoba,
donde pueden examinar el proyecto existente.
Córdoba, 25 de mayo de 1998.-El Delegado
provincial, Antonio Poyato Poyato.-38.986.
Resolución por la que se fija lugar, día y hora para
el levantamiento de actas previas a la ocupación
de fincas afectadas por la ejecución del proyecto
de explotación "Cabeza de Vaca"
Expediente: E. F. 1/98.
MOA/IPP.
Por resolución de esta Delegación Provincial, fue
aprobada la ejecución del proyecto de explotación
a cielo abierto, denominado "Cabeza de Vaca", para
mineral de carbón, situada en la Cuenca Carbonífera
de Peñarroya-Bélmez-Espiel y en el término
municipal de Bélmez (Córdoba), siendo titular de las
mismas Encasur.
Mediante resolución de fecha 16 de febrero de
1998, posteriormente rectificada por resolución de
fecha 28 de abril de 1998, únicamente a los efectos
de subsanar el error padecido respecto a la superficie
a expropiar, que queda determinada en 1 hectárea,
se sometió a información pública la relación
concreta e individualizada de los bienes y derechos
afectados por la expropiación con los resultados que
constan en el expediente.
En cumplimiento de los artículos 52 de la Ley
de Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento,
se hace público que el próximo día 28 de julio de
1998, a las once horas, se convoca en el Ayuntamiento
de Bélmez, a los titulares afectados de la relación
anexa para proceder al levantamiento del acta previa
a la ocupación de los bienes y derechos afectados
por el proyecto más arriba mencionado.
A dicho acto deberán asistir personalmente o bien
representados por persona legalmente acreditada
para actuar en su nombre, pudiendo hacerse
acompañar, a su costa, de sus Peritos y un Notario, si
lo estiman oportuno.
Anexo que se cita
Polígono: 19. Parcela: 145. Paraje: El Puro.
Superficie: 1 hectárea. Propietario: "Transformadoras
Agrícola y Ganaderas, Sociedad Limitada".
Domicilio: Carretera N-432, kilómetro 200, Bélmez
(Córdoba). Arrendatario: "Alermatosa, Sociedad
Limitada". Carretera N-432. Finca "El Jardal", Bélmez
(Córdoba).
Córdoba, 26 de junio de 1998.-El Delegado
provincial, Antonio Poyato Poyato.-38.920.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
VALENCIANA
Consejería de Obras Públicas,
Urbanismo y Transportes
Secretaría General
Información pública. Proyecto básico de
encauzamiento de los barrancos de La Albufereta, Juncaret
y Orgegia (Alicante) C. I. 9810108HRO
La Dirección General de Obras Públicas de la
Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y
Transportes, ha aprobado el proyecto de referencia y,
como consecuencia, se abre el trámite de
información pública en la forma prevista por la Ley de
Procedimiento Administrativo, al objeto de conocer
y consultar el proyecto a tenor de lo establecido
en la vigente legislación y en concreto:
Afección de bienes y derechos públicos y privados
que puedan representar las obras incluidas.
Evaluación del impacto ambiental.
Afección de las obras al Dominio Público
Hidráulico, Marítimo y Terrestre.
Plazo: Treinta días hábiles desde el día siguiente
a la publicación de este anuncio en el "Boletín
Oficial del Estado" y "Diario Oficial de la Generalidad
Valenciana".
Información: Consejería de Obras Públicas,
Urbanismo y Transportes. Avenida Blasco Ibáñez, 50,
quinta planta, Valencia.
Servicios Territoriales de la Consejería, en avenida
Aguilera, 1, sexta (Alicante).
Mancomunidad de l'Alacantí.
Valencia, 13 de julio de 1998.-El Consejero, José
Ramón García Antón.-38.985.
Consejería de Empleo, Industria
y Comercio
Servicios Territoriales de Industria y Energía
VALENCIA
Instalación eléctrica de utilidad pública
Información pública para autorización
administrativa y declaración, en concreto, de utilidad
pública.
Expediente: 610/97 ATLINE LDB/rmc.
A los efectos prevenidos en el artículo 9 del
Decreto 2617/1966, sobre normas para otorgamientos de
autorización administrativa en materia de
instalaciones eléctricas, de 20 de octubre ("Boletín Oficial
del Estado" del 24), y en el artículo 52 de la Ley
40/1994, sobre ordenación del sistema eléctrico
nacional, de 30 de diciembre ("Boletín Oficial del
Estado" del 31), se somete a información pública
la instalación eléctrica cuyas características
principales son:
a) Peticionario: "Iberdrola, Sociedad Anónima".
b) Lugar donde se va a establecer la instalación:
Partida Realenc. Términos municipales de Picanya
y Xirivella.
c) Tipo (LAT, CT, ...) y finalidad de la
instalación: Línea aérea de alta tensión para mejora
del servicio y calidad del suministro a Picanya.
d) Características principales:
Tensión: 20 kV.
Longitud: 371 metros.
Origen: St. Picanya.
Final: Apoyo número 34 L-Picanya Divina
Pastora.
e) Presupuesto: 2.149.818 pesetas.
Lo que se hace público para que pueda ser
examinado el proyecto de la instalación en este Servicio
Territorial de Industria y Energía, sito en la calle
Gregorio Gea, 27, de Valencia, y formularse al
mismo las reclamaciones (por duplicado) que se estimen
oportunas, en el plazo de treinta días contados a
partir del siguiente al de la publicación de este
anuncio.
Se acompaña relación de interesados, bienes y
derechos afectados.
Valencia, 18 de junio de 1998.-El Director
territorial, Alejandro Marín Arcas.-38.966-*.
Una línea aérea trifásica a 20 kV, doble circuito, desde el apoyo de paso a línea aérea situado en la nueva S. T. Picanya hasta el apoyo número 34
de la existente "Línea Picanya de Divina Pastora del C. R. Divina Pastora"; en la partida Realenc, afectando a los términos municipales de Picanya y
N. º de N. º de Parcela Término
Polígono
orden apoyo número municipal
1 1 147 1 Picanya. "Iberdrola, Sociedad
2 Picanya. 43 2 Don Lucio Almenar
3 2 Picanya. 2 12 Don Antonio Gil Martí. Calle San Francisco, 51. Picanya. Naranjos. Vuelo y apoyo. 64 2,05
4 2 Picanya.Doña 2 30 Concepción Martí
5 Picanya. 14 2 DonMarcelino Campany
6 3 Picanya. 2 11 Doña Desamparados
Valero.
7 Picanya. 4 DonCeledonio 2 Alonso
8 22-a Picanya.Hros. 2 Carmen Garcés
9 4 Xirivella. 8 17 Don Juan Gabriel Cotino
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE EXTREMADURA
Consejería de Presidencia y Trabajo
Dirección General de Trabajo
En cumplimiento del artículo 4. º del Real Decreto
873/1977, de 22 de abril ("Boletín Oficial del
Estado" del 28), y a los efectos previstos en el mismo,
se hace público que en esta oficina, cuyas funciones
han sido traspasadas a la Junta de Extremadura
por Real Decreto 642/1995, de 21 de abril ("Boletín
Oficial del Estado" de 15 de mayo), y
específicamente a la Dirección General de Trabajo de la
Consejería de Presidencia y Trabajo por Decretos
76/1995, de 31 de julio y 22/1996, de 19 de febrero
("Diario Oficial de Extremadura" números 91 y 24,
de 3 de agosto de 1995 y 27 de febrero de 1996,
respectivamente), se ha procedido a las diez horas
del día 6 de julio de 1998, al depósito de estatutos,
de la organización profesional denominada
"Asociación Extremeña de Material Sanitario", en siglas
AEXMASA, y con número de expediente CA/68,
cuyos ámbitos territorial y funcional son:
Comunidad autónoma de Extremadura, y de empresas,
siendo los firmantes del acta de constitución don
Julio Manuel del Camino Becerra, con documento
nacional de identidad 8.753.169; don Juan Mateos
Poblador, con documento nacional de identidad
6.887.746, y don Francisco Díaz de Valera, con
documento nacional de identidad 40.735.224.
Mérida, 6 de julio de 1998.-El Director general
de Trabajo, Luis Felipe Revello Gómez.-38.977-E.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE MADRID
Consejería de Hacienda
Canal de Isabel II
Expropiaciones. Trámite de información Pública.
"Proyecto y ejecución de la nueva estación
depuradora de aguas residuales de Villaviciosa de Odón"
A los efectos del capítulo II de la Ley de
Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y su
Relación de servicios, parcelas y propietarios afectados
Xirivella (Valencia). Plano número 1-3-4219
Titular Cultivo Población Domicilio
Calle Isabel la Católica, 12. Valencia. Sin cultivo. Vuelo y apoyo. 10 6,91
Calle Dr. Herrero, 12-3. ª Picanya. Naranjos. Vuelo. 20
Plaza País Valencià, 16. Picanya. Naranjos. Vuelo y apoyo. 58 2,05
Calle Colón, 43. Huerta. Picanya. Vuelo. 18
Calle Iglesia, 2. Naranjos. Picanya. Vuelo y apoyo. 60 4,11
Calle Escalante, 6. Naranjos. Alfafar. Vuelo. 46
Calle Buenavista, 28. Naranjos. Picanya. Vuelo. 36
Alquería Villadolores. Naranjos. Xirivella. Vuelo y apoyo. 52 4,23
Reglamento de 26 de abril de 1957, se abre
información pública durante el plazo de quince días
hábiles, computados en la forma dispuesta en el artículo
17, párrafo primero del Reglamento citado, por lo
que los propietarios afectados y todas las demás
personas o entidades que se estimen afectadas por
la ejecución del proyecto arriba indicado, pueden
formular por escrito las objeciones que se consideren
oportunas, en los términos previstos por la Ley y
Reglamento de referencia.
La relación de propietarios afectados,
debidamente detallada y descripción de los bienes, se contiene
en el anuncio publicado en el "Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid" y figura expuesta en los
tablones de anuncios del Ayuntamiento de
Villaviciosa de Odón.
Madrid, 10 de julio de 1998.-El Consejero de
Hacienda, Antonio Beteta Barreda.-40.183.
Consejería de Medio Ambiente
y Desarrollo Regional
Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se somete
a información pública la primera revisión del Plan
de Ordenación del Embalse de Puentes Viejas
Por Decreto 20/1994, de 24 de febrero, fue
aprobado el Plan de Ordenación del Embalse de Puentes
Viejas, que comprende parte del territorio de los
términos municipales de Puentes Viejas, Buitrago de
Lozoya, Gascones, Piñuécar y Madarcos, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1990, de 28
de junio, sobre protección de embalses y zonas
húmedas de la Comunidad de Madrid. Dicho Plan de
Ordenación deber ser revisado cada cuatro años, tal
como se establece en el artículo 13 de la Ley 7/1990,
y el anexo I, punto 3, del Decreto 20/1994.
En consecuencia, y de acuerdo con lo previsto
en los artículos6y4delareiterada Ley 7/1990,
que establecen la obligatoriedad de someter la
revisión de los Planes de Ordenación al trámite de
información pública, y de conformidad con lo establecido
en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, a propuesta del Consejero de Medio
Ambiente y Desarrollo Regional, el Consejo de
Gobierno, previa deliberación en su reunión
celebrada el día 2 de julio de 1998, acuerda:
Vuelo
Superficie
Long.
Apoyo y/o vuelo (m 2 )
(m)
Someter a información pública, durante el plazo
de un mes, la primera revisión del Plan de
Ordenación del Embalse de Puentes Viejas.
Dicho plazo se contará a partir del día siguiente
al de la publicación del presente acuerdo en el
"Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid".
La documentación relativa a la primera revisión
del mencionado Plan de Ordenación puede ser
examinada en la Consejería de Medio Ambiente y
Desarrollo Regional, Servicio de Conservación y
Protección del Medio Natural, calle Princesa,
número 3, planta octava, 28008 Madrid, y en los
Ayuntamientos de los términos municipales de Puentes
Viejas, Buitrago de Lozoya, Gascones, Piñuécar y
Madarcos.
Los interesados podrán formular por escrito las
alegaciones u observaciones que estimen oportunas,
dirigidas al Consejero de Medio Ambiente y
Desarrollo Regional, y presentarlas, dentro del plazo
señalado, en el Registro de la citada Consejería, en el
domicilio anteriormente indicado, o por cualquiera
de los medios previstos al efecto en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 2 de julio de 1998.-El
Consejero.-40.295.
UNIVERSIDADES
AUTÓNOMA DE MADRID
Facultad de Filosofía y Letras
Extravío de título de Licenciado en Filosofía y Letras
Sección Filología Hispánica de la Universidad
Autónoma de Madrid. Expedido por el Ministerio
de Educación y Cultura el día 1 de febrero de 1979,
a favor de don Ignacio del Río Chicote. Se ruega
a la persona que lo encuentre lo entregue en la
Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad
Autónoma de Madrid, sita en el campus de Canto
Blanco, antes de transcurrido un mes, a contar desde
el día de la publicación.
Madrid, 8 de julio de 1998.-La Administradora,
Aurora San Cecilio Valdés.-38.996.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid