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Documento BOE-B-1998-39552

Otros anuncios oficiales

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 24 de julio de 1998, páginas 12232 a 12237 (6 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Referencia:
BOE-B-1998-39552

TEXTO

MINISTERIO

DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General del Tesoro

y Política Financiera

Edicto sobre notificación de expediente sancionador

(expediente 120/98) sobre supuesta infracción leve

de la Ley 40/1979, sobre control de cambios

Por acuerdo de fecha 16 de junio de 1998, se

ha incoado expediente sancionador a "Audax,

Sociedad Anónima". Desconociéndose el último

domicilio de la interesada, por la presente se notifica

que puede retirar el acuerdo de iniciación del citado

expediente en el despacho oficial de la Instructora

(ubicado en la Dirección General del Tesoro y

Política Financiera, plaza de Jacinto Benavente,

número 3, despacho 220, 28012 Madrid), dentro de los

diez días hábiles siguientes a la publicación de este

edicto.

En el plazo de quince días hábiles, a contar desde

el día siguiente de haber surtido efecto la

notificación, podrá contestar a la misma con las

alegaciones que estime pertinentes a su defensa,

pudiendo solicitar cuantas pruebas hábiles en

derecho estime convenientes, advirtiéndosele que, de no

hacerse, se procederá a proponer la oportuna

resolución.

Madrid, 16 de julio de 1998.-La Instructora,

Ángeles Rodríguez.-39.820-E.

Intervención General

de la Administración del Estado

Notificación del inicio de un control financiero a

la empresa "Ricino di Ruzafa, Sociedad Limitada",

por razón de las ayudas percibidas con cargo al

FEOGA-Garantía línea 1210: "Ayuda a la

producción de aceite de oliva" durante la campaña oleícola

1994-1995

En virtud de lo dispuesto en el artículo 18 del

texto refundido de la Ley General Presupuestaria

y el Reglamento (CEE) 4045/89, la Intervención

General de la Administración del Estado dispuso

la realización de un control financiero a la empresa

"Ricino di Ruzafa, Sociedad Limitada", sobre las

ayudas financiadas por el Fondo Europeo de

Orientación y Garantía Agraria, Sección Garantía, en

aplicación de los Reglamentos (CEE) 136/66, 2262/84

y 3061/84, que regulan el régimen de ayuda a la

producción de aceite de oliva;

Habiéndose intentado notificar el inicio del

control financiero, sin haberse podido practicar dicha

notificación, y de conformidad con el artículo 59.4

de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, se pone en conocimiento de la

empresa "Ricino di Ruzafa, Sociedad Limitada", que

dispone de un plazo de quince días a contar desde

el día siguiente al de la publicación del presente

anuncio en el "Boletín Oficial del Estado", conforme

a lo establecido en el artículo 84 de dicha Ley,

para poner a disposición de la Intervención

General de la Administración del Estado, Oficina

Nacional de Auditoría, División III, sita en la calle María

de Molina, número 40, quinta planta, Madrid, la

documentación justificativa de dichas subvenciones.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya recibido

comunicación de la entidad "Ricino di Ruzafa,

Sociedad Limitada", se procederá a emitir el informe

correspondiente recomendando el inicio del

expediente de reintegro.

Madrid, 3 de julio de 1998.-El Interventor

general, Rafael Muñoz López-Carmona.-38.869-E.

MINISTERIO DE FOMENTO

Dirección General de Carreteras

Demarcaciones de Carreteras

GALICIA

Información pública. Estudio informativo

12-LU-3110. Aprobación provisional del estudio

informativo "Autovía del Noroeste. N-VI. Tramo:

Becerreá-Cereixal (Lugo)"

Por Resolución de la Dirección General de

Carreteras de fecha 16 de julio de 1998, ha sido aprobado

provisionalmente el estudio de referencia,

ordenando al mismo tiempo se incoe el correspondiente

expediente de información pública.

Lo que se hace público para el general conocimiento

y a fin de que, de acuerdo a lo prevenido en el

artículo 10.4 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de

Carreteras, como asimismo en los artículos 34 y

demás concordantes del Reglamento General de

Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994,

de 2 de septiembre, cuantos particulares y

corporaciones crean estar interesados o afectados por dichas

obras puedan aportar a este expediente sus

observaciones o alegaciones, dentro del plazo de treinta

días hábiles, contados desde la fecha de publicación

del presente anuncio en el "Boletín Oficial del Estado",

sobre las circunstancias que justifiquen la declaración

de interés general de la carretera y sobre la concepción

global de su trazado, el cual afecta al término

municipal de Becerreá.

Asimismo, se hace constar que esta información

pública se realiza también a efectos del estudio de

impacto ambiental, en cumplimiento del artículo 15

del Reglamento para la ejecución del Real Decreto

legislativo 1302/1986, aprobado por Real

Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, siendo su plazo

el máximo señalado en el párrafo anterior.

Se hace constar expresamente que la nueva

carretera tendrá limitación total de accesos a las

propiedades colindantes.

Dicho estudio se hallará expuesto a disposición

del público en la Demarcación de Carreteras del

Estado en Galicia, en la calle Concepción Arenal, 1,

de La Coruña, y en el Ayuntamiento de Becerreá

(Lugo).

El Jefe de la Demarcación de Carreteras del

Estado en Galicia, Pedro Sánchez Tamayo.-40.272.

MINISTERIO

DE AGRICULTURA, PESCA

Y ALIMENTACIÓN

Secretaría General de Agricultura

y Alimentación

Resolución de 10 de julio de 1998, de la Secretaría

General de Agricultura y Alimentación, por la que

se da publicidad a las propuestas de resolución

números 2/95 y 13/95 de la Dirección General de Sanidad

de la Producción Agraria correspondientes a

expedientes sancionadores incoados a "Compañía

de Refrigeración Industrial, Sociedad Anónima" y

a "Van Dijk España, Sociedad Anónima",

respectivamente

Resolución de la Secretaría General de Agricultura

y Alimentación por la que se acuerda la publicación

en el "Boletín Oficial del Estado" de las propuestas

de Resolución correspondientes a los expedientes

sancionadores números 2/95 y 13/95, incoados por

la Dirección General de Sanidad de la Producción

Agraria a "Compañía de Refrigeración Industrial,

Sociedad Anónima" y "Van Dijk España, Sociedad

Anónima", respectivamente, por supuestas

infracciones en sanidad vegetal, a los efectos de lo

dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Adminitraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, al no haber sido posible

la notificación personal a los interesados, y que se

transcriben a continuación en los anexos de esta

Resolución.

Madrid, 10 de julio de 1998.-El Secretario

general, Carlos Díaz Eimil.-38.862-E.

Anexo I

Madrid, 8 de mayo de 1998.

Asunto: Notificación propuesta de resolución.

Expediente número: 2/95.

Destinatario: "Compañía de Refrigeración

Industrial, Sociedad Anónima".

Carretera Mairena-Alcalá de Guadaira.

Alcalá de Guadaira (Sevilla).

Adjunto les remito propuesta de resolución del

expediente anteriormente indicado, a fin, de que

en el plazo de quince días hábiles, contados a partir

del día siguiente a la recepción de la presente

notificación, puedan alegar cuanto consideren

conveniente a su defensa.

Asimismo, les notifico que con la adjunta

propuesta de resolución, se continúa el expediente

administrativo que quedó suspendido hasta la

terminación del procedimiento judicial que por los mismos

hechos ha quedado sobreseído en el Juzgado de

Instrucción número 2 de Alcalá de Guadaira

(Sevilla).

El Instructor, Emilio de Sanjuán.

Madrid, 8 de mayo de 1998.

Asunto: Propuesta de Resolución 2/95.

Destinatario: Ilustrísimo señor Secretario general

de Agricultura y Alimentación (Departamento).

Instruido expediente sancionador a "Compañía

de Refrigeración Industrial, Sociedad Anónima", por

supuesta infracción en materia de sanidad vegetal,

en cumplimiento de lo ordenado en el pliego de

iniciación del procedimiento sancionador de fecha

5 de junio de 1995, y conforme a lo dispuesto en

el artículo 18 del Real Decreto 1398/1993, de 4

de agosto ("Boletín Oficial del Estado" del 9), por

el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento

para el ejercicio de la potestad sancionadora; el Real

Decreto 1945/1983, de 22 de junio ("Boletín Oficial

del Estado" de 15 de julio), por el que se regulan

las infracciones y sanciones en materia de defensa

del consumidor y de la producción agroalimentaria;

el Real Decreto 1890/1996, de 2 de agosto, de

estructura orgánica básica del Ministerio de

Agricultura, Pesca y Alimentación, y con lo dispuesto

en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre ("Boletín

Oficial del Estado" del 27), de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, el Instructor que suscribe,

eleva la siguiente propuesta de resolución, basada

en los siguientes hechos y fundamentos de Derecho,

que a continuación se relacionan.

Hechos

Primero.-Con fecha 12 de mayo de 1995, el

Inspector de Sanidad Vegetal en Cádiz, inspeccionó

una partida compuesta por 1.504 cajas de naranjas

Valencia-Late, declaradas como de origen español.

Comprobándose que sólo una caja correspondía a

dicha variedad y origen. El resto de la partida llevaba

etiquetas con el logotipo "Jaffa", indicativo de su

origen israelita.

Segundo.-Que notificado en forma del pliego de

iniciación del procedimiento sancionador a la

entidad inculpada, ésta no ha formulado alegaciones.

Tercero.-Con fecha 19 de octubre de 1995, se

comunica a la entidad expedientada, que el

expediente que se les sigue, queda suspendido hasta la

terminación del procedimiento penal en el Juzgado

de Instrucción número 7 de Cádiz.

Cuarto.-Con fecha de Registro de entrada de 7

de noviembre de 1996, el Juzgado de Instrucción

número 7 de Cádiz comunica a esta Dirección

General, que el expediente seguido en ese Juzgado a

la firma expedientada, ha sido enviada al Juzgado

Decano de Alcalá de Guadaira (Sevilla), el cual,

lo ha turnado al Juzgado de Instrucción

número 2 de esa localidad.

Quinto.-Con fecha 7 de mayo de 1998, el Juzgado

de Instrucción número 2 de Alcalá de Guadaira,

comunica que el procedimiento seguido contra la

firma expedientada, ha sido sobreseído.

Fundamentos de Derecho

Primero.-La legislación aplicable en el expediente

es la siguiente: Ley 30/1992, de 26 de noviembre;

Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto; Real

Decreto 1945/1983, de 22 de junio; Real

Decreto 1890/1996, de 2 de agosto; Orden de 12 de

marzo de 1987, y cuantas disposiciones son de

general aplicación.

Segundo.-Los hechos descritos suponen una

presunta infracción a lo dispuesto en la Orden de 12

de marzo de 1987, anejo III, apartado 2. Dicha

infracción está tipificada como fraudulenta por el

artículo 4.3.3 del Real Decreto 1945/1983, de 22

de junio, en relación con el artículo 1.2 del Real

Decreto citado, calificándose como infracción grave

por el artículo 7.1, y sancionándose por el

artículo 10.1, con multa comprendida entre 100.001

y 2.500.000 pesetas.

En consecuencia, el Instructor que suscribe,

propone se imponga a "Compañía de Refrigeración

Industrial, Sociedad Anónima", una sanción de

500.000 pesetas.

El Instructor, Emilio de Sanjuán.

Anexo II

Madrid, 7 de abril de 1998.

Expediente: 13/95.

Asunto: Notificación propuesta de resolución.

Destinatario: "Van Dijk España, Sociedad

Anónima".

46021 Valencia.

Adjunto le remito propuesta de Resolución del

expediente anteriormente indicado que se les sigue,

a fin de que en el plazo de quince días hábiles,

contados a partir del día siguiente a la recepción

de la presente notificación, puedan alegar cuanto

consideren conveniente a su defensa.

Asimismo, se les notifica que con fecha 26 de

noviembre del presente año, de registro de entrada

en esta Dirección General, el Juzgado número 4

de Gandia (Valencia), ha comunicado el

sobreseimiento provisional y archivo de actuaciones del

procedimiento que en dicho Juzgado se les seguía.

Con la adjunta propuesta de resolución, se

continúa el expediente administrativo que se les había

incoado en este centro directivo, el cual fue

suspendido en su día hasta la terminación del

procedimiento judicial.

El Instructor, Emilio de Sanjuán.

Madrid, 7 de abril de 1998.

Asunto: Propuesta de Resolución 13/95.

Destinatario: Ilustrísimo señor Secretario general

de Agricultura y Alimentación (Departamento).

Instructor expediente sancionador a "Van Dijk

España, Sociedad Anónima", por supuesta

infracción en materia de sanidad vegetal, en cumplimiento

de lo ordenado en el pliego de iniciación del

procedimiento sancionador de fecha 21 de noviembre

de 1995, y conforme a lo dispuesto en el

artículo 18 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto

("Boletín Oficial del Estado" del 9), por el que se

aprueba el Reglamento del Procedimiento para el

ejercicio de la Potestad Sancionadora; el Real

Decreto 1945/1983, de 22 de junio ("Boletín Oficial del

Estado" de 15 de julio), por el que se regulan las

infracciones y sanciones en materia de defensa del

consumidor y de la producción

agroalimentaria; el Real Decreto 1890/1996, de 2 de

agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio de

Agricultura, Pesca y Alimentación, y con lo

dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre

("Boletín Oficial del Estado" del 27), de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, el Instructor que

suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución,

basada en los siguientes hechos y fundamentos de

Derecho, que a continuación se relacionan.

Hechos

Primero.-Con fecha 3 de octubre de 1995, el

Inspector de Sanidad Vegetal en Cádiz, inspeccionó

una partida compuesta por 2.436 cajas de naranjas

Valencia-Late, declaradas como de origen español,

encontrándose en dicho producto, etiquetas de la

firma "Outspan", originaria de Sudáfrica.

La introducción de dicho fruto está prohibida en

las islas Canarias por ser de origen distinto al de

España peninsular.

Segundo.-Que notificado en forma el pliego de

iniciación del procedimiento sancionador, a la

entidad inculpada, ésta contesta con las siguientes

alegaciones:

Primera.-Esta empresa es exclusivamente

comercializadora, concertando operaciones de venta de

naranjas y demás frutas cuya confección encarga

a empresas especializadas, en su mayoría

cooperativas, recibiéndose la mercancía confeccionada en

condiciones "Ex Works".

Segunda.-La presencia de naranjas originarias de

Sudáfrica, con etiqueta "Outspan", en un porcentaje

ínfimo, se debe a error humano en la línea de

confección y envasado, porque tales naranjas fueron

importadas con destino exclusivo al mercado

nacional.

Tercera.-Además, debe tenerse en cuenta, que

ni esta empresa, ni la cooperativa confeccionadora,

ha sido objeto anteriormente de expediente

sancionador por idéntica causa.

Tercero.-Con fecha 21 de diciembre de 1995,

se comunica a la entidad inculpada, que el asunto

objeto del expediente sigue procedimiento penal en

el Juzgado correspondiente, por lo que queda

suspendido el expediente.

Cuarto.-Con fecha de registro de entrada de 26

de noviembre del presente año, comunican del

Juzgado número 4 de Gandia (Valencia), el

sobreseimiento provisional.

Quinto.-En la tramitación del expediente, se han

observado los requisitos legalmente exigidos.

Fundamentos de Derecho

Primero.-La legislación aplicable en el expediente

es la siguiente: Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el

Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto; Real

Decreto 1945/1983, de 22 de junio; Orden de 12

de marzo de 1987; Real Decreto 1890/1996, de 2

de agosto, y cuantas disposiciones son de general

aplicación.

Segundo.-Que las alegaciones expuestas, no

eximen de responsabilidad a la entidad inculpada, toda

vez que las obligaciones y prohibiciones establecidas

en el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, se

aplican por igual a quienes realicen venta,

suministro, distribución, etc.

Por otro lado, el hecho de que el producto tuviera

un mínimo de etiquetas con la marca "Outspan",

no significa que sea la única cantidad de naranjas

originarias de Sudáfrica.

Tercero.-Los hechos descritos que suponen una

presunta infracción a lo dispuesto en la Orden

de 12 de marzo de 1987, anejo III.2. Dicha

infracción está tipificada como fraudulenta por el artículo

4.3.3 del Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio

("Boletín Oficial del Estado" de 15 de julio), en

relación con el artículo 1.2 del Real Decreto citado,

calificándose por el artículo 7.1, como infracción

grave, y sancionándose por el artículo 10.1, con

multa comprendida entre 100.001 y 2.500.000

pesetas.

En consecuencia, el Instructor que suscribe,

propone se imponga a "Van Dijk España, Sociedad

Anónima", una sanción de 500.000 pesetas, con

los pronunciamientos que en Derecho

correspondan.

El Instructor, Emilio de Sanjuán.

MINISTERIO

DE LA PRESIDENCIA

Subsecretaría

Notificación a don Emilio Carrón Martín de la

resolución del expediente disciplinario incoado al mismo

por Resolución de la Subsecretaría de fecha 30 de

marzo de 1998

Visto el expediente disciplinario incoado a don

Emilio Carrón Martín, motorista contratado laboral

interino de la Secretaría de Estado de la

Comunicación del Ministerio de la Presidencia, por

Resolución de esta Subsecretaría de fecha 30 de marzo

del año en curso, y una vez formulada la propuesta

de resolución por el Instructor del mismo,

corresponde a esta Subsecretaría acordar la resolución

del expediente.

Hechos probados

Único.-Ha quedado perfectamente acreditado en

el expediente disciplinario instruido al efecto, que

don Emilio Carrón Martín es responsable de una

falta muy grave de asistencia al trabajo no justificada,

al no haberse reincorporado a su puesto de trabajo

tras finalizar, el 28 de febrero de 1998, la licencia

por asuntos propios sin derecho a retribución que

solicitó y le fue autorizada.

Fundamentos de Derecho

Primero.-En este procedimiento disciplinario se

han observado rigurosamente las formalidades

legales, en particular las previstas en la Resolución

de 16 de octubre de 1996 de la Dirección General

de Trabajo y Migraciones (Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales), por la que se dispone la

inscripción en el Registro y publicación del texto del

Convenio Colectivo del Personal Laboral de la

Secretaría de Estado de la Comunicación ("Boletín

Oficial del Estado" número 281, de 21 de noviembre

de 1996), como minuciosamente se recoge en la

propuesta de resolución.

Segundo.-De los hechos probados en el

expediente, se deduce que don Emilio Carrón Martín

es responsable de la falta muy grave que aparece

tipificada en el artículo 59.c.4) del mencionado

Convenio Colectivo, que dice: "59.c) Serán faltas muy

graves las siguientes ... 59.c.4) la falta de asistencia

al trabajo no justificada durante más de tres días

al mes".

Tercero.-Asimismo, la falta de asistencia al

trabajo no justificada imputada y probada de don

Emilio Carrón Martín aparece tipificada en el Real

Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por

el que se aprueba el texto refundido de la Ley del

Estatuto de los Trabajadores ("Boletín Oficial del

Estado" de 29 de marzo), que en su artículo 54.2

dice: "Se considerarán incumplimientos

contractuales: ... 54.2.a) Las faltas repetidas e injustificadas

de asistencia o puntualidad al trabajo". Visto lo

anteriormente expuesto, esta Subsecretaría, en uso de

las competencias establecidas en la Orden de 1 de

octubre de 1993 ("Boletín Oficial del Estado"

del 9), sobre delegación de atribuciones en órganos

del Ministerio de la Presidencia, en relación con

lo establecido en el Real Decreto 2169/1984, de

28 de noviembre, sobre atribución de competencias

en materia de personal de la Administración del

Estado, así como en el artículo 13, número 9, de

la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y

funcionamiento de la Administración General del

Estado, resuelve sancionar a don Emilio Carrón

Martín de acuerdo con el artículo 60.c) del Convenio

Colectivo del Personal Laboral de la Secretaría de

Estado de la Comunicación, en consonancia con

el artícu lo 54.1 y 54.2.a) del Estatuto de los

Trabajadores, con el despido disciplinario. Asimismo,

conforme a lo dispuesto en el artículo 55.7 del

Estatuto de los Trabajadores, se declare la convalidación

de la extinción del contrato del encausado, sin

derecho a indemnización ni a salarios de tramitación.

Dicha resolución deberá ser notificada al interesado,

con acuse de recibo, así como al Comité de Empresa,

conforme a lo dispuesto en el artículo 62.c) del

Convenio Colectivo mencionado.

Contra esta Resolución, que es definitiva en vía

administrativa de acuerdo con lo establecido en la

disposición adicional decimoquinta de la Ley

6/1997, de 14 de abril, de organización y

funcionamiento de la Administración General del Estado,

podrá recurrirse ante la jurisdicción laboral, previa

interposición de reclamación administrativa, de

acuerdo con lo dispuesto en los artículos 120

y 121 en relación con el artículo 125 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 14 de julio de 1998.-El Ministro, P. D.

(Orden de 1 de octubre de 1993), el Subsecretario,

Juan Junquera González.-38.863-E.

MINISTERIO

DE MEDIO AMBIENTE

Confederaciones Hidrográficas

NORTE

Expediente de expropiación forzosa, por el

procedimiento ordinario, de bienes concesionales para

regadíos afectados por el aprovechamiento de 0,7

litros/segundo de agua del manantial "Chamas Sacaberas",

para el abastecimiento del pueblo de Gillón-Cangas

del Narcea (Asturias). Beneficiaria: Comunidad de

Usuarios del Abastecimiento de Agua a Gillón

Don Alfredo Rodríguez Menéndez, en nombre

de la Comunidad de Usuarios de Gillón-Cangas de

Narcea (Asturias), titular del aprovechamiento

de 0,7 litros/segundo de agua del manantial

"Chamas Sacaberas", para abastecimiento domiciliario

al pueblo de Gillón, solicita la incoación de

expediente expropiatorio de los derechos concesionales

sobre dos aprovechamientos del arroyo "Valle

Filtrosa", para regadíos, que resultan afectados por

el anterior.

En consecuencia, y con arreglo a lo dispuesto

en los artículos 18 de la Ley de Expropiación

Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y 18 de su

Reglamento de 26 de abril de 1957, esta Confederación

Hidrográfica acuerda señalar el plazo de quince días,

contados a partir de la última de las publicaciones

de este anuncio y relación de afectados, en el

"Boletín Oficial del Estado", y "Boletín Oficial del

Principado de Asturias", y "Boletín Oficial" de la

provincia, o en el periódico "La Nueva España" de

Oviedo o de igual plazo a partir de la exposición

del anuncio, relación de afectados y planos, en el

Ayuntamiento de Cangas del Narcea, a fin de que

los interesados puedan formular directamente ante

este Organismo de cuenca, o a través del referido

Ayuntamiento, cuantas alegaciones estimen

pertinentes sobre la necesidad de ocupación, de los

aprovechamientos, así como su estado material o legal.

Cualquier persona, aún no figurando en la relación,

podrán formular alegaciones, si bien a los solos

efectos de subsanar posibles errores padecidos en la

misma relación.

El presente anuncio, relación de afectados y

planos permanecerán expuestos al público en el tablón

de anuncios oficiales del Ayuntamiento de Cangas

del Narcea (Asturias), y en las oficinas de esta

Confederación Hidrográfica (Comisaría de Aguas), en

Oviedo, plaza de España, número 2, para que pueda

ser examinado por quien lo desee.

Oviedo, 15 de abril de 1998.-El Secretario

general, Carlos Moreno Fernández.-27.342.

Relación de afectados

Número 1. Titular del derecho: Don Adoptino

Fernández Tosar. Derechos afectados:

Aprovechamiento de 0,760 litros/segundo de agua del arroyo

"Valle de la Filtrosa" (concesión otorgada por

Resolución de 9 de diciembre de 1994).

Número 2. Titular del derecho: Don Manuel

Fernández Menéndez. Derechos afectados:

Aprovechamiento de 0,309 litros/segundo de agua del arroyo

"Valle de la Filtrosa" (concesión otorgada por

Resolución de 10 de febrero de 1995).

SUR DE ESPAÑA

Expropiaciones

Declarada la urgencia de las obras

complementarias de los trasvases del Guadalmina-Guadaiza y

Guadalmansa-Guadalmina. Término Municipal de

Benahavís (Málaga), este organismo, en uso de las

atribuciones que le confiere el artículo 98 de la

vigente Ley de Expropiación Forzosa y de

conformidad con lo previsto en el artículo 52 de la misma,

que regula el procedimiento de urgencia, convoca

a los propietarios afectados por estas obras, cuya

relación se publicó en el "Boletín Oficial del Estado"

de 25 de junio de 1998, para que comparezcan

el día 30 de julio de 1998, a las diez treinta horas,

en el Ayuntamiento de Benahavís, donde se

procederá al levantamiento de las actas previas a la

ocupación, pudiendo los interesados venir

acompañados de un Perito o de un Notario, si así lo

desean.

Málaga, 8 de julio de 1998.-El Secretario general,

P. D., el Jefe del Servicio de Expropiaciones, Carlos

Enrique Gómez Ruiz.-38.984-E.

BANCO DE ESPAÑA

Anuncio

Doña Mercedes Domenech Bosque, empleada de

este Banco de España, con destino en las Oficinas

Centrales, ha faltado al trabajo sin haber justificado

su inasistencia desde el día 1 de septiembre de 1997,

desconociéndose, pese a las gestiones realizadas, su

paradero.

Dado que, además, ha desatendido el

requerimiento publicado en el "Boletín Oficial del Estado"

número 152, de 26 de junio de 1998, de acuerdo con

lo que en él se expresaba, el Gobernador, dando

cuenta a la Comisión Ejecutiva, ha tomado el

acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos

168.c) y 180 del Reglamento de Trabajo en el Banco

de España ("Boletín Oficial del Estado" de 19 de

julio de 1979), de dar por extinguida su relación

laboral con este Banco de España, con efectos del

día 21 de julio, por haber incurrido en abandono

voluntario de trabajo y de servicio, sirviendo el

presente anuncio, ante la imposibilidad de

comunicárselo personalmente, de notificación a todos los

efectos.

Madrid, 22 de julio de 1998.-El Jefe de Personal,

José Juan J. Camio.-40.196.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE GALICIA

Consejería de Industria y Comercio

Delegaciones Provinciales

PONTEVEDRA

Expediente de expropiación forzosa e imposición de

la servidumbre de paso de energía eléctrica que se

instruye en esta Delegación para la urgente

ocupación de los bienes y derechos afectados por la

ejecución del proyecto denominado "LMT-CT San

Roque I", en el Ayuntamiento de Nigrán, del cual

es beneficiaria la empresa "Unión Eléctrica-Fenosa,

Sociedad Anónima", fue declarada de utilidad

pública por resolución de esta Delegación, de fecha 21

de octubre de 1997, y lleva implícita la urgente

ocupación en cumplimiento de lo establecido en el

artículo 54.1 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre,

del Sector Eléctrico. Expediente 97/108-4.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo

52 de la Ley de Expropiación Forzosa y en el artículo

31.6 del Reglamento de la Ley 10/1966, de 18 de

marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en

materia de instalaciones eléctricas, aprobado por

el Decreto 2619/1966, del 20 de octubre, se informa

a todos los interesados por la ejecución del proyecto

de la línea de referencia que el día 20 de agosto,

a partir de las once treinta horas, se procederá sobre

el terreno al levantamiento de las actas previas a

la ocupación correspondiente a los predios situados

en el término municipal de Nigrán señalados con

los números que se detallan en la relación adjunta.

Los interesados serán notificados, mediante

cédula individual, que se les practicará con la debida

anticipación legal, de la fecha y la hora en las que,

para cada uno de ellos, tendrá lugar la citada

diligencia, informándoles que en los citados actos

podrán ir acompañados por sus Peritos o de un

Notario, por su cuenta, sí así lo consideran

conveniente.

Vigo, 26 de junio de 1998.-La Delegada

provincial, Carmen Bianchi Valcarce.-38.437-*.

Línea de media tensión-centro de tranformación "San Roque I". Provincia: Pontevedra. Término municipal: Nigrán

Fincas Propietarios Afección

N. º Paraje Cultivo apellidos y dirección

7 Lugar. alto. Monte Remedios Soto Díaz. Ferroc. Catalanes, 107-109, 5.

9 Ponte. alto. Monte Rosa Nandín Pérez. Sobral-Camos, sin número. 36360 Nigrán. 240 20

10 Levada. alto. Monte José Jesús Vilan García. Levada, 18. 36360 Camos-Nigrán. 640 40

12 Campo Río. Labradío. José Jesús Vilan García. Levada, 18. 36360 Camos-Nigrán. 300 30

13 Levada. Labradío. Avelino González Rodríguez. Marín, 34. 36360 Camos-Nigrán. 2 31 310 3

14 Devesa. Cañas. Soledad Fernández Rodríguez. Balinfra, 1. 36360 Camos-Nigrán. 130 13

21 Devesa. Labradío. Marciana López Vidal. Tomadas-Chandebrito, sin número. 36360 Nigrán. 190 19

25 Devesa. Cañas. Carmen Pérez Fernández. Marín, 18. 36360 Camos-Nigrán. 320 32

27 Limoeiro. Monte bajo. Carmen Fernández Pérez. Carretera Valladares, 95. 36315 Vigo. 1 112 7 4

29 Limoeiro. Monte bajo. Félix Hermida Rial. Calle López Mora, 30. 26211 Vigo. 23 1

32 Limoeiro. Monte alto. Ester Correa Prado. Tomadas-Chandebrito, 27. 36360 Nigrán. 237 19

33 Limoeiro. Prado. Dávila Darío Costas. Vilar-Camos, sin número. 36360 Nigrán. 40 4

34 Limoeiro. Viñedo. Costas María Hermida. Vilar-Camos, sin número. 36360 Nigrán. 150 15

35 Lugar. Frutales. Román Vilan García. San Roque, 116. 36360 Camos-Nigrán. 170 17

36 San Roque. Viñedo. Misa Lidia Fernández. San Roque, sin número. 36360 Camos-Nigrán. 2 2 20 5

Acuerdo de la Delegación Provincial de Pontevedra

por el que se somete a información pública la petición

de autorización administrativa, la declaración de

utilidad pública, en concreto, y la necesidad de urgente

ocupación que ello implica, de la instalación eléctrica

que se cita (número de expediente: IN407A 98/105-4)

A los efectos prevenidos en los artículos 9 del

Decreto 2617/1966; 52, 53 y 54 de la ley 54/1997,

del sector eléctrico, y 10 y 16 del Decreto

2619/1966, se somete a información pública la

petición de autorización, declaración de utilidad pública,

en concreto, y la urgente ocupación de la instalación

eléctrica que se describe:

Solicitante: "Unión Fenosa, Sociedad Anónima".

Domicilio social: García Barbón, 38, Vigo.

Línea de media tensión-centro de tranformación-red de baja tensión "La Hermita". Provincia: Pontevedra. Término municipal: O Grove

N. º Paraje Cultivo

1 Couto....Labor.......Herederos O de Benito Lijo Vidal. Outeiro, 10, 39888 O Grove............................ 1 30 2 225

2 Couto....Campo.....Juan O Vidal Álvarez. Outeiro, 4, 39888 O Grove........................................... 75

3 Salgueiral . . . Prado.......Juan Vidal Álvarez. Outeiro, 4, 39888 O Grove........................................... 140 14

4 Salgueiral . . . Prado.......Rosalía Vidal Magdalena. Balea, 5-6, 39888 O Grove.................................... 50 5

5 Salguieral . . . Prado.......Ramón Castro Lores. Outeiro, 3, 39888 O Grove........................................ 45 4

6 Salgueiral . . . Prado.......Francisco Santaya Vidal. Cacheirás, sin número, 39888 O Grove........................ 155 18

7 Espadanal . . Campo.....Francisco Gondar Vidal. Área, 10, 39888 O Grove...................................... 280 28

8 Espadanal . . Campo.....Juan Cousido Pérez. Outeiro, 9, 39888 O Grove......................................... 80 8

9 Espadanal . . Labor.......Juan Vidal Álvarez. Outeiro, 4, 39888 O Grove........................................... 100 10

10 Espadanal . . Labor.......Carmen Triñanes Vidal. Divino Colegio Conchases, sin número, O Grove.............. 80 8

11 Espadanal . . Labor.......Rosalía Vidal Magdalena. Balea, 5-6, 39888 O Grove.................................... 50 5

12 Espadanal . . Labor.......Dolores Cousido Vidal. Área, 21, 39888 O Grove........................................ 270 27

13 Espadanal . . Monte Bajo . Juan Vidal Álvarez. Outeiro, 4, 39888 O Grove........................................... 961 56

14 Espadanal . . Viñedo......Ramón Cousido Vidal, Dolores Castro Vidal. Outeiro, 7, 39888 O Grove............... 52 6

15 Espadanal . . Monte bajo . Juan Cousido Pérez. Outeiro, 9, 39888 O Grove......................................... CT 14 6 168

Relación de propietarios, bienes y derechos afectados

Número de expediente A.T.: 97/108

º -3. 08038 Barcelona. 360 35

Título: Línea media tensión, centro de

transformación y red de baja tensión "Hermita".

Situación: O Grove.

Características técnicas: Línea media tensión,

aérea, a 20 kV, de 234 metros de longitud, con

conductor tipo LA-56, sobre apoyos de hormigón,

desde un apoyo de hormigón sin número de la línea

media tensión al centro de transformación

"Carreiro", finalizando en el centro de transformación que

se proyecta en Hermita-San Vicente, ayuntamiento

de O Grove. Centro de transformación de 50 kVA,

relación de transformación 20 kV-380/220 V. Red

de baja tensión, aérea, de 515 metros de longitud,

con conductor tipo RZ, sobre apoyos de hormigón.

La relación concreta e individualizada de los

bienes o derechos a expropiar figura en el anexo.

Relación de propietarios, bienes y derechos afectados

Número de expediente A.T.: IN407A 98/105-4

Suelo Vuelo

N. º

m 2 ml m 2

Todas aquellas personas o entidades que se

consideren afectadas podrán presentar sus alegaciones

en esta Delegación Provincial, por duplicado, en

el plazo de treinta días a partir de la última

publicación o notificación individual.

Durante dicho período cualquier persona podrá

aportar, asimismo, por escrito, los datos oportunos

para rectificar posibles errores en la relación de

personas, bienes y derechos afectados, así como

formular las alegaciones procedentes por razón de lo

dispuesto en los artículos 25 y 26 del Reglamento

de la Ley 10/1966, de Expropiación Forzosa y

Sanciones en Materia de Instalaciones Eléctricas.

Pontevedra, 5 de mayo de 1998.-La Delegada

provincial, Carmen Bianchi Valcarce.-38.731-*.

Afección

Propietarios (nombre, apellidos y dirección) Suelo Vuelo

N. º apoyo m 2 ml m 2

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE ANDALUCÍA

Consejería de Trabajo e Industria

Delegaciones Provinciales

CÓRDOBA

Información pública de la solicitud de concesión

administrativa para la distribución y suministro

de gas natural y/o gas licuado del petróleo en el

municipio de Lucena

La Delegación Provincial de la Consejería de

Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía en

Córdoba, hace saber:

A los efectos previstos en el capítulo III de la

Ley 10/1987, de 15 de junio, sobre disposiciones

básicas para un desarrollo coordinado de

actuaciones en materia de combustibles gaseosos y en el

artículo del Reglamento General del Servicio

Público de Gases Combustibles, aprobado por Decreto

2913/1973, de 26 de octubre, se somete a

información pública el siguiente proyecto de concesión

administrativa:

Peticionario: Don Antonio Sirvent Vega, con

documento nacional de identidad 1.326.781-A, en

nombre y representación de "Repsol Butano,

Sociedad Anónima", con código de identificación fiscal

A-28.076.420, domiciliada en Madrid 28015, calle

Arcipreste de Hita, 10.

Características: Una estación de GLP, con

capacidad de almacenamiento de 356,4 metros cúbicos

y red de distribución en acero al carbono calidad

API SL Gr B o similar y en polietileno de media

densidad SRD 11.

Finalidad: Concesión administrativa para el

servicio público de suministro de gas natural y/o gas

licuado del petróleo canalizado para usos

domésticos, comerciales y pequeños industriales en el

término municipal de Lucena (Córdoba).

Presupuesto: 128.000.000 de pesetas.

Conforme a lo que determina el capítulo IV de

la Ley 10/1987, de 15 de junio, el otorgamiento,

en su caso de la concesión llevará implícito la

declaración en concreto de utilidad pública, y la necesidad

de urgente ocupación a efectos de expropiación

forzosa de los bienes y derechos necesarios, así como

la servidumbre de paso y limitaciones de dominio

a que hay lugar.

Lo que se hace público para conocimiento general

y para que todas aquellas personas naturales o

jurídicas que se consideren perjudicadas en sus derechos

puedan presentar sus alegaciones en el plazo de

veinte días hábiles a partir de la fecha de publicación

de este anuncio en la Delegación Provincial de la

Consejería de Trabajo e Industria, calle Tomás de

Aquino, número 1, primera planta, de Córdoba,

donde pueden examinar el proyecto existente.

Córdoba, 25 de mayo de 1998.-El Delegado

provincial, Antonio Poyato Poyato.-38.986.

Resolución por la que se fija lugar, día y hora para

el levantamiento de actas previas a la ocupación

de fincas afectadas por la ejecución del proyecto

de explotación "Cabeza de Vaca"

Expediente: E. F. 1/98.

MOA/IPP.

Por resolución de esta Delegación Provincial, fue

aprobada la ejecución del proyecto de explotación

a cielo abierto, denominado "Cabeza de Vaca", para

mineral de carbón, situada en la Cuenca Carbonífera

de Peñarroya-Bélmez-Espiel y en el término

municipal de Bélmez (Córdoba), siendo titular de las

mismas Encasur.

Mediante resolución de fecha 16 de febrero de

1998, posteriormente rectificada por resolución de

fecha 28 de abril de 1998, únicamente a los efectos

de subsanar el error padecido respecto a la superficie

a expropiar, que queda determinada en 1 hectárea,

se sometió a información pública la relación

concreta e individualizada de los bienes y derechos

afectados por la expropiación con los resultados que

constan en el expediente.

En cumplimiento de los artículos 52 de la Ley

de Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento,

se hace público que el próximo día 28 de julio de

1998, a las once horas, se convoca en el Ayuntamiento

de Bélmez, a los titulares afectados de la relación

anexa para proceder al levantamiento del acta previa

a la ocupación de los bienes y derechos afectados

por el proyecto más arriba mencionado.

A dicho acto deberán asistir personalmente o bien

representados por persona legalmente acreditada

para actuar en su nombre, pudiendo hacerse

acompañar, a su costa, de sus Peritos y un Notario, si

lo estiman oportuno.

Anexo que se cita

Polígono: 19. Parcela: 145. Paraje: El Puro.

Superficie: 1 hectárea. Propietario: "Transformadoras

Agrícola y Ganaderas, Sociedad Limitada".

Domicilio: Carretera N-432, kilómetro 200, Bélmez

(Córdoba). Arrendatario: "Alermatosa, Sociedad

Limitada". Carretera N-432. Finca "El Jardal", Bélmez

(Córdoba).

Córdoba, 26 de junio de 1998.-El Delegado

provincial, Antonio Poyato Poyato.-38.920.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

VALENCIANA

Consejería de Obras Públicas,

Urbanismo y Transportes

Secretaría General

Información pública. Proyecto básico de

encauzamiento de los barrancos de La Albufereta, Juncaret

y Orgegia (Alicante) C. I. 9810108HRO

La Dirección General de Obras Públicas de la

Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y

Transportes, ha aprobado el proyecto de referencia y,

como consecuencia, se abre el trámite de

información pública en la forma prevista por la Ley de

Procedimiento Administrativo, al objeto de conocer

y consultar el proyecto a tenor de lo establecido

en la vigente legislación y en concreto:

Afección de bienes y derechos públicos y privados

que puedan representar las obras incluidas.

Evaluación del impacto ambiental.

Afección de las obras al Dominio Público

Hidráulico, Marítimo y Terrestre.

Plazo: Treinta días hábiles desde el día siguiente

a la publicación de este anuncio en el "Boletín

Oficial del Estado" y "Diario Oficial de la Generalidad

Valenciana".

Información: Consejería de Obras Públicas,

Urbanismo y Transportes. Avenida Blasco Ibáñez, 50,

quinta planta, Valencia.

Servicios Territoriales de la Consejería, en avenida

Aguilera, 1, sexta (Alicante).

Mancomunidad de l'Alacantí.

Valencia, 13 de julio de 1998.-El Consejero, José

Ramón García Antón.-38.985.

Consejería de Empleo, Industria

y Comercio

Servicios Territoriales de Industria y Energía

VALENCIA

Instalación eléctrica de utilidad pública

Información pública para autorización

administrativa y declaración, en concreto, de utilidad

pública.

Expediente: 610/97 ATLINE LDB/rmc.

A los efectos prevenidos en el artículo 9 del

Decreto 2617/1966, sobre normas para otorgamientos de

autorización administrativa en materia de

instalaciones eléctricas, de 20 de octubre ("Boletín Oficial

del Estado" del 24), y en el artículo 52 de la Ley

40/1994, sobre ordenación del sistema eléctrico

nacional, de 30 de diciembre ("Boletín Oficial del

Estado" del 31), se somete a información pública

la instalación eléctrica cuyas características

principales son:

a) Peticionario: "Iberdrola, Sociedad Anónima".

b) Lugar donde se va a establecer la instalación:

Partida Realenc. Términos municipales de Picanya

y Xirivella.

c) Tipo (LAT, CT, ...) y finalidad de la

instalación: Línea aérea de alta tensión para mejora

del servicio y calidad del suministro a Picanya.

d) Características principales:

Tensión: 20 kV.

Longitud: 371 metros.

Origen: St. Picanya.

Final: Apoyo número 34 L-Picanya Divina

Pastora.

e) Presupuesto: 2.149.818 pesetas.

Lo que se hace público para que pueda ser

examinado el proyecto de la instalación en este Servicio

Territorial de Industria y Energía, sito en la calle

Gregorio Gea, 27, de Valencia, y formularse al

mismo las reclamaciones (por duplicado) que se estimen

oportunas, en el plazo de treinta días contados a

partir del siguiente al de la publicación de este

anuncio.

Se acompaña relación de interesados, bienes y

derechos afectados.

Valencia, 18 de junio de 1998.-El Director

territorial, Alejandro Marín Arcas.-38.966-*.

Una línea aérea trifásica a 20 kV, doble circuito, desde el apoyo de paso a línea aérea situado en la nueva S. T. Picanya hasta el apoyo número 34

de la existente "Línea Picanya de Divina Pastora del C. R. Divina Pastora"; en la partida Realenc, afectando a los términos municipales de Picanya y

N. º de N. º de Parcela Término

Polígono

orden apoyo número municipal

1 1 147 1 Picanya. "Iberdrola, Sociedad

2 Picanya. 43 2 Don Lucio Almenar

3 2 Picanya. 2 12 Don Antonio Gil Martí. Calle San Francisco, 51. Picanya. Naranjos. Vuelo y apoyo. 64 2,05

4 2 Picanya.Doña 2 30 Concepción Martí

5 Picanya. 14 2 DonMarcelino Campany

6 3 Picanya. 2 11 Doña Desamparados

Valero.

7 Picanya. 4 DonCeledonio 2 Alonso

8 22-a Picanya.Hros. 2 Carmen Garcés

9 4 Xirivella. 8 17 Don Juan Gabriel Cotino

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE EXTREMADURA

Consejería de Presidencia y Trabajo

Dirección General de Trabajo

En cumplimiento del artículo 4. º del Real Decreto

873/1977, de 22 de abril ("Boletín Oficial del

Estado" del 28), y a los efectos previstos en el mismo,

se hace público que en esta oficina, cuyas funciones

han sido traspasadas a la Junta de Extremadura

por Real Decreto 642/1995, de 21 de abril ("Boletín

Oficial del Estado" de 15 de mayo), y

específicamente a la Dirección General de Trabajo de la

Consejería de Presidencia y Trabajo por Decretos

76/1995, de 31 de julio y 22/1996, de 19 de febrero

("Diario Oficial de Extremadura" números 91 y 24,

de 3 de agosto de 1995 y 27 de febrero de 1996,

respectivamente), se ha procedido a las diez horas

del día 6 de julio de 1998, al depósito de estatutos,

de la organización profesional denominada

"Asociación Extremeña de Material Sanitario", en siglas

AEXMASA, y con número de expediente CA/68,

cuyos ámbitos territorial y funcional son:

Comunidad autónoma de Extremadura, y de empresas,

siendo los firmantes del acta de constitución don

Julio Manuel del Camino Becerra, con documento

nacional de identidad 8.753.169; don Juan Mateos

Poblador, con documento nacional de identidad

6.887.746, y don Francisco Díaz de Valera, con

documento nacional de identidad 40.735.224.

Mérida, 6 de julio de 1998.-El Director general

de Trabajo, Luis Felipe Revello Gómez.-38.977-E.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE MADRID

Consejería de Hacienda

Canal de Isabel II

Expropiaciones. Trámite de información Pública.

"Proyecto y ejecución de la nueva estación

depuradora de aguas residuales de Villaviciosa de Odón"

A los efectos del capítulo II de la Ley de

Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y su

Relación de servicios, parcelas y propietarios afectados

Xirivella (Valencia). Plano número 1-3-4219

Titular Cultivo Población Domicilio

Calle Isabel la Católica, 12. Valencia. Sin cultivo. Vuelo y apoyo. 10 6,91

Calle Dr. Herrero, 12-3. ª Picanya. Naranjos. Vuelo. 20

Plaza País Valencià, 16. Picanya. Naranjos. Vuelo y apoyo. 58 2,05

Calle Colón, 43. Huerta. Picanya. Vuelo. 18

Calle Iglesia, 2. Naranjos. Picanya. Vuelo y apoyo. 60 4,11

Calle Escalante, 6. Naranjos. Alfafar. Vuelo. 46

Calle Buenavista, 28. Naranjos. Picanya. Vuelo. 36

Alquería Villadolores. Naranjos. Xirivella. Vuelo y apoyo. 52 4,23

Reglamento de 26 de abril de 1957, se abre

información pública durante el plazo de quince días

hábiles, computados en la forma dispuesta en el artículo

17, párrafo primero del Reglamento citado, por lo

que los propietarios afectados y todas las demás

personas o entidades que se estimen afectadas por

la ejecución del proyecto arriba indicado, pueden

formular por escrito las objeciones que se consideren

oportunas, en los términos previstos por la Ley y

Reglamento de referencia.

La relación de propietarios afectados,

debidamente detallada y descripción de los bienes, se contiene

en el anuncio publicado en el "Boletín Oficial de

la Comunidad de Madrid" y figura expuesta en los

tablones de anuncios del Ayuntamiento de

Villaviciosa de Odón.

Madrid, 10 de julio de 1998.-El Consejero de

Hacienda, Antonio Beteta Barreda.-40.183.

Consejería de Medio Ambiente

y Desarrollo Regional

Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se somete

a información pública la primera revisión del Plan

de Ordenación del Embalse de Puentes Viejas

Por Decreto 20/1994, de 24 de febrero, fue

aprobado el Plan de Ordenación del Embalse de Puentes

Viejas, que comprende parte del territorio de los

términos municipales de Puentes Viejas, Buitrago de

Lozoya, Gascones, Piñuécar y Madarcos, de

conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1990, de 28

de junio, sobre protección de embalses y zonas

húmedas de la Comunidad de Madrid. Dicho Plan de

Ordenación deber ser revisado cada cuatro años, tal

como se establece en el artículo 13 de la Ley 7/1990,

y el anexo I, punto 3, del Decreto 20/1994.

En consecuencia, y de acuerdo con lo previsto

en los artículos6y4delareiterada Ley 7/1990,

que establecen la obligatoriedad de someter la

revisión de los Planes de Ordenación al trámite de

información pública, y de conformidad con lo establecido

en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, a propuesta del Consejero de Medio

Ambiente y Desarrollo Regional, el Consejo de

Gobierno, previa deliberación en su reunión

celebrada el día 2 de julio de 1998, acuerda:

Vuelo

Superficie

Long.

Apoyo y/o vuelo (m 2 )

(m)

Someter a información pública, durante el plazo

de un mes, la primera revisión del Plan de

Ordenación del Embalse de Puentes Viejas.

Dicho plazo se contará a partir del día siguiente

al de la publicación del presente acuerdo en el

"Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid".

La documentación relativa a la primera revisión

del mencionado Plan de Ordenación puede ser

examinada en la Consejería de Medio Ambiente y

Desarrollo Regional, Servicio de Conservación y

Protección del Medio Natural, calle Princesa,

número 3, planta octava, 28008 Madrid, y en los

Ayuntamientos de los términos municipales de Puentes

Viejas, Buitrago de Lozoya, Gascones, Piñuécar y

Madarcos.

Los interesados podrán formular por escrito las

alegaciones u observaciones que estimen oportunas,

dirigidas al Consejero de Medio Ambiente y

Desarrollo Regional, y presentarlas, dentro del plazo

señalado, en el Registro de la citada Consejería, en el

domicilio anteriormente indicado, o por cualquiera

de los medios previstos al efecto en el artículo 38.4

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 2 de julio de 1998.-El

Consejero.-40.295.

UNIVERSIDADES

AUTÓNOMA DE MADRID

Facultad de Filosofía y Letras

Extravío de título de Licenciado en Filosofía y Letras

Sección Filología Hispánica de la Universidad

Autónoma de Madrid. Expedido por el Ministerio

de Educación y Cultura el día 1 de febrero de 1979,

a favor de don Ignacio del Río Chicote. Se ruega

a la persona que lo encuentre lo entregue en la

Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad

Autónoma de Madrid, sita en el campus de Canto

Blanco, antes de transcurrido un mes, a contar desde

el día de la publicación.

Madrid, 8 de julio de 1998.-La Administradora,

Aurora San Cecilio Valdés.-38.996.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid