Está Vd. en

Documento BOE-B-1998-40276

Otros anuncios oficiales

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 4 de agosto de 1998, páginas 12765 a 12767 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Referencia:
BOE-B-1998-40276

TEXTO

MINISTERIO DE JUSTICIA

Subsecretaría

Gabinete Técnico

Edicto

Don Francisco Javier Sánchez-Dalp Leguina ha

solicitado la concesión en el título de Conde de

Torres de Sánchez-Dalp, vacante por fallecimiento

de su padre don Manuel Sánchez-Dalp Marañón,

lo que se anuncia por el plazo de treinta días,

contados a partir de la publicación de este edicto, a

los efectos del artículo 6. º del Real Decreto de 27

de mayo de 1912, en su redacción dada por

el 222/1988, de 11 de marzo, para que puedan

solicitar lo conveniente los que se consideren con

derecho al referido título.

Madrid, 20 de julio de 1998.-El Consejero

técnico, Antonio Luque García.-40.790.

Edicto

Don José Javier Herreros de Tejada y González

de Gregorio ha solicitado la sucesión en el título

de Conde de La Puebla de Valverde, vacante por

fallecimiento de su tío don Joaquín González de

Gregorio y Martínez de Tejada, lo que se anuncia

por el plazo de treinta días, contados a partir de

la publicación de este edicto, a los efectos del

artículo 6. º del Real Decreto de 27 de mayo de 1912,

en su redacción dada por el 222/1988, de 11 de

marzo, para que puedan solicitar lo conveniente

los que se consideren con derechos al referido título.

Madrid, 20 de julio de 1998.-El Consejero

técnico, Antonio Luque García.-40.753.

MINISTERIO

DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Secretaría de Estado de Economía

Dirección General del Tesoro y Política

Financiera

Edicto sobre notificación de expediente sancionador

(expediente 31/1997) sobre supuesta infracción leve

de la Ley 40/1979, sobre control de cambios

Por acuerdo de fecha 13 de mayo de 1997, se

ha dictado propuesta de resolución en el expediente

sancionador abierto a "Norristown Investment,

Ltd.", sucursal en España. Desconociéndose el

domicilio de la interesada, por la presente se le

notifica que puede retirar la citada propuesta de

resolución, en el despacho oficial de la Instructora

(ubicado en la Dirección General del Tesoro y

Política Financiera, plaza de Jacinto Benavente,

número 3, despacho 220, 28012 Madrid), dentro de los

diez días hábiles siguientes a la publicación de este

edicto, a los efectos de alegar, en tiempo y forma,

lo que en su derecho convenga.

Transcurrido dicho plazo sin haberse personado

la interesada, dicha propuesta se elevará a definitiva,

dictándose, en el plazo de diez días, la oportuna

resolución que, poniendo fin al expediente en vía

administrativa, será inmediatamente ejecutiva,

pudiéndola recoger la interesada en el lugar

anteriormente indicado. Contra la misma se podrá

interponer recurso contencioso-administrativo ante el

Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo

de dos meses.

Madrid, 17 de julio de 1998.-La Instructora, Pilar

Rodríguez.-40.674-E.

Edicto sobre notificación de expediente sancionador

(expediente 400/1998) sobre supuesta infracción

leve de la Ley 40/1979, sobre control de cambios

Por acuerdo de fecha 11 de mayo de 1998, se

ha incoado expediente sancionador a "Vistagrana,

Sociedad Limitada". Desconociéndose el último

domicilio de la interesada, por la presente se le

notifica que puede retirar el acuerdo de iniciación

del citado expediente, en el despacho oficial de la

Instructora (ubicado en la Dirección General del

Tesoro y Política Financiera, plaza de Jacinto

Benavente, número 3, despacho 220, 28012 Madrid),

dentro de los diez días hábiles siguientes a la

publicación de este edicto.

En el plazo de quince días hábiles, a contar desde

el día siguiente a haber surtido efecto la notificación,

podrá contestar a la misma con las alegaciones que

estime pertinentes a su defensa, pudiendo solicitar

cuantas pruebas hábiles en derecho estime

convenientes, advirtiéndosele que, de no hacerse, se

procederá a proponer la oportuna resolución.

Madrid, 17 de julio de 1998.-La Instructora,

Ángeles Rodríguez.-40.673-E.

Edicto sobre notificación de expediente sancionador

(expediente 225/1997) sobre supuesta infracción

leve de la Ley 40/1979, sobre control de cambios

Por acuerdo de fecha 21 de noviembre de 1997,

se dictó resolución en el expediente sancionador

abierto a doña Teresa Noble Barea.

Desconociéndose el último domicilio de la interesada, por la

presente se le notifica que puede retirar la citada

resolución, en el despacho oficial de la Instructora

(ubicado en la Dirección General del Tesoro y

Política Financiera, plaza de Jacinto Benavente,

número 3, despacho 220, 28012 Madrid), dentro de los

diez días hábiles siguientes a la publicación de este

edicto.

Transcurrido dicho plazo, esta resolución, que

pone fin a la vía administrativa, será inmediatamente

ejecutiva, de conformidad con el artículo 10 del

Real Decreto 1392/1993, de 4 de agosto, por el

que se regula el procedimiento sancionador de las

infracciones administrativas en materia de control

de cambios. Pudiéndose, a partir de ese momento,

interponer contra ella recurso

contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de

Madrid (Sala de lo Contencioso-Administrativo), en

el plazo de dos meses, sin perjuicio de la posibilidad

de interponer recurso extraordinario de revisión, si

concurriera alguna de las circunstancias previstas

en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre.

Madrid, 17 de julio de 1998.-La Instructora,

Sonsoles Pareja.-40.672-E.

Delegaciones

BADAJOZ

Dependencia de Recaudación

Anuncio de subasta

El Jefe de la Dependencia Provincial de

Recaudación de esta Delegación de la Agencia Estatal

de Administración Tributaria, por el presente hace

saber que en el expediente de apremio que se sigue

por la Unidad de Recaudación de Badajoz, frente

al deudor don Hernando Benito Francisco y

Antonio, con documento nacional de identidad

3.374.664, se ha dictado providencia autorizando

la enajenación, en pública subasta, del bien siguiente:

Finca rústica, porción de la dehesa de los

Enviciados y Cerros de la Reina, término de Badajoz,

cabida 123 hectáreas 63 áreas 91 centiáreas. Inscrita

en el Registro de la Propiedad número 1 de Badajoz,

folio 245, libro 428, finca número 7.789.

Tipo de subasta: 58.176.875 pesetas.

Tramos: 200.000 pesetas.

Cargas: Desconocidas.

La subasta se celebrará el día 9 de septiembre

de 1998, en el salón de actos de la Agencia Estatal

de Administración Tributaria en Badajoz a las diez

horas, con arreglo a las siguientes condiciones:

Primera.-Podrán tomar parte como licitadores

todas las personas que tengan capacidad de obrar

con arreglo a derecho, no tengan impedimento o

restricción legal y se identifiquen por medio del

documento nacional de identidad o con documento

que acredite, en su caso, la representación que

ostenten.

Segunda.-Todo licitador habrá de constituir, ante

la Mesa de subasta, depósito de, al menos, el 20

por 100 del tipo de subasta. Depósito que perderá

y se ingresará en firme en el Tesoro si, resultando

adjudicatario de los bienes, no completase el pago

del precio del remate en el acto o dentro de los

cinco días siguientes, y sin perjuicio de la

responsabilidad en que incurrirá por los mayores perjuicios

que sobre el importe de la fianza originase la

inefectividad de la adjudicación.

Tercera.-Los licitadores que así lo deseen podrán

presentar ofertas en sobre cerrado, que deberán

tener entrada en el Registro General de esta

Delegación hasta una hora antes de la fijada para el

inicio de la subasta. En dicho sobre se indicará

la cantidad máxima ofrecida y deberán ir

acompañados de un cheque conformado, extendido a

favor del Tesoro Público, por el importe del depósito

indicado en el apartado anterior.

Cuarta.-Los licitadores, mediante sobre cerrado,

serán representados por la Mesa, que pujará por

ellos mejorando las ofertas que hagan los licitadores

presentes, sin sobrepasar el máximo fijado en el

sobre. Asimismo, podrán participar personalmente

en la licitación, mejorando las ofertas hechas en

el sobre.

Quinta.-La subasta se suspenderá en cualquier

momento anterior a la adjudicación del bien si se

efectúa el pago de la deuda, intereses y costas del

procedimiento.

Sexta.-Los licitadores deberán conformarse con

los títulos de propiedad, obrantes en el expediente,

no teniendo derecho a exigir otros. De no estar

inscrito el bien en el Registro, la escritura de

adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse

la inmatriculación en los términos prevenidos por

el artículo 199, b), de la Ley Hipotecaria, debiendo

de proceder en los restantes casos, si resulta de

sus intereses, como dispone el título VI de dicha

Ley.

Séptima.-Si al finalizar la licitación no se hubiese

adjudicado el bien, la Mesa podrá acordar la

celebración de una segunda licitación, que se anunciará

en el mismo acto, y en la que se admitirán

proposiciones que cubran el 75 por 100 del tipo de

subasta en la primera licitación.

Octava.-De no acordarse la celebración de

segunda licitación o, si celebrada ésta, el bien tampoco

fuese adjudicado, se acordará en el acto la apertura

del trámite de adjudicación directa del bien.

Novena.-Las ofertas, que deberán cubrir, en todo

caso, los tipos de subasta, se ajustarán a los tramos

fijados en este anuncio.

Décima.-Se advierte a todos los posibles

acreedores hipotecarios o pignoraticios desconocidos que

por medio del presente anuncio se les tendrá por

notificados con plena virtualidad legal, pudiendo

personarse en el expediente y alegar lo que a su

derecho convenga.

Undécima.-Expóngase el presente edicto en el

tablón de anuncios de la Delegación de la Agencia

Estatal de Administración Tributaria, de la Agencia

Estatal de la Administración Tributaria de

Alcobendas, del Ayuntamiento de Badajoz, publíquese

en el "Boletín Oficial" de la provincia y en el "Boletín

Oficial del Estado".

Badajoz, 23 de julio de 1998.-El Jefe de la

Dependencia, Rafael Díaz García.-40.807.

MINISTERIO DE FOMENTO

Autoridades Portuarias

ALMERÍA-MOTRIL

Otorgamiento de concesiones

El Consejo de Administración de la Autoridad

Portuaria de Almería-Motril, en sesión del día 3

de junio de 1998, en uso de las facultades que le

confiere el artículo 40.5.ñ) de la Ley 27/1992, de

Puertos del Estado y de la Marina Mercante,

modificada por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre,

a propuesta de la Dirección, acordó otorgar a

"Sustratos Internacionales, Sociedad Anónima",

concesión administrativa para la ocupación de una

parcela, en el muelle de poniente del puerto de Almería,

con destino a instalación de nave para producción

de sustratos agrícolas. Entre las condiciones más

importantes de la presente concesión destacan las

siguientes:

Superficie ocupada: 3.330 metros cuadrados.

Canon por ocupación de superficie: 599,95

pesetas por metro cuadrado y año.

Canon por actividad industrial o comercial:

3.019.235 pesetas por año.

Tráfico mínimo: Primer año, 20.000 toneladas;

segundo y sucesivos, 25.000 toneladas por año.

Plazo de la concesión: Quince años.

Lo que se publica para general conocimiento.

Almería, 21 de julio de 1998.-El Presidente, José

Antonio Amate Rodríguez.-40.720.

Aprobación definitiva del anteproyecto "Autopista

de peaje Santiago-Alto de Santo Domingo", Galicia.

Clave AO-E-118

Con fecha 16 de junio de 1998, el Secretario

de Estado de Infraestructuras y Transportes, por

delegación (Resolución de delegación de

atribuciones, de 30 de mayo de 1996), ha resuelto lo siguiente:

Primero.-Hacer constar que el anteproyecto, de

clave AO-E-118 cumple con lo preceptuado en los

artículos 3, 22, 26 y 32 del vigente Reglamento

de Carreteras 1812/1994, de 2 de septiembre.

Segundo.-Aprobar el anteproyecto de referencia

que desarrolla la solución definitivamente aprobada

por la Junta de Galicia en sus Resoluciones de 27

de septiembre de 1996 y 11 de diciembre de 1997,

sobre los tramos Santiago-Orense y Ribadulla-Lalín

oeste (variante de Oca y Silleda).

Tercero.-El proyecto de construcción que en su

momento presente la concesionaria de la autopista

de peaje, deberá cumplir y desarrollar los

condicionados de las declaraciones de impacto ambiental

de 29 de julio de 1996y6denoviembre de 1997,

y que no se hayan desarrollado con la precisión

exigida en el anteproyecto por ser propias del

proyecto de construcción.

Lo que se comunica para general conocimiento.

Madrid, 30 de julio de 1998.-El Secretario de

Estado de Infraestructuras y Transportes, P. D.

(Resolución de 30 de mayo de 1996, "Boletín Oficial

del Estado" de 1 de julio), la Secretaria general

de la Dirección General de Carreteras, Carmen

González Ortega.-40.940.

MINISTERIO

DE MEDIO AMBIENTE

Demarcaciones de Costas

GALICIA

Servicios Provinciales de Costas

en Pontevedra

Modificación entre los hitos números 13 y 19 de

la delimitación provisional del deslinde del dominio

público marítimo-terrestre en la playa de Mexilloeira,

en la ría de Vilagarcía, término municipal de O Grove

(Pontevedra)

El Servicio de Costas de Pontevedra, en

cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de

la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, practica las siguientes notificaciones, para

su conocimiento y demás efectos, a aquellos titulares

de fincas colindantes con el tramo de deslinde a

modificar, a los que, interesada la notificación, no

se ha podido practicar:

Herederos de don Gabino Vidal Leiro (Outeiro,

San Vicente, O Grove).

Herederos de don Ezequiel Alonso Barro (isla

de La Toja, O Grove).

Doña Carmen Otero Rodiño (Campos, San

Vicente, O Grove).

Don Juan Otero Rodiño (Borreiros, 1, O Grove).

Herederos de don Ricardo Otero Álvarez (Outeiro,

San Vicente, O Grove).

Don José Otero Rodiño (Borreiros, 1, O Grove).

Doña Rosa García Muñiz (Balea, San Vicente,

O Grove).

Herederos de don Avelino Rodiño Álvarez (Ardá,

San Vicente, O Grove).

Se tramita en esta Dirección General el expediente

sobre el asunto de referencia.

De conformidad con el artículo 84 de la Ley

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se

concede un plazo de diez días para que, dentro

del mismo, pueda examinar el expediente y

presentar, también dentro de este mismo plazo, los

escritos, documentos y pruebas que estime

conveniente.

El expediente se hallará en la Subdirección

General de Gestión del Dominio Público

Marítimo-Terrestre de esta Dirección General de Costas

(despacho 6.4, plaza de San Juan de la Cruz, sin

número, Madrid). Una copia del expediente podrá

ser examinada en el Servicio Periférico de este

Ministerio en Pontevedra, calle San José, número 6.

Lo que se comunica por si desea hacer uso de

este trámite de vista o audiencia que se le concede.

Pontevedra, julio de 1998.-El Jefe del Servicio,

José Antonio Rueda Crespo.-40.683-E.

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Ayuntamientos

CÁDIZ

Bases para el Premio Nacional de Encuadernación

Artística "José Galván"

El Ayuntamiento de Cádiz, consciente de la

estrecha relación que ha habido siempre entre la ciudad

de Cádiz y el mundo de la encuadernación artística,

teniendo en cuenta que esta ciudad se ha convertido

para los bibliófilos en un punto de referencia

obligada del panorama de la encuadernación de arte

de España, ha decidido realizar la convocatoria

bianual de un premio nacional a los trabajos de los

encuadernadores de nuestro país, con el fin de

promocionar la calidad y la difusión de sus trabajos.

Galardones y cuantías: Se concederán tres

categorías, dotadas respectivamente de 500.000 pesetas

y trofeo, 250.000 pesetas y diploma y 125 pesetas

y diploma. Asimismo, se concederán tres accésit

a los trabajos que el Jurado considere finalistas.

Se extenderá un certificado de participación a los

trabajos seleccionados a concurso.

Destinatarios: Podrán optar al Premio Nacional

de Encuadernación Artística "José Galván" tanto

los profesionales como los aficionados que cumplan

lo establecido en la presente convocatoria.

Criterios de evaluación: Se valorará en primer

lugar y muy especialmente la técnica en la

construcción del libro. Asimismo, se valorará la

originalidad del diseño y la adecuación entre decoración

y contenido.

Cuota de inscripción: Se establece una cuota de

inscripción de 10.000 pesetas, que serán abonadas

en la cuenta corriente que figura en el boletín de

inscripción.

Solicitudes: Las solicitudes, dirigidas a la

Presidenta del excelentísimo Ayuntamiento de Cádiz, se

enviarán al Registro General del Excelentísimo

Ayuntamiento de Cádiz, plaza de San Juan de Dios,

sin número, 11005 Cádiz, bien directamente, o

según lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Se acompañarán de un currículum

vitae de cada participante y del resguardo de la

transferencia bancaria.

Plazo de presentación: Las solicitudes de

participación se presentarán dentro de los cuarenta y

cinco días naturales siguientes a la publicación de

la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado". Una vez aceptada la solicitud, se le enviará

a cada participante, a portes debidos, la obra

concreta que sirva de soporte a los trabajos de

encuadernación que se vayan a realizar y cuyo formato

no excederá de 32 ^ 24 centímetros.

Las obras ya encuadernadas serán remitidas, a

portes pagados, a la Biblioteca Municipal "José

Celestino Mutis", del excelentísimo Ayuntamiento

de Cádiz, calle San Miguel, número 17,

11001 Cádiz, en el plazo de los ciento ochenta

días naturales siguientes a la publicación de la

presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado",

mediante una solicitud formalizada con el lema que

cada participante adopte, acompañada con plica en

sobre cerrado de los datos personales del mismo,

que serán abiertos después de que el Jurado emita

su fallo. Asimismo, se adjuntará una ficha técnica

en la encuadernación.

Selección de las obras: Las obras recibidas se

someterán a la selección de una Comisión Técnica,

que decidirá cuáles acceden al certamen y posterior

exposición. Dicha Comisión estará constituida por

la Presidenta de la Corporación, tres miembros de

la Comisión Científica del Congreso y dos

personalidades relacionadas con la encuadernación

artística.

Jurado calificador: El fallo del premio

corresponderá a un Jurado, cuya composición será la siguiente:

Presidenta: Excelentísima señora Presidenta de la

Corporación Municipal de Cádiz.

Vocales: Un representante de la Asociación para

el Fomento de la Encuadernación de Arte

(AFEDA). Un representante de la Asociación de

Restauradores. Cinco personalidades relacionadas

con el mundo del libro.

Actuará como Secretaria la Jefa de Sección de

Bibliotecas del excelentísimo Ayuntamiento de

Cádiz, que contará con voz pero sin voto.

Los miembros del Jurado serán designados por

la Presidenta de la Corporación Municipal de Cádiz.

La condición de miembro de este Jurado tiene

carácter personal, no siendo posible la delegación, a

excepción de la prevista para el Presidente del

Jurado. Sólo se tendrán en cuenta los votos de los

miembros del Jurado que asistan personalmente a las

reuniones.

Resolución: Las encuadernaciones galardonadas

con los tres primeros premios quedarán en poder

del excelentísimo Ayuntamiento de Cádiz. El resto

de los ejemplares presentados serán devueltos a sus

propietarios dentro de los sesenta días naturales

siguientes, contando desde la publicación en el

"Boletín Oficial del Estado" de la resolución del presente

certamen.

El excelentísimo Ayuntamiento de Cádiz podrá

editar un catálogo de las encuadernaciones

participantes en el certamen, no necesitando la previa

autorización por escrito de sus autores. Asimismo,

se reserva el derecho a exponerlos públicamente.

Cádiz, 15 de julio de 1998.-La

Alcaldesa.-41.014.

GIRONA

Resolución del Ayuntamiento de Girona por la que

se anuncia la aprobación del pliego de condiciones

generales regulador del contrato de obras

correspondiente al proyecto de renovación de alumbrado

público

El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria

del día 14 de julio de 1998, aprobó, de conformidad

con el artículo 268 de la Ley 8/1987, de 15 de

abril, Municipal y de Régimen Local de Cataluña,

el pliego de cláusulas jurídico-administrativas y

económicas generales, anexo a la propuesta, regulador

del concurso para la ejecución de las obras y trabajos

correspondientes al proyecto de renovación del

alumbrado público de la Gran Vía Jaume I y viales

adyacentes (plaza Marqués de Camps, calles Álvarez

de Castro, Ferrán Agulló, Francesc Coll i Turbau

y Bernat Bacià, plazas Pompeu Fabra y Hospital,

pasaje Emili Blanch i Roig, y calle Joan Maragall,

entre Gran Vía Jaume I y plaza Pompeu Fabra).

A los efectos previstos en el artículo 270 de la

misma Ley catalana, y en el artículo 86.2 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se expone al

público, por el plazo de veinte días, el antedicho

pliego de cláusulas, mediante la inserción de edictos

en el "Boletín Oficial del Estado", "Boletín Oficial

de la Generalidad de Cataluña", "Boletín Oficial

de la Provincia de Girona", tablón de anuncios del

Ayuntamiento y Oficina Municipal del Servicio de

Información Ciudadana.

Girona, 20 de julio de 1998.-El

Alcalde-Presidente, Joaquim Nadal i Farreras.-41.002.

GIRONA

Resolución del Ayuntamiento de Girona por la que

se anuncia la aprobación del pliego de condiciones

generales regulador del contrato de obras

correspondiente al proyecto de construcción de parque

y plaza

El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria

del día 14 de julio de 1998, aprobó, de conformidad

con el artículo 268 de la Ley 8/1987, de 15 de

abril, Municipal y de Régimen Local de Cataluña,

el pliego de cláusulas jurídico-administrativas y

económicas generales, anexo a la propuesta, regulador

del concurso para la ejecución de las obras

correspondientes al proyecto de construcción de parque

y plaza en los antiguos terrenos de la CAMPSA,

situados en el barrio de Sant Narciso.

A los efectos previstos en el artículo 270 de la

misma Ley catalana, y en el artículo 86.2 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se expone al

público, por el plazo de veinte días, el antedicho

pliego de cláusulas, mediante la inserción de edictos

en el "Boletín Oficial del Estado", "Diario Oficial

de la Generalidad de Cataluña", "Boletín Oficial

de la Provincia de Girona", tablón de anuncios del

Ayuntamiento y Oficina Municipal del Servicio de

Información Ciudadana.

Girona, 20 de julio de 1998.-El

Alcalde-Presidente, Joaquim Nadal i Farreras.-41.003.

OVIEDO

Revisión del Plan General de Ordenación Urbana

del municipio de Oviedo. Aprobación inicial.

Expediente 1190-980008

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el

día 28 de julio de 1998, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.-Aprobar inicialmente el documento de

revisión del Plan General de Ordenación Urbana

del municipio de Oviedo, con las prescripciones que

se recogen a continuación y que deberán ser

cumplimentadas por la empresa INECO, redactora del

plan, con anterioridad a la aprobación provisional:

1. Deberá incluirse la previsión de que la

modificación de los catálogos, tanto de los planes

especiales del Oviedo antiguo como del propio plan

general, se atendrá al procedimiento establecido

para la elaboración de los planes parciales, de

conformidad con lo establecido en el artículo 149 del

Reglamento de Planeamiento.

2. Deberá incluirse la exigencia de una garantía,

así como los criterios para calcularla, en los

siguientes supuestos de intervención en edificios protegidos:

a) Derribo interior de edificios en los que deba

mantenerse la fachada o fachadas.

b) Imposibilidad material de mantener durante

la ejecución de las obras la fachada o fachadas a

conservar, lo que habilitaría para su desmontaje y

reconstrucción posterior.

3. Se considera inadecuada la expresión

"conservación singular" para el nivel 4 de protección

del patrimonio edificado (artículo 3.5.8). Deberá

sustituirse tal expresión por otra más acorde con

el nivel de protección de que se trata.

4. Deberá señalarse expresamente que la

previsión de la posible demolición interior de un edificio

catalogado en el supuesto de ruina inminente

(artículo 3.5.10, apartado 3) será operativa siempre

que no resulte contraria a lo dispuesto en la

legislación protectora del patrimonio histórico.

5. Al objeto de establecer una regulación para

los edificios protegidos no incluidos en los ámbitos

de los planes especiales del Oviedo antiguo, deberá

incorporarse a las normas urbanísticas, en la medida

en que resulte necesario, el contenido del capítulo I

del título VI de las vigentes normas urbanísticas.

6. Deberá estudiarse la posibilidad de que para

determinados usos puedan instalarse en sótanos

piezas habitables.

7. Debe establecerse una regulación para los

vertederos de inertes existentes actualmente en el

Concejo.

8. Deben regularse, con mayor detalle, los

cierres de finca (artículo 5.3.7) constituidos por

muretes, así como los muros de contención y la

posibilidad de mantenimiento de las "sebes" o

"murias" existentes.

9. Debe establecerse una más amplia regulación

de los hórreos (artículo 5.3.8).

10. Las del informe vinculante de la

Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias.

11. Se mantendrá el enlace previsto en el avance

sobre la autopista Y por el borde este del núcleo

de viviendas de Guillén Lafuerza que servirá para

conectar transversalmente la nueva vía rápida

Oviedo-Lugones con la AS-8 en la Estrecha, con la nueva

vía de desdoblamiento de la AS-8 que unirá Rubín

con La Carisa y la actuación de La Corredoira-Este,

llegando hasta la carretera de Santander en la

glorieta de El Palais. Este viario omitido

complementaría la actual carretera de Rubín y la glorieta de

próxima construcción.

12. Deberá recogerse en los planos la conexión

de la calle Muérdago con el viario del plan

parcial 7, Otero Sur, que está tramitándose en un

expediente de modificación de planeamiento.

13. Se incluirá una conexión peatonal entre el

viario del PP7 y la calle de San Melchor García

Sampedro, a través de los solares aún no edificados,

de modo que se facilite un acceso directo desde

esta calle a los espacios libres del sector.

14. Se grafiarán en los planos los suelos

señalados en el plan especial de canteras en la categoría

de suelo genérico de la industria extractiva (GIE).

15. La posibilidad de subdivisión de Unidades

de Gestión se condicionará a la igualdad de cargas

y beneficios de las subunidades que se creen, y

cuando esto fuera imposible por la realidad física del

ámbito deberá haber acuerdo entre las propiedades.

16. Artículo 3.5.23. Deberá dársele nueva

redacción, pues en él se asigna a los edificios de

conservación singular una ocupación igual que la del

resto de la manzana, lo cual implicaría la

desaparación de las fachadas a patio de manzana y

galerías tradicionales.

17. Artículo 4.1.14.3. Debe quedar claro que

los chaflanes son alineación en toda la altura, no

sólo en la planta baja, y se establecerán para todos

los suelos urbanos, incluidos los cierres de vivienda

unifamiliar.

18. Artículo 4.1.37. El apartado d) deberá

recuperar la primitiva redacción del primer párrafo del

apartado c) del artículo antes de su modificación.

19. Artículo 4.1.51. Se regulará la anchura

interior de los patios de manzana según las

circunstancias reales de la edificación existente, así como

las condiciones normativas de las aberturas de los

solares de las esquinas interiores de los patios de

manzana.

20. Se establecerá parcela edificable en el suelo

ordenado en edificación abierta.

21. Se regulará el acceso conjunto de varias

viviendas unifamiliares a viario principal.

Segundo.-Someter el expediente a información

pública a efectos de que puedan formularse

alegaciones al mismo, durante un plazo que finalizará

el día 22 de septiembre del presente año, inclusive.

Tercero.-Acordar la suspensión del otorgamiento

de licencias de parcelación de terrenos, edificación

y demolición en todo el término municipal.

Cuarto.-Solicitar en la Demarcación de

Carreteras del Estado en Asturias la reconsideración de

la indicación relativa a la previsión de una reserva

viaria de 30 metros de anchura entre Matalablima

y el enlace de Cerdeño, y desde Matalablima hasta

la salida del término municipal, en dirección a Gijón.

Asimismo, y de acuerdo con las propuestas de

la Concejala Coordinadora del Área de Urbanismo,

se aprueba:

a) Excluir de la aprobación inicial de la revisión

del Plan General de Ordenación Urbana las

calificaciones de suelos como de uso industrial en San

Claudio, suspendiéndose, en consecuencia, el

otorgamiento de licencias en los citados ámbitos.

b) Suprimir en la fábrica de la Vega la

concreción referida al tipo de equipamiento a instalar.

En vez de equipamiento universitario quedará como

equipamiento sin definir.

Lo que se somete a información pública, de

conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 y 41

del texto refundido de la Ley del Suelo, de 1976,

y 128 del Reglamento de Planeamiento, durante

el plazo establecido en el apartado segundo del

acuerdo.

Durante el plazo fijado para la información

pública el documento estará de manifiesto en el claustro

de la planta baja del edificio de la Universidad,

sito en la calle San Francisco.

Oviedo, 29 de julio de 1998.-El Concejal

delegado de P. y Gestión Urbanística, José Agustín

Cuervas-Mons.-41.808.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid