MINISTERIO DE JUSTICIA
Subsecretaría
Gabinete Técnico
Edicto
Doña Carmen de Montagut Figuerol ha solicitado
la sucesión en el título de Conde de la Torre del
Español, vacante por fallecimiento de su padre, don
Adolfo de Montagut y de Martí, lo que se anuncia
por el plazo de treinta días, contados a partir de
la publicación de este edicto, a los efectos del
artículo 6. º del Real Decreto de 27 de mayo de 1912
en su redacción dada por el 222/1988, de 11 de
marzo, para que puedan solicitar lo conveniente
los que se consideren con derecho al referido título.
Madrid, 20 de julio de 1998.-El Consejero
Técnico, Antonio Luque García.-43.602.
MINISTERIO DE DEFENSA
Jefatura de Intendencia de Canarias
Debido a que la Dirección de Asuntos
Económicos ha remitido informes a esta Jefatura de
Intendencia de la Asesoría Jurídica y de la Intervención
Delegada Central del Cuartel General del Ejército
(Ministerio de Defensa), en los que indicaba que
el Cabo C. L. don José Antonio Ortega Paneque,
cesó su relación con las fuerzas Armadas el día
25 de enero de 1994, una vez finalizado su
compromiso y que por esta pagaduría se le ha estado
abonando sus haberes hasta diciembre de 1996, es
necesario iniciar los trámites para que el
mencionado Cabo devuelva dichos haberes, tal como
establece el artículo 97 de la Ley 30/1992 de 26 de
noviembre.
Esta Jefatura inició los trámites para localizar el
domicilio del Cabo, resultando nulo dado que ni
la Jefatura Logística Territorial de Las Palmas, ni
la Comandancia Militar de Fuerteventura (plaza
donde desarrolló su último destino), ni en el Centro
de Reclutamiento ni en el expediente personal,
consta dirección postal.
Por todo ello, es necesario se notifique mediante
"Boletín Oficial del Estado": "El Cabo don José
Antonio Ortega Paneque, causó baja en las Fuerzas
Armadas por haber finalizado su compromiso el
25 de enero de 1994 al no concedérsele el
compromiso único, habiendo estado percibiendo
indebidamente sus retribuciones hasta el mes de
diciembre de 1996:
Año 1994: 954.017.
Año 1995: 697.249.
Año 1996: 759.362.
Total liquidación: 2.410.628 pesetas.
Dicha cantidad deberá ingresarla mediante
transferencia en:
Título: Jiea de la Zomican MDE.
Banco: Caja Postal, rambla Pulido 15 y 17 (1.302
y 1.345).
Cuenta: 0015700540 "Indicando devolución de
haberes".
Asimismo se notifica que si no se efectúa reintegro
voluntario alguno, se pondrá en conocimiento de
la Dirección General del Tesoro y Política
Financiera, para incoar el correspondiente expediente de
reintegro, conforme a la Orden del Ministerio de
Economía y Hacienda, de 10 de mayo de 1989
("Boletín Oficial del Estado" número 135, de 7 de
junio de 1989).
Santa Cruz de Tenerife, 7 de julio de 1998.-El
Coronel Jefe, Álvaro Rivera Rodríguez.-43.402-E.
Juzgados Marítimos Permanentes
BILBAO
Edicto
Don Ricardo Pérez Lama, Comandante Auditor del
Cuerpo Jurídico Militar, Juez Marítimo
Permanente de Auxilios, Salvamentos y Remolques de
Bilbao, número 10, interino, en prórroga de
jurisdicción,
Hago saber: Que por este Juzgado de mi cargo
se instruye expediente con motivo de la asistencia
marítima prestada el día 8 de agosto de 1998, por
el buque "Askada", y otros, de la matrícula de Bilbao,
lista 7. ª , folio 2-56-91 al catamarán de bandera
francesa denominado "Caballino".
Lo que se hace público, a los efectos previstos
en el artículo 38 de la Ley de 24 de diciembre
de 1962 ("Boletín Oficial" número 310), reguladora
de la materia, a fin de que todos los que se
consideren interesados en dicho asunto se personen
en forma y comparezcan aportando los
comprobantes en que funden sus derechos ante este
Juzgado, sito en Ferrol. Edificio "Servicios Generales",
calle María, número 244, en el plazo de treinta
días a partir de la publicación del presente edicto.
Dado en Ferrol a 13 de agosto de 1998.-43.632-E.
CÁDIZ
Edicto
Doña Ivana Gómez Álvarez, Teniente Auditor del
Cuerpo Jurídico Militar, Juez Marítimo
Permanente de Auxilios, Salvamentos y Remolques de
Cádiz,
Hago saber: Que por este Juzgado de mi cargo
se instruye expediente con motivo de la asistencia
marítima prestada el día 28 de junio de 1998, por
el buque "Salvamar Gadir" de la matrícula de Gijón,
lista 5, folio 03-96, a la embarcación deportiva
"Montego Bay".
Lo que se hace público, a los efectos previstos
en el artículo 38 de la Ley de 24 de diciembre
de 1962 ("Boletín Oficial del Estado" número 310)
reguladora de la materia, a fin de que todos los
que se consideren interesados en dicho asunto se
personen en forma y comparezcan aportando los
comprobantes en que funden sus derechos ante este
Juzgado, sito en plaza de Sevilla, sin número, en
el plazo de treinta días a partir de la publicación
del presente edicto.
Dado en Cádiz a 31 de julio de 1998.-43.582-E.
Edicto
Doña Ivana Gómez Álvarez, Teniente Auditor del
Cuerpo Jurídico Militar, Juez Marítimo
Permanente de Auxilios, Salvamentos y Remolques de
Cádiz,
Hago saber: Que por este Juzgado de mi cargo
se instruye expediente con motivo de la asistencia
marítima prestada el día 15 de junio de 1998, por
el buque "Segundo Tomasín", matrícula de Isla
Cristina, lista 3. ª , folio 1.893, al "Perla de Isla Cristina".
Lo que se hace público, a los efectos previstos
en el artículo 38 de la Ley de 24 de diciembre
de 1962 ("Boletín Oficial del Estado" número 310)
reguladora de la materia, a fin de que todos los
que se consideren interesados en dicho asunto se
personen en forma y comparezcan aportando los
comprobantes en que funden sus derechos ante este
Juzgado, sito en plaza de Sevilla, sin número, en
el plazo de treinta días a partir de la publicación
del presente edicto.
Dado en Cádiz a 31 de julio de 1998.-43.579-E.
Edicto
Doña Ivana Gómez Álvarez, Teniente Auditor del
Cuerpo Jurídico Militar, Juez Marítimo
Permanente de Auxilios, Salvamentos y Remolques de
Cádiz,
Hago saber: Que por este Juzgado de mi cargo
se instruye expediente con motivo de la asistencia
marítima prestada el día 25 de junio de 1998, por
el buque "Salvamar Gadir" de la matrícula de Gijón,
lista 5, folio 03-96, a la embarcación deportiva
"Guerrero".
Lo que se hace público, a los efectos previstos
en el artículo 38 de la Ley de 24 de diciembre
de 1962 ("Boletín Oficial del Estado" número 310)
reguladora de la materia, a fin de que todos los
que se consideren interesados en dicho asunto se
personen en forma y comparezcan aportando los
comprobantes en que funden sus derechos ante este
Juzgado, sito en plaza de Sevilla, sin número, en
el plazo de treinta días a partir de la publicación
del presente edicto.
Dado en Cádiz a 31 de julio de 1998.-43.578-E.
Edicto
Doña Ivana Gómez Álvarez, Teniente Auditor del
Cuerpo Jurídico Militar, Juez Marítimo
Permanente de Auxilios, Salvamentos y Remolques de
Cádiz,
Hago saber: Que por este Juzgado de mi cargo
se instruye expediente con motivo de la asistencia
marítima prestada el día 21 de junio de 1998, por
el buque "Salvamar Gadir" de la matrícula de Gijón,
lista 5, folio 03-96, a la embarcación deportiva
"Beluga".
Lo que se hace público, a los efectos previstos
en el artículo 38 de la Ley de 24 de diciembre
de 1962 ("Boletín Oficial del Estado" número 310)
reguladora de la materia, a fin de que todos los
que se consideren interesados en dicho asunto se
personen en forma y comparezcan aportando los
comprobantes en que funden sus derechos ante este
Juzgado, sito en plaza de Sevilla, sin número, en
el plazo de treinta días a partir de la publicación
del presente edicto.
Dado en Cádiz a 31 de julio de 1998.-43.576-E.
MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Secretaría General
Anuncio notificación resolución expediente
sancionador
Por el presente anuncio, en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y dado que no ha podido
ser efectuada la notificación en su último domicilio
social conocido, se notifica a la sociedad "Informes
Comerciales y Procesamientos de Datos, Sociedad
Limitada", que el Presidente del Instituto de
Contabilidad y Auditoría de Cuentas, en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 221.1 del texto
refundido de la Ley de Sociedades Anónimas
(TRLSA), aprobado por Real Decreto Legislativo
1564/1989, de 22 de diciembre, y en virtud de lo
establecido en el artículo 20 del Reglamento para
el Ejercicio de la Potestad Sancionadora (RP),
aprobado mediante Real Decreto 1398/1993, de 4 de
agosto, ha dictado resolución en el procedimiento
sancionador incoado a la citada sociedad por el
incumplimiento de la obligación de depósito en la
debida forma y plazo, en el Registro Mercantil de
sus cuentas anuales y documentación
complementaria correspondientes a los ejercicios sociales de
1995 y 1996 respectivamente, de acuerdo con lo
establecido en la sección décima del capítulo VII
(artículos 218 a 222) del citado texto refundido
de la Ley de Sociedades Anónimas.
Dado que este acto no se publica en su integridad,
de conformidad con lo previsto en los artículos 60.2
y 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, se indica a la sociedad inculpada
que el texto íntegro de la resolución que se notifica,
se encuentra a su disposición, junto al resto de la
documentación del expediente en la sede de este
Instituto, calle Huertas, número 26, 28014 Madrid.
La parte dispositiva de dicha resolución establece:
Primero.-Declarar a la sociedad "Informes
Comerciales y Procesamiento de Datos, Sociedad
Limitada" responsable directa de la comisión de
dos infracciones de las tipificadas en el artículo 221,
apartado 1 del texto refundido de la Ley de
Sociedades Anónimas, de incumplimiento por el órgano
de administración de la obligación de depositar,
dentro del plazo establecido, las cuentas anuales y
documentación complementaria correspondientes a los
ejercicios de 1995 y 1996.
Segundo.-Imponer a dicha sociedad dos
sanciones de multa, una por cada infracción, por importe
de 555.000 pesetas cada una, de acuerdo con lo
previsto en el precitado artículo y apartado del texto
refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
El ingreso correspondiente a las multas en él
impuestas deberá realizarse en el Tesoro (Caja de
la Delegación Provincial del Ministerio de
Economía y Hacienda correspondiente a su domicilio
social), en el plazo a que se refieren los
apartados 2, letras a) y b) de conformidad con lo
establecido en el apartado 4, del artículo 20 del
Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real
Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre: ["a) las
notificadas entre los días1y15decada mes, desde
la fecha de notificación hasta el día 5 del mes
siguiente o el inmediato hábil posterior.
b) Las notificadas entre los días 16 y último
de cada mes, desde la fecha de notificación hasta
el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil
posterior"], debiendo remitir copia del
correspondiente justificante de dicho ingreso a este Instituto.
Como fecha de la notificación de dicha deuda, a
que hacen referencia los referidos apartados a) y
b) deberá tomarse aquella en que la resolución
notificada adquiera firmeza en vía administrativa, a tenor
de lo dispuesto en el artículo 138.3 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común ("La resolución será
ejecutiva cuando ponga fin a la vía administrativa").
A tales efectos ha de tenerse en cuenta que, caso
de interponer recurso ordinario, la resolución será
firme cuando aquél sea resuelto expresa o
presuntamente, y caso de no ser interpuesto dicho recurso,
la resolución será firme transcurrido el plazo de
un mes desde la recepción de esta notificación, en
virtud de lo establecido en el artículo 114.2 de la
citada Ley 30/1992.
Contra la resolución notificada podrá la sociedad
inculpada interponer recurso ordinario ante el
Ministro de Economía y Hacienda, en el plazo de
un mes a partir de la recepción de esta notificación,
de acuerdo con lo establecido en los artículos 114
a 116 de la Ley 30/1992.
Madrid, 11 de agosto de 1998.-El Secretario
general, Ángel Turrión Macias.-43.636-E.
Anuncio notificación resolución expediente
sancionador
Por el presente anuncio, en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y dado que no ha podido
ser efectuada la notificación en su último domicilio
social conocido, se notifica a la sociedad "IBD
Jurídica, Sociedad Limitada" que el Presidente del
Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, en
uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 221.1 del texto refundido de la Ley de Sociedades
Anónimas (TRLSA), aprobado por Real Decreto
Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, y en
virtud de lo establecido en el artículo 20 del
Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora
(RP), aprobado mediante Real Decreto 1398/1993,
de 4 de agosto, ha dictado resolución en el
procedimiento sancionador incoado a la citada sociedad
por el incumplimiento de la obligación de depósito
en la debida forma y plazo, en el Registro Mercantil
de sus cuentas anuales y documentación
complementaria correspondientes a los ejercicios sociales
de 1995 y 1996, respectivamente, de acuerdo con
lo establecido en la sección décima del capítulo VII
(artículos 218 a 222) del citado texto refundido
de la Ley de Sociedades Anónimas.
Dado que este acto no se publica en su integridad,
de conformidad con lo previsto en los artículos 60.2
y 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, se indica a la sociedad inculpada
que el texto íntegro de la resolución que se notifica
se encuentra a su disposición, junto al resto de la
documentación del expediente, en la sede de este
Instituto, calle Huertas, número 26, 28014 Madrid.
La parte dispositiva de dicha resolución establece:
Primero.-Declarar a la sociedad "IBD Jurídica,
Sociedad Limitada" responsable directa de la
comisión de dos infracciones de las previstas en el
artículo 221 del texto refundido de la Ley de Sociedades
Anónimas, al haber quedado acreditado que se han
producido dos incumplimientos de la obligación
establecida en el artículo 218 del texto refundido
de la Ley de Sociedades Anónimas, respecto a sus
cuentas anuales y resto de documentación
complementaria correspondientes a los ejercicios de 1995
y 1996.
Segundo.-En relación con la primera infracción,
y en cumplimiento de lo previsto en el número 3
del artículo 221 del texto refundido de la Ley de
Sociedades Anónimas, imponer a la sociedad "IBD
Jurídica, Sociedad Limitada" una sanción
consistente en multa por importe de 100.000 pesetas.
Tercero.-Respecto a la segunda infracción, y en
cumplimiento de lo previsto en el número 1 del
artículo 221 del texto refundido de la Ley de
Sociedades Anónimas, imponer a la sociedad "IBD
Jurídica, Sociedad Limitada" una sanción consistente
en multa por importe de 200.000 pesetas.
El ingreso correspondiente a las multas en él
impuestas deberá realizarse en el Tesoro (Caja de
la Delegación Provincial del Ministerio de
Economía y Hacienda correspondiente a su domicilio
social), en el plazo a que se refieren los apartados
2, letras a) y b) de conformidad con lo establecido
en el apartado 4. Del artículo 20 del Reglamento
General de Recaudación, aprobado por Real
Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre: ["a) las
notificadas entre los días1y15decada mes, desde
la fecha de notificación hasta el día 5 del mes
siguiente o el inmediato hábil posterior. b) Las
notificadas entre los días 16 y último de cada mes,
desde la fecha de notificación hasta el día 20 del
mes siguiente o el inmediato hábil posterior"],
debiendo remitir copia del correspondiente
justificante de dicho ingreso a este Instituto. Como fecha
de la notificación de dicha deuda, a que hacen
referencia los referidos apartados a) y b) deberá tomarse
aquélla en que la resolución notificada adquiera
firmeza en vía administrativa, a tenor de lo dispuesto
en el artículo 138.3 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común ("La resolución será ejecutiva cuando
ponga fin a la vía administrativa"). A tales efectos
ha de tenerse en cuenta que, caso de interponer
recurso ordinario, la resolución será firme cuando
aquél sea resuelto expresa o presuntamente, y caso
de no ser interpuesto dicho recurso, la resolución
será firme transcurrido el plazo de un mes desde
la recepción de esta notificación, en virtud de lo
establecido en el artículo 114.2 de la citada Ley
30/1992.
Contra la resolución notificada podrá la sociedad
inculpada interponer recurso ordinario ante el
Ministro de Economía y Hacienda, en el plazo de
un mes a partir de la recepción de esta notificación,
de acuerdo con lo establecido en los artículos 114
a 116 de la Ley 30/1992.
Madrid, 14 de agosto de 1998.-El Secretario
general, Ángel Turrión Macias.-43.635-E.
Delegaciones
CÓRDOBA
En esta Delegación de Economía y Hacienda se
tramita expediente de investigación de bienes de
presunta propiedad patrimonial del Estado, iniciado
por acuerdo de la Dirección General de Patrimonio
del Estado de fecha 24 de abril de 1998. De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del
Reglamento de Patrimonio del Estado, se publica
el presente anuncio para determinar la propiedad
del inmueble siguiente: Solar de 466 metros
cuadrados, sito en Belmez, calle Echegaray 21. Linda:
Por la derecha, con calle Calatrava; por la izquierda,
con solar de don Cecilio Almansa Álvarez, y por
el fondo, con terrenos rústicos.
Por el presente se emplaza a toda persona afectada
por expediente de investigación, para que en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente en que
termine el de quince días hábiles de exposición en
el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Belmez,
alegue ante esta Delegación de Economía y
Hacienda, Sección de Patrimonio, lo que corresponda en
defensa de su derecho, acompañando todos los
documentos en que funde sus alegaciones.
Córdoba, 8 de junio de 1998.-El Delegado, José
Muro de Zaro Gil-Vargas.-43.610.
SANTA CRUZ DE TENERIFE
Don Francisco Botana Ballester, Delegado de
Economía y Hacienda de Santa Cruz de Tenerife,
hace saber:
Que, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de
Deudores que se notifican:
Deudor tributario Importe NIF liquidación Objeto Clave
Sancho Fernández, Esperanza........... 43.801.271-W 453.864 Beca Curso 94/95 Resp. Subsid. 41982963.......00038 1998 0 000164 2
López González, Juan José.............. 52.823.076-B 498.700 Percepción indebida Nov/95 a Marzo/97.........00038 1998 0 000276 6
Rodríguez Acosta, María Luisa.......... 43.785.798-P 478.000 Percepción indeb. subsidios ing. mínimos.........00038 1998 0 000582 6
Fandiño Delgado, Luis Domingo........ 43.622.092-Q 19.279 Cantidad percibida Consulado de Caracas........00038 1996 0 001273 4
Arteaga Navarro, Arturo................. 41.914.491-G 1.907.633 Subs. garantía ingr. mínimos, ayuda 3 pers........00038 1998 0 000515 2
Molina Rodríguez, Manuel.............. 45.443.579-H 50.002 Tenencia ilícita estupefacientes....................00038 1997 0 000524 2
García de la Guardia, Candelaria........ 43.621.302-P 1.016.125 Percep. Indeb. Mar/92-Mar/97....................00038 1998 0 000283 4
Santa Cruz de Tenerife, 11 de agosto de 1998.-El Delegado de Economía y Hacienda, Francisco Botana Ballester.-43.555-E.
Tribunal de Defensa
de la Competencia
En el expediente sancionador 319/1992
-consecuencia del instruido por el Servicio de Defensa
de la Competencia con el número 676/1990 al que
se acumularon los expedientes 697/1990 y
829/1992- así como en el de autorización singular
37/1992 (871/1992 del Servicio), acumulado al
319/1992, el Pleno del Tribunal de Defensa de la
Competencia dictó Resolución con fecha 10 de
junio de 1993, en cuya parte dispositiva acordó:
"1. Declarar la existencia de una conducta
prohibida por los apartados 2b) y 2c) del artículo 6
de la Ley 16/1989 consistente en utilizar el poder
en el mercado de la contratación de derechos de
emisión de fútbol por televisión alterando la
competencia en el mercado de la televisión ante la
entrada de tres nuevos operadores, al provocar el bloqueo
del acceso a las imágenes para dos de ellos. Se
declara responsable a la Liga Nacional de Fútbol
Profesional.
2. Declarar la existencia de una conducta
prohibida por el artículo 1.1 de la Ley 16/1989 y por
el artículo 85.1 del Tratado CE, consistente en el
acuerdo suscrito entre la Liga Nacional de Fútbol
Profesional y las Televisiones Autonómicas para la
cesión en exclusiva mundial, por ocho temporadas,
con derecho de tanteo, retracto y contratación
preferente de los derechos de emisión de 42 partidos
de fútbol y de confección y retransmisión de
resúmenes. Se declaran responsables a la Liga Nacional
de Fútbol Profesional, ªTelevisió de Catalunya,
Sociedad Anónimaº, ªTelevisión Autónoma de
Madrid, Sociedad Anónimaº, ªTelevisión
Autónomica de Valencia, Sociedad Anónimaº, ªTelevisión
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, se hace pública notificación de las
liquidaciones en período voluntario que se indican,
a las personas o entidades que a continuación se
relacionan, ya que, habiéndose intentado la
notificación en el último domicilio conocido, ésta no
se ha podido practicar.
Plazos para efectuar el ingreso (artículo 20 del
Reglamento General de Recaudación, aprobado por
Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre):
a) Recibida la notificación entre los días 1 y
15 de cada mes, ambos inclusive, hasta el día 5
del mes siguiente o inmediato hábil posterior.
b) Recibida la notificación entre los días 16 y
último de cada mes, ambos inclusive, hasta el día
20 del mes siguiente o inmediato posterior.
Lugares de pago:
1. En las entidades que prestan servicio de caja
en la Delegación o Administraciones de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, que
corresponda.
de Galicia, Sociedad Anónimaº, ªEuskal
Telebista-Televisión Vasca, Sociedad Anónimaº y ªCanal
Sur de Televisión, Sociedad Anónimaº. El citado
acuerdo no es susceptible de autorización en las
condiciones en que ha sido solicitada.
3. Declarar la existencia de una conducta
prohibida por el artículo 1.1 de la Ley 16/1989
consistente en el acuerdo suscrito entre la Liga Nacional
de Fútbol Profesional y ªCanal Plus, Sociedad
Anónimaº para la cesión en exclusiva por ocho
temporadas de la retransmisión de 38 partidos de fútbol
para cada temporada. Se declaran responsables a
la Liga Nacional de Fútbol Profesional y a ªCanal
Plus, Sociedad Anónimaº. El citado acuerdo no es
susceptible de autorización en las condiciones en
que ha sido solicitada.
4. Declarar la existencia de una conducta
prohibida por el artículo 1.1 de la Ley 16/1989
consistente en el acuerdo suscrito entre las Televisiones
Autónomicas y ªCanal Plus, Sociedad Anónimaº
para la aceptación por parte de las Televisiones
Autonómicas de que la Liga Nacional de Fútbol
Profesional ceda la emisión de partidos en directo
a ªCanal Plus, Sociedad Anónimaº y para la cesión
de derechos de imagen sobre los resúmenes a ªCanal
Plus, Sociedad Anónimaº durante ocho temporadas.
Se declaran responsables a ªTelevisió de Catalunya,
Sociedad Anónimaº, ªTelevisión Autónoma de
Madrid, Sociedad Anónimaº, ªTelevisión
Autonómica de Valencia, Sociedad Anónimaº, ªTelevisión
de Galicia, Sociedad Anónimaº, ªEuskal
Telebista-Televisión Vasca, Sociedad Anónimaº, ªCanal
Sur de Televisión, Sociedad Anónimaº y ªCanal
Plus, Sociedad Anónimaº.
5. Declarar la existencia de una conducta
prohibida por el artículo 1.1 de la Ley 16/1989
consistente en el acuerdo suscrito entre las Televisiones
Autónomicas y ªTelevisión Española, Sociedad
Anónimaº para la cesión en exclusiva por una
tem2. través A de entidades colaboradoras (bancos,
cajas de ahorro y cooperativas de crédito) en las
que no es preciso tener cuenta abierta, mediante
los impresos Carta de Pago y Talón de Cargo que
se adjuntan.
Solicitud de aplazamiento: Conforme establece el
artículo 48 del Reglamento General de Recaudación,
se podrá aplazar o fraccionar el pago de las deudas
en período voluntario. La presentación de las
solicitudes se efectuará en la Delegación Provincial de
Economía y Hacienda en que deba efectuarse el
pago.
Procedimiento de apremio: El vencimiento del
plazo de ingreso en período voluntario, sin haber
sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del
procedimiento de apremio, el devengo del recargo
de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley General
Tributaria y en los artículos 91 y siguientes del
Reglamento General de Recaudación (Real Decreto
1684/1990, de 20 de diciembre).
porada a TVE de la retransmisión en directo de
42 partidos de fútbol en el territorio no cubierto
por las Televisiones Autonómicas y para la cesión
de los resúmenes de fútbol. Se declaran responsables
a ªTelevisió de Catalunya, Sociedad Anónimaº,
ªTelevisión Autónoma de Madrid, Sociedad Anónimaº,
ªTelevisión Autonómica de Valencia, Sociedad
Anónimaº, ªTelevisión de Galicia, Sociedad Anónimaº,
ªEuskal Telebista-Televisión Vasca, Sociedad
Anónimaº, ªCanal Sur de Televisión, Sociedad
Anónimaº y ªTelevisión Española, Sociedad Anónimaº.
6. Ordenar la cesación de las prácticas
prohibidas al finalizar la temporada 1993/1994.
7. Imponer la obligación a las Televisiones
Autonómicas de que permitan el acceso a las imágenes
de los resúmenes de las jornadas futbolísticas,
mediante remuneración, a todos los operadores que
lo deseen.
8. Imponer la multa de 147.500.000 pesetas a
la Liga Nacional de Fútbol Profesional.
9. Decidir sobre las fianzas prestadas por
ªGestevisión Telecinco, Sociedad Anónimaº después de
oír, durante un plazo de quince días a contar del 1
de julio, próximo a las partes interesadas.
10. Una vez notificada esta Resolución, la Liga
Nacional de Fútbol Profesional deberá publicar, a
su costa, en el ªBoletín Oficial del Estadoº, la parte
dispositiva de la misma, y en la forma que se
determine, en un diario de ámbito nacional. Por su parte,
cada una de las Televisiones Autónomicas deberá
publicarla a su costa, en la forma que se determine,
en el diario de mayor tirada de su Comunidad
Autónoma."
Lo que se inserta en el "Boletín Oficial del Estado"
en cumplimiento de lo dispuesto en dicha
Resolución y en el artículo 46.5 de la Ley 16/1989,
de 17 de julio, de Defensa de la Competencia.
Madrid, 10 de junio de 1993.
Liga Nacional de Fútbol Profesional.-43.603.
MINISTERIO DE FOMENTO
Portuarias
CEUTA
Otorgamiento de concesiones
El Consejo de Administración de la Autoridad
Portuaria de Ceuta, en la sesión celebrada el día 28
de mayo de 1998, en uso de las facultades que
le confiere el artículo 40.3.ñ), de la Ley 27/1992,
de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de
la Marina Mercante, a propuesta de la Dirección
del Puerto, adoptó el acuerdo de autorizar a la
compañía "Atlas, Sociedad Anónima, Combustibles y
Lubrificantes", la ocupación demanial en régimen
de concesión administrativa de 1.151 metros
cuadrados de terreno subterráneo.
Siendo aceptadas íntegramente por el solicitante
las condiciones propuestas, se procedió a elevar a
definitiva otorgando a la citada sociedad la
concesión administrativa de referencia, de acuerdo con
las siguientes características:
Destino: Instalación de una línea de GLP (Gases
Licuados del Petróleo).
Plazo: Treinta años.
Lo que se publica para general conocimiento.
Ceuta, 12 de agosto de 1998.-El Presidente, José
Francisco Torrado López.-43.615.
MINISTERIO
DE ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS
Delegaciones del Gobierno
CATALUÑA
Anuncio de información pública sobre modificación
en capacidad de almacenamiento de depósito
comercial de explosivos
Por don Juan Sistach Ferrer, en representación
de la empresa "Sistach, Sociedad Anónima", con
domicilio social en Berga (Barcelona), plaza
Viladomat, número 1, se ha solicitado autorización para
la ampliación de la capacidad de almacenamiento,
de 50.000 kilogramos a 100.000 kilogramos de
explosivo, en el depósito comercial de explosivos
que tiene autorizado, número DCE-562, en el paraje
"El Quer", del término municipal de Cercs
(Barcelona), mediante la construcción de un segundo
polvorín de 50.000 kilogramos de capacidad.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 158 del vigente Reglamento
de Explosivos (Decreto 230/1998), para que las
personas o entidades que se consideren perjudicadas
presenten, por triplicado, las alegaciones que
estimen convenientes, en esta Dirección del Área de
Industria y Energía de la Delegación del Gobierno
en Cataluña (avenida Diagonal, número 435, 1. º ,1. ª ,
08036 Barcelona), durante el plazo de treinta días
a partir de la fecha de presentación de este anuncio
en el "Boletín Oficial del Estado".
Barcelona, 27 de julio de 1998.-El Director del
Área de Industria y Energía, Enrique de Mora
Fiol.-43.944.
MURCIA
Resolución por la que se convoca el levantamiento
de actas previas a la ocupación de las fincas
afectadas por el proyecto "Gasoducto ramal a Murcia"
y por la "Addenda 1 al proyecto gasoducto ramal
a Murcia", en la provincia de Murcia
Con esta fecha, esta Delegación del Gobierno,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52
de la Ley de Expropiación Forzosa, ha convocado
los levantamientos de actas previas a la ocupación
de las fincas afectadas por el proyecto "Gasoducto
ramal a Murcia" y por la "Addenda 1 al proyecto
gasoducto ramal a Murcia", en la provincia de
Murcia, que habrán de tener lugar en los Ayuntamientos
donde radican las fincas, el próximo día 9 de
septiembre, en Murcia.
De esta convocatoria se dará traslado a cada
interesado mediante la oportuna cédula de citación
individual, y mediante publicación en el "Boletín Oficial
de la Región de Murcia" y en los diarios "La Verdad"
y "La Opinión". En el expediente expropiatorio,
"Enagás, Sociedad Anónima", asumirá la condición
de beneficiaria.
Murcia, 7 de agosto de 1998.-El Delegado del
Gobierno accidental, Joaquín Albadalejo
Ayuso.-43.887.
COMUNIDAD AUTÓNOMA VALENCIANA
Resolución por la que se convoca el levantamiento
de actas previas a la ocupación de las fincas
afectadas por el proyecto "Gasoducto Bañeres-Caudete",
en la provincia de Alicante
Con esta fecha esta Delegación del Gobierno,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52
de la Ley de Expropiación Forzosa, ha convocado
los levantamientos de actas previas a la ocupación
de las fincas afectadas por el proyecto "Gasoducto
Bañeres-Caudete", en la provincia de Alicante, que
habrán de tener lugar en los Ayuntamientos donde
radican las fincas, los próximos días 9 de septiembre
de 1998, Campo de Mirra; el 11 de septiembre
de 1998, en Villena y el 14 de septiembre de 1998,
en Benejama.
De esta convocatoria se dará traslado a cada
interesado mediante la oportuna cédula de citación
individual, y mediante publicación en el "Boletín Oficial
de la Provincia de Alicante" y en los diarios "La
Verdad" y "El Mundo". En el expediente
expropiatorio "Enagás, Sociedad Anónima" asumirá la
condición de beneficiaria.
Valencia, 17 de agosto de 1998.-El Delegado
del Gobierno accidental, Pedro Hernández
Navarro.-43.751.
Resolución por la que se convoca el levantamiento
de actas previas a la ocupación de las fincas
afectadas por el proyecto "Gasoducto ramal a Murcia",
en la provincia de Alicante
Con esta fecha esta Delegación del Gobierno,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52
de la Ley de Expropiación Forzosa, ha convocado
los levantamientos de actas previas a la ocupación
de las fincas afectadas por el proyecto "Gasoducto
ramal a Murcia", en la provincia de Alicante, que
habrán de tener lugar en los Ayuntamientos donde
radican las fincas, el próximo día 9 de septiembre
de 1998, en Redován.
De esta convocatoria se dará traslado a cada
interesado mediante la oportuna cédula de citación
individual, y mediante publicación en el "Boletín Oficial
de la Provincia de Alicante" y en los diarios "La
Verdad" y "El Mundo". En el expediente
expropiatorio "Enagás, Sociedad Anónima" asumirá la
condición de beneficiaria.
Valencia, 17 de agosto de 1998.-El Delegado
del Gobierno accidental, Pedro Hernández
Navarro.-43.749.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CATALUÑA
Departamento de Industria,
Comercio y Turismo
Delegaciones Territoriales
LLEIDA
Información pública sobre una instalación eléctrica
(expediente 97/1001568, referencia A-7735-RL)
De acuerdo con lo que señala la disposición
transitoria 1 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre,
del Sector Eléctrico, y a los efectos que prevén el
artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de diciembre,
por el cual se determinan los procedimientos
administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas,
y el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre
autorizaciones de instalaciones eléctricas, se somete
a información pública la petición de autorización
administrativa y aprobación del proyecto de
ejecución de la instalación eléctrica que se detalla a
continuación:
Peticionario: "Fuerzas Eléctricas de Cataluña,
Sociedad Anónima", con domicilio en la calle
Alcalde Costa, 39, de Lleida.
Expediente: 97/1001568, referencia A-7735-RL.
Mejora de un tramo de la línea de 25 kV de
unión CH Serós-CH Lleida que afecta a los términos
municipales de Albatàrrec y Lleida. Tiene el origen
en el apoyo 118 de la actual línea Serós-Lleida y
final en el apoyo 135, una longitud de 2.366 metros
y conductores de Al-Ac tipo D-145 con disposición
a tresbolillo, cadenas de amarre y apoyos metálicos.
Finalidad: Mejorar y ampliar la capacidad de
servicio de la línea.
Presupuesto: 10.241.000 pesetas.
Se publica para que todas aquellas personas o
entidades que se consideren afectadas puedan
examinar el proyecto de la instalación en las oficinas
de la Delegación Territorial de Industria, Comercio
y Turismo de Lleida, avenida del Segre, 7, y formular
las alegaciones que crean oportunas, dentro del
plazo de treinta días a contar a partir del siguiente
a la publicación de este anuncio.
Lleida, 30 de junio de 1998.-El Delegado
territorial, Manuel Martín i Julià.-43.606.
Información pública sobre la solicitud de
autorización administrativa, declaración de utilidad pública
y aprobación del proyecto de ejecución de una
instalación eléctrica (expediente 98/1001243,
referencia A-7897-RLT)
A los efectos previstos por el artículo 6 del
Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se
determinan los procedimientos administrativos
aplicables a las instalaciones eléctricas; el artículo 9
del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre
las normas para la autorización de instalaciones
eléctricas, y el artículo 10 del Decreto 2619/1966, de
20 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento
sobre expropiación forzosa y sanciones en materia
de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con la
regulación establecida en el título 9 de la Ley 40/1994,
de 30 de diciembre, de ordenación del sistema
eléctrico nacional, y la disposición transitoria primera
de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector
eléctrico, se somete a información pública la
solicitud de autorización administrativa, declaración de
utilidad pública y aprobación del proyecto de
ejecución de la instalación siguiente:
Peticionario: Empresa "Fuerzas Eléctricas de
Cataluña, Sociedad Anónima" (FECSA), con
domicilio en Lleida, en la calle Alcalde Costa, 39.
Expediente: 98/1001243, referencia A-7897-RLT.
Finalidad: Dotar de suministro eléctrico a un
grupo de viviendas rurales.
Objeto: Autorización administrativa, aprobación
del proyecto de ejecución y declaración de utilidad
pública de una instalación que lleva implícita la
necesidad de ocupación urgente de los derechos
y bienes afectados a los efectos previstos por el
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Descripción de la instalación: Derivación a 25 kV
a un nuevo poste transformador PT 23006, Samper,
en el término municipal de Castelldans, de 155
metros de longitud, con origen en el apoyo sin
número de la derivación a PT 250 Bonet y final nuevo
PT 23006, Samper, formada por un circuito
trifásico, conductores Al-Ac, tipo LA-30, y apoyos
metálicos y de hormigón. Estación transformadora
tipo PT, con trafo de 160 KVA de potencia y
relación de transformación 25/0,38-0,22 KV, protección
de sobre intensidad, sobretensión y puesta a tierra.
Término municipal: Castelldans.
Presupuesto: 3.400.000 pesetas.
Afecciones derivadas de la declaración de utilidad
pública:
a) Servidumbre de paso aéreo de energía
eléctrica, con las limitaciones descritas en el
artículo 56 de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre, que
comprende el vuelo sobre la finca afectada y la
imposición de ocupación definitiva para el
establecimiento de apoyos fijos, para la sustentación de
los cables conductores de energía eléctrica.
b) Servidumbre de ocupación temporal para el
desarrollo de las actividades necesarias para la
instalación de la línea eléctrica y depósito de materiales,
con la indemnización de los daños y perjuicios que
se produzcan en cada caso.
c) Derecho de paso y servidumbre de ocupación
temporal para la vigilancia, conservación y
reparación de la línea en una franja de 3 metros, contados
1,5 y 1,5 a cada lado de su eje longitudinal, con
indemnización de los daños y perjuicios que se
produzcan en cada caso.
d) Mantenimiento de las distancias de seguridad
establecidas en el Reglamento de líneas eléctricas
aéreas de alta tensión en relación con edificaciones
y construcciones futurasyalamasa de arbolado.
Estableciendo, mediante indemnización
correspondiente, de una zona de tala de arbolado a ambos
lados de la línea, con el ancho mínimo que se derive
de los reglamentos vigentes y servidumbre de
ocupación temporal, mediante la indemnización
correspondiente, para poder llevar a término las
operaciones de tala y poda de arbolado necesarias, en
la mencionada zona de protección.
Se publica para todas aquellas personas o
entidades que se consideren afectadas y, en concreto,
los propietarios y titulares afectados que no hayan
llegado a un acuerdo con la empresa eléctrica
beneficiaria, la relación de los cuales se insertan en el
anexo de este anuncio, puedan examinar el proyecto
de la instalación en las oficinas de esta Delegación
Territorial de Industria, Comercio y Turismo de
Lleida, avenida Segre, número 7, y formular las
alegaciones que crean oportunas, dentro de un plazo
de treinta días, contados a partir del día siguiente
de la publicación de este anuncio.
Lleida, 30 de junio de 1998.-El Delegado
territorial, Manuel Martín i Julià.-43.607.
Anexo
Lista concreta e individualizada de los bienes y
derechos afectados
Abreviaturas utilizadas:
FN = finca número; TD = titular y domicilio;
ZU = zona urbana; PO = polígono número;
PN = parcela número; NF = nombre de la
finca/afección: OT = ocupación temporal; clase de terreno
(CT): B = bosque; CS = cultivo de secano; E = árido;
Lr = cultivo de regadío; Fr = frutales; L = labor.
FN = 2; TD = Josep M. Bonet Puig, Mas de
Sant Jaume, Castelldans (Garrigues); PO = 15;
PN= 33; A = 37,60 metros de paso aéreo; OT = 80
metros cuadrados.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE EXTREMADURA
Consejería de Presidencia y Trabajo
Dirección General de Trabajo
En cumplimiento del artículo 4. º del Real Decreto
873/1977, de 22 de abril ("Boletín Oficial del
Estado" del 28), y a los efectos previstos en el mismo,
se hace público que, en esta oficina, cuyas funciones
han sido traspasadas a la Junta de Extremadura
por Real Decreto 642/1995, de 21 de abril ("Boletín
Oficial del Estado" de 15 de mayo), y
específicamente a la Dirección General de Trabajo de la
Consejería de Presidencia y Trabajo por Decretos
76/1995, de 31 de julio y 22/1996, de 19 de febrero
("Diario Oficial de Extremadura" número 91, de
3 de agosto de 1995 y "Diario Oficial de
Extremadura" número 24, de 27 de febrero de 1996),
se ha procedido a las diez horas del día 6 de agosto
de 1998, al depósito de estatutos de la organización
profesional denominada Asociación Profesional de
Naturópatas, Acupuntores y Técnicos Manuales de
Extremadura, en siglas APNATEMAEX, y con
número de expediente CA/71, cuyos ámbitos
territorial y funcional son: Comunidad Autónoma de
Extremadura y de profesionales, siendo los firmantes
del acta de constitución: Don Antonio Martín
Aguilar, con documento nacional de identidad número
9.157.819; doña María del Carmen García-Mora
Pajuelo, con documento nacional de identidad
número 33.986.097; don Andrés Amaya Quinto,
con documento nacional de identidad número
40.294.164, y cuatro señores más debidamente
indentificados.
Mérida, 6 de agosto de 1998.-El Director general
de Trabajo.-P. D. (Orden de 13 de julio de 1998,
"Diario Oficial de Extremadura" número 82), la
Directora Territorial de la Junta de Extremadura
en Badajoz, Violeta E. Alejandre Úbeda.-43.633-E.
Dirección General de Trabajo
En cumplimiento del artículo 4. º del Real Decreto
873/1977, de 22 de abril ("Boletín Oficial del
Estado" del 28), y a los efectos previstos en el mismo,
se hace público que, en esta oficina, cuyas funciones
han sido traspasadas a la Junta de Extremadura
por Real Decreto 642/1995, de 21 de abril ("Boletín
Oficial del Estado" de 15 de mayo), y
específicamente a la Dirección General de Trabajo de la
Consejería de Presidencia y Trabajo por Decretos
76/1995, de 31 de julio y 22/1996, de 19 de febrero
("Diario Oficial de Extremadura" número 91, de
3 de agosto de 1995 y "Diario Oficial de
Extremadura" número 24, de 27 de febrero de 1996),
se ha procedido a las diez horas del día 6 de agosto
de 1998, al depósito de estatutos de la organización
profesional denominada Asociación Regional de
Empresas Madereras de Extremadura, en siglas
AREMEX, y con número de expediente CA/70,
cuyos ámbitos territorial y funcional son:
Comunidad Autónoma de Extremadura y de empresas,
siendo los firmantes del acta de constitución: Don
Alejandro Serrano Fernández, con documento
nacional de identidad número 7.026.301; don Juan
Antonio Cantero Hernández, con documento
nacional de identidad número 8.768.440; don Tomás
Rodríguez Sánchez, con documento nacional de
identidad número 6.745.420, y seis señores más
debidamente identificados.
Mérida, 6 de agosto de 1998.-El Director general
de Trabajo.-P. D. (Orden de 13 de julio de 1998,
"Diario Oficial de Extremadura" número 82), la
Directora Territorial de la Junta de Extremadura
en Badajoz, Violeta E. Alejandre Úbeda.-43.634-E.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE MADRID
Consejería de Economía y Empleo
Dirección General de Industria, Energía
y Minas
Resolución por la que se somete a información
pública la addenda al proyecto de instalaciones
de la red de suministro a Villanueva del Pardillo,
de Madrid
De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto
2913/1973, de 26 de octubre, por el que se aprueba
el Reglamento General del Servicio Público de
Gases Combustibles; la Ley 10/1987, de 15 de junio,
de disposiciones básicas para un desarrollo
coordinado de actuaciones en materia de combustibles
gaseosos, y los artículos 17 de la Ley de
Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento, y el
artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, se
somete a información pública el siguiente proyecto
de instalaciones.
Peticionario: "Gas Natural SDG, Sociedad
Anónima", con domicilio en 28005 Madrid, paseo de
los Olmos, número 19.
Objeto de la petición: Autorización de la addenda
al proyecto de instalaciones de la red de suministro
a Villanueva del Pardillo que afecta a los términos
municipales de Majadahonda y Villanueva del
Pardillo, de Madrid.
Características de las instalaciones:
Longitud: Disminuye en 304 metros lineales.
Tubería: De acero al carbono tipo API 5L GR.B.
con diámetros de 16, 6 y 4º, PE-160 m/m, de
diámetro nominal. Una estación de regulación y medida
en armario APA/MPB.
Presión máxima de servicio: APA (16 bar).
Presupuesto total: Supone una disminución de
2.546.317 pesetas, sobre el presupuesto anterior.
El proyecto incluye planos parcelarios y la relación
concreta e individualizada de bienes y derechos
afectados.
Afecciones a fincas particulares:
Uno. Expropiación forzosa de los terrenos sobre
los que se han de constituir los elementos de
instalación fija en superficie.
Dos. Para las canalizaciones:
A) Imposición de servidumbre permanente de
paso de una franja de terreno de 2 metros de ancha
a lo largo de la conducción, por donde discurrirá
enterrada la tubería o tuberías que se requieran para
la conducción del gas y que estará sujeta a las
siguientes limitaciones:
1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o
similares, a una profundidad superior a 50
centímetros, así como de plantar árboles o arbustos a
una distancia inferior a 2 metros, a contar del eje
de la tubería.
2. Prohibición de realizar cualquier tipo de obras
o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar
el buen funcionamiento de las instalaciones, a una
distancia inferior a 2 metros del eje del trazado,
a uno y otro lado del mismo.
Esta distancia podrá reducirse siempre que se
solicite expresamente y se cumplan las condiciones que
en cada caso fije el órgano competente de la
Administración.
3. Libre acceso del personal y equipos
necesarios para el mantenimiento y vigilancia de las
instalaciones con pago, en su caso, de los daños que
ocasionen.
B) Ocupación temporal con necesidad derivada
de la ejecución de las obras de la zona que se refleja
para cada finca en los planos parcelarios de
expropiación y en la que se hará desaparecer todo
obstáculo.
Tres.-Para el paso de los cables de conexión y
elementos dispersores de protección catódica:
A) Imposición de servidumbre permanente de
paso en una franja de terreno de un metro de ancha
por donde discurrirán enterrados los cables de
Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados
Proyecto: Addenda a la red de suministro a Villanueva del Pardillo
Finca número y domicilio Titular Naturaleza
Término municipal: Majadahonda
M-MJ-1 V. Paulino Gala Bustillo y hermano. Ctra. del Plantío, 3.
28220 Majadahonda, Madrid........................... 7 70 2 11 Labor secano.
M-MJ-2 V. Labrandero Julio Descalzo. Calle Mieses, 5. 28220
Almendralejo, Madrid.......................................... 56 616 2 13 Labor secano.
M-MJ-3 V. Herederos de Epifanio Magdaleno Montero. Calle
Madrid, 9. 28220 Majadahonda, Madrid............... 45 495 2 14 Labor secano.
M-MJ-4 V. y V. Ángel Labrandero Millán. Avda. España, 22. 28220
Majadahonda, Madrid................................... 83 y 16 925 2 15 Labor secano.
M-MJ-5 V. Concepción Gala Sanz. Calle Cristo, 4. 28220
Majadahonda, Madrid........................................... 226 2.486 secano. Labor 2 17
M-MJ-6 V. Herederos de Evarista Labrandero Bustillo. Calle
Mirasierra, 9. 28220 Majadahonda, Madrid................. 267 2.937 secano. Labor 2 18
M-MJ-7 V. Desconocido............................................... 125 1.375 secano. Labor 2 19
M-MJ-8 V. Labrandero Julio Descalzo. Calle Mieses, 5. 28220
Majadahonda, Madrid........................................ 110 1.210 secano. Labor 2 20
M-MJ-9 V. Fincas Boadilla, S. A. (Att: Manuel Suárez). Calle Islas
Filipinas, 52. 28035, Madrid............................ 66 726 2 21 Labor secano.
M-MJ-10 V. Sport and Tourism Development, S. A. (Att: José Luis
Arias). Ctra. de Villanueva del Pardillo, km. 5,500.
28200, Majadahonda, Madrid.......................... 355 3.065 25 y 26 24, 2 Acceso, pradera.
M-MJ-11 V. Confederación Hidrográfica del Tajo. Calle Agustín de
Bethencourt, 25. 28071, Madrid........................ 30 330 - - Río.
Término municipal: Villanueva del Pardillo
M-VP-1 V. C.A.M. Dirección General de Agricultura y Alimentación.
Servicio de Estructuras, Producción y Desarrollo
Agrario. Ronda de Atocha, 17. 28012, Madrid.............. 55 605 Víapecuaria. - -
M-VP-2 V. Beatriz Hernández Gregorio. Calle Benito Gutiérrez, 4.
28008, Madrid........................................... 7 - 38 - Acceso.
M-VP-2 bis V. Oliver Coll, S. L. Ctra. de Majadahonda-Villanueva del
Pardillo, km. 6,200. 28229 Villanueva del Pardillo,
Madrid................................................... 7 - 38 - Acceso.
M-VP-3 V. C.A.M. Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y
Transportes. Dirección General de Carreteras. Calle
Orense, 60. 28020 Madrid.................................... 60 660 - - Carretera.
M-VP-4 V. Fernando Bravo San Juan. Avda. Pocito de las Nieves, 19.
28230 Las Rozas de Madrid, Madrid................... 160 1.760 Pradera. 7 14
M-VP-5 V. Confederación Hidrográfica del Tajo. Calle Agustín de
Bethencourt, 25. 28071, Madrid........................ 5 - 50 - .
M-VP-6 V. Fernando Bravo San Juan. Avda. Pocito de las Nieves, 19.
28230 Las Rozas de Madrid, Madrid................... 17 191 7 16 Pradera.
M-VP-7 V. Fernando Bravo San Juan. Avda. Pocito de las Nieves,
19. 28230 Las Rozas de Madrid, Madrid............... 16 175 7 17 Pradera.
M-VP-8 V. Comunidad de Propietarios "Colonia Santa María".
Colonia Santa María. 28229 Villanueva del Pardillo, Madrid 180 1.800 verde. Zona - -
M-VP-9 V. Comunidad de Propietarios "Colonia Santa María".
Colonia Santa María. 28229 Villanueva del Pardillo, Madrid 697 2.823 Viales. - -
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Ayuntamientos
AÍNSA-SOBRARBE
Habiendo resultado fallido el intento de
notificación personal a la entidad mercantil "Meta 2E
conexión y elementos dispersores, que estará sujeta
a la prohibición de efectuar trabajos de arada o
similares a una profundidad superior a 50
centímetros, así como plantar árboles y arbustos y para
realizar cualquier tipo de obra.
B) Ocupación temporal como necesidad
derivada de la ejecución de las obras de la zona que
se refleja para cada finca en los planos parcelarios
de expropiación y en la que se hará desaparecer
todo obstáculo.
Lo que se hace público para conocimiento general
y especialmente de los propietarios de terrenos
afecAfección Catastro
L.M.L. O.T.m 2
Mas 03, Sociedad Limitada", y desconociéndose su
posible paradero o dirección, y para dar
cumplimiento a los artículos 58.1 y 59.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, por el presente se le pone
de manifiesto y comunica que el Ayuntamiento de
Aínsa-Sobrarbe (Huesca), con fecha 30 de abril
tados por dicho proyecto, cuya relación se inserta
al final de este anuncio, para que pueda ser
examinado en la Dirección General de Industria,
Energía y Minas de la Consejería de Economía y Empleo
de la Comunidad de Madrid, sita en calle Cardenal
Marcelo Spínola, 14, edificio F 4, 28016 Madrid,
y presentar, por triplicado ejemplar, en dicho centro,
las alegaciones que consideren oportunas en el plazo
de veinte días a partir del siguiente al de la inserción
de este anuncio.
Madrid, 3 de julio de 1998.-El Director general,
Jaime Marín Ibáñez.-43.878.
Polígono Parcela
de 1998, dictó propuesta de resolución del contrato
de ejecución de la obra ªAcceso y aparcamiento
en el entorno del conjunto histórico-artístico de
Aínsa, primera fase", del tenor literal siguiente:
"Resutando que, con fecha 31 de diciembre
de 1995, se suscribió contrato con la representación
legal de la empresa ªMeta 2E Mas 03, Sociedad
Limitadaº, para la ejecución de la obra de "Acceso
y aparcamiento en el entorno del conjunto
histórico-artístico de Aínsaº;
Resultando que el plazo de ejecución de las obras,
incluido el anexo 2 del proyecto, ha transcurrido
sobradamente, lo que implica un claro
incumplimiento por parte de la adjudicataria;
Resultando que el informe técnico emitido
acredita la demora, que afecta al plazo total, sus causas
y su imputabilidad a la empresa adjudicataria;
Resultando que la constitución en mora del
contratista produce los efectos de los artículos 96 y 97
de la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas (Ley 13/1995, de 18 de mayo);
Considerando que el artículo 96.3 de la Ley de
Contratos citada establece que ªcuando el
contratista, por causas imputables al mismo, hubiere
incurrido en demora respecto al cumplimiento del
plazo total, la Administración podrá optar,
indistintamente, por la resolución del contrato o por
la imposición de las penalidades que se establecenº;
Considerando que la obra requiere la más urgente
terminación y que los daños y pejuicios de la demora
son muy considerables, por lo que debe ser aplicada
la resolución del contrato;
Considerando que, aunque el párrafo segundo del
artículo 96 precisa que ªla constitución en mora
del contratista no precisará intimación previa por
parte de la Administraciónº, por aplicación de la
cláusula 11 del pliego de condiciones, se hace en
este acto la declaración precisa y total de dicha
intimación, simultaneando el trámite de audiencia
con el de dicha intimación para que manifieste lo
que a su derecho convenga;
Considerando que, de formular oposición, se
pasará el expediente a dictamen de la Comisión Jurídica
Asesora de la Diputación General de Aragón, del
que se deducirá la existencia de responsabilidad,
que de ser afirmativa producirá los efectos del
párrafo cuarto de los artículos 44.c y 114 de la repetida
Ley, o sea, que le será incautada la garantía y deberá,
además, indemnizar al Ayuntamiento los daños y
perjuicios ocasionados en lo que excedan del
importe de la garantía incautada;
Considerando que, en todo caso, con
independencia del dictamen de la Comisión asesora de la
Diputación General de Aragón antes citada, al
haberse producido evidentes daños y perjuicios, se
procederá a incoar expediente de responsabilidad
para la determinación y cuantificación de los
referidos daños y perjuicios, de conformidad con los
referidos artículos 44.c y 114 de la Ley de Contratos
de las Administraciones Públicas.
Lo que tengo el honor de participarle, para su
conocimiento, y a los efectos de intimación de
demora y de audiencia, para que, de conformidad con
los artículos 84 y 112 de la Ley 30/1992, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de
diez días, contados a partir del siguiente a esta
notificación, pueda examinar el procedimiento en la
Secretaría de este Ayuntamiento y alegar y presentar
los documentos y justificantes que estime
pertinentes y que a su derecho convenga.
Siendo la presente un acto de trámite, no cabe
recurso alguno, sin perjuicio de que pueda
interponer cualquier recurso que estime procedente en
defensa de su derecho."
Aínsa, 22 de junio de 1998.-El Alcalde, Joaquín
Solanilla Rivera.-43.609.
ALDAIA
Se expone al público, por plazo de un mes a partir de la inserción del presente anuncio en el "Boletín
Oficial del Estado" y, en todo caso, hasta el 21 de septiembre, el proyecto de expropiación de terrenos,
por el procedimiento de tasación conjunta, de la "Conexión alternativa al sector AM-5 del PGOU de
Aldaia. Viario enlace eje comarcal", para que quienes puedan resultar interesados puedan examinarlo
en estas dependencias municipales (Área de Urbanismo, 4.
reclamaciones que estimen convenientes, especialmente en lo que se refiere a la titularidad o valoración
de sus respectivos derechos.
Lo que se hace público, conforme al artículo 202.2 del Reglamento de Gestión Urbanística.
Mediante este anuncio, y de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se
cita a los propietarios afectados que puedan resultar desconocidos o se ignore el lugar de la notificación
para que durante el plazo señalado puedan formular las alegaciones que estimen pertinentes.
La relación de propietarios afectados es la siguiente:
Número de orden.
Propietario y domicilio
ígono/parcela
1 Herederos de Rosario Besó Planells.
6/35 y 96 García Besó.
Calle Benlliure, 73, Alaquás.
Rosario García Besó.
Calle San Jerónimo, 24, Alaquás.
2 "Romefer, Sociedad Limitada".
22/11 Valencia, 24, bajo, Macastre.
3 María Ángeles Roldán Lucena y César López Moraled.
22/12-A Calle Mediodía, 3, Manises.
4 "Romefer, Sociedad Limitada".
22/12-A Calle Valencia, 24, bajo, Macastre.
5 "Hermanos Santonja, Sociedad Anónima".
22/13 Cervantes, 25, Alboraya.
Matías Sanfeliu Peris y Vicenta Alonso Sanfeliu.
Calle Diputación, 8, 1. ª , Alboraya.
6 "Romefer, Sociedad Limitada".
22/78 Valencia, 24, bajo, Macastre.
7 Carmen Hortelano García.
22/219-B Huerto Melchor, 6, Aldaia.
8 Manuel Hortelano García.
22/219-A Calle Goya, 2, 13. ª , Aldaia.
9 María del Sagrario Cisneros Moreno.
22/220-A Calle Goya, 11, 2. ª , Aldaia.
10 Emiliano Molina Saiz.
22/221-239 Calle Hernán Cortés, 27, 8.
11 Bonifacio López López y Emiliana Piqueras García.
22/236-237-222-238 Calle Goya, 2-16, Aldaia.
12 Joaquín Orero López y Angélica Fernández Tejera.
22/240 Carretera Aldaia, 3, 15. ª , Alaquás.
13 Rosa Palop Besó.
22/72 País Valenciá, 7, bajo, Alaquás.
14 Desamparados Alós Forment.
5/51 Calle Abogado Palop Guillem, 4, Alaquás.
Francisca Forment Prósper.
Calle Arturo Baynes, 5, Godelleta.
15 Leopoldo Belloch Ferrer y señora.
5/53a Micer Mascó, 14, Valencia.
16 Julio Vidal Tárrega y señora.
5/54 Calle Iglesia, 74, Aldaia.
17 Julio Vidal Tárrega y señora.
5/56-A Calle Iglesia, 74, Aldaia.
18-A y B Julio Vidal Tárrega y señora.
5/56-B Calle Iglesia, 74, Aldaia.
19 Ramón López Moya.
5/59 Urb. Cumbres Calicanto, calle Puerto Contreras, P-931,
Chiva.
20 Juan Fernando Moreno Román y señora.
5/237 Manises, 11, Aldaia.
21 José Emilio Ruiz Castilla y señora.
5/60 Calle Torrente, 30, 3. ª , Picanya.
22 Salvador Laserna Jiménez y señora.
5/61 Calle Navarro Cavanes, 13, 3.
José María Laserna Jiménez y señora.
Calle Navarro Cavanes, 13, 2.
Julián Laserna Jiménez y señora.
Calle Navarro Cavanes, 13, 4.
Rafael Laserna Jiménez y señora.
Calle Navarro Cavanes, 13, 5.
23 Rafael Checa García y señora.
5/62 Calle Lope de Rueda, 3, 6.
24 Natividad Hinojosa Marqués.
22/63 Coscollar, 64, Aldaia.
25 Yvonne Hinojosa Marqués.
22/167 Camino Coscollar, 64, Aldaia.
Aldaia, 30 de julio de 1998.-La Alcaldesa, Desamparados Navarro Prósper.-43.532.
ª planta), y formular las observaciones y
Metros cuadrados
afectados
1.504,4
859,4
554,03
102,66
367,01
1.098,7
296,78
436,50
2.029,41
2.326,51
ª , Aldaia.
862,95
703,72
799,26
1.628,1
1.471,96
894,82
3.215
A: 1.030,80
: 1.314,71
936,48
599,72
591,26
1.272,56
ª , Valencia.
ª , Valencia.
ª , Valencia.
ª , Valencia.
573,6
ª , Torrente.
193,75
174,8
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