MINISTERIO DE DEFENSA
Juzgados Marítimos Permanentes
BARCELONA
Edicto
Don Luis Jesús López Alcázar, Comandante
Auditor del Cuerpo Jurídico Militar del Ministerio de
Defensa, Juez Marítimo Permanente de Auxilios,
Salvamentos y Remolques de Barcelona,
Hago saber: Que por este Juzgado de mi cargo
se instruye expediente con motivo de la asistencia
marítima prestada el día 18 de agosto de 1996,
por el buque de pesca "Antonio" de bandera
española, a la embarcación deportiva "Glauco" de
bandera española.
Lo que se hace público a los efectos previstos
en el artículo 38 de la Ley de 24 de diciembre
de 1962 ("Boletín Oficial" número 310), reguladora
de la materia, a fin de que todos los que se
consideren interesados en dicho asunto se personen
en forma y comparezcan ante este Juzgado, sito
en Cartagena, edificio Capitanía General, en el plazo
de treinta días a partir de la publicación del presente
edicto, aportando los comprobantes en que funden
sus derechos.
Dado en Cartagenaa9deseptiembre de
1998.-47.094-E.
VALENCIA
Edicto
Don Luis Jesús López Alcázar, Comandante
Auditor del Cuerpo Jurídico Militar del Ministerio de
Defensa, Juez Marítimo Permanente de Auxilios,
Salvamentos y Remolques de Valencia,
Hago saber: Que por este Juzgado de mi cargo
se instruye expediente con motivo de la asistencia
marítima prestada el día 4 de junio de 1998, por
el buque de salvamento "Salvamar Levante" de
bandera española, a la embarcación deportiva "Meri
Popins" de bandera española.
Lo que se hace público a los efectos previstos
en el artículo 38 de la Ley de 24 de diciembre
de 1962 ("Boletín Oficial" número 310), reguladora
de la materia, a fin de que todos los que se
consideren interesados en dicho asunto se personen
en forma y comparezcan ante este Juzgado, sito
en Cartagena, edificio Capitanía General, en el plazo
de treinta días a partir de la publicación del presente
edicto, aportando los comprobantes en que funden
sus derechos.
Dado en Cartagenaa9deseptiembre de
1998.-47.092-E.
MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Dirección General del Catastro
Resolución por la que se acuerda dar publicidad
al acuerdo de fecha 30 de julio, del Consejo
Territorial de la Propiedad Inmobiliaria de Jaén
El Consejo Territorial de la Propiedad
Inmobiliaria de Jaén acordó, en sesión celebrada el 30
de julio de 1998, aprobar el nuevo Cuadro de Tipos
Evaluatorios y de Tarifas de la Ganadería
Independiente para la provincia de Jaén en el quinquenio
1983-1987, en ejecución de la sentencia del Tribunal
Supremo de 22 de enero de 1997, que ratifica la
sentencia de la Audiencia Nacional de fecha 21
de diciembre de 1990, por la que se anula el Cuadro
de Tipos Evaluatorios y de Tarifas de la Ganadería
Independiente para la provincia de Jaén en el
quinquenio 1983-1987, procediendo la publicación en
el "Boletín Oficial" de la provincia y en el "Boletín
Oficial del Estado" de dicho acuerdo, que figura
como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 31 de julio de 1998.-El Director general,
Jesús S. Miranda Hita.-47.007.
Anexo
ACUERDO 8/1998, ADOPTADO POR EL
CONSEJO TERRITORIAL DE LA PROPIEDAD
INMOBILIARIA DE JAÉN, POR EL QUE SE
APRUEBA EL CUADRO DE TIPOS
EVALUATORIOS Y DE TARIFAS DE LA GANADERÍA
INDEPENDIENTE PARA LA PROVINCIA DE
JAÉN EN EL QUINQUENIO 1983-1987
Tipos evaluatorios
Tipo evalua
Intensi- torio por Ha.
Calificación Clave dad pro o unidad
En letra c.c. ductiva productiva
i. p. _
Pesetas
Almendros secano....... AM 1. ª 3.800
Almendros secano....... AM 2. ª 3.300
Almendros secano....... AM 3. ª 3.000
Almendros secano....... AM 4. ª 2.900
Almendros secano....... AM 5. ª 2.800
Almendros secano....... AM 6. ª 2.600
Almendros secano....... AM 7. ª 2.300
Almendros secano....... AM 8. ª 2.000
Almendros secano....... AM 9. ª 1.800
Almendros secano....... AM 10. ª 1.500
Almendros secano....... AM 11. ª 1.300
Almendros secano....... AM 12. ª 1.000
Almendros secano....... AM 13. ª 750
Almendros secano....... AM 14. ª 550
Almendros secano....... AM 15. ª 350
Almendros secano....... AM 16. ª 100
Atochar.................... AT 1. ª 114
Atochar.................... AT 2. ª 109
Atochar.................... AT 3. ª 104
Atochar.................... AT 4. ª 95
Atochar.................... AT 5. ª 91
Atochar.................... AT 6. ª 86
Atochar.................... AT 7. ª 82
Atochar.................... AT 8. ª 77
Atochar.................... AT 9. ª 72
Atochar.................... AT 10. ª 68
Atochar.................... AT 11. ª 59
Atochar.................... AT 12. ª 54
Atochar.................... AT 13. ª 50
Atochar.................... AT 14. ª 45
Atochar.................... AT 15. ª 39
Cantera..................... CA 0 53.700
Labor secano.............. C1. ª 2.900
Labor secano.............. C2. ª 2.750
Labor secano.............. C3. ª 2.600
Labor secano.............. C4. ª 2.450
Labor secano.............. C5. ª 2.300
Labor secano.............. C6. ª 2.100
Labor secano.............. C7. ª 1.950
Labor secano.............. C8. ª 1.800
Labor secano.............. C9. ª 1.650
Labor secano.............. C10. ª 1.500
Labor secano.............. C11. ª 1.350
Labor secano.............. C12. ª 1.200
Labor secano.............. C13. ª 1.050
Labor secano.............. C14. ª 900
Labor secano.............. C15. ª 750
Labor secano.............. C16. ª 600
Labor secano.............. C17. ª 500
Labor secano.............. C18. ª 450
Labor secano.............. C19. ª 350
Labor secano.............. C20. ª 300
Labor secano.............. C21. ª 250
Labor secano.............. C22. ª 225
Labor secano.............. C23. ª 200
Labor secano.............. C24. ª 175
Labor secano.............. C25. ª 150
Labor secano.............. C26. ª 130
Labor secano.............. C27. ª 120
Labor secano.............. C28. ª 100
Labor secano.............. C29. ª 90
Labor secano.............. C30. ª 70
Labor regadío............. CR 1. ª 18.450
Labor regadío............. CR 2. ª 17.250
Labor regadío............. CR 3. ª 16.600
Labor regadío............. CR 4. ª 16.000
Labor regadío............. CR 5. ª 15.400
Labor regadío............. CR 6. ª 14.800
Labor regadío............. CR 7. ª 14.200
Labor regadío............. CR 8. ª 13.600
Labor regadío............. CR 9. ª 12.950
Labor regadío............. CR 10. ª 11.750
Labor regadío............. CR 11. ª 11.150
Labor regadío............. CR 12. ª 10.550
Labor regadío............. CR 13. ª 9.900
Labor regadío............. CR 14. ª 8.700
Labor regadío............. CR 15. ª 8.100
Labor regadío............. CR 16. ª 7.600
Labor regadío............. CR 17. ª 7.100
Labor regadío............. CR 18. ª 6.050
Labor regadío............. CR 19. ª 5.250
Labor regadío............. CR 20. ª 4.850
Labor regadío............. CR 21. ª 4.050
Labor regadío............. CR 22. ª 3.200
Labor regadío............. CR 23. ª 2.400
Labor regadío............. CR 24. ª 2.000
Labor regadío............. CR 25. ª 1.200
Pastos....................... E1. ª 250
Pastos....................... E2. ª 230
Pastos....................... E3. ª 200
Pastos....................... E4. ª 170
Pastos....................... E5. ª 150
Pastos....................... E6. ª 130
Pastos....................... E7. ª 110
Pastos....................... E8. ª 100
Pastos....................... E9. ª 80
Pastos....................... E10. ª 60
Pastos....................... E11. ª 40
Encinar..................... FE 1. ª 800
Encinar..................... FE 2. ª 700
Encinar..................... FE 3. ª 600
Encinar..................... FE 4. ª 500
Encinar..................... FE 5. ª 400
Encinar..................... FE 6. ª 350
Encinar..................... FE 7. ª 300
Encinar..................... FE 8. ª 250
Encinar..................... FE 9. ª 220
Encinar..................... FE 10. ª 200
Encinar..................... FE 11. ª 180
Encinar..................... FE 12. ª 160
Encinar..................... FE 13. ª 140
Encinar..................... FE 14. ª 120
Encinar..................... FE 15. ª 100
Encinar..................... FE 16. ª 80
Frutales regadío........... FR 1. ª 15.000
Frutales regadío........... FR 2. ª 13.900
Frutales regadío........... FR 3. ª 12.700
Frutales regadío........... FR 4. ª 12.100
Frutales regadío........... FR 5. ª 10.900
Frutales regadío........... FR 6. ª 9.700
Frutales regadío........... FR 7. ª 9.200
Frutales regadío........... FR 8. ª 8.000
Frutales regadío........... FR 9. ª 6.800
Frutales regadío........... FR 10. ª 6.200
Frutales regadío........... FR 11. ª 5.000
Frutales regadío........... FR 12. ª 3.800
Frutales regadío........... FR 13. ª 3.300
Frutales regadío........... FR 14. ª 2.200
Frutales regadío........... FR 15. ª 1.200
Alcornocal................. FS 1. ª 1.950
Alcornocal................. FS 2. ª 1.900
Alcornocal................. FS 3. ª 1.700
Alcornocal................. FS 4. ª 1.600
Alcornocal................. FS 5. ª 1.450
Alcornocal................. FS 6. ª 1.350
Alcornocal................. FS 7. ª 1.250
Alcornocal................. FS 8. ª 1.100
Alcornocal................. FS 9. ª 1.000
Alcornocal................. FS 10. ª 950
Alcornocal................. FS 11. ª 750
Alcornocal................. FS 12. ª 650
Alcornocal................. FS 13. ª 500
Alcornocal................. FS 14. ª 400
Huerta regadío............ HR 1. ª 22.050
Huerta regadío............ HR 2. ª 21.400
Huerta regadío............ HR 3. ª 20.100
Huerta regadío............ HR 4. ª 18.850
Huerta regadío............ HR 5. ª 17.550
Huerta regadío............ HR 6. ª 16.950
Huerta regadío............ HR 7. ª 15.650
Huerta regadío............ HR 8. ª 14.400
Huerta regadío............ HR 9. ª 13.750
Huerta regadío............ HR 10. ª 13.100
Huerta regadío............ HR 11. ª 12.450
Huerta regadío............ HR 12. ª 11.850
Huerta regadío............ HR 13. ª 11.200
Huerta regadío............ HR 14. ª 10.550
Huerta regadío............ HR 15. ª 9.900
Huerta regadío............ HR 16. ª 9.300
Huerta regadío............ HR 17. ª 8.650
Huerta regadío............ HR 18. ª 8.000
Huerta regadío............ HR 19. ª 7.350
Huerta regadío............ HR 20. ª 6.750
Huerta regadío............ HR 21. ª 6.100
Huerta regadío............ HR 22. ª 5.600
Huerta regadío............ HR 23. ª 5.100
Huerta regadío............ HR 24. ª 4.550
Huerta regadío............ HR 25. ª 4.050
Huerta regadío............ HR 26. ª 3.550
Huerta regadío............ HR 27. ª 3.050
Huerta regadío............ HR 28. ª 2.250
Huerta regadío............ HR 29. ª 1.750
Huerta regadío............ HR 30. ª 1.250
Pinar maderable.......... MM 1. ª 950
Pinar maderable.......... MM 2. ª 850
Pinar maderable.......... MM 3. ª 750
Pinar maderable.......... MM 4. ª 650
Pinar maderable.......... MM 5. ª 550
Pinar maderable.......... MM 6. ª 450
Pinar maderable.......... MM 7. ª 350
Pinar maderable.......... MM 8. ª 300
Pinar maderable.......... MM 9. ª 250
Pinar maderable.......... MM 10. ª 220
Pinar maderable.......... MM 11. ª 190
Pinar maderable.......... MM 12. ª 170
Pinar maderable.......... MM 13. ª 150
Pinar maderable.......... MM 14. ª 130
Pinar maderable.......... MM 15. ª 110
Pinar maderable.......... MM 16. ª 90
Matorral.................... MT 1. ª 170
Matorral.................... MT 2. ª 150
Matorral.................... MT 3. ª 140
Matorral.................... MT 4. ª 120
Matorral.................... MT 5. ª 100
Matorral.................... MT 6. ª 80
Matorral.................... MT 7. ª 70
Matorral.................... MT 8. ª 50
Matorral.................... MT 9. ª 40
Matorral.................... MT 10. ª 30
Matorral.................... MT 11. ª 20
Olivar secano.............. O1. ª 8.200
Olivar secano.............. O2. ª 7.900
Olivar secano.............. O3. ª 7.600
Olivar secano.............. O4. ª 7.000
Olivar secano.............. O5. ª 6.500
Olivar secano.............. O6. ª 6.300
Olivar secano.............. O7. ª 5.800
Olivar secano.............. O8. ª 5.600
Olivar secano.............. O9. ª 5.100
Olivar secano.............. O10. ª 4.600
Olivar secano.............. O11. ª 4.200
Olivar secano.............. O12. ª 3.900
Olivar secano.............. O13. ª 3.500
Olivar secano.............. O14. ª 3.000
Olivar secano.............. O15. ª 2.600
Olivar secano.............. O16. ª 2.300
Olivar secano.............. O17. ª 2.100
Olivar secano.............. O18. ª 1.900
Olivar secano.............. O19. ª 1.800
Olivar secano.............. O20. ª 1.600
Olivar secano.............. O21. ª 1.500
Olivar secano.............. O22. ª 1.400
Olivar secano.............. O23. ª 1.200
Olivar secano.............. O24. ª 1.100
Olivar secano.............. O25. ª 900
Olivar secano.............. O26. ª 800
Olivar secano.............. O27. ª 700
Olivar secano.............. O28. ª 450
Olivar secano.............. O29. ª 400
Olivar secano.............. O30. ª 250
Olivar regadío............. OR 1. ª 10.700
Olivar regadío............. OR 2. ª 10.100
Olivar regadío............. OR 3. ª 9.500
Olivar regadío............. OR 4. ª 8.400
Olivar regadío............. OR 5. ª 7.600
Olivar regadío............. OR 6. ª 7.000
Olivar regadío............. OR 7. ª 6.200
Olivar regadío............. OR 8. ª 5.900
Olivar regadío............. OR 9. ª 4.800
Olivar regadío............. OR 10. ª 4.200
Olivar regadío............. OR 11. ª 3.800
Olivar regadío............. OR 12. ª 3.200
Olivar regadío............. OR 13. ª 2.300
Olivar regadío............. OR 14. ª 1.900
Olivar regadío............. OR 15. ª 1.100
Olivar regadío............. OR 16. ª 600
Árboles de ribera......... RI 1. ª 5.600
Árboles de ribera......... RI 2. ª 5.300
Árboles de ribera......... RI 3. ª 5.100
Árboles de ribera......... RI 4. ª 4.800
Árboles de ribera......... RI 5. ª 4.600
Árboles de ribera......... RI 6. ª 4.300
Árboles de ribera......... RI 7. ª 4.100
Árboles de ribera......... RI 8. ª 3.900
Árboles de ribera......... RI 9. ª 3.400
Árboles de ribera......... RI 10. ª 3.100
Árboles de ribera......... RI 11. ª 2.900
Árboles de ribera......... RI 12. ª 2.600
Árboles de ribera......... RI 13. ª 2.400
Árboles de ribera......... RI 14. ª 2.100
Árboles de ribera......... RI 15. ª 1.900
Árboles de ribera......... RI 16. ª 1.700
Árboles de ribera......... RI 17. ª 1.400
Árboles de ribera......... RI 18. ª 1.000
Árboles de ribera......... RI 19. ª 800
Árboles de ribera......... RI 20. ª 600
Árboles de ribera......... RI 21. ª 400
Salinas continentales.... ST 1. ª 76.000
Salinas continentales.... ST 2. ª 69.500
Salinas continentales.... ST 3. ª 64.000
Salinas continentales.... ST 4. ª 58.500
Salinas continentales.... ST 5. ª 53.000
Salinas continentales.... ST 6. ª 47.500
Salinas continentales.... ST 7. ª 42.000
Salinas continentales.... ST 8. ª 36.500
Salinas continentales.... ST 9. ª 31.000
Salinas continentales.... ST 10. ª 23.500
Salinas continentales.... ST 11. ª 18.500
Viña secano............... V1. ª 3.450
Viña secano............... V2. ª 3.300
Viña secano............... V3. ª 3.000
Viña secano............... V4. ª 2.750
Viña secano............... V5. ª 2.450
Viña secano............... V6. ª 2.300
Viña secano............... V7. ª 2.050
Viña secano............... V8. ª 1.750
Viña secano............... V9. ª 1.500
Viña secano............... V10. ª 1.350
Viña secano............... V11. ª 1.050
Viña secano............... V12. ª 850
Viña secano............... V13. ª 600
Viña secano............... V14. ª 400
Viña secano............... V15. ª 100
Caza mayor................ VC 1. ª 345
Caza mayor................ VC 2. ª 295
Caza mayor................ VC 3. ª 245
Caza mayor................ VC 4. ª 195
Caza mayor................ VC 5. ª 175
Caza mayor................ VC 6. ª 135
Caza mayor................ VC 7. ª 115
G ANADERÍA I NDEPENDIENTE
Tarifa
Tipo -
Pesetas
Ganado bovino
De leche......................................6.500
De carne y leche............................3.000
De carne.....................................2.400
De recrío.....................................1.500
De cebo......................................3.000
De recrío y cebo............................4.500
Ganado ovino
De reproducción, carne y lana........... 480
De reproducción, carne y leche.......... 600
De recrío y cebo............................ 200
Ganado caprino
De reproducción y carne.................. 400
De reproducción, carne y leche.......... 500
Ganado porcino
De reproducción...........................2.000
De recrío..................................... 300
De cebo...................................... 450
De recrío y cebo............................ 750
Ganado caballar
De reproducción...........................3.000
De recrío.....................................1.500
Ganado asnal
De reproducción...........................1.350
De recrío..................................... 500
Ganado mular
De recrío.....................................1.100
Ganado avícola
Gallinas reproductoras puesta........... 50
Gallinas reproductoras carne............. 50
Gallinas ponedoras desde cuatro meses . . 27
Pollitas de recrío para puesta............. 15
Pollos y patos para carne................. 2,50
Pavos, faisanes y palmípedas
reproductoras de puesta........................... 25
Pavos, faisanes, ocas y gansos para
carne....................................... 30
Codornices reproductoras................ 4
Codornices para carne.................... 0,30
Otras aves para carne...................... 0,30
(Deportivo) Palomas zuritas para tiro,
faisanes para tiro, perdices para
repoblación, codornices para tiro.......... 100
Cunicultura, animales de pieles finas,
apicultura y otros animales
Conejos reproductores.................... 250
Visones reproductores..................... 528
Chinchillas reproductoras................1.982
Abejas, por cada colmena movilista.... 500
Otras clases de animales no tarifados ... 25
El Cuadro de Tipos Evaluatorios y de Tarifas de
la Ganadería Independiente se encuentra expuesto
al público en la Gerencia Territorial de Jaén, carrera
de Jesús, número 7, durante el plazo de quince
días hábiles, contados a partir del siguiente a la
publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial
del Estado".
Contra el mencionado acuerdo podrá
interponerse recurso de reposición ante el Consejo Territorial
de la Propiedad Inmobiliaria de Jaén, según dispone
el Real Decreto 2244/1979, de 7 de septiembre
("Boletín Oficial del Estado" número 235, de 1 de
octubre), o reclamación económico-administrativa
ante el Tribunal Económico-Administrativo
Regional, durante el plazo de quince días hábiles, contados
a partir del siguiente a aquel en que expire la
exposición pública, sin que ambos puedan simultanearse.
Del presente Cuadro de Tipos Evaluatorios
provinciales y como consecuencia de la vigente
correlación de clases entre ambos, se han deducido los
correspondientes Cuadros municipales, que se
exponen al público durante el plazo de quince días, en
el tablón de anuncios de los distintos Ayuntamientos
de la provincia, a partir del día 10 de octubre
de 1998.
Agencia Estatal de Administración
Tributaria
Delegaciones
BARCELONA
El Jefe de la Dependencia de Recaudación de la
Delegación de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria de Barcelona,
Hace saber: Que en el expediente administrativo
de apremio que se instruye en esta Dependencia
de Recaudación por débitos a la Hacienda Pública,
contra "Actividades de Leasing, Sociedad
Anónima", con NIF A08436792, he dictado, en esta fecha,
la siguiente:
"Providencia. Acordada la enajenación mediante
subasta del bien propiedad de ªActividades de
Leasing, Sociedad Anónimaº, embargados por
diligencia de fecha 24 de enero de 1995 en procedimiento
administrativo de apremio seguido contra dicho
deudor, procédase a la celebración de la misma el día
21 de octubre de 1998, a las diez horas, en esta
Delegación de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria (paseig Josep Carner, 33) y obsérvense
en su trámite y realización las prescripciones de
los artículos 147 y siguientes del Reglamento
General de Recaudación.
Notifíquese esta providencia al deudor y al
depositario si procede y demás personas interesadas y
anúnciese al público por los medios previstos
reglamentariamente."
En cumplimiento de dicha providencia se publica
el presente anuncio advirtiendo a las personas que
deseen participar en la subasta, lo siguiente:
Primero.-El bien a subastar, con su valoración,
cargas y gravámenes se detallará al final.
Segundo.-La subasta se suspenderá antes de la
adjudicación, si se hace pago de los descubiertos
por principal, recargos y costas del procedimiento.
Tercero.-Todo licitador habrá de constituir ante
la Mesa de Subasta depósito de, al menos, el 20
por 100 del tipo establecido, que se ingresará en
firme en el Tesoro si los adjudicatarios no hacen
efectivo el precio del remate, sin perjuicio de la
responsabilidad en que incurrirán por los mayores
perjuicios que sobre el importe del depósito origine
la inefectividad de la adjudicación.
Cuarto.-Se admitirán ofertas en primera y
segunda licitación, que tendrán carácter de máximas en
sobre cerrado, dirigido al Presidente de la Mesa
de Subastas con expresión de la fecha de su
celebración, desde el anuncio de esta subasta hasta una
hora antes de su comienzo. Estas ofertas se
presentarán en el Registro General de la Delegación
(plaza Doctor Letamendi, número 13-23) y deberán
ir acompañadas de cheque conformado, extendido
a favor del Tesoro Público por el importe del
depósito. En ningún caso se aceptará el importe del
depósito en metálico. Si hubiere más de una oferta,
podrá comenzar la admisión de posturas a partir
de la segunda más alta. Estos licitadores, en sobre
cerrado, podrán participar personalmente en la
licitación con posturas superiores a la del sobre.
Quinto.-El adjudicatario deberá entregar en el
acto o dentro de los cinco días siguientes, la
diferencia entre el depósito constituido y el precio de
la adjudicación.
Todas aquellas personas que liciten por cuenta
de terceros deberán acreditar la representación en
el plazo del remate.
En caso de insuficiencia o falta de la misma se
entenderá que la oferta se realiza en nombre propio.
Sexto.-Finalizada la primera licitación, la Mesa
podrá optar, previa deliberación, por celebrar una
segunda licitación, cuyo tipo será el 75 por 100
del tipo de subasta en primera licitación, o bien
anunciará la iniciación del trámite de adjudicación
directa que se llevará a cabo de acuerdo con el
artículo 150 del Reglamento General de
Recaudación.
En todo caso, procederá la adjudicación directa
cuando no hayan sido adjudicados en la subasta.
Su precio será del tipo de subasta en primera
licitación cuando no se haya celebrado segunda y sin
sujeción a tipo cuando se haya procedido a segunda
licitación.
Séptimo.-En la situación de adjudicación directa,
la Mesa de la Subasta realizará las gestiones
adecuadas en el plazo máximo de seis meses en orden
a decidir la oportunidad en cuantía y tiempo de
la adjudicación. Con una periodicidad mensual,
contada de fecha a fecha a partir de la subasta podrá
considerar las ofertas recibidas y proceder a la
adjudicación en firme del bien. La propuesta de
adjudicación será notificada en el tablón de anuncios
al día siguiente de reunirse la Mesa, supeditándose
su efectividad al pago del precio ofertado.
Octavo.-La Agencia Tributaria se reserva el
derecho a pedir la adjudicación para el Estado del bien
que no hubiese sido objeto de remate, conforme
a lo establecido en el artículo 158 del Reglamento
General de Recaudación.
Noveno.-Cuando se trate de bienes inscribibles
en registros públicos, los licitadores se conformarán
con los títulos de propiedad que se hayan aportado
al expediente, sin derecho a exigir otros, y en caso
de no estar inscrito el bien en el Registro, la escritura
de adjudicación es título mediante el cual puede
efectuarse la inmatriculación en los términos
prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria,
y en los demás casos se atendrán a lo dispuesto
en el título VI de dicha Ley.
Décimo.-En todo lo no previsto en este edicto
se estará a lo preceptuado en las disposiciones
legales que regulen el acto.
Undécimo.-Las cantidades que se pretendan
depositar deben ajustarse únicamente a la presente
subasta.
Duodécimo.-Las cargas y situación jurídica del
bien que se anuncia son las que constan en el
expediente.
Relación de bienes a subastar
Subasta número I-134-98
Lote único. Porción de terreno apta para edificar,
sita en el término municipal de Matadepera del
plano general de la urbanización llamada "Can Solá
del Recó"; en que está comprendida. Tiene una
superficie de 30.226 metros cuadrados, equivalentes
a 800.082 palmos 22 décimos de palmo también
cuadrados. Lindante: Al este, con resto de la mayor
finca de que procede y se segrega de la señora Brujas;
al sur, parte con la calle Francisco Badía, abierta
en terreno de dicha mayor finca y parte con porción
de la misma procedencia vendida a varios
particulares; al oeste, con la calle José Valles Prat, abierta,
asimismo, en terreno de la matriz, y al norte, con
don Agustín Valls. Se segrega de la finca 73 obrante
al folio 56, del tomo 662, libro 11 de Matadepera,
inscripción novena.
Inscrita en el Registro de la Propiedad número 3
de Terrassa, inscripción primera, obrante al folio 58,
tomo 2.003, libro 53 de Matadepera, finca
número 2.732 del Ayuntamiento de Matadepera.
Valoración y tipo de subasta en primera licitación:
305.000.000 de pesetas.
Tipo de subasta en segunda licitación:
228.750.000 pesetas.
Depósito a consignar 20 por 100 S/305.000.000:
61.000.000 de pesetas.
Tramos: 250.000 pesetas.
El adjudicatario queda obligado a justificar el pago
o la exención, en su caso, de los tributos que gravan
la transmisión del bien.
Barcelona, 24 de agosto de 1998.-El Jefe de la
Dependencia de Recaudación.-47.087-E.
Organismo Nacional de Loterías
y Apuestas del Estado
Resolución por la que se inician expedientes por
transmisión intervivos de diversas Administraciones
de Lotería Nacional
Al amparo de lo que establece el artículo 13 del
Real Decreto 1082/1985, de 11 de junio, se ha
iniciado expediente por transmisión intervivos de las
Administraciones de Lotería Nacional que a
continuación se relacionan, con expresión del nombre
del solicitante y Administración de Lotería Nacional:
Administración de Loterías número 5 de
Albacete, doña María de Sales González Martín.
Administración de Loterías número 6 de Alcoy
(Alicante), don Francisco Jorge Sanús Sellés.
Administración de Loterías número 78 de
Barcelona, doña María del Pilar Quintero Olivares.
Administración de Loterías número 104 de
Barcelona, doña Magdalena Arcoba Pallarés.
Administración de Loterías número 7 de
Cornellá de Llobregat (Barcelona), don Miguel Gómez
Cuenca.
Administración de Loterías número 1 de Torelló
(Barcelona), don Fortia Bofill Casanova.
Administración de Loterías número 14 de Burgos,
doña Ana Isabel Bernal Juez.
Administración de Loterías número 1 de
Jarandilla de la Vera (Cáceres), don Francisco Javier
Núñez Núñez.
Administración de Loterías número 7 de Ciudad
Real, doña María del Mar Oraa Sánchez-Cano.
Administración de Loterías número 1 de Fuente
el Fresno (Ciudad Real), don Jesús Fernando
Villafuerte Sánchez.
Administración de Loterías número 1 de
Membrilla (Ciudad Real), don Blas Jiménez Arroyo.
Administración de Loterías número 1 de Moguer
(Huelva), don Manuel Griñolo Padilla.
Administración de Loterías número 10 de León,
don Ángel Carlos Varela Amez.
Administración de Loterías número 40 de Madrid,
doña María Antonia Moreno de Alborán Vierna.
Administración de Loterías número 5 de
Fuenlabrada (Madrid), doña Josefa Rodríguez Montero.
Administración de Loterías número 7 de Torrejón
de Ardoz (Madrid), doña Eva Díaz Álvarez.
Administración de Loterías número 25 de Málaga,
don Fernando José González Navarrete.
Administración de Loterías número 23 de Murcia,
doña María Ruipérez Franco.
Administración de Loterías número 1 de Jumilla
(Murcia), doña Piedad Tomás Martínez.
Administración de Loterías número 2 de Lorca
(Murcia), don Claudio Montiel Sánchez.
Administración de Loterías número 2 de Molina
de Segura (Murcia), don José Antonio Palazón
Lorente.
Administración de Loterías número 1 de Avilés
(Asturias), don José Juan Blanco García.
Administración de Loterías número 1 de Mieres
(Asturias), doña Rosario María Nieves Laviades
Álvarez.
Administración de Loterías número 11 de
Santander (Cantabria), doña María Julita Montes de
Undabeytia.
Administración de Loterías número 1 de Nava
de Asunción (Segovia), don Raúl Garzón Maestro.
Administración de Loterías número 1 de El Viso
del Alcor (Sevilla), don Arsenio Jiménez Jiménez.
Administración de Loterías número 1 de Deltebre
(Tarragona), don Juan María Paga Ortiga.
Administración de Loterías número 9 de Toledo,
don Mario Ruiz Bermúdez.
Administración de Loterías número 4 de Valencia,
doña María Amparo Capella Pons.
Administración de Loterías número 19 de
Valencia, doña María Pilar Aguilar Zabala.
Administración de Loterías número 1 de Carlet
(Valencia), don Alberto García Navasquillo.
Administración de Loterías número 2 de Paterna
(Valencia), don Jesús Olmedo de la Calle.
Administración de Loterías número 1 de Picaña
(Valencia), doña Carolina Rúa Nemesio.
Administración de Loterías número 3 de Santurce
(Vizcaya), doña María Elena Sáez Arnaiz.
Administración de Loterías número 1 de
Santibáñez de Vidriales (Zamora), don José Ángel
Negro Vega.
Administración de Loterías número 5 de
Zaragoza, don Alejandro Aznar Villagrasa.
Los interesados en estos expedientes podrán
efectuar cuantas alegaciones estimen oportunas, en el
plazo de quince días hábiles, contados a partir del
siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del
Estado".
Madrid, 23 de julio de 1998.-El Director general,
Luis Perezagua Clamagirand.-47.127.
MINISTERIO DE FOMENTO
Dirección General de Carreteras
Demarcaciones de Carreteras
CATALUÑA
Información pública de una relación de bienes y derechos afectados por la ejecución de las obras del
proyecto 33-L-2480, "Construcción de calzadas laterales y paso elevado en la N-II, puntos kilométricos
448,400 al 449,100"
Con la aprobación definitiva del Director general de Carreteras, dependiente del Ministerio de Fomento,
en fecha 17 de mayo de 1994, hallándose implícita la utilidad pública en la aprobación del proyecto,
según establece el artículo 10 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y
determinada la necesidad concreta de la ocupación del artículo 15 de la citada Ley, procede la tramitación
del expediente expropiatorio.
A tal efecto, todos los interesados, así como las personas que, siendo titulares de derechos reales
o intereses económicos sobre los bienes afectados, se hayan podido omitir en la relación que adjunto
se acompaña, podrán formular por escrito ante esta Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña,
por un plazo de veinte días, a tenor de lo previsto en el artículo 86.2 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores padecidos al relacionar los bienes
y derechos que se afectan.
Barcelona, 1 de septiembre de 1998.-El Ingeniero Jefe, Ángel Sangrós Bondía.-46.786-E.
Finca Referencia catastral
número
Nombre y domicilio del titular afectado
orden
Polígono Parcela
Término municipal: Soses
1 Cemesa. 3 001 CN-II, km. 448, 25181 Soses....................... 477
2 Brausa. 3 002 CN-II, km. 448, 25181 Soses......................... 876
3 M. 3 Mevas 004 Gimbert. Calle del Riu, 11, 25660 Alcoletge. 480
4 "Benfort, 3 100 S. L.". Calle del Riu, 25660 Alcoletge.............. 56
5 J. Barberá 8 55 Alva. CN-II, km. 448, 25181 Soses............... 177
6 J. Caminal 8 75 Juliá. CN-II, km. 448, 25181 Soses............... 328
Término municipal: Alcarras
7 16 Polinasa 001 (repr. Miguel Camarero Charles). Calle Coso, 66,
6. º , 50001 Zaragoza........................................ 4.023
8 Antonio 16 014 Jove Escarp. Barceloneta, 78, 25180 Alcarras...... 771
10 Josep 1 004 M. Maties Llas. Calle Major, 210, 25180 Alcarras. 103
11 Sr. Montull. 1 007 CN-II, km. 450, 25170 Torres de Segre......... 584
12 Rosa 1 008 Jove Serra. Plau Casala, 66, 25180 Alcarras............ 227
municipal: Torres de Segre
14 1935101 - Frutera Agraria (Vall Companys), pol. ind. "El Segre", parcela
410, 25191.................................................. 2.056
15 1936001 - Frutera Agraria (Vall Companys), pol. ind. "El Segre", parcela
410, 25191.................................................. 2.194
16 2034001 - Frutera Agraria (Vall Companys), pol. ind. "El Segre", parcela
410, 25191.................................................. 234
17 2138006 - Frutas Gatsa. CN-II, km. 450, 25170 Torres de Segre....... 548
18 2138007 - Frutera Agraria (Vall Companys), pol. ind. "El Segre", parcela
410, 25191.................................................. 424
19 2138019 - Joaquín Lahuerta Bague. Avda. Catalunya, 187, 25180
Alcarras..................................................... 210
20 2340017 - Eléctrica Serosense. CN-II, km. 452, 25170 Torres de Segre. 280
21 2340018 - Teresa Vilar Vera. Calle Major, 28, 22520 Fraga............. 187
22 2340028 - Areco. CN-II, km. 452,800, 25170 Torres de Segre.......... 437
23 2340029 - Orfasa. CN-II, km. 450, 25170 Torres de Segre.................183
24 2539701 - Repsol. Paseo de la Castellana, 278-280, 28046 Madrid. Repr.
Andrés Peña Puerto, calle Tarragona, 149, 10.
Barcelona................................................... 853
25 2340008 - "Promotora Banles, S. A." CN-II, km. 450, 25170 Torres
de Segre..................................................... 2.101
26 2540510 - Hermanos Montull. CN-II, km. 450, 25170 Torres de Segre. 214
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE GALICIA
Consejería de Industria y Comercio
Delegaciones Provinciales
PONTEVEDRA
Resolución de autorización administrativa,
declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad
de urgente ocupación que lleva implícita, así como
la aprobación del proyecto de ejecución de las
instalaciones eléctricas que se describen (número de
expediente IN407A 98/45-4)
Visto el expediente para otorgamiento de
autorización administrativa, declaración, en concreto, de
utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación
que lleva implícita, así como la aprobación del
proyecto de ejecución de las instalaciones eléctricas
que a continuación se detallan:
Solicitante: "Eléctrica de Moscoso, Sociedad
Limitada".
Domicilio social: Avenida José Antonio, 21,
36830 La Lama.
Título: Línea de media tensión y centro de
transformación "Calvos II".
Situación: Fornelos de Montes.
Características técnicas: Línea de media tensión
aérea a 20 kV de 775 metros de longitud, con
conductor tipo LA-56, sobre apoyos metálicos, desde
el apoyo 32 de la línea de media tensión Feixá
I-Calvos hasta el centro de transformación que se
proyecta en Calvos II, ayuntamiento de Fornelos
de Montes. Centro de transformación de 160 kVA,
relación de transformación 20 kV-400V.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley
54/1997 y en los capítulos III y IV de los Decretos
2617 y 2619/1966, de 20 de octubre, sobre
autorización y expropiación forzosa de las instalaciones
eléctricas, y los artículos 52, 53 y 54 de la Ley
54/1997,
Esta Delegación Provincial resuelve autorizar,
declarar, en concreto, la utilidad pública y la
necesidad de urgente ocupación que lleva implícita, así
como aprobar el proyecto de ejecución de las
referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán
en todas sus partes a las que figuran en el mismo
y a las condiciones técnicas y de seguridad
establecidas en los Reglamentos de aplicación, y en
los condicionados establecidos por los Ministerios,
Organismos o Corporaciones que constan en los
expedientes.
Esta resolución es susceptible de recurso ordinario
ante el Consejero de Industria y Comercio, en el
plazo de un mes.
Pontevedra, 3 de agosto de 1998.-El Delegado
provincial, P. A. la Secretaria provincial, Carmen
Bianchi Valcarce.-46.870.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE ANDALUCÍA
Consejería de Trabajo e Industria
Dirección General de Industria, Energía
y Minas
Solicitud de concesión administrativa para el servicio
público de conducción, distribución y suministro
industrial de gas natural canalizado en diversos
términos municipales de las provincias de Córdoba,
Sevilla y Málaga. Expediente: E-TD.13/98
A los efectos previstos en el artículo 11 del
Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, por el que se
aprueba el Reglamento General del Servicio Público de
Gases Combustibles, se somete a información
pública el expediente iniciado en este organismo,
identificado con el número E-TD.13/98, con fecha de
20 de mayo de 1998, por:
Titular: Don José Muñoz Blázquez, con
documento nacional de identidad número 8.635.430, en
nombre y representación legal de la empresa
"Enagás, Sociedad Anónima", con código de
identificación fiscal número A-28.294726 y domicilio social
en avenida de América, número 38, código postal
28080 Madrid.
Solicita: La concesión administrativa para la
conducción, distribución y suministro industrial de gas
natural canalizado en diversos términos municipales
de las provincias de Córdoba, Sevilla y Málaga,
según los datos que se incluyen en el proyecto básico
denominado "Ramal a Málaga" y addenda al mismo
denominado "Ramal a Málaga Este".
Los términos municipales afectados en cada
provincia son los que se relacionan en los cuadros
siguientes:
Cuadro I. Afectados por la concesión para la
conducción, distribución y suministro industrial.
Provincia: Córdoba. Término municipal, Puente
Genil.
Provincia: Sevilla. Términos municipales, Osuna,
Herrera, Estepa y La Roda de Andalucía.
Provincia: Málaga. Términos municipales,
Alhaurín de la Torre, Alhaurín el Grande, Antequera,
Coín, Cártama, Fuente de Piedra, Humilladero,
Mollina, Rincón de la Victoria y Vélez-Málaga.
Cuadro II. Afectados por la concesión para la
conducción.
Provincia: Córdoba. Término municipal,
Santaella.
Provincia: Sevilla. Término municipal, Lora de
Estepa.
Provincia: Málaga. Términos municipales, Valle
de Abdalajís, Alora, Pizarra y Málaga.
Características básicas de las instalaciones
1. Trazados y presiones:
Ramal a Málaga (en alta presión B: 80 bares):
Parte de la posición K-29 del gasoducto
Tarifa-Córdoba, a la altura del término municipal de Santaella
(Córdoba), discurre por los términos municipales
de Estepa, Herrera, Lora de Estepa, La Roda de
Andalucía, Fuente de Piedra, Humilladero,
Antequera, Valle de Abdalajís, Alora, Pizarra, Cártama
y Málaga.
Red a Osuna (en alta presión A: 16 bares): Parte
de la posición K-25 del gasoducto Tarifa-Córdoba,
situada en el término municipal de Osuna,
discurriendo por su término municipal, hasta alcanzar
la localidad de Osuna (Sevilla).
Red Herrera-Puente Genil (en alta presión A: 16
bares): Parte del Ramal a Málaga a la altura de
Herrera, para discurrir por los términos municipales
de Herrera y Puente Genil, hasta alcanzar la
localidad de Puente Genil.
Red a Estepa (en alta presión A: 16 bares): Parte
del Ramal a Málaga, a la altura de la localidad
de Estepa y suministra gas a dicha localidad.
Red a La Roda de Andalucía (en alta presión A:
16 bares): Parte del Ramal a Málaga, en las
proximidades de La Roda de Andalucía y suministra
gas a dicha localidad.
Red Fuente de Piedra-Humilladero-Mollina (en
alta presión A: 16 bares): Parte del Ramal a Málaga
antes de alcanzar la localidad de Fuente de Piedra
y atraviesa los términos municipales de Humilladero
y Mollina, para llegar a esta última localidad.
Red a Antequera (en alta presión A: 16 bares):
Parte del Ramal a Málaga en punto próximo a la
estación de Bobadilla, atravesando el término
municipal de Antequera, hasta llegar a la localidad del
mismo nombre.
Ramal Costa del Sol, 1. ª fase (en alta presión B:
80 bares): Es una bifurcación del Ramal a Málaga,
que se inicia poco antes de alcanzar el término
municipal de Cártama y continúa hacia el sur,
atravesando los términos municipales de Pizarra,
Cártama y Alhaurín el Grande, hasta alcanzar la
población de Alhaurín el Grande.
Red Coín-Alhaurín el Grande (en alta presión A:
16 bares): Parte del Ramal Costa del Sol, 1. ª fase,
en punto cercano a la localidad de Alhaurín el
Grande con una bifurcación hacia la localidad de Coín
y otra hasta la localidad de Alhaurín el Grande.
Red a Cártama (en alta presión A: 16 bares):
Parte del Ramal a Málaga a la altura de la estación
de Cártama, discurriendo por este término
municipal hasta alcanzar la localidad del mismo nombre.
Red Málaga-Alhaurín de la Torre (en alta
presión A: 16 bares): Parte de la ERM a instalar al
final del Ramal a Málaga, en el término municipal
de Málaga, para llegar a la localidad de Alhaurín
de la Torre.
Ramal Málaga Este (en alta presión B: 80 bares):
Parte del Ramal a Málaga y continúa en APB para
abastecer los consumos medios e industriales en
los términos municipales de Málaga, Rincón de la
Victoria y Vélez-Málaga.
Red a Rincón de la Victoria (en alta presión A:
16 bares): Parte del Ramal Málaga Este a la altura
del término municipal de Rincón de la Victoria y
continúa en APA para abastecer el consumo medio
y gran industrial de dicho término municipal.
Red a Vélez-Málaga (en alta presión A: 16 bares):
Parte del ramal a Málaga Este a la altura del término
municipal de Vélez-Málaga y continúa en APA para
abastecer el consumo medio y gran industrial de
dicho término municipal.
2. Longitudes y caudales:
Se resumen en la siguiente forma:
Tramo (Ramal o Red): Ramal a Málaga. Longitud,
104.600 metros.
Tramo (Ramal o Red): Red a Osuna. Longitud,
9.900 metros. Caudal, 3.200 metros cúbicos (n)/h.
Tramo (Ramal o Red): Red Herrera Puente
Genil. Longitud, 13.300 metros. Caudal, 5.300
metros cúbicos (n)/h.
Tramo (Ramal o Red): Red a Estepa. Longitud,
2.700 metros. Caudal, 3.700 metros cúbicos (n)/h.
Tramo (Ramal o Red): Red a La Roda de
Andalucía. Longitud, 3.700 metros. Caudal, 3.800 metros
cúbicos (n)/h.
Tramo (Ramal o Red): Red Fuente de
Piedra-Humilladero-Molina. Longitud, 12.600 metros. Caudal,
3.500 metros cúbicos (n)/h.
Tramo (Ramal o Red): Red a Antequera.
Longitud, 22.900 metros. Caudal, 4.900 metros cúbicos
(n)/h.
Tramo (Ramal o Red): Ramal a Costa del Sol,
1. ª fase. Longitud, 10.800 metros. Caudal, 10.300
metros cúbicos (n)/h.
Tramo (Ramal o Red): Red Coín-Alhaurín el
Grande. Longitud, 9.900 metros. Caudal, 3.300
metros cúbicos (n)/h.
Tramo (Ramal o Red): Red a Cártama. Longitud,
4.900 metros. Caudal, 1.500 metros cúbicos (n)/h.
Tramo (Ramal o Red): Red Málaga-Alhaurín de
la Torre. Longitud, 27.300 metros. Caudal, 102.700
metros cúbicos (n)/h.
Tramo (Ramal o Red): Ramal Málaga Este.
Longitud, 29.500 metros.
Tramo (Ramal o Red): Red a Rincón de la
Victoria. Longitud, 8.000 metros. Caudal, 4.278 metros
cúbicos (n)/h.
Tramo (Ramal o Red): Red a Vélez-Málaga.
Longitud, 12.600 metros. Caudal, 62.930 metros
cúbicos (n)/h.
Totales: Longitud, 272.700 metros. Caudal,
209.408 metros cúbicos (n)/h.
3. Tuberías.
Las tuberías serán de acero al carbono, fabricadas
según especificación API 5L, con diámetros de 16º,
10º, 8º, 6º, 4º y 2º y bajo el control que determinan
las ITC MIG-5.1 y MIG-5.2.
Los accesorios tendrán una resistencia análoga
a las tuberías.
Estarán dotadas de revestimiento a base de
polietileno extrusionado sobre el tubo en fábrica, así
como de protección catódica en todo su recorrido.
En la misma canalización se instalará un sistema
de comunicación y telecontrol mediante cable de
ocho fibras ópticas relleno de material hidrófugo
con cubierta tipo EAP.
4. Estaciones de regulación y medida.
Dispositivos debidamente instalados que permiten
reducir la presión de servicio en los puntos de
consumo, así como efectuar las oportunas medidas del
caudal, compuestas cada una de ellas por:
Un grupo de filtrado de gas.
Un grupo de calentamiento de gas.
Un grupo de regulación de presión.
Una válvula de bloqueo de alta presión.
Un grupo de medida (batería de contadores de
turbina).
Un sistema de seguridad de las válvulas de
regulación.
Un sistema automático de toma de muestras.
Instrumentación y cuadro de mandos.
Plazo de ejecución: Dos años, contados a partir
de la fecha de otorgamiento de la concesión
administrativa.
Inversión: La inversión prevista en las
instalaciones, según los presupuestos que figuran en el
proyecto y addenda presentados, asciende a la cantidad
total de 8.950.283.000 pesetas.
La concesión administrativa se solicita por un
período de setenta y cinco años.
Lo que se hace público para que pueda ser
examinada la documentación presentada en la
Dirección General de Industria, Energía y Minas de la
Consejería de Trabajo e Industria, sita en avenida
Héroes de Toledo, número 14, código postal 41071
Sevilla, o bien la parte del proyecto o separata del
mismo correspondiente a cada provincia afectada,
en las Delegaciones Provinciales de esta Consejería
en Córdoba, Sevilla y Málaga, donde pueden
formularse, por duplicado, las reclamaciones que se
estimen oportunas, en el plazo de veinte días,
contados a partir del siguiente al de la publicación de
este anuncio.
Sevilla, 4 de septiembre de 1998.-El Director
general de Industria, Energía y Minas, Francisco
Mencía Morales.-47.953.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CANTABRIA
Consejería de Industria, Turismo,
Trabajo y Comunicaciones
Dirección General de Industria
Anuncio sobre información pública de la solicitud
de autorización administrativa de instalación eléctrica
y declaración en concreto de utilidad pública para
el establecimiento de línea aérea a 12/20 kV,
derivación a nuevo CTI Los Cuetos. Expediente AT-62-98
A los efectos previstos en el artículo 9 del
Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización
de instalaciones eléctricas, y en el artículo 10 del
Reglamento sobre expropiación forzosa y sanciones
en materia de instalaciones eléctricas, aprobado por
Decreto 2619/1966, de 20 de octubre ("Boletín
Oficial del Estado" del 24), normativa que resulta de
aplicación en virtud de lo establecido en la
disposición transitoria primera de la Ley 54/1997,
de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, así como
en lo previsto en los artículos 52, 53 y 54 de la
citada Ley 54/1997, además de la vigente Ley de
Expropiación Forzosa y su Reglamento, que resultan
de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto
en el artículo 55 de la Ley 54/1997, se somete
al trámite de información pública la petición de
autorización administrativa y declaración, en
concreto, de utilidad pública, para el establecimiento
de la instalación eléctrica antes mencionada.
Peticionaria: "Electra de Viesgo, Sociedad
Anónima".
Domicilio: Calle Medio, 12, 39003 Santander.
Lugar donde se va a establecer la instalación:
Término municipal de Santa Cruz de Bezana.
Finalidad de la instalación: Construcción de una
línea aérea de media tensión, denominada
"Derivación a 12/20 kV a nuevo centro de transformación
"Los Cuetos"".
Características principales:
Línea eléctrica:
Tensión: 12/20 kV.
Longitud: 402 metros.
Número de circuitos: Uno.
Conductor: Aluminio-Acero, LA-56.
Origen de la línea: Apoyo metálico número 10
de la línea general.
Fin de la línea: Apoyo metálico número 2.
Presupuesto: 1.916.610 pesetas.
La declaración en concreto de utilidad pública,
en virtud de lo establecido en el artículo 54 de
la Ley 54/1997, llevará implícita, en todo caso, la
necesidad de ocupación de los bienes o de
adquisición de los derechos afectados, e implicará la
urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de
la Ley de Expropiación Forzosa. En el
correspondiente expediente expropiatorio, la peticionaria de
la instalación asumirá, en su caso, la condición de
entidad beneficiaria.
Lo que se hace público para conocimiento general
y especialmente para los propietarios de los terrenos
y demás titulares afectados por la ejecución de las
obras, cuya relación se inserta al final de este
anuncio, todo ello en orden a que por cualquier interesado
pueda ser examinado el proyecto de la instalación
en la Dirección General de Industria, sita en la
calle Castelar, número 1, quinta planta, 39004
Santander, y formularse al mismo tiempo, por
duplicado, en el plazo de un mes, contado a partir de
la publicación de este anuncio, cualesquiera
alegaciones que se consideren oportunas, incluyendo las
procedentes, en su caso, por razón de lo dispuesto
en los artículos 25 y 26 del Reglamento, aprobado
por Decreto 2619/1966, así como aportar por
escrito los datos oportunos para subsanar posibles errores
en la relación indicada.
Asimismo, la presente publicación se realiza a
los efectos de notificación previstos en el apartado 4
del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Santander, 19 de agosto de 1998.-El Director
general, Pedro J. Herrero López.-46.767.
Relación de afectados
Línea eléctrica aérea 12/20 kV. Derivación a CTI Los Cuetos (Prezanes). Término municipal de Santa Cruz de Bezana
Finca
Pueblo Propietario Domicilio
número
1 Prezanes. Manuel Salas Rivero.
Ángel Salas Rivero.
Ramiro Salas Rivero. Peral, 36. Isaac Santander.
María Carmen Salas Rivero. y Cajal, R. 45-47. Santander.
Datos
Cultivo
catastrales
Galicia, 2. Santander. Polígono 4. Prado. 8,75 3,68 85 1,96 10
Isaac Peral, 29. Santander. Parcela 57.
Afección
Altura Anchura
Separamínima Superficie faja
seción
conde conVuelo apoyos guridad
ductores
ductores - -
-
- 2 m
m
m
Finca
Pueblo Propietario Domicilio
número
2 Prezanes. María Castillo Cubas. San Martín, Barrio 77. Datos
Cultivo
catastrales
Polígono 4. Prado. 8,75 3,68 30 10
tillo. Parcela 83.
Polígono 4. Prado. 19,24 3,68 35 10
Marina. Parcela 82.
Prado. 13 4,78 49 2,25 10
Parcela 80.
Polígono 4. Prado. 14,30 4,26 9 10
Santander. Parcela 79.
Prado. 10,43 4,26 23 10
Parcela 497.
Polígono 4. Prado. 10,43 4,26 23 10
Maoño. Parcela 502.
Marina.
Polígono 4. Monte bajo. 4,26 8,35 13 10
Marina. Parcela 500.
Monte bajo. 4,26 7,81 20 10
Parcela 496 B.
Peñacas3 Prezanes. Jesús Bárcena Llata. Calderones, Los 4, A. Soto La
4 Prezanes. Herederos de Salas Salas. 13. Arnía, Soto La Marina. Polígono 4.
5 Prezanes. Viuda de Juan Pelayo Salas. Alonso Calle Vega, 28, quinto D.
8 Prezanes. Carlos Sánchez Merino. 83. Santander. Alta, 4. Polígono
9 Prezanes. Josefa Bárcena Llata. Juan Avenida de Herrera, 36.
Jesusa Bárcena Llata. Calderones, Los 4, A. Soto La
10 Prezanes Jesusa Bárcena Llata. Calderones, Los 4, A. Soto La
13 Prezanes. Carlos Sánchez Merino. 83. Santander. Alta, 4. Polígono
Afección
SeparaAltura
ción conmínima Anchura
Superficie
ductores de confaja seVuelo
apoyos
- ductores guridad
-
m - -
m 0 2
m0 m0
Consejería de Industria, Turismo,
Trabajo y Comunicaciones
Dirección General de Industria
Resolución por la que se otorga a la empresa "Electra
de Viesgo, Sociedad Anónima", la autorización
administrativa, la declaración en concreto de utilidad
pública y la aprobación del proyecto de ejecución
de una línea eléctrica en el término municipal de
Marina de Cudeyo (expediente AT-38-97)
La empresa "Electra de Viesgo, Sociedad
Anónima", con domicilio social en la calle del Medio, 12,
de Santander, ha solicitado ante la Dirección
General de Industria de la Consejería de Industria,
Turismo, Trabajo y Comunicaciones, la autorización
administrativa, la declaración en concreto de utilidad
pública y la aprobación del proyecto de ejecución
de la línea de media tensión a 12/20 kV, enlace
Astillero-Elechas con El Bosque-Solares 2.
En cumplimiento de los trámites que establecen
los Decretos 2617/1966, de 20 de octubre, sobre
las normas para el otorgamiento de autorización
administrativa en materia de instalaciones eléctricas,
y 2619/1966, de 20 de octubre, por el que se aprueba
el Reglamento sobre expropiación y sanciones en
materia de instalaciones eléctricas, que continúan
en vigor, de acuerdo con lo que prevé la disposición
transitoria primera de la Ley 40/1994, de 30 de
diciembre, de Ordenación del Sistema Eléctrico
Nacional, que resulta aplicable, de conformidad con
lo establecido en la disposición transitoria segunda,
punto 2, de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre,
del Sector Eléctrico, la solicitud mencionada ha sido
sometida a un período de información pública,
mediante el anuncio publicado en el "Boletín Oficial
de Cantabria" número 11, de 15 de enero de 1998;
en el "Boletín Oficial del Estado" número 18, de 21
de enero de 1998, y en el periódico "El Diario
Montañés", de 4 de abril de 1998.
Paralelamente al trámite de información pública,
en cumplimiento de lo que dispone el artículo 16.2
del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, se ha
notificado individualmente a cada uno de los
afectados para que pudiesen formular las alegaciones
procedentes.
Dentro del plazo otorgado ha presentado escrito
de alegaciones don José Pellón Colina, titular de
las fincas números 8, 10 y 12. Trasladado a la
entidad solicitante, contesta con fechas 11 de marzo, 18
de mayo y 8 de julio de 1998, atendiendo en este
último las alegaciones formuladas y, en concreto,
la de desplazar la ubicación del apoyo número 4,
coincidiendo con la linde y modificando la altura
total de este apoyo y del anterior número 3,
asumiendo el sobrecoste de la obra, si se alcanzara
un acuerdo amistoso. Notificado dicho escrito al
alegante, con su contenido íntegro, con fecha 18
de julio de 1998, no consta en el expediente que
se haya alcanzado el mutuo acuerdo.
La ejecución de esta línea eléctrica se considera
necesaria para el cierre del anillo de las líneas
Solares 2 y Elechas de las subestaciones de El Bosque
y Astillero.
Cumplidos los trámites administrativos que
dispone la Ley 40/1994; Decretos 2617 y 2619/1966,
ambos de 20 de octubre, ya citados; la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y demás normas de legal
y vigente aplicación.
Visto que de acuerdo con lo que dispone el Real
Decreto 1903/1996, de 2 de agosto, y el Decreto
1903/1996, de 26 de septiembre, la competencia
para autorizar instalaciones eléctricas provinciales
corresponde a la Dirección General de Industria.
Visto el informe favorable del Servicio de Energía,
resuelvo:
Primero.-Autorizar a la empresa "Electra de
Viesgo, Sociedad Anónima", la instalación eléctrica
"línea de media tensión a 12/20 kV, enlace
Astillero-Elechas con El Bosque-Solares 2", en el término
municipal de Marina de Cudeyo.
Segundo.-Declara la utilidad pública de la
instalación eléctrica que se autoriza, conforme a lo
dispuesto en los artículos 51 y siguientes de la
Ley 40/1994, de 28 de diciembre, que llevará
implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación o
de adquisición de los derechos afectados de los
propietarios con los que el solicitante no ha llegado
a un acuerdo e implicará su urgente ocupación, a
los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
Tercero.-Aprobar el proyecto de ejecución, con
las características técnicas siguientes:
Línea eléctrica:
Tensión: 12/20 kV.
Longitud: 936 metros.
Número de circuitos: Uno.
Conductor: Aluminio-Acero, LA-110.
Sección: 116,4 milímetros cuadrados.
Apoyos: Seis metálicos.
Origen de la línea: Apoyo número 16 de la línea
El Bosque-Solares 2 (a sustituir).
Fin de la línea: Apoyo número 7.
Presupuesto: 2.946.613 pesetas.
Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo
dispuesto en la normativa anteriormente citada y
sometida a las condiciones especiales siguientes:
Primera.-Las instalaciones deberán realizarse de
acuerdo con el proyecto técnico firmado por el
Ingeniero industrial don José Fernández García, y visado
por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de
Santander, con el número 434/1997, de 20 de junio
de 1997.
Segunda.-La empresa titular será la responsable
del uso, la conservación y el mantenimiento de la
instalación, de acuerdo con las condiciones de
seguridad que establece la normativa vigente.
Tercera.-El plazo para la puesta en marcha de
la instalación contemplada será de seis meses, a
contar desde la fecha de la última publicación de
esta Resolución.
Cuarta.-El titular comunicará al Servicio de
Energía el inicio de las obras, las incidencias y su
finalización, a efectos del reconocimiento definitivo y
extensión del acta de puesta en marcha.
Quinta.-La Administración dejará sin efecto la
presente Resolución en cualquier momento en que
observe el incumplimiento de las condiciones
impuestas.
Sexta.-Esta autorización se otorga sin perjuicio
a terceros y es independiente de las autorizaciones
o licencias de competencia de otros organismos.
Contra esta Resolución, que no agota la vía
administrativa, se podrá interponer recurso ordinario ante
el Consejero de Industria, Turismo, Trabajo y
Comunicaciones, en el plazo de un mes desde el día
siguiente a su notificación, de acuerdo con lo
establecido en los artículos 114 y siguientes de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Santander, 25 de agosto de 1998.-El Director
general, Pedro J. Herrero López.-46.766.
LMT 12/20 kV. Enlace Astillero-Elechas (CTI El Gallego) con El Bosque-Solares 2 (CTI Barreda). Término municipal de Marina de Cudeyo
Finca
Pueblo Propietario Domicilio
número
1 Orejo. Ángeles Puente Bedia (dirigirse a
don Luis Fernández Puente).
2 Orejo. Pedro Pellón Boliivar. Barreda, Barrio sin número. Polígono 24.
6 Orejo. Pedro Pellón Boliivar. Barreda, Barrio sin número. Polígono 24.
7 Orejo. María F. Pellón Colina. general Carretera Gajano-Heras. Polígono 24.
8 Orejo. José Pellón Colina. Sotelo, 28. Calle Solares. Polígono 24.
10 Orejo. José Pellón Colina. Sotelo, 28. Calle Solares. Polígono 24.
12 Orejo. José Pellón Colina. Sotelo, 28. Calle Solares. Polígono 24.
16 Orejo. José Cavada Lomba. de la Barca, Calle 4, quinto
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Ayuntamientos
CASTELLÓN DE LA PLANA
Aprobación de proyectos y relación de bienes y
derechos afectados de expropiación
El excelentísimo Ayuntamiento Pleno de
Castellón de la Plana, en sesión celebrada el día 30 de
julio de 1998, adoptó, entre otros, el siguiente
acuerdo:
"Primero.-En fecha 27 de julio de 1989, fue
suscrito convenio de colaboración entre la Consejería
de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes y el
Ayuntamiento de Castellón, en cuya virtud se
estableció que el Ayuntamiento de Castellón, llevaría
a cabo la obtención de los terrenos necesarios para
ejecutar el ªProyecto Básico de Autovía
Castellón-Puebla Tornesa, C-238, tramo Castellón-Borriol
(Sur)º y la citada Consejería llevaría a cabo la
realización de las obras.
Segundo.-El Ayuntamiento de Castellón siguió
los trámites expropiatorios por el procedimiento de
urgencia, que fue declarado por acuerdo del
Gobierno Valenciano, de fecha 16 de abril de 1996 y
en fecha 20 de diciembre de 1996, puso a
disposición de la Consejería de Obras Públicas,
Urbanismo y Transportes, los terrenos necesarios.
Tercero.-Iniciadas las obras del proyecto de
ejecución denominado ªAcondicionamiento de la
C-238. Accesos a Castellón y Universidad Jaume
Iº, la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y
Transportes, consideró conveniente disminuir el
tamaño de las glorietas situadas una junto al Río
Seco y otra junto a la Autopista A-7, por ser más
funcional el tránsito de la carretera, así como la
construcción de un nuevo acceso al mercado de
abastos, al no ser posible el giro en la calzada al
estar proyectada una mediana, y como consecuencia
de ello redactó el anejo de expropiaciones del
proyecto modificado al de acondicionamiento de la
C-238, accesos a Castellón y Universidad Jaume I,
denominado ªProyecto Básico Complementario de
Relación de propietarios
Datos
Cultivo
catastrales
Barrio Barreda, sin número. San Polígono 26. Pradera. 4,50 9,50 215 1,96
Fernando, 66, octavo B. SanParcela 4-6.
tander.
Pradera. 4,50 8,50 61 10
Parcela 284.
Pradera. 4 10,50 70 10
Parcela 279.
Pradera. 4 10 115 10
Parcela 271.
Pradera. 4 8,50 78 1,32
Parcela 242.
Pradera. 4 8 125 1,44
Parcela 115.
Pradera. 4 8 22 10
Parcela 146.
Polígono 24. Pradera. 4 11 4 10
cha. Santander. Parcela 154.
Expropiaciones número 1º y que comporta, en unos
casos, el incremento de superficie en parcelas
inicialmente afectadas, y en otros, la desafectación total
o parcial de superficies, también, inicialmente,
afectadas.
Cuarto.-Con posterioridad, por la Consejería de
Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, se ha
remitido al Ayuntamiento el proyecto de ejecución
modificado, con un presupuesto de 627.887.00
pesetas, el cual se ha sometido a informe del señor
Ingeniero de Caminos municipal, que lo ha hallado
conforme.
Quinto.-En fecha 30 de abril de 1998, el
excelentísimo Ayuntamiento Pleno acordó aprobar el
proyecto básico complementario de expropiaciones
número 1, correspondiente a las obras de
acondicionamiento de la C-238, accesos a Castellón y
Universidad Jaume I, en el que se contiene la
relación de los nuevos bienes y derechos afectados de
expropiación; sin embargo, en el referido acuerdo
no se hizo mención expresa a la relación de bienes
afectados.
A la vista del artículo 17.1 de la Ley de
Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, existe
la obligación de formular una relación concreta e
individualizada en la que se describan, en todos
los aspectos, material y jurídico los bienes y derechos
que se considere de necesaria ocupación, extremos
que cumple el proyecto básico complementario de
expropiaciones número 1, dado que en el mismo
figuran los nombres de los titulares, la superficie
a expropiar, sus lindes y los polígonos fiscales en
que se hallan las fincas afectadas.
Por todo ello, visto el informe técnico emitido
al efecto, así como el informe emitido por la Jefa
del Negociado de Expropiaciones conformado por
la Jefa de la Sección de Coordinación y Gestión
Administrativa, a propuesta de la Comisión
Informativa de Urbanismo y Obras, se acuerda:
1) Aprobar el proyecto de ejecución modificado
al de acondicionamiento de la C-238, accesos a
Castellón y Universidad Jaume I, con un
presupuesto total de 627.887.000 pesetas.
2) Dejar sin efecto los puntos primero, segundo
y tercero del acuerdo plenario de 30 de abril de
1998, permaneciendo el contenido íntegro de los
puntos cuarto y quinto del referido acuerdo.
Afección
Altura Anchura
Separamínima Superficie faja
seción
conde conVuelo apoyos guridad
ductores
ductores - -
-
- 2 m
m
m
10
Apoyo 16-1
10
Apoyo 3
10
Apoyo 4
3) Aprobar el anejo de expropiaciones del
proyecto modificado al de acondicionamiento de la
C-238, accesos a Castellón y Universidad Jaume I,
denominado ªProyecto Básico Complementario de
expropiaciones número 1º, así como publicar y dar
conocimiento, por plazo de quince días, mediante
anuncios en el ªBoletín Oficial del Estadoº, ªBoletín
Oficialº de la provincia, prensa local y tablón de
anuncios de este Ayuntamiento, de la relación de
nuevos bienes y derechos afectados de expropiación
que contiene el citado proyecto, con notificación
personal a los interesados, todo ello a los efectos
previstos en los artículos 17 y siguientes de la vigente
Ley de Expropiación Forzosa."
El contenido íntegro de los puntos cuarto y quinto
del acuerdo plenario de fecha 30 de abril de 1998
es el siguiente:
"Cuarto.-Declarar desafectadas las superficies de
las fincas que por no ser necesarias para la ejecución
de las obras han quedado excluidas en el proyecto
básico complementario antes citado y notificar el
presente acuerdo a los titulares de las respectivas
fincas, a efectos de que puedan ejercer el derecho
de reversión.
Quinto.-Seguir los trámites expropiatorios, de
conformidad con la Ley de Expropiación Forzosa."
La relación y descripción de nuevos bienes y
derechos afectados de expropiación contenidos en el
"Proyecto Básico Complementario de
expropiaciones número 1", es la que se inserta a continuación.
Lo que se hace público para general conocimiento
y al objeto de que durante el plazo de quince días,
quienes estén interesados puedan consultar el citado
proyecto y su anejo de expropiaciones (de nueve
a catorce horas en la Sección de Urbanismo y Obras
del Ayuntamiento de Castellón) y presentar las
reclamaciones que estimen convenientes; asimismo,
durante igual plazo y respecto de las superficies
de nueva afectación, los afectados de expropiación
podrán formular las alegaciones sobre la
procedencia de la ocupación o disposición de los bienes
y derechos afectados y su estado material o legal,
así como alegar los datos necesarios para subsanar
posibles errores en su descripción.
De igual manera, este anuncio servirá de
notificación a los propietarios desconocidos o cuya
dirección o paradero se ignora, según lo dispuesto
en el artículo 59.4 de la ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Castellón de la Plana, 10 de agosto de 1998.-El
Alcalde, José Luis Gimeno Ferrer.-47.070.
Relación y descripción de nuevos bienes y derechos
afectados de expropiación contenidos en el
"Proyecto Básico Complementario de Expropiaciones
número 1"
Número de finca: 49. Polígono y parcela catastral,
47/6-a.
Titular: Don José Luis Menezo Rozalem.
Domicilio: Avenida de los Rosales, 1, Godella
(Valencia).
Superficie inicial afectada: 990 metros cuadrados.
Superficie de nueva afectación y sus lindes: 402
metros cuadrados.
Norte: Superficie destinada a C-238.
Sur: Resto de finca de la misma propiedad.
Este: Barranco del Sol.
Oeste: Finca número 49-A.
Superficie neta a ocupar y sus lindes: 1.392 metros
cuadrados.
Norte: C-238.
Sur: Resto de finca de la misma propiedad.
Este: Barranco del Sol.
Oeste: Finca número 49-A.
Número de finca: 60. Polígono y parcela catastral,
48/53-a.
Titular: Doña Carmen Belles Porcar.
Domicilio: Avenida Ferrandis Salvador, 54.
Apartamentos "Los Pinos". Castellón.
Superficie inicial afectada: 508 metros cuadrados.
Superficie de nueva afectación y sus lindes: 15
metros cuadrados.
Norte: Resto de finca de la misma propiedad y
entrador.
Sur: Superficie destinada a C-238.
Este: Resto de finca de la misma propiedad.
Oeste: Entrador.
Superficie neta a ocupar y sus lindes: 523 metros
cuadrados.
Norte: Resto de finca de la misma propiedad y
entrador.
Sur: C-238.
Este: Entrador.
Oeste: Entrador.
Número de finca: 61. Polígono y parcela catastral,
47/3.
Titular: Don Guillermo Juan Ferrán Martínez y
otra.
Domicilio: Alloza, 110. Castellón.
Superficie inicial afectada: 1.694 metros
cuadrados.
Superficie que se desafecta y sus lindes: 388
metros cuadrados.
Norte: Superficie destinada a C-238 y C-238.
Sur: Resto de finca de la misma propiedad.
Este: Superficie de nueva afectación.
Oeste: Finca número 63.
Superficie de nueva afectación y sus lindes: 1.402
metros cuadrados.
Norte: Superficie destinada a C-238.
Sur: Camino Cuadra de la Enramada.
Este: Finca número 59-A y resto de finca de la
misma propiedad.
Oeste: Superficie que se desafecta y resto de finca
de la misma propiedad.
Superficie neta a ocupar y sus lindes: 2.708 metros
cuadrados.
Norte: C-238.
Sur: Camino Cuadra Enramada.
Este: Finca número 59-A y resto de finca de la
misma propiedad.
Oeste: Superficie que se desafecta y resto de finca
de la misma propiedad.
Número de finca: 62. Polígono y parcela catastral,
48/-.
Titular: Don Miguel Juan Claros.
Domicilio: Calle Conde Pestagua, 33.
Superficie inicial afectada: 802 metros cuadrados.
Superficie de nueva afectación y sus lindes: 580
metros cuadrados.
Norte: Resto de finca de la misma propiedad.
Sur: Superficie expropiada destinada a C-238.
Este: Entrador.
Oeste: Entrador.
Superficie neta a ocupar y sus lindes: 1.402 metros
cuadrados.
Norte: Resto de finca de la misma propiedad.
Sur: C-238.
Este: Entrador.
Oeste: Entrador.
Número de finca: 65. Polígono y parcela catastral,
48/111.
Titular: Desconocido.
Domicilio: Desconocido.
Superficie inicial afectada: 3.349 metros
cuadrados.
Superficie que se desafecta: 3.349 metros
cuadrados.
Superficie de nueva afectación y sus lindes: 1.089
metros cuadrados.
Norte: Resto de finca de la misma propiedad.
Sur: Resto de finca de la misma propiedad.
Este: Entrador.
Oeste: Camino vecinal A-7.
Superficie neta a ocupar: 1.089 metros cuadrados
(siendo sus lindes los citados anteriormente).
Número de finca: 70. Polígono y parcela catastral,
4/46.
Titular: Doña concepción Martinavarro de Albert
y otros.
Domicilio: Avenida del Grao, 12. Almazora
(Castellón).
Superficie inicial afectada: 1.732 metros
cuadrados.
Superficie de nueva afectación y sus lindes: 51
metros cuadrados.
Norte: Resto de finca de la misma propiedad.
Sur: Superficie expropiada destinada a C-238.
Este: Finca número 69.
Oeste: Entrador.
Superficie neta a ocupar y sus lindes: 1.783 metros
cuadrados.
Norte: Resto de finca de la misma propiedad.
Sur: C-238 y zona expropiada en proyecto clave
43-CS-4700.
Este: Finca número 69.
Oeste: Zona expropiada en proyecto clave
43-CS-4700 y entrador.
Número de finca: 72. Polígono y parcela catastral,
4/212.
Titular: Doña Vicenta Beltrán Lleo.
Domicilio: Calle Moncófar, 16-2-6. ª Castellón.
Superficie inicial afectada: 480 metros cuadrados.
Superficie de nueva afectación y sus lindes: 137
metros cuadrados.
Norte: Resto de finca de la misma propiedad.
Sur: Superficie expropiada destinada a C-238.
Este: Entrador.
Oeste: Finca número 74.
Superficie neta a ocupar y sus lindes: 617 metros
cuadrados.
Norte: Resto de finca de la misma propiedad.
Sur: Zona expropiada en proyecto clave
43-CS-4700.
Este: Entrador.
Oeste: Finca número 74.
PAREDES DE NAVA
Edicto
Por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión
de fecha 24 de agosto de 1998, se ha aprobado
la continuación del expediente de expropiación
forzosa, una vez aprobada la urgencia
reglamentariamente, para la ejecución de las obras de
urbanización de la calle Barrio Nuevo y ocho más, en
la porción de terreno de 79,74 metros cuadrados,
y en cumplimiento del artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa.
Se notifica a todos los interesados afectados que
el día 27 de octubre de 1998, martes, a las doce
de la mañana, se personará la Administración
actuante para el trámite de acta previa de ocupación
en el inmueble de la calle Barrio Nuevo, número 5.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Paredes de Nava, 4 de septiembre de 1998.-La
Alcaldesa, María Montserrat Infante
Pescador.-47.126.
UNIVERSIDADES
SANTIAGO DE COMPOSTELA
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.2
de la Orden ministerial de 8 de julio de 1988
("Boletín Oficial del Estado" del 13), se anuncia la
incoación de un expediente para la expedición de un
duplicado del título de Licenciado en Farmacia, por
extravío del que fue expedido por el Ministerio de
Educación y Ciencia en fecha 7 de septiembre de
1973, a favor de don José Luis Durán Rivas, y
con los números de Registro Nacional 348 y
Universitario 1.419.
Lo que se hace público para conocimiento de
las personas interesadas que tuvieran que formular
reclamación sobre el mismo.
Santiago de Compostela, 2 de septiembre de
1998.-El Secretario general, Gumersindo Guinarte
Cabada.-46.887.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid