Anuncio relativo a la Resolución de 28 de
septiembre de 1998, de la Consejería de Economía,
por la que se subsana error detectado en el pliego
de prescripciones administrativas rector del contrato
de vigilancia y seguridad del edificio administrativo
de servicios múltiples, de Oviedo, Resolución del
señor Consejero de Economía del Principado, cuya
licitación se publicó en el "Boletín Oficial del
Estado" número 211, de 3 de septiembre de 1998,
fascículo segundo (su ref. 44.801).
Observado error material en la cláusula 2.6.2 del
pliego de cláusulas administrativas particulares
rector del contrato de vigilancia y seguridad del edificio
administrativo de servicios múltiples del Principado
de Asturias en calle Coronel Aranda, 2, Oviedo,
aprobado por Resolución de fecha 20 de julio de
1998, servicio cuya licitación se publicó en el
"Boletín Oficial del Estado" de 3 de septiembre de 1998,
de conformidad con lo previsto en el artículo 105
de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas, el mismo se subsana en el siguiente
sentido:
La cláusula 2.6.2, relativa a sobre número 2, con
el título Documentación, en su apartado 2, donde
dice:
"Documentación que acredite que la empresa se
halla al corriente de las obligaciones tributarias a
que se refiere el artículo 2 del Real Decreto
1426/1985, de 3 de abril, para lo cual deberán
presentar los documentos originales o copias
autorizadas justificativas de:
a) Estar de alta en el Impuesto de Actividades
Económicas en el epígrafe correspondiente a la
actividad para la que se licita y al corriente en el pago
del referido impuesto.
b) Haber presentado las declaraciones y, en su
caso, efectuado el ingreso del Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas, del Impuesto de
Sociedades, de los pagos a cuenta o fraccionados
o de las retenciones a cuenta de ambos y del
Impuesto del Valor Añadido.
c) Haber presentado la relación anual de
ingresos y pagos a que se refiere el Real Decreto
1912/1987, de 8 de julio."
Debe decir:
"Certificaciones positivas expedidas por la
Administración de Hacienda del Estado, la Intervención
del Principado de Asturias, en las que conste que
la empresa o persona licitante se encuentra al
corriente de sus obligaciones tributarias, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos7y8
del Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo. Para
el supuesto de que las Administraciones obligadas
no despachen las citadas certificaciones en el plazo
reglamentario, los licitadores aportarán, para
acreditar tal extremo, tal solicitud del certificado. En
todo caso el empresario que resulte adjudicatario
del contrato habrá de aportar al expediente las
citadas certificaciones.
Documento acreditativo de estar de alta en el
Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe
correspondiente a la actividad para la que se licita
y al corriente en el pago del referido impuesto y
último recibo abonado por tal concepto."
Oviedo, 28 de septiembre de 1998.-El Secretario
general técnico.-P. O., Ramón Paredes
Ojanguren.- 49.648-*.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid