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MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Dirección General de Política
Económica y Defensa
de la Competencia
Nota-extracto a efectos del trámite de información
pública, según lo dispuesto en el artículo 38.3 de
la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la
Competencia, y en el artículo 5 del Real Decreto
157/1992, de 21 de febrero, que la desarrolla, en
relación con el expediente número 1.888/98
Se instruye por la Dirección General de Política
Económica y Defensa de la Competencia del
Ministerio de Economía y Hacienda, con el número
1.888/98, expediente a instancia de don Marco
Benvenuto, en nombre y representación de la mercantil
"Experian Bureau de Crédito, Sociedad Anónima",
solicitando autorización singular para la creación
y funcionamiento de un Registro Multisectorial de
Morosidad. Considerando que la Ley 16/1989, de
17 de julio, de Defensa de la Competencia ("Boletín
Oficial del Estado" del 18), contempla la facultad
del Tribunal de Defensa de la Competencia de
autorizar los acuerdos a que se refiere el artículo 3 de
dicha disposición legal, esta Dirección General, en
cuanto órgano instructor del expediente y conforme
a lo previsto en el artículo 38.3 de la Ley 16/1989,
ha acordado abrir un período de información pública
durante diez días hábiles a partir de la publicación
de este aviso, según lo preceptuado en el artículo
36.4 de la Ley 16/1989, para que toda persona
física o jurídica, sea o no interesada, pueda aportar
cualquier clase de información y exponer cuantos
datos estime significativos acerca del objeto del
referido expediente.
Madrid, 6 de octubre de 1998.-El Director
general, Luis de Guindos Jurado.-52.720.
Dirección General del Tesoro
y Política Financiera
Edicto sobre notificación de expediente sancionador
(expediente 120/98), sobre supuesta infracción leve
de la Ley 40/1979, sobre control de cambios
Por acuerdo de fecha 29 de septiembre de 1998,
se ha formulado propuesta de Resolución en el
expediente sancionador abierto a "Audax, Sociedad
Anónima". Desconociéndose el domicilio de la interesada,
por la presente se le notifica que puede retirar la
citada propuesta de Resolución, en el despacho oficial
de la instructora (ubicado en la Dirección General
del Tesoro y Política Financiera, plaza de Jacinto
Benavente, número 3, despacho 220, 28012 Madrid),
dentro de los diez días hábiles siguientes a la
publicación de este edicto, a los efectos de alegar, en
tiempo y forma, lo que en su derecho convenga.
Transcurrido dicho plazo sin haberse personado
la interesada, dicha propuesta se elevará a definitiva,
dictándose, en el plazo de diez días, la oportuna
Resolución que, poniendo fin al expediente en vía
administrativa, será inmediatamente ejecutiva;
pudiéndola recoger la interesada en el lugar
ante riormente indicado. Contra la misma se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo ante
el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el
plazo de dos meses.
Madrid, 8 de octubre de 1998.-La Instructora,
Ángeles Rodríguez.-52.444.
MINISTERIO DE FOMENTO
Secretaría de Estado
de Infraestructuras y Transportes
Resolución sobre aprobación del expediente de
información pública y aprobación definitiva del Estudio
Informativo del Proyecto: "Línea de alta velocidad
Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera Francesa.
Tramo Madrid-Zaragoza. Subtramo Ricla-Zaragoza"
Con fecha 9 de octubre de 1998, el Secretario
de Estado de Infraestructuras y Transportes ha
resuelto lo siguiente:
1. º Hacer constar que el expediente cumple lo
preceptuado en el Reglamento de Ley de
Ordenación de los Transportes Terrestres (Real
Decreto 1211/1990 de 28 de septiembre) y restante
legislación aplicable.
2. º Aprobar el expediente de información
pública y definitivamente el proyecto, seleccionando
como alternativa a desarrollar en los proyectos de
construcción la conformada por:
Entre Ricla y el punto kilométrico 14,728:
Alternativa Salillas de Jalón-Zaragoza del Estudio
Informativo del Proyecto "Línea de Alta Velocidad
Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera Francesa.
Tramo Madrid-Zaragoza".
Entre el punto kilométrico 14,728 y Zaragoza:
Alternativa "1D" del Estudio Informativo "Línea
de Alta Velocidad
Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera Francesa. Tramo Madrid-Zaragoza.
Acceso a Zaragoza. Alternativa Complementaria".
"By-pass" B' del Estudio Informativo "Línea de
Alta Velocidad
Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera Francesa. Tramo Madrid-Zaragoza. Acceso a
Zaragoza. Alternativa Complementaria" desde su
origen hasta su final (punto kilométrico 8,375) que
coincide con el punto kilométrico 26,350 del
"by-pass" "A" del Estudio Informativo del Proyecto
"Línea de Alta Velocidad Madrid-.
Zaragoza-Barcelona-Frontera Francesa. Tramo
Madrid-Zaragoza". Desde este punto se adopta el
trazado de dicho "by-pass" "A" seleccionado en el
estudio informativo inicial.
3. º En los sucesivos proyectos constructivos que
desarrollen la solución aprobada se tendrán en
cuenta las prescripciones siguientes:
3.1 Las establecidas en el condicionado de la
Declaración de Impacto Ambiental, cuya copia se
incluye como anejo a esta aprobación.
3.2 Se estudiarán las medidas que sean
técnicamente viables para reducir la afección a las
urbanizaciones existentes al sur del aeropuerto de
Zaragoza.
3.3 Se mantendrán los contactos oportunos con
la Diputación General de Aragón, Ayuntamiento
de Zaragoza, Dirección General de Carreteras y
restantes Ayuntamientos afectados con el objeto de
lograr la coordinación necesaria con el planeamiento
existente, así como para la adecuada reposición de
viales, servicios y servidumbres afectadas.
En concreto, se analizará la posibilidad de añadir
un nuevo paso a distinto nivel entre los pasos
superiores situados en los puntos kilométricos 22,200
y 24,800 de la alternativa "1D".
Madrid, 9 de octubre de 1998.-El Secretario de
Estado de Infraestructuras y Transportes, Albert
Vilalta González.-52.921.
MINISTERIO
DE INDUSTRIA Y ENERGÍA
Dirección General de la Energía
Resolución por la que se autoriza a "Iberdrola,
Sociedad Anónima", la modificación de un tramo de las
dos líneas eléctricas aéreas de 132 kV, simple
circuito, "Benicarló-Cemenmar I y II",
transformándolas en una línea de doble circuito, en la provincia
de Castellón
Visto el expediente incoado en la Dependencia
del Área de Industria y Energía de la Subdelegación
del Gobierno en Castellón, a instancia de "Iberdrola,
Sociedad Anónima", con domicilio en Madrid,
avenida de Burgos, número 8-B, solicitando
autorización administrativa para la modificación citada;
Resultando que, sometida la petición de
"Iberdrola, Sociedad Anónima", a información pública,
de conformidad con lo dispuesto en el Decreto
2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización
de instalaciones eléctricas, y solicitados los informes
y condicionados previstos en el mismo durante el
plazo reglamentario no se han presentado
alegaciones ni oposición a la autorización pretendida,
habiendo sido aceptados por la empresa solicitante
los condicionados impuestos;
Considerando que se han cumplido los trámites
reglamentarios ordenados en el capítulo III del
Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre
autorización de instalaciones eléctricas,
Esta Dirección General de la Energía ha resuelto
autorizar a "Iberdrola, Sociedad Anónima", la
modificación de un tramo de las dos líneas eléctricas
aéreas a 132 kV "Benicarló-Cemenmar I y II", de
simple circuito, transformándolas en una línea de
doble circuito entre la subestación de Benicarló y
el apoyo número 3, modificándose, además, las
alineaciones 3-6 de la línea "Cemenmar I" y la 3-4
de la línea "Cemenmar II".
Características principales
Término municipal afectado: Benicarló
(Castellón).
Tensión: 132 kV.
Potencia máxima de transporte: 131 MW por
circuito.
Longitud total que se modifica: 0,972 kilómetros.
Conductores: Cables de Al-Ac de 281,1
milímetros cuadrados de sección, tipo Hawk.
Cables de tierra: Dos.
Aislamiento: Cadenas de aisladores de vidrio tipo
U100BS.
Apoyos: Metálicos, organizados en forma de
celosía.
Puestas a tierra: Mediante sistema mixto de picas
y anillos.
La finalidad de la modificación es transformar
un tramo de las dos líneas a 132 kV de simple
circuito "Cemenmar I y II" en uno de doble circuito
debido a las obras de construcción del polígono
industrial sector 2 "Mercado", de Benicarló.
Contra la presente Resolución cabe interponer
recurso ordinario ante el excelentísimo señor
Secretario de Estado de Energía y Recursos Minerales,
en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido
en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley
6/1997, de 14 de abril, de Organización y
Funcionamiento de la Administración General del
Estado.
Madrid, 22 de septiembre de 1998.-El Director
general, Antonio Gomis Sáez.
Ilmo. Sr. Jefe de Dependencia del Área de Industria
y Energía.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Consejería de Economía
Dirección Regional de Industria
Citación levantamiento actas previas a la ocupación
de determinadas fincas afectadas por el expediente
AT-6.207-B, para la modificación de la línea eléctrica
aérea a 16 kV, "Lledias-Celorio", derivación al "CTI
Bao", en el término municipal de Llanes
Por Resolución de 13 de julio de 1998 se autoriza
la instalación, se aprueba el proyecto y se
declara la utilidad pública del expediente AT-6.207-B,
para la modificación de la línea eléctrica aérea
a 16 kV, "Lledias-Celorio", derivación al "CTI Bao",
en el término municipal de Llanes.
La declaración de utilidad pública, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 54/1997,
del Sector Eléctrico, lleva implícita, en todo caso,
la necesidad de ocupación de los bienes o de
adquisición de los derechos afectados e implicará la
urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la
Ley de Expropiación Forzosa.
En su virtud, esta Consejería de Economía ha
resuelto convocar a los titulares de bienes y derechos
afectados en dependencias del Ayuntamiento donde
radican las fincas afectadas, como punto de reunión
para, de conformidad con el procedimiento que
establece el artículo 52, apartado 2, de la vigente Ley
de Expropiación Forzosa, llevar a cabo el
levantamiento de actas previas a la ocupación.
Los interesados, así como las personas que sean
titulares de cualesquiera clase de derechos o
intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir
personalmente o representados por persona
debidamente autorizada, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad y el último recibo de la
contribución, pudiéndose acompañar de Peritos o
de un Notario, si lo estiman oportuno.
El levantamiento de las actas previas a la
ocupación tendrá lugar en dependencias de la Casa
Consistorial del Ayuntamiento de Llanes, el día 30
de octubre de 1998, a las once horas, con doña
Carmen Bustillo Sánchez, propietaria de las fincas
números 273, 274 y 275, única afectada por el
expediente expropiatorio.
En el expediente expropiatorio asumirá la
condición de beneficiaria "Hidroeléctrica del
Cantábrico, Sociedad Anónima".
Oviedo, 7 de octubre de 1998.-El Jefe del Servicio
de Autorizaciones Energéticas, Fermín Corte
Díaz.-52.914.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Ayuntamientos
MADRID
Área de Medio Ambiente
Departamento de Agua y Saneamiento
Resolución del Área de Medio Ambiente de 14 de
octubre de 1998 por la que se hace público el
levantamiento de actas previas a la ocupación de los bienes
y derechos afectados de expropiaciones por la
ejecución de las siguientes actuaciones, integrantes del
Segundo Plan de Saneamiento Integral de Madrid;
A.3.1. "Colector de Butarque II y complementarios";
R.0.2. "Acondicionamiento del tramo inferior del
cauce del río Manzanares"; A.4.1. "Colector de la Gavia
II y complementarios"; A.1.1. "Colector aliviadero
de Somontes"; A.6.1. "Colector de Valdebebas II y
complementarios", y A.6.2. "Colector de conexión
Por acuerdo de fecha 24 de septiembre de 1998,
el Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid, declaró la urgente ocupación de los bienes
y derechos afectados por la ejecución de las referidas
actuaciones, autorizando al Ayuntamiento de
Madrid para proceder a la ocupación de los bienes
y derechos necesarios al efecto, conforme al
procedimiento previsto en el artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa, y demás disposiciones
concordantes de aplicación.
En su virtud, atendiendo a lo señalado en las
reglas2 y 3 del citado artículo, así como a lo previsto
en el artículo 56.2 de su reglamento, este
Ayuntamiento ha resuelto convocar a los propietarios
y titulares de los bienes y derechos afectados que
figuran en la relación expuesta en el tablón oficial
de anuncios del Ayuntamiento de Madrid para que
asistan al levantamiento de las actas previas a la
ocupación, que tendrá lugar en el Departamento
de Agua y Saneamiento del Área de Medio
Ambiente, calle Barceló, número 6, primera planta, de
Madrid, durante los días y horas siguientes:
Días: 29 de octubre a 6 de noviembre de 1998.
Horario: Mañana, de nueve a catorce horas. Tarde,
de dieciséis a veinte horas.
Además de en los medios citados, del
señalamiento se dará cuenta a los interesados mediante citación
individual y a través de la inserción del presente
anuncio en los diarios "ABC", "Diario 16", "El País"
y "El Mundo", así como en el "Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid". Dicha publicación, a
tenor de lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, servirá como notificación
a los posibles interesados no identificados, a los
titulares de bienes y derechos que sean desconocidos
y aquellos respecto de los que se ignore su paradero.
A dicho acto deberán asistir los interesados por
sí mismos o a través de persona que pudiera ostentar
su representación legal, provista de poder
debidamente autorizado, aportando el documento nacional
de identidad, documentación acreditativa de sus
respectivas titularidades y el último recibo del Impuesto
sobre Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse
acompañar, si lo estiman oportunoyasucosta, de sus
peritos y un Notario.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo
56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, de
26 de abril de 1957, hasta el momento del
levantamiento del acta previa, los interesados y todas
aquellas personas cuyos derechos o intereses
legítimos hayan podido omitirse al elaborar la relación
de bienes y propietarios afectados, podrán formular
por escrito ante el Departamento de Agua y
Saneamiento del Área de Medio Ambiente, cuantas
alegaciones estimen oportunas a los solos efectos de
subsanar posibles errores en que se hubiera podido
incurrir al relacionar los bienes y derechos afectados
por la urgente ocupación.
Madrid, 14 de octubre de 1998.-El Concejal
delegado, Adriano García-Loygorri y Ruiz.-52.855.
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