MINISTERIO
DE INDUSTRIA Y ENERGÍA
Sociedad Estatal de Participaciones
Industriales (SEPI)
[Sucesora del Instituto Nacional
de Industria (INI)]
Oferta pública de compra de obligaciones de
Sociedad Estatal de Participaciones Industriales
El presente anuncio se publica a efectos
informativos y contiene los términos básicos de la oferta
de compra (la "oferta").
La presente oferta ha sido comunicada, como
hecho relevante, a la Comisión Nacional del
Mercado de Valores con fecha 25 de noviembre de 1998,
y se regirá por las disposiciones de la Ley 24/1988,
de 28 de julio, del Mercado de Valores, y la Ley
37/1998, de 16 de noviembre, que la modifica, y
demás disposiciones concordantes que sean de
aplicación a ofertas públicas de adquisición de
obligaciones formuladas por sus emisores.
1. Denominación y domicilio de la sociedad
oferente: La sociedad oferente de la presente oferta
es Sociedad Estatal de Participaciones Industriales
(en adelante, SEPI), con domicilio social en Madrid,
plaza del Marqués de Salamanca, 8, 28071 Madrid,
con NIF Q-2820015-B, y sede de dirección efectiva
en el mismo domicilio.
2. Valores a los que se extiende la oferta: La
oferta tiene por objeto la adquisición de la totalidad
de los valores que componen los saldos nominales
vivos de las emisiones que se describen en el cuadro
siguiente:
Saldo nominal
vivo
Código ISIN Emisión
-
Pesetas
ES0002010256 INI 14,00%, jul. 2000 9.552.900.000
ES0202010031 INI 14,00%, jul. 2000 475.000.000
ES0002010272 INI 14,00%, feb. 2001 10.000.000.000
ES0002010298 INICupón Cero jul. 200115.000.000.000
ES0202010056 INI 11,542%, dic. 2025 10.000.000.000
ES0202010064 INI 12,01%, dic. 2025 6.050.000.000
ES0202010072 INI 11,76%, jul. 2005 35.000.000.000
ES0241012006 SEPI 9,88%, dic. 2005 5.000.000.000
Con la excepción del margen aplicable, tal y como
éste se determina en el apartado 6, los términos
de la oferta son idénticos para la totalidad de los
valores objeto de la misma. Los valores a los que
se extiende la presente oferta deberán ser
transmitidos por persona legitimada para ello, libres de
cargas, gravámenes y derechos de terceros que
limiten sus derechos o su libre transmisibilidad, según
los asientos del registro contable correspondiente,
de forma que SEPI adquiera una propiedad
irreivindicable sobre los mismos, de acuerdo con el
artículo 9 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del
Mercado de Valores.
3. Contraprestación ofrecida en la oferta: La
contraprestación a ofrecer por SEPI en la oferta
consistirá en dinero, fijándose el importe de la
contraprestación conforme al procedimiento
establecido en el apartado 6 siguientes.
4. Garantías de la oferta: La oferta no está
garantizada.
5. Plazo de aceptación de la oferta: El plazo
para la aceptación de la oferta comenzará el día 30
de noviembre de 1998, a las nueve horas de Madrid,
y terminará en la fecha de cierre, a las diecisiete
horas de Madrid.
6. Precio de compra ofertado por SEPI.
Determinación: El precio de compra ofertado por SEPI
para cada emisión en la oferta se fijará el día 17
de diciembre de 1998, a las diecisiete quince horas
de Madrid (en adelante, la fecha de fijación del
precio).
El precio de compra ofertado para cada emisión
será el correspondiente a la tasa interna de retorno
resultante de añadir un margen (positivo o negativo,
según sea el caso) sobre la tasa interna de retorno
de la deuda de referencia correspondiente. A estos
efectos, la tasa interna de retorno de la deuda de
referencia correspondiente se determinará como la
media aritmética simple de las tasas internas de
retorno correspondientes a los precios de demanda
de la deuda de referencia publicados por las
entidades financieras de referencia en las pantallas de
referencia, al cierre del Mercado de Deuda Pública
Anotada en la fecha de fijación de precios de
referencia.
A estos efectos, si en la fecha de fijación de precios
de referencia, dos cualesquiera de las entidades
financieras de referencia se hubieran fusionado entre
sí, o cualquiera de ellas se hubiera fusionado con
una tercera entidad y hubiera dejado de existir como
tal, o por cualquier causa, cualquiera de las entidades
financieras de referencia no publicase una cotización
en la fecha prevista para ello, el banco agente
seleccionará nuevas entidades financieras de referencia,
destacadas por su actividad en el Mercado de Deuda
Pública Anotada, de tal forma que se obtengan tres
cotizaciones de tres entidades financieras de
referencia, a efectos de determinar las tasas internas
de retorno correspondientes a los precios de
demanda de la deuda de referencia, conforme a lo previsto
en este apartado.
Si no fuera posible obtener cotizaciones de tres
entidades financieras de referencia, en la fecha de
fijación de precios de referencia, el banco agente
determinará la tasa interna de retorno de la deuda
de referencia como la correspondiente a la media
aritmética simple de las tasas internas de retorno
correspondientes a los precios de demanda de la
deuda de referencia publicados por las entidades
financieras de referencia disponibles, teniendo en
cuenta que si únicamente una entidad financiera
de referencia proporciona cotización, ésta será la
cotización que se utilice para la determinación de
la tasa interna de retorno de la deuda de referencia.
Para la determinación del precio de compra
ofertado para los valores de cada emisión, SEPI aplicará
un margen sobre la tasa interna de retorno de la
deuda de referencia, obtenida de la forma indicada
en los párrafos anteriores, de acuerdo con la
siguiente tabla:
Margen
Emisión de referencia Deuda -
Porcentaje
INI 14,00%, jul. 2000. 6,75% abr. 2000. -0,03
INI 14,00%, jul. 2000. 6,75% abr. 2000. -0,03
INI 14,00%, feb. 2001. 10,10% feb.2001. -0,04
INI Cupón Cero jul. 2001.7,90% feb. 2002. -0,20
INI 11,542%, dic. 2025. 6,00% ene. 2029. -0,09
INI 12,01%, dic. 2025. 6,00% ene. 2029. -0,10
INI 11,76%, jul. 2005.10,00% feb. 2005.-0,06
SEPI 9,88%, dic. 2005.10,15% ene. 2006.-0,05
Los precios de compra así calculados se
incrementarán con el importe del cupón corrido hasta
la fecha de pago. Para el cálculo del cupón corrido
a esa fecha se utilizará la siguiente fórmula:
id
C= Nx x
100 365
Donde:
C = Cupón corrido.
N = Nominal de la obligación.
i = Tipo de interés correspondiente al cupón que
paga la Obligación.
d = Número de días corridos desde el día de pago
del último cupón (inclusive) hasta la fecha de
pago (exclusive) teniendo en cuenta la base de
cálculo establecida en las condiciones de cada
emisión (dichas condiciones se encuentran en
los folletos inscritos en los Registros Oficiales
de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores.
Los precios de compra así obtenidos se expresarán
en porcentaje sobre nominal y una vez fijados, se
comunicarán por parte del banco agente a las
sociedades u organismos rectores de Bolsa de Madrid
y del Mercado AIAF, a la Comisión Nacional del
Mercado de Valores como hecho relevante y a SEPI.
Esta última los publicará, dentro de los dos días
hábiles siguientes a la fecha de fijación del precio,
en tres diarios de circulación nacional. Por su parte,
el banco agente publicará los precios en los servicios
de información financiera Reuters y Bloomberg en
la fecha de fijación del precio.
7. Número máximo y mínimo de valores a los
que se extiende la oferta: El importe nominal total
máximo de la oferta es de 91.047.900.000 pesetas
y se extiende a la totalidad de los valores que
componen las emisiones indicadas, sin que haya número
mínimo alguno de valores a cuya adquisición se
condicione la efectividad de la oferta.
8. Formalidades que deben cumplir los
destinatarios de la oferta para manifestar su aceptación:
Los titulares de los valores a los que se extiende
la oferta, que deseen aceptar la misma, deberán
formular su aceptación por escrito dirigiéndose al
banco, caja de ahorros o agencia de valores donde
tengan constituido su depósito de valores
correspondientes. La citada entidad depositaria
responderá de la titularidad y tenencia de los valores a
que se refieren dichas aceptaciones, así como de
la inexistencia de cargas, gravámenes o derechos
de terceros que limiten los derechos
correspondientes a los valores o su libre transmisibilidad. La
declaración de aceptación de la oferta que cada titular
de los valores realice ante la entidad depositaria
correspondiente deberá incluir todos los datos
identificativos exigidos por la legislación vigente para
este tipo de operaciones (nombre y apellidos o
denominación social, dirección, número de identificación
fiscal, o en caso de no residentes en territorio
español que no dispongan de número de identificación
fiscal, número de pasaporte y nacionalidad).
Asimismo, dicha declaración de aceptación deberá
incluir todos los elementos necesarios relativos a
la titularidad de los valores para formalizar su
transmisión a SEPI.
Se entenderá que la declaración de aceptación
implica automática e irrevocablemente el
consentimiento del titular de las obligaciones aceptante
para que, en la forma prevista en el apartado 10,
sus valores que estén comprendidos en su
declaración de aceptación, sean presentadas por la
entidad financiera en la que estén depositadas o
registradas, al banco agente, entidad que actúa por cuenta
de SEPI en la presente oferta, para que gestione
el cambio de titularidad de los valores objeto de
aceptación a favor de SEPI. El banco agente,
remitirá a los organismos rectores de los mercados en
que coticen las emisiones, los datos relativos a los
valores objeto de aceptación en la oferta.
Durante el período de aceptación de la oferta,
las entidades depositarias remitirán al banco agente,
con una periodicidad diaria, los datos relativos al
número de valores comprendidos en las
declaraciones de aceptación presentadas por sus titulares.
Cada titular podrá exigir a la entidad financiera
donde tenga depositados los valores o a través de
la cual curse su aceptación, el comprobante que,
en la forma prevista en las normas de procedimiento
aplicables, sirva a su derecho a conservar prueba
de la aceptación cursada.
Las declaraciones de aceptación de la oferta serán
irrevocables y no podrán ser condicionales. Los
titulares de los valores podrán aceptar la oferta por
la totalidad o parte de los valores que posean. Toda
declaración de aceptación que se formule ante la
entidad financiera correspondiente deberá
comprender al menos una obligación.
9. Publicación del resultado de la oferta: El
resultado de la oferta se publicará en los boletines de
cotización de la Bolsa de Madrid y del Mercado
AIAF de Renta Fija. Igualmente, la entidad agente
comunicará el resultado de la oferta, como hecho
relevante, a la Comisión Nacional del Mercado de
Valores. Estas comunicaciones se realizarán no más
tarde de los quince días hábiles siguientes a la fecha
de fijación del precio.
10. Procedimiento de liquidación y entrega de
la contraprestación.
10.1 Cambio de titularidad de los valores de
los titulares aceptantes de la oferta. La entidad
agente realizará, junto con los servicios de liquidación
y compensación correspondientes, no más tarde de
los tres días hábiles siguientes a la fecha de cierre,
el cambio de titularidad, en favor de SEPI, de los
valores objeto de aceptación de la oferta. A estos
efectos, el cambio de titularidad, se entenderá
realizado como consecuencia de una operación de
compraventa simple al contado de los valores, actuando
SEPI como entidad compradora y los titulares
aceptantes como sujetos vendedores.
10.2 Forma y plazo en que los titulares de los
valores aceptantes recibirán la contraprestación.
Liquidación. El desembolso del precio de compra,
determinado conforme se establece en el apartado
6 anterior, se efectuará de la forma prevista para
la compraventa de valores al contado representados
en anotaciones en cuenta, por los servicios de
compensación y liquidación de los mercados en que
dichos valores se hallen admitidos a negociación
("Servicio de Compensación y Liquidación de
Valores, Sociedad Anónima", Espaclear y, en su caso,
Euroclear y Cedel). La liquidación y pago del precio
de compra se realizará por tanto, a través de los
sistemas de compensación y liquidación
mencionados, en el tercer día hábil siguiente a la fecha
de la operación de compra.
11. Gastos de aceptación y liquidación de la
oferta.
11.1 Gastos a cargo de SEPI. Los corretajes,
cánones, gastos de agencia, ejecución y liquidación
atribuibles a la compra de los valores serán
satisfechos íntegramente por SEPI.
11.2 Gastos a cargo de los titulares de los
valores. Las entidades depositarias en que se cursen
las aceptaciones correspondientes, podrán cobrar
a los titulares de valores, aceptantes de la oferta,
las comisiones, corretajes o gastos que tengan
expresamente previstos en sus cuadros de tarifas en
función de la operación de que se trate, no siendo
dichos importes a cargo, en ningún caso, de SEPI.
12. Finalidad de la oferta: La finalidad de la
oferta es la adquisición para su posterior
amortización de los valores objeto de la oferta.
13. Irrevocabilidad de la oferta: La oferta será
irrevocable, sin que haya lugar a modificación,
cesación o desistimiento, salvo en los casos previstos
a continuación.
14. Modificación: Se podrán modificar las
características de la oferta en cualquier momento
anterior a los últimos siete día hábiles anteriores
a la fecha de cierre, siempre que tal revisión implique
un trato más favorable para los destinatarios de
la oferta, mejorando la contraprestación ofrecida.
La modificación deberá respetar el principio de
igualdad de trato para todos los destinatarios que
se encuentren en iguales circunstancias.
La modificación se comunicará, como hecho
relevante, a la Comisión Nacional del Mercado de
Valores y se publicará en los boletines de cotización
de la Bolsa de Madrid y del Mercado AIAF, así
como en tres diarios de circulación nacional, a más
tardar en el día hábil siguiente a la fecha de
modificación. La modificación no dará lugar a prórroga
alguna del plazo de aceptación de la oferta.
Se entenderá que los destinatarios de la oferta,
que la hubieran aceptado con anterioridad a la
modificación, se adhieren a la oferta revisada.
15. Desistimiento y cese de efectos de la oferta:
SEPI podrá desistir de la oferta cuando, por
circunstancias excepcionales, ajenas a la voluntad del
oferente, la oferta no pueda realizarse. A título
enunciativo, pero no limitativo, SEPI podrá desistir de
la oferta cuando se produzcan graves turbulencias
en los mercados que impidan una correcta fijación
del precio de la deuda de referencia.
La decisión de desistir de la oferta, con indicación
detallada de su motivo, se notificará, como hecho
relevante, a la Comisión Nacional del Mercado de
Valores y se hará pública de la forma prevista en
el apartado 14 anterior, tan pronto como se tome
la decisión correspondiente.
Una vez publicado el desistimiento de la oferta
o la causa que la deje sin efecto, quedarán ineficaces
las aceptaciones que se hubieran prestado a la
misma, corriendo a cargo del oferente los gastos
causados por la aceptación.
16. Entidad agente: "Banco Santander, Sociedad
Anónima" actúa en la presente oferta como entidad
agente, por cuenta de SEPI. En su calidad de entidad
agente "Banco de Santander, Sociedad Anónima"
prestará, entre otros, los siguientes servicios:
a) Recibirá de las distintas entidades
depositarias los soportes informáticos evidenciando las
aceptaciones recibidas.
b) Gestionará con el Servicio de Compensación
y Liquidación de Valores y con los demás sistemas
de compensación y liquidación de valores
involucrados en la oferta, el cambio de titularidad de los
valores que acudan a la oferta y la liquidación y
pago de la contraprestación correspondiente.
c) Facilitará la información que la Comisión
Nacional del Mercado de Valores y demás partes
interesadas soliciten acerca del número de
aceptaciones presentadas.
17. Oficina de incidencias: La entidad agente
pone a disposición de los titulares de los valores
destinatarios de esta oferta, los siguientes números
de teléfono y fax, en sus oficinas de paseo de la
Castellana, 75, segunda puerta, 28046 Madrid, para
la resolución de cuantas dudas e incidencias se
puedan plantear en relación con la oferta y la
tramitación de la misma:
Teléfono: 91 342 31 01.
Fax: 91 342 30 66/61.
18. Definiciones de los términos utilizados en
este anuncio:
Deuda de referencia, significa el Bono/Obligación
del Estado indicados en la tabla descrita a
continuación para cada uno de los valores objeto de
la oferta:
Deuda de ISIN deuda
Emisión
referencia de referencia
INI 14,00%, jul. 2000. 6,75% abr. 2000.ES0000011611
INI 14,00%, jul. 2000. 6,75% abr. 2000.ES0000011611
INI 14,00%, feb. 2001.10,10% feb. 2001. ES0000011538
INI Cupón Cero jul. 2001.7,90% feb. 2002.ES0000011603
INI 11,542%, dic. 2025.6,00% ene. 2029.ES0000011868
INI 12,01%, dic. 2025. 6,00% ene. 2029.ES0000011868
INI 11,76%, jul. 2005.10,00% feb. 2005. ES0000011512
SEPI 9,88%, dic. 2005.10,15% ene. 2006. ES0000011546
Día hábil, significa cualquier día en que los bancos
estén abiertos para la realización de operaciones
financieras en Madrid, sea día de cotización en los
Mercados de Negociación y se encuentren abiertos
para la realización de operaciones los sistemas de
custodia y liquidación Euroclear y Cedel.
Entidades financieras de referencia, significa "All
Trading, SV, Sociedad Anónima", "CIMD, SV,
Sociedad Anónima" y "Capital Markets, SV,
Sociedad Anónima".
Fecha de cierre, significa el día 17 de diciembre
de 1998.
Fecha de fijación de precios de referencia,
significa la fecha en que se tomarán las cotizaciones
proporcionadas por las entidades financieras de
referencia y que será el día 17 de diciembre de 1998.
Fecha de la operación de compra, significa el
día 18 de diciembre de 1998.
Fecha de pago, significa el tercer día hábil
siguiente a la fecha de la operación de compra.
Mercados de Negociación, significa Bolsa de
Madrid y Mercado AIAF de Renta Fija.
Pantallas de referencia, significa la pantalla ALLX
para "All Trading, SV, Sociedad Anónima", CIMUY
para "CIMD, SV, Sociedad Anónima" y CUUU
para "Capital Markets, SV, Sociedad Anónima".
Estas pantallas se difunden a través del servicio de
información financiera Reuters.
Tasa interna de retorno, significa el tipo o
porcentaje de descuento para el cual el valor presente
de los flujos de caja, positivos y negativos de un
activo, es igual a cero. A efectos de este contrato,
la tasa interna de retorno se calculará conforme
a la siguiente fórmula:
Donde:
Fi = Flujos (positivos y negativos) del activo.
TIR = Tasa interna de retorno.
d = días del período de cálculo.
D = Número de días del año, que dependerá de
la base de cálculo utilizada. Para el cálculo de
la TIR de un activo de deuda pública se utilizará
la base de cálculo Actual/Actual, que toma
como número de días del año trescientos
sesenta y cinco días, excepto para los años bisiestos,
en que se toman trecientos sesenta y seis días.
19. Pliego de condiciones de la oferta: No se
ha verificado folleto informativo alguno en relación
con esta oferta, por la Comisión Nacional del
Mercado de Valores, por no estar esta oferta sujeta al
Real Decreto 1197/1991, de 26 de julio, sobre
Régimen de las Ofertas Públicas de Adquisición de
Valores. En caso de que cualquier titular de valores a
los que vaya dirigida esta oferta desee revisar los
términos de la misma, tendrá a su disposición, en
las oficinas de la entidad agente, mencionadas en
el apartado 17, y en las oficinas de SEPI, una copia
del pliego de condiciones de la oferta. El teléfono
de SEPI a estos efectos es el 91 396 14 29, y
fax 91 396 12 98.
Lo que se hace público para conocimiento de
los titulares de obligaciones a los que se dirige la
presente oferta pública de compra y que pudieran
estar interesados en la misma.
Madrid, 27 de noviembre de 1998.-El Director
financiero.-61.338-*.
A los efectos previstos en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
de 26 de noviembre de 1992, se hacen públicas las resoluciones sancionatorias dictadas por la Confederación Hidrográfica del Tajo que se relacionan
a continuación, cuya notificación se ha intentado sin que se haya podido practicar:
Expediente Interesado CIF/NIF
D-18664 Edmundo Augusto Pérez.............................. 910301309 10.000 Acampar. 20-5-1998
D-18688 Sergio García Pintor................................... 3855141L 10.000 Acampar. 20-5-1998
D-18694 Ismael Sanz del Monte................................ 52865229M 10.000 Acampar. 20-5-1998
D-18721 Otero David Hidalgo.................................. 52187057B 10.000 Acampar. 21-5-1998
D-18770 Rubén Romero Marcos............................... 52420048N 10.000 Acampar. 21-5-1998
D-18770/A Rubén Romero Marcos............................... 52420048N 10.000 Acampar. 21-5-1998
D-18792 Kalitzin García Ponce................................. 50980281E 10.000 Acampar. 21-5-1998
D-18828 Jesús María Gómez Palomero........................ 53043932K 10.000 Acampar. 21-5-1998
D-18843 Luis José García Espinosa............................ 11819919N 10.000 Acampar. 21-5-1998
D-18847 Roberto Alejandro García Lorenzo................... 50113674D 10.000 Acampar. 21-5-1998
D-18947 María Rosa Rodríguez Fernández.................... 11791275A 10.000 Acampar. 21-5-1998
D-18950 Fernando García Martín.............................. 5245844G 10.000 Acampar. 21-5-1998
D-18976 Francisca de la Fuente Díaz........................... 60177D 10.000 Acampar. 21-5-1998
D-19010 Melendo Jesús Maeso................................. 2182003Q 20.000 Navegar. 21-5-1998
D-19047 Franco Jesús Montero Silvan......................... 3790896 10.000 Navegar sin 25-5-1998
D-19280 Marina Arias González................................ 52099812M 10.000 Acampada 25-5-1998
Se significa a los interesados que en las oficinas del citado organismo, calle Agustín de Bethencourt, 25, primera planta, tienen a su disposición las
resoluciones pertinentes, y podrán retirarlas en días y horas hábiles al público.
Transcurridos diez días sin haberlo efectuado, se considerará que el acto administrativo ha sido notificado en forma, continuándose la tramitación
en los términos que procedan en Derecho.
Madrid, 26 de octubre de 1998.-El Comisario de Aguas, Gabriel Ramos Herrero.-59.470-E.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CANTABRIA
Consejería de Industria, Turismo,
Trabajo y Comunicaciones
ón General de Industria
Resolución por la que se otorga a la empresa "Electra
de Viesgo, Sociedad Anónima", la autorización
administrativa, la declaración en concreto de utilidad
pública y la aprobación del proyecto de ejecución
de una línea eléctrica, en el término municipal de
Santiurde de Reinosa (expediente AT 19-97)
La empresa "Electra de Viesgo, Sociedad
Anónima", con domicilio social en la calle del Medio,
12, Santander, ha solicitado ante la Dirección
General de Industria de la Consejería de Industria,
Turismo, Trabajo y Comunicaciones la autorización
administrativa, la declaración en concreto de utilidad
pública y la aprobación del proyecto de ejecución
de la LMT 12/20 kV. Venta de Aldueso-Enlace
Somballe.
En cumplimiento de los trámites que establecen
los Decretos 2617/1966, de 20 de octubre, sobre
las normas para el otorgamiento de autorización
administrativa en materia de instalaciones eléctricas,
y 2619/1966, de 20 de octubre, por el que se aprueba
el Reglamento sobre expropiación y sanciones en
materia de instalaciones eléctricas, que continúan
en vigor de acuerdo con lo que prevé la disposición
transitoria primera de la Ley 40/1994, de 30 de
MINISTERIO
DE MEDIO AMBIENTE
Confederaciones Hidrográficas
TAJO
Publicación de resoluciones sancionatorias
ón
-
Pesetas
diciembre, de Ordenación del Sistema Eléctrico
Nacional, que resulta aplicable de conformidad con
lo establecido en la disposición transitoria segunda,
punto 2, de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre,
del Sector Eléctrico; la solicitud mencionada ha sido
sometida a un período de información pública,
mediante el anuncio publicado en el "Boletín Oficial
de Cantabria" número 214, de 27 de octubre
de 1997; en el "Boletín Oficial del Estado"
número 258, de 28 de octubre de 1997, y en el periódico
"El Diario Montañés" de 2 de octubre de 1997.
Paralelamente al trámite de información pública,
en cumplimiento de lo que dispone el artículo 16.2
del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, se ha
notificado individualmente a cada uno de los
afectados, para que pudiesen formular las alegaciones
procedentes.
Dentro del plazo otorgado han presentado escrito
de alegaciones don Alfredo Gutiérrez Gutiérrez,
Presidente de la Junta Vecinal de Lantueno; don Emilio
Rojas Bravo y don Basilio Calderón Lucio. El
Presidente de la Junta Vecinal manifiesta su oposición
a que se otorgue la autorización pretendida, por
el gran número de líneas eléctricas que ya afectan
a las propiedades de la zona, sin proponer ningún
trazado alternativo; que no puede ser aceptada al
considerarse el trazado proyectado el más idóneo.
La alegación del señor Rojas se refiere al demérito
que soportaría su finca y la imposibilidad de edificar
en el futuro, no siendo aceptable, puesto que la
indemnización por los perjuicios corresponde a una
fase procedimental posterior y podrá construir si
se cumplen las prescripciones del capítulo VII del
Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, del
Reglamento técnico de líneas eléctricas aéreas de alta
tensión. La última alegación hace referencia a la
Otras obliFecha
Concepto
gaciones resolución
matrícula.
colectiva.
titularidad de fincas números4y5,conelnúmero
catastral 460, polígono 6, del término municipal
de Santiurde de Reinosa, sin aportar documento
que acredite que se haya padecido un error al
relacionarlas.
Cumplidos los trámites administrativos que
dispone la Ley 40/1994; Decretos 2617 y 2619/1966,
ambos de 20 de octubre, ya citados; la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y demás normas de legal
y vigente aplicación,
Visto que, de acuerdo con lo que dispone el Real
Decreto 1903/1996, de 2 de agosto, y Decreto
99/1996, de 26 de septiembre, la competencia para
autorizar instalaciones eléctricas provinciales
corresponde a la Dirección General de Industria,
Visto el informe favorable del Servicio de Energía,
resuelvo:
Primero.-Autorizar a la empresa "Electra de
Viesgo, Sociedad Anónima", la instalación eléctrica
LMT 12/20 kV Venta de Aldueso-Enlace Somballe,
en el término municipal de Santiurde de Reinosa.
Segundo.-Declarar la utilidad pública de la
instalación eléctrica que se autoriza, conforme a lo
dispuesto en los artículos 51 y siguientes de la Ley
40/1994, de 28 de diciembre, que llevará implícita
en todo caso la necesidad de ocupación o de
adquisición de los derechos afectados de los propietarios
con los que el solicitante no ha llegado a un acuerdo
e implicará su urgente ocupación, a los efectos del
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de
16 de diciembre de 1954.
Tercero.-Aprobar el proyecto de ejecución, con
las características técnicas siguientes:
Línea eléctrica:
Denominación: LMT Venta de Aldueso, enlace
Somballe.
Tensión: 20 kV (inicialmente funcionará a 12 kV).
Longitud: 2.530 metros.
Conductor: Tipo LA-110; sección: 116,20
milímetros cuadrados.
Apoyos metálicos: 13.
Origen de la línea: Apoyo número 5.
De la línea: LMT Somballe.
De la compañía: "Electra de Viesgo, Sociedad
Anónima".
Final de la línea: Apoyo número 12.
De la línea: LMT derivación al CTI Venta de
Aldueso.
De la compañía: "Electra de Viesgo, Sociedad
Anónima".
Presupuesto: 9.137.718 pesetas.
Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo
dispuesto en la normativa anteriormente citada y
sometida a las condiciones especiales siguientes:
Primera.-Las instalaciones deberán realizarse de
acuerdo con el proyecto técnico firmado por el
Ingeniero Industrial don José Fernández García y visado
por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de
Santander, con el número 219/97, de 31 de marzo
de 1997.
Segunda.-La empresa titular será la responsable
del uso, la conservación y el mantenimiento de la
instalación, de acuerdo con las condiciones de
seguridad que establece la normativa vigente.
Tercera.-El plazo para la puesta en marcha de
la instalación contemplada será de seis meses, a
contar desde la fecha de la última publicación de
esta Resolución.
Cuarta.-El titular comunicará al Servicio de
Energía el inicio de las obras, las incidencias y su
finalización, a efectos del reconocimiento definitivo y
extensión del acta de puesta en marcha.
Quinta.-La Administración dejará sin efecto la
presente Resolución en cualquier momento en que
observe el incumplimiento de las condiciones
impuestas.
Sexta.-La autorización se otorga sin perjuicio a
terceros y es independiente de las autorizaciones
o licencias de competencia de otros organismos.
Contra esta Resolución, que no agota la vía
administrativa, se podrá interponer recurso ordinario ante
el Consejero de Industria, Turismo, Trabajo y
Comunicaciones, en el plazo de un mes desde el día
siguiente a su notificación, de acuerdo con lo
establecido en los artículos 114 y siguientes de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Santander, 15 de octubre de 1998.-El Director
general, Pedro J. Herrero López.-59.863.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Ayuntamientos
AGÜIMES
Concurso de ideas sobre la batería de Arinaga
en Agüimes
Por medio del presente, se hace saber que la sesión
ordinaria del Pleno, celebrada el día 28 de
septiembre de 1998, se aprobó el concurso de ideas
para la rehabilitación de la batería de Arinaga, que
dice lo siguiente:
"Concurso de ideas para la rehabilitación y
propuesta de usos de la batería en la montaña de
Arinaga-Agüimes-Gran Canaria.
Resolución de 28 de septiembre de 1998 del
Ayuntamiento de la villa de Agüimes, por la que
se convoca concurso público de ideas para la
rehabilitación y propuesta de usos de la batería en la
montaña de Arinaga, así como el acondicionamiento
y uso del espacio circundante.
A tenor de lo dispuesto en el convenio suscrito
el día 5 de noviembre de 1998, entre el ilustre
Ayuntamiento de la villa de Agüimes y la demarcación
de Gran Canaria del Colegio de Arquitectos de
Canarias para la celebración de un concurso público
de ideas para la rehabilitación y propuesta de usos
de la batería en la montaña de Arinaga, así como
el acondicionamiento y uso del espacio circundante,
este Ayuntamiento, en uso de sus facultades,
resuelve:
Resuelve: Convocar un concurso público de ideas
para la rehabilitación y propuesta de usos de la
batería en la montaña de Arinaga, así como el
acondicionamiento y uso del espacio circundante.
Antecedentes: La montaña de Arinaga es el
accidente topográfico más característico del litoral de
Agüimes. Es una superficie llana, con una escasa
variación de cota de nivel, se eleva de manera
singular esta formación volcánica en cuya ladera sur
se sitúa la parcela, que tiene una forma
sensiblemente triangular, con un vértice próximo a la cima
de la montaña. A esta zona principal se añaden
dos vías de acceso, una de ellas es la que comunicaba
con el antiguo camino vecinal a la playa de Arinaga
y el otro con el acceso al faro.
Dentro de los terrenos objeto de este plan se
encuentran diversas edificaciones e instalaciones
que tuvieron su origen en el uso militar mantenidas
hasta fechas recientes, tales como barracones para
soldados, túneles, baterías, observatorio, telemétrico
y trincheras, así como otras construcciones
auxiliares.
La montaña de Arinaga está declarada
monumento natural (C-18) por la Ley de Espacios Naturales
de Canarias. Las normas subsidiarias municipales
clasifican a estos terrenos como suelo rústico, con
calificación de protección especial.*
* De la memoria del plan especial, sistema
general, batería montaña de Arinaga, redactado por el
Arquitecto don Carmelo Suárez Cabrera, promotor:
Ilustre Ayuntamiento de la villa de Agüimes, octubre
de 1997.
Objeto: Es objeto de este concurso la selección
de propuestas a nivel de anteproyecto dirigidas a
la rehabilitación y propuesta de usos de la batería
en la montaña de Arinaga, así como el
acondicionamiento y uso del espacio circundante.
Concursantes: Al ser el concurso de ámbito
nacional y al estar dirigido a desembocar en un proyecto
de edificación y espacios libres, podrán concurrir
a él los técnicos competentes que estén habilitados
para ello e inscritos en cualquier Colegio Profesional
de España.
Sin embargo, y a nivel de colaboradores en equipo,
estará abierto a cualquier profesional, artista,
estudiante o ciudadano de cualquier cualificación que
esté interesado, siempre que como cabeza del equipo
figure un técnico cualificado, con competencia en
el campo de la arquitectura y el urbanismo.
Plazos:
a) De inscripción: Treinta días naturales,
contados a partir del siguiente de la fecha de la
publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la
convocatoria del presente concurso.
La inscripción se formalizará mediante escrito
dirigido al señor Presidente de la Demarcación de
Gran Canaria del Colegio de Arquitectos de
Canarias, sita en la calle Luis Doreste Silva, número 2,
35004, Las Palmas de Gran Canaria, haciendo
constar en el mismo el nombre del concursante,
domicilio, cualificación profesional, número de colegiado
y nombre de los mismos del equipo si lo hubiera.
También se indicará el Arquitecto de prestigio a
nivel nacional, que se elige por el participante como
miembro del Tribunal.
Dicho escrito habrá de presentarse en la Secretaría
de la mencionada demarcación, terminando el plazo
de presentación de instancias el último día de los
treinta conferidos, a las trece horas, momento en
que se cerrará la inscripción a todos los efectos.
Se adjuntará declaración expresa por parte de
todos y cada uno de los miembros de cada equipo
participante, de no estar incurse en causa de
incapacidad por incompatibilidad para acudir al presente
concurso.
Se establece una cuota de inscripción de 20.000
pesetas por concursante o equipo, cantidad que
deberá ingresarse en la cuenta corriente abierta por
la demarcación en la Caja de Arquitectos,
presentando fotocopia del justificante de ingreso. El
importe obtenido por este concepto se destinará
exclusivamente a los gastos que originen la preparación
y desarrollo del concurso.
b) De admisión: Finalizado el período de
inscripción, la Secretaría del concurso, a la vista de
la propuesta emitida por el Ayuntamiento de
Agüimes, decidirá la admisión o no de los concursantes,
que se circulará a todos los participantes y se
expondrá en el tablón de anuncios de las demarcaciones.
Decidida la admisión de los concursantes, se pondrá
a disposición de los admitidos la documentación
base consistente en:
Programa de necesidades.
Plano de ubicación de la parcela.
Información urbanística.
Fotografías de la parcela y su entorno.
c) De información: Cumplido el plazo de
admisión, se abre otro de quince días naturales para
resolver por la Secretaría del concurso, ubicada en
la Demarcación de Gran Canaria, las dudas y
consultas, que formulen o planteen los concursantes.
d) De desarrollo del trabajo: Serán de noventa
días naturales, a partir del último de los plazos
indicados. Esta fecha, con objeto de evitar dudas y
equívocos, será determinada y comunicada a cada uno
de los inscritos, así como expuesta en el tablón
de anuncios de las demarcaciones.
e) De presentación: Podrá realizarse la
presentación de los trabajos durante el período de su
desarrollo y hasta el siguiente día hábil al de su
vencimiento, hasta las trece horas, en la Secretaría
de la Demarcación de Gran Canaria, de modo tal
que, trancurrida dicha hora, no se admitirá ningún
trabajo, quedando claro que los mismos han de
presentarse personalmente o por mensajería en
Secretaría.
Composición del jurado: El jurado se compondrá
de siete miembros, que serán los siguientes:
Presidente: El ilustrísimo señor Alcalde-Presidente
del Ayuntamiento de la villa de Agüimes, o persona
en quien delegue.
Vocales: El Presidente de la Demarcación de Gran
Canaria del Colegio de Arquitectos de Canarias,
o persona en quien delegue; el Concejal de
Urbanismo del Ayuntamiento de la villa de Agüimes,
o persona en quien delegue; el Arquitecto municipal
de Agüimes; un Técnico designado por el
Ayuntamiento de la villa de Agüimes; un Arquitecto
designado por la Demarcación de Gran Canaria del
Colegio de Arquitectos de Canarias, y un Arquitecto
de prestigio a nivel nacional, elegido por los
participantes.
Secretario: Lo será el del Ayuntamiento de la
villa de Agüimes, quien tendrá voz pero sin
facultades para emitir voto.
La composición del jurado se hará saber a los
cocursantes inscrito con la mayor rapidez posible,
por lo que, en el momento de la inscripción, deberá
efectuar propuesta de un Arquitecto como
representante suyo en el jurado. El Arquitecto que
obtenga mayor número de votos será invitado por la
Corporación a participar en el jurado, y si declinara
la invitación será invitado el segundo, y así
sucesivamente.
Trabajos del jurado: En el plazo de diez días
naturales, a contar desde la presentación de los trabajos,
deberá quedar redactada el acta del fallo del jurado,
con expresión de los votos emitidos por cada uno
de los respectivos premios.
Transcurrido el plazo de diez naturales, el
Ayuntamiento de la villa de Agüimes hará público el
resultado del fallo del jurado, que contendrá el
dictamen razonado que lo fundamente pudiendo cada
miembro del jurado hace constar, por separado, las
razones de su voto. El anuncio de los premios se
hará mediante acto público a celebrar en los salones
del Ayuntamiento, donde se hará lectura del acta
y se hará entrega de los premios.
Documentación a presentar por los concursantes:
Se deberán presentar los siguientes documentos:
* Memoria descriptiva, con una sucinta defensa
de la solución aportada y con estimación de
presupuesto. La memoria deberá estar incluida en los
tableros que se definen a continuación:
** Documentación gráfica necesaria.
Toda la documentación se presentará, como
máximo, sobre tres tableros ligeros de formato DIN-A0,
o dimensiones equivalente en formato DIN-A1.
* Grafismo y técnicas de presentación libres,
se admitirán fotografías de maquetas, pero no la
presentación de éstas.
Lema: Los trabajos se presentarán bajo el lema
que deberá figurar en todos los documentos, de
tal manera que éstos se mantengan anónimos. Con
un sobre cerrado, en cuyo exterior deberá figurar
el lema, y contendrá en su interior el nombre de
los concursantes y que será abierto en el acto de
la emisión del fallo del jurado, por el Secretario
de la Corporación.
Premios: El primer premio del concurso es el
encargo del proyecto para la rehabilitación de la
batería de Arinaga y su entorno, con la entrega
de 3.000.0000 de pesetas, a cuenta de los honorarios
correspondientes al proyecto definitivo.
Se entregarán además dos accésits de 750.000
pesetas.
Para el encargo del proyecto definitivo el
Ayuntamiento de la villa de Agüimes dispondrá de un
plazo de un año a partir de la publicación del fallo
del jurado. Los honorarios del dicho proyecto
definitivo se calcularán de acuerdo a los baremos
orientativos del Colegio de Arquitectos de Canarias.
En el caso de que en dicho plazo el Ayuntamiento
no pudiera gestionar y concretar dicho encargo, o
por razones de oportunidad desistiera de su
realización, el encargo se sustituirá por una
indemnización en metálico de 3.000.000 de pesetas. Si
con posterioridad se solventaran los inconvenientes
que hubieran impedido, en su caso, la concreción
del encargo, éste se adjudicaría a los ganadores del
presente concurso, deduciéndose del importe de los
honorarios los 3.000.000 de pesetas abonados como
indemnización, y teniendo además la cantidad de
3.000.000 de pesetas del premio, el concepto de
honorarios a cuenta a deducir de los definitivos.
Derechos de propiedad: Con excepción de los
trabajos premiados que quedarán a disposición del
Ayuntamiento de la villa de Agüimes, todos los
demás quedarán a disposición de los autores. Los
autores conservarán la propiedad intelectual sobre
los trabajo presentados a concurso.
Aceptación de las bases: El hecho de presentarse
al concurso indica el conocimiento y aceptación
de las bases por parte de los concursantes, por lo
que no podrán impugnarlas una vez formalizada
la inscripción.
Suspensión del concurso: De suspenderse el
concurso por el Ayuntamiento de la villa de Agüimes
se indemnizará a los concursantes por el trabajo
y materiales empleados, justipreciándose por el
Colegio de Arquitectos las indemnizaciones a
realizar, a cuyo fin deberá presentarse los trabajos
realizados al siguiente día del acuerdo de suspensión,
en la Demarcación de Gran Canaria del Colegio
de Arquitectos de Canarias; transcurrido dicho plazo
sin presentar los trabajos, no habrá derecho a exigir
la indemnización aquí establecida."
Lo que se hace público para general conocimiento.
Villa de Agüimes, 5 de noviembre de 1998.-El
Alcalde-Presidente, Antonio Morales
Méndez.-59.991.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid