MINISTERIO DE DEFENSA
Gerencia de Infraestructura
de la Defensa
Reversión del polvorín de Ribarroja, en Ribarroja
del Turia (Valencia), con una superficie de 236.140
metros cuadrados
El excelentísimo señor Ministro de Defensa, con
fecha 14 de mayo de 1998, ha tenido a bien
desafectar del fin público a que estaban destinados, los
terrenos del inmueble denominado polvorín de
Ribarroja, en Ribarroja del Turia (Valencia), con
una superficie de 236.140 metros cuadrados.
Dichos terrenos fueron expropiados en su día a
los propietarios que a continuación se detallan:
Propietario expropiado: Don José Brisa Tomás.
Parcela: 53. Finca registral: 8.818. Superficie: 7.760
metros cuadrados.
Propietario expropiado: Don Anastasio Bodí
Cervera. Parcela: 54. Finca registral: 8.819. 920 metros
cuadrados.
Propietario expropiado: Municipio (Comunidad
de Regantes). Parcela: 55. Finca registral: 8.820.
Superficie: 9.240 metros cuadrados.
Propietario expropiado: Don Anastasio Bodí
Cervera. Parcela: 56. Finca registral: 8.821. Superficie:
1.880 metros cuadrados.
Propietario expropiado: Don Salvador Guardiola
Brisa. Parcela: 57. Finca registral: 8.822. Superficie:
1.000 metros cuadrados.
Propietario expropiado: Don Vicente Almenar
Cuesta. Parcela: 58. Finca registral: 8.823.
Superficie: 1.660 metros cuadrados.
Propietario expropiado: Don Vicente Almenar
Cuesta. Parcela: 60. Finca registral: 8.824.
Superficie: 11.640 metros cuadrados.
Propietario expropiado: Municipio. Parcela: 61.
Finca registral: 8.825. Superficie: 640 metros
cuadrados.
Propietario expropiado: Don Rafael Gimeno
Romero. Parcela: 62. Finca registral: 8.826.
Superficie: 900 metros cuadrados.
Propietario expropiado: Municipio. Parcela: 63.
Finca registral: 8.827. Superficie: 2.020 metros
cuadrados.
Propietario expropiado: Don Joaquín Moreno
Bueno. Parcela: 88. Finca registral: 8.828.
Superficie: 3.350 metros cuadrados.
Propietario expropiado: Don Carlos Galindo
Folgado. Parcela: 91. Finca registral: 8.846. Superficie:
3.440 metros cuadrados.
Propietario expropiado: Don Juan Bautista
Andrés Martínez. Parcela: 92. Finca registral: 8.829.
Superficie: 5.540 metros cuadrados.
Propietario expropiado: Municipio. Parcela: 93.
Finca registral: 8.830. Superficie: 2.940 metros
cuadrados.
Propietario expropiado: Don Carlos Galindo
Folgado. Parcela: 94. Finca registral: 8.831. Superficie:
5.200 metros cuadrados.
Propietario expropiado: Don Juan Bautista
Andrés Martínez. Parcela: 95. Finca registral: 8.832.
Superficie: 5.700 metros cuadrados.
Propietario expropiado: Don Antonio Ramírez
Pedrós. Parcela: 124. Finca registral: 8.833.
Superficie: 840 metros cuadrados.
Propietario expropiado: Don Antonio Ramírez
Pedrós. Parcela: 125. Finca registral: 8.834.
Superficie: 900 metros cuadrados.
Propietario expropiado: Don Salvador Guardiola
Pérez. Parcela: 127. Finca registral: 8.835.
Superficie: 13.080 metros cuadrados.
Propietario expropiado: Desconocido. Parcela:
128. Finca registral: 8.847. Superficie: 3.800 metros
cuadrados.
Propietario expropiado: Don José Soriano
Lanáquera. Parcela: 129. Finca registral: 8.836.
Superficie: 1.340 metros cuadrados.
Propietarios expropiados: Herederos de don
Vicente Bigorra Paredes. Parcela: 144. Finca
registral: 8.837. Superficie: 3.200 metros cuadrados.
Propietario expropiado: Municipio. Parcela: 145.
Finca registral: 8.838. Superficie: 1.060 metros
cuadrados.
Propietarios expropiados: Herederos de don
Vicente Bigorra Paredes. Parcela: 146. Finca
registral: 8.839. Superficie: 800 metros cuadrados.
Propietario expropiado: Don Ricardo Mossi
Paredes. Parcela: 160. Finca registral: 8.840. Superficie:
1.040 metros cuadrados.
Propietario expropiado: Don Miguel Ferrer
Alejos. Parcela: 161. Finca registral: 8.845. Superficie:
2.360 metros cuadrados.
Propietario expropiado: Don Miguel Ferrer
Alejos. Parcela: 162. Finca registral: 8.844. Superficie:
1.620 metros cuadrados.
Propietario expropiado: Desconocido. Parcela:
163. Finca registral: 8.848. Superficie: 400 metros
cuadrados.
Propietario expropiado: Desconocido. Parcela:
164. Finca registral: 8.849. Superficie: 1.500 metros
cuadrados.
Propietario expropiado: Don Miguel Ferrer
Alejos. Parcela: 165. Finca registral: 8.843. Superficie:
5.000 metros cuadrados.
Propietario expropiado: Don Miguel Pedrós
Bigorra. Parcela: 166. Finca registral: 8.841.
Superficie: 420 metros cuadrados.
Propietario expropiado: Municipio. Parcela: 172.
Finca registral: 8.842. Superficie: 134.950 metros
cuadrados.
Por ello, en cumplimiento de cuanto determina
la Instrucción número 25/93, de 18 de marzo, sobre
tramitación de procedimientos administrativos en
el ámbito del Ministerio de Defensa, se pone en
conocimiento de los primitivos dueños o de sus
causahabientes, que ha desaparecido la afectación
al fin público a que estaban destinados dichos
terrenos, por lo que pueden en el plazo de un mes,
contado a partir de la publicación de este edicto,
ejercer el derecho de reversión que les otorgan los
artículos 54 y 55 de la Ley de Expropiación Forzosa,
de 16 de diciembre de 1954, en relación con los
artículos 63 y siguientes de su Reglamento, aprobado
por Decreto de 26 de abril de 1957, procediéndose
sin más trámite, en el supuesto de no recibirse
solicitud alguna, al archivo del expediente incoado para
cada una de las fincas expropiadas.
Para el ejercicio de este derecho deberán los
interesados presentar las oportunas solicitudes ante la
Gerencia de Infraestructura de la Defensa, calle
Princesa, número 32, 28008 Madrid.
Madrid, 10 de diciembre de 1998.-El Director
Gerente, Juan Antonio Miguélez Paz.-64.343.
MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Agencia Estatal
de Administración Tributaria
Delegaciones
CANTABRIA
Acuerdo, providencia, notificación y anuncio de
subasta de bienes inmuebles
En el expediente administrativo de apremio
seguido en esta Delegación de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, contra "Cepi, Sociedad
Anónima" (CEPISA), con CIF/NIF A28069623,
en base al artículo 145.1 del Real Decreto
1684/1990, de 20 de diciembre ("Boletín Oficial
del Estado" de 3 de enero de 1991), por el que
se aprueba el Reglamento General de Recaudación,
en adelante RGR, se acuerda la enajenación
mediante subasta de los bienes embargados que más abajo
se detallan a fin de cubrir la deuda perseguida y
las costas del procedimiento.
En ejecución de lo más arriba acordado, se decreta
la venta en subasta pública, a celebrar el día 8 de
febrero de 1999, a las diez horas, en la sala de
juntas de la Delegación Especial en Cantabria de
la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sita
en Santander, calle Calvo Sotelo, número 27, de
los siguientes bienes:
Datos registrales: Finca número 52.374, tomo
1.135, libro 532, folio 152, del Registro de la
Propiedad número 1 de Torrelavega.
Descripción registral: Urbana, en el pueblo de
Viérnoles, término municipal de Torrelavega, sitio
de la Espina y Alcantarillas, terreno urbano de
17.908 metros cuadrados de superficie, si bien en
reciente medición resulta tener 18.120 metros
cuadrados. Linda: Norte, de herederos de Zunzunegui;
sur, Río Cristo; este, carretera de Viérnoles, y oeste,
más de Renfe. Sobre parte de la misma, se ha
construido lo siguiente: A) Edificación destinada a nave
de 1.388 metros 80 decímetros cuadrados de
superficie, sin distribución interior. Linda, por todos sus
lados, con resto del terreno sobre el que se ha
construido. B) Edificación destinada a nave de 684
metros cuadrados de superficie, sin distribución
interior. Linda, por todos sus lados, con resto del terreno
sobre el que se ha construido. C) Edificación
destinada a nave de 162 metros cuadrados de superficie,
sin distribución interior. Linda, por todos sus lados,
con resto del terreno sobre el que se ha construido.
D) Edificación destinada a nave de 495 metros
cuadrados de superficie, sin distribución interior. Linda,
por todos sus lados, con terreno sobre el que se
ha construido. E) Edificación destinada a nave de
2.431 metros 28 decímetros cuadrados de superficie,
sin distribución interior. Linda, por todos sus lados,
con terreno sobre el que se ha construido.
Actualmente la propiedad del bien es de la entidad
"Ferral VIQ, Sociedad Limitada", con NIF
B-39252093, domiciliada en Viérnoles, 10, de
Torrelavega.
Tipo para la primera licitación: 148.650.000
pesetas, impuestos indirectos excluidos, en su caso, no
admitiéndose posturas que no cubran dicho tipo.
De conformidad con lo regulado en el artículo
148.4.4 del RGR, si en la primera licitación no
se hubiesen cubierto los débitos y quedasen bienes
sin adjudicar, la Mesa podrá optar, en el mismo
acto de aquélla, por celebrar una segunda licitación.
Decidida su procedencia, lo anunciará de forma
inmediata y fijará los siguientes tipos de subasta,
correspondientes al 75 por 100 de los que rigieron
en la primera licitación.
Tipo de la subasta en segunda licitación:
111.487.500 pesetas, impuestos indirectos
excluidos, en su caso, no admitiéndose posturas que no
cubran dicho tipo.
Con independencia de que se hubiere celebrado
o no la segunda licitación, si llegado a este punto
no se hubiesen cubierto los débitos y quedasen
bienes sin adjudicar, la Mesa anunciará la iniciación
del trámite de adjudicación directa, conforme al
procedimiento establecido en el artículo 150 del RGR.
En cualquier momento posterior al de declararse
desierta la primera licitación, se podrán adjudicar
directamente los bienes por un importe igual o
superior al que fueron valorados en dicha licitación,
previa solicitud a la Mesa de adjudicación, de
conformidad con lo prevenido en la disposición
adicional trigésima de la Ley 21/1986, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987.
El Delegado de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria en Cantabria, se reserva el
derecho de acordar la adjudicación al Estado de los
bienes inmuebles que no hubieran sido enajenados
a través del procedimiento descrito en esta
providencia, de conformidad con lo regulado en el
artículo 137.2 de la Ley General Tributaria, redactado
por la Ley 25/1995, de 20 de julio, y los
artículos 158 al 162 del RGR.
En virtud de lo preceptuado en los artículos 103,
146, 147 y 148 del RGR, se practican las siguientes
advertencias:
Primera.-Podrán tomar parte como licitadores en
la enajenación todas las personas que tengan
capacidad de obrar con arreglo a derecho, no tengan
impedimento o restricción legal y se identifiquen
por medio del documento nacional de identidad
o pasaporte y, en su caso, con documento que
justifique la representación que ostente.
Segunda.-Todo licitador habrá de constituir ante
la Mesa de subasta depósito de garantía en metálico
o cheque conformado a favor del Tesoro Público
por cuantía no inferior al 20 por 100 del tipo de
la correspondiente licitación. Este depósito se
ingresará en firme en el Tesoro Público, si los
adjudicatarios no satisfacen el precio de remate, sin
perjuicio de la responsabilidad en que incurran por
los mayores perjuicios que sobre el importe del
mismo origine la inefectividad de la adjudicación.
Tercera.-El valor de las pujas será el reflejado
en la siguiente escala:
Tipo de la subasta Valor de las pujas
- -
Pesetas Pesetas
Hasta 50.000...................... 500
De 50.001 a 100.000............ 1.000
De 100.001 a 250.000........... 2.500
De 250.001 a 500.000........... 5.000
De 500.001 a 1.000.000........ 10.000
De 1.000.001 a 2.500.000...... 25.000
De 2.500.001 a 5.000.000...... 50.000
De 5.000.001 a 10.000.000.... 100.000
Más de 10.000.000............... 250.000
El valor de las pujas se irá incrementando cuando,
como consecuencia de las distintas posturas, se pase
a un tramo superior de la escala.
Cuarta.-Se admitirán pujas en sobre cerrado. En
éstas se expresará el precio máximo ofrecido por
el licitador por cada bien. Los sobres deberán
presentarse, en el Registro General de la Delegación
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
de Cantabria, al menos, una hora antes del inicio
de la subasta, debiendo incluir en el sobre un cheque
conformado a favor del Tesoro Público por el
importe del depósito a que se hace referencia en el punto
número 2.
Quinta.-El rematante entregará en el acto de la
adjudicación o dentro de los cinco días hábiles
siguientes, la diferencia entre el depósito constituido
y el precio de adjudicación, y los bienes rematados
le serán entregados una vez satisfecho el importe
concertado y justificado el pago o la exención, en
su caso, de los tributos que gravan la transmisión
de los bienes, correspondiendo, en su caso, la
expedición de factura al sujeto pasivo conforme establece
el Real Decreto 2402/1985, de 18 de diciembre
("Boletín Oficial del Estado" del 30), y
subsidiariamente, de oficio al Jefe de la Unidad de
Recaudación. Si no se completara el pago en el referido
plazo, perderá el importe del depósito y quedará
obligado a resarcir a la Administración los
perjuicios. El impago de un adjudicatario no producirá
la adjudicación automática del bien al segundo
postor; la Mesa, en tal caso, acordará pasar dicho bien
al trámite de adjudicación directa regulado en el
artículo 150 del RGR.
Sexta.-Las cargas y gravámenes registrales sobre
los bienes objeto de la subasta que deberán quedar
subsistentes a la adjudicación de los mismos son
las siguientes: Ninguna.
Séptima.-Los títulos de propiedad disponibles
correspondientes a los bienes indicados podrán ser
examinados en las oficinas de esta Dependencia
Regional de Recaudación en la Delegación Especial
en Cantabria de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, sita en la dirección precitada,
hasta el día anterior al de la subasta. Los licitadores
habrán de conformarse con los títulos de propiedad
que se hayan aportado al expediente, no teniendo
derecho a exigir otros.
Octava.-Conforme a lo regulado en el artículo
137.3 de la Ley General Tributaria (redactado por
la Ley 25/1995, de 20 de julio) y el artículo 146.6.d)
del RGR, la subasta se suspenderá, quedando
liberados los bienes embargados, si se efectúa el pago
de la deuda y de las costas del procedimiento en
cualquier momento anterior a la adjudicación de
los bienes.
Novena.-De conformidad con lo previsto en el
artículo 140 del RGR, se requiere al deudor para
que en el plazo de tres días (si reside en esta
localidad) o de quince días (en caso contrario), contados
a partir de la notificación del presente acuerdo,
aporte ante el Servicio de Procedimientos Especiales
de la Dependencia de Recaudación de la Delegación
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
en Cantabria, los títulos de propiedad de los bienes
subastados.
Décima.-Los deudores, sus cónyuges y, en su
caso, los depositarios, así como los acreedores
hipotecarios o pignoraticios, cuyo domicilio sea
desconocido, o que se negaren a recibir la notificación
de este acto administrativo, se tendrán por
notificados, con plena virtualidad legal, por medio del
presente anuncio.
Notifíquese al deudoryasucónyuge y, en su
caso, a los acreedores hipotecarios o pignoraticios,
y a los terceros poseedores, al depositario y al
arrendador o Administrador de la finca y demás
interesados, con las siguientes prevenciones generales
en la vía de apremio:
I. Recursos: En los casos a que se refiere el
artículo 177 del RGR, de reposición en el plazo
de quince días, ante esta Dependencia de
Recaudación, o reclamación económico-administrativa, en
el de quince días, ante el Tribunal de dicha
jurisdicción, ambos plazos, contados a partir del día
siguiente al de la notificación, sin que puedan
simultanearse ambos recursos.
II. Suspensión del procedimiento: El
procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso,
solamente se suspenderá en los términos y
condiciones señalados en el artículo 101 del RGR.
III. Liquidación de intereses de demora: Las
cantidades adeudadas devengan interés de demora
desde el día siguiente al vencimiento del período
voluntario hasta la fecha de ingreso de acuerdo con
el artículo 109 del RGR.
IV. Tercerías de dominio o mejor derecho: Las
reclamaciones en vía administrativa serán requisito
previo para el ejercicio de la acción de tercería ante
los Juzgados y Tribunales civiles.
Santander, 3 de diciembre de 1998.-El Jefe
Regional de Recaudación, Teófilo Quesada
Zamora.-64.329-E.
MINISTERIO DE FOMENTO
Portuarias
CEUTA
Otorgamiento de concesiones
De acuerdo con las facultades que la Ley 27/1992,
sobre Puertos del Estado y la Marina Mercante,
otorga al Consejo de Administración de esta
Autoridad Portuaria, la empresa "Portel, Servicios
Telemáticos, Sociedad Anónima", ha sido autorizada
para ocupar, en régimen de concesión, los terrenos
de dominio público portuario estatal necesarios para
la ejecución del proyecto básico de centro de control
y para el ejercicio de la actividad de servicios
relacionada con dicho proyecto.
La propuesta del condicionado regulador de lo
autorizado fue aceptada íntegramente por "Portel,
Sociedad Anónima" el día 4 de noviembre de 1998.
Ceuta, 19 de noviembre de 1998.-El Presidente,
José Francisco Torrado López.±64.422.
MINISTERIO
DE MEDIO AMBIENTE
Confederaciones Hidrográficas
GUADIANA
Información pública de la relación de bienes y
derechos afectados por las expropiaciones para las obras
comprendidas en el proyecto de "Defensa contra
avenidas del arroyo de La Nave, término municipal
de Valverde de Leganés (Badajoz)"
Por Resolución de la Dirección General de Obras
Hidráulicas y Calidad de las Aguas del Ministerio
de Medio Ambiente, de fecha 1 de diciembre de
1998, se ha acordado someter a información pública
el proyecto epigrafiado.
En cumplimiento de lo preceptuado en los
artículos 17 y siguientes de la Ley de Expropiación
Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, para público
y general conocimiento se comunica que la relación
de los bienes y derechos afectados por las
expropiaciones necesarias para las citadas obras se
encuentra expuesta en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento afectado.
Todos los interesados y titulares de derechos reales
o intereses económicos sobre los bienes afectados
pueden presentar alegaciones ante la Confederación
Hidrográfica del Guadiana, calle General Rodrigo,
número 6, 28003 Madrid, durante el plazo de quince
días, al objeto de subsanar, si fuera necesario, los
posibles errores u omisiones en la relación de los
bienes y derechos afectados o de sus titulares.
Madrid, 4 de diciembre de 1998.-El Director
técnico, Gonzalo Soubrier González.-64.338-E.
Demarcaciones de Costas
MURCIA
Notificación del trámite de vista o audiencia del
expediente de deslinde de los bienes de dominio público
marítimo-terrestre estatal y su servidumbre de
protección en la Manga del Mar Menor, del tramo
de costa denominado Tramo 4, que comprende desde
la margen norte de la Gola de Marchamalo hasta
el límite norte de Hacienda Dos Mares (M-303 de
zona marítimo-terrestre) lado del Mar Menor,
término municipal de Cartagena y San Javier (Murcia)
Para el caso de que resulten ausentes o
desconocidos los interesados y/o propietarios colindantes
en el expediente de deslinde mencionado, se procede
a notificar el trámite de vista o audiencia en dicho
expediente, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
(LRJPAC) sobre notificaciones a interesados
cuando éstos sean desconocidos o ausentes o se ignore
su domicilio:
Por orden de la Dirección General de Costas,
se comunica lo siguiente:
"Se tramita en esta Dirección General el
expediente sobre el asunto de referencia.
De conformidad con el artículo 84 de la Ley
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se
concede un plazo de diez días para que dentro del
mismo puedan examinar el expediente y presentar,
también dentro de este mismo plazo, los escritos,
documentos y pruebas que estime conveniente.
El expediente se hallará en la Subdirección
General de Gestión del Dominio Público
Marítimo-Terrestre de esta Dirección General de Costas
(despacho 6.4, plaza de San Juan de la Cruz, sin
número, Madrid). Una copia del expediente podrá
ser examinada en la Demarcación de Costas de
este Ministerio en Murcia.
Lo que se comunica por si desea hacer uso de
este trámite de vista o audiencia que se le concede."
Murcia, 3 de diciembre de 1998.-El Jefe de la
Demarcación, Salvador Barnés Mora.-64.340-E.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE GALICIA
Consejería de Industria y Comercio
Delegaciones Provinciales
OURENSE
Edicto de la Delegación Provincial de la Consejería
de Industria y Comercio en Ourense por el que se
somete a información pública la solicitud para
declaración como recursos de la sección B los residuos
mineros de las balsas de Penouta
La Delegación Provincial de la Consejería de
Industria y Comercio en Ourense hace saber que
por la sociedad "Aproveitamento de Recursos
Naturais de Galicia, Sociedad Limitada", con número
de identificación fiscal B-32.222.630, con domicilio
en calle Florencio Delgado Gurriarán, 17, 3. º ,D,
O Barco de Valdeorras (Ourense), se ha presentado
una solicitud de declaración como recursos de la
sección B para los residuos existentes en la antigua
balsa de decantación de las minas de Penouta,
término municipal de Viana de Bolo, y que se extiende
sobre una superficie de 253.000 metros cuadrados.
Lo que se hace público para que cualquier
interesado pueda personarse en el expediente y alegar
lo que considere conveniente en el plazo de treinta
días.
Ourense, 30 de noviembre de 1998.-El Delegado
provincial, Alfredo Cacharro Pardo.-64.605.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE ANDALUCÍA
Consejería de Trabajo e Industria
Delegaciones Provinciales
CÓRDOBA
Nota-extracto relativa a la solicitud formulada en
esta Delegación Provincial por "Compañía Sevillana
de Electricidad, Sociedad Anónima"
Autorización administrativa de instalación
eléctrica
Referencia de expediente AT 127/1998. JLC/sas.
A los efectos prevenidos en el artículo 9 del
Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, se somete a
información pública la petición de instalación de
modificación de línea de alta tensión, cuyas características
especiales se señalan a continuación:
Peticionaria: "Compañía Sevillana de Electricidad,
Sociedad Anónima", con domicilio en Sevilla,
avenida de la Borbolla, número 5.
Lugar donde se va a establecer la instalación:
Polígono industrial de Las Quemadas,
Santiponce-Lancha (Córdoba).
Finalidad de la instalación: Liberar los terrenos
en el polígono industrial de Las Quemadas.
Características principales: Modificar línea
a 220 kV, área, de 899 metros de longitud,
conductores LA-455, apoyo metálico galvanizado, cable
de tierra AC-50 y aislamiento cadena U-120-BS.
Procedencia de los materiales: Nacional.
Presupuesto: 3.929.465 pesetas.
Lo que se hace público para que pueda ser
examinado el proyecto de la instalación en esta
Delegación Provincial de Trabajo e Industria de la Junta
de Andalucía, sita en calle Tomás de Aquino, 1,
y formularse al mismo las reclamaciones, por
duplicado, que se estimen oportunas, en el plazo de
treinta días contados a partir del siguiente al de la
publicación de este anuncio.
Córdoba, 20 de julio de 1998.-El Delegado
provincial, Antonio Poyato Poyato.-64.681-*.
Nota-extracto relativa a la solicitud formulada en
esta Delegación Provincial por "Compañía Sevillana
de Electricidad, Sociedad Anónima"
Autorización administrativa de instalación
eléctrica
Referencia de expediente AT 128/98. JLC/sas.
A los efectos prevenidos en el artículo 9. º del
Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, se somete
a información pública la petición de instalación de
modificación de línea de alte tensión, cuyas
características especiales se señalan a continuación:
Peticionaria: "Compañía Sevillana de Electricidad,
Sociedad Anónima", con domicilio en Sevilla,
avenida de la Borbolla, número 5.
Lugar donde se va a establecer la instalación:
Línea Baena-Iznájar. Carretera C0327, de
Andújar-Lucena (Córdoba).
Finalidad de la instalación: Acondicionamiento
de la carretera C-327, de Andújar a Lucena.
Características principales: Primera variante:
Origen, apoyo número 342, existente de la línea
Baena-Iznájar; final apoyo número 343, longitud 254
metros. Tipo aérea, S/C, tensión de 132 kV,
conductores LA-236, apoyos nuevos, tres metálicos,
galvanizados, cable de tierra SC-50, aislamiento cadena
de 10 elementos U-100 BS.
Procedencia de los materiales: Nacional.
Presupuesto: 8.789.475 pesetas.
Lo que se hace público para que puedan ser
examinado el proyecto de la instalación en esta
Delegación Provincial de Trabajo e Industria de la Junta
de Andalucía, sita en calle Tomás de Aquino, 1,
y formularse al mismo las reclamaciones, por
duplicado, que se estimen oportunas en el plazo de treinta
días, contados a partir del siguiente al de la
publicación de este anuncio.
Córdoba, 20 de julio de 1998.-El Delegado
provincial, Antonio Poyato Poyato.-64.680-*.
HUELVA
Resolución por la que se somete a información
pública la solicitud de autorización administrativa y la
declaración, en concreto, de utilidad pública de la
línea aérea de media tensión, a 15 kV, desde
seccionamiento La Nava a poste derivación a La
Murtiguilla, en La Nava (Huelva). Expediente
número 10.826 AT
A los efectos prevenidos en el artículo 9 del
Decreto 2617/1966, de 20 de octubre; artículo 52 de
la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector
Eléctrico, y artículos 10 y 16 del Reglamento de
Expropiación Forzosa y Sanciones en Materia de
Instalaciones Eléctricas, aprobado por Decreto
2619/1966, de 20 de octubre, normativa que resulta
de aplicación según establece la disposición
transitoria primera de la Ley 54/1997. Además de la
vigente Ley de Expropiación Forzosa y su
Reglamento, se somete al trámite de información pública
la solicitud de autorización y la declaración, en
concreto, de utilidad pública, por la peticionaria,
"Compañía Sevillana de Electricidad, Sociedad Anónima",
con domicilio en paseo de la Glorieta, número 8,
de Huelva, para el establecimiento de la instalación,
cuyas principales características son:
Lugar donde se va a establecer: Derivación La
Murtiguilla, entre La Nava y calle San Bartolomé.
Finalidad de la misma: Sustituir la línea existente.
Procedencia de los materiales: Nacional.
Presupuesto: 6.961.682 pesetas.
Origen: Línea aérea existente.
Final: Misma línea aérea.
Término municipal afectado: La Nava.
Tipo: Aérea.
Longitud: 2.725 metros.
Tensión de servicio: 15 kV.
Conductores: Al-Ac, de 78,6 milímetros
cuadrados.
Apoyos: Metálicos.
Aisladores: Suspendidos.
La declaración, en concreto, de utilidad pública,
en virtud de lo establecido en el artículo 54.1 de
la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, llevará
implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de
los bienes o la adquisición de los derechos, afectados
e implicará la urgente ocupación a los efectos del
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Lo que se hace público para conocimiento general
y especialmente para los propietarios afectados para
la ejecución de las obras, cuya relación ha sido
aportada por la beneficiaria de la expropiación,
"Compañía Sevillana de Electricidad, Sociedad
Anónima", y se inserta al final de este anuncio, para
que cualquier interesado pueda examinar el proyecto
en la Delegación Provincial de la Consejería de
Trabajo e Industria, sita en avenida Manuel Siurot, 4,
y formularse, al mismo tiempo, por duplicado, en
el plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este anuncio, las alegaciones que estime
oportunas y los procedentes, en su caso, por razón
de lo dispuesto en los artículos 25 y 26 del
Reglamento de la Ley 10/1966, de 18 de marzo, así
como aportar, por escrito, los datos oportunos para
subsanar posibles errores en la relación indicada.
Huelva, 10 de noviembre de 1998.-El Delegado
provincial, Manuel Alfonso Jiménez.-64.676-*.
Relación de propietarios, bienes y derechos
Ayuntamiento de La Nava
Parcela número 23. Polígono 5. Propietario: Don
José Manuel Delgado Ruiz. Domicilio: Libertad, 12,
21291 Galaroza. Clase de cultivo: Encinar.
Afección: Longitud de vuelo, 218 metros; número de
apoyos, un metro; con una superficie a ocupar de
1,21 metros cuadrados.
Parcela número 19. Polígono 5. Propietaria: Doña
Urbana García Delgado. Domicilio: Doctor Rodiño,
28, 21291 Valdelarco. Clase de cultivo: Encinar.
Afección: Longitud de vuelo, 474 metros; número
de apoyos, dos; con una superficie a ocupar de 2,42
metros cuadrados.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
VALENCIANA
Consejería de Economía, Hacienda
y Administración Pública
Servicios Territoriales
ALICANTE
Convocatoria de concurso de bienes
En el procedimiento administrativo de apremio
que se instruye en la Dirección Territorial de la
Consejería de Economía, Hacienda y
Administración Pública de Alicante contra el deudor a la
Hacienda Pública de la Generalidad Valenciana
"Casino Costa Blanca, Sociedad Anónima", se ha
dictado por el Secretario territorial, con fecha 9 de
diciembre de 1998, la siguiente providencia:
"De conformidad con lo establecido en los
artículos 130 y 137.1 de la Ley General Tributaria,
según la redacción dada a los mismos por la Ley
25/1995, de 20 de julio, y en el artículo 111 del
Reglamento General de Recaudación, en la
redacción dada al mismo por el Real Decreto 448/1995,
de 24 de marzo, y en uso de las facultades conferidas
por los artículos 144.2 del citado Reglamento y
4. º de la Orden de 11 de marzo de 1991, de la
Consejería de Economía y Hacienda ("Diario Oficial
de la Generalidad Valenciana" número 1520, de
12 de abril), el Director territorial de la Consejería
de Economia, Hacienda y Administración Pública
de Alicante acordó, en fecha 3 de septiembre de
1998, la ejecución de las garantías de las deudas
de la mercantil ªCasino Costa Blanca, Sociedad
Anónimaº, consistentes en la hipoteca inmobiliaria
unilateral a favor de la Generalidad Valenciana
constituida sobre las fincas que se describirán, a través
de su enajenación por concurso, por entender que
existen las siguientes razones de interés público, que
obligan a la adopción de un procedimiento de
ejecución hipotecaria coordinado con un paralelo
procedimiento de adjudicación de una nueva
autorización de instalación y explotación de casino de
juego:
1. Las no deseadas consecuencias, desde el
punto de vista laboral, que el cierre definitivo de la
actividad de juego de la mercantil deudora
supondría, que obligan a la búsqueda de alternativas que
garanticen, a un mismo tiempo, el mantenimiento
de los puestos de trabajo y la satisfacción del crédito
público al que a continuación se hace referencia.
2. La conveniencia de sostener y consolidar el
efecto dinamizador, directo e indirecto, que, para
la comarca y la economía en general, supone el
mantenimiento de la actividad desarrollada por la
citada mercantil.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en
los artículos 144.2 y 146 del Reglamento General
de Recaudación, se decreta la venta de los bienes
hipotecados a ªCasino Costa Blanca, Sociedad
Anónimaº, en garantía del fraccionamiento de pago de
la Tasa Fiscal sobre el Juego correspondiente a los
trimestres segundo, tercero y cuarto de 1993, por
los importes que se citan a continuación;
Liquidación C1700095030033565. Concepto:
Tercer plazo fracción. Segundo, tercer y cuarto
trimestre de 1993. Tasa fiscal juego. Principal:
107.913.768 pesetas. Recargo: 23.821.673 pesetas.
Pendiente total: 131.735.441 pesetas.
Liquidación: C1700095030033576. Concepto:
Cuarto plazo fracción. Segundo, tercer y cuarto
trimestre de 1993. Tasa fiscal juego. Principal:
200.241.103 pesetas. Recargo: 40.048.221 pesetas.
Pendiente total: 240.289.324 pesetas.
Costas y gastos presupuestados: Pendiente total,
139.391.451 pesetas.
Total: 511.416.216 pesetas.
Las cantidades adeudadas corresponden a los
vencimientos impagados en fechas 5 de abril y 5 de
julio de 1995, procedentes del citado
fraccionamiento de pago, en garantía de cuyo buen fin se
constituyó, mediante escritura otorgada el 28 de julio
de 1994 e inscrita el 30 de septiembre del mismo
año, hipoteca inmobiliaria unilateral a favor de la
Tesorería de la Generalidad Valenciana, aceptada
mediante escritura otorgada el 7 de septiembre de
1994 e inscrita el 30 del mismo mes, sobre las
fincas que a continuación se describen:
Finca 4.565-N:
Edificio destinado a casino, denominado ªCasino
Costa Blancaº, sito en término de Villajoyosa,
partida de Atalayes, dentro del perímetro de una finca
que, tras haber sufrido una segregación, tiene una
superficie de 2 hectáreas 80 áreas 96 centiàreas,
y cuyo acceso lo tiene por el punto kilométrico
114,800 de la carretera nacional 332, a 50 metros
de su eje.
El total edificio consta de planta baja, con una
superficie construida de 4.143 metros cuadrados;
dos plantas de sótano, la primera de 3.099 metros
cuadrados y la segunda de 2.161 metros cuadrados,
y de una primera planta alta, con una superficie
construida de 561 metros cuadrados. La total
superficie construida es, por tanto, de 9.954 metros
cuadrados.
Linda: Norte, con carretera nacional 332 y tierras
de Rosa Lloret y Bautista Francés; este, camino
vecinal; sur, tierras de Juan Galiana, Pascual Esteve,
Bartolomé Morales y Vicente Orquín, y oeste,
propiedad de la compañía mercantil ªUrcoba, Sociedad
Anónimaº, camino en medio.
Título: Declaración de obra, mediante escritura
otorgada el 28 de enero de 1981, ante el Notario
de Villajoyosa don Julio Rodríguez Sainz.
Inscripción: Tomo 528 del archivo, libro 140 de
Villajoyosa, folios 84, 85 y 86, finca 4.565-N e
inscripción séptima.
Derechos del deudor sobre la finca hipotecada:
Titular del pleno dominio.
Finca 21.288:
Parcela de terreno en forma de bota, en la partida
de Atalayes, del término de Villajoyosa, comprensiva
de 1 hectárea 70 áreas 54 centiáreas, sin ninguna
edificación.
Linda: Norte, resto de finca matriz y tierras de
Bautista Francés Picó; este, resto de finca matriz
y tierras de los herederos de Pascual Esteve Verdú;
sur, las de Pascual Esteve Verdú, de Bartolomé
Morales Pérez y de Vicente Orquín Soler, y oeste,
las de la mercantil ªVelasco y González, Sociedad
Anónimaº, camino en medio, y, en una pequeña
porción, resto de la finca matriz en la zona de la
estación depuradora de aguas residuales.
Título: Segregación, por escritura otorgada el 16
de febrero de 1990, ante el Notario de Villajoyosa
don José María Suárez Sánchez-Ventura.
Inscripción: Tomo 652 del archivo, libro 224, folio
180, finca 21.288, primera.
Derechos del deudor sobre la finca hipotecada:
Titular del pleno dominio.
La convocatoria del concurso será notificada al
deudor y a los acredores hipotecarios, así como
publicada en el ªBoletín Oficial del Estadoº y en
el de la provincia de Alicante y anunciada en la
Dirección Territorial de la Consejería de Economía,
Hacienda y Administración Pública de Alicante. En
dicha convocatoria se señalarán, además de los
bienes a enajenar, el plazo y condiciones para concurrir,
así como la forma de pago y fianza. Se señalarán,
asimismo, las condiciones especiales del concurso.
Notífiquese esta providencia al deudor y, en su
caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios,
con la advertencia que establece el artículo 146.2
del Reglamento General de Recaudación."
En cumplimiento de la citada providencia se
publica el presente anuncio, poniéndose en conocimiento
de los interesados que el concurso se regirá por
las siguientes cláusulas:
Primera.-El objeto de la enajenación, por medio
de concurso abierto, está constituido por las fincas
números 4.565-N y 21.288, inscritas en el Registro
de la Propiedad de Villajoyosa, cuya descripción
se detalla en la providencia de enajenación
anteriormente transcrita.
Segunda.-No existen cargas o gravámenes
anteriores o preferentes que deban quedar subsistentes.
Tercera.-El tipo de licitación para el lote
integrado por las dos fincas es el resultante de la
valoración conjunta de las mismas, que asciende a
2.317.488.400 pesetas, el cual podrá ser mejorado
al alza.
Cuarta.-Todo licitador habrá de constituir ante
la Tesorería de cualquiera de las Direcciones
Territoriales de la Consejería de Economía, Hacienda
y Administración Pública un depósito de, al menos,
el 20 por 100 del tipo fijado para el concurso. El
depósito se realizará en metálico o mediante talón
conformado y nominativo a favor de la Consejería
de Economía, Hacienda y Administración Pública.
Este depósito se ingresará en firme en las arcas
de la Generalidad Valenciana si el adjudicatario no
satisface el precio del remate en el acto de
adjudicación de los bienes o dentro de los cinco
siguientes, sin perjuicio de la responsabilidad en que pueda
incurrir por los mayores perjuicios que sobre el
importe del depósito origine la inefectividad de la
adjudicación.
Asimismo, el adjudicatario deberá acompañar
compromiso expreso de incorporación a su plantilla,
en caso de resultar adjudicatario de los inmuebles,
de los trabajadores que, hallándose prestando sus
servicios en "Casino Costa Blanca, Sociedad
Anónima", a la fecha de publicación de esta
convocatoria, opten por pasar a formar parte de la misma.
En cualquier caso, esta incorporación se producirá
con pleno respeto de los derechos laborales
adquiridos. Dicho compromiso no será obligatorio, en
ningún caso, para el adjudicatario respecto de los
administradores, directores, gerentes y, en general,
apoderados con facultades de administración, de
"Casino Costa Blanca, Sociedad Anónima". El
citado derecho de opción deberá ejercitarse
directamente ante el adjudicatario, en el plazo de los diez
días siguientes a la adjudicación de los inmuebles.
Quinto.-El concurso se suspenderá, en cualquier
momento anterior a la adjudicación de los bienes,
si se efectúaa el pago de la deuda, intereses y costas
del procedimiento.
Sexta.-Toda la documentación del expediente se
encuentra a disposición de los interesados en la
Secretaría Territorial de la Consejería de Economía,
Hacienda y Administración Pública en Alicante para
su examen, durante el plazo de exposición pública
y presentación de proposiciones. Los inmuebles
podrán ser visitados por los interesados, previa
solicitud por escrito y autorización del Director
territorial de la Consejería de Economía, Hacienda y
Administración Pública de Alicante.
Séptima.-Los deudores con domicilio
desconocido se tendrán por notificados con plena virtualidad
legal, por medio del presente anuncio.
Octava.-La adjudicación de las fincas objeto del
presente concurso quedará condicionada al
resultado del procedimiento anunciado mediante Orden
de la Consejería de Economía, Hacienda y
Administración Pública de 10 de diciembre de 1998, por
la que se convoca concurso público para el
otorgamiento de la autorización de instalación y
explotación de un casino de juego en la Comunidad
Valenciana ("Diario Oficial de la Generalidad Valenciana"
número 3.392, del 14).
Novena.-El plazo para la admisión de ofertas
finaliza el día 9 de abril de 1999.
Décima.-Terminado el plazo de admisión de
ofertas, el Director territorial de la Consejería de
Economía, Hacienda y Administración Pública de
Alicante, en el plazo de cinco días, decidirá adjudicar
el concurso o dejarlo desierto.
En caso de adjudicación, ésta se hará a la oferta
más ventajosa, teniendo en cuenta no sólo el aspecto
económico, sino también el cumplimiento de las
demás condiciones de esta convocatoria.
Si el concurso quedara desierto, podrá procederse
posteriormente a la adjudicación directa regulada
en el artículo 150 del Reglamento General de
Recaudación.
Undécima.-El rematante deberá justificar, en los
casos en que proceda, el pago o exención de los
tributos que gravan la transmisión de los bienes
objeto del presente concurso.
Duodécima.-Los gastos que puedan derivarse de
la transmisión de la titularidad de los citados
inmuebles, que otorgue la Administración de la
Generalidad Valenciana, en sustitución del deudor
apremiado y en rebeldía, serán de cuenta exclusiva del
adjudicatario.
Decimotercera.-En todo lo no previsto
expresamente en el presente edicto se estará a lo
preceptuado para la enajenación por subasta, de
conformidad con el artículo 144.2 del Reglamento General
de Recaudación.
Decimocuarta.-Contra el presente anuncio podrá
interponerse recurso de reposición, ante esta
Secretaría Territorial, o reclamación
económico-administrativa, bien ante el Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Valencia o, directamente ante
el Tribunal Económnico-Administrativo Central,
todos ellos en el plazo de quince días a contar desde
el siguiente al de la notificación de la presente, sin
perjuicio de que pueda interponer cualquier otro
recurso que estime procedente.
Alicante, 16 de diciembre de 1998.-El Secretario
territorial, Pedro Román Hellín.-65.581.
Consejería de Obras Públicas,
Urbanismo y Transportes
Información pública del proyecto básico de la
actuación de supresión del paso a nivel PF-3, en el punto
kilométrico 0,868, de la línea de Ferrocarriles de
la Generalidad Valenciana, Rafelbunyol-Valencia, en
los términos municipales de La Pobla de Farnals
y Rafelbunyol
Aprobado por Resolución de 9 de noviembre
de 1998, de la Dirección General de Transportes,
de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y
Transportes, se somete a información pública el
proyecto básico de referencia, de acuerdo con lo
dispuesto en el Decreto 37/1996, del Gobierno
Valenciano, sobre regulación de los pasos a nivel en las
líneas de Ferrocarriles de la Generalidad Valenciana.
Objeto: Formular las observaciones sobre las
circunstancias que justifiquen su declaración de interés
general sobre su concepción global y sobre la
estimación de impacto ambiental.
Plazo: Treinta días hábiles, a contar desde el
siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial
del Estado".
Lugar de exposición: Locales de la Consejería
de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte de la
avenida Blasco Ibáñez, 50, de Valencia.
Valencia, 9 de diciembre de 1998.-El Secretario
general, Antonio Rodríguez Barberá.-64.327.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE MADRID
Consejería de Medio Ambiente
y Desarrollo Regional
Dirección General del Medio Natural
Resolución 3584/1998 por la que se acuerda la
realización del trámite de audiencia a todos los
interesados en el procedimiento de elaboración del Plan
de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque
Regional en torno a los cursos bajos de los ríos
Manzanares y Jarama
Estando en curso la tramitación del procedimiento
de elaboración del Plan de Ordenación de los
Recursos Naturales del Parque Regional en torno a los
cursos bajos de los ríos Manzanares y Jarama y
habiéndose sometido a información pública.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
12.a) de la Ley 6/1994, de 28 de junio, sobre el
Parque Regional en torno a los cursos bajos de
los ríos Manzanares y Jarama, y al amparo de lo
previsto en el artículo 24 de la Ley 50/1997, de
27 de noviembre, del Gobierno.
Resuelvo
Primero.-Dar audiencia por un plazo de quince
días naturales a los interesados en el procedimiento
de elaboración del Plan de Ordenación de los
Recursos Naturales del Parque Regional en torno a los
cursos bajos de los ríos Manzanares y Jarama.
A los efectos de esta resolución, tendrán la
consideración de interesados aquellos a los que el
artículo 31 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
atribuye esta condición.
Segundo.-Publicar en el "Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid" y el "Boletín Oficial del
Estado" la presente Resolución, a efectos de lo
previsto en el artículo 59.5.a) de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
La documentación relativa al procedimiento de
elaboración del Plan de Ordenación de los Recursos
Naturales podrá ser consultada de nueve a catorce
horas, de lunes a viernes, en las dependencias de
la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo
Regional de esta Comunidad de Madrid, Servicio
de Contratación y Protección del Medio Natural,
calle Princesa, número 3, octava planta, 28008
Madrid.
El plazo previsto comenzará a contar a partir
del día siguiente al de la publicación de la presente
Resolución en el "Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid".
Madrid, 24 de noviembre de 1998.-El Director
general del Medio Natural, José Javier Fernández
Santamaría.-64.325.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CASTILLA Y LEÓN
Consejería de Industria, Comercio
y Turismo
Servicio Territorial Industria,
Comercio y Turismo
ZAMORA
Información pública de la solicitud de autorización
administrativa y declaración, en concreto, de utilidad
pública para el establecimiento de la subestación
eléctrica de Lubián de 220 kV y línea aérea a 220
kV de entrada y salida de la línea San
Agustín-Puebla de Sanabria. Expediente número
A-100/98/10.381
A los efectos prevenidos en el artículo 9 del
Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización
de instalaciones eléctricas, y en los artículos 10 y
31.4 del Reglamento sobre Expropiación Forzosa
y Sanciones en Materia de Instalaciones Eléctricas,
aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre,
normativa que resulta de aplicación en virtud de
lo establecido en la disposición transitoria primera
de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector
Eléctrico, así como a lo previsto en los artículos
53 y 54 de la citada Ley 54/1997, además de en
la vigente Ley de Expropiación Forzosa y en su
Reglamento, que resultan de aplicación supletoria
conforme a lo dispuesto en el artículo 55 de la
citada Ley 54/1997, se somete al trámite de
información pública la petición de autorización
administrativa y declaración, en concreto, de utilidad
pública, de la subestación eléctrica de Lubián de
400 kV y de la línea aérea a 220 kV de entrada
y salida en dicha subestación de la línea San
Agustín-Puebla de Sanabria, cuyas características
principales se reseñan a continuación:
Expediente número: A-100/98/10.381.
Peticionario: "Red Eléctrica de España, Sociedad
Anónima".
Domicilio: Paseo del Conde de los Gaitanes, 177,
28109 La Moraleja-Alcobendas (Madrid).
Instalaciones a realizar:
a) Subestación de Lubián de 220 kV.
Configuración: Barra simple. Número de posiciones:
Cuatro (San Agustín, Puebla de Sanabria, transformador
1 y futuro transformador 2).
b) Línea a 220 kV de entrada y salida de la
línea San Agustín-Puebla. Número de circuitos: Dos.
Longitud: 48 metros. Origen: Nuevo apoyo número
82 de línea San Agustín-Puebla de Sanabria. Final:
Futura estación de Lubián de 220 kV.
Término municipal afectado: Lubián (Zamora).
Presupuesto: Subestación, 282.060.000 pesetas.
Línea aérea de entrada y salida, 12.411.000 pesetas.
Finalidad de las instalaciones: Posibilitar la
evacuación de energía a generar por los parques eólicos
previstos en la zona.
La declaración, en concreto, de utilidad pública,
en virtud de lo establecido en el artículo 54.1 de
la citada Ley 54/1997, llevará implícita en todo
caso la necesidad de ocupación de los bienes o
de adquisición de los derechos afectados e implicará
la urgente ocupación a los efectos del artículo 52
de la Ley de Expropiación Forzosa, por lo que la
presente publicación sobre información pública se
realiza asimismo a los efectos previstos en el artículo
31.4 del citado Reglamento, aprobado por Decreto
2619/1966, de 20 de octubre. En el correspondiente
expediente expropiatorio la peticionaria de la
instalación asumirá, en su caso, la condición de entidad
beneficiaria.
Lo que se hace público para conocimiento general
y especialmente de los propietarios de los terrenos
y demás titulares afectados por expropiación forzosa
motivada por la ejecución de las obras, cuya relación
se inserta al final de este anuncio, para que pueda
ser examinado el proyecto y anexo de afecciones
de la instalación en este Servicio Territorial de
Industria, Comercio y Turismo de la Junta de Castilla
y León, sito en la calle Prado Tuerto, sin número,
segunda planta, 49071 Zamora, y formularse al
mismo tiempo, por duplicado, en el plazo de treinta
días, contados a partir del siguiente al de la
publicación de este anuncio, cualesquiera alegaciones que
se consideren oportunas, incluyendo las
procedenSubestación de Lubián, parque de 220 kV, término municipal de Lubián (Zamora)
Núm.
de
orden Propietario y dirección Parcela
1 José María Fernández Rodríguez. 49570 Lubián (Zamora).
Catastro: Herederos de Antonio Fernández Lubián, 49570 Lubián (Zamora).
2 César Rodríguez. Corredera Baja de San Pablo, 7, primero, primera, 28004 Madrid.
Catastro: Flora Rodríguez Ballesteros. 49570 Lubián (Zamora).
3 Miguel Hedroso Hedroso. 49570 Lubián (Zamora).
Catastro: Manuela Hedroso Silva. 49570 Lubián (Zamora).
4 Apoderado Baltasar Benítez Domínguez, 49570 Lubián (Zamora).
Catastro: Federico Montesinos Parada, 49570 Lubián (Zamora).
5 Antonio Domínguez Cristóbal Llarques, 20, 2.
Catastro: José Rodríguez García, 49570 Lubián (Zamora).
6 Regina Domínguez, 49570 Lubián (Zamora).
Catastro: Hermenegildo Domínguez, 49570 Lubián (Zamora).
7 Amador Fernández Rodríguez, plaza Reus, 9, 1.
Catastro: Herederos de Antonio Fernández Lubián, 49570 Lubián (Zamora).
Línea eléctrica a 220 kV de entrada y salida en la subestación de Lubián de la línea San Agustín-Puebla de Sanabria. Término municipal de Lubián (Provincia
de Zamora).
Número
Propietario
parcela
y
según
dirección
proyecto
1 José M. ª Fernández Rodríguez, 49570 Lubián (Zamora).
Catastro: Hros. de Antonio Fernández Lubián, 49570 Lubián (Zamora).
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Ayuntamientos
MÓSTOLES
Edicto
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, y
habiéndose intentado las notificaciones a don
Salvador Torrecilla Montal, doña María Teresa Navas
Sacristán, don Juan Manuel Casal Sánchez, don
Ángel R. Álvarez Plaza, don Félix Montero García
tes, en su caso, por razón de lo dispuesto en los
artículos 25 y 26 del reiterado Reglamento aprobado
por Decreto 2619/1966, así como aportar por
escrito los datos oportunos para subsanar posibles errores
en la relación indicada.
Asimismo, la presente publicación se realiza a
los efectos de notificación previstos en el apartado
4 del artículo 59 de la mencionada Ley 30/1992,
Relación de afecciones
Datos de la finca Afección
Paraje
Curisco. 332 1 Monte 950 bajo y erial.
Curisco. 333 1 1.049 Monte bajo y erial.
Curisco. 334 1 Monte 538 bajo y erial.
Curisco. 338 1 Monte 214 bajo y erial.
º , P-3, 08940 Cornellá (Barcelona). Curisco. 341 1 1.377 Monte bajo y erial.
Curisco. 342 1 Monte 339 bajo y erial.
º ,4. º , 08940 Cornellá (Barcelona). Curisco. 343 1 Monte 285 bajo y erial.
Relación de afecciones
Datos de la finca Afección
Número
parcela Polígono
Paraje 0
según número
catastro
Curisco. 332 1 20 18 1 45 2.500 Monte bajo y
y doña Silvia Álvarez Casasola, las cuales han sido
devueltas por el Servicio de Correos, por no
encontrarse los interesados en los domicilios a los que
han sido remitidas, se hace público mediante este
anuncio, que en la Secretaría General del
Ayuntamiento de Móstoles, los interesados pueden
recoger las notificaciones del acuerdo plenario adoptado
en fecha 2 de julio de 1998, en relación al
informe-propuesta sobre ejecución de sentencia del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en recurso
número 1.344/1991.
Este edicto se publicará en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento de Móstoles.
Móstoles, 1 de diciembre de 1998.-El
Alcalde.-65.638.
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Zamora, 9 de noviembre de 1998.-El Jefe del
Servicio Territorial, P. D. (Resolución de 24 de
octubre de 1994, "Boletín Oficial de Castilla y León"
de 3 de noviembre), José Bahamonde
Salazar.-63.964-*.
PolíExpro- Terreno
número gono piación
según Núpermanente
Catastro mero -
2
Apoyos Vuelo
y anillo
-
puesta a
metros Terreno
tierra
Ocup.
temporal
Sup.
-
Long. AnchoNúmero -
m 2
m 2
erial.
UNIVERSIDADES
OVIEDO
Facultad de Derecho
Anuncio por extravío de título de Licenciado
A los efectos de la Orden de 9 de septiembre
de 1974, se anuncia extravío de título de Licenciado
en Derecho de doña María Dolores Palacios
González, con documento nacional de identidad
número 9.375.403, expedido el día 3 de febrero de 1988
por el Ministerio.
Oviedo, 22 de octubre de 1998.-El Decano,
Andrés C. Álvarez Cortina.-64.421.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid