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Documento BOE-B-1998-52199

Otros anuncios oficiales

Publicado en:
«BOE» núm. 305, de 22 de diciembre de 1998, páginas 19868 a 19873 (6 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Referencia:
BOE-B-1998-52199

TEXTO

MINISTERIO DE DEFENSA

Gerencia de Infraestructura

de la Defensa

Reversión del polvorín de Ribarroja, en Ribarroja

del Turia (Valencia), con una superficie de 236.140

metros cuadrados

El excelentísimo señor Ministro de Defensa, con

fecha 14 de mayo de 1998, ha tenido a bien

desafectar del fin público a que estaban destinados, los

terrenos del inmueble denominado polvorín de

Ribarroja, en Ribarroja del Turia (Valencia), con

una superficie de 236.140 metros cuadrados.

Dichos terrenos fueron expropiados en su día a

los propietarios que a continuación se detallan:

Propietario expropiado: Don José Brisa Tomás.

Parcela: 53. Finca registral: 8.818. Superficie: 7.760

metros cuadrados.

Propietario expropiado: Don Anastasio Bodí

Cervera. Parcela: 54. Finca registral: 8.819. 920 metros

cuadrados.

Propietario expropiado: Municipio (Comunidad

de Regantes). Parcela: 55. Finca registral: 8.820.

Superficie: 9.240 metros cuadrados.

Propietario expropiado: Don Anastasio Bodí

Cervera. Parcela: 56. Finca registral: 8.821. Superficie:

1.880 metros cuadrados.

Propietario expropiado: Don Salvador Guardiola

Brisa. Parcela: 57. Finca registral: 8.822. Superficie:

1.000 metros cuadrados.

Propietario expropiado: Don Vicente Almenar

Cuesta. Parcela: 58. Finca registral: 8.823.

Superficie: 1.660 metros cuadrados.

Propietario expropiado: Don Vicente Almenar

Cuesta. Parcela: 60. Finca registral: 8.824.

Superficie: 11.640 metros cuadrados.

Propietario expropiado: Municipio. Parcela: 61.

Finca registral: 8.825. Superficie: 640 metros

cuadrados.

Propietario expropiado: Don Rafael Gimeno

Romero. Parcela: 62. Finca registral: 8.826.

Superficie: 900 metros cuadrados.

Propietario expropiado: Municipio. Parcela: 63.

Finca registral: 8.827. Superficie: 2.020 metros

cuadrados.

Propietario expropiado: Don Joaquín Moreno

Bueno. Parcela: 88. Finca registral: 8.828.

Superficie: 3.350 metros cuadrados.

Propietario expropiado: Don Carlos Galindo

Folgado. Parcela: 91. Finca registral: 8.846. Superficie:

3.440 metros cuadrados.

Propietario expropiado: Don Juan Bautista

Andrés Martínez. Parcela: 92. Finca registral: 8.829.

Superficie: 5.540 metros cuadrados.

Propietario expropiado: Municipio. Parcela: 93.

Finca registral: 8.830. Superficie: 2.940 metros

cuadrados.

Propietario expropiado: Don Carlos Galindo

Folgado. Parcela: 94. Finca registral: 8.831. Superficie:

5.200 metros cuadrados.

Propietario expropiado: Don Juan Bautista

Andrés Martínez. Parcela: 95. Finca registral: 8.832.

Superficie: 5.700 metros cuadrados.

Propietario expropiado: Don Antonio Ramírez

Pedrós. Parcela: 124. Finca registral: 8.833.

Superficie: 840 metros cuadrados.

Propietario expropiado: Don Antonio Ramírez

Pedrós. Parcela: 125. Finca registral: 8.834.

Superficie: 900 metros cuadrados.

Propietario expropiado: Don Salvador Guardiola

Pérez. Parcela: 127. Finca registral: 8.835.

Superficie: 13.080 metros cuadrados.

Propietario expropiado: Desconocido. Parcela:

128. Finca registral: 8.847. Superficie: 3.800 metros

cuadrados.

Propietario expropiado: Don José Soriano

Lanáquera. Parcela: 129. Finca registral: 8.836.

Superficie: 1.340 metros cuadrados.

Propietarios expropiados: Herederos de don

Vicente Bigorra Paredes. Parcela: 144. Finca

registral: 8.837. Superficie: 3.200 metros cuadrados.

Propietario expropiado: Municipio. Parcela: 145.

Finca registral: 8.838. Superficie: 1.060 metros

cuadrados.

Propietarios expropiados: Herederos de don

Vicente Bigorra Paredes. Parcela: 146. Finca

registral: 8.839. Superficie: 800 metros cuadrados.

Propietario expropiado: Don Ricardo Mossi

Paredes. Parcela: 160. Finca registral: 8.840. Superficie:

1.040 metros cuadrados.

Propietario expropiado: Don Miguel Ferrer

Alejos. Parcela: 161. Finca registral: 8.845. Superficie:

2.360 metros cuadrados.

Propietario expropiado: Don Miguel Ferrer

Alejos. Parcela: 162. Finca registral: 8.844. Superficie:

1.620 metros cuadrados.

Propietario expropiado: Desconocido. Parcela:

163. Finca registral: 8.848. Superficie: 400 metros

cuadrados.

Propietario expropiado: Desconocido. Parcela:

164. Finca registral: 8.849. Superficie: 1.500 metros

cuadrados.

Propietario expropiado: Don Miguel Ferrer

Alejos. Parcela: 165. Finca registral: 8.843. Superficie:

5.000 metros cuadrados.

Propietario expropiado: Don Miguel Pedrós

Bigorra. Parcela: 166. Finca registral: 8.841.

Superficie: 420 metros cuadrados.

Propietario expropiado: Municipio. Parcela: 172.

Finca registral: 8.842. Superficie: 134.950 metros

cuadrados.

Por ello, en cumplimiento de cuanto determina

la Instrucción número 25/93, de 18 de marzo, sobre

tramitación de procedimientos administrativos en

el ámbito del Ministerio de Defensa, se pone en

conocimiento de los primitivos dueños o de sus

causahabientes, que ha desaparecido la afectación

al fin público a que estaban destinados dichos

terrenos, por lo que pueden en el plazo de un mes,

contado a partir de la publicación de este edicto,

ejercer el derecho de reversión que les otorgan los

artículos 54 y 55 de la Ley de Expropiación Forzosa,

de 16 de diciembre de 1954, en relación con los

artículos 63 y siguientes de su Reglamento, aprobado

por Decreto de 26 de abril de 1957, procediéndose

sin más trámite, en el supuesto de no recibirse

solicitud alguna, al archivo del expediente incoado para

cada una de las fincas expropiadas.

Para el ejercicio de este derecho deberán los

interesados presentar las oportunas solicitudes ante la

Gerencia de Infraestructura de la Defensa, calle

Princesa, número 32, 28008 Madrid.

Madrid, 10 de diciembre de 1998.-El Director

Gerente, Juan Antonio Miguélez Paz.-64.343.

MINISTERIO

DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Agencia Estatal

de Administración Tributaria

Delegaciones

CANTABRIA

Acuerdo, providencia, notificación y anuncio de

subasta de bienes inmuebles

En el expediente administrativo de apremio

seguido en esta Delegación de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria, contra "Cepi, Sociedad

Anónima" (CEPISA), con CIF/NIF A28069623,

en base al artículo 145.1 del Real Decreto

1684/1990, de 20 de diciembre ("Boletín Oficial

del Estado" de 3 de enero de 1991), por el que

se aprueba el Reglamento General de Recaudación,

en adelante RGR, se acuerda la enajenación

mediante subasta de los bienes embargados que más abajo

se detallan a fin de cubrir la deuda perseguida y

las costas del procedimiento.

En ejecución de lo más arriba acordado, se decreta

la venta en subasta pública, a celebrar el día 8 de

febrero de 1999, a las diez horas, en la sala de

juntas de la Delegación Especial en Cantabria de

la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sita

en Santander, calle Calvo Sotelo, número 27, de

los siguientes bienes:

Datos registrales: Finca número 52.374, tomo

1.135, libro 532, folio 152, del Registro de la

Propiedad número 1 de Torrelavega.

Descripción registral: Urbana, en el pueblo de

Viérnoles, término municipal de Torrelavega, sitio

de la Espina y Alcantarillas, terreno urbano de

17.908 metros cuadrados de superficie, si bien en

reciente medición resulta tener 18.120 metros

cuadrados. Linda: Norte, de herederos de Zunzunegui;

sur, Río Cristo; este, carretera de Viérnoles, y oeste,

más de Renfe. Sobre parte de la misma, se ha

construido lo siguiente: A) Edificación destinada a nave

de 1.388 metros 80 decímetros cuadrados de

superficie, sin distribución interior. Linda, por todos sus

lados, con resto del terreno sobre el que se ha

construido. B) Edificación destinada a nave de 684

metros cuadrados de superficie, sin distribución

interior. Linda, por todos sus lados, con resto del terreno

sobre el que se ha construido. C) Edificación

destinada a nave de 162 metros cuadrados de superficie,

sin distribución interior. Linda, por todos sus lados,

con resto del terreno sobre el que se ha construido.

D) Edificación destinada a nave de 495 metros

cuadrados de superficie, sin distribución interior. Linda,

por todos sus lados, con terreno sobre el que se

ha construido. E) Edificación destinada a nave de

2.431 metros 28 decímetros cuadrados de superficie,

sin distribución interior. Linda, por todos sus lados,

con terreno sobre el que se ha construido.

Actualmente la propiedad del bien es de la entidad

"Ferral VIQ, Sociedad Limitada", con NIF

B-39252093, domiciliada en Viérnoles, 10, de

Torrelavega.

Tipo para la primera licitación: 148.650.000

pesetas, impuestos indirectos excluidos, en su caso, no

admitiéndose posturas que no cubran dicho tipo.

De conformidad con lo regulado en el artículo

148.4.4 del RGR, si en la primera licitación no

se hubiesen cubierto los débitos y quedasen bienes

sin adjudicar, la Mesa podrá optar, en el mismo

acto de aquélla, por celebrar una segunda licitación.

Decidida su procedencia, lo anunciará de forma

inmediata y fijará los siguientes tipos de subasta,

correspondientes al 75 por 100 de los que rigieron

en la primera licitación.

Tipo de la subasta en segunda licitación:

111.487.500 pesetas, impuestos indirectos

excluidos, en su caso, no admitiéndose posturas que no

cubran dicho tipo.

Con independencia de que se hubiere celebrado

o no la segunda licitación, si llegado a este punto

no se hubiesen cubierto los débitos y quedasen

bienes sin adjudicar, la Mesa anunciará la iniciación

del trámite de adjudicación directa, conforme al

procedimiento establecido en el artículo 150 del RGR.

En cualquier momento posterior al de declararse

desierta la primera licitación, se podrán adjudicar

directamente los bienes por un importe igual o

superior al que fueron valorados en dicha licitación,

previa solicitud a la Mesa de adjudicación, de

conformidad con lo prevenido en la disposición

adicional trigésima de la Ley 21/1986, de 23 de

diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987.

El Delegado de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria en Cantabria, se reserva el

derecho de acordar la adjudicación al Estado de los

bienes inmuebles que no hubieran sido enajenados

a través del procedimiento descrito en esta

providencia, de conformidad con lo regulado en el

artículo 137.2 de la Ley General Tributaria, redactado

por la Ley 25/1995, de 20 de julio, y los

artículos 158 al 162 del RGR.

En virtud de lo preceptuado en los artículos 103,

146, 147 y 148 del RGR, se practican las siguientes

advertencias:

Primera.-Podrán tomar parte como licitadores en

la enajenación todas las personas que tengan

capacidad de obrar con arreglo a derecho, no tengan

impedimento o restricción legal y se identifiquen

por medio del documento nacional de identidad

o pasaporte y, en su caso, con documento que

justifique la representación que ostente.

Segunda.-Todo licitador habrá de constituir ante

la Mesa de subasta depósito de garantía en metálico

o cheque conformado a favor del Tesoro Público

por cuantía no inferior al 20 por 100 del tipo de

la correspondiente licitación. Este depósito se

ingresará en firme en el Tesoro Público, si los

adjudicatarios no satisfacen el precio de remate, sin

perjuicio de la responsabilidad en que incurran por

los mayores perjuicios que sobre el importe del

mismo origine la inefectividad de la adjudicación.

Tercera.-El valor de las pujas será el reflejado

en la siguiente escala:

Tipo de la subasta Valor de las pujas

- -

Pesetas Pesetas

Hasta 50.000...................... 500

De 50.001 a 100.000............ 1.000

De 100.001 a 250.000........... 2.500

De 250.001 a 500.000........... 5.000

De 500.001 a 1.000.000........ 10.000

De 1.000.001 a 2.500.000...... 25.000

De 2.500.001 a 5.000.000...... 50.000

De 5.000.001 a 10.000.000.... 100.000

Más de 10.000.000............... 250.000

El valor de las pujas se irá incrementando cuando,

como consecuencia de las distintas posturas, se pase

a un tramo superior de la escala.

Cuarta.-Se admitirán pujas en sobre cerrado. En

éstas se expresará el precio máximo ofrecido por

el licitador por cada bien. Los sobres deberán

presentarse, en el Registro General de la Delegación

de la Agencia Estatal de Administración Tributaria

de Cantabria, al menos, una hora antes del inicio

de la subasta, debiendo incluir en el sobre un cheque

conformado a favor del Tesoro Público por el

importe del depósito a que se hace referencia en el punto

número 2.

Quinta.-El rematante entregará en el acto de la

adjudicación o dentro de los cinco días hábiles

siguientes, la diferencia entre el depósito constituido

y el precio de adjudicación, y los bienes rematados

le serán entregados una vez satisfecho el importe

concertado y justificado el pago o la exención, en

su caso, de los tributos que gravan la transmisión

de los bienes, correspondiendo, en su caso, la

expedición de factura al sujeto pasivo conforme establece

el Real Decreto 2402/1985, de 18 de diciembre

("Boletín Oficial del Estado" del 30), y

subsidiariamente, de oficio al Jefe de la Unidad de

Recaudación. Si no se completara el pago en el referido

plazo, perderá el importe del depósito y quedará

obligado a resarcir a la Administración los

perjuicios. El impago de un adjudicatario no producirá

la adjudicación automática del bien al segundo

postor; la Mesa, en tal caso, acordará pasar dicho bien

al trámite de adjudicación directa regulado en el

artículo 150 del RGR.

Sexta.-Las cargas y gravámenes registrales sobre

los bienes objeto de la subasta que deberán quedar

subsistentes a la adjudicación de los mismos son

las siguientes: Ninguna.

Séptima.-Los títulos de propiedad disponibles

correspondientes a los bienes indicados podrán ser

examinados en las oficinas de esta Dependencia

Regional de Recaudación en la Delegación Especial

en Cantabria de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria, sita en la dirección precitada,

hasta el día anterior al de la subasta. Los licitadores

habrán de conformarse con los títulos de propiedad

que se hayan aportado al expediente, no teniendo

derecho a exigir otros.

Octava.-Conforme a lo regulado en el artículo

137.3 de la Ley General Tributaria (redactado por

la Ley 25/1995, de 20 de julio) y el artículo 146.6.d)

del RGR, la subasta se suspenderá, quedando

liberados los bienes embargados, si se efectúa el pago

de la deuda y de las costas del procedimiento en

cualquier momento anterior a la adjudicación de

los bienes.

Novena.-De conformidad con lo previsto en el

artículo 140 del RGR, se requiere al deudor para

que en el plazo de tres días (si reside en esta

localidad) o de quince días (en caso contrario), contados

a partir de la notificación del presente acuerdo,

aporte ante el Servicio de Procedimientos Especiales

de la Dependencia de Recaudación de la Delegación

de la Agencia Estatal de Administración Tributaria

en Cantabria, los títulos de propiedad de los bienes

subastados.

Décima.-Los deudores, sus cónyuges y, en su

caso, los depositarios, así como los acreedores

hipotecarios o pignoraticios, cuyo domicilio sea

desconocido, o que se negaren a recibir la notificación

de este acto administrativo, se tendrán por

notificados, con plena virtualidad legal, por medio del

presente anuncio.

Notifíquese al deudoryasucónyuge y, en su

caso, a los acreedores hipotecarios o pignoraticios,

y a los terceros poseedores, al depositario y al

arrendador o Administrador de la finca y demás

interesados, con las siguientes prevenciones generales

en la vía de apremio:

I. Recursos: En los casos a que se refiere el

artículo 177 del RGR, de reposición en el plazo

de quince días, ante esta Dependencia de

Recaudación, o reclamación económico-administrativa, en

el de quince días, ante el Tribunal de dicha

jurisdicción, ambos plazos, contados a partir del día

siguiente al de la notificación, sin que puedan

simultanearse ambos recursos.

II. Suspensión del procedimiento: El

procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso,

solamente se suspenderá en los términos y

condiciones señalados en el artículo 101 del RGR.

III. Liquidación de intereses de demora: Las

cantidades adeudadas devengan interés de demora

desde el día siguiente al vencimiento del período

voluntario hasta la fecha de ingreso de acuerdo con

el artículo 109 del RGR.

IV. Tercerías de dominio o mejor derecho: Las

reclamaciones en vía administrativa serán requisito

previo para el ejercicio de la acción de tercería ante

los Juzgados y Tribunales civiles.

Santander, 3 de diciembre de 1998.-El Jefe

Regional de Recaudación, Teófilo Quesada

Zamora.-64.329-E.

MINISTERIO DE FOMENTO

Portuarias

CEUTA

Otorgamiento de concesiones

De acuerdo con las facultades que la Ley 27/1992,

sobre Puertos del Estado y la Marina Mercante,

otorga al Consejo de Administración de esta

Autoridad Portuaria, la empresa "Portel, Servicios

Telemáticos, Sociedad Anónima", ha sido autorizada

para ocupar, en régimen de concesión, los terrenos

de dominio público portuario estatal necesarios para

la ejecución del proyecto básico de centro de control

y para el ejercicio de la actividad de servicios

relacionada con dicho proyecto.

La propuesta del condicionado regulador de lo

autorizado fue aceptada íntegramente por "Portel,

Sociedad Anónima" el día 4 de noviembre de 1998.

Ceuta, 19 de noviembre de 1998.-El Presidente,

José Francisco Torrado López.±64.422.

MINISTERIO

DE MEDIO AMBIENTE

Confederaciones Hidrográficas

GUADIANA

Información pública de la relación de bienes y

derechos afectados por las expropiaciones para las obras

comprendidas en el proyecto de "Defensa contra

avenidas del arroyo de La Nave, término municipal

de Valverde de Leganés (Badajoz)"

Por Resolución de la Dirección General de Obras

Hidráulicas y Calidad de las Aguas del Ministerio

de Medio Ambiente, de fecha 1 de diciembre de

1998, se ha acordado someter a información pública

el proyecto epigrafiado.

En cumplimiento de lo preceptuado en los

artículos 17 y siguientes de la Ley de Expropiación

Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, para público

y general conocimiento se comunica que la relación

de los bienes y derechos afectados por las

expropiaciones necesarias para las citadas obras se

encuentra expuesta en el tablón de anuncios del

Ayuntamiento afectado.

Todos los interesados y titulares de derechos reales

o intereses económicos sobre los bienes afectados

pueden presentar alegaciones ante la Confederación

Hidrográfica del Guadiana, calle General Rodrigo,

número 6, 28003 Madrid, durante el plazo de quince

días, al objeto de subsanar, si fuera necesario, los

posibles errores u omisiones en la relación de los

bienes y derechos afectados o de sus titulares.

Madrid, 4 de diciembre de 1998.-El Director

técnico, Gonzalo Soubrier González.-64.338-E.

Demarcaciones de Costas

MURCIA

Notificación del trámite de vista o audiencia del

expediente de deslinde de los bienes de dominio público

marítimo-terrestre estatal y su servidumbre de

protección en la Manga del Mar Menor, del tramo

de costa denominado Tramo 4, que comprende desde

la margen norte de la Gola de Marchamalo hasta

el límite norte de Hacienda Dos Mares (M-303 de

zona marítimo-terrestre) lado del Mar Menor,

término municipal de Cartagena y San Javier (Murcia)

Para el caso de que resulten ausentes o

desconocidos los interesados y/o propietarios colindantes

en el expediente de deslinde mencionado, se procede

a notificar el trámite de vista o audiencia en dicho

expediente, de acuerdo con lo establecido en el

artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

(LRJPAC) sobre notificaciones a interesados

cuando éstos sean desconocidos o ausentes o se ignore

su domicilio:

Por orden de la Dirección General de Costas,

se comunica lo siguiente:

"Se tramita en esta Dirección General el

expediente sobre el asunto de referencia.

De conformidad con el artículo 84 de la Ley

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se

concede un plazo de diez días para que dentro del

mismo puedan examinar el expediente y presentar,

también dentro de este mismo plazo, los escritos,

documentos y pruebas que estime conveniente.

El expediente se hallará en la Subdirección

General de Gestión del Dominio Público

Marítimo-Terrestre de esta Dirección General de Costas

(despacho 6.4, plaza de San Juan de la Cruz, sin

número, Madrid). Una copia del expediente podrá

ser examinada en la Demarcación de Costas de

este Ministerio en Murcia.

Lo que se comunica por si desea hacer uso de

este trámite de vista o audiencia que se le concede."

Murcia, 3 de diciembre de 1998.-El Jefe de la

Demarcación, Salvador Barnés Mora.-64.340-E.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE GALICIA

Consejería de Industria y Comercio

Delegaciones Provinciales

OURENSE

Edicto de la Delegación Provincial de la Consejería

de Industria y Comercio en Ourense por el que se

somete a información pública la solicitud para

declaración como recursos de la sección B los residuos

mineros de las balsas de Penouta

La Delegación Provincial de la Consejería de

Industria y Comercio en Ourense hace saber que

por la sociedad "Aproveitamento de Recursos

Naturais de Galicia, Sociedad Limitada", con número

de identificación fiscal B-32.222.630, con domicilio

en calle Florencio Delgado Gurriarán, 17, 3. º ,D,

O Barco de Valdeorras (Ourense), se ha presentado

una solicitud de declaración como recursos de la

sección B para los residuos existentes en la antigua

balsa de decantación de las minas de Penouta,

término municipal de Viana de Bolo, y que se extiende

sobre una superficie de 253.000 metros cuadrados.

Lo que se hace público para que cualquier

interesado pueda personarse en el expediente y alegar

lo que considere conveniente en el plazo de treinta

días.

Ourense, 30 de noviembre de 1998.-El Delegado

provincial, Alfredo Cacharro Pardo.-64.605.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE ANDALUCÍA

Consejería de Trabajo e Industria

Delegaciones Provinciales

CÓRDOBA

Nota-extracto relativa a la solicitud formulada en

esta Delegación Provincial por "Compañía Sevillana

de Electricidad, Sociedad Anónima"

Autorización administrativa de instalación

eléctrica

Referencia de expediente AT 127/1998. JLC/sas.

A los efectos prevenidos en el artículo 9 del

Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, se somete a

información pública la petición de instalación de

modificación de línea de alta tensión, cuyas características

especiales se señalan a continuación:

Peticionaria: "Compañía Sevillana de Electricidad,

Sociedad Anónima", con domicilio en Sevilla,

avenida de la Borbolla, número 5.

Lugar donde se va a establecer la instalación:

Polígono industrial de Las Quemadas,

Santiponce-Lancha (Córdoba).

Finalidad de la instalación: Liberar los terrenos

en el polígono industrial de Las Quemadas.

Características principales: Modificar línea

a 220 kV, área, de 899 metros de longitud,

conductores LA-455, apoyo metálico galvanizado, cable

de tierra AC-50 y aislamiento cadena U-120-BS.

Procedencia de los materiales: Nacional.

Presupuesto: 3.929.465 pesetas.

Lo que se hace público para que pueda ser

examinado el proyecto de la instalación en esta

Delegación Provincial de Trabajo e Industria de la Junta

de Andalucía, sita en calle Tomás de Aquino, 1,

y formularse al mismo las reclamaciones, por

duplicado, que se estimen oportunas, en el plazo de

treinta días contados a partir del siguiente al de la

publicación de este anuncio.

Córdoba, 20 de julio de 1998.-El Delegado

provincial, Antonio Poyato Poyato.-64.681-*.

Nota-extracto relativa a la solicitud formulada en

esta Delegación Provincial por "Compañía Sevillana

de Electricidad, Sociedad Anónima"

Autorización administrativa de instalación

eléctrica

Referencia de expediente AT 128/98. JLC/sas.

A los efectos prevenidos en el artículo 9. º del

Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, se somete

a información pública la petición de instalación de

modificación de línea de alte tensión, cuyas

características especiales se señalan a continuación:

Peticionaria: "Compañía Sevillana de Electricidad,

Sociedad Anónima", con domicilio en Sevilla,

avenida de la Borbolla, número 5.

Lugar donde se va a establecer la instalación:

Línea Baena-Iznájar. Carretera C0327, de

Andújar-Lucena (Córdoba).

Finalidad de la instalación: Acondicionamiento

de la carretera C-327, de Andújar a Lucena.

Características principales: Primera variante:

Origen, apoyo número 342, existente de la línea

Baena-Iznájar; final apoyo número 343, longitud 254

metros. Tipo aérea, S/C, tensión de 132 kV,

conductores LA-236, apoyos nuevos, tres metálicos,

galvanizados, cable de tierra SC-50, aislamiento cadena

de 10 elementos U-100 BS.

Procedencia de los materiales: Nacional.

Presupuesto: 8.789.475 pesetas.

Lo que se hace público para que puedan ser

examinado el proyecto de la instalación en esta

Delegación Provincial de Trabajo e Industria de la Junta

de Andalucía, sita en calle Tomás de Aquino, 1,

y formularse al mismo las reclamaciones, por

duplicado, que se estimen oportunas en el plazo de treinta

días, contados a partir del siguiente al de la

publicación de este anuncio.

Córdoba, 20 de julio de 1998.-El Delegado

provincial, Antonio Poyato Poyato.-64.680-*.

HUELVA

Resolución por la que se somete a información

pública la solicitud de autorización administrativa y la

declaración, en concreto, de utilidad pública de la

línea aérea de media tensión, a 15 kV, desde

seccionamiento La Nava a poste derivación a La

Murtiguilla, en La Nava (Huelva). Expediente

número 10.826 AT

A los efectos prevenidos en el artículo 9 del

Decreto 2617/1966, de 20 de octubre; artículo 52 de

la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector

Eléctrico, y artículos 10 y 16 del Reglamento de

Expropiación Forzosa y Sanciones en Materia de

Instalaciones Eléctricas, aprobado por Decreto

2619/1966, de 20 de octubre, normativa que resulta

de aplicación según establece la disposición

transitoria primera de la Ley 54/1997. Además de la

vigente Ley de Expropiación Forzosa y su

Reglamento, se somete al trámite de información pública

la solicitud de autorización y la declaración, en

concreto, de utilidad pública, por la peticionaria,

"Compañía Sevillana de Electricidad, Sociedad Anónima",

con domicilio en paseo de la Glorieta, número 8,

de Huelva, para el establecimiento de la instalación,

cuyas principales características son:

Lugar donde se va a establecer: Derivación La

Murtiguilla, entre La Nava y calle San Bartolomé.

Finalidad de la misma: Sustituir la línea existente.

Procedencia de los materiales: Nacional.

Presupuesto: 6.961.682 pesetas.

Origen: Línea aérea existente.

Final: Misma línea aérea.

Término municipal afectado: La Nava.

Tipo: Aérea.

Longitud: 2.725 metros.

Tensión de servicio: 15 kV.

Conductores: Al-Ac, de 78,6 milímetros

cuadrados.

Apoyos: Metálicos.

Aisladores: Suspendidos.

La declaración, en concreto, de utilidad pública,

en virtud de lo establecido en el artículo 54.1 de

la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, llevará

implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de

los bienes o la adquisición de los derechos, afectados

e implicará la urgente ocupación a los efectos del

artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Lo que se hace público para conocimiento general

y especialmente para los propietarios afectados para

la ejecución de las obras, cuya relación ha sido

aportada por la beneficiaria de la expropiación,

"Compañía Sevillana de Electricidad, Sociedad

Anónima", y se inserta al final de este anuncio, para

que cualquier interesado pueda examinar el proyecto

en la Delegación Provincial de la Consejería de

Trabajo e Industria, sita en avenida Manuel Siurot, 4,

y formularse, al mismo tiempo, por duplicado, en

el plazo de treinta días contados a partir de la

publicación de este anuncio, las alegaciones que estime

oportunas y los procedentes, en su caso, por razón

de lo dispuesto en los artículos 25 y 26 del

Reglamento de la Ley 10/1966, de 18 de marzo, así

como aportar, por escrito, los datos oportunos para

subsanar posibles errores en la relación indicada.

Huelva, 10 de noviembre de 1998.-El Delegado

provincial, Manuel Alfonso Jiménez.-64.676-*.

Relación de propietarios, bienes y derechos

Ayuntamiento de La Nava

Parcela número 23. Polígono 5. Propietario: Don

José Manuel Delgado Ruiz. Domicilio: Libertad, 12,

21291 Galaroza. Clase de cultivo: Encinar.

Afección: Longitud de vuelo, 218 metros; número de

apoyos, un metro; con una superficie a ocupar de

1,21 metros cuadrados.

Parcela número 19. Polígono 5. Propietaria: Doña

Urbana García Delgado. Domicilio: Doctor Rodiño,

28, 21291 Valdelarco. Clase de cultivo: Encinar.

Afección: Longitud de vuelo, 474 metros; número

de apoyos, dos; con una superficie a ocupar de 2,42

metros cuadrados.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

VALENCIANA

Consejería de Economía, Hacienda

y Administración Pública

Servicios Territoriales

ALICANTE

Convocatoria de concurso de bienes

En el procedimiento administrativo de apremio

que se instruye en la Dirección Territorial de la

Consejería de Economía, Hacienda y

Administración Pública de Alicante contra el deudor a la

Hacienda Pública de la Generalidad Valenciana

"Casino Costa Blanca, Sociedad Anónima", se ha

dictado por el Secretario territorial, con fecha 9 de

diciembre de 1998, la siguiente providencia:

"De conformidad con lo establecido en los

artículos 130 y 137.1 de la Ley General Tributaria,

según la redacción dada a los mismos por la Ley

25/1995, de 20 de julio, y en el artículo 111 del

Reglamento General de Recaudación, en la

redacción dada al mismo por el Real Decreto 448/1995,

de 24 de marzo, y en uso de las facultades conferidas

por los artículos 144.2 del citado Reglamento y

4. º de la Orden de 11 de marzo de 1991, de la

Consejería de Economía y Hacienda ("Diario Oficial

de la Generalidad Valenciana" número 1520, de

12 de abril), el Director territorial de la Consejería

de Economia, Hacienda y Administración Pública

de Alicante acordó, en fecha 3 de septiembre de

1998, la ejecución de las garantías de las deudas

de la mercantil ªCasino Costa Blanca, Sociedad

Anónimaº, consistentes en la hipoteca inmobiliaria

unilateral a favor de la Generalidad Valenciana

constituida sobre las fincas que se describirán, a través

de su enajenación por concurso, por entender que

existen las siguientes razones de interés público, que

obligan a la adopción de un procedimiento de

ejecución hipotecaria coordinado con un paralelo

procedimiento de adjudicación de una nueva

autorización de instalación y explotación de casino de

juego:

1. Las no deseadas consecuencias, desde el

punto de vista laboral, que el cierre definitivo de la

actividad de juego de la mercantil deudora

supondría, que obligan a la búsqueda de alternativas que

garanticen, a un mismo tiempo, el mantenimiento

de los puestos de trabajo y la satisfacción del crédito

público al que a continuación se hace referencia.

2. La conveniencia de sostener y consolidar el

efecto dinamizador, directo e indirecto, que, para

la comarca y la economía en general, supone el

mantenimiento de la actividad desarrollada por la

citada mercantil.

En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en

los artículos 144.2 y 146 del Reglamento General

de Recaudación, se decreta la venta de los bienes

hipotecados a ªCasino Costa Blanca, Sociedad

Anónimaº, en garantía del fraccionamiento de pago de

la Tasa Fiscal sobre el Juego correspondiente a los

trimestres segundo, tercero y cuarto de 1993, por

los importes que se citan a continuación;

Liquidación C1700095030033565. Concepto:

Tercer plazo fracción. Segundo, tercer y cuarto

trimestre de 1993. Tasa fiscal juego. Principal:

107.913.768 pesetas. Recargo: 23.821.673 pesetas.

Pendiente total: 131.735.441 pesetas.

Liquidación: C1700095030033576. Concepto:

Cuarto plazo fracción. Segundo, tercer y cuarto

trimestre de 1993. Tasa fiscal juego. Principal:

200.241.103 pesetas. Recargo: 40.048.221 pesetas.

Pendiente total: 240.289.324 pesetas.

Costas y gastos presupuestados: Pendiente total,

139.391.451 pesetas.

Total: 511.416.216 pesetas.

Las cantidades adeudadas corresponden a los

vencimientos impagados en fechas 5 de abril y 5 de

julio de 1995, procedentes del citado

fraccionamiento de pago, en garantía de cuyo buen fin se

constituyó, mediante escritura otorgada el 28 de julio

de 1994 e inscrita el 30 de septiembre del mismo

año, hipoteca inmobiliaria unilateral a favor de la

Tesorería de la Generalidad Valenciana, aceptada

mediante escritura otorgada el 7 de septiembre de

1994 e inscrita el 30 del mismo mes, sobre las

fincas que a continuación se describen:

Finca 4.565-N:

Edificio destinado a casino, denominado ªCasino

Costa Blancaº, sito en término de Villajoyosa,

partida de Atalayes, dentro del perímetro de una finca

que, tras haber sufrido una segregación, tiene una

superficie de 2 hectáreas 80 áreas 96 centiàreas,

y cuyo acceso lo tiene por el punto kilométrico

114,800 de la carretera nacional 332, a 50 metros

de su eje.

El total edificio consta de planta baja, con una

superficie construida de 4.143 metros cuadrados;

dos plantas de sótano, la primera de 3.099 metros

cuadrados y la segunda de 2.161 metros cuadrados,

y de una primera planta alta, con una superficie

construida de 561 metros cuadrados. La total

superficie construida es, por tanto, de 9.954 metros

cuadrados.

Linda: Norte, con carretera nacional 332 y tierras

de Rosa Lloret y Bautista Francés; este, camino

vecinal; sur, tierras de Juan Galiana, Pascual Esteve,

Bartolomé Morales y Vicente Orquín, y oeste,

propiedad de la compañía mercantil ªUrcoba, Sociedad

Anónimaº, camino en medio.

Título: Declaración de obra, mediante escritura

otorgada el 28 de enero de 1981, ante el Notario

de Villajoyosa don Julio Rodríguez Sainz.

Inscripción: Tomo 528 del archivo, libro 140 de

Villajoyosa, folios 84, 85 y 86, finca 4.565-N e

inscripción séptima.

Derechos del deudor sobre la finca hipotecada:

Titular del pleno dominio.

Finca 21.288:

Parcela de terreno en forma de bota, en la partida

de Atalayes, del término de Villajoyosa, comprensiva

de 1 hectárea 70 áreas 54 centiáreas, sin ninguna

edificación.

Linda: Norte, resto de finca matriz y tierras de

Bautista Francés Picó; este, resto de finca matriz

y tierras de los herederos de Pascual Esteve Verdú;

sur, las de Pascual Esteve Verdú, de Bartolomé

Morales Pérez y de Vicente Orquín Soler, y oeste,

las de la mercantil ªVelasco y González, Sociedad

Anónimaº, camino en medio, y, en una pequeña

porción, resto de la finca matriz en la zona de la

estación depuradora de aguas residuales.

Título: Segregación, por escritura otorgada el 16

de febrero de 1990, ante el Notario de Villajoyosa

don José María Suárez Sánchez-Ventura.

Inscripción: Tomo 652 del archivo, libro 224, folio

180, finca 21.288, primera.

Derechos del deudor sobre la finca hipotecada:

Titular del pleno dominio.

La convocatoria del concurso será notificada al

deudor y a los acredores hipotecarios, así como

publicada en el ªBoletín Oficial del Estadoº y en

el de la provincia de Alicante y anunciada en la

Dirección Territorial de la Consejería de Economía,

Hacienda y Administración Pública de Alicante. En

dicha convocatoria se señalarán, además de los

bienes a enajenar, el plazo y condiciones para concurrir,

así como la forma de pago y fianza. Se señalarán,

asimismo, las condiciones especiales del concurso.

Notífiquese esta providencia al deudor y, en su

caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios,

con la advertencia que establece el artículo 146.2

del Reglamento General de Recaudación."

En cumplimiento de la citada providencia se

publica el presente anuncio, poniéndose en conocimiento

de los interesados que el concurso se regirá por

las siguientes cláusulas:

Primera.-El objeto de la enajenación, por medio

de concurso abierto, está constituido por las fincas

números 4.565-N y 21.288, inscritas en el Registro

de la Propiedad de Villajoyosa, cuya descripción

se detalla en la providencia de enajenación

anteriormente transcrita.

Segunda.-No existen cargas o gravámenes

anteriores o preferentes que deban quedar subsistentes.

Tercera.-El tipo de licitación para el lote

integrado por las dos fincas es el resultante de la

valoración conjunta de las mismas, que asciende a

2.317.488.400 pesetas, el cual podrá ser mejorado

al alza.

Cuarta.-Todo licitador habrá de constituir ante

la Tesorería de cualquiera de las Direcciones

Territoriales de la Consejería de Economía, Hacienda

y Administración Pública un depósito de, al menos,

el 20 por 100 del tipo fijado para el concurso. El

depósito se realizará en metálico o mediante talón

conformado y nominativo a favor de la Consejería

de Economía, Hacienda y Administración Pública.

Este depósito se ingresará en firme en las arcas

de la Generalidad Valenciana si el adjudicatario no

satisface el precio del remate en el acto de

adjudicación de los bienes o dentro de los cinco

siguientes, sin perjuicio de la responsabilidad en que pueda

incurrir por los mayores perjuicios que sobre el

importe del depósito origine la inefectividad de la

adjudicación.

Asimismo, el adjudicatario deberá acompañar

compromiso expreso de incorporación a su plantilla,

en caso de resultar adjudicatario de los inmuebles,

de los trabajadores que, hallándose prestando sus

servicios en "Casino Costa Blanca, Sociedad

Anónima", a la fecha de publicación de esta

convocatoria, opten por pasar a formar parte de la misma.

En cualquier caso, esta incorporación se producirá

con pleno respeto de los derechos laborales

adquiridos. Dicho compromiso no será obligatorio, en

ningún caso, para el adjudicatario respecto de los

administradores, directores, gerentes y, en general,

apoderados con facultades de administración, de

"Casino Costa Blanca, Sociedad Anónima". El

citado derecho de opción deberá ejercitarse

directamente ante el adjudicatario, en el plazo de los diez

días siguientes a la adjudicación de los inmuebles.

Quinto.-El concurso se suspenderá, en cualquier

momento anterior a la adjudicación de los bienes,

si se efectúaa el pago de la deuda, intereses y costas

del procedimiento.

Sexta.-Toda la documentación del expediente se

encuentra a disposición de los interesados en la

Secretaría Territorial de la Consejería de Economía,

Hacienda y Administración Pública en Alicante para

su examen, durante el plazo de exposición pública

y presentación de proposiciones. Los inmuebles

podrán ser visitados por los interesados, previa

solicitud por escrito y autorización del Director

territorial de la Consejería de Economía, Hacienda y

Administración Pública de Alicante.

Séptima.-Los deudores con domicilio

desconocido se tendrán por notificados con plena virtualidad

legal, por medio del presente anuncio.

Octava.-La adjudicación de las fincas objeto del

presente concurso quedará condicionada al

resultado del procedimiento anunciado mediante Orden

de la Consejería de Economía, Hacienda y

Administración Pública de 10 de diciembre de 1998, por

la que se convoca concurso público para el

otorgamiento de la autorización de instalación y

explotación de un casino de juego en la Comunidad

Valenciana ("Diario Oficial de la Generalidad Valenciana"

número 3.392, del 14).

Novena.-El plazo para la admisión de ofertas

finaliza el día 9 de abril de 1999.

Décima.-Terminado el plazo de admisión de

ofertas, el Director territorial de la Consejería de

Economía, Hacienda y Administración Pública de

Alicante, en el plazo de cinco días, decidirá adjudicar

el concurso o dejarlo desierto.

En caso de adjudicación, ésta se hará a la oferta

más ventajosa, teniendo en cuenta no sólo el aspecto

económico, sino también el cumplimiento de las

demás condiciones de esta convocatoria.

Si el concurso quedara desierto, podrá procederse

posteriormente a la adjudicación directa regulada

en el artículo 150 del Reglamento General de

Recaudación.

Undécima.-El rematante deberá justificar, en los

casos en que proceda, el pago o exención de los

tributos que gravan la transmisión de los bienes

objeto del presente concurso.

Duodécima.-Los gastos que puedan derivarse de

la transmisión de la titularidad de los citados

inmuebles, que otorgue la Administración de la

Generalidad Valenciana, en sustitución del deudor

apremiado y en rebeldía, serán de cuenta exclusiva del

adjudicatario.

Decimotercera.-En todo lo no previsto

expresamente en el presente edicto se estará a lo

preceptuado para la enajenación por subasta, de

conformidad con el artículo 144.2 del Reglamento General

de Recaudación.

Decimocuarta.-Contra el presente anuncio podrá

interponerse recurso de reposición, ante esta

Secretaría Territorial, o reclamación

económico-administrativa, bien ante el Tribunal

Económico-Administrativo Regional de Valencia o, directamente ante

el Tribunal Económnico-Administrativo Central,

todos ellos en el plazo de quince días a contar desde

el siguiente al de la notificación de la presente, sin

perjuicio de que pueda interponer cualquier otro

recurso que estime procedente.

Alicante, 16 de diciembre de 1998.-El Secretario

territorial, Pedro Román Hellín.-65.581.

Consejería de Obras Públicas,

Urbanismo y Transportes

Información pública del proyecto básico de la

actuación de supresión del paso a nivel PF-3, en el punto

kilométrico 0,868, de la línea de Ferrocarriles de

la Generalidad Valenciana, Rafelbunyol-Valencia, en

los términos municipales de La Pobla de Farnals

y Rafelbunyol

Aprobado por Resolución de 9 de noviembre

de 1998, de la Dirección General de Transportes,

de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y

Transportes, se somete a información pública el

proyecto básico de referencia, de acuerdo con lo

dispuesto en el Decreto 37/1996, del Gobierno

Valenciano, sobre regulación de los pasos a nivel en las

líneas de Ferrocarriles de la Generalidad Valenciana.

Objeto: Formular las observaciones sobre las

circunstancias que justifiquen su declaración de interés

general sobre su concepción global y sobre la

estimación de impacto ambiental.

Plazo: Treinta días hábiles, a contar desde el

siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial

del Estado".

Lugar de exposición: Locales de la Consejería

de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte de la

avenida Blasco Ibáñez, 50, de Valencia.

Valencia, 9 de diciembre de 1998.-El Secretario

general, Antonio Rodríguez Barberá.-64.327.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE MADRID

Consejería de Medio Ambiente

y Desarrollo Regional

Dirección General del Medio Natural

Resolución 3584/1998 por la que se acuerda la

realización del trámite de audiencia a todos los

interesados en el procedimiento de elaboración del Plan

de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque

Regional en torno a los cursos bajos de los ríos

Manzanares y Jarama

Estando en curso la tramitación del procedimiento

de elaboración del Plan de Ordenación de los

Recursos Naturales del Parque Regional en torno a los

cursos bajos de los ríos Manzanares y Jarama y

habiéndose sometido a información pública.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo

12.a) de la Ley 6/1994, de 28 de junio, sobre el

Parque Regional en torno a los cursos bajos de

los ríos Manzanares y Jarama, y al amparo de lo

previsto en el artículo 24 de la Ley 50/1997, de

27 de noviembre, del Gobierno.

Resuelvo

Primero.-Dar audiencia por un plazo de quince

días naturales a los interesados en el procedimiento

de elaboración del Plan de Ordenación de los

Recursos Naturales del Parque Regional en torno a los

cursos bajos de los ríos Manzanares y Jarama.

A los efectos de esta resolución, tendrán la

consideración de interesados aquellos a los que el

artículo 31 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

atribuye esta condición.

Segundo.-Publicar en el "Boletín Oficial de la

Comunidad de Madrid" y el "Boletín Oficial del

Estado" la presente Resolución, a efectos de lo

previsto en el artículo 59.5.a) de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

La documentación relativa al procedimiento de

elaboración del Plan de Ordenación de los Recursos

Naturales podrá ser consultada de nueve a catorce

horas, de lunes a viernes, en las dependencias de

la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo

Regional de esta Comunidad de Madrid, Servicio

de Contratación y Protección del Medio Natural,

calle Princesa, número 3, octava planta, 28008

Madrid.

El plazo previsto comenzará a contar a partir

del día siguiente al de la publicación de la presente

Resolución en el "Boletín Oficial de la Comunidad

de Madrid".

Madrid, 24 de noviembre de 1998.-El Director

general del Medio Natural, José Javier Fernández

Santamaría.-64.325.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE CASTILLA Y LEÓN

Consejería de Industria, Comercio

y Turismo

Servicio Territorial Industria,

Comercio y Turismo

ZAMORA

Información pública de la solicitud de autorización

administrativa y declaración, en concreto, de utilidad

pública para el establecimiento de la subestación

eléctrica de Lubián de 220 kV y línea aérea a 220

kV de entrada y salida de la línea San

Agustín-Puebla de Sanabria. Expediente número

A-100/98/10.381

A los efectos prevenidos en el artículo 9 del

Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización

de instalaciones eléctricas, y en los artículos 10 y

31.4 del Reglamento sobre Expropiación Forzosa

y Sanciones en Materia de Instalaciones Eléctricas,

aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre,

normativa que resulta de aplicación en virtud de

lo establecido en la disposición transitoria primera

de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector

Eléctrico, así como a lo previsto en los artículos

53 y 54 de la citada Ley 54/1997, además de en

la vigente Ley de Expropiación Forzosa y en su

Reglamento, que resultan de aplicación supletoria

conforme a lo dispuesto en el artículo 55 de la

citada Ley 54/1997, se somete al trámite de

información pública la petición de autorización

administrativa y declaración, en concreto, de utilidad

pública, de la subestación eléctrica de Lubián de

400 kV y de la línea aérea a 220 kV de entrada

y salida en dicha subestación de la línea San

Agustín-Puebla de Sanabria, cuyas características

principales se reseñan a continuación:

Expediente número: A-100/98/10.381.

Peticionario: "Red Eléctrica de España, Sociedad

Anónima".

Domicilio: Paseo del Conde de los Gaitanes, 177,

28109 La Moraleja-Alcobendas (Madrid).

Instalaciones a realizar:

a) Subestación de Lubián de 220 kV.

Configuración: Barra simple. Número de posiciones:

Cuatro (San Agustín, Puebla de Sanabria, transformador

1 y futuro transformador 2).

b) Línea a 220 kV de entrada y salida de la

línea San Agustín-Puebla. Número de circuitos: Dos.

Longitud: 48 metros. Origen: Nuevo apoyo número

82 de línea San Agustín-Puebla de Sanabria. Final:

Futura estación de Lubián de 220 kV.

Término municipal afectado: Lubián (Zamora).

Presupuesto: Subestación, 282.060.000 pesetas.

Línea aérea de entrada y salida, 12.411.000 pesetas.

Finalidad de las instalaciones: Posibilitar la

evacuación de energía a generar por los parques eólicos

previstos en la zona.

La declaración, en concreto, de utilidad pública,

en virtud de lo establecido en el artículo 54.1 de

la citada Ley 54/1997, llevará implícita en todo

caso la necesidad de ocupación de los bienes o

de adquisición de los derechos afectados e implicará

la urgente ocupación a los efectos del artículo 52

de la Ley de Expropiación Forzosa, por lo que la

presente publicación sobre información pública se

realiza asimismo a los efectos previstos en el artículo

31.4 del citado Reglamento, aprobado por Decreto

2619/1966, de 20 de octubre. En el correspondiente

expediente expropiatorio la peticionaria de la

instalación asumirá, en su caso, la condición de entidad

beneficiaria.

Lo que se hace público para conocimiento general

y especialmente de los propietarios de los terrenos

y demás titulares afectados por expropiación forzosa

motivada por la ejecución de las obras, cuya relación

se inserta al final de este anuncio, para que pueda

ser examinado el proyecto y anexo de afecciones

de la instalación en este Servicio Territorial de

Industria, Comercio y Turismo de la Junta de Castilla

y León, sito en la calle Prado Tuerto, sin número,

segunda planta, 49071 Zamora, y formularse al

mismo tiempo, por duplicado, en el plazo de treinta

días, contados a partir del siguiente al de la

publicación de este anuncio, cualesquiera alegaciones que

se consideren oportunas, incluyendo las

procedenSubestación de Lubián, parque de 220 kV, término municipal de Lubián (Zamora)

Núm.

de

orden Propietario y dirección Parcela

1 José María Fernández Rodríguez. 49570 Lubián (Zamora).

Catastro: Herederos de Antonio Fernández Lubián, 49570 Lubián (Zamora).

2 César Rodríguez. Corredera Baja de San Pablo, 7, primero, primera, 28004 Madrid.

Catastro: Flora Rodríguez Ballesteros. 49570 Lubián (Zamora).

3 Miguel Hedroso Hedroso. 49570 Lubián (Zamora).

Catastro: Manuela Hedroso Silva. 49570 Lubián (Zamora).

4 Apoderado Baltasar Benítez Domínguez, 49570 Lubián (Zamora).

Catastro: Federico Montesinos Parada, 49570 Lubián (Zamora).

5 Antonio Domínguez Cristóbal Llarques, 20, 2.

Catastro: José Rodríguez García, 49570 Lubián (Zamora).

6 Regina Domínguez, 49570 Lubián (Zamora).

Catastro: Hermenegildo Domínguez, 49570 Lubián (Zamora).

7 Amador Fernández Rodríguez, plaza Reus, 9, 1.

Catastro: Herederos de Antonio Fernández Lubián, 49570 Lubián (Zamora).

Línea eléctrica a 220 kV de entrada y salida en la subestación de Lubián de la línea San Agustín-Puebla de Sanabria. Término municipal de Lubián (Provincia

de Zamora).

Número

Propietario

parcela

y

según

dirección

proyecto

1 José M. ª Fernández Rodríguez, 49570 Lubián (Zamora).

Catastro: Hros. de Antonio Fernández Lubián, 49570 Lubián (Zamora).

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Ayuntamientos

MÓSTOLES

Edicto

De conformidad con lo dispuesto en el artículo

59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, y

habiéndose intentado las notificaciones a don

Salvador Torrecilla Montal, doña María Teresa Navas

Sacristán, don Juan Manuel Casal Sánchez, don

Ángel R. Álvarez Plaza, don Félix Montero García

tes, en su caso, por razón de lo dispuesto en los

artículos 25 y 26 del reiterado Reglamento aprobado

por Decreto 2619/1966, así como aportar por

escrito los datos oportunos para subsanar posibles errores

en la relación indicada.

Asimismo, la presente publicación se realiza a

los efectos de notificación previstos en el apartado

4 del artículo 59 de la mencionada Ley 30/1992,

Relación de afecciones

Datos de la finca Afección

Paraje

Curisco. 332 1 Monte 950 bajo y erial.

Curisco. 333 1 1.049 Monte bajo y erial.

Curisco. 334 1 Monte 538 bajo y erial.

Curisco. 338 1 Monte 214 bajo y erial.

º , P-3, 08940 Cornellá (Barcelona). Curisco. 341 1 1.377 Monte bajo y erial.

Curisco. 342 1 Monte 339 bajo y erial.

º ,4. º , 08940 Cornellá (Barcelona). Curisco. 343 1 Monte 285 bajo y erial.

Relación de afecciones

Datos de la finca Afección

Número

parcela Polígono

Paraje 0

según número

catastro

Curisco. 332 1 20 18 1 45 2.500 Monte bajo y

y doña Silvia Álvarez Casasola, las cuales han sido

devueltas por el Servicio de Correos, por no

encontrarse los interesados en los domicilios a los que

han sido remitidas, se hace público mediante este

anuncio, que en la Secretaría General del

Ayuntamiento de Móstoles, los interesados pueden

recoger las notificaciones del acuerdo plenario adoptado

en fecha 2 de julio de 1998, en relación al

informe-propuesta sobre ejecución de sentencia del

Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en recurso

número 1.344/1991.

Este edicto se publicará en el tablón de anuncios

del Ayuntamiento de Móstoles.

Móstoles, 1 de diciembre de 1998.-El

Alcalde.-65.638.

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Zamora, 9 de noviembre de 1998.-El Jefe del

Servicio Territorial, P. D. (Resolución de 24 de

octubre de 1994, "Boletín Oficial de Castilla y León"

de 3 de noviembre), José Bahamonde

Salazar.-63.964-*.

PolíExpro- Terreno

número gono piación

según Núpermanente

Catastro mero -

2

Apoyos Vuelo

y anillo

-

puesta a

metros Terreno

tierra

Ocup.

temporal

Sup.

-

Long. AnchoNúmero -

m 2

m 2

erial.

UNIVERSIDADES

OVIEDO

Facultad de Derecho

Anuncio por extravío de título de Licenciado

A los efectos de la Orden de 9 de septiembre

de 1974, se anuncia extravío de título de Licenciado

en Derecho de doña María Dolores Palacios

González, con documento nacional de identidad

número 9.375.403, expedido el día 3 de febrero de 1988

por el Ministerio.

Oviedo, 22 de octubre de 1998.-El Decano,

Andrés C. Álvarez Cortina.-64.421.

ANÁLISIS

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