MINISTERIO DE FOMENTO
Red Nacional de Ferrocarriles
Españoles
Convocatoria pública de ingreso en la Red Nacional
de Ferrocarriles Españoles (RENFE) con la categoría
profesional de Ayudante ferroviario
En cumplimiento de lo dispuesto en el Real
Decreto 493/1998, de 27 de marzo, por el que se aprueba
la oferta de empleo público para 1998, y con el
fin de atender las necesidades de personal de la
Red Nacional de Ferrocarriles Españoles (RENFE),
la Dirección Corporativa de Organización y
Recursos Humanos de esta entidad, en uso de las
facultades que tiene atribuidas en el marco establecido
por el Estatuto de RENFE aprobado por Real
Decreto 121/1994, de 28 de enero, previo informe
favorable de la Dirección General de la Función
Pública, procede a realizar la siguiente
Oferta de empleo público
ONVOCATORIA DE INGRESO EN RENFE
A) Objeto: Cobertura de cuarenta plazas de la
categoría de Ayudante ferroviario (código 391).
La relación de puestos es la siguiente:
Número
Código Municipio
de plazas
71801 Barcelona................... 12
11600 Irún......................... 4
60000 Madrid..................... 24
Las funciones básicas de los puestos son las que
se relacionan a continuación:
Servicio, engrase y limpieza de agujas, señales y
otros aparatos.
Vigilancia y limpieza de dependencias y material.
Enganches, desenganches y acompañamiento de
maniobras.
Carga y descarga de mercancías y equipajes.
Ejecución de trabajos relacionados con la vía,
efectuando operaciones que requieran cierta
especialización, incluido el empleo de maquinaria.
Custodia, vigilancia y servicio de los pasos a nivel.
Manejo de herramientas y máquinas de operación
elemental, encargándose de su conservación
programada, al menos, en las fases más sencillas.
B) Sujeto: Personas en las que concurran los
siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española, la de
cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea
o la de aquellos Estados a los que sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores definida por el
Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea en
aplicación de los tratados internacionales celebrados
por ésta y ratificados por España. Se admite también
la participación del cónyuge, descendientes y
descendientes del cónyuge, de nacionales de cualquier
Estado miembro de la Unión Europea, siempre que
no estén separados de hecho o de derecho, menores
de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan
a sus expensas, cualquiera que sea su nacionalidad.
b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad
y no haber alcanzado la edad de jubilación de sesenta
y cuatro años establecida en la Normativa Laboral
de RENFE.
c) Estar en posesión del título de Bachillerato
Unificado Polivalente, Formación Profesional
segundo grado, Bachillerato, ciclo formativo de
grado superior según la LOGSE o equivalentes, o
cumplir las condiciones necesarias para su obtención.
Los interesados que hayan cursado sus estudios
fuera del territorio nacional deberán poseer el
reconocimiento u homologación del título en España.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por
limitación física o psíquica que sea incompatible
con el desempeño de las funciones propias de las
plazas objeto de la convocatoria.
e) No haber mantenido relación laboral con
RENFE o cualquier otra empresa pública que haya
finalizado por alguna de las siguientes causas:
Despido disciplinario del artículo 54 del Estatuto
de los Trabajadores.
Despido por causas objetivas de las letras a), b)
y d) del artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores.
Adscripción voluntaria a un expediente de
regulación de empleo o a un plan de bajas incentivadas.
Por mutuo acuerdo de las partes de la letra a)
del artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores.
f) No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, de cualesquiera de las
Administraciones Públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no
sea la española, no deberán estar sometidos a
sanción disciplinaria o condena penal que impida, en
su Estado, el acceso a la función pública.
g) No hallarse inhabilitado para el desempeño
de la profesión o funciones relacionadas con los
puestos de trabajo objeto de la convocatoria.
h) No estar incurso en ninguna de las
incompatibilidades que determina la legislación vigente.
i) No disfrutar pensión de jubilación ni de
incapacidad.
Trabajadores en situación de excedencia
voluntaria en RENFE que cumplan lo dispuesto en las
letras anteriores, a excepción de la letra c).
Todos los requisitos enumerados en este apartado
B) deberán poseerse en el día de finalización del
plazo de admisión de solicitudes de participación
y mantenerlos hasta el momento de toma de
posesión de la plaza obtenida.
C) Carácter de la cobertura de plazas:
C.1 Aquellos trabajadores que reingresen en
RENFE desde la situación de excedencia voluntaria
como consecuencia de esta convocatoria, lo harán
con carácter indefinido y jornada a tiempo completo
por cesar los efectos suspensivos de aquella
situación.
C.2 El ingreso en RENFE del resto de personas
que obtengan plaza en esta convocatoria se llevará
a cabo mediante la modalidad de contratación
indefinida a tiempo completo del Título I de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido
aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995,
de 24 de marzo.
C.3 Los aspirantes que obtengan plaza en esta
convocatoria tendrán fijado en su contrato un
período de prueba de dos meses, excepto aquellos en
excedencia voluntaria de RENFE que en el
momento de iniciarse dicha situación vinieran
desempeñando un puesto de la misma categoría que la de
la plaza obtenida.
El cómputo de este período de prueba, que habrá
de cumplirse con servicios efectivos, se suspenderá
cuando durante el mismo sobrevenga una situación
de incapacidad temporal.
D) Solicitudes de participación y de petición
de plazas:
1. Formularios: Las solicitudes de participación
y de petición de plazas se realizarán en los modelos
oficiales originales, no fotocopias, que podrán
obtenerse en cualquiera de los centros que se relacionan
en el anexo, en horario de nueve a catorce horas,
de lunes a viernes, excepto festivos, a partir del
día siguiente al de publicación de la convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado".
Excepcionalmente, los interesados que, estando
empadronados en Canarias, Baleares, Ceuta o
Melilla tengan residencia habitual en dichos ámbitos
podrán instar su participación en la convocatoria
mediante escrito remitido por correo certificado con
acuse de recibo a la dirección mencionada en el
punto siguiente, en el que deberán hacer constar
nombre y apellidos, número de documento nacional
de identidad y letra correspondiente al número de
identificación fiscal, domicilio, teléfono de contacto,
indicación de si es excedente voluntario de RENFE
o tuvo la experiencia ferroviaria indicada en el
apartado E), número 2, y, en su caso, el número de
matrícula que le fue asignada. Asimismo, deberán
indicar por orden de preferencia las plazas
solicitadas y acompañar fotocopia por las dos caras del
documento nacional de identidad, pasaporte o
tarjeta de identidad y certificado de empadronamiento.
2. Plazo de admisión: Los interesados deberán
entregar las solicitudes de participación y petición
de plazas debidamente cumplimentadas en los
modelos oficiales originales, junto con fotocopia del
documento nacional de identidad, pasaporte o
tarjeta identificativa, en la Jefatura de Administración
de Personal Corporativo de la Dirección de
Planificación y Control de Recursos Humanos, sita
en el paseo del Rey, número 6, de Madrid, código
postal 28008, en horario de nueve a catorce horas,
de lunes a viernes, excepto festivos, durante el
período de los quince días laborables inmediatamente
siguientes a la fecha de publicación de esta
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
Asimismo, podrán también presentarse los
documentos antes citados mediante su remisión por
correo certificado con acuse de recibo a la dirección
señalada en el párrafo anterior, teniendo validez
siempre que tengan entrada durante el período de
los quince días laborables inmediatamente siguientes
a la fecha de publicación de esta convocatoria en
el "Boletín Oficial del Estado".
Una vez presentadas no será posible efectuar
modificación alguna de las plazas solicitadas.
E) Relación de participantes: RENFE publicará
la relación de los participantes admitidos y excluidos
en la convocatoria que contendrá el nombre y
apellidos y el número de documento identificativo de
todos ellos.
Para los admitidos en la convocatoria se
publicarán, además, los siguientes datos:
1. Respecto de los participantes procedentes de
la situación de excedencia voluntaria se
incorporarán también:
La fecha de fin de la excedencia o de la prórroga
de la misma.
La categoría desde la que accedieron a tal
situación.
La última residencia de destino al servicio de
RENFE.
Antigüedad en la categoría.
Antigüedad en la empresa.
Y la indicación de quienes, con la misma categoría
que las plazas convocadas, hagan valer en su
solicitud de participación y de petición de plazas su
derecho preferente a aquéllas pertenecientes a la
última residencia en que prestaron sus servicios a
la empresa.
2. Respecto del resto de participantes, en su
caso, se incluirá de igual manera:
La indicación de haber pertenecido a los
Regimientos de Movilización y Prácticas (hasta la 45. ª
Promoción), Zapadores ferroviarios (hasta la 27. ª
Promoción) o Escuela de Aprendices con
anterioridad al año 1988. Este hecho deberá acreditarse
mediante la aportación de documentación relativa
al mismo conjuntamente con la solicitud de
participación.
En el caso de los excluidos de la convocatoria
se indicará la causa de la exclusión.
Dicha relación estará ordenada por turnos de
preferencia para la adjudicación, y será objeto de
exhibición en los centros recogidos en el anexo. El
momento en que se procederá a la exhibición será
oportunamente anunciado en el "Boletín Oficial del
Estado". Durante 0 un 0 plazo 0 de 0 quince 0 días 0 laborables, 0
a contar desde el primer día de su exhibición, los
interesados podrán poner de manifiesto la existencia
de errores en la relación o reclamar contra la
omisión o exclusión de la convocatoria. Dicha
reclamación deberá efectuarse por escrito, entregado en
la Jefatura de Administración de Personal
Corporativo de la Dirección de Planificación y Control
de Recursos Humanos, sita en el paseo del Rey,
número 6, de Madrid, código postal 28008, en
horario de nueve a catorce horas, de lunes a viernes,
excepto festivos.
El citado documento también podrá remitirse por
correo certificado con acuse de recibo a la dirección
señalada en el párrafo anterior, teniendo validez
siempre que tenga entrada durante el plazo de quince
días laborables contados a partir del primer día de
exhibición de la relación de participantes admitidos
y excluidos de la convocatoria.
La relación definitiva de participantes será
exhibida en los centros relacionados en el anexo de
la convocatoria. El momento en que se procederá
a dicha exhibición será oportunamente anunciado
en el "Boletín Oficial del Estado". La exhibición
hará las veces de comunicación al interesado de
la resolución adoptada por RENFE a su
reclamación.
F) Proceso de selección y adjudicación de
plazas: El proceso de selección y adjudicación
comenzará con la asignación de plazas entre los excedentes
voluntarios de RENFE.
Si quedasen plazas sin cubrir, se procederá a
realizar dicho proceso entre aquellos aspirantes que
hubieran pertenecido a los Regimientos de
Movilización y Prácticas (hasta la 45. ª Promoción),
Zapadores ferroviarios (hasta la 27. ª Promoción) o
Escuela de Aprendices con anterioridad al año 1988.
Por último, si después de esta acción continuase
la descobertura de plazas, se iniciará el
procedimiento de selección y adjudicación entre el resto
de los participantes.
Las plazas se adjudicarán entre aquellos aspirantes
que las hubiesen solicitado en tiempo y forma, por
el siguiente orden de prelación:
Primer turno
Trabajadores cuyo período inicial de excedencia
voluntaria en RENFE o de prórroga de la misma
haya finalizado y hayan solicitado el reingreso en
tiempo y forma de acuerdo con lo previsto en los
artículos 273 y 275 de la Normativa Laboral de
RENFE.
Segundo turno
Trabajadores en excedencia voluntaria en RENFE
participantes en la convocatoria cuyo período inicial
de excedencia o de prórroga de la misma no se
encuentre finalizado.
Dentro del primer y segundo turno la preferencia
para la obtención de plaza vendrá dada por la
aplicación sucesiva de los siguientes criterios:
1. º Serán preferentes los excedentes voluntarios
de la misma categoría que las plazas objeto de
cobertura y entre ellos existirá prioridad absoluta por
las plazas pertenecientes al último municipio en que
prestaron sus servicios a la empresa, siempre que
soliciten éste como primero de su orden de petición
de plazas. A estos efectos se entenderá que son
excedentes voluntarios de la categoría de Ayudante
ferroviario todos los trabajadores que pasaron a
dicha situación procedentes de categorías de los
niveles salariales 1 y 2, en aplicación de lo dispuesto
en el artículo 9 del X Convenio Colectivo y del
punto VI del XII Convenio Colectivo.
2. º Serán preferentes los excedentes voluntarios
cuya fecha de finalización del período de excedencia
sea anterior, por determinar ésta el derecho más
antiguo al reingreso en la empresa. Se tomará por
dicha fecha la de fin del período inicial de excedencia
voluntaria, salvo en caso de existencia de prórroga
o prórrogas de la misma, en cuyo supuesto se tomará
la de finalización de la última prórroga.
De producirse empate una vez aplicados los
criterios anteriores, éste se resolverá atendiendo en
primer 0 lugar 0 a 0 la 0 mayor 0 antigüedad 0 en 0 la 0 categoría, 0
y en segundo lugar, a la mayor antigüedad en la
empresa, salvo en el caso de excedentes de distinta
categoría a la de las plazas a cubrir, para los cuales
el desempate se efectuará tan sólo por la mayor
antigüedad en la empresa.
Las antigüedades citadas en el párrafo anterior
serán las que resulten de aplicar lo dispuesto en
el capítulo 4 del Título II de la Normativa Laboral
de RENFE.
Tercer turno
Aspirantes que adquirieron experiencia ferroviaria
en RENFE en los Regimientos de Movilización y
Prácticas hasta la 45. ª Promoción o Zapadores
ferroviarios hasta la 27. ª Promoción y en las Escuelas
de Aprendices, siempre que dicha experiencia se
hubiese adquirido con anterioridad al año 1988.
Cuarto turno
Resto de participantes en la convocatoria.
La adjudicación de plazas dentro del tercer y
cuarto turno se realizará por orden decreciente
comenzando por el aspirante que mayor puntuación haya
obtenido en el examen final del cursillo de
adaptación.
En caso de empate a puntos, la plaza se adjudicará
al participante que la hubiese solicitado con mayor
prioridad en su orden de petición.
1. Pruebas de selección y sistema de
puntuación.-Los trabajadores de RENFE en situación de
excedencia voluntaria estarán excluidos de la
realización de las pruebas selectivas que se señalan
en este punto.
El documento nacional de identidad, pasaporte
en vigor o tarjeta de identidad deberá ser presentado
en el momento de acceder a las pruebas de selección.
La falta de presentación del documento
identificativo determinará la no admisión a la realización
de las pruebas y, por tanto, la eliminación de la
convocatoria.
1.a) Pruebas selectivas: Serán las siguientes
realizadas por el orden que se indica:
1. º Psicométrica que evaluará la aptitud de los
aspirantes de cara al desempeño de las funciones
propias del puesto.
2. º Teórico-práctica de conocimientos que
constará de las áreas de lengua y literatura, matemáticas,
ciencias naturales y ciencias sociales.
3. º De lengua extranjera. Los aspirantes podrán
optar entre lengua francesa o lengua inglesa.
El contenido de estas pruebas versará sobre las
materias que figuren en los programas oficiales de
los niveles exigidos en el punto B) Sujeto.
Los tiempos de duración de cada una de las
pruebas serán indicados en el momento de realización
de las mismas.
Los aspirantes serán convocados a las pruebas
en llamamiento único y acreditarán su identidad
a solicitud de los miembros del Tribunal.
1.b) Sistema de puntuación:
1. º Prueba psicométrica: Puntuación máxima,
50 puntos.
Los aspirantes que no alcancen los 25 puntos
quedarán eliminados de la convocatoria.
2. º Prueba teórico-práctica:
Puntuación máxima: 40 puntos.
Errores
Puntuación = Aciertos -
n-1
n = número de alternativas.
Los aspirantes que no alcance los 20 puntos
quedarán eliminados de la convocatoria.
3. º Prueba de lengua extranjera:
Puntuación máxima: 10 puntos.
Errores
Puntuación = Aciertos -
n-1
n = número de alternativas.
La puntuación final será la suma de las
puntuaciones alcanzadas en cada una de las pruebas.
La puntuación máxima total de estas tres pruebas
será de 100 puntos, siendo el mínimo requerido
para aprobar de 60 puntos. El hecho de no alcanzar
la puntuación mínima, supondrá la eliminación de
la convocatoria.
2. Tribunal de Evaluación.-Para la evaluación
de las pruebas, en general, se constituirá un Tribunal
que estará compuesto de la siguiente forma:
Un Presidente designado por la Dirección
Corporativa de Organización y Recursos Humanos de
RENFE, que habrá de tener superior categoría que
el resto de los componentes.
Dos Vocales designados por la representación
legal de los trabajadores.
Y otros dos Vocales con similar o superior
categoría que las plazas convocadas, designados por
la Dirección Corporativa de Organización y
Recursos Humanos de RENFE, uno de los cuales actuará
como Secretario.
En caso de que se estime necesario por presentarse
a las pruebas un elevado número de aspirantes, la
Dirección Corporativa de Organización y Recursos
Humanos de RENFE podrá designar Comisiones
de Examen compuestas de la misma forma que el
Tribunal y que auxiliarán al mismo.
3. Relación de aspirantes aprobados.-RENFE
publicará la relación de aspirantes aprobados en
las pruebas selectivas, ordenados de mayor a menor
puntuación obtenida.
La exhibición de dicha relación se efectuará en
los centros recogidos en el anexo de la convocatoria,
y del momento en que se procederá a la misma
se dará oportuno anuncio en el "Boletín Oficial del
Estado".
4. Cursillo de adaptación.-No realizarán el
cursillo de adaptación los excedentes voluntarios de
la misma categoría que las plazas objeto de
cobertura. No obstante, los que se prevea que puedan
obtener plaza deberán realizar un cursillo de
reciclaje profesional.
Los excedentes de distinta categoría y los
aspirantes aprobados en las pruebas selectivas que hayan
sido declarados aptos en el reconocimiento médico
y psicotécnico, se someterán a un cursillo de
adaptación con la duración que se estime necesaria.
Independientemente del tipo de cursillo a realizar,
el llamamiento será único para cada aspirante. La
no presentación en el lugar, fecha y hora que se
les indique implicará la exclusión de la convocatoria.
El primer llamamiento para la realización del
cursillo de adaptación incluirá como mínimo al doble
de aspirantes que plazas pendientes de cubrir. En
caso necesario, se irán efectuando llamamientos
sucesivos con el mismo dimensionamiento hasta que
se cubran todas las plazas.
Para ser admitidos a cursillo, los aspirantes
deberán aportar la documentación acreditativa del
cumplimiento de los requisitos de la convocatoria que
se les solicite. La no presentación de la totalidad
de dicha documentación en el momento que se
establezca supondrá la eliminación de la convocatoria.
Al final del cursillo de adaptación se efectuará
un examen sobre las materias impartidas. La
puntuación máxima total de esta prueba será de 100
puntos, siendo el mínimo requerido para aprobar
60 puntos. El hecho de no alcanzar esta puntuación
mínima supondrá la eliminación de la convocatoria.
La inasistencia a cualquiera de las sesiones del
cursillo requerirá justificación documental,
implicando la no presentación de la misma la eliminación
de la convocatoria. En cualquier caso, la inasistencia
-aun justificada- superior a un 10 por 100 del
período lectivo también dará lugar a la citada
eliminación.
5. Reconocimiento médico y psicotécnico.-Los
aspirantes que sean llamados para la realización del
cursillo de adaptación y los excedentes voluntarios
de la misma categoría que las plazas convocadas
para quienes se prevea que puedan obtener plaza,
se someterán a reconocimiento médico y
psicotécnico previo por parte de los Servicios Médicos de
RENFE para determinar si su capacidad
médico-laboral se corresponde con la capacidad requerida
para el desempeño de los puestos de trabajo a que
opten.
El resultado de dicho reconocimiento será de apto
o de no apto, significando esta última calificación
la imposibilidad de la obtención de plaza, quedando
por tanto el aspirante eliminado de la convocatoria.
5.1 Reconocimiento médico:
A) Las condiciones mínimas de capacidad
médico-laboral exigidas a los trabajadores de
RENFE, que se encuentran en situación de
excedencia voluntaria, son las siguientes:
Canal: I (visión-agudeza visual).
Grupo: 4.
Visión binocular:
Agudeza visual, 0,700 en un ojo y 0,500 en el
otro, en la escala de Wecker, sin o con corrección.
Canal: II (visión-otras condiciones).
Grupo: C.
Sentido cromático normal.
Sentido luminoso normal.
Visión estereoscópica normal.
Campo visual, para el blanco y los colores, normal.
Integridad de los ojos y sus anejos.
No padecer enfermedad infecciosa crónica de los
órganos de visión.
Canal: III (audición).
Grupo: 3.
Audiometría tonal liminar, sin o con prótesis
auditivas:
Pérdida media que cumpla una de las siguientes
opciones:
Opción A: No sobrepasar los 40 dB en el lado
peor.
Opción B: No sobrepasar los 45 dB en el lado
peor, a condición de que en el otro oído no se
superen los 30 dB.
Pérdida a 4.000 Hz que cumpla una de las
siguientes opciones:
Opción C: No sobrepasar los 60 dB en el lado
peor.
Opción D: No sobrepasar los 70 dB en el lado
peor, a condición de que en el otro oído no se
superen los 50 dB.
No padecer otorrea.
Canal: IV (sistema locomotor y aparato
respiratorio).
Grupo: 5.
Estado anatómico y funcional del sistema
locomotor que permita la realización correcta de trabajos
físicos intensos.
Pruebas funcionales respiratorias:
Índice de Tiffenau disminuido, como máximo, un
20 por 100 respecto del valor teórico que
corresponda.
Capacidad vital forzada disminuida, como
máximo, un 20 por 100 respecto del valor teórico que
corresponda.
Canal: V (sistema cardio-vascular, psiquismo,
varios).
Grupo: 6.
No padecer cardiopatías ni vasculopatías
descompensadas, ni miocardiopatías isquémicas en
cualquiera de sus formas.
No padecer enfermedad mental.
No padecer enfermedad alcohólica crónica.
No presentar indicios analíticos de consumo de
drogas.
No padecer hipertensión arterial.
No padecer afecciones que cursen con ataques
convulsivos, temblores, incoordinación de
movimientos, trastornos de la marcha, pérdidas bruscas
de conocimiento o alteraciones del nivel de
consciencia.
No padecer epilepsia en ninguna de sus formas.
No estar bajo tratamiento con fármacos
hipoglucemiantes, antihistamínicos o psicotropos; no
padecer diabetes.
B) Las condiciones mínimas de capacidad
médico-laboral para el resto de los participantes
en esta convocatoria son los siguientes:
Canal: I (visión-agudeza visual).
Grupo: 5.
Visión binocular:
Agudeza visual, 1,000 en un ojo y 0,500 en el
otro, o 0,700 en cada ojo por separado, en la escala
de Wecker, sin corrección.
Canal: II (visión-otras condiciones).
Grupo: C.
Sentido cromático normal.
Sentido luminoso normal.
Visión estereoscópica normal.
Campo visual, para el blanco y los colores, normal.
Integridad de los ojos y sus anejos.
No padecer enfermedad infecciosa crónica de los
órganos de visión.
Canal: III (audición).
Grupo: 4.
Auidometría tonal liminar, sin prótesis auditivas:
Pérdida media inferior a 25 dB, en el lado peor.
No sobrepasar los 50 dB de pérdida a 4.000 Hz,
en el lado peor.
No padecer otorrea.
Canal: IV (sistema locomotor y aparato
respiratorio).
Grupo: 6.
Estado anatómico y funcional del sistema
locomotor que permita la realización correcta de trabajos
físicos intensos.
Pruebas funcionales respiratorias, normales.
Canal: V (sistema cardio-vascular, psiquismo,
varios).
Grupo: 6.
No padecer cardiopatías ni vasculopatías
descompensadas, ni miocardiopatías isquémicas en
cualquiera de sus formas.
No padecer enfermedad mental.
No padecer enfermedad alcohólica crónica.
No presentar indicios analíticos de consumo de
drogas.
No padecer hipertensión arterial.
No padecer afecciones que cursen con ataques
convulsivos, temblores, incoordinación de
movimientos, trastornos de la marcha, pérdidas bruscas
de conocimiento o alteraciones del nivel de
consciencia.
No padecer epilepsia en ninguna de sus formas.
No estar bajo tratamiento con fármacos
hipoglucemiantes, antihistamínicos o psicotropos; no
padecer diabetes.
Anexo
Provincia RENFE Centro Dirección
Álava. de Vitoria-Gasteiz. Estación 46. 01005 Dato, Vitoria.
Albacete. de Estación Albacete. García Lorca, Avda. sin número. 02001 Albacete.
Alicante. Alacant-terminal. Estación Salamanca, Avda. 1. 03005 Alicante.
Almería. de Estación Almería. de España, Plaza 6. 04006 Almería.
Asturias. de Estación Oviedo. sin número. Uría, 33003 Oviedo.
Ávila. de Ávila. Estación José Antonio, Avda. sin número. 05001 Ávila.
Badajoz. de Estación Badajoz. Carolina Coronado, Avda. sin número. 06006
Barcelona. Estación Barcelona-Sants. Paisos Plaça Catalans, sin número. 08014
Bar5.2 Psicotécnico:
Por ser una categoría relacionada con la
circulación, deberán superarse las pruebas
correspondientes a la "Batería de Seguridad", que comprenden:
a) Prueba de inteligencia concreta manipulativa.
b) Pruebas de medición de tiempos de reacción
ante estímulos simbólicos y luminosos.
c) Prueba de estimación de velocidad de un
móvil.
d) Cuestionario de personalidad para detectar
alteraciones psicopatológicas graves.
6. Resolución definitiva.-Será objeto de
publicación la resolución definitiva de la convocatoria
en la que figurará el nombre y apellidos, número
de documento identificativo, puntuación obtenida
en el examen final del cursillo de adaptación, en
su caso, y la plaza adjudicada. Dicha resolución
será objeto de publicación en el "Boletín Oficial
del Estado".
La incorporación de los candidatos seleccionados
en las plazas obtenidas se producirá, según las
necesidades del servicio, como máximo el 31 de
diciembre de 1999.
Los candidatos que obtengan plaza derivada de
esta convocatoria, quedarán eliminados
automáticamente del resto de convocatorias de RENFE en
las que participen y se encuentren pendientes de
resolución definitiva.
G) Bolsa de trabajo para futuras contrataciones
temporales: Conforme a lo establecido en el
apartado F) de la presente convocatoria, solamente se
iniciará el proceso de selección descrito en el mismo
entre los aspirantes que no tengan el carácter de
excedentes voluntarios de RENFE cuando después
de la adjudicación entre dichos excedentes quedasen
plazas sin cubrir. Como consecuencia de ello, esta
bolsa de trabajo será establecida únicamente en el
caso de que sea necesario recurrir a los aspirantes
distintos de aquellos que se encuentren en
excedencia voluntaria de RENFE y efectuar el oportuno
proceso de selección.
En este último caso, los excedentes voluntarios
y los aspirantes aprobados, que no habiendo
resultado eliminados de la convocatoria no hubieran
obtenido plaza, entrarán a formar parte de la bolsa
de trabajo para futuras contrataciones temporales
que fuera necesario realizar por RENFE hasta el
31 de diciembre de 1999.
La empresa ofrecerá dichos contratos a los
integrantes de la bolsa siguiendo el mismo orden de
prelación indicado en la letra F) Proceso de
selección y adjudicación de plazas de esta convocatoria,
bien entendido que sólo se formalizará la
contratación con aquellos que cumplan las condiciones
y requisitos legalmente establecidos para la
modalidad de contratación decidida por RENFE.
Los integrantes de la bolsa tienen la obligación
de comunicar a RENFE cualquier variación que
se produzca en sus datos personales.
Quedarán automáticamente eliminados de la bolsa
aquellos integrantes que:
Por no haber mantenido actualizados sus datos
personales no puedan ser localizados para ofrecerles
un contrato de trabajo.
Una vez ofrecido el contrato de trabajo no
manifiesten su aceptación de manera fehaciente en el
plazo indicado en la oferta.
Madrid, 3 de diciembre de 1998.-El Director
Corporativo de Orgnización y Recursos HUmanos, Juan
Fernández Alvarez.-65.519.
Badajoz.
celona.
Provincia RENFE Centro Dirección
Burgos. de Burgos. Estación de Guadalhorce, Conde sin número. 09001 Burgos.
Cáceres. de Estación Cáceres. Alemania, Avda. sin número. 10005 Cáceres.
Cádiz. de Cádiz. Estación de Sevilla, sin número. Plaza 11006 Cádiz.
Cantabria. de Estación Santander. de las Estaciones, Plaza sin número. 39002
SanCastellón. Castellò Estación de la Plana. de Plaza España, 1. 12002 Castellón.
Ciudad Real. Estación de Ciudad Real. de Europa, Avda. sin número. 13005 Ciudad Real.
Córdoba. Córdoba-central. Estación de Glorieta las Tres Culturas, sin número. 14001
Coruña, A. Estación de A Coruña. Planelles, Joaquín sin número. 15007 A Coruña.
Cuenca. de Cuenca. Estación General Moscardó, Avda. 10. 16004 Cuenca.
Girona. de Girona. Estación de España, sin Plaza número, 17001 Girona.
Granada. de Estación Granada. Andaluces, Avda. sin número. 18014 Granada.
Guadalajara. Estación de Guadalajara. Aritio, Francisco sin número. 19004 Guadalajara.
Guipúzcoa. Estación de San
Sebastián-Donostia.
Huelva. de Huelva-término. Estación de Italia, Avda. sin número. 21001 Huelva.
Huesca. de Huesca. Estación 14. 22005 Zaragoza, Huesca.
Jaén. de Jaén. Estación de la Estación, Paseo sin número. 23007 Jaén.
León. de León. Estación sin número. Astorga, 24009 León.
Lleida. de Lleida. Estación de Berenguer, Plaza IV, sin número. 25007 Lleida.
Lugo. de Lugo. Estación de Conde Fontao, Plaza sin número. 20309 Lugo.
Madrid. de Administración Jefatura de
Personal Corporativo de la Dirección
de Planificación y Control de
RR.HH.
Málaga. de Málaga. Estación de la Estación, Explanada sin número. 29002
Murcia. Murcia Estación del Carmen. Industria, sin número. 30002 Murcia.
Navarra. de Estación Pamplona. RENFE, Estación sin número. 31012 Pamplona.
Ourense. de Estación Ourense. de Marín, Avda. sin número. 32001 Ourense.
Palencia. de Estación Palencia. de los Jardinillos, Plaza sin número. 34003
PalenPontevedra. Estación de Pontevedra. Provisional, Alférez sin número. 36003 Pontevedra.
Rioja, La. de Estación Logroño. de Europa, Plaza sin número. 26003 Logroño.
Salamanca. Estación de Salamanca. de la Estación, Paseo sin número. 37004
SalaSegovia. de Segovia. Estación Quesada, Obispo 1. 40006 Segovia.
Sevilla. Sevilla-Santa Estación Justa. Kansas Avda. City, sin número. 41007 Sevilla.
Soria. de Soria. Estación de Madrid, Carretera sin número. 42005 Soria.
Tarragona. Estación de Tarragona. de la Estación, Plaza sin número. 43004 Tarragona.
Teruel. de Teruel. Estación de la Estación, Camino sin número. 44001 Teruel.
Toledo. de Toledo. Estación de las Rosas, Paseo sin número. 45006 Toledo.
Valencia. Valencia-Del Estación Nord. Xátiva, 24. 46007 Valencia.
Valladolid. Estación Valladolid-Campo
Grande.
Vizcaya. Bilbao-Abando. Estación Circular, Plaza 2. 48008 Bilbao.
Zamora. de Estación Zamora. de la Estación, Carretera sin número. 49010
Zaragoza. Zaragoza-El Estación Portillo. Avda. de Anselmo Clavé, sin número. 50004
Información convocatoria:
Teléfonos: 91 540 31 56 y 540 31 76.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE ANDALUCÍA
Consejería de Trabajo e Industria
Delegaciones Provinciales
JAÉN
Anuncio de información pública.
Instalaciones eléctricas
A los efectos prevenidos en los artículos8y12
del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, se abre
información pública sobre la solicitud de
autorizatander.
Córdoba.
Avda. de Francia, sin número. 20012 San Sebastián.
Paseo del Rey, 6. 28008 Madrid.
Málaga.
cia.
manca.
Recondo, sin número. 47007 Valladolid.
Zamora.
Zaragoza.
ción y aprobación de proyecto de una planta de
producción de energía eléctrica en régimen de
cogeneración:
Peticionario: COANSA.
Características de la instalación:
Ocho grupos motogenerador compuesto cada uno
de ellos por motor, marca "Jembacher", modelo
JMS-620, a gas natural, de 2.724 KVA, de potencia
eléctrica 1.500 rpm. Tensión de generación 690 V
o potencia total 21.792 KV.
Ocho trafos de 4.000 KVA. Unidad 6.695/25 KV.
Un trafo de 25.000 KVA. 25/66 KV.
Una línea de interconexión con red Compañía
Sevillana (subestación COANSA a apoyo entronque
de línea 66 KV S/C, Andújar, Villa del Río, de
Compañía Sevillana).
Instalación y equipos auxiliares de protección,
maniobra control, regulación y medida.
Resto de instalaciones de alimentación de gas
natural, recuperación y aprovechamiento de calor
y producción de frío.
Emplazamiento: Terrenos anejos a "Koipe,
Sociedad Anónima", Andújar.
Presupuesto en pesetas: 1.200,6 millones.
Todas aquellas personas o entidades que se
consideren afectadas podrán presentar sus escritos, por
duplicado, con las alegaciones que estimen
oportunas, en esta Delegación Provincial, paseo de la
Estación, número 19, de Jaén, en el plazo de treinta
días.
Esta información se realiza a efectos de trámite
previo para la declaración de informe ambiental de
instalación de combustión con potencia térmica
inferior a 300 MW.
Jaén, 28 de julio de 1998.-El Delegado provincial,
P. D. (Resolución 31 de octubre de 1996), el Jefe
de Servicio de Industria, Energía y Minas, Manuel
Herrera Torrero.-65.312.
UNIVERSIDADES
Politécnica de Madrid
Escuela Técnica Superior de Ingenieros
Caminos, Canales y Puertos
Habiéndose extraviado el título de Ingeniero de
Caminos, Canales y Puertos de don José María
Martínez Pedreira, expedido en Madrid con fecha 4
de marzo de 1972, se hace público en cumplimiento
de lo establecido en la legislación vigente.
Madrid, 3 de diciembre de 1998.-El Director,
Edelmiro Rúa Álvarez.-65.416.
NAVARRA
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 9 de la Orden de 8 de julio de 1988 ("Boletín
Oficial del Estado" del 13), se anuncia la incoación
de un duplicado de título de Arquitecto, por extravío
del que fue expedido con fecha 12 de mayo de 1987
a favor de don Faustino Mena Mur.
Pamplona, 14 de diciembre de 1998.-El Oficial
Mayor.-65.502.
Facultad de Psicología
Extravío de título
Se inicia el oportuno expediente para la
expedición del duplicado del título de Licenciada en
Psicología de doña Susana Frutos González, que
fue expedido el 2 de noviembre de 1995.
Lo que se hace público por el término de treinta
días en el "Boletín Oficial del Estado", en
cumplimiento de la Orden de 8 de julio de 1988 ("Boletín
Oficial del Estado" del 13).
Madrid, 10 de diciembre de 1998.-El Secretario,
José Luis Sangrador García.-65.523.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid