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Documento BOE-B-1998-52607

Otros anuncios oficiales

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 26 de diciembre de 1998, páginas 20105 a 20108 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Referencia:
BOE-B-1998-52607

TEXTO

MINISTERIO DE FOMENTO

Red Nacional de Ferrocarriles

Españoles

Convocatoria pública de ingreso en la Red Nacional

de Ferrocarriles Españoles (RENFE) con la categoría

profesional de Ayudante ferroviario

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real

Decreto 493/1998, de 27 de marzo, por el que se aprueba

la oferta de empleo público para 1998, y con el

fin de atender las necesidades de personal de la

Red Nacional de Ferrocarriles Españoles (RENFE),

la Dirección Corporativa de Organización y

Recursos Humanos de esta entidad, en uso de las

facultades que tiene atribuidas en el marco establecido

por el Estatuto de RENFE aprobado por Real

Decreto 121/1994, de 28 de enero, previo informe

favorable de la Dirección General de la Función

Pública, procede a realizar la siguiente

Oferta de empleo público

ONVOCATORIA DE INGRESO EN RENFE

A) Objeto: Cobertura de cuarenta plazas de la

categoría de Ayudante ferroviario (código 391).

La relación de puestos es la siguiente:

Número

Código Municipio

de plazas

71801 Barcelona................... 12

11600 Irún......................... 4

60000 Madrid..................... 24

Las funciones básicas de los puestos son las que

se relacionan a continuación:

Servicio, engrase y limpieza de agujas, señales y

otros aparatos.

Vigilancia y limpieza de dependencias y material.

Enganches, desenganches y acompañamiento de

maniobras.

Carga y descarga de mercancías y equipajes.

Ejecución de trabajos relacionados con la vía,

efectuando operaciones que requieran cierta

especialización, incluido el empleo de maquinaria.

Custodia, vigilancia y servicio de los pasos a nivel.

Manejo de herramientas y máquinas de operación

elemental, encargándose de su conservación

programada, al menos, en las fases más sencillas.

B) Sujeto: Personas en las que concurran los

siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, la de

cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea

o la de aquellos Estados a los que sea de aplicación

la libre circulación de trabajadores definida por el

Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea en

aplicación de los tratados internacionales celebrados

por ésta y ratificados por España. Se admite también

la participación del cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge, de nacionales de cualquier

Estado miembro de la Unión Europea, siempre que

no estén separados de hecho o de derecho, menores

de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan

a sus expensas, cualquiera que sea su nacionalidad.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad

y no haber alcanzado la edad de jubilación de sesenta

y cuatro años establecida en la Normativa Laboral

de RENFE.

c) Estar en posesión del título de Bachillerato

Unificado Polivalente, Formación Profesional

segundo grado, Bachillerato, ciclo formativo de

grado superior según la LOGSE o equivalentes, o

cumplir las condiciones necesarias para su obtención.

Los interesados que hayan cursado sus estudios

fuera del territorio nacional deberán poseer el

reconocimiento u homologación del título en España.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por

limitación física o psíquica que sea incompatible

con el desempeño de las funciones propias de las

plazas objeto de la convocatoria.

e) No haber mantenido relación laboral con

RENFE o cualquier otra empresa pública que haya

finalizado por alguna de las siguientes causas:

Despido disciplinario del artículo 54 del Estatuto

de los Trabajadores.

Despido por causas objetivas de las letras a), b)

y d) del artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores.

Adscripción voluntaria a un expediente de

regulación de empleo o a un plan de bajas incentivadas.

Por mutuo acuerdo de las partes de la letra a)

del artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores.

f) No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, de cualesquiera de las

Administraciones Públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no

sea la española, no deberán estar sometidos a

sanción disciplinaria o condena penal que impida, en

su Estado, el acceso a la función pública.

g) No hallarse inhabilitado para el desempeño

de la profesión o funciones relacionadas con los

puestos de trabajo objeto de la convocatoria.

h) No estar incurso en ninguna de las

incompatibilidades que determina la legislación vigente.

i) No disfrutar pensión de jubilación ni de

incapacidad.

Trabajadores en situación de excedencia

voluntaria en RENFE que cumplan lo dispuesto en las

letras anteriores, a excepción de la letra c).

Todos los requisitos enumerados en este apartado

B) deberán poseerse en el día de finalización del

plazo de admisión de solicitudes de participación

y mantenerlos hasta el momento de toma de

posesión de la plaza obtenida.

C) Carácter de la cobertura de plazas:

C.1 Aquellos trabajadores que reingresen en

RENFE desde la situación de excedencia voluntaria

como consecuencia de esta convocatoria, lo harán

con carácter indefinido y jornada a tiempo completo

por cesar los efectos suspensivos de aquella

situación.

C.2 El ingreso en RENFE del resto de personas

que obtengan plaza en esta convocatoria se llevará

a cabo mediante la modalidad de contratación

indefinida a tiempo completo del Título I de la Ley

del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido

aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995,

de 24 de marzo.

C.3 Los aspirantes que obtengan plaza en esta

convocatoria tendrán fijado en su contrato un

período de prueba de dos meses, excepto aquellos en

excedencia voluntaria de RENFE que en el

momento de iniciarse dicha situación vinieran

desempeñando un puesto de la misma categoría que la de

la plaza obtenida.

El cómputo de este período de prueba, que habrá

de cumplirse con servicios efectivos, se suspenderá

cuando durante el mismo sobrevenga una situación

de incapacidad temporal.

D) Solicitudes de participación y de petición

de plazas:

1. Formularios: Las solicitudes de participación

y de petición de plazas se realizarán en los modelos

oficiales originales, no fotocopias, que podrán

obtenerse en cualquiera de los centros que se relacionan

en el anexo, en horario de nueve a catorce horas,

de lunes a viernes, excepto festivos, a partir del

día siguiente al de publicación de la convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado".

Excepcionalmente, los interesados que, estando

empadronados en Canarias, Baleares, Ceuta o

Melilla tengan residencia habitual en dichos ámbitos

podrán instar su participación en la convocatoria

mediante escrito remitido por correo certificado con

acuse de recibo a la dirección mencionada en el

punto siguiente, en el que deberán hacer constar

nombre y apellidos, número de documento nacional

de identidad y letra correspondiente al número de

identificación fiscal, domicilio, teléfono de contacto,

indicación de si es excedente voluntario de RENFE

o tuvo la experiencia ferroviaria indicada en el

apartado E), número 2, y, en su caso, el número de

matrícula que le fue asignada. Asimismo, deberán

indicar por orden de preferencia las plazas

solicitadas y acompañar fotocopia por las dos caras del

documento nacional de identidad, pasaporte o

tarjeta de identidad y certificado de empadronamiento.

2. Plazo de admisión: Los interesados deberán

entregar las solicitudes de participación y petición

de plazas debidamente cumplimentadas en los

modelos oficiales originales, junto con fotocopia del

documento nacional de identidad, pasaporte o

tarjeta identificativa, en la Jefatura de Administración

de Personal Corporativo de la Dirección de

Planificación y Control de Recursos Humanos, sita

en el paseo del Rey, número 6, de Madrid, código

postal 28008, en horario de nueve a catorce horas,

de lunes a viernes, excepto festivos, durante el

período de los quince días laborables inmediatamente

siguientes a la fecha de publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

Asimismo, podrán también presentarse los

documentos antes citados mediante su remisión por

correo certificado con acuse de recibo a la dirección

señalada en el párrafo anterior, teniendo validez

siempre que tengan entrada durante el período de

los quince días laborables inmediatamente siguientes

a la fecha de publicación de esta convocatoria en

el "Boletín Oficial del Estado".

Una vez presentadas no será posible efectuar

modificación alguna de las plazas solicitadas.

E) Relación de participantes: RENFE publicará

la relación de los participantes admitidos y excluidos

en la convocatoria que contendrá el nombre y

apellidos y el número de documento identificativo de

todos ellos.

Para los admitidos en la convocatoria se

publicarán, además, los siguientes datos:

1. Respecto de los participantes procedentes de

la situación de excedencia voluntaria se

incorporarán también:

La fecha de fin de la excedencia o de la prórroga

de la misma.

La categoría desde la que accedieron a tal

situación.

La última residencia de destino al servicio de

RENFE.

Antigüedad en la categoría.

Antigüedad en la empresa.

Y la indicación de quienes, con la misma categoría

que las plazas convocadas, hagan valer en su

solicitud de participación y de petición de plazas su

derecho preferente a aquéllas pertenecientes a la

última residencia en que prestaron sus servicios a

la empresa.

2. Respecto del resto de participantes, en su

caso, se incluirá de igual manera:

La indicación de haber pertenecido a los

Regimientos de Movilización y Prácticas (hasta la 45. ª

Promoción), Zapadores ferroviarios (hasta la 27. ª

Promoción) o Escuela de Aprendices con

anterioridad al año 1988. Este hecho deberá acreditarse

mediante la aportación de documentación relativa

al mismo conjuntamente con la solicitud de

participación.

En el caso de los excluidos de la convocatoria

se indicará la causa de la exclusión.

Dicha relación estará ordenada por turnos de

preferencia para la adjudicación, y será objeto de

exhibición en los centros recogidos en el anexo. El

momento en que se procederá a la exhibición será

oportunamente anunciado en el "Boletín Oficial del

Estado". Durante 0 un 0 plazo 0 de 0 quince 0 días 0 laborables, 0

a contar desde el primer día de su exhibición, los

interesados podrán poner de manifiesto la existencia

de errores en la relación o reclamar contra la

omisión o exclusión de la convocatoria. Dicha

reclamación deberá efectuarse por escrito, entregado en

la Jefatura de Administración de Personal

Corporativo de la Dirección de Planificación y Control

de Recursos Humanos, sita en el paseo del Rey,

número 6, de Madrid, código postal 28008, en

horario de nueve a catorce horas, de lunes a viernes,

excepto festivos.

El citado documento también podrá remitirse por

correo certificado con acuse de recibo a la dirección

señalada en el párrafo anterior, teniendo validez

siempre que tenga entrada durante el plazo de quince

días laborables contados a partir del primer día de

exhibición de la relación de participantes admitidos

y excluidos de la convocatoria.

La relación definitiva de participantes será

exhibida en los centros relacionados en el anexo de

la convocatoria. El momento en que se procederá

a dicha exhibición será oportunamente anunciado

en el "Boletín Oficial del Estado". La exhibición

hará las veces de comunicación al interesado de

la resolución adoptada por RENFE a su

reclamación.

F) Proceso de selección y adjudicación de

plazas: El proceso de selección y adjudicación

comenzará con la asignación de plazas entre los excedentes

voluntarios de RENFE.

Si quedasen plazas sin cubrir, se procederá a

realizar dicho proceso entre aquellos aspirantes que

hubieran pertenecido a los Regimientos de

Movilización y Prácticas (hasta la 45. ª Promoción),

Zapadores ferroviarios (hasta la 27. ª Promoción) o

Escuela de Aprendices con anterioridad al año 1988.

Por último, si después de esta acción continuase

la descobertura de plazas, se iniciará el

procedimiento de selección y adjudicación entre el resto

de los participantes.

Las plazas se adjudicarán entre aquellos aspirantes

que las hubiesen solicitado en tiempo y forma, por

el siguiente orden de prelación:

Primer turno

Trabajadores cuyo período inicial de excedencia

voluntaria en RENFE o de prórroga de la misma

haya finalizado y hayan solicitado el reingreso en

tiempo y forma de acuerdo con lo previsto en los

artículos 273 y 275 de la Normativa Laboral de

RENFE.

Segundo turno

Trabajadores en excedencia voluntaria en RENFE

participantes en la convocatoria cuyo período inicial

de excedencia o de prórroga de la misma no se

encuentre finalizado.

Dentro del primer y segundo turno la preferencia

para la obtención de plaza vendrá dada por la

aplicación sucesiva de los siguientes criterios:

1. º Serán preferentes los excedentes voluntarios

de la misma categoría que las plazas objeto de

cobertura y entre ellos existirá prioridad absoluta por

las plazas pertenecientes al último municipio en que

prestaron sus servicios a la empresa, siempre que

soliciten éste como primero de su orden de petición

de plazas. A estos efectos se entenderá que son

excedentes voluntarios de la categoría de Ayudante

ferroviario todos los trabajadores que pasaron a

dicha situación procedentes de categorías de los

niveles salariales 1 y 2, en aplicación de lo dispuesto

en el artículo 9 del X Convenio Colectivo y del

punto VI del XII Convenio Colectivo.

2. º Serán preferentes los excedentes voluntarios

cuya fecha de finalización del período de excedencia

sea anterior, por determinar ésta el derecho más

antiguo al reingreso en la empresa. Se tomará por

dicha fecha la de fin del período inicial de excedencia

voluntaria, salvo en caso de existencia de prórroga

o prórrogas de la misma, en cuyo supuesto se tomará

la de finalización de la última prórroga.

De producirse empate una vez aplicados los

criterios anteriores, éste se resolverá atendiendo en

primer 0 lugar 0 a 0 la 0 mayor 0 antigüedad 0 en 0 la 0 categoría, 0

y en segundo lugar, a la mayor antigüedad en la

empresa, salvo en el caso de excedentes de distinta

categoría a la de las plazas a cubrir, para los cuales

el desempate se efectuará tan sólo por la mayor

antigüedad en la empresa.

Las antigüedades citadas en el párrafo anterior

serán las que resulten de aplicar lo dispuesto en

el capítulo 4 del Título II de la Normativa Laboral

de RENFE.

Tercer turno

Aspirantes que adquirieron experiencia ferroviaria

en RENFE en los Regimientos de Movilización y

Prácticas hasta la 45. ª Promoción o Zapadores

ferroviarios hasta la 27. ª Promoción y en las Escuelas

de Aprendices, siempre que dicha experiencia se

hubiese adquirido con anterioridad al año 1988.

Cuarto turno

Resto de participantes en la convocatoria.

La adjudicación de plazas dentro del tercer y

cuarto turno se realizará por orden decreciente

comenzando por el aspirante que mayor puntuación haya

obtenido en el examen final del cursillo de

adaptación.

En caso de empate a puntos, la plaza se adjudicará

al participante que la hubiese solicitado con mayor

prioridad en su orden de petición.

1. Pruebas de selección y sistema de

puntuación.-Los trabajadores de RENFE en situación de

excedencia voluntaria estarán excluidos de la

realización de las pruebas selectivas que se señalan

en este punto.

El documento nacional de identidad, pasaporte

en vigor o tarjeta de identidad deberá ser presentado

en el momento de acceder a las pruebas de selección.

La falta de presentación del documento

identificativo determinará la no admisión a la realización

de las pruebas y, por tanto, la eliminación de la

convocatoria.

1.a) Pruebas selectivas: Serán las siguientes

realizadas por el orden que se indica:

1. º Psicométrica que evaluará la aptitud de los

aspirantes de cara al desempeño de las funciones

propias del puesto.

2. º Teórico-práctica de conocimientos que

constará de las áreas de lengua y literatura, matemáticas,

ciencias naturales y ciencias sociales.

3. º De lengua extranjera. Los aspirantes podrán

optar entre lengua francesa o lengua inglesa.

El contenido de estas pruebas versará sobre las

materias que figuren en los programas oficiales de

los niveles exigidos en el punto B) Sujeto.

Los tiempos de duración de cada una de las

pruebas serán indicados en el momento de realización

de las mismas.

Los aspirantes serán convocados a las pruebas

en llamamiento único y acreditarán su identidad

a solicitud de los miembros del Tribunal.

1.b) Sistema de puntuación:

1. º Prueba psicométrica: Puntuación máxima,

50 puntos.

Los aspirantes que no alcancen los 25 puntos

quedarán eliminados de la convocatoria.

2. º Prueba teórico-práctica:

Puntuación máxima: 40 puntos.

Errores

Puntuación = Aciertos -

n-1

n = número de alternativas.

Los aspirantes que no alcance los 20 puntos

quedarán eliminados de la convocatoria.

3. º Prueba de lengua extranjera:

Puntuación máxima: 10 puntos.

Errores

Puntuación = Aciertos -

n-1

n = número de alternativas.

La puntuación final será la suma de las

puntuaciones alcanzadas en cada una de las pruebas.

La puntuación máxima total de estas tres pruebas

será de 100 puntos, siendo el mínimo requerido

para aprobar de 60 puntos. El hecho de no alcanzar

la puntuación mínima, supondrá la eliminación de

la convocatoria.

2. Tribunal de Evaluación.-Para la evaluación

de las pruebas, en general, se constituirá un Tribunal

que estará compuesto de la siguiente forma:

Un Presidente designado por la Dirección

Corporativa de Organización y Recursos Humanos de

RENFE, que habrá de tener superior categoría que

el resto de los componentes.

Dos Vocales designados por la representación

legal de los trabajadores.

Y otros dos Vocales con similar o superior

categoría que las plazas convocadas, designados por

la Dirección Corporativa de Organización y

Recursos Humanos de RENFE, uno de los cuales actuará

como Secretario.

En caso de que se estime necesario por presentarse

a las pruebas un elevado número de aspirantes, la

Dirección Corporativa de Organización y Recursos

Humanos de RENFE podrá designar Comisiones

de Examen compuestas de la misma forma que el

Tribunal y que auxiliarán al mismo.

3. Relación de aspirantes aprobados.-RENFE

publicará la relación de aspirantes aprobados en

las pruebas selectivas, ordenados de mayor a menor

puntuación obtenida.

La exhibición de dicha relación se efectuará en

los centros recogidos en el anexo de la convocatoria,

y del momento en que se procederá a la misma

se dará oportuno anuncio en el "Boletín Oficial del

Estado".

4. Cursillo de adaptación.-No realizarán el

cursillo de adaptación los excedentes voluntarios de

la misma categoría que las plazas objeto de

cobertura. No obstante, los que se prevea que puedan

obtener plaza deberán realizar un cursillo de

reciclaje profesional.

Los excedentes de distinta categoría y los

aspirantes aprobados en las pruebas selectivas que hayan

sido declarados aptos en el reconocimiento médico

y psicotécnico, se someterán a un cursillo de

adaptación con la duración que se estime necesaria.

Independientemente del tipo de cursillo a realizar,

el llamamiento será único para cada aspirante. La

no presentación en el lugar, fecha y hora que se

les indique implicará la exclusión de la convocatoria.

El primer llamamiento para la realización del

cursillo de adaptación incluirá como mínimo al doble

de aspirantes que plazas pendientes de cubrir. En

caso necesario, se irán efectuando llamamientos

sucesivos con el mismo dimensionamiento hasta que

se cubran todas las plazas.

Para ser admitidos a cursillo, los aspirantes

deberán aportar la documentación acreditativa del

cumplimiento de los requisitos de la convocatoria que

se les solicite. La no presentación de la totalidad

de dicha documentación en el momento que se

establezca supondrá la eliminación de la convocatoria.

Al final del cursillo de adaptación se efectuará

un examen sobre las materias impartidas. La

puntuación máxima total de esta prueba será de 100

puntos, siendo el mínimo requerido para aprobar

60 puntos. El hecho de no alcanzar esta puntuación

mínima supondrá la eliminación de la convocatoria.

La inasistencia a cualquiera de las sesiones del

cursillo requerirá justificación documental,

implicando la no presentación de la misma la eliminación

de la convocatoria. En cualquier caso, la inasistencia

-aun justificada- superior a un 10 por 100 del

período lectivo también dará lugar a la citada

eliminación.

5. Reconocimiento médico y psicotécnico.-Los

aspirantes que sean llamados para la realización del

cursillo de adaptación y los excedentes voluntarios

de la misma categoría que las plazas convocadas

para quienes se prevea que puedan obtener plaza,

se someterán a reconocimiento médico y

psicotécnico previo por parte de los Servicios Médicos de

RENFE para determinar si su capacidad

médico-laboral se corresponde con la capacidad requerida

para el desempeño de los puestos de trabajo a que

opten.

El resultado de dicho reconocimiento será de apto

o de no apto, significando esta última calificación

la imposibilidad de la obtención de plaza, quedando

por tanto el aspirante eliminado de la convocatoria.

5.1 Reconocimiento médico:

A) Las condiciones mínimas de capacidad

médico-laboral exigidas a los trabajadores de

RENFE, que se encuentran en situación de

excedencia voluntaria, son las siguientes:

Canal: I (visión-agudeza visual).

Grupo: 4.

Visión binocular:

Agudeza visual, 0,700 en un ojo y 0,500 en el

otro, en la escala de Wecker, sin o con corrección.

Canal: II (visión-otras condiciones).

Grupo: C.

Sentido cromático normal.

Sentido luminoso normal.

Visión estereoscópica normal.

Campo visual, para el blanco y los colores, normal.

Integridad de los ojos y sus anejos.

No padecer enfermedad infecciosa crónica de los

órganos de visión.

Canal: III (audición).

Grupo: 3.

Audiometría tonal liminar, sin o con prótesis

auditivas:

Pérdida media que cumpla una de las siguientes

opciones:

Opción A: No sobrepasar los 40 dB en el lado

peor.

Opción B: No sobrepasar los 45 dB en el lado

peor, a condición de que en el otro oído no se

superen los 30 dB.

Pérdida a 4.000 Hz que cumpla una de las

siguientes opciones:

Opción C: No sobrepasar los 60 dB en el lado

peor.

Opción D: No sobrepasar los 70 dB en el lado

peor, a condición de que en el otro oído no se

superen los 50 dB.

No padecer otorrea.

Canal: IV (sistema locomotor y aparato

respiratorio).

Grupo: 5.

Estado anatómico y funcional del sistema

locomotor que permita la realización correcta de trabajos

físicos intensos.

Pruebas funcionales respiratorias:

Índice de Tiffenau disminuido, como máximo, un

20 por 100 respecto del valor teórico que

corresponda.

Capacidad vital forzada disminuida, como

máximo, un 20 por 100 respecto del valor teórico que

corresponda.

Canal: V (sistema cardio-vascular, psiquismo,

varios).

Grupo: 6.

No padecer cardiopatías ni vasculopatías

descompensadas, ni miocardiopatías isquémicas en

cualquiera de sus formas.

No padecer enfermedad mental.

No padecer enfermedad alcohólica crónica.

No presentar indicios analíticos de consumo de

drogas.

No padecer hipertensión arterial.

No padecer afecciones que cursen con ataques

convulsivos, temblores, incoordinación de

movimientos, trastornos de la marcha, pérdidas bruscas

de conocimiento o alteraciones del nivel de

consciencia.

No padecer epilepsia en ninguna de sus formas.

No estar bajo tratamiento con fármacos

hipoglucemiantes, antihistamínicos o psicotropos; no

padecer diabetes.

B) Las condiciones mínimas de capacidad

médico-laboral para el resto de los participantes

en esta convocatoria son los siguientes:

Canal: I (visión-agudeza visual).

Grupo: 5.

Visión binocular:

Agudeza visual, 1,000 en un ojo y 0,500 en el

otro, o 0,700 en cada ojo por separado, en la escala

de Wecker, sin corrección.

Canal: II (visión-otras condiciones).

Grupo: C.

Sentido cromático normal.

Sentido luminoso normal.

Visión estereoscópica normal.

Campo visual, para el blanco y los colores, normal.

Integridad de los ojos y sus anejos.

No padecer enfermedad infecciosa crónica de los

órganos de visión.

Canal: III (audición).

Grupo: 4.

Auidometría tonal liminar, sin prótesis auditivas:

Pérdida media inferior a 25 dB, en el lado peor.

No sobrepasar los 50 dB de pérdida a 4.000 Hz,

en el lado peor.

No padecer otorrea.

Canal: IV (sistema locomotor y aparato

respiratorio).

Grupo: 6.

Estado anatómico y funcional del sistema

locomotor que permita la realización correcta de trabajos

físicos intensos.

Pruebas funcionales respiratorias, normales.

Canal: V (sistema cardio-vascular, psiquismo,

varios).

Grupo: 6.

No padecer cardiopatías ni vasculopatías

descompensadas, ni miocardiopatías isquémicas en

cualquiera de sus formas.

No padecer enfermedad mental.

No padecer enfermedad alcohólica crónica.

No presentar indicios analíticos de consumo de

drogas.

No padecer hipertensión arterial.

No padecer afecciones que cursen con ataques

convulsivos, temblores, incoordinación de

movimientos, trastornos de la marcha, pérdidas bruscas

de conocimiento o alteraciones del nivel de

consciencia.

No padecer epilepsia en ninguna de sus formas.

No estar bajo tratamiento con fármacos

hipoglucemiantes, antihistamínicos o psicotropos; no

padecer diabetes.

Anexo

Provincia RENFE Centro Dirección

Álava. de Vitoria-Gasteiz. Estación 46. 01005 Dato, Vitoria.

Albacete. de Estación Albacete. García Lorca, Avda. sin número. 02001 Albacete.

Alicante. Alacant-terminal. Estación Salamanca, Avda. 1. 03005 Alicante.

Almería. de Estación Almería. de España, Plaza 6. 04006 Almería.

Asturias. de Estación Oviedo. sin número. Uría, 33003 Oviedo.

Ávila. de Ávila. Estación José Antonio, Avda. sin número. 05001 Ávila.

Badajoz. de Estación Badajoz. Carolina Coronado, Avda. sin número. 06006

Barcelona. Estación Barcelona-Sants. Paisos Plaça Catalans, sin número. 08014

Bar5.2 Psicotécnico:

Por ser una categoría relacionada con la

circulación, deberán superarse las pruebas

correspondientes a la "Batería de Seguridad", que comprenden:

a) Prueba de inteligencia concreta manipulativa.

b) Pruebas de medición de tiempos de reacción

ante estímulos simbólicos y luminosos.

c) Prueba de estimación de velocidad de un

móvil.

d) Cuestionario de personalidad para detectar

alteraciones psicopatológicas graves.

6. Resolución definitiva.-Será objeto de

publicación la resolución definitiva de la convocatoria

en la que figurará el nombre y apellidos, número

de documento identificativo, puntuación obtenida

en el examen final del cursillo de adaptación, en

su caso, y la plaza adjudicada. Dicha resolución

será objeto de publicación en el "Boletín Oficial

del Estado".

La incorporación de los candidatos seleccionados

en las plazas obtenidas se producirá, según las

necesidades del servicio, como máximo el 31 de

diciembre de 1999.

Los candidatos que obtengan plaza derivada de

esta convocatoria, quedarán eliminados

automáticamente del resto de convocatorias de RENFE en

las que participen y se encuentren pendientes de

resolución definitiva.

G) Bolsa de trabajo para futuras contrataciones

temporales: Conforme a lo establecido en el

apartado F) de la presente convocatoria, solamente se

iniciará el proceso de selección descrito en el mismo

entre los aspirantes que no tengan el carácter de

excedentes voluntarios de RENFE cuando después

de la adjudicación entre dichos excedentes quedasen

plazas sin cubrir. Como consecuencia de ello, esta

bolsa de trabajo será establecida únicamente en el

caso de que sea necesario recurrir a los aspirantes

distintos de aquellos que se encuentren en

excedencia voluntaria de RENFE y efectuar el oportuno

proceso de selección.

En este último caso, los excedentes voluntarios

y los aspirantes aprobados, que no habiendo

resultado eliminados de la convocatoria no hubieran

obtenido plaza, entrarán a formar parte de la bolsa

de trabajo para futuras contrataciones temporales

que fuera necesario realizar por RENFE hasta el

31 de diciembre de 1999.

La empresa ofrecerá dichos contratos a los

integrantes de la bolsa siguiendo el mismo orden de

prelación indicado en la letra F) Proceso de

selección y adjudicación de plazas de esta convocatoria,

bien entendido que sólo se formalizará la

contratación con aquellos que cumplan las condiciones

y requisitos legalmente establecidos para la

modalidad de contratación decidida por RENFE.

Los integrantes de la bolsa tienen la obligación

de comunicar a RENFE cualquier variación que

se produzca en sus datos personales.

Quedarán automáticamente eliminados de la bolsa

aquellos integrantes que:

Por no haber mantenido actualizados sus datos

personales no puedan ser localizados para ofrecerles

un contrato de trabajo.

Una vez ofrecido el contrato de trabajo no

manifiesten su aceptación de manera fehaciente en el

plazo indicado en la oferta.

Madrid, 3 de diciembre de 1998.-El Director

Corporativo de Orgnización y Recursos HUmanos, Juan

Fernández Alvarez.-65.519.

Badajoz.

celona.

Provincia RENFE Centro Dirección

Burgos. de Burgos. Estación de Guadalhorce, Conde sin número. 09001 Burgos.

Cáceres. de Estación Cáceres. Alemania, Avda. sin número. 10005 Cáceres.

Cádiz. de Cádiz. Estación de Sevilla, sin número. Plaza 11006 Cádiz.

Cantabria. de Estación Santander. de las Estaciones, Plaza sin número. 39002

SanCastellón. Castellò Estación de la Plana. de Plaza España, 1. 12002 Castellón.

Ciudad Real. Estación de Ciudad Real. de Europa, Avda. sin número. 13005 Ciudad Real.

Córdoba. Córdoba-central. Estación de Glorieta las Tres Culturas, sin número. 14001

Coruña, A. Estación de A Coruña. Planelles, Joaquín sin número. 15007 A Coruña.

Cuenca. de Cuenca. Estación General Moscardó, Avda. 10. 16004 Cuenca.

Girona. de Girona. Estación de España, sin Plaza número, 17001 Girona.

Granada. de Estación Granada. Andaluces, Avda. sin número. 18014 Granada.

Guadalajara. Estación de Guadalajara. Aritio, Francisco sin número. 19004 Guadalajara.

Guipúzcoa. Estación de San

Sebastián-Donostia.

Huelva. de Huelva-término. Estación de Italia, Avda. sin número. 21001 Huelva.

Huesca. de Huesca. Estación 14. 22005 Zaragoza, Huesca.

Jaén. de Jaén. Estación de la Estación, Paseo sin número. 23007 Jaén.

León. de León. Estación sin número. Astorga, 24009 León.

Lleida. de Lleida. Estación de Berenguer, Plaza IV, sin número. 25007 Lleida.

Lugo. de Lugo. Estación de Conde Fontao, Plaza sin número. 20309 Lugo.

Madrid. de Administración Jefatura de

Personal Corporativo de la Dirección

de Planificación y Control de

RR.HH.

Málaga. de Málaga. Estación de la Estación, Explanada sin número. 29002

Murcia. Murcia Estación del Carmen. Industria, sin número. 30002 Murcia.

Navarra. de Estación Pamplona. RENFE, Estación sin número. 31012 Pamplona.

Ourense. de Estación Ourense. de Marín, Avda. sin número. 32001 Ourense.

Palencia. de Estación Palencia. de los Jardinillos, Plaza sin número. 34003

PalenPontevedra. Estación de Pontevedra. Provisional, Alférez sin número. 36003 Pontevedra.

Rioja, La. de Estación Logroño. de Europa, Plaza sin número. 26003 Logroño.

Salamanca. Estación de Salamanca. de la Estación, Paseo sin número. 37004

SalaSegovia. de Segovia. Estación Quesada, Obispo 1. 40006 Segovia.

Sevilla. Sevilla-Santa Estación Justa. Kansas Avda. City, sin número. 41007 Sevilla.

Soria. de Soria. Estación de Madrid, Carretera sin número. 42005 Soria.

Tarragona. Estación de Tarragona. de la Estación, Plaza sin número. 43004 Tarragona.

Teruel. de Teruel. Estación de la Estación, Camino sin número. 44001 Teruel.

Toledo. de Toledo. Estación de las Rosas, Paseo sin número. 45006 Toledo.

Valencia. Valencia-Del Estación Nord. Xátiva, 24. 46007 Valencia.

Valladolid. Estación Valladolid-Campo

Grande.

Vizcaya. Bilbao-Abando. Estación Circular, Plaza 2. 48008 Bilbao.

Zamora. de Estación Zamora. de la Estación, Carretera sin número. 49010

Zaragoza. Zaragoza-El Estación Portillo. Avda. de Anselmo Clavé, sin número. 50004

Información convocatoria:

Teléfonos: 91 540 31 56 y 540 31 76.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE ANDALUCÍA

Consejería de Trabajo e Industria

Delegaciones Provinciales

JAÉN

Anuncio de información pública.

Instalaciones eléctricas

A los efectos prevenidos en los artículos8y12

del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, se abre

información pública sobre la solicitud de

autorizatander.

Córdoba.

Avda. de Francia, sin número. 20012 San Sebastián.

Paseo del Rey, 6. 28008 Madrid.

Málaga.

cia.

manca.

Recondo, sin número. 47007 Valladolid.

Zamora.

Zaragoza.

ción y aprobación de proyecto de una planta de

producción de energía eléctrica en régimen de

cogeneración:

Peticionario: COANSA.

Características de la instalación:

Ocho grupos motogenerador compuesto cada uno

de ellos por motor, marca "Jembacher", modelo

JMS-620, a gas natural, de 2.724 KVA, de potencia

eléctrica 1.500 rpm. Tensión de generación 690 V

o potencia total 21.792 KV.

Ocho trafos de 4.000 KVA. Unidad 6.695/25 KV.

Un trafo de 25.000 KVA. 25/66 KV.

Una línea de interconexión con red Compañía

Sevillana (subestación COANSA a apoyo entronque

de línea 66 KV S/C, Andújar, Villa del Río, de

Compañía Sevillana).

Instalación y equipos auxiliares de protección,

maniobra control, regulación y medida.

Resto de instalaciones de alimentación de gas

natural, recuperación y aprovechamiento de calor

y producción de frío.

Emplazamiento: Terrenos anejos a "Koipe,

Sociedad Anónima", Andújar.

Presupuesto en pesetas: 1.200,6 millones.

Todas aquellas personas o entidades que se

consideren afectadas podrán presentar sus escritos, por

duplicado, con las alegaciones que estimen

oportunas, en esta Delegación Provincial, paseo de la

Estación, número 19, de Jaén, en el plazo de treinta

días.

Esta información se realiza a efectos de trámite

previo para la declaración de informe ambiental de

instalación de combustión con potencia térmica

inferior a 300 MW.

Jaén, 28 de julio de 1998.-El Delegado provincial,

P. D. (Resolución 31 de octubre de 1996), el Jefe

de Servicio de Industria, Energía y Minas, Manuel

Herrera Torrero.-65.312.

UNIVERSIDADES

Politécnica de Madrid

Escuela Técnica Superior de Ingenieros

Caminos, Canales y Puertos

Habiéndose extraviado el título de Ingeniero de

Caminos, Canales y Puertos de don José María

Martínez Pedreira, expedido en Madrid con fecha 4

de marzo de 1972, se hace público en cumplimiento

de lo establecido en la legislación vigente.

Madrid, 3 de diciembre de 1998.-El Director,

Edelmiro Rúa Álvarez.-65.416.

NAVARRA

De conformidad con lo dispuesto en el

artículo 9 de la Orden de 8 de julio de 1988 ("Boletín

Oficial del Estado" del 13), se anuncia la incoación

de un duplicado de título de Arquitecto, por extravío

del que fue expedido con fecha 12 de mayo de 1987

a favor de don Faustino Mena Mur.

Pamplona, 14 de diciembre de 1998.-El Oficial

Mayor.-65.502.

Facultad de Psicología

Extravío de título

Se inicia el oportuno expediente para la

expedición del duplicado del título de Licenciada en

Psicología de doña Susana Frutos González, que

fue expedido el 2 de noviembre de 1995.

Lo que se hace público por el término de treinta

días en el "Boletín Oficial del Estado", en

cumplimiento de la Orden de 8 de julio de 1988 ("Boletín

Oficial del Estado" del 13).

Madrid, 10 de diciembre de 1998.-El Secretario,

José Luis Sangrador García.-65.523.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid