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Documento BOE-B-1999-1001

Otros anuncios oficiales

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 22 de enero de 1999, páginas 908 a 911 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Referencia:
BOE-B-1999-1001

TEXTO

MINISTERIO DE JUSTICIA

Subsecretaría

Gabinete Técnico

Edicto

Don Mauricio Álvarez de Bohorques y Álvarez

de Toledo, ha solicitado la sucesión en el título

de Vizconde de Caparacena, por cesión que del

mismo le hace su padre, don Mauricio Álvarez de

Bohorques y Silva, lo que se anuncia por el plazo

de treinta días, contados a partir de la publicación

de este edicto, a los efectos de los artículos 6 y 12

del Real Decreto de 27 de mayo de 1912, para

que puedan solicitar lo conveniente los que se

consideren perjudicados por la mencionada cesión.

Madrid, 15 de diciembre de 1998.-Por la Unidad,

el Consejero Técnico, Antonio Luque

García.-2.079.

MINISTERIO

DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General

del Tesoro y Política Financiera

Edicto sobre notificación de expediente sancionador

(expediente 958/98) sobre supuesta infracción leve

de la Ley 40/1979, sobre Control de Cambios

Por acuerdo de fecha 28 de diciembre de 1998,

se ha incoado expediente sancionador a "Cotica

Difusión, Sociedad Limitada". Desconociéndose el

último domicilio de la interesada, por la presente

se le notifica que puede retirar el acuerdo de

iniciación del citado expediente en el despacho oficial

de la Instructora (ubicado en la Dirección General

del Tesoro y Política Financiera, plaza de Jacinto

Benavente, número 3, despacho 220, 28012

Madrid), dentro de los diez días hábiles siguientes

a la publicación de este edicto.

En el plazo de quince días hábiles a contar desde

el día siguiente a haber surtido efecto la notificación,

podrá contestar a la misma con las alegaciones que

estime pertinentes a su defensa, pudiendo solicitar

cuantas pruebas hábiles en derecho estime

convenientes, advirtiéndosele que de no hacerse se

procederá a proponer la oportuna resolución.

Madrid, 15 de enero de 1999.-La Instructora,

Pilar Rodríguez.-2.614-E.

Edicto sobre notificación de expediente sancionador

(expediente 714/98) sobre supuesta infracción leve

de la Ley 40/1979, sobre Control de Cambios

Por acuerdo de fecha 21 de diciembre de 1998,

se ha incoado expediente sancionador a don Jacinto

Pardo Vilariño. Desconociéndose el último

domicilio del interesado, por la presente se le notifica

que puede retirar el acuerdo de iniciación del citado

expediente en el despacho oficial de la Instructora

(ubicado en la Dirección General del Tesoro y

Política Financiera, plaza de Jacinto Benavente,

número 3, despacho 220, 28012 Madrid), dentro de los

diez días hábiles siguientes a la publicación de este

edicto.

En el plazo de quince días hábiles, a contar desde

el día siguiente a haber surtido efecto la notificación,

podrá contestar a la misma con las alegaciones que

estime pertinentes a su defensa, pudiendo solicitar

cuantas pruebas hábiles en derecho estime

convenientes, advirtiéndosele que de no hacerse se

procederá a proponer la oportuna resolución.

Madrid, 15 de enero de 1999.-La Instructora,

Sonsoles Pareja.-2.616-E.

Edicto sobre notificación de expediente sancionador

(expediente 1004/98) sobre supuesta infracción leve

de la Ley 40/1979, sobre Control de Cambios

Por acuerdo de fecha 17 de noviembre de 1998,

se ha incoado expediente sancionador a "Inversiones

y Patrimonios Torres, Sociedad Limitada".

Desconociéndose el último domicilio de la interesada, por

la presente se le notifica que puede retirar el acuerdo

de iniciación del citado expediente en el despacho

oficial de la Instructora (ubicado en la Dirección

General del Tesoro y Política Financiera, plaza de

Jacinto Benavente, número 3, despacho 220, 28012

Madrid), dentro de los diez días hábiles siguientes

a la publicación de este edicto.

En el plazo de quince días hábiles, a contar desde

el día siguiente a haber surtido efecto la notificación,

podrá contestar a la misma con las alegaciones que

estime pertinentes a su defensa, pudiendo solicitar

cuantas pruebas hábiles en derecho estime

convenientes, advirtiéndosele que de no hacerse se

procederá a proponer la oportuna resolución.

Madrid, 15 de enero de 1999.-La Instructora,

Sonsoles Pareja.-2.619-E.

MINISTERIO

DE AGRICULTURA, PESCA

ALIMENTACIÓN

Fondo Español de Garantía Agraria

Resolución del Fondo Español de Garantía Agraria

por la que se hace pública resolución de expediente

sancionador incoado a la empresa "Centro de

Recogida Lácteo, Sociedad Anónima"

El Presidente del Fondo Español de Garantía

Agraria (FEGA), para dar cumplimiento a lo

dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, hace saber:

Primero.-Que mediante resolución de fecha 15

de septiembre de 1998 (expediente 3-186/95) se

acordó sancionar a la empresa "Centro de Recogida

Lácteo, Sociedad Anónima", con código de

identificación fiscal número A11609989, con multa por

importe total de 5.000.000 de pesetas por diversas

infracciones en materia de tasa suplementaria en

el sector de la leche y de los productos lácteos.

Segundo.-Que el ingreso de dicho importe deberá

realizarse en la cuenta número 20-020000147-8 de

la entidad 9000 Banco de España, sucursal 1, de

Madrid, titulada "Fega-Fondo Español de Garantía

Agraria. Dirección General", dentro de los plazos

señalados en el artículo 20 del Reglamento General

de Recaudación:

Si la liquidación se notifica entre los días 1 y

15, desde la fecha de la notificación (de la presente

publicación) hasta el día 5 del mes siguiente o el

inmediato hábil posterior.

Si se notifica entre los días 16 y último del mes,

desde la fecha de la notificación (de la presente

publicación) hasta el día 20 del mes siguiente o

el inmediato hábil posterior.

Tercero.-Si la deuda no fuese satisfecha en plazo

señalado, se exigirá en vía de apremio, en la forma

y con los efectos previstos en el Reglamento General

de Recaudación.

Cuarto.-Contra la citada liquidación puede

interponerse reclamación económico-administrativa ante

el Tribunal Económico-Administrativo Central, en

el plazo de quince días hábiles a contar desde el

siguiente al de la notificación o, potestativamente

y en el mismo plazo, recurso de reposición ante

el Presidente del FEGA.

Lo que se hace público en sustitución de la

notificación directa al interesado, quien podrá dirigirse

a las oficinas del FEGA en Madrid, calle de

Almagro, número 34, para conocer el texto íntegro del

acto y demás documentos incorporados al

expediente.

Madrid, 13 de noviembre de 1998.-El Presidente,

Nicolás López de Coca Fernández-Valencia.-2.158.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE CATALUÑA

Departamento de Industria,

Comercio y Turismo

Dirección General de Energía y Minas

Resolución por la que se otorga a la empresa "Gas

Natural SDG, Sociedad Anónima", la autorización

administrativa y la aprobación del proyecto de

construcción de las instalaciones de conducción y

suministro de gas natural (red de distribución en el

término municipal de Avià

La empresa "Gas Natural SDG, Sociedad

Anónima", con domicilio social en Barcelona, avenida

Portal de l'Angel, números 20 y 22, solicitó, con

fecha 9 de julio de 1998, la autorización

administrativa y la aprobación del proyecto de construcción

de las instalaciones de distribución y suministro de

gas natural en Avià y, con fecha 29 de octubre

de 1998, solicitó el reconocimiento de utilidad

pública de las mencionadas instalaciones, de acuerdo

con la Ley 34/1998, de 7 de octubre, de Sector

de Hidrocarburos.

La mencionada empresa ha presentado el

correspondiente proyecto en el que se definen las

instalaciones necesarias para la realización de la

distribución y suministro de gas natural en Avià.

Términos municipales afectados: Berga y Avià.

Características principales de la instalación:

Tubería principal que afecta a los términos

municipales de Berga y Avià.

Longitud: 1.473 metros y 17 metros,

respectivamente.

Diámetro: 160 milímetros y 3'', respectivamente.

Grosor: 14,60 milímetros y 3,18 milímetros,

respectivamente.

Material: Polietileno SDR-11 y acero al carbono

API-5L-GrB, respectivamente.

Presión máxima de servicio efectiva: 4 bares.

Origen: La distribución tiene su origen en la red

de DN-160 y 4 bar, existente en el camino de Sant

Bartomeu, en el término de Berga, de acuerdo con

el plano 41.231-PP-001.

Final: La tubería, después de atravesar el término

municipal de Avià, volverá nuevamente al de Berga

y finalmente al de Avià hasta llegar al núcleo urbano

donde permanecerá situada una estación de

regulación y medida de MPB/MPA de donde partirá

la red de distribución a MPA para el suministro

de gas natural a los usuarios domésticos y

comerciales de Avià, de acuerdo con el plano

41.231-PP003.

Estación de regulación y medida de MPB/MPA,

en el término municipal de Avià.

Caudal: 1.000 m 3 (n)/h.

Presión máxima de servicio efectiva de entrada:

4 bares.

Presión máxima de servicio efectiva de salida: 0,4

bar (regulable entre 0,4 y 0,05 bares).

La estación de regulación y medida permanecerá

ubicada en el núcleo urbano de Avià, de acuerdo

con el plano 41.231-PP-003.

Red de distribución y suministro en el término

municipal de Avià.

Longitud: 8 metros.

Diámetro: 6''.

Grosor: 3,58 milímetros.

Material: Acero al carbono API-5L-GrB.

Presión máxima de servicio efectiva: 0,4 bares.

Esta tubería se inicia en la salida del armario

regulador y finaliza, mediante una válvula de corte

que será el inicio de la red de distribución en el

término municipal de Avià.

Sistema de comunicaciones:

El proyecto prevé, a lo largo de la canalización

de gas natural, la instalación del correspondiente

soporte de comunicaciones, formado por un

conducto para la protección de cables de

telecomunicación, instalado en la misma zanja de la tubería

de gas natural.

Presupuesto: 19.248.971 pesetas.

Esta solicitud de autorización administrativa ha

sido sometida a un período de información pública

mediante el anuncio publicado en el "Diario Oficial

de la Generalidad de Cataluña" número 2375, de

1 de octubre de 1998; en el "Boletín Oficial del

Estado" número 236, de 2 de octubre de 1998,

y en los diarios "La Vanguardia" de 2 de octubre

de 1998; "Avui", de 1 de octubre de 1998, y "Regió",

de 2 de octubre de 1998.

Paralelamente, se dirigieron las correspondientes

separatas del proyecto a los Ayuntamientos

afectados de Berga y Avià y al conjunto de organismos

afectados.

Por lo que respecta a los Ayuntamientos y en

concreto el de Avià, manifiesta el otorgamiento a

la empresa solicitante de la perceptiva licencia de

obras junto con una serie de condicionamientos de

tipo técnico y urbanísticos que la empresa

beneficiaria deberá tener en cuenta durante la realización

de las obras.

El Ayuntamiento de Berga no ha emitido ningún

informe en el plazo de treinta días, por tanto, se

considera favorable de acuerdo con lo que dispone

el artículo 11 del Reglamento General del Servicio

Público de Gases Combustibles.

Con respecto a los otros organismos afectados,

han emitido informes favorables los siguientes:

Oficina Comarcal del Berguedà, del Departamento de

Agricultura, Ganadería y Pesca y la Diputación de

Barcelona, junto con una serie de recomendaciones

de tipo técnico y medioambientales que la empresa

solicitante tendrá en cuenta durante la realización

de las obras. La Junta de Aguas no ha tramitado

ningún informe dentro del plazo de treinta días;

por tanto, se considera favorable según prevé el

artículo 11 del Reglamento General del Servicio

Público de Gases Combustibles.

Dentro del período de información pública no

se han recibido alegaciones de ningún particular.

Vista la disposición transitoria octava de la Ley

34/1998, de 7 de octubre, del Sector de

Hidrocarburos; el Decreto 2913/1973, de 26 de octubre,

por el que se aprueba el Reglamento General del

Servicio Público de Gases Combustibles; el Decreto

1775/1967, de 22 de julio, sobre Régimen de

Instalación, Ampliación y Traslado de Industrias; la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, y la Ley

13/1989, de 14 de diciembre, de Organización,

Procedimiento y Régimen Jurídico de la Administración

de la Generalidad de Cataluña, resuelvo:

Primero.-Otorgar a la empresa "Gas Natural

SDG, Sociedad Anónima", la autorización

administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución

de las obras de las instalaciones de conducción y

suministro de gas natural (red de distribución en

el término municipal de Avià).

Segundo.-Declarar la utilidad pública de las

instalaciones, a los efectos previstos en el artículo 52

de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de

diciembre de 1954, sobre imposición de servidumbre de

paso y limitaciones de dominio necesarios para el

establecimiento de las instalaciones, de acuerdo con

lo que establece el artículo 103 de la Ley 34/1998,

de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.

Los bienes y derechos afectados por esta

autorización administrativa son los que figuran en el

anuncio publicado en el "Diario Oficial de la

Generalidad de Cataluña" número 2375, de 1 de octubre

de 1998; en el "Boletín Oficial del Estado"

número 236, de 2 de octubre de 1998, y en los diarios

"La Vanguardia", de 2 de octubre de 1998; "Avui",

de 1 de octubre de 1998, y "Regió", de 2 de octubre

de 1998.

Esta autorización administrativa se otorga

sometida a las condiciones generales que prevén la Ley

34/1998, de 7 de octubre; el Decreto 2913/1973,

de 26 de octubre; el Decreto 1775/1967, de 22

de julio, y bajo las condiciones especiales siguientes:

Primera.-Las instalaciones objeto de esta

autorización administrativa se realizarán de acuerdo con

las especificaciones y los planos que figuran en el

proyecto presentado por la empresa solicitante, el

cual ha servido de base para la tramitación del

expediente número 4043057/98, firmado por don

Agustín Faciaben Fernández, visado por el Colegio

Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de

Barcelona, en fecha 18 de junio de 1998, con el

número 17814-A-A.

La construcción y el funcionamiento de estas

instalaciones se someten a lo que establecen la Ley

13/1987, de 9 de julio, de Seguridad de las

Instalaciones Industriales; el Reglamento General de

Servicio Público de Gases Combustibles, aprobado

por el Decreto 2913/1973, de 26 de octubre; el

Reglamento de Redes y Acometidas de

Combustibles Gaseosos, aprobado por la Orden del

Ministerio de Industria y Energía, de 18 de noviembre

de 1974, modificado por las Órdenes de 26 de

octubrede1983y6dejulio de 1984 y sus ITC-MIG;

el Decreto 120/1992, de 28 de abril ("Diario Oficial

de la Generalidad de Cataluña" número 1606, de

12 de junio de 1992), por el que se regulan las

características que han de cumplir las protecciones

a instalar entre las redes de diferentes suministros

públicos que discurren por el subsuelo, y la Orden

de 5 de julio de 1993 ("Diario Oficial de la

Generalidad de Cataluña" número 1782, de 11 de agosto

de 1993), que lo desarrolla, y otros Reglamentos

técnicos específicos que le sean de aplicación y

disposiciones de aplicación generales.

Segunda.-El peticionario deberá solicitar la

autorización administrativa correspondiente para

realizar cualquier modificación del proyecto aprobado.

Tercera.-El plazo para llevar a cabo las

instalaciones y su puesta en funcionamiento será de dos

años, contados a partir de la fecha de otorgamiento

de la presente autorización administrativa.

Cuarta.-La Dirección General de Energía y

Minas podrá realizar, durante las obras y cuando

se hayan acabado, las comprobaciones y las pruebas

que considere necesarias en relación con el

cumplimiento de las condiciones de esta resolución. Con

esta finalidad, el peticionario comunicará a la

Dirección General de Energía y Minas la fecha de inicio

de las obras, la realización de las pruebas y cualquier

incidencia relevante.

Quinta.-Una vez ejecutadas las obras, la empresa

peticionaria solicitará de la Dirección General de

Energía y Minas el acta de puesta en servicio de

las instalaciones, adjuntando el certificado de

dirección y de finalización de obra firmado por el técnico

competente y visado por el Colegio Oficial

correspondiente, mediante el cual se acredite que las

instalaciones se ajustan al proyecto aprobadoyala

normativa aplicable. A este certificado se adjuntarán

las actas de pruebas y controles reglamentarios, todo

de acuerdo con lo que dispone la resolución de

la Dirección General de Energía de 20 de agosto

de 1992 ("Diario Oficial de la Generalidad de

Cataluña" número 1656, de 14 de octubre de 1992).

Sexta.-Las cruces especiales y otras afectaciones

de los bienes de dominio público se harán de

acuerdo con las condiciones técnicas impuestas por los

organismos competentes afectados.

Séptima.-El peticionario asegurará la vigilancia

y el mantenimiento correctos de las instalaciones

durante la construcción y después de su puesta en

funcionamiento, para garantizar que en todo

momento cumplen las condiciones reglamentarias

de seguridad.

Octava.-De acuerdo con lo que prevé el título V

de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector

de Hidrocarburos, la autorización administrativa de

este proyecto comporta, con el pago de la

indemnización que corresponda y de los perjuicios que

se deriven de la rápida ocupación, la imposición

de las servidumbres y las limitaciones de dominio

siguientes:

a) Servidumbre perpetua de paso en una franja

de terreno de 3 metros de ancho por cuyo eje irán

bajo tierra las canalizaciones a una profundidad

mínima de 1 metro, junto con los elementos y

accesorios que éstas requieran. El límite de esta franja

quedará definido a 1,5 metros a un lado y a otro

de los ejes de los trazados de las canalizaciones

citadas y dentro de los límites de ocupación

temporal. Estas franjas de servidumbre perpetua de paso

se utilizarán para la vigilancia y el mantenimiento

de las canalizaciones, para lo que se dispondrá de

libre acceso del personal, elementos y medios

necesarios. Se deberá pagar los daños que se ocasionen

en cada uno de los casos en que se tenga que

intervenir.

b) De acuerdo con lo que establece la

disposición adicional decimonovena de la Ley 34/1998,

de 7 de octubre, el proyecto prevé, a lo largo de

la conducción de gas natural, la instalación,

soterramiento del correspondiente soporte de

comunicaciones, formado por unos conductos para la

protección de los cables de telecomunicaciones,

instalados en la misma zanja a que se refiere el

apartado a).

c) Servidumbre de ocupación temporal durante

el período de ejecución de las obras en una franja

o pista de donde se harán desaparecer todo tipo

de obstáculos, cuya anchura máxima será de 10

metros, con el pago de los daños que se ocasionen

en cada caso.

d) La prohibición de plantar árboles y arbustos

de tallo alto y de hacer movimientos de tierras en

la franja a que hace referencia el apartado a).

e) La prohibición de efectuar trabajos de arada,

cava u otros similares en una profundidad superior

a 50 centímetros en la franja a que hace referencia

el apartado a).

f) No se permitirá levantar edificaciones o

construcciones de ningún tipo, aunque tengan carácter

provisional o temporal, ni variar la cota de terreno,

ni efectuar ningún acto que pueda dañar o perturbar

el buen funcionamiento, la vigilancia, la

conservación, las reparaciones y las sustituciones necesarias,

en su caso, de las canalizaciones y de los elementos

anexos, a una distancia inferior a 1,5 metros a ambos

lados del eje del trazado de las canalizaciones.

g) Todo lo que se ha indicado en los apartados

anteriores no será aplicable a los bienes de dominio

público.

Al efecto del cumplimiento de lo que establece

esta condición octava, la empresa "Gas Natural

SDG, Sociedad Anónima", antes del montaje de

las instalaciones y de su puesta en servicio recogerá

las servidumbres y las limitaciones de dominio

citadas en los convenios y acuerdos y estará obligada

a la vigilancia de su cumplimiento y, si es necesario,

a la notificación de los presuntos incumplimientos

a la Dirección General de Energía y Minas.

Novena.-Esta autorización quedará sin efecto por

cualquiera de las causas señaladas en el

artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, por

incumplimiento de las condiciones estipuladas, por

facilitar datos inexactos y por cualquier otra causa

excepcional que lo justifique.

Décima.-La presente autorización administrativa

se otorga sin perjuicio de terceros y con

independencia de la autorizaciones, licencias y demás

permisos de competencia municipal, provincial u otros

que sean necesarios para la realización de las

instalaciones autorizadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía

administrativa, se puede interponer recurso ordinario ante

el Director general de Energía y Minas, en el plazo

de un mes, a contar desde la fecha de su publicación.

Barcelona, 9 de diciembre de 1998.-El Jefe de

la Sección de Gas Canalizado, Jaume Farré i

Solsona.-2.238-*.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

VALENCIANA

Consejería de Obras Públicas,

Urbanismo y Transportes

Pago de la fase previa a la ocupación por la

expropiación forzosa de la obra 41-CS-1052. Ronda de

Burriana. Término municipal de Burriana

Lugar: Ayuntamiento de Burriana.

Día: 1 de febrero de 1999. Hora: De diez a

dieciocho.

Lista concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por la modificación parcial de la línea aérea a 220 KV, La Mudarra-La Olma, en el término

N. º

parcela

Propietario y dirección

según

proyecto

1 Catastro: José Manuel Cernuda Herrero y hermanos.

J. Antonio Primo de Rivera, 2, 47610 Zaratán

(Valladolid).

3 "VAFE de Publicidad Exterior". Avenida Cardenal

Cisneros, 53, 49010 Zamora.

5 Catastro: Jesús Lajo Álvarez. Paseo Isabel la Católica,

28, cuarto A, 47003 Valladolid.

Día: 2 de febrero de 1999. Hora: De diez a

dieciocho.

Día: 3 de febrero de 1999. Hora: De diez a

dieciocho.

Día: 4 de febrero de 1999. Hora: De diez a

dieciocho.

Día: 8 de febrero de 1999. Hora: De diez a

dieciocho.

Día: 9 de febrero de 1999. Hora: De diez a

dieciocho.

Día: 10 de febrero de 1999. Hora: De diez a

doce.

Los interesados deberán asistir provistos de su

documento nacional de identidad y acreditar la

titularidad si no lo han hecho en otra fase del

procedimiento y si optaran por ser representados por

otras personas, éstas deberá acreditar su

representación, en la forma establecida en el artículo 32

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Se significa que el presente anuncio se publica

igualmente a los efectos establecidos en el artículo

59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común para

los interesados que figuran como desconocidos o

con domicilio ignorado.

Valencia, 13 de enero de 1999.-El Conseller de

Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, José

Ramón García Antón.-3.160.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE CASTILLA Y LEÓN

Consejería de Industria, Comercio

y Turismo

Servicios Territoriales

VALLADOLID

Anuncio por el que se somete a información pública

la solicitud de autorización administrativa y

declaración en concreto de utilidad pública para la

instalación eléctrica que se cita. Expediente 27.847

A los efectos previstos en el artículo 9 del

Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización

de instalaciones eléctricas, y en los artículos 10

y 31.4 del Reglamento sobre Expropiación Forzosa

y Sanciones en Materia de Instalaciones Eléctricas,

aprobado por el Decreto 2619/1966, de 20 de

octubre, normativa que resulta de aplicación en virtud

de lo establecido en la disposición transitoria

primera de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del

Sector Eléctrico, así como a lo previsto en los

arAnexo

municipal de Valladolid. Expediente 27.847

Datos de la finca

Parcela

PolígoParaje n. º según

no n. º

Catastro

Long. Ancho N.

Lagar. 4 100 24 58 1 154 2.500 Labor secano.

Lagar. 4 12 6 - 59 Labor - - secano.

- 3537001 4 40 12 - Urbano. - -

tículos 53 y 54 de la citada Ley 54/1997, además

de en la vigente Ley de Expropiación Forzosa y

en su Reglamento, que resultan de aplicación

supletoria, conforme a lo dispuesto en el artículo 55

de la citada Ley 54/1997, se somete al trámite de

información pública la petición de autorización

administrativa y declaración, en concreto, de utilidad

pública para la modificación parcial de la línea aérea

de transporte de energía eléctrica a 220 KV simple

circuito, denominada La Mudarra-La Olma.

Peticionario: "Red Eléctrica de España, Sociedad

Anónima", con domicilio social en 28019 Madrid,

paseo del Conde de los Gaitanes, 177, La

Moraleja-Alcobendas.

Finalidad: Modificar parcialmente la traza de la

línea debido al reordenamiento urbanístico a realizar

en terrenos circundantes a la subestación de La

Olma.

Término municipal afectado: Valladolid.

Longitud de la modificación proyectada: 0,809

kilómetros.

Presupuesto: 13.160.493 pesetas.

La declaración en concreto de utilidad pública,

en virtud de lo establecido en el artículo 54.1 de

la citada Ley 54/1997, llevará implícita en todo

caso la necesidad de ocupación de los bienes o

de adquisición de los derechos afectados, e implicará

la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52

de la Ley de Expropiación Forzosa, por lo que la

presente publicación sobre información pública se

realiza asimismo a los efectos previstos en el

artículo 31.4 del citado Reglamento, aprobado por

Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

En el correspondiente expediente expropiatorio,

"Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima",

asumirá, en su caso, la condición de entidad

beneficiaria.

Asimismo, la presente publicación se realiza a

los efectos de notificación previstos en el apartado 4

del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

Lo que se hace público para conocimiento general

y especialmente de los propietarios y demás titulares

afectados que no hayan llegado a un acuerdo con

la compañía beneficiaria, cuya relación se inserta

en anexo de este anuncio, así como de las personas

que, siendo titulares de derechos reales o intereses

económicos sobre los bienes afectados, han sido

omitidas, para que puedan examinar el expediente

en el que constan las características y afecciones

derivadas del proyecto, en el Servicio Territorial de

Industria, Comercio y Turismo, sito en calle José

Luis Arrese, sin número, sexta planta, 47014

Valladolid, y presentar por triplicado las alegaciones que

se crean oportunas, en un plazo de treinta días,

contados a partir del siguiente al de la publicación

de este anuncio.

Valladolid, 12 de noviembre de 1998.-El Jefe

del Servicio Territorial de Industria, Comercio y

Turismo, P. D. (Resolución de 21 de octubre de

1994, "Boletín Oficial de Castilla y León" de 7

de noviembre), Ricardo del Fresno García.-2.228.

Vuelo

Apoyos y anillo

-

Ocupapuesta a tierra Terreno

m ción

temporal

Sup. -

º - m 2

m 2

N. º

parcela

Propietario y dirección

según

proyecto

6 Catastro: Ayuntamiento de Valladolid. Plaza Mayor, 1,

47001 Valladolid.

7 Catastro: Ayuntamiento de Valladolid. Plaza Mayor, 1,

47001 Valladolid.

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Ayuntamientos

BENICARLÓ

Levantamiento actas de pago y ocupación de fincas

afectadas por el proyecto de expropiación de terrenos

del Área Especial 1 (modificación número 20 PGOU)

en Benicarló (Castellón)

Habiendo sido aprobado definitivamente por la

Comisión Interministerial de Urbanismo de

Castellón, en sesión celebrada el día 30 de septiembre

de 1998, el proyecto de expropiación, mediante el

procedimiento de tasación conjunta, de los terrenos

incluidos en el Área Especial AE1 del Plan General

de Benicarló, y considerando que, según disponen

los artículos 138 de la Ley sobre el Régimen del

Suelo y Ordenación Urbana, texto refundido

aprobado por Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril,

y 203 del Reglamento de Gestión Urbanística, dicha

aprobación implica la declaración de urgencia de

la ocupación de los bienes y derechos afectados,

y que el pago o depósito del importe de la valoración

establecida por la citada Comisión Territorial

produce los efectos dispuestos en el artículo 52 de

la Ley de Expropiación Forzosa, sin perjuicio de

que puedan seguir tramitándose los recursos

procedentes respecto a la fijación del justiprecio.

Así, pues, se convoca a los interesados mediante

edictos y notificación individualizada, para que el

día 15 de febrero de 1999, a las nueve horas,

comparezcan en el lugar que a continuación se indica

para proceder al levantamiento de las actas de pago

y ocupación de las fincas incluidas en la relación

Datos de la finca

Parcela

PolígoParaje n. º según

no n. º

Catastro

Long. Ancho N.

- 3537003 4 310 24 2 110 2.500 Urbano.

3537004

Cementerio. 3537004 4 237 24 3 382 2.500 Urbano.

de propietarios y titulares de derechos afectados

por el proyecto de expropiación de referencia. Dicha

relación figura en el "Boletín Oficial de la Provincia

de Castellón" número 4, de fecha 9 de enero de

1999.

Los propietarios afectados quedan advertidos que,

de no comparecer sin que medie causa justificada,

se entenderá que no aceptan el pago, por lo que

se procederá a su consignación en la Caja General

de Depósitos.

El acto tendrá lugar a partir de la hora señalada

en el Ayuntamiento (salón de sesiones), sin perjuicio

de trasladarse al terreno si así se estimase

conveniente.

El propietario o titular afectado deberá asistir

personalmente o por medio de persona debidamente

autorizada por poder bastante otorgado ante Notario

para actuar en su nombre, pudiendo hacerse

acompañar, a su costa, de su Perito y un Notario.

Sólo se procederá a hacer efectivo el pago,

consignándose en caso contrario, a aquellos interesados

que aporten certificación registral a su favor en la

que conste haberse extendido la nota del

artículo 32 del Reglamento Hipotecario o, en su defecto,

aporten los títulos justificativos de su derecho,

completados por certificaciones negativas del Registro

de la Propiedad referidas a la misma finca descrita

en tales títulos. Si existieren cargas, deberán

comparecer también los titulares de las mismas.

Mediante este anuncio, y de conformidad con

el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, se cita a los propietarios que puedan resultar

desconocidos o de quienes se ignore el lugar de

la notificación, para que comparezcan en el lugar,

Vuelo

Apoyos y anillo

-

Ocupapuesta a tierra Terreno

m ción

temporal

Sup. -

º - m 2

m 2

día y hora señalados, a los efectos de dar

cumplimiento a lo establecido por este anuncio.

Benicarló, 11 de enero de 1999.-El Alcalde,

Jaime Mundo Alberto.-2.053.

UNIVERSIDADES

GRANADA

Facultad de Derecho

Extravío de título de Licenciado en Derecho

A los efectos de la Orden de 8 de julio de 1988,

se anuncia el extravío del título de Licenciado en

Derecho de doña Mónica P. Fernández Espona,

expedido por la Universidad de Granada, el 31 de

enero de 1995, registrado al número 42.992 de la

Sección de Títulos del Ministerio.

Granada, 17 de diciembre de 1998.-El Decano,

José Miguel Zugaldía Espinar.-1.967.

POLITÉCNICA DE MADRID

Instituto Nacional de Educación Física

El Instituto Nacional de Educación Física de

Madrid, hace público que doña María Teresa

Rodríguez Crespo, ha extraviado el título de Licenciada

en Educación Física, expedido a su favor con el

número de Registro Especial Sección de Títulos 229,

retirado el día 12 de julio de 1991, a efectos de

su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 21 de diciembre de 1998.-La Jefa de

la Sección de Gestión Académica, Asunción García

Cobos.-2.081.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid