Se acuerda rectificar:
En el pliego de cláusulas administrativas
particulares, en el punto 2.1, donde dice: "El presupuesto
máximo del suministro se fija en un total 10.000.000
de pesetas (IVA incluido)", debe decir: "El
presupuesto máximo del suministro se fija en un total
de 10.000.000 de pesetas (IVA exento)".
En la cláusula 15.2 del pliego de cláusulas
administrativas particulares debe entenderse que los
gastos de entrega, transporte e instalación se
considerarán incluidos siempre que éstos estén en el
objeto del contrato.
Madrid, 7 de junio de 1999.-P. D. (Resolución
de la Presidencia de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, de 19 de julio de 1997), el
Director del Departamento de Recursos Humanos
y Administración EconómicaRoberto Serrano
López.- 25.332.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid