MINISTERIO DE JUSTICIA
Subsecretaría
Gabinete Técnico
Edicto
Don Mariano Silvela y Silvela y don Manuel
Felipe Silvela y Silvela han solicitado la sucesión en
el título de Conde del Castillo de Vera, vacante
por fallecimiento de su madre, doña Gabriela Silvela
del Alcázar, lo que se anuncia por el plazo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este
edicto, a los efectos del artículo 6. º del Real Decreto
de 27 de mayo de 1912, en su redacción dada por
el Real Decreto 222/1988, de 11 de marzo, para
que puedan solicitar lo conveniente los que se
consideren con derecho al referido título.
Madrid, 24 de junio de 1999.-Por la Unidad,
el Consejero técnico, Antonio Luque
García.-29.532.
Edicto
Don Javier Álvarez de las Asturias-Bohorques y
Llosent ha solicitado la sucesión en el título de
Marqués de Aulencia, por distribución efectuada
por su padre, don José Álvarez de las
Asturias-Bohorques y Pérez de Guzmán, lo que se anuncia
por el plazo de treinta días, contados a partir de
la publicación de este edicto, a los efectos de los
artículos 6 y 13 del Real Decreto de 27 de mayo
de 1912, para que puedan solicitar lo conveniente
los que se consideren perjudicados por la
mencionada distribución.
Madrid, 24 de junio de 1999.-Por la Unidad,
el Consejero Técnico, Antonio Luque
García.-29.666.
MINISTERIO DE DEFENSA
Instituto Nacional de Técnica
Aeroespacial "Esteban Terradas"
Habiéndose sido intentada infructuosamente en
el último domicilio conocido, en la calle Isaac
Newton, número 2, primera planta, en Tres Cantos
(Madrid), la notificación de la Resolución acordada por
el excelentísimo señor Ministro de Defensa el 21
de junio de 1999, de los contratos de los expedientes
de contratación números 483-365/1990 y
4.810-0186/1996, relativos a "Cámara anecoica y
apantallada autosoportada" y "Cámara anecoica del
campo compacto para medidas de antenas y
secciones transversales radar", respectivamente, por el
presente anuncio, se notifica a la empresa
"Ingeniería de Radiofrecuencias, Sociedad Anónima" la
resolución de los contratos mencionados, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Contra la reiterada Resolución, que se encuentra
a su disposición en este Instituto, y que agota la
vía administrativa, podrá interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de dicha
Jurisdicción de la Audiencia Nacional, en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente a la
notificación de la Resolución, y si lo estima pertinente,
con carácter potestativo, recurso de reposición ante
el Ministro de Defensa, en el plazo de un mes a
contar desde el siguiente a la notificación de la
misma.
Torrejón de Ardoz, 12 de julio de 1999.-El
Director general, Emilio Varela Arroyo.-30.697.
MINISTERIO DE FOMENTO
Autoridades Portuarias
BARCELONA
Resolución por la que se hace pública la ampliación
de superficie e instalaciones de la concesión que
se indica
Se hace público para general conocimiento que
el Consejo de Administración de la Autoridad
Portuaria de Barcelona, en sesión celebrada el día 26
de mayo de 1999, acordó otorgar una ampliación
de superficie e instalaciones a la sociedad "Marina
Barcelona 92, Sociedad Anónima", para la
instalación y explotación de un "syncrolift" en el muelle
nuevo del puerto de Barcelona.
Barcelona, 2 de julio de 1999.-El Secretario del
Consejo de Administración, Albert Muixí
Rosset.-29.464.
Resolución por la que se hace pública la autorización
del derecho de usufructo que se indica
El Consejo de Administración de la Autoridad
Portuaria de Barcelona, en sesión celebrada el día 26
de mayo del presente año, adoptó, por unanimidad,
y entre otros puntos del orden del día, el acuerdo
de modificar el clausulado de la concesión de
"Inversiones Marítimas del Mediterráneo, Sociedad
Anónima", de autorizar al concesionario a constituir
un derecho de usufructo a favor de "Unión Naval
Barcelona, Sociedad Anónima" y de delegar en el
Presidente de este puerto que, en el plazo máximo
de tres meses, pudiera aprobar el contrato de
constitución del derecho de usufructo.
En cumplimiento de dicho acuerdo, el pasado 11
de junio, el Presidente de la Autoridad Portuaria de
Barcelona, aprobó el contrato de constitución del
citado derecho de usufructo.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Barcelona, 2 de julio de 1999.-El Secretario del
Consejo de Administración, Albert Muixí
Rosset.-29.466.
CASTELLÓN
Otorgamiento de concesiones
El Consejo de Administración de la Autoridad
Portuaria de Castellón, acordó el día 17 de junio
de 1999, otorgar a la empresa "Mevei, Sociedad
Limitada", la adjudicación en régimen de concesión
administrativa de una superficie de 3.000 metros
cuadrados en el Muelle de Levante de la dársena
interior del Puerto de Castellón para la construcción
de un almacén frigorífico.
Plazo: Veinte años.
Canon por ocupación: 1.638.000 pesetas/año.
Canon por actividad industrial y comercial: 40
pesetas/tonelada.
Lo que se publica para general conocimiento.
Castellón de la Plana, 1 de julio de 1999.-El
Presidente, Jaime Babiloni Vallet.-29.635.
Demarcaciones de Carreteras
ARAGÓN
Expropiaciones
Ordenada por la superioridad con fecha 6 de mayo
de 1999 la iniciación del expediente de expropiación
forzosa de los bienes y derechos afectados en los
términos municipales de Tarazona y Novallas, con
motivo de las obras del proyecto de
"Acondicionamiento. Tarazona-límite de provincia de Navarra.
Carretera N-121 de Tarazona a Francia, por
Dancharinea, puntos kilométricos 0,000 al 6,000.
Tramo: Tarazona-límite de provincia de Navarra". Clave
1-Z-324. Provincia de Zaragoza, respecto de los que
se considera implícita la declaración de utilidad
pública y la necesidad de ocupación, por aplicación
de los artículos 10 y 17 de la Ley de Expropiación
Forzosa,
Esta Demarcación ha acordado someter al trámite
de información pública la descripción de los bienes
afectados, que figura en la relación expuesta en los
Ayuntamientos de Tarazona y Novallas, así como
en las dependencias de la Demarcación de
Carreteras del Estado en Aragón, al objeto de que pueda
llevarse a cabo por el Consejo de Ministros la
declaración de urgente ocupación de los mismos, tal y
como dispone el artículo 52 de la Ley, y para que,
durante un plazo de veinte días desde la última
publicación de esta nota anuncio, puedan los
interesados y cualquier persona formular las alegaciones
que estimen oportunas, tanto en lo que se refiere
exclusivamente a la declaración de urgencia de la
expropiación, como para que puedan rectificarse
posibles errores que pudieran existir en la
descripción material o legal de las fincas que figuran en
la citada relación, ante esta Demarcación de
Carreteras del Estado en Aragón (calle Coso, número
25, cuarta planta, 50071 Zaragoza), lugar en el que
figuran planos de las fincas objeto de la
expropiación.
Zaragoza, 1 de julio de 1999.-El Ingeniero Jefe
de la Demarcación, Mariano Ferrando
Claver.-29.819.
MINISTERIO
DE INDUSTRIA Y ENERGÍA
Dirección General de la Energía
Resolución por la que se autoriza a "Iberdrola,
Sociedad Anónima", la ampliación de la subestación a
220 KV, de "Sangüesa", en la provincia de Navarra
Visto el expediente incoado en el Área de Industria
y Energía de la Delegación del Gobierno en Navarra,
a instancia de "Iberdrola, Sociedad Anónima", con
domicilio en Bilbao, calle del Cardenal Gardoqui,
número 8, solicitando autorización para la
ampliación de la subestación arriba citada;
Resultando que sometida la petición de "Iberdrola,
Sociedad Anónima", a información pública, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del
Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización
de instalaciones eléctricas, normativa que resulta
de aplicación en virtud de lo establecido en la
disposición transitoria primera de la Ley 54/1997, de
27 de noviembre, del Sector Eléctrico;
Resultando que durante el plazo reglamentario
no se han presentado alegaciones ni oposición
alguna al proyecto, y que por el Ayuntamiento de
Sangüesa, en cuyo término municipal radica la
instalación, en su escrito de certificación de exposición
de la petición de "Iberdrola, Sociedad Anónima",
en el tablón de anuncios del Ayuntamiento no
consta que se haya interpuesto condicionado alguno;
Considerando que se han cumplido los trámites
reglamentarios ordenados en el capítulo III del
Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre
autorización de instalaciones eléctricas,
Esta Dirección General de la Energía ha resuelto
autorizar a "Iberdrola, Sociedad Anónima", la
ampliación de la subestación a 220 KV de
"Sangüesa", sita en el término municipal de Sangüesa
(Navarra), cuyas características principales son:
Instalación de un transformador trifásico en baño
de aceite (Trafo número 3), de 150 MVA, relación
de transformación 220/66 KV.
Construcción y equipamiento de un nuevo parque
de 66 KV, configuración simple barra, con
capacidad para cuatro posiciones:
Una de línea.
Una de transformador número 3, de 220/66 KV,
de 150 MVA.
Una de unión con el parque de 66 KV, doble
barra.
Una de reserva.
Elementos auxiliares, control, mando,
protecciones, comunicaciones.
Sistema de puesta a tierra.
La finalidad de la instalación es posibilitar la
evacuación de la energía que se generará en los parques
eólicos actualmente en construcción en la zona de
Sangüesa.
Contra la presente Resolución cabe interponer
recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Secretario de
Estado de Industria y Energía en el plazo de un
mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 4/1999,
de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y en la Ley 6/1997, de 14 de abril,
de Organización y Funcionamiento de la
Administración General del Estado.
Madrid, 26 de mayo de 1999.-El Director
general, Antonio Gomis Sáez.
Ilmo. Sr. Director del Área de Industria y Energía.
Delegación del Gobierno en Navarra. Pamplona.
MINISTERIO
DE ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS
Delegaciones del Gobierno
MADRID
Área Funcional de Industria y Energía
Anuncio sobre información pública de la solicitud
de autorización administrativa y aprobación del
proyecto de ejecución de la modificación línea eléctrica
doble circuito a 220 kV "Almaraz-Villaverde" entre
los apoyos 412 y 414. Expediente: LAT/04/99
A los efectos previstos en los artículos 53 y 54
de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector
Eléctrico, y en los Decretos 2617 y 2619/1966,
ambos de 20 de octubre, sobre expropiación forzosa
y sanciones en materia de instalaciones eléctricas,
que resulten aplicables en virtud de la disposición
transitoria primera de la Ley 54/1997 citada, se
somete a información pública la petición de
autorización administrativa y declaración en concreto
de utilidad pública de la siguiente instalación
eléctrica:
Expediente: LAT/04/99.
Peticionario: "Iberdrola, Sociedad Anónima".
Domicilio: Avenida de Burgos, 8-B (edificio
"Génesis"), 28036 Madrid.
Emplazamiento: Término municipal de Pinto.
Características: Modificación línea elécrica doble
circuito a 220 kV "Almaraz-Villaverde" entre los
apoyos 412 y 414, con una longitud de 528 metros.
Presupuesto: 54.414.200 pesetas.
Objeto: Suministro eléctrico adecuado para la
empresa "Mateu Cromo".
Lo que se hace público para que pueda ser
examinada la documentación en este Área Funcional
de Industria y Energía, sita en la calle García de
Paredes, 65, sexta planta, 28010 Madrid, y
formularse, por duplicado, las reclamaciones que se
estimen oportunas, en el plazo de treinta días, contados
a partir del siguiente al de la publicación de este
anuncio.
Madrid, 29 de junio de 1999.-El Director del
Área, Luis Miralles de Imperial Hornedo.-29.391-*.
TRIBUNAL DE CUENTAS
Sindicatura de Cuentas de Cataluña
Edicto
En las actuaciones previas a la exigencia de
responsabilidad contable que por delegación del
Tribunal de Cuentas se sigue en la Sindicatura de
Cuentas de Cataluña, con el número de referencia TCu.
160/97 y SCC-20-I/97, se realizó, con fecha 11
de junio de 1999, la correspondiente acta de
liquidación provisional en la que se declaró,
provisionalmente y a resultas de lo que resuelva el Tribunal
de Cuentas, la existencia de un presunto alcance
de 2.969.985 pesetas).
Considerando que el señor Jeroni Calafell i Falip,
que finó el pasado 17 de abril de 1997, intervino
en los hechos que originaron el presunto alcance.
Considerando que no se ha podido averiguar ni
la identidad ni el domicilio de los causahabientes
del señor Jeroni Calafell Falip.
Mediante el presente edicto se notifica a los
causahabientes del señor Jeroni Calafell Falip la
realización de la mencionada acta de liquidación
provisional a fin de que, si lo consideran de su interés,
se personen en el plazo de veinte días hábiles a
partir de la publicación de este edicto. A estos
efectos se pueden dirigir a la Sindicatura de Comptes
de Cataluña (plaza de Cataluña, 20 planta novena,
Barcelona), en horario de oficina (de lunes a viernes,
de nueve a catorce horas).
Asimismo, les informamos que contra las
actuaciones realizadas en el procedimiento al que se
refiere el presente edicto, se pueden recurrir ante la
Sala que le corresponda del Tribunal de Cuentas.
Dicho recurso se habrá de fundamentar en las causas
establecidas en el artículo 48 de la mencionada Ley
de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, y se
podrá presentar en las dependencias de la
Sindicatura de Cuentas de Cataluña (plaza Cataluña, 20,
novena planta) en el plazo de cinco días desde la
publicación del presente edicto.
Barcelona, 4 de junio de 1999.-El Delegado
Instructor, Carles Rosiñol Vidal.-29.971-E.
AGENCIA DE PROTECCIÓN
DE DATOS
Resolución de inicio del procedimiento
sancionador PS/00051/1999. Anuncio
Desconociéndose el domicilio actual de "Múltiple
Choice, Sociedad Limitada" e "Iberian Compañía
Marketel, Sociedad Limitada", procede acudir al
medio de notificación previsto en el artículo 59.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado
por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
En consecuencia, a continuación se transcribe,
para que sirva de notificación a ambas empresas,
extracto del acuerdo de inicio del procedimiento
sancionador número 00051/1999. El Director de
la Agencia de Protección de Datos, acuerda iniciar
procedimiento sancionador a "Múltiple Choice,
Sociedad Limitada" e "Iberian Compañía Marketel,
Sociedad Limitada", por el tratamiento
automatizado de datos de carácter personal, sin contar con
el consentimiento de los afectados, pudiendo haber
incurrido en una infracción del artículo 6.1 de la
Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, tipificada
como grave en el artículo 43.3.d) de dicha norma
y pudiendo ser sancionada con multa de 10.000.001
a 50.000.000 de pesetas, de conformidad con el
artículo 44.2 de la misma Ley.
Se nombra Instructora y Secretario a doña
Mercedes Álvarez Bru y a don Carlos Garrido Falla,
respectivamente, pudiendo cualquiera de ellos ser
recusado.
El Director de la Agencia de Protección de Datos
es competente para la resolución de este
procedimiento, según lo establecido en el artículo 35 de
la Ley Orgánica 5/1992. Se otorgan quince días
hábiles a "Múltiple Choice, Sociedad Limitada" e
"Iberian Compañía Marketel, Sociedad Limitada",
para que formule las alegaciones y proponga las
pruebas que estime convenientes, pudiendo
reconocer voluntariamente su responsabilidad a los
efectos previstos en el artículo 8 del Real Decreto
1398/1993, de 4 de agosto. De no efectuar
alegaciones sobre el contenido de la iniciación de este
procedimiento, la iniciación se considerará
propuesta de resolución, de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 13 del mencionado Real Decreto.
Firmado en Madrid en fecha 10 de mayo de 1999,
por don Juan Manuel Fernández López, Director
de la Agencia de Protección de Datos.
Lo que se notifica, a los efectos oportunos, de
conformidad con el artículo 58 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"
de 27 de noviembre) y con el Real Decreto
1332/1994, de 20 de junio, por el que se desarrollan
determinados aspectos de la Ley Orgánica 5/1992,
de Regulación del Tratamiento Automatizado de
Datos de Carácter Personal.
Madrid, 29 de junio de 1999.-La Secretaria
general, Sofía Perea Muñoz.-29.445.
Resolución de inicio del procedimiento
sancionador PS/00053/1999. Anuncio
Desconociéndose el domicilio actual de "Diáspora
Sistemas, Sociedad Limitada", procede acudir al
medio de notificación previsto en el artículo 59.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado
por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
En consecuencia, a continuación se transcribe,
en lo que afecta a "Diáspora Sistemas, Sociedad
Limitada", y para que sirva de notificación, extracto
del acuerdo de inicio del procedimiento sancionador
número 00053/1999. El Director de la Agencia de
Protección de Datos, acuerda iniciar procedimiento
sancionador a Diáspora Sistemas, por la cesión de
un soporte magnético con datos relativos a unas
8.000 personas físicas a la empresa "Tele Postal
Prex, Sociedad Limitada", sin contar con el
consentimiento de los afectados, pudiendo haber
incurrido en una infracción del artículo 11.1 de
la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, tipificada
como muy grave en el artículo 43.4.b), de dicha
norma y pudiendo ser sancionada con multa de
50.000.001 a 100.000.000 de pesetas, de
conformidad con el artículo 44.3 de la misma Ley.
Se nombra Instructora y Secretaria a doña Cristina
Gómez Piqueras y a doña Isabel Navarro Alonso,
respectivamente, pudiendo cualquiera de ellas ser
recusada.
El Director de la Agencia de Protección de Datos
es competente para la resolución de este
procedimiento, según lo establecido en el artículo 35 de
la Ley Orgánica 5/1992. Se otorgan quince días
hábiles a Diáspora Sistemas, para que formule las
alegaciones y proponga las pruebas que estime
convenientes, pudiendo reconocer voluntariamente su
responsabilidad a los efectos previstos en el
artículo 8 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto.
De no efectuar alegaciones sobre el contenido de
la iniciación de este procedimiento, la iniciación
se considerará propuesta de resolución, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 13 del mencionado
Real Decreto.
Firmado en Madrid en fecha 28 de abril de 1999,
por don Juan Manuel Fernández López, Director
de la Agencia de Protección de Datos.
Lo que se notifica, a los efectos oportunos, de
conformidad con el artículo 58 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"
del 27) y con el Real Decreto 1332/1994, de 20
de junio, por el que se desarrollan determinados
aspectos de la Ley Orgánica 5/1992, de Regulación
del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter
Personal.
Madrid, 29 de junio de 1999.-La Secretaria
general, Sofía Perea Muñoz.-29.411.
Resolución de inicio del procedimiento
sancionador PS/00035/1999. Anuncio
Desconociéndose el domicilio actual de don Juan
Antonio Rama Menéndez, procede acudir al medio
de notificación previsto en el artículo 59.4 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado por
la Ley 4/1999, de 13 de enero.
En consecuencia, a continuación se transcribe,
para que sirva de notificación, extracto del acuerdo
de inicio del procedimiento sancionador número
00035/1999. El Director de la Agencia de
Protección de Datos, acuerda iniciar procedimiento
sancionador a don Juan Antonio Rama Menéndez, por
la cesión de datos de carácter personal a Consulting
de Estudios Básicos sin contar con el
consentimiento de los afectados, y por el tratamiento
automatizado de datos de carácter personal sin
consentimiento de los afectados pudiendo haber incurrido
en infracción de los artículos 11.1 y 6.1 de la Ley
Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, tipificadas como
muy grave en el artículo 43.4.b) y grave por el
artículo 43.3.d), respectivamente, de dicha norma y
pudiendo ser sancionada la primera infracción con
multa de 50.000.001 a 100.000.000 de pesetas, de
conformidad con el artículo 44.3 y la segunda
infracción con multa de 10.000.001 a 50.000.000 de
pesetas, de conformidad con el artículo 44.2, ambos
preceptos de la misma Ley.
Se nombra Instructora y Secretario a doña
Mercedes Álvarez Bru y a don Carlos Garrido Falla,
respectivamente, pudiendo cualquiera de ellos ser
recusado.
El Director de la Agencia de Protección de Datos
es competente para la resolución de este
procedimiento, según lo establecido en el artículo 35 de
la Ley Orgánica 5/1992. Se otorgan quince días
hábiles a don Juan Manuel Rama Menéndez, para
que formule las alegaciones y proponga las pruebas
que estime convenientes, pudiendo reconocer
voluntariamente su responsabilidad a los efectos previstos
en el artículo 8 del Real Decreto 1398/1993, de
4 de agosto. De no efectuar alegaciones sobre el
contenido de la iniciación de este procedimiento,
la iniciación se considerará propuesta de resolución,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del
mencionado Real Decreto.
Firmado en Madrid en fecha 10 de mayo de 1999,
por don Juan Manuel Fernández López, Director
de la Agencia de Protección de Datos.
Lo que se notifica, a los efectos oportunos, de
conformidad con el artículo 58 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"
de 27 de noviembre) y con el Real Decreto
1332/1994, de 20 de junio, por el que se desarrollan
determinados aspectos de la Ley Orgánica 5/1992,
de Regulación del Tratamiento Automatizado de
Datos de Carácter Personal.
Madrid, 5 de julio de 1999.-La Secretaria general,
Sofía Perea Muñoz.-29.448.
Resolución de inicio del procedimiento
sancionador PS/00052/1999. Anuncio
Desconociéndose el domicilio actual de "Diáspora
Sistemas, Sociedad Limitada", procede acudir al
medio de notificación previsto en el artículo 59.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado
por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
En consecuencia, a continuación se transcribe,
en lo que afecta a "Diáspora Sistemas, Sociedad
Limitada", y para que sirva de notificación, extracto
del acuerdo de inicio del procedimiento sancionador
número 00052/1999. El Director de la Agencia de
Protección de Datos, acuerda iniciar procedimiento
sancionador a Diáspora Sistemas, por la cesión de
un soporte magnético con datos relativos a unas
8.000 personas físicas a la empresa "Tele Postal
Prex, Sociedad Limitada", sin contar con el
consentimiento de los afectados, pudiendo haber
incurrido en una infracción del artículo 11.1 de
la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, tipificada
como muy grave en el artículo 43.4.b), de dicha
norma y pudiendo ser sancionada con multa de
50.000.001 a 100.000.000 de pesetas, de
conformidad con el artículo 44.3 de la misma Ley.
Se nombra Instructora y Secretaria a doña Cristina
Gómez Piqueras y a doña Isabel Navarro Alonso,
respectivamente, pudiendo cualquiera de ellas ser
recusada.
El Director de la Agencia de Protección de Datos
es competente para la resolución de este
procedimiento, según lo establecido en el artículo 35 de
la Ley Orgánica 5/1992. Se otorgan quince días
hábiles a Diáspora Sistemas, para que formule las
alegaciones y proponga las pruebas que estime
convenientes, pudiendo reconocer voluntariamente su
responsabilidad a los efectos previstos en el artículo
8 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto.
De no efectuar alegaciones sobre el contenido de
la iniciación de este procedimiento, la iniciación
se considerará propuesta de resolución, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 13 del mencionado
Real Decreto.
Firmado en Madrid en fecha 28 de abril de 1999,
por don Juan Manuel Fernández López, Director
de la Agencia de Protección de Datos.
Lo que se notifica, a los efectos oportunos, de
conformidad con el artículo 58 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"
de 27 de noviembre) y con el Real Decreto
1332/1994, de 20 de junio, por el que se desarrollan
determinados aspectos de la Ley Orgánica 5/1992,
de Regulación del Tratamiento Automatizado de
Datos de Carácter Personal.
Madrid, 5 de julio de 1999.-La Secretaria general,
Sofía Perea Muñoz.-29.413.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CATALUÑA
Departamento de Industria,
Comercio y Turismo
Dirección General de Energía y Minas
Anuncio de información pública sobre una
instalación eléctrica (expediente 99/4066506)
De acuerdo con lo que señala la disposición
transitoria primera de la Ley 54/1997, de 27 de
noviembre, del Sector Eléctrico, y a los efectos de lo que
prevén el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23
de noviembre, por el que se determinan los
procedimientos administrativos aplicables a las
instalaciones eléctricas; los Decretos 2617/1966, de 20
de octubre, sobre autorización de instalaciones
eléctricas, y 2619/1966, de 20 de octubre, sobre
expropiación forzosa y sanciones en materia de
instalaciones eléctricas, y el artículo 18 del Real
Decreto 1131/1988, por el que se aprueba el Reglamento
para la ejecución del Real Decreto
Legislativo 1302/1986, de Evaluación del Impacto
Ambiental, se somete a información pública la petición de
autorización administrativa, declaración de utilidad
pública y declaración de impacto ambiental de la
instalación que se detalla a continuación:
Peticionario: "Endesa, Sociedad Anónima", con
domicilio en Madrid, calle Príncipe de Vergara, 187.
Expediente 99/4066506: Instalación de dos
grupos generadores de electricidad, del tipo ciclo
combinado, de 390 MW de potencia cada uno, en el
emplazamiento de la central térmica del Besós,
ubicada en el municipio de Sant Adrià del Besós,
Barcelonès.
Esta instalación deberá someterse a evaluación
de impacto ambiental tal y como se contempla en
el anexo del Real Decreto Legislativo 1302/1986,
de Evaluación de Impacto Ambiental.
Combustible previsto: Gas natural. Medición
continua de las emisiones de NOx y CO en chimenea,
con la regulación necesaria para X mantener, en todo
caso, los valores límites garantizados de estas
emisiones. Conexión a la red eléctrica a través de
subestación de 220 kV y de las líneas eléctricas existentes
en el emplazamiento.
Finalidad: Atender la demanda eléctrica de la
zona, desde una instalación situada cerca del
consumo, evitando pérdidas por transporte y generar
electricidad mediante instalaciones más eficientes
y de menor incidencia medioambiental que los
grupos generadores existentes actualmente en dicha
ubicación.
Presupuesto: 50.384.000.000 de pesetas.
Se publica para que todas aquellas personas o
entidades que se consideren afectadas puedan
examinar el proyecto y el estudio del impacto ambiental
de la instalación en la Dirección General de Energía
y Minas de Barcelona (avenida Diagonal, 514, 2. º ),
y en la cual también podrán formular las
reclamaciones que crean oportunas en el plazo de treinta
días, contados a partir del día siguiente a la
publicación de este anuncio.
Barcelona, 8 de julio de 1999.-El Director
general, Albert Mitjà i Sarvisé.-30.714.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE GALICIA
Consejería de Industria y Comercio
Delegaciones Provinciales
PONTEVEDRA
Resolución de autorización administrativa,
declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad
de la urgente ocupación que lleva implícita, así como
la aprobación del proyecto de ejecución de la
instalación eléctrica que se describe (número de
expediente: IN407A 98/106-4)
Visto el expediente para otorgamiento de
autorización administrativa, declaración, en concreto, de
utilidad pública y la necesidad de la urgente
ocupación que lleva implícita, así como la aprobación
del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica
que a continuación se detalla:
Solicitante: "Unión Fenosa, Sociedad Anónima".
Domicilio social: Avenida García Barbón, 38,
36201 Vigo.
Título: Línea de media tensión, centro de
transformación y red de baja tensión de Navas.
Situación: Nigrán.
Características técnicas:
Línea de media tensión, aérea, a 20 KV, de 461
metros de longitud, con conductor tipo LA-56, sobre
apoyos de hormigón, desde la derivación al centro
de transformación "Mamoa", de la línea de media
tensión "Gon 805", finalizando en el centro de
transformación que se proyecta en Navas, Ayuntamiento
de Nigrán. Centro de transformación de 100 KVA,
relación de transformación 20 KV-380/220 V. Red
de baja tensión, aérea, de 610 metros de longitud,
con conductor tipo RZ, sobre apoyos de hormigón.
Realizada la información pública y la notificación
individual a cada uno de los afectados, presenta
alegaciones el propietario de la finca número 20,
en su nombre y en representación de la mayoría
de los vecinos afectados, proponiendo dos
alternativas al trazado de la compañía eléctrica. El
primero sería por zonas de cultivo y el segundo
siguiendo el camino vecinal, afectando solamente a las
cabeceras de las fincas.
Trasladadas las alegaciones a Unión Fenosa ésta
contesta que las alternativas propuestas pueden
afectar a fincas cerradas con viviendas de menos de
media hectárea, por lo que se incumpliría el artículo
25 del Decreto 2619/1966, y que la empresa está
dispuesta a estudiar sobre el terreno las alternativas
propuestas, para lo cual los vecinos deben ponerse
en contacto con la compañía. Se dio traslado del
escrito de Unión Fenosa a los vecinos.
Considerando que las alegaciones presentadas no
han sido acompañadas de las necesarias
autorizaciones de los nuevos propietarios afectados, ni
tampoco se han justificado las condiciones que indica
el artículo 26 "limitaciones" del Decreto 2619/1966
y comprobándose que no existen prohibiciones
(artículo 25 del citado Decreto), de acuerdo con lo
manifestado por la compañía eléctrica.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley
54/1997, el 27 de noviembre, y en los capítulos
III y IV de los Decretos 2617 y 2619/1966, de
20 de octubre, sobre autorización y expropiación
forzosa de las instalaciones eléctricas, esta
Delegación Provincial resuelve autorizar, declarar, en
concreto, de utilidad pública y la necesidad de la
urgente ocupación que lleva implícita, así como la
aprobación del proyecto de ejecución de las referidas
instalaciones, cuyas características se ajustarán en
todas sus partes a las que figuran en el mismo y
a las condiciones técnicas y de seguridad
establecidas en los Reglamentos de aplicación, y en los
condicionados establecidos por los Ministerios,
organismos o Corporaciones que constan en los
expedientes.
Contra la presente Resolución podrá interponer
recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de
Industria y Comercio, en el plazo de un mes,
contado a partir del día siguiente al de notificación
de esta Resolución; también podrá interponer
cualquiera otro recurso que estime pertinente a su
derecho.
Pontevedra, 1 de junio de 1999.-La Delegada
provincial, Carmen Bianchi Valcarce.-29.656-*.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE MADRID
Consejería de Economía y Empleo
Dirección General de Industria,
Energía y Minas
Resolución por la que se somete a información
pública el proyecto de instalación "Oleoducto
Loeches-Villaverde, variante de Mejorada del Campo",
solicitada por "Compañía Logística de Hidrocarburos,
C. L. H., Sociedad Anónima"
OLE 01/99.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 34/1998,
de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y
en los artículos 17 de la Ley de Expropiación
Forzosa y 56 de su Reglamento, se somete a
información pública el siguiente proyecto de
instalaciones:
Peticionario: "Compañía Logística de
Hidrocarburos, C. L. H., Sociedad Anónima", con domicilio
en Madrid, calle Capitán Haya, número 41.
Objeto de la petición: Declaración de utilidad
pública y autorización de las instalaciones del
proyecto "Oleoducto Loeches-Villaverde, variante de
Mejorada del Campo", y sus instalaciones auxiliares
que discurre por los términos municipales de
Rivas-Vaciamadrid y Mejorada del Campo.
Descripción de las instalaciones:
Tubería: De acero al carbono, tipo API 5LX-42,
con diámetro de é 10'' y 11,1''.
Presión de diseño: 82 bar manométricos.
Longitud: 8.020 metros que discurren 7.214
metros por el término municipal de Mejorada del
Campo y 806 metros por el término de
Rivas-Vaciamadrid.
Presupuesto: 212.469.400 pesetas.
El proyecto incluye planos parcelarios y la relación
concreta e individualizada de bienes y derechos
afectados.
Afección a fincas privadas: La afección a fincas
de propiedad privada de la construcción del
oleoducto se concreta de la siguiente forma:
1. Oleoducto.
1.1 Servidumbre de paso: Las afecciones serán
las siguientes:
A) Imposición de servidumbre perpetua de
paso, en una franja de 4 metros, dentro de la cual
discurrirá enterrada la canalización o tubería junto
con los accesorios, elementos auxiliares y de
señalización de ésta, que sean precisos. Los límites de
dicha franja quedarán definidos a 2 metros a cada
lado del eje del trazado de la conducción.
Esta franja se utilizará para instalar las
canalizaciones, su renovación, vigilancia y mantenimiento;
para ello se dispondrá en dicha franja del libre
acceso del personal, elementos y medios necesarios, con
pago de los daños que se ocasionen en cada caso.
B) La servidumbre de ocupación temporal
durante el período de ejecución de las obras, en
una franja o pista donde se hará desaparecer todo
obstáculo, cuya anchura máxima será la que se
indica en los planos parcelarios, con pago de los daños
que se ocasionen en cada caso.
C) La prohibición de efectuar trabajos de arada,
cava u otro análogos, a una profundidad superior
a 70 centímetros en la franja a que se refiere el
apartado A).
D) La prohibición de plantar árboles o arbustos
de tallo alto y efectuar movimientos de tierras en
la franja a que se refiere el apartado A).
E) No se permitirá levantar edificaciones o
construcciones de cualquier tipo, aunque tengan carácter
provisional o temporal, ni efectuar acto alguno que
pueda dañar o perturbar el buen funcionamiento,
vigilancia, conservación, reparaciones y
sustituciones necesarias, en su caso, de la canalización y sus
instalaciones auxiliares, a las siguientes distancias,
medidas a cada lado del eje de la canalización
instalada:
Zona rural: 10 metros.
Zona semiurbana: 4 metros.
No obstante, en casos especiales y cuando por
razones muy justificadas no pueda observarse lo
indicado, se deberá solicitar autorización a la
Dirección General de Industria, Energía y Minas de la
Comunidad de Madrid, que podrá concederla previa
petición de informe a "C. L. H., Sociedad Anónima",
y a aquellos organismos que considere conveniente
consultar.
F) Para los cables de conexión y lechos anódicos
de la instalación de protección catódica serán los
siguientes:
La imposición de servidumbre perpetua de paso
en una franja de 1,5 metros, dentro de la cual
discurrirán enterrados los cables de conexión y
elementos del lecho anódico.
Esta franja se utilizará para instalar dichos cables
y elementos, su renovación, vigilancia y
mantenimiento; para ello, se dispondrá en dicha franja del
libre acceso del personal, elementos y medios
necesarios con pago de los daños que se ocasionen en
cada caso.
Los límites de esta franja quedarán dentro de
los de ocupación temporal.
Servidumbre de ocupación temporal durante el
período de ejecución de las obras, en una franja
o pista en donde se hará desaparecer todo obstáculo,
cuya anchura máxima será la que se indica en los
planos parcelarios, con pago de los daños que se
ocasionen en cada caso.
La prohibición de efectuar trabajos de arada, cava
y otros análogos, a una profundidad superior a
70 centímetros en la franja a que se refiere el primer
párrafo de este apartado F).
La prohibición de plantar árboles o arbustos de
tallo alto y efectuar movimientos de tierra en la
franja a que se refiere el primer párrafo de este
apartado F).
No se permitirá levantar edificaciones o
construcciones de cualquier tipo, aunque tengan carácter
provisional o temporal, ni efectuar acto alguno que
pueda dañar o perturbar el buen funcionamiento,
vigilancia, conservación, reparaciones y
sustituciones necesarias, en su caso, de los cables y elementos
del lecho anódico, en la franja a que se refiere el
primer párrafo de este apartado F).
Lo indicado en todos los apartados anteriores no
será de aplicación en los bienes de dominio público.
1.2 Ocupación de dominio: Ocupación
permanente y perpetua de las parcelas que se indican
en los planos parcelarios, en el vuelo, suelo y
subsuelo, necesarias para la construcción de la
instalación de la válvula de corte con los elementos
anexos a la misma, armarios para la instalación de
protección catódica, así como la instalación de los
conjuntos de válvulas de línea, indicados de paso
de rascador y densímetros, incluyendo la
construcción de cerramiento y vallado de protección a la
totalidad de los perímetros, para la salvaguarda de
las instalaciones, de elementos extraños o intrusos.
2. Acometidas eléctricas:
2.1 Servidumbre de paso de energía eléctrica:
Imposición de servidumbre perpetua de paso de
energía eléctrica en una franja de 1 metro a lo largo
del trazado de la acometida. Los límites de esta
franja quedarán definidos a 0,50 metros a cada lado
de la línea eléctrica.
Esta franja se utilizará para instalar la línea, su
renovación, vigilancia y mantenimiento. Para ello,
se dispondrá en dicha franja del libre acceso del
personal, elementos y medios necesarios con pago
de los daños que se ocasionen en cada caso.
Durante el proceso de ejecución de las obras se
talarán los árboles y arbustos que ocuparán dicha
franja.
2.2 Ocupación de dominio: Ocupación
permanente y perpetua de 1 metro cuadrado de la parcela
donde se ubiquen los postes de tendido eléctrico
para la ejecución de la línea.
Lo que se hace público para conocimiento general
y especialmente de los propietarios de terrenos y
demás titulares afectados cuya relación se inserta
al final de este anuncio, para que pueda ser
examinado el expediente en esta Dirección General
de Industria, Energía y Minas, sita en la calle
Cardenal Marcelo Spínola, número 14, 28016 Madrid,
así como los planos parcelarios en los
Ayuntamientos respectivos, y presentar por triplicado en esta
Dirección General las alegaciones que consideren
oportunas en el plazo de veinte días, a partir del
siguiente a la inserción de este anuncio.
Madrid, 22 de junio de 1999.-El Director general,
Jaime Marín Ibáñez.-30.667.
Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por servidumbre de paso
Oleoducto Loeches-Villaverde (variante de Mejorada). Provincia: M-Madrid. Municipio: MJ-Mejorada del Campo
SP: Servidumbre de paso. OT: Ocupación temporal. POL-PAR: Polígono-parcela.
Dirección Localidad Provincia POL-PAR OT SP Naturaleza
M-MJ-1 V. Desconocido. 4-20,26 1.292 - Labor 70 secano. - -
M-MJ-2 V. Foquet Luis Rodríguez y Teodoro
Vaquero Rodríguez.
M-MJ-3 V. Asociación de Prop. de Villaflores.Calle Antonio López, 249, 4.
M-MJ-4 V. Conrado Onses Baiges. Segre, 11. Calle Madrid. 28002 Madrid. 4-25 6.292 484 Labor secano.
M-MJ-5 V. Ayuntamiento de Mejorada. El Progreso. Plaza del Campo.28840 Mejorada Madrid. - 6Camino. 78
M-MJ-6 V. Santiago Ambite Brihuega. Emilio Calle Ferrari, 102. Madrid. Madrid. 5.174 3-1 398 Labor secano.
M-MJ-7 V. Ayuntamiento de Mejorada. El Progreso. Plaza del Campo.28840 Mejorada Madrid. - 6Camino. 78
M-MJ-8 V. Gerardo J. Hidalgo-Barquero
Estalayo.
M-MJ-9 V. Gerardo J. Hidalgo-Barquero Sabido.Calle Mayor, 7. del Campo. Mejorada Madrid. 1.170 3-1 Labor 90 secano.
M-MJ-10 V. J. G. Hidalgo-Barquero Estalayo y
ub. "Balcón de M., S. L.".
M-MJ-11 V. Gerardo J. Hidalgo-Barquero Sabido.Calle Mayor, 7. del Campo. Mejorada Madrid. 1.768 3-1 136 Labor secano.
M-MJ-12 V. Soledad Salamanca Laffitte. P.
M-MJ-13 V. Asunción Salamanca Laffitte. Marqués de Urquijo, 38. Madrid. Madrid. 4.186 3-26 322 Labor secano.
M-MJ-14 V. L.Foquet Rguez., T. Vaquero Rguez.,
S. y E. Ambite Domínguez.
M-MJ-15 V. Vías Pecuarias Cons. de Econ. y
Empleo D. G. Agric. y Aliment.
M-MJ-16 V. Marisa Barral Esquiva y hnas. América Plaza Española, 3. Madrid. Madrid. 1.388 3-2 Monte 86 bajo.
M-MJ-17 V. Carmen Puerta Salamanca. P.
M-MJ-18 V. Comunidad de Madrid. Consej. de
Transportes D. G. Ctras.
M-MJ-19 V. Marisa Barral Esquiva y hnos. América Plaza Española, 3. Madrid. Madrid. Monte 2-17 50 0 bajo.
M-MJ-20 V. Carmen Puerta Salamanca. P.
M-MJ-20 V bis.Gila Puerta Basilio y hnos. Marqués Calle de Urquijo, 38,
M-MJ-21 V. Pilar Villamor Carrasco. Virgen de Calle la Soledad, 26
M-MJ-22 V. "La Tribu, S. A.". Zurbano, 76, 2. Calle
M-MJ-23 V. Carmen Puerta Salamanca. P.
M-MJ-23 V bis. Gila Puerta Basilio y hnos. Marqués Calle de Urquijo, 38,
M-MJ-24 V. Gila Puerta Basilio y hnos. Marqués Calle de Urquijo, 38,
M-MJ-25 V. Carmen Puerta Salamanca. P.
M-MJ-26 V. Ayuntamiento de Mejorada. El Progreso. Plaza del Campo. Mejorada Madrid. 25 Camino. 325 -
M-MJ-27 V. Carmen Puerta Salamanca. P.
M-MJ-28 V. Ayuntamiento de Mejorada. El Pogreso. Plaza del Campo. Mejorada Madrid. 50 Camino. 350 -
M-MJ-29 V. M. ª Luisa Herranz Bermejo e hijos. Núñez de Balboa, 92. Entre.
M-MJ-30 V. Almudena Salamanca Suelves. Hermosilla, Calle 59, 5.
M-MJ-30 V bis.Victorio Bellón Daganzo. Hernán Calle Cortés, 4. Mejorada del Campo. Madrid. 1.960 1-5 168 Labor riego.
M-MJ-31 V. Com. Regantes San Isidro.
Presidente: José Carralero Franco.
M-MJ-32 V. Ayuntamiento de Mejorada. El Progreso. Plaza del Campo. Mejorada Madrid. 1-17 132 Labor 12 riego.
M-MJ-33 V. Ayuntamiento de Mejorada. El Progreso. Plaza del Campo. Mejorada Madrid. 110 10 Camino. -
M-MJ-34 V. Azucarera Ebro Agrícola. Att.
Manuel García Málaga.
M-MJ-35 V. Miguel Daganzo Delafuentes y
hnos.
M-MJ-36 V. Azucarera Ebro Agrícola. Att.
Manuel García Málaga.
M-MJ-36 V bis.Luis Pedriza López. Casino, 1. Calle del Campo. Mejorada Madrid. 3.454 1-3 314 Labor riego.
M-MJ-37 V. Victorio Bellón Daganzo. Hernán Calle Cortés, 4. Mejorada del Campo. Madrid. 1-29 440 Labor 40 riego.
M-MJ-38 V. Ayuntamiento de Mejorada. El Progreso. Plaza del Campo. Mejorada Madrid. 1.100 1-2 100 Labor riego.
M-MJ-39 V. Vías Pecuarias Cons. de Econ. y
Empleo D. G. Agric. y Aliment.
Calle Calanda, 20, 4. º C. Madrid. Madrid. 3.120 4-20 240 Labor secano.
º B. Madrid. 28041 Madrid. 4-20 780 Labor 60 secano.
Calle Mayor, 7. del Campo. Mejorada Madrid. 611 47 Labor 3-1 secano.
Calle Mayor, 7. del Campo. Mejorada Madrid. 2.080 3-1 160 Labor secano.
º Recoletos, 18. Madrid. Madrid. 3.835 3-26 295 Labor secano.
Calle Calanda, 20, 4. º C. Madrid. Madrid. 17.420 3-26 1.340 Labor secano.
Calle Ronda Atocha, 17. Madrid. Madrid. 720 72 Vía 3-2 pecuaria.
º San Fco. de Sales, 31, 7. º B. Madrid. Madrid. Monte 3-3 0 50 bajo.
Calle Orense, 60. Madrid. Madrid. 20 Ctra. 260 - M-203.
º San Fco. de Sales, 31, 7. º B. - 4.300 2-16 326 Labor - secano.
Madrid. 28008 Madrid. 2-16 4.300 326 Labor secano.
7. º izd.
Mejorada del Campo. Madrid. 1.170 2-18 Labor 92 secano.
bis.
º Madrid. 28010 Madrid. 2-19 650 Monte 58 bajo.
º San Fco. de Sales, 31, 7. º B. Madrid. 28003 Madrid. 2-58 3.042 324 Labor secano.
Madrid. 28008 Madrid. 2-58 3.042 324 Labor secano.
7. º izd.
Madrid. 28008 Madrid. 2-59 1.586 122 Labor secano.
7. º izd.
º San Fco. de Sales, 31, 7. º B. Madrid. 28003 Madrid. 2-64 5.044 388 Labor secano.
º San Fco. de Sales, 31, 7. º B. Madrid. 28003 Madrid. 2-55 5.915 455 Monte bajo.
Madrid. 28006 Madrid. 1-4 1.188 76 Labor riego.
dcha.
º dcha. Madrid. Madrid. 1.960 1-5 168 Labor riego.
Plaza España, 5. del Campo. Mejorada Madrid. Acequia. 8 88 -
Calle Ruiz de Alarcón, 5. Madrid. 28014 Madrid. 1-14 407 Labor 37 riego.
Quinta Avenida, 5, 1. º izd. C. Madrid. Madrid. 1-28 968 88 Labor riego.
Pegaso.
Calle Ruiz de Alarcón, 5. Madrid. 28014 Madrid. 1-3 3.454 314 Labor riego.
Calle Ronda Atocha, 17. Madrid. 5.100 Madrid. 450 - Vía pecuaria.
Dirección Localidad Provincia POL-PAR OT SP Naturaleza
M-MJ-40 V. Comunidad de Madrid. Consej. de
Transportes D. G. Ctras.
M-MJ-41 V. "Fundiciones Ardoz, S. L.". Ctra. San Fdo.-Mejorada, km 6,1.Mejorada del Campo. Madrid. 1-22 200 Labor 34 riego.
M-MJ-42 V. "Cerámicas Puig, S. A.". Alcalá, Calle 155, 3, 1. Madrid. 28009 Madrid. 1-22 620 Labor 82 riego.
M-MJ-43 V. Isabel (1) y Carmen (2) López
Daganzo.
M-MJ-44 V. Canal Isabel II. Santa Engracia, 125. Calle Madrid. 28003 Madrid. - 0Tubería. 1
Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por instalaciones auxiliares
Oleoducto Loeches-Villaverde (variante de Mejorada). Provincia: M-Madrid. Municipio: MJ-Mejorada del Campo
SE: Superficie a expropiar. OT: Ocupación temporal. POL-PAR: Polígono-parcela.
Dirección Localidad Provincia POL-PAR OT SE Naturaleza
M-MJ-39 V PO.Vías Pecuarias Cons. de Econ. y
Empleo D. G. Agric. y Aliment.
M-MJ-43 V PO.Isabel (1) y Carmen (2) López
Daganzo.
concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por servidumbre de paso
Oleoducto Loeches-Villaverde (variante de Mejorada). Provincia: M-Madrid. Municipio: RV-Rivas Vaciamadrid
SP: Servidumbre de paso. OT: Ocupación temporal. POL-PAR: Polígono-parcela.
Dirección Localidad Provincia POL-PAR OT SP Naturaleza
M-RV-1 V. Confederación Hidrográfica del Tajo. Calle Agustín de Betancourt, 25.Madrid. 28003 Madrid. - 862.580 Río.
M-RV-2 V. Hrdos. de Laura Figueroa, C. B. Calle Pedro de Valdivia, 38. Madrid. Madrid. 120 1.580 2-6 Labor riego.
M-RV-3 V. Hrdos. de Laura Figueroa, C. B. Calle Pedro de Valdivia, 38. Madrid. 28006 Madrid. 2-5 5247.062 Labor riego.
M-RV-4 V. Comunidad de Madrid. Consej. de
Transp. D. G. Ctras.
M-RV-5 V. "3M. España, S. A.". Att. Eduardo
Moreno de la Santa.
M-RV-5 V bis. Hrdos. de Laura Figueroa, C. B. Calle Pedro de Valdivia, 38. Madrid. 28006 Madrid. 2-8 851.530 Labor riego.
M-VR-6V. Canal de Isabel II. Santa Engracia, Calle 125. Mejorada del Campo.28003 Madrid. - - 1Tuberías.
Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por instalaciones auxiliares
Oleoducto Loeches-Villaverde (variante de Mejorada). Provincia: M-Madrid. Municipio: RV-Rivas Vaciamadrid
SE: Superficie a expropiar. OT: Ocupación temporal. POL-PAR: Polígono-parcela.
Dirección Localidad Provincia POL-PAR OT SE Naturaleza
M-RV-2 V PO. Herederos de Laura Figueroa, C. B. Calle Pedro de Valdivia, 38. Madrid. Madrid. 416 - Labor 2-6 riego.
Calle Orense, 60. Madrid. Madrid. Ctra. 370 5 - M-202.
(1) Calle Jarama, 8. (2) Calle Mejorada del Campo. Madrid. 860 Labor 82 1-1 riego.
El Trebol, 13.
Calle Ronda Atocha, 17. Madrid. Madrid. Vía 60 - pecuaria. -
(1) Calle Jarama, 8. (2) Calle Mejorada del Campo. Madrid. 234 - Labor 1-1 riego.
El Trebol, 13.
Calle Orense, 60. Madrid. Madrid. 252 14 Ctra. - M-203.
Ctra. San Fdo. a Rivas, km 4,6. Rivas. 28529 Madrid. 2-8 851.530 Labor riego.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Diputaciones Provinciales
LUGO
Edicto
Por Decreto de la Presidencia de la Xunta de
Galicia número 115/99, de 23 de abril, publicado
en el "Diario Oficial de Galicia" número 85/99,
de 5 de mayo, se declara la urgente ocupación por
esta excelentísima Diputación Provincial de los
bienes y derechos necesarios para la ejecución de las
obras del proyecto número 121, POL 1996 Ferreira
de Pantón, CP "Seragude-Arribada", con los efectos
previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa.
En cumplimiento y ejecución de la disposición
citada y del acuerdo adoptado en el Pleno de esta
excelentísima Corporación Provincial en sesión de
27 de abril de 1998 y demás antecedentes y normas
aplicables, se anuncia el levantamiento de actas
previas a la ocupación, a que se refiere la norma segunda
del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,
que tendrá lugar al vigésimo quinto día hábil, con-
tado a partir del siguiente al de la publicación del
presente edicto en el "Boletín Oficial del Estado",
en los lugares en que se encuentren ubicados los
bienes objeto de expropiación.
La relación identificativa de bienes y afectados
ha sido publicada en el "Boletín Oficial de la
Provincia de Lugo" número 129/99, de fecha 9 de
junio.
Lugo, 16 de junio de 1999.-El Presidente.-El
Secretario.-29.647.
Edicto
Por Decreto de la Presidencia de la Xunta de
Galicia número 124/99, de 23 de abril, publicado
en el "Diario Oficial de Galicia" número 88/99,
de 10 de mayo, se declara la urgente ocupación
por esta excelentísima Diputación Provincial de los
bienes y derechos necesarios para la ejecución de
las obras del proyecto número 233, POL 98 POL
"Riojuan-Reguntille", del punto kilométrico 2,366
al 3,466, con los efectos previstos en el artículo
52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
En cumplimiento y ejecución de la disposición
citada y del acuerdo adoptado en el Pleno de esta
excelentísima Corporación Provincial en sesión de
26 de octubre de 1998 y demás antecedentes y
normas aplicables, se anuncia el levantamiento de
actas previas a la ocupación, a que se refiere la
norma segunda del artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa, que tendrá lugar al vigésimo quinto
día hábil, contado a partir del siguiente al de la
publicación del presente edicto en el "Boletín Oficial
del Estado", en los lugares en que se encuentren
ubicados los bienes objeto de expropiación.
La relación identificativa de bienes y afectados
ha sido publicada en el "Boletín Oficial de la
Provincia de Lugo" número 135/99, de fecha 16 de
junio.
Lugo, 16 de junio de 1999.-El Presidente.-El
Secretario.-29.650.
Edicto
Por Decreto de la Presidencia de la Xunta de
Galicia número 125/99, de 23 de abril, publicado
en el "Diario Oficial de Galicia" número 88/99,
de 10 de mayo, se declara la urgente ocupación
por esta excelentísima Diputación Provincial de los
bienes y derechos necesarios para la ejecución de
las obras del proyecto número 235, POL 98 Sarria,
CP "Sarria-Pintín", puntos kilométricos 2,720 al
5,020, con los efectos previstos en el artículo 52
de la Ley de Expropiación Forzosa.
En cumplimiento y ejecución de la disposición
citada y del acuerdo adoptado en el Pleno de esta
excelentísima Corporación Provincial en sesión de
26 de octubre de 1998 y demás antecedentes y
normas aplicables, se anuncia el levantamiento de
actas previas a la ocupación, a que se refiere la
norma segunda del artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa, que tendrá lugar al vigésimo quinto
día hábil, contado a partir del siguiente al de la
publicación del presente edicto en el "Boletín Oficial
del Estado", en los lugares en que se encuentren
ubicados los bienes objeto de expropiación.
La relación identificativa de bienes y afectados
ha sido publicada en el "Boletín Oficial de la
Provincia de Lugo" número 135/99, de fecha 16 de
junio.
Lugo, 16 de junio de 1999.-El Presidente.-El
Secretario.-29.648.
Edicto
Por Decreto de la Presidencia de la Xunta de
Galicia número 126/99, de 23 de abril, publicado
en el "Diario Oficial de Galicia" número 88/99,
de 10 de mayo, se declara la urgente ocupación
por esta excelentísima Diputación Provincial de los
bienes y derechos necesarios para la ejecución de
las obras del proyecto número 80, POS 98 Castro
de Rey, mejora de la CP de Castro de Rey a Reigosa
(punto kilométrico 5,000) y Castro de Riberas de
Lea (punto kilométrico 0,000), con los efectos
previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa.
En cumplimiento y ejecución de la disposición
citada y del acuerdo adoptado en el Pleno de esta
excelentísima Corporación Provincial en sesión de
26 de octubre de 1998 y demás antecedentes y
normas aplicables, se anuncia el levantamiento de
actas previas a la ocupación, a que se refiere la
norma segunda del artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa, que tendrá lugar al vigésimo quinto
día hábil, contado a partir del siguiente al de la
publicación del presente edicto en el "Boletín Oficial
del Estado", en los lugares en que se encuentren
ubicados los bienes objeto de expropiación.
La relación identificativa de bienes y afectados
ha sido publicada en el "Boletín Oficial de la
Provincia de Lugo" número 135/99, de fecha 16 de
junio.
Lugo, 16 de junio de 1999.-El Presidente.-El
Secretario.-29.644.
Edicto
Por Decreto de la Presidencia de la Xunta de
Galicia número 131/99, de 23 de abril, publicado
en el "Diario Oficial de Galicia" número 89/99,
de 11 de mayo, se declara la urgente ocupación
por esta excelentísima Diputación Provincial de los
bienes y derechos necesarios para la ejecución de
las obras del proyecto número 234, POL 98 Quiroga,
CP "De alto de Aldriz a Vilar de Lor", puntos
kilométricos 5,635 al 7,135, con los efectos previstos
en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
En cumplimiento y ejecución de la disposición
citada y del acuerdo adoptado en el Pleno de esta
excelentísima Corporación Provincial en sesión de
26 de octubre de 1998 y demás antecedentes y
normas aplicables, se anuncia el levantamiento de
actas previas a la ocupación, a que se refiere la
norma segunda del artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa, que tendrá lugar al vigésimo quinto
día hábil, contado a partir del siguiente al de la
publicación del presente edicto en el "Boletín Oficial
del Estado", en los lugares en que se encuentren
ubicados los bienes objeto de expropiación.
La relación identificativa de bienes y afectados
ha sido publicada en el "Boletín Oficial de la
Provincia de Lugo" número 135/99, de fecha 16 de
junio.
Lugo, 16 de junio de 1999.-El Presidente.-El
Secretario.-29.645.
Edicto
Por Decreto de la Presidencia de la Xunta de
Galicia número 157/99, de 20 de mayo, publicado
en el "Diario Oficial de Galicia" número 103/99,
de 1 de junio, se declara la urgente ocupación por
esta excelentísima Diputación Provincial de los
bienes y derechos necesarios para la ejecución de las
obras del proyecto número 9, ZAE 1998 Paradela
"Dotación de servicios en la Cl Lamacoba-Ruxidoira
(primera fase), con los efectos previstos en el artículo
52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
En cumplimiento y ejecución de la disposición
citada y del acuerdo adoptado en el Pleno de esta
excelentísima Corporación Provincial en sesión de
22 de febrero de 1999 y demás antecedentes y
normas aplicables, se anuncia el levantamiento de actas
previas a la ocupación, a que se refiere la norma
segunda del artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa, que tendrá lugar al vigésimo quinto día
hábil, contado a partir del siguiente al de la
publicación del presente edicto en el "Boletín Oficial
del Estado", en los lugares en que se encuentren
ubicados los bienes objeto de expropiación.
La relación identificativa de bienes y afectados
ha sido publicada en el "Boletín Oficial de la
Provincia de Lugo" número 138/99, de fecha 19 de
junio.
Lugo, 21 de junio de 1999.-El Presidente.-El
Secretario.-29.633.
UNIVERSIDADES
BARCELONA
Facultad de Medicina
En cumplimiento de las disposiciones
reglamentarias, se hace pública la incoación en esta Facultad
de expediente para nuevo título de Licenciada en
Medicina y Cirugía por extravío del original a favor
de doña Marta Piró Ibáñez, que le fue expedido
con fecha 1 de octubre de 1993.
Lo que se publica a los efectos de posibles
reclamaciones acerca del título extraviado.
Barcelona, 27 de mayo de 1999.-El Secretario,
Ferrán Clíment.-29.574.
COMPLUTENSE DE MADRID
Facultad de Medicina. Departamento
de Medicina Física y de Rehabilitación.
Hidrología Médica
Cumplimentando la Orden de fecha 9 de
septiembre de 1994, se hace pública la incoación del
nuevo título de Técnico Ortopédico de don Tomás
Martínez Fernández por extravío del que fue
expedido con fecha 31 de julio de 1985 (número 238).
Lo que pone en conocimiento de personas
interesadas, por si tuvieran que formular reclamación
acerca de dicho título.
Madrid, 24 de junio de 1999.-El Secretario del
Departamento.-29.380.
Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales
A efectos de la Orden de 8 de julio de 1998,
se anuncia el extravío del título profesional de
Licenciada, expedido el día 29 de abril de 1997, a favor
de doña Juana María Torres Mari.
Madrid, 7 de julio de 1999.-La
Secretaria.-29.597.
GRANADA
Facultad de Psicología
Pérdida de título
Se publica, por término de treinta días, para oír
reclamaciones, según lo establecido en la Orden
de 8 de julio de 1988, la pérdida de un título de
Licenciado en Filosofía y Letras (Filosofía y
Ciencias de la Educación, sección de Psicología),
expedido en Madrid, con fecha 24 de enero de 1984,
a favor de doña María Ascensión Ferrer Castelló.
Granada, 29 de abril de 1999.-La
Administradora.-29.584.
OVIEDO
Facultad de Medicina
A los efectos previstos en la Orden de 9 de
septiembre de 1974, se anuncia el extravío del título
de Licenciado en "Medicina y Cirugía" de don José
Miguel Brizuela Rodicio, expedido el 8 de marzo
de 1990.
Oviedo, 16 de marzo de 1999.-El Decano,
Enrique Martínez Rodríguez.-29.378.
VALENCIA
Escuela Universitaria de Magisterio "Ausiàs
March"
A efectos de la Orden de 8 de julio de 1988,
se anuncia el extravío del título de Diplomado en
Profesorado de EGB de doña María José Súner
Gómez, expedido por el Ministerio de Educación
y Cultura el 16 de agosto de 1979, en el folio 92,
número 13731 del libro correspondiente.
Valencia, 28 de junio de 1999.-El Director,
Bernardo Gómez Alfonso.-29.792.
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