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Documento BOE-B-1999-15564

Otros anuncios oficiales

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 6 de agosto de 1999, páginas 11164 a 11167 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Referencia:
BOE-B-1999-15564

TEXTO

MINISTERIO DE JUSTICIA

Subsecretaría

Gabinete Técnico

Edicto

Doña Carla Falcó y Medina ha solicitado la

sucesión en el título de Conde de Santa Isabel, con

Grandeza de España, vacante por fallecimiento de

su abuela, doña Hilda Fernández de Córdoba

Mariategui, lo que se anuncia por el plazo de treinta

días, contados a partir de de la publicación de este

edicto, a los efectos del artículo 6. º del Real Decreto

de 17 de mayo de 1912, en su redacción dada por

el 222/1988, de 11 de marzo, para que puedan

solicitar lo conveniente los que se consideren con

derecho al referido título.

Madrid, 20 de julio de 1999.-Por la Unidad, el

Consejero Técnico, Antonio Luque García.-32.592.

MINISTERIO DE FOMENTO

Red Nacional de los Ferrocarriles

Españoles

Resolución por la que se anuncia la declaración

de innecesariedad de diversos inmuebles

El Consejo de Administración de RENFE, en

el uso de las facultades que le confiere su vigente

Estatuto, aprobado por Real Decreto de 28 de enero

de 1994, ha declarado innecesarios para la

prestación de los servicios ferroviarios de los inmuebles

que a continuación se describen:

Urbana: Parcela de terreno en el término

municipal de Madrid, situada entre los puntos

kilométricos 2,450 y 4,048 de la línea Madrid-Burgos; tiene

forma irregular, con una extensión superficial de

27.802 metros cuadrados, y los siguientes linderos:

Norte, terrenos RENFE; sur, terrenos RENFE; este,

terrenos propiedad de particulares, y oeste, terrenos

RENFE.

Urbana: Parcela de terreno en el término

municipal de La Roda de Andalucía (Sevilla), de 436

metros cuadrados; en su interior están ubicadas dos

viviendas unifamiliares entre medianeras, con una

superficie edificada de 176 metros cuadrados

construidos, situada en el antiguo ramal de enlace de

La Roda de Andalucía, entre los puntos kilométricos

0,176 al 0,208, lado izquierdo, y los siguientes

linderos: Norte, finca urbana sita en avenida de los

Llanos, número 29; sur, terrenos del Ayuntamiento

sitos en avenida de los Llanos, número 23,

expropiados a RENFE; este, avenida de los Llanos, y

oeste, terrenos del Ayuntamiento sitos en avenida

de los Llanos, número 23, expropiados a RENFE.

Urbana: Parcela de terreno en el término

municipal de La Roda de Andalucía (Sevilla), con una

superficie de 1.797 metros cuadrados, en la que

están ubicadas siete viviendas, una de ellas

unifamiliar y las seis restantes en un bloque de tres plantas

(CLR), con una superficie edificada total de 392

metros cuadrados construidos. Situadas en el

antiguo ramal de enlace en La Roda de Andalucía,

entre los puntos kilométricos 0,460 al 0,504, lado

izquierdo, y los siguientes linderos: Norte, terrenos

de RENFE; sur, terrenos del Ayuntamiento

expropiados a RENFE; este, terrenos de RENFE, línea

férrea Córdoba-Málaga, y oeste, calle Villa Trinidad.

No urbanizable: Parcela de terreno en la avenida

de la Estación, del término municipal de Cintruénigo

(Navarra), antigua Estación de Fitero, situada al

lado izquierdo de la línea férrea de Soria-Castejón.

Presenta forma irregular, con una extensión

superficial de 7.086 metros cuadrados y los siguientes

linderos: Norte, RENFE y parcela número 704,

polígono 5, don Fernando Chivite Francés; sur, parcela

número 785, polígono 5, don Santos López

Fernández y RENFE; este, RENFE, y oeste, carretera

de Pamplona a Madrid.

Urbana: Parcela de terreno en el término

municipal de Tarancón (Cuenca), situada entre los puntos

kilométricos 58,913 al 58,981 de la línea

Aranjuez-Utiel; tiene forma triangular, con una extensión

superficial de 1.166 metros cuadrados, y los

siguientes linderos: Norte, "Triconsa, Sociedad Limitada",

y doña María del Carmen Benzón; sur, RENFE;

este, avenida Pablo Iglesias, y oeste, RENFE.

Urbana: Parcela de terreno en el término

municipal de Tarancón (Cuenca), situada entre los puntos

kilométricos 59,070 al 59,310 de la línea

Aranjuez-Utiel; tiene forma irregular alargada, con una

extensión superficial de 7.273 metros cuadrados,

y los siguientes linderos: Norte, calle General Emilio

Villaescusa, don Librado Lorente y don Domingo

Sánchez; sur, RENFE; este, RENFE, y oeste, don

Librado Lorente y calle San Isidro.

Urbana: Parcela de terreno en el término

municipal de Tarancón (Cuenca), situada entre los puntos

kilométricos 59,379 al 59,419 de la línea

Aranjuez-Utiel; tiene forma trapezoidal, con una

extensión superficial de 918 metros cuadrados, y los

siguientes linderos: Norte, doña Elisa Sánchez y

doña María Guijarro; sur, RENFE; este, doña María

Guijarro, y oeste, RENFE.

Rústica: Parcela de terreno en el término

municipal de Tarancón (Cuenca), situada entre los puntos

kilométricos 59,170 al 59,243 de la línea

Aranjuez-Utiel; tiene forma irregular, con una extensión

superficial de 1.476 metros cuadrados, y los

siguientes linderos: Norte, RENFE; sur, don Gregorio

Rodríguez y don Luis Loriente; este, RENFE, y

oeste, doña Felisa Gómez.

Rústica: Parcela de terreno en el término

municipal de Tarancón (Cuenca), situada entre los puntos

kilométricos 59,081 al 59,102 de la línea

Aranjuez-Utiel; tiene forma irregular, con una extensión

superficial de 171 metros cuadrados, y los siguientes

linderos: Norte, RENFE; sur, don Juan Fernández;

este, RENFE, y oeste, don Gregorio Rodríguez.

Urbana: Parcela de terreno en la calle Santa Elena,

número 1, del término municipal de Esquiroz de

Galar (Navarra), situada al lado derecho de la línea

férrea de Zaragoza-Alsasua. Presenta forma

aparentemente de trapecio, con una extensión superficial

de 561 metros cuadrados y con casilla de 65 metros

cuadrados, y los siguientes linderos: Norte,

particular, parcela 99 del polígono 2; sur, particular,

parcela 101 del polígono 2; este, particular,

parcela 101 del polígono 2, y oeste, calle Santa Elena.

Urbana: Parcela de terreno en el término

municipal de Torrelavega (Cantabria), situada al lado

izquierdo de la línea férrea de Venta de Baños a

Santander, entre los puntos kilométricos 484,883

al 485,007. Presenta forma triangular, con una

extensión superficial de 3.720 metros cuadrados,

y los siguientes linderos: Norte, fincas urbanas de

referencia catastral 5479001 y 5479002; sur,

andenes y vías de la estación; este, patio de vehículos

de la estación, y oeste, vías de la estación.

El tiempo transcurrido desde la adquisición de

este inmueble y, asimismo, los avatares de todo tipo

acontecidos desde entonces imposibilitan

materialmente la notificación individualizada a los titulares

de posibles derechos, por lo que procede realizar

dicha notificación de forma pública, de acuerdo con

lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común de 26 de

noviembre de 1992, en la nueva redacción recogida en

la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Lo que se hace público, igualmente, a los efectos

de dar cumplimiento a lo dispuesto en los

artículos 54 y 55 de la Ley de Expropiación Forzosa

de 16 de diciembre de 1954 y en el artículo 65

de su Reglamento de 26 de abril de 1957. Las

solicituides deberán formularse, mediante instancia

dirigida al excelentísimo señor Ministro de Fomento,

Subsecretaría, Sección de Expropiaciones,

Ministerio de Fomento, dentro del plazo de un mes, contado

a partir de la fecha de su publicación.

Madrid, 29 de julio de 1999.-El Director Gerente

de la U. N. de Patrimonio y Urbanismo, Rafael

Almodóvar Trueba.-33.671.

MINISTERIO

DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

Dirección General de la Energía

Resolución por la que se autoriza a "Fagur, Sociedad

Limitada", el establecimiento de una línea eléctrica

subterránea a 15 kV Cebreros (Ávila)-Valdemaqueda

(Madrid), y un centro de transformación de 50 kVA

en la finca "Villaescusa" en Valdemaqueda (Madrid)

Visto el expediente incoado en el Área de Industria

y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid

y en el Servicio Territorial de Industria, Comercio

y Turismo de la Junta de Castilla y León en Ávila,

a instancias de "Fincas Agrícolas Ganaderas y

Urbanas" ("Fagur, Sociedad Limitada"), con domicilio

en Madrid, calle de Serrano, número 100,

solicitando autorización para establecimiento de la

instalación que se cita;

Resultando que la petición ha sido sometida a

información pública, de conformidad con lo previsto

en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre

autorización de instalaciones eléctricas, vigente en

virtud de lo establecido en la disposición transitoria

primera de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre,

del Sector Eléctrico, durante el plazo reglamentario

no se han presentado alegaciones ni oposición a

la autorización pretendida;

Resultando que solicitados informes a los

Organismos que pudieran verse afectados por la

instalación, tampoco se presenta oposición, siendo

aceptados por la empresa los condicionados impuestos,

no existiendo tampoco oposición por parte de los

Ayuntamientos por cuyos términos municipales

discurrira la instalación;

Considerando que se han cumplido los trámites

reglamentarios ordenados en el capítulo III del

Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre

autorización de instalaciones eléctricas,

Esta Dirección General de la Energía ha resuelto:

Autorizar a "Fagur, Sociedad Limitada", el

establecimiento de una línea eléctrica subterránea a 15

kV, interprovincial Ávila-Madrid, y un centro de

transformación de 50 kVA, cuyas características

principales son:

Origen: Línea a 15 kV situada en la finca "El

Quexigal", en el término municipal de Cebreros

(Ávila).

Final: Centro de transformación que se instala

en la finca "Villaescusa" en el término municipal

de Valdemaqueda (Madrid).

Longitud: 2,8 km.

Conductor: De aluminio de 150 mm 2 y

aislamiento seco, tendido en zanja de 0,8 m de

pronfundidad mínima, capa de tierra, cinta señalizadora

y tierra compacta.

Protecciones: En el apoyo de origen se instalarán

fusibles tipo XS y autoválvulas.

Puesta a tierra: Se pondrá a tierra la pantalla

conductora, el fleje de protección y los herrajes de

sujeción de los conductores. El apoyo metálico de

entronque irá puesto a tierra mediante anillo de

cable de cobre.

Centro de transformación: De 50 kVA, relación

de transformación 15>5 por 100-0,38/0,22 kV en

caseta prefabricada de hormigón.

La finalidad de la instalación es suministrar

energía eléctrica a la finca "Villaescusa", en el término

municipal de Valdemaqueda (Madrid).

Contra la presente Resolución cabe interponer

recurso de alzada ante el excelentísimo señor

Secretario de Estado de Industria y Energía, en el plazo

de un mes, de acuerdo con lo establecido en la

Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, y en la Ley 6/1997, de 14

de abril, de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado.

Madrid, 14 de julio de 1999.-El Director general,

Antonio Gomis Sáez.

Área de Industria y Energía de la Delegación de

Gobierno de Madrid. Servicio Territorial de

Industria, Comercio y Turismo de la Junta de Castilla

León. Ávila.-32.522.

MINISTERIO

DE ADMINISTRACIONES

PÚBLICAS

Subdelegaciones del Gobierno

ALICANTE

Dependencia del Área de Industria y Energía

Información pública relativa a la solicitud de

autorización administrativa de las instalaciones

correspondientes a una estación de regulación y medida

en el gasoducto Valencia-Alicante, en la provincia

de Alicante

A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7

de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y en el

Reglamento General del Servicio Público de Gases

Combustibles, aprobado por Decreto 2913/1973,

de 26 de octubre, se somete a información pública

el siguiente proyecto de instalaciones:

Peticionario: "Enagas, Sociedad Anónima", con

domicilio en avenida de América, número 38, 28028

Madrid.

Objeto de la petición: Autorización administrativa

del proyecto de instalaciones de una estación de

regulación y medida en la posición 15-22 del

gasoducto Valencia-Alicante, término municipal de Ibi,

de Alicante.

Descripción de las instalaciones: La estación

estará constituida por dos líneas, con posibilidad de

ampliación en una tercera. Cada línea comprende

módulos de filtración, calentamiento y regulación

de temperatura, regulación de presión y de medición

de caudal, la instalación comprende:

Colectores de entrada y salida de gas, tres líneas.

Calderas, sistema de agua caliente y sistema de

fuel-gas asociado.

Cableado, cajas de conexión y armarios de control

asociados a la instrumentación y necesarios para

la alimentación eléctrica de los aparatos.

Sistema de detección de gases y detección y

extinción de incendios.

Obra civil, que incluye el edificio destinado a alojar

las instalaciones proyectadas.

Presupuesto: 25.018.612 pesetas.

Afección a fincas privadas: No existe afección,

por cuanto se construirá en terrenos propiedad de

la solicitante.

Lo que se hace público para conocimiento general,

y para que quien se considere interesado pueda

examinar el mencionado Proyecto en esta Dependencia

del Área de Industria y Energía de la Subdelegación

de Gobierno en Alicante, sita en avenida de Federico

Soto, 11, 03071 Alicante, y presentar por triplicado,

en dicho centro, las alegaciones que considere

oportunas en el plazo de veinte días a partir del siguiente

a la inserción de este anuncio.

Alicante, 14 de julio de 1999.-El Jefe de la

Dependencia, Alfonso Francisco Muñoz Gámez.-33.591.

MINISTERIO

DE SANIDAD Y CONSUMO

Vicepresidencia

Resolución por la que se publica el acuerdo de

iniciación de procedimiento de limitar la

comercialización de punteros láser y adopción de medidas

provisionales

Adoptado el 24 de mayo de 1999 el acuerdo

de iniciación de procedimiento de limitar la

comercialización de punteros láser y adopción de medidas

provisionales.

Esta Vicepresidencia, en aplicación del artículo

59.5, apartado a), de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, ha dispuesto que se publique en

el "Boletín Oficial del Estado" el texto del acuerdo

que se adjunta.

Madrid, 26 de mayo de 1999.-El Vicepresidente,

Óscar López Santos.-32.465.

Acuerdo de iniciación de procedimiento de limitar

la comercialización de punteros láser y adopción

de medidas provisionales

En Madrid, a 24 de mayo de 1999.

Este Instituto Nacional del Consumo ha tenido

conocimiento de los siguientes hechos:

1. través A del Sistema de Intercambio Rápido

de Información se han recibido numerosas

notificaciones alertando de la venta indiscriminada al

público en general y a los niños, en particular, de

punteros láser que por las características de la

radiación láser que utilizan pueden suponer un riesgo

para los que los usen.

2. La norma UNE-EN 60825-1/1994, seguridad

de los productos láser modificada por la

EN-60825-1/A-11 clasifica a estos productos y

establece tanto los requisitos que deben reunir con el

fin de asegurar un nivel de seguridad razonablemente

previsible, como las instrucciones y advertencias de

seguridad que indiquen al usuario el modo de

empleo correcto.

En dicha norma se indica lo siguiente:

a) Clasificación: Los productos láser se pueden

clasificar dependiendo de su longitud de onda,

contenido energético y características del impulso del

haz de láser en cinco clases: 1, 2, 3A, 3B y 4,

siendo la 1 la más segura y la 4 la más peligrosa.

b) Precauciones de empleo:

Los productos que utilizan láser de las clases 3A,

3B y 4 pueden representar riesgo no solamente para

el usuario, sino para otras personas, aunque estén

a distancia considerable, por lo que deben ser usados

únicamente por personas con formación adecuada.

En productos láser de la clase 2 se han de tomar

precauciones para evitar la visión continua directa

del haz.

La exposición a la radiación láser ha de ser tan

baja como sea posible.

La exposición prolongada a niveles moderados

de luz láser pueden producir cambios irreversibles

en el ojo, particularmente en la retina y en el

cristalino, así como en algunos tejidos biológicos, como

la piel.

Si un haz láser intenso se enfoca sobre la retina,

la energía absorbida por ésta provoca un

calentamiento local que podría originar lesiones con

pérdida de visión que, dependiendo de la magnitud

de la exposición, puede ser o no permanente.

En términos generales la piel tolera mucho mejor

que el ojo la exposición a la energía de un haz

de láser aunque puede producirse eritemas,

pigmentación, ulceración y carbonización de la piel.

c) Etiquetado: Cada producto láser debe ir

provisto de un etiquetado en donde se indique

claramente sus características así como las advertencias

y precauciones a tener en cuenta en cada caso.

3. Toda la información de etiquetado de estos

productos debe figurar en la lengua española oficial

del Estado.

4. Los resultados realizados a diversos punteros

láser encontrados en el mercado indican que en

su mayoría son productos de clase 3B, si bien en

su etiquetado indicaban una clase inferior. Asimismo

muchos carecían de información de etiquetado en

la lengua española oficial del Estado.

5. En algunos casos se han utilizado los punteros

láser como juguete o como artículo de diversión,

usándolos de manera indiscriminada, no

adoptándose las precauciones oportunas y originando por

tanto riesgos a los usuarios y terceras personas.

Teniendo en cuenta que:

1. De los hechos relacionados se desprende que

la utilización indiscriminada de determinados

punteros láser por el público en general pudiera suponer

un riesgo grave e inminente para su seguridad.

2. Dada la diversidad de fabricantes,

importadores y distribuidores de estos productos, y su

presencia en todo el territorio del Estado, sólo puede

hacerse frente de manera apropiada adoptando

medidas aplicables en el ámbito nacional.

En el ejercicio de las competencias que le atribuye

el Real Decreto 1893/1996, de 2 de agosto ("Boletín

Oficial del Estado" número 189, del 6), y con base

en lo dispuesto en los artículos 69.1 y 72 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC)

("Boletín Oficial del Estado" número 285, de 27

de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de

13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" número

12, de 14 de enero), y en los artículos 6.4 y 9

del Real Decreto 44/1996, de 19 de enero, por

el que se adoptan medidas para garantizar la

seguridad general de los productos puestos a disposición

del consumidor ("Boletín Oficial del Estado"

número 46, de 22 de febrero),

Acuerda:

Primero.-Iniciar el procedimiento de limitación

de comercialización de punteros láser a los

consumidores.

Segundo.-Adoptar las siguientes medidas

provisionales consistentes en la limitación de venta de

todos los punteros:

De clase 3 y superior. Sólo podrán comercializarse

los concebidos para uso profesional específico, los

cuales deben indicar claramente en su etiquetado

la aplicación específica (no es uso profesional los

utilizados para conferencias).

De aquellos otros que independientemente de la

clase a la que pertenezcan:

Tengan apariencia de juguete o inciten al juego.

Se expongan junto a productos infantiles.

No tengan la información de etiquetado en la

lengua española oficial del Estado.

Contra este acuerdo no cabe interponer ningún

recurso, aunque los interesados conforme a lo

previsto en el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del

Estado" número 285, de 27 de noviembre), modificado

por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial

del Estado" número 12, de 14 de enero), podrán

realizar alegaciones para oponerse al mismo, sin

perjuicio de la posibilidad de recurrir la resolución

que ponga fin a este procedimiento.

Comuníquese este acuerdo a las Comunidades

Autónomas para su ejecución y notificación a los

interesados.

MINISTERIO

DE MEDIO AMBIENTE

Mancomunidad de los Canales

del Taibilla

Expropiaciones

Se advierte que en el tablón de anuncios de la

Mancomunidad de los Canales del Taibilla, calle

Mayor, 1, Cartagena, y en el del Ayuntamiento de

Cox, se halla expuesta al público la relación con

los bienes y derechos afectados a propietario de

este último término municipal, con motivo de la

ejecución de las obras del proyecto 07/98 de

ampliación del abastecimiento a la vega baja del Segura.

Ampliación de la conducción a Callosa de Segura

(AC/Callosa de Segura), y cuya acta previa a la

ocupación se levantará el próximo día 21 de

septiembre de 1999, a las once horas. Lugar de reunión:

Ayuntamiento de Cox-Secretaría.

Cartagena, 29 de julio de 1999.-El Director,

Isidoro Carrillo de la Orden.-33.633.

Expropiaciones

Se advierte que en el tablón de anuncios de la

Mancomunidad de los Canales del Taibilla, calle

Mayor, 1, Cartagena, y en el del Ayuntamiento de

Cartagena, se halla expuesta al público la relación

con los bienes y derechos afectados a propietario

de este último término municipal, con motivo de

la ejecución de las obras del proyecto 02/99

modificado número 1 del proyecto 03/98 de ampliación

de la tubería Tentegorra-Alameda y enlace con el

depósito de Quitapellejos. Primera fase

(MU/Cartagena), y cuyas actas previas a la ocupación se

levantarán el próximo día 14 de septiembre de 1999,

a las once horas. Lugar de reunión: Ayuntamiento

de Cartagena-Secretaría.

Cartagena, 29 de julio de 1999.-El Director,

Isidoro Carrillo de la Orden.-33.632.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE MADRID

Consejería de Economía y Empleo

Dirección General de Industria, Energía

y Minas

Resolución por la que se somete a información pública

el proyecto de instalaciones "Ramal de suministro

a la Estación Regeneradora de Aguas Residuales Sur"

Número de referencia: 99-0788.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 34/1998,

de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y

los artículos 17 de la Ley de Expropiación Forzosa

y 56 de su Reglamento, y el artículo 86 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, se somete a información

pública el siguiente proyecto de instalaciones.

Peticionario: "Enagás, Sociedad Anónima", con

domicilio social en 28028 Madrid, avenida de

América, número 38.

Objeto de la petición: Construcción del proyecto

de instalaciones "Ramal de suministro a la Estación

Regeneradora de Aguas Residuales Sur", y su

declaración de información pública, que afecta al término

municipal de Getafe.

Características de las instalaciones:

Longitud: 2.804 metros.

Tubería: De acero con diámetros 6'' y 4''.

Presión máxima de servicio: 72 bar (AP-B).

Presupuesto total: 54.708.672 pesetas.

El proyecto incluye planos parcelarios y la relación

concreta e individualizada de bienes y derechos

afectados.

Afección a fincas particulares: La afección a fincas

particulares derivada de la construcción de este

proyecto, se concreta en la siguiente forma:

Uno. Expropiación forzosa de los terrenos sobre

los que se han de construir los elementos de

instalación fija en superficie.

Dos. Para las canalizaciones:

A) Imposición de servidumbre permanente de

paso de gas a lo largo del trazado de la conducción,

con una anchura de 2 metros, 1 a cada lado del

eje, por donde discurrirá enterrada la tubería o

tuberías que se requieran para la conducción del gas.

Esta servidumbre que se establece estará sujeta a

las siguientes limitaciones al dominio:

1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o

similares a una profundidad superior a 50

centímetros, así como de plantar árboles o arbustos a

una distancia inferior a 2 metros a contar del eje

de la tubería.

2. Prohibición de realizar cualquier tipo de

obras, construcción, edificación o efectuar acto

alguno que pudiera dañar o perturbar el buen

funcionamiento de las instalaciones, a una distancia

inferior a 5 metros del eje del trazado, a uno y otro

lado del mismo.

Esta distancia podrá reducirse siempre que se

solicite expresamente y se cumplan las condiciones que,

en cada caso, fije el órgano competente de la

Administración.

3. Libre acceso del personal y equipos

necesarios para poder mantener, reparar o renovar las

instalaciones con pago, en su caso, de los daños

que ocasionen.

4. Posibilidad de instalar los hitos de

señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así

como de realizar las obras superficiales o

subterráneas que sean necesarias para la ejecución o

funcionamiento de las instalaciones.

B) Ocupación temporal de los terrenos

necesarios para la ejecución de las obras, de la franja

que se refleja para cada finca en los planos

parcelarios de expropiación. En esta zona se hará

desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se

realizarán las obras necesarias para el tendido e

instalación de la canalización y elementos anexos,

ejecutando los trabajos u operaciones precisas a dichos

fines.

Tres.-Para el paso de los cables de conexión y

elementos dispersores de protección catódica:

A) Imposición de servidumbre permanente de

paso en una franja de terreno de 1 metro de ancho,

por donde discurrirán enterrados los cables de

conexión. Para los lechos dispersores de la

protección catódica, la franja de terreno, donde se

establece la imposición de servidumbre permanente de

paso, tendrá como anchura, la correspondiente a

la de la instalación más 1 metro a cada lado. Estas

franjas estarán sujetas a las siguientes limitaciones:

Prohibición de efectuar trabajos de arada o

similares a una profundidad superior a 50 centímetros,

a plantar árboles o arbustos y realizar cualquier tipo

de obras, construcción o edificación a una distancia

inferior a 1,5 metros a cada lado del cable de

conexión o del límite de la instalación enterrada

de los lechos dispersores, pudiendo ejercer el

derecho a talar o arrancar los árboles o arbustos que

hubiera a distancia inferior a la indicada.

Libre acceso del personal y elementos necesarios

para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las

instalaciones, con pago, en su caso, de los daños

que se ocasionen.

B) Ocupación temporal, como necesidad

derivada de la ejecución de las obras de la zona que

se refleja para cada finca en los planos parcelarios

de expropiación. En esta zona se hará desaparecer,

temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las

obras necesarias para el tendido y montaje de las

instalaciones y elementos anexos, ejecutando los

trabajos u operaciones precisas a dichos fines.

Lo que se hace público para conocimiento general

y especialmente de los propietarios de terrenos y

demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya

relación se inserta al final de este anuncio, para

que pueda ser examinado el expediente en la

Dirección General de Industria, Energía y Minas de la

Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad

de Madrid, sita en la calle Cardenal Marcelo

Spinola, 14, edificio F 4, 28016 Madrid, y presentar

por triplicado ejemplar, en dicho centro las

alegaciones que consideren oportunas en el plazo de

veinte días a partir del siguiente al de la inserción

de este anuncio.

Madrid, 6 de julio de 1999.-El Director general,

Jaime Marín Ibáñez.-33.592.

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por el proyecto ramal de suministro a la E.R.A.R Sur

Finca número y domicilio Titular Naturaleza

M-GE-1 Francisco y Ángel Cervera Benavente, calle Ramiro, II, 1, 28003 Madrid. 154 35 Labor 57 secano. 14

M-GE-2 Ana María, Victoria, Juan, Elena y Felisa Ayuso Oteo. Paulina Oteo Gómez, calle

Jacinto Verdaguer, 36, 7. º C, 28019 Madrid.

M-GE-3 Ayuntamiento de Getafe, calle Ramón y Cajal, sin número, 28901, Getafe, Madrid. 6 60 Camino.

M-GE-4 Ana María, Victoria, Juan, Elena y Felisa Ayuso Oteo. Paulina Oteo Gómez, calle

Jacinto Verdaguer, 36, 7. º C, 28019 Madrid.

M-GE-5 María de las Nieves Padilla Merchán, calle Capellanes, 28, 28901 Getafe, Madrid. 71 764 35 Viña. 4

M-GE-6 "Alquileres y Construcciones de Viviendas, Sociedad Anónima" (ALCOVISA), calle

Ferraz, 71, 5. º D, 28008, Madrid.

M-GE-7 Aquilino Cervera Azofra, calle Madrid, 98, 28902 Getafe, Madrid. 16 35 Labor secano. 3 0

M-GE-8 Agustina, Luisa, Antonia, María Carmen, Francisco, Emilio y Rufino Valtierra Sainero.

Antonia Sainero Vaquero, calle Hospital de San José, 41, 28901 Getafe, Madrid.

M-GE-9 Comunidad Autónoma de Madrid, Consejería de Transportes, Dirección General

de Carreteras, calle Orense, 60, 28020 Madrid.

M-GE-10Juan José, Mauricio y Buenaventura Fernández Durán y Álvarez de Bohórquez, carretera

San Martín de la Vega, kilómetro 8,100 (Caserío de Perales), 28906 Getafe, Madrid.

M-GE-11 Ayuntamiento de Getafe, calle Ramón y Cajal, sin número, 28902 Getafe, Madrid. 4 40 Camino.

M-GE-12Juan José, Mauricio y Buenaventura Fernández Durán y Álvarez Bohórquez, carretera

San Martín de la Vega, kilómetro 8,100 (Caserío de Perales), 28906 Getafe, Madrid.

M-GE-13 Confederación Hidrográfica del Tajo, calle Agustín de Bethencourt, 25, 28003 Madrid. 25 250 Acequia.

M-GE-14 José Escolar García, plaza España, 8, 28994 Fuenlabrada, Madrid. 5.430 48 31 43, y 60 Labor 543 regadío.

M-GE-15 Confederación Hidrográfica del Tajo, calle Agustín de Bethencourt, 25, 28003 Madrid. 63 630 Río.

M-GE-16 José Escolar García, plaza España, 8, 28944 Fuenlabrada, Madrid. 2.830 31 Pradera. 40 283

M-GE-17 Luis y Paloma Mac-Crohon Garay, calle Ayala, 58, 3.

M-GE-18 Antonio, Claudio y Ana María Hernández-Ros Hernández Ros Murcia, María Murcia

Fernández, calle Jericó, 3, 28007 Madrid.

M-GE-18 bis Pablo Gil González, calle Gallegos, 18, 28032 Madrid. 2.780 31 Labor regadío. 4 278

M-GE-18-bis-1Carmen Gil Morales, calle Francisco Gervás, 9, 28020 Madrid. 2.380 31 Labor regadío. 4 238

M-GE-19 Pilar Gil Morales, calle Alcalde Sainz de Baranda, 41, 28009 Madrid. 2.760 31 Labor regadío. 276 5

M-GE-20 Ayuntamiento de Madrid, Junta Municipal del Distrito Puente de Vallecas, avenida

de la Albufera, 42, 28038 Madrid.

M-GE-21 Comunidad Autónoma de Madrid, Dirección General de Agricultura y Alimentación,

Servicio de Estructuras, Producción y Desarrollo Agrario, calle Ronda de

Atocha, 17, 28012 Madrid.

M-GE-22 Confederación Hidrográfica del Tajo, calle Agustín de Bethencourt, 25, 28071 Madrid. 31 310 Canal.

M-GE-23 Ayuntamiento de Madrid, Junta Municipal del Distrito Puente de Vallecas, avenida

de la Albufera, 42, 28038 Madrid.

Finca número y domicilio Titular Naturaleza

M-GE-1-PO Francisco y Ángel Cervera Benavente, calle Ramiro, II, 1, 28003 Madrid. 0 66 35 Labor 57 0 secano.

M-GE-2-PO Ana María, Victoria, Juan, Elena y Felisa Ayuso Oteo, Paulina Oteo Gómez, calle

Jacinto Verdaguer, 36, 7. º C, 28019 Madrid.

M-GE-3-PO Ayuntamiento de Getafe, calle Ramón y Cajal, sin número, 28902 Getafe, Madrid. 0 0 92 Camino.

M-GE-23-PO Ayuntamiento de Madrid, Junta Municipal del Distrito Puente de Vallecas, avenida

de la Albufera, 42, 28038 Madrid.

Abreviaturas utilizadas: PO = Posición.

-

ml

Término municipal Getafe

12 136 35 Viña. 59

307 3.070 35 Labor secano. 1

259 2.612 35 Labor secano. 2

35 350 Carretera.

51 528 31 Labor 11 secano.

128 1.280 31 Labor 17 secano.

º A, 28001 Madrid. 480 31 Pastos. 48 51

516 5.100 31 Labor regadío. 4

12 120 Colector.

87 pecuaria. 870 Vía

Instalaciones auxiliares

Long.

-

ml

Término municipal Getafe

0 0 18 35 Viña. 59

0 0 7 Jardín.

Afección Catastro

O. T.

- Polígono Parcela

m 2

0 35 24 Viña. 5

2 20 Jardín.

Afección Catastro

O. T. Exp.

- - Polígono Parcela

m 2 m 2

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid