MINISTERIO DE JUSTICIA
Subsecretaría
Gabinete Técnico
Edicto
Doña Carla Falcó y Medina ha solicitado la
sucesión en el título de Conde de Santa Isabel, con
Grandeza de España, vacante por fallecimiento de
su abuela, doña Hilda Fernández de Córdoba
Mariategui, lo que se anuncia por el plazo de treinta
días, contados a partir de de la publicación de este
edicto, a los efectos del artículo 6. º del Real Decreto
de 17 de mayo de 1912, en su redacción dada por
el 222/1988, de 11 de marzo, para que puedan
solicitar lo conveniente los que se consideren con
derecho al referido título.
Madrid, 20 de julio de 1999.-Por la Unidad, el
Consejero Técnico, Antonio Luque García.-32.592.
MINISTERIO DE FOMENTO
Red Nacional de los Ferrocarriles
Españoles
Resolución por la que se anuncia la declaración
de innecesariedad de diversos inmuebles
El Consejo de Administración de RENFE, en
el uso de las facultades que le confiere su vigente
Estatuto, aprobado por Real Decreto de 28 de enero
de 1994, ha declarado innecesarios para la
prestación de los servicios ferroviarios de los inmuebles
que a continuación se describen:
Urbana: Parcela de terreno en el término
municipal de Madrid, situada entre los puntos
kilométricos 2,450 y 4,048 de la línea Madrid-Burgos; tiene
forma irregular, con una extensión superficial de
27.802 metros cuadrados, y los siguientes linderos:
Norte, terrenos RENFE; sur, terrenos RENFE; este,
terrenos propiedad de particulares, y oeste, terrenos
RENFE.
Urbana: Parcela de terreno en el término
municipal de La Roda de Andalucía (Sevilla), de 436
metros cuadrados; en su interior están ubicadas dos
viviendas unifamiliares entre medianeras, con una
superficie edificada de 176 metros cuadrados
construidos, situada en el antiguo ramal de enlace de
La Roda de Andalucía, entre los puntos kilométricos
0,176 al 0,208, lado izquierdo, y los siguientes
linderos: Norte, finca urbana sita en avenida de los
Llanos, número 29; sur, terrenos del Ayuntamiento
sitos en avenida de los Llanos, número 23,
expropiados a RENFE; este, avenida de los Llanos, y
oeste, terrenos del Ayuntamiento sitos en avenida
de los Llanos, número 23, expropiados a RENFE.
Urbana: Parcela de terreno en el término
municipal de La Roda de Andalucía (Sevilla), con una
superficie de 1.797 metros cuadrados, en la que
están ubicadas siete viviendas, una de ellas
unifamiliar y las seis restantes en un bloque de tres plantas
(CLR), con una superficie edificada total de 392
metros cuadrados construidos. Situadas en el
antiguo ramal de enlace en La Roda de Andalucía,
entre los puntos kilométricos 0,460 al 0,504, lado
izquierdo, y los siguientes linderos: Norte, terrenos
de RENFE; sur, terrenos del Ayuntamiento
expropiados a RENFE; este, terrenos de RENFE, línea
férrea Córdoba-Málaga, y oeste, calle Villa Trinidad.
No urbanizable: Parcela de terreno en la avenida
de la Estación, del término municipal de Cintruénigo
(Navarra), antigua Estación de Fitero, situada al
lado izquierdo de la línea férrea de Soria-Castejón.
Presenta forma irregular, con una extensión
superficial de 7.086 metros cuadrados y los siguientes
linderos: Norte, RENFE y parcela número 704,
polígono 5, don Fernando Chivite Francés; sur, parcela
número 785, polígono 5, don Santos López
Fernández y RENFE; este, RENFE, y oeste, carretera
de Pamplona a Madrid.
Urbana: Parcela de terreno en el término
municipal de Tarancón (Cuenca), situada entre los puntos
kilométricos 58,913 al 58,981 de la línea
Aranjuez-Utiel; tiene forma triangular, con una extensión
superficial de 1.166 metros cuadrados, y los
siguientes linderos: Norte, "Triconsa, Sociedad Limitada",
y doña María del Carmen Benzón; sur, RENFE;
este, avenida Pablo Iglesias, y oeste, RENFE.
Urbana: Parcela de terreno en el término
municipal de Tarancón (Cuenca), situada entre los puntos
kilométricos 59,070 al 59,310 de la línea
Aranjuez-Utiel; tiene forma irregular alargada, con una
extensión superficial de 7.273 metros cuadrados,
y los siguientes linderos: Norte, calle General Emilio
Villaescusa, don Librado Lorente y don Domingo
Sánchez; sur, RENFE; este, RENFE, y oeste, don
Librado Lorente y calle San Isidro.
Urbana: Parcela de terreno en el término
municipal de Tarancón (Cuenca), situada entre los puntos
kilométricos 59,379 al 59,419 de la línea
Aranjuez-Utiel; tiene forma trapezoidal, con una
extensión superficial de 918 metros cuadrados, y los
siguientes linderos: Norte, doña Elisa Sánchez y
doña María Guijarro; sur, RENFE; este, doña María
Guijarro, y oeste, RENFE.
Rústica: Parcela de terreno en el término
municipal de Tarancón (Cuenca), situada entre los puntos
kilométricos 59,170 al 59,243 de la línea
Aranjuez-Utiel; tiene forma irregular, con una extensión
superficial de 1.476 metros cuadrados, y los
siguientes linderos: Norte, RENFE; sur, don Gregorio
Rodríguez y don Luis Loriente; este, RENFE, y
oeste, doña Felisa Gómez.
Rústica: Parcela de terreno en el término
municipal de Tarancón (Cuenca), situada entre los puntos
kilométricos 59,081 al 59,102 de la línea
Aranjuez-Utiel; tiene forma irregular, con una extensión
superficial de 171 metros cuadrados, y los siguientes
linderos: Norte, RENFE; sur, don Juan Fernández;
este, RENFE, y oeste, don Gregorio Rodríguez.
Urbana: Parcela de terreno en la calle Santa Elena,
número 1, del término municipal de Esquiroz de
Galar (Navarra), situada al lado derecho de la línea
férrea de Zaragoza-Alsasua. Presenta forma
aparentemente de trapecio, con una extensión superficial
de 561 metros cuadrados y con casilla de 65 metros
cuadrados, y los siguientes linderos: Norte,
particular, parcela 99 del polígono 2; sur, particular,
parcela 101 del polígono 2; este, particular,
parcela 101 del polígono 2, y oeste, calle Santa Elena.
Urbana: Parcela de terreno en el término
municipal de Torrelavega (Cantabria), situada al lado
izquierdo de la línea férrea de Venta de Baños a
Santander, entre los puntos kilométricos 484,883
al 485,007. Presenta forma triangular, con una
extensión superficial de 3.720 metros cuadrados,
y los siguientes linderos: Norte, fincas urbanas de
referencia catastral 5479001 y 5479002; sur,
andenes y vías de la estación; este, patio de vehículos
de la estación, y oeste, vías de la estación.
El tiempo transcurrido desde la adquisición de
este inmueble y, asimismo, los avatares de todo tipo
acontecidos desde entonces imposibilitan
materialmente la notificación individualizada a los titulares
de posibles derechos, por lo que procede realizar
dicha notificación de forma pública, de acuerdo con
lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común de 26 de
noviembre de 1992, en la nueva redacción recogida en
la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Lo que se hace público, igualmente, a los efectos
de dar cumplimiento a lo dispuesto en los
artículos 54 y 55 de la Ley de Expropiación Forzosa
de 16 de diciembre de 1954 y en el artículo 65
de su Reglamento de 26 de abril de 1957. Las
solicituides deberán formularse, mediante instancia
dirigida al excelentísimo señor Ministro de Fomento,
Subsecretaría, Sección de Expropiaciones,
Ministerio de Fomento, dentro del plazo de un mes, contado
a partir de la fecha de su publicación.
Madrid, 29 de julio de 1999.-El Director Gerente
de la U. N. de Patrimonio y Urbanismo, Rafael
Almodóvar Trueba.-33.671.
MINISTERIO
DE INDUSTRIA Y ENERGÍA
Dirección General de la Energía
Resolución por la que se autoriza a "Fagur, Sociedad
Limitada", el establecimiento de una línea eléctrica
subterránea a 15 kV Cebreros (Ávila)-Valdemaqueda
(Madrid), y un centro de transformación de 50 kVA
en la finca "Villaescusa" en Valdemaqueda (Madrid)
Visto el expediente incoado en el Área de Industria
y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid
y en el Servicio Territorial de Industria, Comercio
y Turismo de la Junta de Castilla y León en Ávila,
a instancias de "Fincas Agrícolas Ganaderas y
Urbanas" ("Fagur, Sociedad Limitada"), con domicilio
en Madrid, calle de Serrano, número 100,
solicitando autorización para establecimiento de la
instalación que se cita;
Resultando que la petición ha sido sometida a
información pública, de conformidad con lo previsto
en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre
autorización de instalaciones eléctricas, vigente en
virtud de lo establecido en la disposición transitoria
primera de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre,
del Sector Eléctrico, durante el plazo reglamentario
no se han presentado alegaciones ni oposición a
la autorización pretendida;
Resultando que solicitados informes a los
Organismos que pudieran verse afectados por la
instalación, tampoco se presenta oposición, siendo
aceptados por la empresa los condicionados impuestos,
no existiendo tampoco oposición por parte de los
Ayuntamientos por cuyos términos municipales
discurrira la instalación;
Considerando que se han cumplido los trámites
reglamentarios ordenados en el capítulo III del
Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre
autorización de instalaciones eléctricas,
Esta Dirección General de la Energía ha resuelto:
Autorizar a "Fagur, Sociedad Limitada", el
establecimiento de una línea eléctrica subterránea a 15
kV, interprovincial Ávila-Madrid, y un centro de
transformación de 50 kVA, cuyas características
principales son:
Origen: Línea a 15 kV situada en la finca "El
Quexigal", en el término municipal de Cebreros
(Ávila).
Final: Centro de transformación que se instala
en la finca "Villaescusa" en el término municipal
de Valdemaqueda (Madrid).
Longitud: 2,8 km.
Conductor: De aluminio de 150 mm 2 y
aislamiento seco, tendido en zanja de 0,8 m de
pronfundidad mínima, capa de tierra, cinta señalizadora
y tierra compacta.
Protecciones: En el apoyo de origen se instalarán
fusibles tipo XS y autoválvulas.
Puesta a tierra: Se pondrá a tierra la pantalla
conductora, el fleje de protección y los herrajes de
sujeción de los conductores. El apoyo metálico de
entronque irá puesto a tierra mediante anillo de
cable de cobre.
Centro de transformación: De 50 kVA, relación
de transformación 15>5 por 100-0,38/0,22 kV en
caseta prefabricada de hormigón.
La finalidad de la instalación es suministrar
energía eléctrica a la finca "Villaescusa", en el término
municipal de Valdemaqueda (Madrid).
Contra la presente Resolución cabe interponer
recurso de alzada ante el excelentísimo señor
Secretario de Estado de Industria y Energía, en el plazo
de un mes, de acuerdo con lo establecido en la
Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y en la Ley 6/1997, de 14
de abril, de Organización y Funcionamiento de la
Administración General del Estado.
Madrid, 14 de julio de 1999.-El Director general,
Antonio Gomis Sáez.
Área de Industria y Energía de la Delegación de
Gobierno de Madrid. Servicio Territorial de
Industria, Comercio y Turismo de la Junta de Castilla
León. Ávila.-32.522.
MINISTERIO
DE ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS
Subdelegaciones del Gobierno
ALICANTE
Dependencia del Área de Industria y Energía
Información pública relativa a la solicitud de
autorización administrativa de las instalaciones
correspondientes a una estación de regulación y medida
en el gasoducto Valencia-Alicante, en la provincia
de Alicante
A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7
de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y en el
Reglamento General del Servicio Público de Gases
Combustibles, aprobado por Decreto 2913/1973,
de 26 de octubre, se somete a información pública
el siguiente proyecto de instalaciones:
Peticionario: "Enagas, Sociedad Anónima", con
domicilio en avenida de América, número 38, 28028
Madrid.
Objeto de la petición: Autorización administrativa
del proyecto de instalaciones de una estación de
regulación y medida en la posición 15-22 del
gasoducto Valencia-Alicante, término municipal de Ibi,
de Alicante.
Descripción de las instalaciones: La estación
estará constituida por dos líneas, con posibilidad de
ampliación en una tercera. Cada línea comprende
módulos de filtración, calentamiento y regulación
de temperatura, regulación de presión y de medición
de caudal, la instalación comprende:
Colectores de entrada y salida de gas, tres líneas.
Calderas, sistema de agua caliente y sistema de
fuel-gas asociado.
Cableado, cajas de conexión y armarios de control
asociados a la instrumentación y necesarios para
la alimentación eléctrica de los aparatos.
Sistema de detección de gases y detección y
extinción de incendios.
Obra civil, que incluye el edificio destinado a alojar
las instalaciones proyectadas.
Presupuesto: 25.018.612 pesetas.
Afección a fincas privadas: No existe afección,
por cuanto se construirá en terrenos propiedad de
la solicitante.
Lo que se hace público para conocimiento general,
y para que quien se considere interesado pueda
examinar el mencionado Proyecto en esta Dependencia
del Área de Industria y Energía de la Subdelegación
de Gobierno en Alicante, sita en avenida de Federico
Soto, 11, 03071 Alicante, y presentar por triplicado,
en dicho centro, las alegaciones que considere
oportunas en el plazo de veinte días a partir del siguiente
a la inserción de este anuncio.
Alicante, 14 de julio de 1999.-El Jefe de la
Dependencia, Alfonso Francisco Muñoz Gámez.-33.591.
MINISTERIO
DE SANIDAD Y CONSUMO
Vicepresidencia
Resolución por la que se publica el acuerdo de
iniciación de procedimiento de limitar la
comercialización de punteros láser y adopción de medidas
provisionales
Adoptado el 24 de mayo de 1999 el acuerdo
de iniciación de procedimiento de limitar la
comercialización de punteros láser y adopción de medidas
provisionales.
Esta Vicepresidencia, en aplicación del artículo
59.5, apartado a), de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, ha dispuesto que se publique en
el "Boletín Oficial del Estado" el texto del acuerdo
que se adjunta.
Madrid, 26 de mayo de 1999.-El Vicepresidente,
Óscar López Santos.-32.465.
Acuerdo de iniciación de procedimiento de limitar
la comercialización de punteros láser y adopción
de medidas provisionales
En Madrid, a 24 de mayo de 1999.
Este Instituto Nacional del Consumo ha tenido
conocimiento de los siguientes hechos:
1. través A del Sistema de Intercambio Rápido
de Información se han recibido numerosas
notificaciones alertando de la venta indiscriminada al
público en general y a los niños, en particular, de
punteros láser que por las características de la
radiación láser que utilizan pueden suponer un riesgo
para los que los usen.
2. La norma UNE-EN 60825-1/1994, seguridad
de los productos láser modificada por la
EN-60825-1/A-11 clasifica a estos productos y
establece tanto los requisitos que deben reunir con el
fin de asegurar un nivel de seguridad razonablemente
previsible, como las instrucciones y advertencias de
seguridad que indiquen al usuario el modo de
empleo correcto.
En dicha norma se indica lo siguiente:
a) Clasificación: Los productos láser se pueden
clasificar dependiendo de su longitud de onda,
contenido energético y características del impulso del
haz de láser en cinco clases: 1, 2, 3A, 3B y 4,
siendo la 1 la más segura y la 4 la más peligrosa.
b) Precauciones de empleo:
Los productos que utilizan láser de las clases 3A,
3B y 4 pueden representar riesgo no solamente para
el usuario, sino para otras personas, aunque estén
a distancia considerable, por lo que deben ser usados
únicamente por personas con formación adecuada.
En productos láser de la clase 2 se han de tomar
precauciones para evitar la visión continua directa
del haz.
La exposición a la radiación láser ha de ser tan
baja como sea posible.
La exposición prolongada a niveles moderados
de luz láser pueden producir cambios irreversibles
en el ojo, particularmente en la retina y en el
cristalino, así como en algunos tejidos biológicos, como
la piel.
Si un haz láser intenso se enfoca sobre la retina,
la energía absorbida por ésta provoca un
calentamiento local que podría originar lesiones con
pérdida de visión que, dependiendo de la magnitud
de la exposición, puede ser o no permanente.
En términos generales la piel tolera mucho mejor
que el ojo la exposición a la energía de un haz
de láser aunque puede producirse eritemas,
pigmentación, ulceración y carbonización de la piel.
c) Etiquetado: Cada producto láser debe ir
provisto de un etiquetado en donde se indique
claramente sus características así como las advertencias
y precauciones a tener en cuenta en cada caso.
3. Toda la información de etiquetado de estos
productos debe figurar en la lengua española oficial
del Estado.
4. Los resultados realizados a diversos punteros
láser encontrados en el mercado indican que en
su mayoría son productos de clase 3B, si bien en
su etiquetado indicaban una clase inferior. Asimismo
muchos carecían de información de etiquetado en
la lengua española oficial del Estado.
5. En algunos casos se han utilizado los punteros
láser como juguete o como artículo de diversión,
usándolos de manera indiscriminada, no
adoptándose las precauciones oportunas y originando por
tanto riesgos a los usuarios y terceras personas.
Teniendo en cuenta que:
1. De los hechos relacionados se desprende que
la utilización indiscriminada de determinados
punteros láser por el público en general pudiera suponer
un riesgo grave e inminente para su seguridad.
2. Dada la diversidad de fabricantes,
importadores y distribuidores de estos productos, y su
presencia en todo el territorio del Estado, sólo puede
hacerse frente de manera apropiada adoptando
medidas aplicables en el ámbito nacional.
En el ejercicio de las competencias que le atribuye
el Real Decreto 1893/1996, de 2 de agosto ("Boletín
Oficial del Estado" número 189, del 6), y con base
en lo dispuesto en los artículos 69.1 y 72 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC)
("Boletín Oficial del Estado" número 285, de 27
de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de
13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" número
12, de 14 de enero), y en los artículos 6.4 y 9
del Real Decreto 44/1996, de 19 de enero, por
el que se adoptan medidas para garantizar la
seguridad general de los productos puestos a disposición
del consumidor ("Boletín Oficial del Estado"
número 46, de 22 de febrero),
Acuerda:
Primero.-Iniciar el procedimiento de limitación
de comercialización de punteros láser a los
consumidores.
Segundo.-Adoptar las siguientes medidas
provisionales consistentes en la limitación de venta de
todos los punteros:
De clase 3 y superior. Sólo podrán comercializarse
los concebidos para uso profesional específico, los
cuales deben indicar claramente en su etiquetado
la aplicación específica (no es uso profesional los
utilizados para conferencias).
De aquellos otros que independientemente de la
clase a la que pertenezcan:
Tengan apariencia de juguete o inciten al juego.
Se expongan junto a productos infantiles.
No tengan la información de etiquetado en la
lengua española oficial del Estado.
Contra este acuerdo no cabe interponer ningún
recurso, aunque los interesados conforme a lo
previsto en el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común ("Boletín Oficial del
Estado" número 285, de 27 de noviembre), modificado
por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial
del Estado" número 12, de 14 de enero), podrán
realizar alegaciones para oponerse al mismo, sin
perjuicio de la posibilidad de recurrir la resolución
que ponga fin a este procedimiento.
Comuníquese este acuerdo a las Comunidades
Autónomas para su ejecución y notificación a los
interesados.
MINISTERIO
DE MEDIO AMBIENTE
Mancomunidad de los Canales
del Taibilla
Expropiaciones
Se advierte que en el tablón de anuncios de la
Mancomunidad de los Canales del Taibilla, calle
Mayor, 1, Cartagena, y en el del Ayuntamiento de
Cox, se halla expuesta al público la relación con
los bienes y derechos afectados a propietario de
este último término municipal, con motivo de la
ejecución de las obras del proyecto 07/98 de
ampliación del abastecimiento a la vega baja del Segura.
Ampliación de la conducción a Callosa de Segura
(AC/Callosa de Segura), y cuya acta previa a la
ocupación se levantará el próximo día 21 de
septiembre de 1999, a las once horas. Lugar de reunión:
Ayuntamiento de Cox-Secretaría.
Cartagena, 29 de julio de 1999.-El Director,
Isidoro Carrillo de la Orden.-33.633.
Expropiaciones
Se advierte que en el tablón de anuncios de la
Mancomunidad de los Canales del Taibilla, calle
Mayor, 1, Cartagena, y en el del Ayuntamiento de
Cartagena, se halla expuesta al público la relación
con los bienes y derechos afectados a propietario
de este último término municipal, con motivo de
la ejecución de las obras del proyecto 02/99
modificado número 1 del proyecto 03/98 de ampliación
de la tubería Tentegorra-Alameda y enlace con el
depósito de Quitapellejos. Primera fase
(MU/Cartagena), y cuyas actas previas a la ocupación se
levantarán el próximo día 14 de septiembre de 1999,
a las once horas. Lugar de reunión: Ayuntamiento
de Cartagena-Secretaría.
Cartagena, 29 de julio de 1999.-El Director,
Isidoro Carrillo de la Orden.-33.632.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE MADRID
Consejería de Economía y Empleo
Dirección General de Industria, Energía
y Minas
Resolución por la que se somete a información pública
el proyecto de instalaciones "Ramal de suministro
a la Estación Regeneradora de Aguas Residuales Sur"
Número de referencia: 99-0788.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 34/1998,
de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y
los artículos 17 de la Ley de Expropiación Forzosa
y 56 de su Reglamento, y el artículo 86 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, se somete a información
pública el siguiente proyecto de instalaciones.
Peticionario: "Enagás, Sociedad Anónima", con
domicilio social en 28028 Madrid, avenida de
América, número 38.
Objeto de la petición: Construcción del proyecto
de instalaciones "Ramal de suministro a la Estación
Regeneradora de Aguas Residuales Sur", y su
declaración de información pública, que afecta al término
municipal de Getafe.
Características de las instalaciones:
Longitud: 2.804 metros.
Tubería: De acero con diámetros 6'' y 4''.
Presión máxima de servicio: 72 bar (AP-B).
Presupuesto total: 54.708.672 pesetas.
El proyecto incluye planos parcelarios y la relación
concreta e individualizada de bienes y derechos
afectados.
Afección a fincas particulares: La afección a fincas
particulares derivada de la construcción de este
proyecto, se concreta en la siguiente forma:
Uno. Expropiación forzosa de los terrenos sobre
los que se han de construir los elementos de
instalación fija en superficie.
Dos. Para las canalizaciones:
A) Imposición de servidumbre permanente de
paso de gas a lo largo del trazado de la conducción,
con una anchura de 2 metros, 1 a cada lado del
eje, por donde discurrirá enterrada la tubería o
tuberías que se requieran para la conducción del gas.
Esta servidumbre que se establece estará sujeta a
las siguientes limitaciones al dominio:
1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o
similares a una profundidad superior a 50
centímetros, así como de plantar árboles o arbustos a
una distancia inferior a 2 metros a contar del eje
de la tubería.
2. Prohibición de realizar cualquier tipo de
obras, construcción, edificación o efectuar acto
alguno que pudiera dañar o perturbar el buen
funcionamiento de las instalaciones, a una distancia
inferior a 5 metros del eje del trazado, a uno y otro
lado del mismo.
Esta distancia podrá reducirse siempre que se
solicite expresamente y se cumplan las condiciones que,
en cada caso, fije el órgano competente de la
Administración.
3. Libre acceso del personal y equipos
necesarios para poder mantener, reparar o renovar las
instalaciones con pago, en su caso, de los daños
que ocasionen.
4. Posibilidad de instalar los hitos de
señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así
como de realizar las obras superficiales o
subterráneas que sean necesarias para la ejecución o
funcionamiento de las instalaciones.
B) Ocupación temporal de los terrenos
necesarios para la ejecución de las obras, de la franja
que se refleja para cada finca en los planos
parcelarios de expropiación. En esta zona se hará
desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se
realizarán las obras necesarias para el tendido e
instalación de la canalización y elementos anexos,
ejecutando los trabajos u operaciones precisas a dichos
fines.
Tres.-Para el paso de los cables de conexión y
elementos dispersores de protección catódica:
A) Imposición de servidumbre permanente de
paso en una franja de terreno de 1 metro de ancho,
por donde discurrirán enterrados los cables de
conexión. Para los lechos dispersores de la
protección catódica, la franja de terreno, donde se
establece la imposición de servidumbre permanente de
paso, tendrá como anchura, la correspondiente a
la de la instalación más 1 metro a cada lado. Estas
franjas estarán sujetas a las siguientes limitaciones:
Prohibición de efectuar trabajos de arada o
similares a una profundidad superior a 50 centímetros,
a plantar árboles o arbustos y realizar cualquier tipo
de obras, construcción o edificación a una distancia
inferior a 1,5 metros a cada lado del cable de
conexión o del límite de la instalación enterrada
de los lechos dispersores, pudiendo ejercer el
derecho a talar o arrancar los árboles o arbustos que
hubiera a distancia inferior a la indicada.
Libre acceso del personal y elementos necesarios
para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las
instalaciones, con pago, en su caso, de los daños
que se ocasionen.
B) Ocupación temporal, como necesidad
derivada de la ejecución de las obras de la zona que
se refleja para cada finca en los planos parcelarios
de expropiación. En esta zona se hará desaparecer,
temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las
obras necesarias para el tendido y montaje de las
instalaciones y elementos anexos, ejecutando los
trabajos u operaciones precisas a dichos fines.
Lo que se hace público para conocimiento general
y especialmente de los propietarios de terrenos y
demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya
relación se inserta al final de este anuncio, para
que pueda ser examinado el expediente en la
Dirección General de Industria, Energía y Minas de la
Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad
de Madrid, sita en la calle Cardenal Marcelo
Spinola, 14, edificio F 4, 28016 Madrid, y presentar
por triplicado ejemplar, en dicho centro las
alegaciones que consideren oportunas en el plazo de
veinte días a partir del siguiente al de la inserción
de este anuncio.
Madrid, 6 de julio de 1999.-El Director general,
Jaime Marín Ibáñez.-33.592.
Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por el proyecto ramal de suministro a la E.R.A.R Sur
Finca número y domicilio Titular Naturaleza
M-GE-1 Francisco y Ángel Cervera Benavente, calle Ramiro, II, 1, 28003 Madrid. 154 35 Labor 57 secano. 14
M-GE-2 Ana María, Victoria, Juan, Elena y Felisa Ayuso Oteo. Paulina Oteo Gómez, calle
Jacinto Verdaguer, 36, 7. º C, 28019 Madrid.
M-GE-3 Ayuntamiento de Getafe, calle Ramón y Cajal, sin número, 28901, Getafe, Madrid. 6 60 Camino.
M-GE-4 Ana María, Victoria, Juan, Elena y Felisa Ayuso Oteo. Paulina Oteo Gómez, calle
Jacinto Verdaguer, 36, 7. º C, 28019 Madrid.
M-GE-5 María de las Nieves Padilla Merchán, calle Capellanes, 28, 28901 Getafe, Madrid. 71 764 35 Viña. 4
M-GE-6 "Alquileres y Construcciones de Viviendas, Sociedad Anónima" (ALCOVISA), calle
Ferraz, 71, 5. º D, 28008, Madrid.
M-GE-7 Aquilino Cervera Azofra, calle Madrid, 98, 28902 Getafe, Madrid. 16 35 Labor secano. 3 0
M-GE-8 Agustina, Luisa, Antonia, María Carmen, Francisco, Emilio y Rufino Valtierra Sainero.
Antonia Sainero Vaquero, calle Hospital de San José, 41, 28901 Getafe, Madrid.
M-GE-9 Comunidad Autónoma de Madrid, Consejería de Transportes, Dirección General
de Carreteras, calle Orense, 60, 28020 Madrid.
M-GE-10Juan José, Mauricio y Buenaventura Fernández Durán y Álvarez de Bohórquez, carretera
San Martín de la Vega, kilómetro 8,100 (Caserío de Perales), 28906 Getafe, Madrid.
M-GE-11 Ayuntamiento de Getafe, calle Ramón y Cajal, sin número, 28902 Getafe, Madrid. 4 40 Camino.
M-GE-12Juan José, Mauricio y Buenaventura Fernández Durán y Álvarez Bohórquez, carretera
San Martín de la Vega, kilómetro 8,100 (Caserío de Perales), 28906 Getafe, Madrid.
M-GE-13 Confederación Hidrográfica del Tajo, calle Agustín de Bethencourt, 25, 28003 Madrid. 25 250 Acequia.
M-GE-14 José Escolar García, plaza España, 8, 28994 Fuenlabrada, Madrid. 5.430 48 31 43, y 60 Labor 543 regadío.
M-GE-15 Confederación Hidrográfica del Tajo, calle Agustín de Bethencourt, 25, 28003 Madrid. 63 630 Río.
M-GE-16 José Escolar García, plaza España, 8, 28944 Fuenlabrada, Madrid. 2.830 31 Pradera. 40 283
M-GE-17 Luis y Paloma Mac-Crohon Garay, calle Ayala, 58, 3.
M-GE-18 Antonio, Claudio y Ana María Hernández-Ros Hernández Ros Murcia, María Murcia
Fernández, calle Jericó, 3, 28007 Madrid.
M-GE-18 bis Pablo Gil González, calle Gallegos, 18, 28032 Madrid. 2.780 31 Labor regadío. 4 278
M-GE-18-bis-1Carmen Gil Morales, calle Francisco Gervás, 9, 28020 Madrid. 2.380 31 Labor regadío. 4 238
M-GE-19 Pilar Gil Morales, calle Alcalde Sainz de Baranda, 41, 28009 Madrid. 2.760 31 Labor regadío. 276 5
M-GE-20 Ayuntamiento de Madrid, Junta Municipal del Distrito Puente de Vallecas, avenida
de la Albufera, 42, 28038 Madrid.
M-GE-21 Comunidad Autónoma de Madrid, Dirección General de Agricultura y Alimentación,
Servicio de Estructuras, Producción y Desarrollo Agrario, calle Ronda de
Atocha, 17, 28012 Madrid.
M-GE-22 Confederación Hidrográfica del Tajo, calle Agustín de Bethencourt, 25, 28071 Madrid. 31 310 Canal.
M-GE-23 Ayuntamiento de Madrid, Junta Municipal del Distrito Puente de Vallecas, avenida
de la Albufera, 42, 28038 Madrid.
Finca número y domicilio Titular Naturaleza
M-GE-1-PO Francisco y Ángel Cervera Benavente, calle Ramiro, II, 1, 28003 Madrid. 0 66 35 Labor 57 0 secano.
M-GE-2-PO Ana María, Victoria, Juan, Elena y Felisa Ayuso Oteo, Paulina Oteo Gómez, calle
Jacinto Verdaguer, 36, 7. º C, 28019 Madrid.
M-GE-3-PO Ayuntamiento de Getafe, calle Ramón y Cajal, sin número, 28902 Getafe, Madrid. 0 0 92 Camino.
M-GE-23-PO Ayuntamiento de Madrid, Junta Municipal del Distrito Puente de Vallecas, avenida
de la Albufera, 42, 28038 Madrid.
Abreviaturas utilizadas: PO = Posición.
-
ml
Término municipal Getafe
12 136 35 Viña. 59
307 3.070 35 Labor secano. 1
259 2.612 35 Labor secano. 2
35 350 Carretera.
51 528 31 Labor 11 secano.
128 1.280 31 Labor 17 secano.
º A, 28001 Madrid. 480 31 Pastos. 48 51
516 5.100 31 Labor regadío. 4
12 120 Colector.
87 pecuaria. 870 Vía
Instalaciones auxiliares
Long.
-
ml
Término municipal Getafe
0 0 18 35 Viña. 59
0 0 7 Jardín.
Afección Catastro
O. T.
- Polígono Parcela
m 2
0 35 24 Viña. 5
2 20 Jardín.
Afección Catastro
O. T. Exp.
- - Polígono Parcela
m 2 m 2
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid