MINISTERIO DE JUSTICIA
Subsecretaría
Gabinete Técnico
Edicto
Don Jaime Rodríguez-San Pedro y Martos ha
solicitado la sucesión en el título de Conde de Vega
Florida, por distribución efectuada por su madre,
doña Angustias Martos y Aguirre.
Lo que se anuncia por el plazo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto,
a los efectos de los artículos6y13delReal Decreto
de 27 de mayo de 1912, para que puedan solicitar
lo conveniente los que se consideren perjudicados
por la mencionada distribución.
Madrid, 8 de junio de 1999.-Por la Unidad, el
Consejero Técnico, Antonio Luque García.-32.832.
Edicto
Don Carlos Rodríguez-San Pedro y Martos ha
solicitado la sucesión en el título de Conde de Tilly,
por cesión que del mismo le hace su madre doña
Angustias Martos y Aguirre.
Lo que se anuncia por el plazo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto,
a los efectos de los artículos6y12delReal Decreto
de 27 de mayo de 1912, para que puedan solicitar
lo conveniente los que se consideren perjudicados
por la mencionada cesión.
Madrid, 8 de junio de 1999.-Por la Unidad, el
Consejero Técnico, Antonio Luque García.-32.833.
Edicto
Don Luis de Silva y Escrivá de Romaní ha
solicitado la sucesión en el título de Conde de la Unión,
a consecuencia de distribución efectuada por su
padre, don José Javier de Silva y Mendaro, lo que
se anuncia por el plazo de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto, a los efectos
de los artículos6y13delReal Decreto de 27
de mayo de 1912 para que puedan solicitar lo
conveniente los que se consideren perjudicados por la
mencionada distribución.
Madrid, 9 de julio de 1999.-Por la Unidad, el
Consejero técnico, Antonio Luque García.-32.685.
Edicto
Don José Javier de Silva y Escrivá de Romaní
ha solicitado la sucesión en el título de Marqués
de Angulo por cesión que del mismo le hace su
padre, don José Javier de Silva y Mendaro, lo que
se anuncia por el plazo de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto, a los efectos
de los artículos6y12delReal Decreto de 27
de mayo de 1912 para que puedan solicitar lo
conveniente los que se consideren perjudicados por la
mencionada cesión.
Madrid, 9 de julio de 1999.-Por la Unidad, el
Consejero técnico, Antonio Luque García.-32.687.
Edicto
Don José María Álvarez de Toledo y
GómezTrenor ha solicitado la sucesión en el título de Conde
de la Ventosa, vacante por fallecimiento de su padre
don José María Álvarez de Toledo y Mencos, lo
que se anuncia por el plazo de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto, a los efectos
del artículo 6 del Real Decreto de 27 de mayo
de 1912, en su redacción dada por el 222/1988,
de 11 de marzo, para que puedan solicitar lo
conveniente los que se consideren con derecho al
referido título.
Madrid, 20 de julio de 1999.-Por la Unidad, el
Consejero técnico, Antonio Luque García.-32.784.
MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Agencia Estatal de Administración
Tributaria
Delegaciones Especiales
ANDALUCÍA
de subasta
Por la Jefe de la Dependencia Regional Adjunta
de Recaudación de la Delegación Especial, de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria de
Andalucía, se ha dictado la siguiente
Providencia: "Visto el expediente administrativo
de apremio que por la Unidad Regional de
Recaudación de la Delegación Especial de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria de Andalucía
se sigue contra ªDistribuidora de los Puertos,
Sociedad Anónimaº, con código de identificación fiscal
número A11087616, por débitos a la Hacienda
Pública, habiéndose acordado, el 14 de julio de
1999, la enajenación en pública subasta del bien
inmueble embargado, procede mediante la presente
y de conformidad con lo dispuesto en el artículo
146 del Reglamento General de Recaudación,
aprobado por Real Decreto 1684/1990, de 20 de
diciembre ("Boletín Oficial del Estado" número 3, de 3
de enero de 1991), decretar la venta en pública
subasta de dicho bien inmueble, que se celebrará
el día 19 de octubre de 1999, a las once treinta
horas, en el salón de actos de la Delegación de
la Agencia Estatal de Administración Tributaria de
Cádiz, sita en plaza de la Constitución, número
1.
Descripción del bien inmueble
Lote único: Parcela de terreno denominada ªLa
Casona de Lisº, con casa, y algún olivar y arbolado,
en el pago Arroyo del Membrillar, de este término.
Ocupa una extensión superficial de 1 hectárea, y
linda: Norte, Hijuela los Siete Pinos y finca de
Herón; sur, finca de Herón; por el este, dicha Hijuela
y finca de don Antonio Cala Alarcón, y oeste, finca
de Herón. Inscrita en el Registro de la Propiedad
número 2 de Jerez de la Frontera, al tomo 1.315,
folio 55, finca número 2.123, libro 108 de la sección
tercera.
Valoración: 136.621.971 pesetas.
Cargas preferentes: 0 pesetas.
Tipo de subasta en primera licitación:
136.621.971 pesetas.
Tramos de licitación: 500.000 pesetas.
Tipo de subasta en segunda licitación:
102.466.478 pesetas.
Tramos de licitación: 500.000 pesetas.
Notifíquese esta providencia conforme establece
el artículo 146.2 del Reglamento General de
Recaudación, haciendo constar en la misma que en
cualquier momento anterior al de la adjudicación de
los bienes podrán liberarse los bienes embargados
pagando los débitos y costas del procedimiento."
En virtud a lo anteriormente expuesto, se hace
público el presente anuncio y se advierte a todos
los interesados que la citada subasta se realizará
con sujeción a las siguientes condiciones:
Primera.-Los títulos de propiedad, que han sido
suplidos por certificación de lo que de los mismos
resulta en el Registro de la Propiedad en que constan
inscritos, estarán de manifiesto en la Dependencia
Regional de Recaudación de la Delegación Especial
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
de Andalucía, para que puedan examinarlos quienes
deseen tomar parte en la subasta hasta el día anterior
a la misma (de nueve a catorce horas, de lunes
a viernes), entendiéndose que se conforman con
ellos sin que tengan derecho a exigir ningún otro.
Segunda.-Obligación de constituir ante la Mesa
de subasta el preceptivo depósito de garantía, que
será al menos del 20 por 100 del tipo de aquélla,
con advertencia de que dicho depósito se ingresará
en firme en el Tesoro si los adjudicatarios no
satisfacen el precio del remate, sin perjuicio de las
responsabilidades en que incurrirán por los mayores
perjuicios que sobre el importe del depósito origine
la inefectividad de la adjudicación.
Tercera.-Prevención de que la subasta se
suspenderá en cualquier momento anterior a la
adjudicación de bienes, si se hace el pago de la deuda,
intereses y costas del procedimiento.
Cuarta.-Obligación del rematante de entregar en
el acto de la adjudicación o dentro de los cinco
días siguientes la diferencia entre el depósito
constituido y el precio de la adjudicación.
Quinta.-Admisión de ofertas en sobre cerrado,
que deberán ajustarse a lo dispuesto en el apartado
3 del artículo 147 de este Reglamento.
Sexta.-Posibilidad de realizar una segunda
licitación cuando la Mesa, al finalizar la primera, lo
juzgue pertinente, así como posibilidad de
adjudicación directa cuando los bienes no hayan sido
adjudicados en la subasta.
Séptima.-Que las cargas o gravámenes anteriores
y preferentes al Derecho del Estado quedarán
subsistentes, sin aplicarse a su extinción el precio del
remate, entendiéndose que los rematantes los
aceptan y quedan subrogados en las responsabilidades
de los mismos.
Octava.-Que, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 158 del Reglamento General de
Recaudación, el Estado se reserva el derecho a pedir la
adjudicación de los bienes embargados cuando en
el procedimiento de enajenación regulado en el
capítulo VI del título I del libro III del Reglamento
General de Recaudación no se hubieren adjudicado.
Novena.-Que los gastos de escritura y cuantos
se deriven de la adjudicación serán de cuenta del
rematante.
Décima.-En el caso de deudores u otros
interesados con domicilio desconocido, la notificación
de subasta se entenderá efectuada, a todos los efectos
legales, por medio del presente anuncio.
El presente anuncio de subasta será expuesto al
público, en el tablón de anuncios de la Delegación
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
de Cádiz y Sevilla y en el del Ayuntamiento de
Jerez de la Frontera. Asimismo, se anunciará en
el "Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz", así
como en el "Boletín Oficial del Estado".
Sevilla, 15 de julio de 1999.-La Jefa de la
Dependencia Regional Adjunta de Recaudación,
Magdalena del Rosal García.-32.721-E.
MADRID
Providencia y anuncio de subasta de bienes
inmuebles
De conformidad con lo dispuesto en los
artículos 146 y siguientes del Reglamento General de
Recaudación (Real Decreto 1648/1990, de 20 de
diciembre; "Boletín Oficial del Estado" de 3 de enero
de 1991) y el artículo 137.1 de la Ley General
Tributaria, se dispone la venta de bienes inmuebles
dentro del expediente ejecutivo seguido contra el
deudor don Francisco Núñez Gómez (712541R).
La subasta se celebrará el día 30 de septiembre
de 1999, a las diez horas, en el salón de actos
de la Delegación de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria en Madrid, calle Guzmán el
Bueno, 139.
Bienes embargados a enajenar
1. Descripción registral: Rústica. Trozo de
terreno secano-inculto, en término de Finestrat, partida
Antón o Plá de Ferrero, comprensivo de 3 hectáreas
29 áreas 40 centiáreas de cabida. Linda: Norte,
tierras de don Vicente Llinares Pascual; sur, camino
de la partida; este, las de don José Lloret (a) Pelut,
y oeste, azagador.
Finca inscrita con el número 6.276, folio 98, libro
53, tomo 639, en el Registro de la Propiedad de
Villajoyosa.
Valorada en 33.715.664 pesetas, siendo el tipo
de subasta en primera licitación de 33.715.664
pesetas.
Tramos: 500.000 pesetas.
2. Descripción registral: Rústica. Trozo de
terreno secano-inculto, en término de Finestrat, partida
de Antón o Plá de Ferrero, comprensivo de 70
áreas 60 centiáreas de cabida. Linda: Norte, camino
de la partida; sur, tierras de doña Vicenta Sebastiá
Llorca, y este y oeste, dicha señora Sebastiá Llorca.
Finca inscrita con el número 6.277, folio 100,
libro 53, tomo 639, en el Registro de la Propiedad
de Villajoyosa.
Valorada en 7.204.772 pesetas, siendo el tipo de
subasta en primera licitación de 7.204.772 pesetas.
Tramos: 200.000 pesetas.
3. Descripción registral: Rústica. Un trozo de
terreno secano-inculto, situado en el término de
Finestrat, partida Sentanilla, comprensivo de 3
hectáreas, lindante: Norte, camino; sur, tierras de doña
Josefa Llorca Llinares y don José Vicente Llorca
Clíment; este, don Antonio Llorca Clíment, y oeste,
don Tomás Martínez Llorca y don Pedro Clíment
Llorca.
Finca inscrita con el número 5.240, folio 97, libro
40, tomo 562, en el Registro de la Propiedad de
Villajoyosa.
Valorada en 36.105.496 pesetas, siendo el tipo
de subasta en primera licitación de 36.105.496
pesetas.
Tramos: 500.000 pesetas.
En cumplimiento del citado precepto, se publica
el presente anuncio y se advierte a las personas
que deseen tomar parte en la subasta lo siguiente:
Primero.-Todo licitador habrá de constituir ante
la Mesa de subasta depósito de garantía de, al menos
el 20 por 100 del tipo de subasta en primera
licitación. Este depósito se ingresará en firme en el
Tesoro si los adjudicatarios no satisfacen el precio
del remate, sin perjuicio de las responsabilidades
en que incurrirán por los mayores perjuicios que
sobre el importe del depósito originare la
inefectividad de la adjudicación.
Segundo.-La subasta se suspenderá en cualquier
momento anterior a la adjudicación de los bienes,
si se efectúa el pago de la deuda, intereses y costas
del procedimiento.
Tercero.-Las cargas, gravámenes y situaciones
jurídicas que afectan a los bienes y que han de
quedar subsistentes son las siguientes: Ninguna,
según la documentación que consta. En cualquier
caso, el adjudicatario se subrogará en todas las
cargas, gravámenes y derechos que legalmente deban
quedar subsistentes.
Cuarto.-Los licitadores habrán de conformarse
con los títulos de propiedad que se hayan aportado
al expediente, no teniendo derecho a exigir otros,
encontrándose de manifiesto aquéllos en esta
Dependencia de Recaudación hasta el día anterior
al de la subasta. Los gastos derivados del
otorgamiento de oficio de la escritura de venta de los
inmuebles que resulten enajenados serán por cuenta
del adjudicatario.
Quinto.-El rematante entregará en el acto de
adjudicación, o dentro de los cinco días siguientes, la
diferencia entre el depósito constituido y el precio
de la adjudicación.
Sexto.-Cuando en la primera licitación no se
hubiese cubierto la deuda y queden bienes sin
adjudicar, la Mesa anunciará la iniciación del trámite
de adjudicación directa que se llevará a cabo de
acuerdo con el artículo 150 del Reglamento General
de Recaudación. Para ello se admitirán ofertas por
importe igual o superior al tipo de subasta en primera
licitación.
Sin embargo, y en el mismo acto de la primera
licitación, la Mesa podrá optar por celebrar una
segunda licitación cuando así lo haya acordado,
previa deliberación sobre la conveniencia de la misma.
El nuevo tipo será el 75 por 100 del tipo de subasta
en primera licitación. Los bienes no adjudicados
pasarán al trámite de adjudicación directa previsto
en el artículo 150 del Reglamento General de
Recaudación.
En el trámite de adjudicación directa, la
Dependencia de Recaudación realizará las gestiones
conducentes a la adjudicación en el plazo máximo de
seis meses en las mejores condiciones económicas,
realizando cuantas notificaciones consideren
necesarias en el tablón de anuncios de dicha
Dependencia. Las ofertas se presentarán en sobre cerrado
en el exterior del cual se indicará con claridad la
referencia "Subasta de don Francisco Núñez
Gómez. Adjudicación directa (S-0641).
Dependencia de Recaudación". Dichas ofertas tendrán la
consideración de vinculantes. En este caso no será
necesario aportar en el sobre cerrado el depósito a que
se refiere el punto primero.
Séptimo.-Los deudores con domicilio
desconocido, los deudores declarados en rebeldía, así como
los acreedores hipotecarios o pignoraticios
desconocidos, se tendrán por notificados con plena
virtualidad legal, por medio del presente anuncio.
Octavo.-La Hacienda se reserva el derecho de
adjudicar al Estado los inmuebles que no hubiesen
sido objeto de remate, conforme al artículo 158
y siguientes del Reglamento General de
Recaudación y el 137.2 de la Ley General Tributaria.
Noveno.-De acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 147.3 del Reglamento General de
Recaudación, se admitirán ofertas en sobre cerrado. En éstas,
se expresará el precio máximo ofrecido por el bien
enajenado. Los sobres podrán presentarse en el
Registro General de la Delegación hasta una hora
antes de iniciarse la subasta, debiendo incluirse en
el sobre un cheque conformado a favor del Tesoro
Público por el importe del depósito a que se refiere
el punto primero así como datos identificativos y
dirección del licitador a efectos de poder
comunicarle, en caso de adjudicación, el resultado de
la subasta para su conocimiento a los efectos de
lo determinado en el punto quinto.
En la parte exterior del sobre debe figurar con
claridad la referencia "Subasta de don Francisco
Núñez Gómez (S-0641), 30 de septiembre de 1999.
Dependencia de Recaudación".
Décimo.-Si de la venta de los bienes resultara
un importe superior a los débitos y costas incluidos
en el expediente ejecutivo, se depositará el sobrante
en la Caja General de Depósitos del Ministerio de
Economía y Hacienda a los efectos oportunos.
Undécimo.-Recursos: De Reposición, en el plazo
de quince días, ante la Dependencia de
Recaudación; o Reclamación Económico Administrativa, en
el plazo de quince días, ante el Tribunal de dicha
Jurisdicción.
Madrid, 7 de junio de 1999.-La Jefa de la
Dependencia de Recaudación, Consuelo Sánchez
García.-32.711-E.
Providencia y anuncio de subasta de bienes inmuebles
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 130 de la Ley General Tributaria, y en los
artículos 111, 146 y siguientes del Reglamento General
de Recaudación (Real Decreto 1684/1990, de 20
de diciembre, "Boletín Oficial del Estado" de 3 de
enero de 1991), se dispone la venta del bien
inmueble dentro del expediente ejecutivo seguido contra
la deudora "Industrias Fase, Sociedad Anónima"
(2) (128200012), y que fueron ofrecidos en garantía.
Dicha garantía está formalizada en escritura de
hipoteca inmobiliaria otorgada el 9 de mayo de 1994
ante el Notario del ilustre Colegio de Madrid don
Ángel Sanz Iglesias, en sustitución de don José
María Piñar Gutiérrez, para el protocolo de este
último.
La subasta se celebrará el día 30 de septiembre
de 1999, a las diez horas, en el salón de actos
de la Delegación de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria en Madrid, calle Guzmán el
Bueno, 139.
Bien a enajenar
Descripción registral: Urbana. Nave industrial en
Torrejón de Ardoz, dentro del polígono industrial
"Torrejón", situada en la calle del Hierro, sin número
de orden. Consta de planta baja con servicios y
vestuarios para el personal, y una planta alta para
oficinas, con una superficie total construida de 3.985
metros cuadrados, con un solar destinado a patio
y zona ajardinada o de aparcamiento. Cuenta esta
nave con los servicios generales de agua, luz eléctrica
y alcantarillado. Sus características constructivas son
las que constan en la inscripción tercera. Dicha
nave está construida sobre una parcela de terreno
en esta villa, comprendida dentro del polígono
industrial "Torrejón", en cuyo plano de ordenación figura
con el número 33/34-F, de figura ligeramente
rectangular, con una superficie de 4.738 metros 90
decímetros cuadrados, equivalentes a 61.037 pies
cuadrados. Linda: Norte, en línea recta de 101,43
metros, resto de la finca de que se segregó; este,
en línea recta de 48,90 metros, franja de terreno
destinada a calle dejada de la finca de procedencia,
hoy calle del Hierro; sur, en línea recta de 92,39
metros, parcelas 33/34-A, 33/34-B y 33/34-E, de
"Constructora Conmar, Sociedad Anónima",
"Atahio Ingenieros, Sociedad Anónima", don
Constantino Rodríguez y don Gonzalo Alonso Rodríguez,
respectivamente, y oeste, en línea recta de 49,73
metros, terrenos de "Cerámica Hispana, Sociedad
Anónima". Todas las medidas lineales lo son
aproximadamente.
Finca inscrita con el número 13.377-N, folio 40,
libro 643, tomo 3.309, en el Registro de la Propiedad
de Torrejón de Ardoz.
Valorada en 435.000.000 de pesetas, está gravada
por cargas que suman un importe de 100.869.038
pesetas, siendo el tipo de subasta en primera
licitación de 334.130.962 pesetas.
Tramos: 500.000 pesetas.
En cumplimiento del citado precepto, se publica
el presente anuncio y se advierte a las personas
que deseen tomar parte en la subasta lo siguiente:
Primero.-Todo licitador habrá de constituir, ante
la Mesa de Subasta, fianza de, al menos, el 20
por 100 del tipo de subasta en primera licitación.
Este depósito se ingresará en firme en el Tesoro
si los adjudicatarios no satisfacen el precio del
remate, sin menoscabo de la responsabilidad en que
incurrirán por los mayores perjuicios que sobre el
importe de la fianza originare la inefectividad de
la adjudicación.
Segundo.-La subasta se suspenderá en cualquier
momento anterior a la adjudicación del bien si se
efectúa el pago de la deuda, intereses y costas del
procedimiento.
Tercero.-Las cargas, gravámenes y situaciones
jurídicas que afectan al bien y que han de quedar
subsistentes son las siguientes:
Hipoteca de máximo, por un global de
350.000.000 de pesetas, a favor de Banco Central
Hispanoamericano, la cual ampara los siguientes
riesgos:
Préstamo de 75.000.000 de pesetas. Pasado a
contencioso el 30 de agosto de 1998, con un saldo
a 14 de abril de 1999 de 8.907.952 pesetas.
Crédito para financiación de exportaciones de
20.000.000 de pesetas. Pasado a contencioso el 30
de agosto de 1998, con un saldo a 14 de abril
de 1999 de 14.799.561 pesetas.
Póliza descuento de efectos de 100.000.000 de
pesetas. Pasado a contencioso el 30 de agosto
de 1998, con un saldo a 14 de abril de 1999 de
45.864.940 pesetas.
Póliza financiación exportaciones de 10.000.000
de pesetas. Pasado a contencioso el 30 de agosto
de 1998, con un saldo a 14 de abril de 1999 de
9.556.526 pesetas.
Póliza de créditos documentarios de importación
de 20.000.000 de pesetas. Pasado a contencioso
el 30 de agosto de 1998, con un saldo a 14 de
abril de 1999 de 5.775.624 pesetas.
Póliza de financiación de exportaciones a nombre
de "Eurofase, Sociedad Anónima" (incluida también
en la misma hipoteca de máximo) de 25.000.000
de pesetas. Pasado a contencioso el 30 de agosto
de 1998, con un saldo a 14 de abril de 1999 de
15.964.435 pesetas.
No existen riesgos por vencer. Por todo, el total
de riesgos asciende a 100.869.038 pesetas, más
costas y gastos, y los intereses correspondientes desde
la fecha de su entrada en el contencioso hasta su
cancelación total.
Todo ello según la documentación que consta
en el expediente. En cualquier caso, el adjudicatario
se subrogará en todas las cargas, gravámenes y
derechos que legalmente deban quedar subsistentes.
Cuarto.-Los licitadores habrán de conformarse
con los títulos de propiedad que se hayan aportado
al expediente, no teniendo derecho a exigir otros,
encontrándose de manifiesto aquéllos en esta
Dependencia de Recaudación, hasta el día anterior
al de la subasta. Los gastos derivados del
otorgamiento de oficio de la escritura de venta del
inmueble que resulte enajenado serán por cuenta del
adjudicatario.
Quinto.-El rematante entregará en el acto de
adjudicación o dentro de los cinco días siguientes la
diferencia entre el depósito constituido y el precio
de la adjudicación.
Sexto.-Cuando en la primera licitación no se
hubiese cubierto la deuda y queden bienes sin
adjudicar, la Mesa anunciará la iniciación del trámite
de adjudicación directa, que se llevará a cabo de
acuerdo con el artículo 150 del Reglamento General
de Recaudación. Para ello se admitirán ofertas por
importe igual o superior al tipo de subasta en primera
licitación.
Sin embargo, y en el mismo acto de la primera
licitación, la Mesa podrá optar por celebrar una
segunda licitación cuando así lo haya acordado,
previa deliberación sobre la conveniencia de la misma.
El nuevo tipo será del 75 por 100 del tipo de subasta
en primera licitación. Los bienes no adjudicados
pasarán al trámite de adjudicación directa previsto
en el artículo 150 del Reglamento General de
Recaudación.
En el trámite de adjudicación directa, la
Dependencia de Recaudación realizará las gestiones
conducentes a la adjudicación en el plazo máximo de
seis meses en las mejores condiciones económicas,
realizando cuantas notificaciones consideren
necesarias en el tablón de anuncios de dicha
Dependencia. Las ofertas se presentarán en sobre cerrado,
en el exterior del cual se indicará con claridad la
referencia "Subasta de ``Industrias Fase, Sociedad
Anónima''. Adjudicación directa (S-0768/1).
Dependencia de Recaudación". Dichas ofertas
tendrán la consideración de vinculantes. En este caso
no será necesario aportar en el sobre cerrado el
depósito a que se refiere el punto primero.
Séptimo.-Los deudores con domicilio
desconocido, los deudores declarados en rebeldía, así como
los acreedores hipotecarios o pignoraticios
desconocidos se tendrán por notificados con plena
virtualidad legal por medio del presente anuncio.
Octavo.-La Hacienda se reserva el derecho de
adjudicar al Estado el inmueble que no hubiese sido
objeto de remate, conforme al artículo 158 y
siguientes del Reglamento General de Recaudación y
el 137.2 de la Ley General Tributaria.
Noveno.-De acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 147.2 del Reglamento General de
Recaudación, se admitirán ofertas en sobre cerrado. En
éstas se expresará el precio máximo ofrecido por
el bien enajenado. Los sobres podrán presentarse
en el Registro General de la Delegación hasta una
hora antes de iniciarse la subasta, debiendo
incluirse en el sobre un cheque conformado a favor del
Tesoro Público por el importe del depósito a que
se refiere el punto primero, así como datos
identificativos y dirección del licitador, a efectos de
poder comunicarle, en caso de adjudicación, el
resultado de la subasta para su conocimiento, a
los efectos de lo determinado en el punto quinto.
En la parte exterior del sobre debe figurar con
claridad la referencia "Subasta de ``Industrias Fase,
Sociedad Anónima'' (S-0768/1) /30/09/99.
Dependencia de Recaudación".
Décimo.-Si de la venta del bien resultara un
importe superior a los débitos y costas incluidos
en el expediente ejecutivo, se depositará el sobrante
en la Caja General de Depósitos del Ministerio de
Economía y Hacienda, a los efectos oportunos.
Undécimo.-Recursos: De reposición, en el plazo
de quince días, ante la Dependencia de
Recaudación, o reclamación económico-administrativa en
el plazo de quince días, ante el Tribunal de dicha
jurisdicción.
Madrid, 13 de julio de 1999.-La Jefa de la
Dependencia de Recaudación, Consuelo Sánchez
García.-32.713-E.
GRANADA
Anuncio de subasta de bienes inmuebles
Doña Carmen Martín Ruiz, Jefa de Sección de
Recaudación de esta Agencia Estatal de
Administración Tributaria, Delegación de Granada,
Hace saber:
Primero.-En el expediente individual de apremio
que se tramita por esta Unidad de Recaudación
de Granada contra el sujeto pasivo "Taller
Mecánicos Técnicos, Sociedad Anónima", con código de
identificación fiscal A-18022269, por débitos a la
Hacienda Pública, con fecha 24 de junio de 1999
se dictó por el Jefe de la Dependencia de
Recaudación la siguiente
"Providencia: De conformidad con lo establecido
en el artículo 146 del Reglamento General de
Recaudación de 20 de diciembre de 1990, se dispone
la venta mediante subasta del bien inmueble
embargado a la deudora, ``Talleres Mecánicos Técnicos,
Sociedad Anónima'', cuyo acuerdo fue adoptado
en fecha 24 de junio de 1999.
La subasta se celebrará el día 27 de octubre
de 1999, a las diez treinta horas, en el salón de
actos de esta Delegación de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria.
Bien embargado a enajenar
Descripción: Urbana. Nave industrial, con
plantas baja y alta. Planta baja: 1.196 metros cuadrados,
destinados a oficinas y almacén. Planta alta: 620
metros cuadrados, destinados a oficinas y almacén.
Área total: 2.870,75 metros cuadrados, de los cuales
1.196 metros cuadrados corresponden a planta
edificada y el resto destinada a zonas de ensanches
y jardines. Finca número 3.839.
Situación: Polígono industrial "La Unidad". Pago
de Zárate. Peligros.
Valoración: 77.041.920 pesetas.
Cargas: No.
Tipo subasta en primera licitación: 77.041.920
pesetas.
De acuerdo con lo dispuesto en el mencionado
artículo 146, notifíquese la presente providencia a
la deudora, al depositario, a los acreedores
hipotecarios y pignoraticios y al cónyuge de dicho
deudor; haciendo constar en la notificación que en
cualquier momento anterior a la adjudicación del bien
podrá liberarse el bien embargado pagando los
débitos y costas del procedimiento. Y anúnciese en esa
Administración de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, en el ``Boletín Oficial'' de la
provincia, en el ``Boletín Oficial del Estado'' y en el
Ayuntamiento del lugar en que esté situado el bien,
y remitan un ejemplar del anuncio a esta
Dependencia de Recaudación, para su exposición en el
tablón de anuncios."
Segundo.-Que en cumplimiento del artículo 146
del Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre,
se publica el presente anuncio y se advierte a las
personas que deseen tomar parte en la subasta lo
siguiente:
A) Los tramos para la licitación serán de
100.000 pesetas.
B) Los títulos disponibles se encuentran
depositados en la Unidad de Recaudación de esta
Delegación, donde pueden ser examinados durante todos
los días hábiles, de nueve a catorce horas, hasta
el día anterior al de la subasta.
C) Que los licitadores habrán de conformarse
con los títulos de propiedad que se hayan aportado
al expediente, no teniendo derecho a exigir otros,
no contrayendo el Estado otra obligación a este
respecto que la de otorgar, si el deudor no lo hace,
la escritura de venta. Que, de no estar inscrito el
bien en el Registro, la escritura de adjudicación es
título mediante el cual puede efectuarse la
inmatriculación en los términos del artículo 199.b) de
la Ley Hipotecaria. Y que en los demás casos en
que es preciso habrán de proceder, si les interesa,
como dispone el título VI de dicha Ley.
D) Que todo licitador habrá de constituir, ante
la Mesa de Subasta, el depósito de garantía, que
será, al menos, del 20 por 100 del tipo de aquélla.
Con la advertencia de que dicho depósito se
ingresará en el Tesoro si los adjudicatarios no satisfacen
el precio del remate, sin perjuicio de las
responsabilidades en que incurrirán por los mayores
perjuicios que sobre el importe del depósito origine
la inefectividad de la adjudicación.
E) Que la subasta se suspenderá en cualquier
momento anterior al de la adjudicación del bien
si se hace el pago de la deuda, intereses de demora
y costas del procedimiento.
F) Que las cargas, gravámenes y situaciones
jurídicas y de sus titulares que afecten al bien y hayan
de quedar subsistentes, sin aplicarse a su extinción
el precio del remate, son los siguientes:
Cargas subsistentes finca número 3.839: Ninguna.
G) Que el rematante entregará en el acto de
adjudicación o dentro de los cinco días siguientes
la diferencia entre el depósito constituido y el precio
de la adjudicación.
H) Que se admitirán ofertas en sobre cerrado,
que deberán ajustarse a lo dispuesto en el apartado 3
del artículo 147 del Reglamento General de
Recaudación vigente.
I) Que se podrá realizar segunda licitación
cuando la Mesa lo juzgue pertinente, así como adjudicar
directamente el bien cuando no lo haya sido en
subasta.
Asimismo, ha de tenerse en cuenta que, en el
caso de deudores con domicilio desconocido, la
notificación de la subasta se entenderá efectuada, a todos
los efectos legales, por medio de la publicación del
correspondiente anuncio.
Granada, 1 de julio de 1999.-La Jefa de la
Sección de Recaudación, Carmen Martín
Ruiz.-32.710-E.
Departamento de Recaudación
Anuncio de notificaciones pendientes de la
Delegación de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria de Jerez de la Frontera
En virtud de lo dispuesto en el artículo 105 de
la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General
Tributaria, en la redacción dada al mismo por el artículo
28 de la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas
y del Orden Social, Ley 66/1997, de 30 de diciembre
("Boletín Oficial del Estado" número 313, de 31
de diciembre), y habiéndose intentado la
notificación, por dos veces sin que haya podido practicarse
por causas no imputables a la Administración
Tributaria, por el presente anuncio se cita a los sujetos
pasivos, obligados tributarios o representantes que
se relacionan en el anexo adjunto, para ser
notificados por comparecencia de los actos
administrativos derivados de los procedimientos que en el
mismo se incluyen.
Los interesados o sus representantes deberán
comparecer para ser notificados en el plazo de diez
días hábiles, contados desde el siguiente al de su
publicación en el "Boletín Oficial" correspondiente,
en horario de nueve a catorce horas, de lunes a
viernes, en los lugares que en cada caso se señala
(ver tabla anexo).
Cuando transcurrido dicho plazo no se hubiese
comparecido, la notificación se entenderá producida
a todos los efectos legales desde el día siguiente
al del vencimiento del plazo señalado para
comparecer.
Madrid, 9 de julio de 1999.-El Jefe de la Oficina
Nacional de Recaudación, Tomás Merola
Macanás.-32.725-E.
Anexo
Órgano responsable y lugar de comparecencia
53600. Dependencia de Recaudación de Jerez de
la Frontera. Plaza de las Marinas, 1, 11407 Jerez
de la Frontera (Cádiz).
28952. Oficina Nacional de Recaudación. Calle
Lérida, 32-34, 28020 Madrid.
Compareciente: "United Dutch España, Sociedad
Anónima". Número de identificación fiscal/código
de identificación fiscal: A480119921. Número de
expediente: A5380197500000807. Procedimiento:
Apremio. Órgano (1): Lugar: 28952; Unidad:
Recaudación.
Compareciente: "United Dutch España, Sociedad
Anónima". Número de identificación fiscal/código
de identificación fiscal: A480119921. Número de
expediente: A5380197500000818. Procedimiento:
Apremio. Órgano (1): Lugar: 28952; Unidad:
Recaudación.
Compareciente: "United Dutch España, Sociedad
Anónima". Número de identificación fiscal/código
de identificación fiscal: A480119921. Número de
expediente: A5380197500000829. Procedimiento:
Apremio. Órgano (1): Lugar: 28952; Unidad:
Recaudación.
Compareciente: "United Dutch España, Sociedad
Anónima". Número de identificación fiscal/código
de identificación fiscal: A480119921. Número de
expediente: A5380197500000983. Procedimiento:
Apremio.
Tribunal
ómicoAdministrativo Central
Vocalía 3. ª
Notificación a "Edicoop, Sociedad Cooperativa
Andaluza", de fallo dictado por el Tribunal
Económico-Administrativo Central, en el expediente R.G. 7662-94,
Pto. 278/98, por aplicación de lo dispuesto en el
artículo 86 del Reglamento de Procedimiento en las
Reclamaciones Económico-Administrativas
Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a "Edicoop, Sociedad Cooperativa
Andaluza", que por el Tribunal
Económico-Administrativo Central, y en el expediente R.G. 7662-94, Pto.
278/98, seguido a instancia de don Fernando
Álvarez Martínez, en nombre y representación de
"Edicoop, Sociedad Cooperativa Andaluza", en asunto
relativo a Seguridad Social, se ha dictado resolución
en sesión del día 26 de marzo de 1998, cuya parte
dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, como resolución a la reclamación
económico-administrativa, promovida por ªEdicoop,
Sociedad Cooperativa Andaluzaº, contra acuerdo
del Director general de la Tesorería General de la
Seguridad Social de 18 de julio de 1994, expediente
41/04/94/02E, acuerda: Desestimar la reclamación
y confirmar la resolución impugnada."
Lo que se le notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá el interesado interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de finalización de la publicación
del presente anuncio.
Madrid, 15 de julio de 1999.-El Vocal Jefe de
la Sección, Antonio Fernández Cuevas.-32.728-E.
Notificación a don Aniceto Fernández Martínez de
fallo dictado por el Tribunal
Económico-Administrativo Central, en el expediente R.G. 1967-97,
Pto. 1046/97, por aplicación de lo dispuesto en el
artículo 86 del Reglamento de Procedimiento en las
Reclamaciones Económico-Administrativas
Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a don Aniceto Fernández Martínez, que
por el Tribunal Económico-Administrativo Central,
y en el expediente R.G. 1967-97, Pto. 1046/97,
seguido a instancia de don Aniceto Fernández
Martínez, en asunto relativo a procedimiento
recaudatorio, se ha dictado resolución en sesión del día
19 de noviembre de 1997, cuya parte dispositiva
dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, vista la reclamación
económico-administrativa en única instancia, promovida por don
Aniceto Fernández Martínez, contra acuerdo de la
Dirección General del Tesoro y Política Financiera
de 27 de febrero de 1997, recaído en expediente
número 1078/96, relativo a reintegro de cantidades
indebidamente percibidas y por cuantía de 821.190
pesetas, acuerda: 1. º Desestimar la reclamación y
confirmar el acuerdo impugnado en cuanto se
considera ajustada a derecho la tramitación del
reintegro, y 2. º declararse incompetente para conocer
de las cuestiones relativas al origen de la cantidad
que se reputa percibida indebidamente y que da
lugar al reintegro."
Lo que se le notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá el interesado interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de finalización de la publicación
del presente anuncio.
Madrid, 20 de julio de 1999.-El Vocal Jefe de
la Sección, Antonio Fernández Cuevas.-32.733-E.
Notificación a don Pedro Mateo Ruiz de fallo dictado
por el Tribunal Económico-Administrativo Central,
en el expediente R.G. 676-95, Pto. 1100/97, por
aplicación de lo dispuesto en el artículo 86 del
Reglamento de Procedimiento en las Reclamaciones
Económico-Administrativas
Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a don Pedro Mateo Ruiz, representado por
don José Antonio Romero Fabra, que por el
Tribunal Económico-Administrativo Central, y en el
expediente R.G. 676-95, Pto. 1100/97, seguido a
instancia del Director del Departamento de
Recaudación de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, en asunto relativo a procedimiento
recaudatorio, se ha dictado resolución en sesión del día
18 de diciembre de 1997, cuya parte dispositiva
dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso de alzada promovido por
el Director del Departamento de Recaudación de
la Agencia Estatal de Administración Tributaria,
contra resolución del Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Valencia, de fecha 30 de
noviembre de 1994, recaída en la reclamación
número 46/02502/1990, acuerda: Archivar las
actuaciones por desistimiento del interesado."
Lo que se le notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá el interesado interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de finalización de la publicación
del presente anuncio.
Madrid, 20 de julio de 1999.-El Vocal Jefe de
la Sección, Antonio Fernández Cuevas.-32.732-E.
MINISTERIO DE FOMENTO
Secretaría de Estado
de Infraestructuras y Transportes
Rectificación
Con fecha 27 de julio de 1999, se publicó la
nota-anuncio por la que la Secretaría de Estado
de Infraestructuras y Transportes sometía a
información pública el estudio informativo
complementario del proyecto "Nuevo acceso ferroviario al norte
y noroeste de España, tramo Madrid-Segovia".
En dicha nota se omitieron por error los
Ayuntamientos de Colmenar Viejo, en la provincia de
Madrid, y Palazuelos de Eresma, en la provincia
de Segovia, a los que se ha enviado con posterioridad
la separata-extracto del estudio informativo. En
cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 228.2 del
vigente Reglamento de la Ley de los Transportes
Terrestres, el período de sesenta días hábiles,
previsto a efectos de información oficial y pública,
contará a partir de la fecha de publicación de la presente
rectificación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 30 de julio de 1999.-El Subdirector
general de Planes y Proyectos de Infraestructuras
Ferroviarias, Manuel Niño González.-33.902.
Dirección General de Carreteras
Aprobación del expediente de información pública
y definitiva del proyecto de: "Duplicación de calzada,
carretera N-601, de Madrid a León, por Valladolid,
puntos kilométricos 175,5 al 181,0. Tramo:
Boecillo-Laguna de Duero". Provincia de Valladolid
Con fecha 14 de julio de 1999, el excelentísimo
señor Secretario de Estado de Infraestructuras y
Transportes, por delegación del excelentísimo señor
Ministro de este Departamento (Orden de 30 de
mayo de 1996), ha resuelto:
1. Aprobar el expediente de información pública
y definitivamente el proyecto conjuntamente con
sus documentos
complementarios1y2porsupresupuesto de ejecución por contrata de
2.012.982.960 pesetas (12.098.271,25 euros), que
incluye 277.652.822 pesetas (1.668.727,07 euros),
en concepto de IVA, 16 por 100.
2. Ordenar que la Demarcación de Carreteras
del Estado en Castilla y León occidental de traslado
de la presente Resolución según lo dispuesto en
los artículos 31 y 58 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
3. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del
Estado en Castilla y León occidental la incoación
del expediente de expropiación de los terrenos
necesarios para la ejecución de las obras, teniendo en
cuenta, en su caso, lo indicado en el artículo 52
de la Ley de Expropiación Forzosa, modificado por
la Ley 11/1996, de 27 de diciembre.
Lo que se comunica para general conocimiento.
Madrid, 23 de julio de 1999.-El Director general,
Juan Francisco Lazcano Acedo.-32.901.
Resolución del excelentísimo señor Ministro de
Fomento por la que se aprueba el expediente de
información pública y el estudio informativo "Áreas
de Servico de la Autovía A-8 Cantábrico. Tramo:
Torrelavega-Unquera"
Con fecha 13 de julio de 1999, el Secretario de
Estado de Infraestructuras y Transportes, P. D.
(Resolución Delegación de Atribuciones de 30 de mayo
de 1996), ha resuelto lo siguiente:
1. Aprobar el expediente de información pública.
2. Aprobar definitivamente el estudio
informativo eligiendo como solución:
Área de servicio de Valdaliga, en el arco 3, en
ambas márgenes, en el punto kilométrico
aproximado 256,4.
Área de descanso de Caranceja en margen
derecha, en el punto kilométrico aproximado 242,6.
Área de descanso de Santa Olalla, en margen
izquierda, en el punto kilométrico aproximado
247,3.
Lo que se comunica para general conocimiento.
Madrid, 23 de julio de 1999.-El Director general
de Carreteras, Juan Francisco Lazcano
Acedo.-32.682.
Resolución del excelentísimo señor Ministro de
Fomento, con firma delegada en el excelentísimo
señor Secretario de Estado de Infraestructuras, por
la que se aprueba el cambio en la alternativa elegida
en la aprobación definitiva del estudio informativo:
"Carretera N-II, de Madrid a La Junquera. Tramo:
Cervera-Igualada"
Con fecha 5 de julio de 1999, el Secretario de
Estado de Infraestructuras y Transportes, P. D.
(Resolución Delegación de Atribuciones de 30 de mayo
de 1996), ha resuelto lo siguiente:
Primero.-La anulación del apartado segundo de
la aprobación del expediente de información pública
y aprobación definitiva del estudio informativo
"Autovía Lleida-Barcelona. Tramo: Santa María del
Camí-Igualada", de fecha 19 de diciembre de 1994,
en su redacción actual y su sustitución por un nuevo
texto con la siguiente redacción:
"Aprobar el expediente de información pública
y definitivamente el estudio informativo EI-1-E-28,
en su tramo total Cervera-Igualada, seleccionando
como alternativa a desarrollar en los proyectos
sucesivos la denominada ªopción-2º en el estudio."
Lo que se comunica para general conocimiento.
Madrid, 25 de julio de 1999.-El Director general,
Juan Francisco Lazcano Acedo.-32.903.
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, PESCA
ALIMENTACIÓN
Fondo Español de Garantía Agraria
La Presidenta del FEGA, en relación a los
procedimientos seguidos contra la firma "Tejedera
Andaluza, Sociedad Limitada" (expedientes
números 2-784/98 y 2-1476/98), y para dar cumplimiento
a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, hace saber:
1. º Que mediante resolución de esta
Presidencia, de fecha 30 de junio de 1999 (expediente
2-784/98), se ha resuelto reclamar la cantidad de
213.061 pesetas más los intereses correspondientes,
que le fueron abonadas por restituciones a la
exportación de aceite de oliva (solicitud número
52212/95), así como el importe correspondiente al
incumplimiento parcial (2.473 kilogramos), de los
compromisos contraídos como adjudicataria en la
decimotercera licitación parcial para la fijación de
restituciones a la exportación de aceite de oliva
celebrada el 9 de junio de 1995;
2. º Que mediante resolución de esta
Presidencia, de fecha 6 de julio de 1999 (expediente
2-1479/98), se acuerda reclamar a la firma "Tejedera
Andaluza, Sociedad Limitada", la cantidad de
11.679.429 pesetas, más los intereses
correspondientes, por restituciones a la exportación
indebidamente percibidas entre el 16 de octubre de 1995
y el 15 de octubre de 1996, según detalle recogido
en las actuaciones;
3. º Que contra estas resoluciones podrá
interponerse recurso de alzada ante el excelentísimo
señor Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente al de su notificación.
Lo que se hace público en sustitución de la
notificación directa a los interesados, quienes podrán
dirigirse a nuestras oficinas en Madrid, calle
Beneficencia, 8, para conocer y tomar vista de las
actuaciones incorporadas a los expedientes de referencia.
Madrid, 13 de julio de 1999.-La Presidenta, Elena
de Mingo Bolde.-32.877.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CATALUÑA
Departamento de Industria,
Comercio y Turismo
Delegaciones Territoriales
TARRAGONA
Resolución por la que se otorga a la empresa "Gas
Tarraconense, Sociedad Anónima", la autorización
administrativa y la aprobación del proyecto para
la conducción y el suministro de gas natural a la
empresa Repsol Química, en el término municipal
de Perafor (referencia XDF-87)
La empresa "Gas Tarraconense, Sociedad
Anónima", con domicilio social en Tarragona, calle
Unió, 21, solicitó, con fecha 25 de febrero de 1999,
la autorización administrativa y la aprobación del
proyecto de construcción de las instalaciones de
conducción y suministro de gas natural y el
reconocimiento de utilidad pública de las mencionadas
instalaciones, de acuerdo con la Ley 34/1998, de 7
de octubre, del Sector de Hidrocarburos.
La mencionada empresa ha presentado el
correspondiente proyecto, en el que se definen las
instalaciones necesarias para la realización de la
conducción y suministro de gas natural.
Término afectado: Perafort.
Características principales de la instalación:
Tubería de 8º de acero, que sale de la red existente
que discurre por la orilla del río Francolí, mediante
una válvula de seccionamiento, con una longitud
de 213 metros en alta presión B (máximo 45 bares)
hasta el punto de conexión con Repsol Química,
donde se instalará una válvula de seccionamiento
con junta aislante y toma de potencial especial
(TPE). La canalización dispondrá de sistema de
protección catódica, con inyección de corrientes
procedentes de la EPC.
La instalación se complementará a lo largo de
la canalización con conducto protector del sistema
de telecontrol formado por cables de
telecomunicaciones, instalado en la misma zanja del gas natural.
Presupuesto: 5.475.000 pesetas.
En solicitud de autorización administrativa ha
estado sometida a un período de información
pública, mediante anuncio publicado en el "Diario Oficial
de la Generalidad de Cataluña" número 2871, de
20 de abril de 1999; en el "Boletín Oficial del
Estado" número 90, de 15 de abril de 1999, y en el
"Diari de Tarragona" de 22 de abril de 1999.
Paralelamente, se dirigieron las correspondientes
separatas del proyecto al Ayuntamiento de Perafort
y a la Junta de Aguas.
Dentro del período de información pública no
se han recibido alegaciones de ningún particular
y los organismos públicos afectados han emitido
informe favorable o no se ha manifestado, previa
reiteración.
Vista la disposición transitoria 8 de la Ley
34/1998, de 7 de octubre, del Sector de
Hidrocarburos; el Decreto 2913/1973, de 26 de octubre,
por el que se aprueba el Reglamento General del
Servicio Público de Gases Combustibles; el Decreto
1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de
instalación, ampliación y traslado de industrias; la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 13/1989, de
14 de diciembre, de Organización, Procedimiento
y Régimen Jurídico de la Administración de la
Generalidad de Cataluña, resuelvo:
1. Otorgar a la empresa "Gas Tarraconense,
Sociedad Anónima", la autorización administrativa
y la aprobación del proyecto de conducción y
suministro de gas natural a la empresa Repsol Química,
en el término municipal de Perafort.
2. Declarar la utilidad pública de las
instalaciones, a los efectos previstos en el artículo 52 de
la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre
de 1954, sobre imposición de servidumbre de paso
y limitaciones de dominio necesarios para el
establecimiento de las instalaciones, de acuerdo con
lo que establece el artículo 103 de la Ley 34/1998,
de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.
Los bienes y derechos afectados por esta
autorización administrativa son lo que figuran en los
anuncios publicados en el "Diario Oficial de la
Generalidad de Cataluña", en el "Boletín Oficial del
Estado" y en el "Diari de Tarragona" referenciados.
Esta autorización administrativa se otorga
sometida a las condiciones generales que prevén la Ley
34/1998, de 7 de octubre; el Decreto 2913/1973,
de 26 de octubre; el Decreto 1775/1967, de 22
de julio, y bajo las condiciones especiales siguientes:
1. Las instalaciones objeto de esta autorización
administrativa se realizarán de acuerdo con las
especificaciones y los planos que figuran en el proyecto
presentado por la empresa solicitante, el cual ha
servido de base para la tramitación del expediente,
firmado por el Ingeniero técnico don Agustín
Faciabén Fernández, y visado por el Colegio Oficial de
Ingenieros Técnicos de Barcelona, con el
número 004425A, de 17 de febrero de 1999.
La construcción y el funcionamiento de estas
instalaciones se someten a lo que establece la Ley
13/1987, de 9 de julio, de Seguridad de las
Instalaciones Industriales; el Reglamento General del
Servicio Público de Gases Combustibles, aprobado
por el Decreto 2913/1973, de 26 de octubre; el
Reglamento de Redes y Acometidas de
Combustibles Gaseosos, aprobado por la Orden del
Ministerio de Industria y Energía de 18 de noviembre
de 1974, modificada por las Órdenes de 26 de
octubrede1983y6dejulio de 1984, y sus ITC-MIG;
el Decreto 120/1992, de 28 de abril ("Diario Oficial
de la Generalidad de Cataluña" número 1606, de
12 de junio), por el que se regulan las características
que han de cumplir las protecciones a instalar entre
las redes de diferentes suministros públicos que
discurren por el subsuelo, y la Orden de 5 de julio
de 1993 ("Diario Oficial de la Generalidad de
Cataluña" número 1782, de 11 de agosto), que lo
desarrolla, y otros Reglamentos técnicos específicos que
le sean de aplicación y disposiciones de aplicaciones
generales.
2. El peticionario deberá solicitar la autorización
administrativa correspondiente para realizar
cualquier modificación del proyecto aprobado.
3. El plazo para llevar a cabo las instalaciones
y su puesta en funcionamiento será de seis meses,
contados a partir de la fecha de otorgamiento de
la presente autorización administrativa.
4. La Delegación Territorial de Industria,
Comercio y Turismo podrá realizar, durante las
obras y cuando se hayan acabado, las
comprobaciones y las pruebas que considere necesarias, en
relación con el cumplimiento de las condiciones
de esta Resolución. Con esta finalidad el peticionario
comunicará a la Delegación Territorial de Industria,
Comercio y Turismo la fecha de inicio de las obras,
la realización de las pruebas y cualquier incidencia
relevante.
5. Una vez ejecutadas las obras, la empresa
peticionaria solicitará del Departamento de Industria,
Comercio y Turismo el acta de puesta en servicio
de las instalaciones, adjuntando el certificado de
dirección y de finalización de obra firmado por el
Técnico competente y visado por el Colegio Oficial
correspondiente, mediante el cual se acredite que
las instalaciones se ajustarán al proyecto aprobado
y a la normativa aplicable. A este certificado se
adjuntarán las actas de pruebas y controles
reglamentarios, todo de acuerdo con lo que dispone la
Resolución de la Dirección General de Energía de
20 de agosto de 1992 ("Diario Oficial de la
Generalidad de Cataluña" número 1656, de 14 de
octubre).
6. Los cruces especiales y otras afectaciones de
los bienes de dominio público se harán de acuerdo
con las condiciones técnicas impuestas por los
organismos competentes afectados.
7. El peticionario asegurará la vigilancia, la
reparación y el mantenimiento correctos de las
instalaciones durante la construcción y después de su
puesta en funcionamiento, para garantizar que en
todo momento cumplen las condiciones
reglamentarias de seguridad.
8. De acuerdo con lo que prevé el título V de
la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de
Hidrocarburos, la autorización administrativa de
este proyecto comporta, con el pago de la
indemnización que corresponda y de los perjuicios que
se deriven de la rápida ocupación, la imposición
de las servidumbre y las limitaciones de dominio
siguiente:
a) Servidumbre perpetua de paso en una franja
de terreno de 4 metros de ancho por cuyo eje irán,
bajo tierra, las canalizaciones a una profundidad
mínima de 1 metro, junto con los elementos y
accesorios que éstas requieran. El límite de esta franja
quedará definido a 2 metros a un lado y a otro
de los ejes de los trazados de las canalizaciones
citadas y dentro de los límites de ocupación
temporal. Estas franjas de servidumbre perpetua de paso
se utilizarán para la vigilancia y el mantenimiento
de las canalizaciones, para lo que se dispondrá de
libre acceso del personal, elementos y medios
necesarios. Se deberán pagar los daños que se ocasionen
en cada uno de los casos en que se tenga que
intervenir.
b) De acuerdo con lo que establece la
disposición adicional 19 de la Ley 34/1998, de 7 de
octubre, el proyecto prevé, a lo largo de la
conducción de gas natural, la instalación, soterramiento
del correspondiente soporte de comunicaciones,
formado por unos conductos para la protección de
los cables de telecomunicaciones, instalados en la
misma zanja a que se refiere el apartado a).
c) Servidumbre de ocupación temporal durante
el período de ejecución de las obras en una franja
o pista de donde se harán desaparecer todo tipo
de obstáculos, cuya anchura máxima será de 10
metros, con el pago de los daños que se ocasiones
en cada caso.
d) La prohibición de plantar árboles y arbustos
de tallo alto y de hacer movimientos de tierras en
la franja a que hace referencia el apartado a).
e) La prohibición de efectuar trabajos de arada,
cava u otros similares a una profundidad superior
a 50 centímetros en la franja a que hace referencia
el apartado a).
f) No se permitirá levantar edificaciones o
construcciones de ningún tipo, aunque tengan carácter
provisional o temporal, ni variar la cota de terreno,
ni efectuar ningún acto que pueda dañar o perturbar
el buen funcionamiento, la vigilancia, la
conservación, las reparaciones y las sustituciones necesarias,
en su caso, de las canalizaciones y de los elementos
anexos, a una distancia inferior a 1,5 metros a ambos
lados del eje del trazado de las canalizaciones.
g) Todo lo que se ha indicado en los apartados
anteriores no será aplicable a los bienes de dominio
público.
Al efecto del cumplimiento de lo que establece
esta condición octava, la empresa "Gas
Tarraconense, Sociedad Anónima", antes del montaje de
las instalaciones y de su puesta en servicio, recogerá
las servidumbres y las limitaciones de dominio
citadas en los convenios y acuerdos y estará obligada
a la vigilancia de su cumplimiento y, si es necesario,
a la notificación de los presuntos incumplimientos
al Departamento de Industria, Comercio y Turismo.
9. Esta autorización quedará sin efecto por
cualquiera de las causas señaladas en el artículo 34
del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, por
incumplimiento de las condiciones estipuladas, por
facilitar datos inexactos y por cualquier otra causa
excepcional que lo justifique.
10. La presente acta de autorización
administrativa se otorga sin perjuicio de terceros y con
independencia de las autorizaciones, licencias y
demás permisos de competencia municipal,
provincial u otros que sean necesarios para la realización
de las instalaciones autorizadas.
La entidad peticionaria "Gas Tarraconense,
Sociedad Anónima", ha de constituir en el plazo de dos
meses, a contar desde la fecha de publicación de
esta Resolución en el "Diario Oficial de la
Generalidad de Cataluña", una fianza por valor de
109.500 pesetas, el importe del 2 por 100 del
presupuesto que figura en el proyecto técnico de las
instalaciones presentado, para garantizar el
cumplimiento de sus obligaciones, de acuerdo con el
artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre,
del Sector de Hidrocarburos.
La fianza referenciada se tiene que depositar en
la Caja General de Depósitos de la Generalidad
de Cataluña, a disposición del delegado territorial,
en valores del Estado, aval bancario o en metálico,
según lo que dispone el artículo 11.3 del Decreto
1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de
instalación, ampliación y traslado de industrias, o
mediante contrato de seguro concertado con
entidades de seguros sometidas a la Ley 30/1995, de 11
de noviembre.
En el plazo de un mes desde la constitución de
la fianza referenciada, "Gas Tarraconense, Sociedad
Anónima", ha de acreditar documentalmente, ante
esta la Delegación Territorial de Industria, Comercio
y Turismo, el depósito efectuado.
La fianza se devolverá cuando una vez autorizadas
y construidas las instalaciones en los plazos fijados
a las autorizaciones que se otorguen para su montaje,
la Delegación Territorial de Industria, Comercio y
Turismo de Tarrragona formalice el acta de puesta
en servicio de las instalaciones.
Contra esta Resolución, que no agota la vía
administrativa, se puede interponer un recurso ordinario
ante el Director general de Energía y Minas del
Departamento de Industria, Comercio y Turismo
en Barcelona (avenida Diagonal, 514, segundo), en
el plazo de un mes, a contar desde la fecha de
su publicación, de acuerdo con lo que dispone el
artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Tarragona, 26 de julio de 1999.-El Delegado
territorial, Jaume Femenia i Signes.-33.882-*.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE GALICIA
Consejería de Política Territorial,
Obras Públicas y Vivienda
Delegaciones Provinciales
OURENSE
Servicio Provincial de Carreteras
Resolución por la que se señala la fecha para el
levantamiento de las actas previas a la ocupación
de los bienes afectados por las obras de
acondicionamiento Da Estrada OU-212. Beariz-Beade.
Treito: Avión-Corneira. Clave: N/OU/95.1
En el artículo 28 del vigente Estatuto de
Autonomía de Galicia, en su apartado 2. º se establece
la competencia de la Comunidad Autónoma de
Galicia sobre el desarrollo legislativo, así como la
ejecución legislativa del Estado en materia de
expropiación forzosa.
Las obras indicadas en el encabezamiento de la
presente resolución están incluidas en el programa
de obras que se van a realizar con cargo al programa
413-B, de construcción, conservación y explotación
de carreteras.
Con fecha 23 de diciembre de 1997, el Director
general de Obras Públicas y Transportes, por
delegación del Consejero de Política Territorial, Obras
Públicas y Vivienda, se aprobó el proyecto de la
obra de acondicionamiento Da Estrada OU-212.
Beariz-Beade. Treito: Avión-Corneira. Clave:
N/0U/95.1.
Decreto 29/1999, de 5 de febrero, por el que
se declara la utilidad pública y se dispone la urgente
ocupación de los bienes y derechos afectados por
las obras de acondicionamiento Da Estrada OU-212.
Beariz-Beade. Treito: Avión-Corneira. Clave:
N/0U/95.1.
En su virtud y en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación
Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y concordantes
del Reglamento para su aplicación, este servicio,
en uso de las facultades que le confiere el artículo
98 de la mencionada Ley de Expropiación Forzosa,
ha resuelto convocar a los titulares de bienes y
derechos afectados que figuran en el tablón de anuncios
de la Casa Consistorial de los Ayuntamientos de
Carballeda de Avia, Leiro y Avión para los efectos
previstos en el mencionado artículo 52 y señalar
la fecha, los lugares y horas que a continuación
se citan, para proceder al levantamiento de las actas
previas a la ocupación que recojan los datos
necesarios para determinar los derechos afectados, valor
de éstos, y los perjuicios derivados de la rápida
ocupación, sin perjuicio de trasladarse al lugar de
las fincas si se considera necesario.
Lugar de levantamiento de las actas previas: Casa
Consistorial de los Ayuntamientos de:
Carballeda de Avia:
Fecha: 6 de septiembre de 1999. Hora: Nueve
a diez treinta. Número de fincas: 1 al final.
Leiro:
Fecha: 6 de septiembre de 1999. Hora: De once
treinta a trece treinta. Número de fincas:1ala15.
Fecha: 6 de septiembre de 1999. Hora: Dieciséis
a veinte. Número de fincas: 16 al final.
Avión:
Fecha: 7 de septiembre de 1999. Hora: Nueve
treinta a trece treinta. Número de fincas:1ala36.
Fecha: 7 de septiembre de 1999. Hora: Dieciséis
a veinte. Número de fincas: 37 al final.
A dicho acto deberán acudir los titulares afectados
personalmente o bien representados por personas
debidamente autorizadas para actuar en su nombre,
aportando los documentos acreditativos de su
titularidad, documento nacional de identidad y el último
recibo de la contribución, pudiendo hacerse
acompañar a su costa, si lo estima oportuno, de sus peritos
y Notario.
Asimismo, y en cumplimiento de lo establecido
en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de
Expropiación Forzosa, se abre información pública
durante un plazo de quince días o, en todo caso, hasta
el momento del levantamiento del acta previa a
la ocupación correspondiente, a fin de que los
interesados puedan formular por escrito ante este
Servicio Provincial de Carreteras de la Xunta de Galicia
en Orense, calle Sáenz Díez, número 1, las
alegaciones que estimen pertinentes con objeto de
subsanar posibles errores padecidos al relacionar los
bienes afectados por urgente ocupación.
Orense, 29 de julio de 1999.-El Jefe del Servicio
Provincial de Carreteras, José Manuel González
Sánchez.-33.875.
COMUNIDAD AUT"NOMA
VALENCIANA
Consejería de Empleo, Industria
y Comercio
Servicios Territoriales de Industria y Energía
ALICANTE
El Servicio Territorial de Industria y Energía de
Alicante hace saber: Que ha sido solicitada, a
instancia de parte, la declaración de condición mineral
de unas aguas como requisito previo a la autorización
de aprovechamiento de recursos de la sección B,
aguas minero-medicinales y termales, con las
siguientes características:
Situación: Paraje Garganta.
Término municipal: Crevillente.
UTM (aprox.): X = 692.620 metros.
Y = 4.237.200.
Mineral: Agua minero-medicinales y termales.
Características del sondeo: Cota aproximada: 157
m.s.n.m. Profundidad total avanzada: 721 metros.
Interesado: Excelentísimo Ayuntamiento de
Crevillente.
Lo que se hace público, de conformidad con el
artículo 39 del Reglamento General para el Régimen
de la Minería de 25 de agosto de 1978 ("Boletín
Oficial del Estado" número 295, de 11 de diciembre.
Alicante, 30 de junio de 1999.-El Director
territorial, Clemente Vergara Trujillo.-32.749.
COMUNIDAD AUT"NOMA
DE ARAGÓN
Departamento de Economía,
Hacienda y Fomento
Servicios Provinciales
TERUEL
Por "Compañía de Minería e Investigación,
Sociedad Limitada", con domicilio en calle Almagro, 11,
Madrid, ha sido presentada una solicitud de permiso
de investigación para recursos de la Sección C, con
el nombre de Fonfría, al que ha correspondido el
número 6.115, para una extensión de 98 cuadrículas
mineras, ubicadas en terrenos pertenecientes a los
términos municipales de Allueva, Anadón,
Salcedillo, Segura de Baños, Rudilla, Piedrahita, Bea y
Fonfría (Teruel) y con la siguiente designación:
Vértices Longitudes (W) Latitudes (N)
11 º 06' 00'' 41 º 01' 40''
21 º 05' 20'' 41 º 01' 40''
31 º 05' 20'' 41 º 01' 20''
41 º 04' 40'' 41 º 01' 20''
51 º 04' 40'' 41 º 01' 00''
61 º 04' 00'' 41 º 01' 00''
71 º 04' 00'' 41 º 00' 40''
81 º 03' 00'' 41 º 00' 40''
91 º 03' 00'' 41 º 00' 20''
10 1 º 02' 00'' 41 º 00' 20''
11 1 º 02' 00'' 41 º 00' 00''
12 1 º 01' 40'' 41 º 00' 00''
13 1 º 01' 40'' 40 º 59' 40''
14 1 º 01' 20'' 40 º 59' 40''
Vértices Longitudes (W) Latitudes (N)
15 1 º 01' 20'' 40 º 59' 20''
16 1 º 00' 40'' 40 º 59' 20''
17 1 º 00' 40'' 40 º 59' 00''
18 1 º 00' 00'' 40 º 59' 00''
19 1 º 00' 00'' 40 º 58' 40''
20 0 º 58' 20'' 40 º 58' 40''
21 0 º 58' 20'' 40 º 59' 20''
22 0 º 56' 40'' 40 º 59' 20''
23 0 º 56' 40'' 40 º 57' 20''
24 0 º 56' 00'' 40 º 57' 20''
25 0 º 56' 00'' 40 º 57' 00''
26 0 º 55' 40'' 40 º 57' 00''
27 0 º 55' 40'' 40 º 56' 40''
28 0 º 55' 00'' 40 º 56' 40''
29 0 º 55' 00'' 40 º 56' 20''
30 0 º 56' 20'' 40 º 56' 20''
31 0 º 56' 20'' 40 º 56' 40''
32 0 º 57' 20'' 40 º 56' 40''
33 0 º 57' 20'' 40 º 57' 00''
34 0 º 57' 40'' 40 º 57' 00''
35 0 º 57' 40'' 40 º 57' 40''
36 0 º 58' 20'' 40 º 57' 40''
37 0 º 58' 20'' 40 º 58' 00''
38 1 º 00' 00'' 40 º 58' 00''
39 1 º 00' 00'' 40 º 58' 20''
40 1 º 00' 40'' 40 º 58' 20''
41 1 º 00' 40'' 40 º 58' 40''
42 1 º 01' 20'' 40 º 58' 40''
43 1 º 01' 20'' 40 º 59' 00''
44 1 º 02' 00'' 40 º 59' 00''
45 1 º 02' 00'' 40 º 59' 20''
46 1 º 02' 40'' 40 º 59' 20''
47 1 º 02' 40'' 40 º 59' 40''
48 1 º 03' 20'' 40 º 59' 40''
49 1 º 03' 20'' 41 º 00' 00''
50 1 º 04' 40'' 41 º 00' 00''
51 1 º 04' 40'' 41 º 00' 20''
52 1 º 05' 20'' 41 º 00' 20''
53 1 º 05' 20'' 41 º 00' 40''
54 1 º 06' 00'' 41 º 00' 40''
Cerrándose así el perímetro solicitado de 98
cuadrículas mineras, longitudes referidas al meridiano
de Greenwich.
Habiendo sido admitida esta petición en el día
de hoy definitivamente, en virtud de lo dispuesto
en el artículo 70 del vigente Reglamento General
para el Régimen de la Minería, de 25 de agosto
de 1978, se pone en conociimento del público,
señalándose el plazo de quince días, a partir de la
publicación en el "Boletín Oficial del Estado", para que,
dentro de él, puedan presentarse ante este Servicio
Provincial de Industria, Comercio y Turismo, las
reclamaciones u observaciones que estimen
pertinentes.
Teruel, 8 de abril de 1999.-El Director del
Servicio Provincial de Economía, Hacienda y Fomento,
Fernando Milla Barquinero.-33.312.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Diputaciones Provinciales
BADAJOZ
En uso de las atribuciones que confiere el
artículo 94 del Real Decreto 781/1986, de 18 de abril,
y previo acuerdo del ilustrísimo señor Presidente
de la excelentísima Diputación Provincial de fecha
2 de marzo, por el que se procede a la incoación
de expediente de expropiación forzosa de los bienes
y derechos afectados por la obra número 506/99
Suplementario, denominada "C. P. San Vicente de
Alcántara a la Codosera", y aplicándose el
procedimiento de urgencia que establece el artículo 52
de la vigente Ley de Expropiación Forzosa de 16
de diciembre de 1954, por así disponerlo el
Decreto 100/1999 de la Presidencia de la Junta de
Extremadura, de 29 del actual. En consecuencia dispone
este organismo proceder al levantamiento del acta
previa a la ocupación de los derechos afectados
que tendrá lugar en el Ayuntamiento de la Codosera
el día 2 de septiembre, a las diez horas, sin perjuicio
de trasladarse a los terrenos necesarios para la
misma, si así se estimara conveniente. Los propietarios
deberán asistir personalmente o por medio de
representante autorizado para actuar en su nombre, con
documentos acreditativos de su titularidad, así como
el último recibo de la contribución de la finca, y
pudiendo hacerse acompañar, a su costa, de un
Perito y un Notario.
Hasta la celebración de dicho acto podrán
formular, por escrito y ante esta entidad, las alegaciones
que consideren oportunas, a efectos de subsanación
de errores.
Afectados en proindiviso: Don Manuel, don
Ángel, Doña María Fernanda y don Francisco
Gómez Berrocal, de la Codosera y Badajoz,
respectivamente.
Situación: La Codosera. Terreno afectado: 610
y 2.680 metros cuadrados. Pared: 40 metros.
Este anuncio se publicará en los diarios "Hoy"
y "Extremadura" y en el "Boletín Oficial del Estado"
y "Boletín Oficial" de la provincia.
Badajoz, 30 de julio de 1999.-El Presidente, por
delegación, el Diputado del área de Fomento,
Gabriel Ramón Mayoral Galavis.-33.867.
BADAJOZ
En uso de las atribuciones que confiere el artículo
94 del Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, y
previo acuerdo del ilustrísimo señor Presidente de
la excelentísima Diputación Provincial de fecha 6
de abril, por el que se procede a la incoación de
expediente de expropiación forzosa de los bienes
y derechos afectados por la obra número 326/1999
General, denominada "C.P. Zalamea de la Serena
a Esparragosa de la Serena", y aplicándose el
procedimiento de urgencia que establece el artículo 52
de la vigente Ley de Expropiación Forzosa de 16
de diciembre de 1954, por así disponerlo el Decreto
98/1999 de la Presidencia de la Junta de
Extremadura de 29 del actual. En consecuencia dispone
este Organismo proceder al levantamiento del acta
previa a la ocupación de los derechos afectados
que tendrá lugar en los Ayuntamientos de
Esparragosa de la Serena (diez treinta horas) y Zalamea
de la Serena (once horas), el día 9 de septiembre,
sin perjuicio de trasladarse a los terrenos necesarios
para la misma, si así se estimara conveniente. Los
propietarios deberán asistir personalmente o por
medio de representante autorizado para actuar en
su nombre, con documentos acreditativos de su
titularidad, así como el último recibo de la contribución
de la finca, y pudiendo hacerse acompañar, a su
costa, de un Perito y un Notario, pudiéndose
formular alegaciones por escrito ante esta Entidad, a
efectos de subsanación de errores hasta la
celebración de dicho acto.
Afectados: Doña Concepción y doña María José
Pozo Pérez, don Francisco Pizarro Carrasco, doña
Antonia Moreno Sánchez, don Rogelio Pozo Dávila
y doña Olalla Algaba Cascos.
Este anuncio se publicará en los diarios "Hoy"
y "Extremadura" y en el "Boletín Oficial del Estado"
y "Boletín Oficial" de la provincia.
Badajoz, 30 de julio de 1999.-El Presidente, por
delegación, el Diputado del área de Fomento,
Gabriel Ramón Mayoral Galavis.-33.869.
UNIVERSIDADES
CÁDIZ
Por haber sufrido extravío el título de Diplomada
en Enfermería correspondiente a doña María
Yolanda Torres Barroso, expedido el 25 de junio de 1991,
con número de Registro Universitario 4.318 y
número de Registro Ncnal. 1991083707, quede nulo y
sin ningún valor ni efecto el citado título.
Cádiz, 14 de julio de 1999.-El Secretario general,
Miguel Checa Martínez.-33.154.
JAÉN
de Humanidades y Ciencias
de la Educación
Extravío de título
Habiéndose extraviado el título de Diplomado en
Profesorado de Educación General Básica de doña
Esperanza Bellido Torres, expedido por el Ministerio
el día 15 de mayo de 1981, registrado en el folio
225, número 11.583 de la sección de títulos del
Ministerio de Educación y Ciencia, se hace público
por el término de treinta días hábiles, para oír
reclamaciones en cumplimiento de lo dispuesto en el
apartado segundo de la Orden de 8 de julio de
1988 ("Boletín Oficial del Estado" del 13).
Jaén, 14 de julio de 1999.-El Secretario, Juan
Carlos Castillo Armenteros.-32.656.
NAVARRA
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 9. º de la Orden de 8 de julio de 1988 ("Boletín
Oficial del Estado" del 13), se anuncia la incoación
de un duplicado de título de Licenciada en Medicina
y Cirugía, por extravío del que fue expedido con
fecha 26 de junio de 1992, a favor de don Miguel
Ángel Brito Sanfiel.
Pamplona, 28 de junio de 1999.-El Oficial
Mayor.-33.031.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid