La Delegación Provincial de la Consejería de
Industria y Comercio de la Junta de Galicia en
Pontevedra,
Hace saber: Que como consecuencia de la
caducidad de los derechos mineros que a continuación
se detallan, quedaron francos sus terrenos, por lo
que en aplicación del artículo 53 de la Ley 22/1973,
de 21 de julio, de Minas ("Boletín Oficial del Estado"
número 176, del 24), convoca concurso de los
comprendidos en esta provincia, se incluyen:
Aquellas pertenencias y cuadrículas mineras de
registros mineros caducados en otras provincias, con
superficies en la de Pontevedra.
Las cuadrículas de permisos de investigación que
no derivaron en concesión de explotación.
Los espacios francos no registrables de
cuadrículas pertenecientes a derechos mineros otorgados
con arreglo a legislaciones anteriores o referidos
al meridiano de Madrid.
En la relación de registros se hace expresión de
número, nombre, recurso, términos municipales y
superficie, en cuadrículas mineras:
2382; Faro; granito ornamental; Salceda Caselas,
Salvatierra, Puenteáreas; 47.
2464; Rañe; granito ornamental; Puenteáreas,
Salvatierra; 10.
2509; Pelayo; sección C); Porriño, Mos, Vigo;
111.
2517; Villalonga; arcilla; Sangenjo, Meaño; 50.
2522; Vincios; sección C); Gondomar, Nigran,
Mos, Porriño, Vigo; 294.
2533; Costado; sección C); Lalín, Dozón; 189.
2543; Picans; granito ornamental; La Estrada; 8.
2573; Monzón; granito ornamental; Pazos de
Borben, Redondela, Sotomayor; 7.
2574; Casas; granito ornamental; Vigo; 4.
2575; Laxinde; granito ornamental; Puente
Caldelas, Pontevedra; 9.
2588; AM. Confurdo II; granito ornamental;
Puenteáreas; 3.
2589; Taborda; sección C); Tomiño; 63.
2601; Jarotos; granito ornamental; Covelo, La
Lama, Fornelos de Montes; 42.
2609; Laxe do Avo; granito ornamental; Arbo;
15.
2616; Freaza; granito ornamental; Fornelos de
Montes, Mondáriz; 34.
2622; Couso; granito ornamental; Puenteáreas; 2.
2641; Torrón; granito ornamental; Salceda de
Caselas; 1.
2684; Ana; sección c); Oya, Tomiño, El Rosal;
30.
2742; Festa; granito ornamental; Puenteáreas; 44.
2670; Dagda; granito ornamental; Caldas de
Reyes, Villagarcía; 4.
Las solicitudes se ajustarán a lo establecido en
el artículo 72 del Reglamento General para el
Régimen de la Minería, de 25 de agosto de 1978
("Boletín Oficial del Estado" de 11 y 12 de diciembre),
y a lo establecido en el Real Decreto Legislativo
1303/1986, de 28 de junio ("Boletín Oficial del
Estado" número 155, del 30) por el que se adecua
al ordenamiento jurídico de la Comunidad
Económica Europea el título VIII de la Ley 22/1973, de
21 de julio, de Minas.
Las tasas a abonar sobre las superficies que
comprendan las ofertas y otras condiciones a tener en
cuenta en las mismas, se establecerán en pliego de
condiciones que estará expuesto al público en el
tablón de anuncios de la Delegación de Industria
de Pontevedra, en la cual, también se podrán obtener
los datos relativos a la situación geográfica de las
superficies sometidas a concurso.
Las ofertas se presentarán en la Delegación
Provincial de la Consejería de Industria y Comercio
de Pontevedra sita en calle Eduardo Pondal, 64,
bajo, en las horas de Registro, de nueve a catorce
horas, durante el plazo de dos meses, contados a
partir del día siguiente de la publicación de la
presente Resolución en el "Diario Oficial de Galicia",
como periódico oficial de esta Comunidad
Autónoma.
La apertura de las ofertas se verificará por una
Mesa, con la composición que se indica en el
artículo 72.2 del Reglamento General para el Régimen
de la Minería, que se constituirá en la fecha que
determine esta Delegación Provincial y que será
comunicada individualmente a todos aquellos que
hayan presentado ofertas.
Todo lo anterior se hace público, de conformidad
con los artículos 72 y 104.4 del Reglamento General
para el Régimen de la Minería de 25 de agosto
de 1978.
Pontevedra, 26 de julio de 1999.-La Delegada
provincial, Carmen Bianchi Valcarce.- 33.544.
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