MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Tribunal
ómicoAdministrativo Central
Vocalía 3. ª
Notificación a "Berolán, Sociedad Anónima", de fallo
dictado por el Tribunal Económico-Administrativo
Central, en el expediente R.G. 304-95 y 502-95,
Protocolo 1127 y 1128/97, por aplicación de lo dispuesto
en el artículo 86 del Reglamento de Procedimiento
en las Reclamaciones Económico-Administrativas
Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a "Berolán, Sociedad Anónima", que por
el Tribunal Económico-Administrativo Central, y en
el expediente R.G. 304-95 y 502-95,
Protocolo 1127 y 1128/97, seguido a su instancia y por
el Director general de la Tesorería General de la
Seguridad Social, en asunto relativo a Seguridad
Social, se ha dictado resolución en sesión del día 18
de diciembre de 1997, cuya parte dispositiva dice
lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en resolución a los recursos de alzada
interpuestos por el Director general de la Tesorería
General de la Seguridad Social y por ``Berolán,
Sociedad Anónima'', contra el acuerdo del Tribunal
Económico-Administrativo Regional del País
Vasco de 22 de diciembre de 1994 (reclamación
20/8/93), acuerda:
1. º Estimar el presentado por el Director general.
2. º Desestimar el presentado por ``Berolán,
Sociedad Anónima", y
3. º Anular el acuerdo recurrido."
Lo que se le notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá el interesado interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de finalización de la publicación
del presente anuncio.
Madrid, 22 de julio de 1999.-El Vocal Jefe de
la Sección, Antonio Fernández Cuevas.-33.570-E.
Notificación a "Satres, Montajes Industriales,
Sociedad Limitada", representada por don Juan
Carlos Nadal Liarte, de fallo dictado por el
Tribunal Económico-Administrativo Central, en el
expediente R.G. 2068-95, Protocolo 982/97, por
aplicación de lo dispuesto en el artículo 86 del
Reglamento de Procedimiento en las
Reclamaciones Económico-Administrativas
Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a "Satres, Montajes Industriales, Sociedad
Limitada", representada por don Juan Carlos Nadal
Liarte, que por el Tribunal
Económico-Administrativo Central, en el expediente R.G. 2068-95,
Protocolo 982/97, seguido a su instancia, en asunto
relativo a Seguridad Social, se ha dictado resolución
en sesión del día 6 de noviembre de 1997, cuya
parte dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, como resolución de la reclamación
interpuesta por ``Satres, Montajes Industriales, Sociedad
Limitada'', contra resolución de la Tesorería General
de la Seguridad Social de fecha 30 de enero de 1995,
expediente R.J. 902/94, acuerda: Desestimar la
misma y confirmar el acto recaudatorio impugnado."
Lo que se le notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá el interesado interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de finalización de la publicación
del presente anuncio.
Madrid, 22 de julio de 1999.±El Vocal Jefe de
la Sección, Antonio Fernández Cuevas.-33.569-E.
Vocalía 5. ª
Edicto
Desconociéndose el actual domicilio de "Técnicos
Asesores Comercio Internacional, Sociedad
Anónima", por no hallársele en avenida Senda Galiana,
sin número, calle D, 15, Coslada (Madrid), que
había designado, se le hace saber por el presente
edicto que por este Tribunal
Económico-Administrativo Central y en el expediente RG 4780-97 y
RS 382-97, seguido a su instancia por el Impuesto
sobre el Valor Añadido, se ha dictado resolución
en sesión de Sala del día 9 de junio de 1999, cuya
parte dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso de alzada promovido por
``Técnicos Asesores Comercio Internacional,
Sociedad Anónima'' (TACISA), contra Resolución del
Tribunal Regional de Madrid de 16 de abril de 1997,
acerca del Impuesto sobre el Valor Añadido, acuerda
desestimarlo, confirmando el fallo impugnado."
Lo que notifico reglamentariamente, advirtiéndole
que contra esta Resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
en el plazo de dos meses, a contar del día siguiente
a la fecha de este edicto.
Madrid, 20 de julio de 1999.-El Vocal, Alejandro
Rebollo Álvarez-Amandi.-33.571-E.
MINISTERIO DE FOMENTO
Secretaría General
de Comunicaciones
Anuncio por el que se establece plazo de presentación
de solicitudes de licencia para el establecimiento y
explotación de redes públicas fijas de acceso radio
en la banda de 3,4 a 3,6 GHz
En virtud de lo establecido en el artículo 9 de
la Orden de 22 de septiembre de 1998, por la que
se establece el régimen aplicable a las licencias
individuales para servicios y redes de
telecomunicaciones y las condiciones que deben cumplirse por sus
titulares, el Secretario general de Comunicaciones
ha resuelto establecer el plazo de un mes, contado
a partir del día siguiente a la publicación del presente
anuncio en el "Boletín Oficial del Estado" para que
quienes estén interesados en la obtención de licencia
individual para el establecimiento y explotación de
una red pública fija de acceso radio en la banda
de 3,4 a 3,6 GHz y la concesión del dominio público
radioeléctrico presenten su solicitud.
El texto completo de la Resolución, incluidos los
anexos con los documentos a presentar y las
características de estas licencias, pueden recogerse en la
Secretaría General de Comunicaciones, Palacio de
Comunicaciones, plaza de Cibeles, sin número, 28071
Madrid, o en la página web: www.sgc.mfom.es
Madrid, 9 de agosto de 1999.-El Secretario
general, José Manuel Villar Uríbarri.-34.060.
Subdirección General de Evaluación y
Calidad de los Servicios de Telecomunicaciones
Por el presente anuncio, la Subdirección General
de Evaluación y Calidad de los Servicios de
Telecomunicaciones notifica a todos los interesados que
a continuación se relacionan aquellas notificaciones
que han resultado infructuosas en los domicilios
expresados, correspondientes a resoluciones de
expedientes administrativos sancionadores, por
infracciones tipificadas en la Ley 31/1987, de 18
de diciembre, de Ordenación de las
Telecomunicaciones, modificada por Ley 32/1992 y en la Ley
11/1998, de 24 de abril, General de
Comunicaciones.
Asimismo, se informa que el expediente completo
se encuentra en la Secretaría General de
Comunicaciones (Subdirección General de Evaluación y
Calidad de los Servicios de Telecomunicaciones)
y la Resolución objeto de la presente notificación
que, en virtud de la cautela prevista en el
artículo 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, no se publica en su
integridad, en la Jefatura Provincial de Inspección de
Telecomunicaciones que en cada caso se señala.
Expediente número: CI/S 02753/97. Nombre y
apellidos: Don José Antonio Marza Monfort. Fecha
resolución: 5 de marzo de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Castellón.
Expediente número: CI/S 00227/98. Nombre y
apellidos: Don José Hinojosas Túnez. Fecha
resolución: 2 de marzo de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Valencia.
Expediente número: CI/S 00322/98. Nombre y
apellidos: Don Antonio García Muñoz. Fecha
resolución: 26 de febrero de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Valencia.
Expediente número: CI/S 00694/98. Nombre y
apellidos: Doña Ana María Mateos Martínez. Fecha
resolución: 27 de mayo de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de León.
Expediente número: CI/S 00795/98. Nombre y
apellidos: Don Pedro Jové Rifa. Fecha resolución:
29 de octubre de 1998. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Barcelona.
Expediente número: CI/S 01241/98. Nombre y
apellidos: Don Cayetano Hernández Colomo. Fecha
resolución: 1 de marzo de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Barcelona.
Expediente número: CI/S 01710/98. Nombre y
apellidos: Don José María Garcés Baeza. Fecha
resolución: 11 de marzo de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Barcelona.
Expediente número: CI/S 02058/98. Nombre y
apellidos: Don Fulgencio Cerezuelo Pintado. Fecha
resolución: 13 de abril de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Murcia.
Expediente número: CI/S 02080/98. Nombre y
apellidos: Don Sergio Sánchez Morales. Fecha
resolución: 17 de marzo de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Cádiz.
Expediente número: CI/S 02261/98. Empresa:
"Trasiego y Derivados, Sociedad Limitada". Fecha
resolución: 13 de abril de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Albacete.
Expediente número: CI/S 02312/98. Nombre y
apellidos: Don Juan Manuel Torres Cortés. Fecha
resolución: 11 de marzo de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Murcia.
Expediente número: CI/S 02325/98. Nombre y
apellidos: Don Jorge René Piñeiro. Fecha
resolución: 11 de marzo de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Barcelona.
Expediente número: CI/S 02326/98. Nombre y
apellidos: Don Fernando Blanco Ruiz. Fecha
resolución: 28 de mayo de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Barcelona.
Expediente número: CI/S 02340/98. Nombre y
apellidos: Don Cándido Sánchez Gavilán. Fecha
resolución: 9 de abril de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Tarragona.
Expediente número: CI/S 02398/98. Empresa:
"Comercial Industrial de Áridos, Sociedad
Anónima". Fecha resolución: 27 de mayo de 1999. Jefatura
Provincial Inspección de Telecomunicaciones de
León.
Expediente número: CI/S 02451/98. Nombre y
apellidos: Don Álvaro Conesa Garrido. Fecha
resolución: 26 de junio de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Barcelona.
Expediente número: CI/S 02474/98. Empresa:
"Transportes Roma Albacete, Sociedad Anónima".
Fecha resolución: 9 de abril de 1999. Jefatura
Provincial Inspección de Telecomunicaciones de
Albacete.
Expediente número: CI/S 02657/98. Nombre y
apellidos: Don Antonio Castro Quero. Fecha
resolución: 27 de mayo de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Granada.
Expediente número: CI/S 02697/98. Nombre y
apellidos: "Transportes Aguilar del Vallés, Sociedad
Limitada". Fecha resolución: 7 de abril de 1999.
Jefatura Provincial Inspección de
Telecomunicaciones de Tarragona.
Expediente número: CI/S 02763/98. Nombre y
apellidos: Don Carlos Carmona Fajardo. Fecha
resolución: 27 de mayo de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Murcia.
Expediente número: CI/S 03051/98. Nombre y
apellidos: Don Celestino López Fernández. Fecha
resolución: 7 de septiembre de 1999. Jefatura
Provincial Inspección de Telecomunicaciones de
Murcia.
Expediente número: CI/S 03144/98. Nombre y
apellidos: Don Agustín Díaz Triviño. Fecha
resolución: 15 de marzo de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Tarragona.
Expediente número: CI/S 00509/99. Empresa:
"Bazar Ladis, Sociedad Limitada". Fecha resolución:
11 de junio de 1999. Jefatura Provincial Inspección
de Telecomunicaciones de Cáceres.
Durante el plazo de un mes a contar desde el
siguiente al de la publicación de este anuncio en
el "Boletín Oficial del Estado", los interesados
podrán comparecer en los expedientes, así como
ejercer cualquier acción que corresponda al
momento procedimental en que se encuentra el expediente.
Lo que se hace público a los efectos de lo
dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la citada
Ley 30/1992, modificada por Ley 4/1999.
Madrid, 30 de julio de 1999.-El Subdirector
general, Antonio Alvarado Delgado.-33.575-E.
Subdirección General de Planes
y Proyectos de Infraestructuras
Ferroviarias
1. ª Jefatura de Proyectos
Resolución relativa a la expropiación forzosa de los
bienes y derechos afectados por las obras del proyecto
"línea Tarragona-Barcelona-Francia. Supresión del
paso a nivel del punto kilométrico 36/310 en L'Arboç
(Tarragona)
Con fecha 2 de julio de 1999, la Secretaría de
Estado de Infraestructuras y Transportes aprobó el
proyecto reseñado, ordenando a esta Jefatura la
iniciación del expediente de expropiación de los bienes
y derechos necesarios para la ejecución de las obras.
Al estar incluido en la normativa de la Ley
16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los
Transportes Terrestres, les es aplicable el artículo 153,
sobre declaración de utilidad pública y la urgencia
de la ocupación de los bienes afectados de
expropiación forzosa; siendo en consecuencia de
aplicación el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y concordantes
del Reglamento para su aplicación de 26 de abril
de 1957.
Por cuanto antecede esta Jefatura ha resuelto abrir
información pública a los efectos de expropiación
durante el plazo de quince días computados en la
forma establecida en la primera consecuencia del
artículo 17 del Reglamento de 26 de abril de 1957,
publicando la relación de interesados, bienes y
dereLínea Tarragona-Barcelona-Francia. Supresión del paso a nivel del punto kilométrico 36/310 en L'Arboç
(Tarragona). Municipio: L'Arboç. Relación de bienes y derechos afectados
Datos catastro
Finca
Polígono Parcela o referencia
1 Polígono 14 Parcela 5 María Gener Ferret.................... 1.331 Suelo rústico.
2 Polígono 13 Parcela 73 Montserrat Sensé Magriqa............ 288 Suelo rústico.
3 Polígono 13 Parcela 74 María Gener Ferret.................... 93 Suelo rústico.
4 Polígono 13 Parcela 71 Ramia Joan Martí...................... 299 Suelo rústico.
5 Polígono 13 Parcela 75 José Martín Segura..................... 1.734 Suelo rústico.
6 2603804CF8720D Gener María Ferret.................... 663 Suelo urbano.
7 2603801CF8720B Vives Dolors Vidal..................... 572 Suelo urbano.
8 2501301CF8720B0001DA Félix Zaera Monforte.................. 1.232 Suelo urbano.
9 2702801CF8720B Antonio Fares Sanduz................. 2.511 Suelo urbano.
10 2601701CF8720B0001ZA Banco Español de Crédito, S. A..... 249 Suelo urbano.
11 2902101CF8720D RENFE.................................. 538 Suelo urbano.
12 2800601CF8720B Jané Pedro Güell....................... 685 Suelo urbano.
13 2800602CF8720B Ayuntamiento de L'Arboç............ 1.755 Suelo urbano.
14 Polígono 18 Parcela 52 Arturo Bascopte Barlabé.............. 2.865 Suelo urbano.
15 Polígono 18 Parcela 51 Dolors Mané López.................... 2.822 Suelo rústico.
17 3099901CF8720B Aragonés Manuel Virgili.............. 1.227 Suelo urbano.
18 3099902CF8720B Bascompte Josefa Barlabé............ 1.128 Suelo urbano.
19 3099912CF8720B Vives Teresa Vidal...................... 771 Suelo urbano.
Demarcaciones de Carreteras
ARAGÓN
Expropiaciones
Ordenada por la Superioridad con fecha 15 de
enero de 1999 la iniciación del expediente de
expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados
con motivo de las obras del proyecto "Variante de
Fraga. Carretera N-II de Madrid a Francia por
Barcelona. Tramo variante de Fraga (punto kilométrico
431,0 al punto kilométrico 440,2) y carretera N-II
chos afectados en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de L'Arboç, "Boletín Oficial del Estado",
"Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona" y
en los diarios "Diari de Tarragona" y "El Punt",
para que los propietarios figurados en dicha relación
y todas las demás personas o entidades que se
estimen afectadas por las obras puedan formular por
escrito ante esta Jefatura las alegaciones que
consideren oportunas a los solos efectos de subsanar
posibles errores en dicha relación, de acuerdo con
lo previsto en la Ley de Expropiación Forzosa y
en el artículo 56.2 del Reglamento para su
aplicación.
Asimismo, ha resuelto fijar los días y horas que
a continuación se relacionan, para proceder al
levantamiento de las actas previas a la ocupación de
los bienes y derechos afectados.
Término municipal: L'Arboç. Días: 22 y 23 de
septiembre de 1999. Hora: De diez a dieciocho.
Dicho trámite será iniciado en el citado
Ayuntamiento los días y horas previstos, donde estará
a disposición de los propietarios afectados el plano
general de expropiación y la relación de propietarios.
La fecha para el levantamiento del acta previa
a la ocupación será previa y debidamente notificada
a los interesados, los cuales deberán comparecer
con los documentos que acrediten su personalidad
y titularidad de los bienes y derechos afectados y,
en caso de no hacerlo personalmente, su
representante estará debidamente apoderado al efecto.
Madrid, 30 de julio de 1999.-El Ingeniero-Jefe,
Ángel Cabo Astudillo.-33.663.
Superficie
afectada
Nombre titular Aprovechamiento
-
m 2
entre el final de la variante de Fraga y el inicio
de la variante de Lérida (punto kilométrico 440,2
al punto kilométrico 446,0) provincias de Huesca
y Lleida." Clave 23-HU-3010, aprobado con fecha
30 de julio de 1998, lo que implica la utilidad y
necesidad de ocupación, en virtud del artículo 12
de la Ley 51/1974, de 19 de diciembre, de
Carreteras, y siéndole de aplicación los artículos 52 de
la vigente Ley de Expropiación Forzosa y 56 y
siguientes de su Reglamento, de conformidad con
el acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 28
de mayo de 1999, por el que se declara la urgente
ocupación de los bienes y derechos afectados por
la expropiación forzosa para la realización de las
obras del mencionado proyecto, esta Demarcación
ha resuelto señalar los días 20 al 24 y 27 al 20
de septiembre y 1 de octubre de 1999, de nueve
treinta a trece treinta y de dieciséis a diecinueve
horas, en las dependencias del Ayuntamiento de
Fraga (Huesca), y los días 4,5y6deoctubre
de 1999, de nueve treinta a trece treinta horas, en
las dependencias del Ayuntamiento de Soses
(Lleida), para proceder al levantamiento de las actas
previas a la ocupación de los bienes y derechos
que se afectan.
El señalamiento será notificado, individualmente,
por correo certificado y acuse de recibo, a los
interesados convocados, que son los comprendidos en
la relación que figura expuesta en el tablón de
anuncios de los Ayuntamientos respectivos y en las
oficinas de la Demarcación de Carreteras del Estado
(Coso, número 25, 4. ª planta, 50071 Zaragoza, calle
General Lasheras, número 6, 22071 Huesca, y plaza
de San Juan, número 22, 25071 Lleida), junto con
el plano de expropiación.
A dicho acto concurrirán el representante y el
perito de la Administración, así como el Alcalde
del respectivo Ayuntamiento o Concejal en quien
delegue a tales efectos, pudiendo los propietarios
hacer uso de los derechos que les concede el artículo
52 de la mencionada Ley de Expropiación Forzosa,
en su párrafo 3. º Dichos propietarios deberán asistir
personalmente o representados por persona
autorizada para actuar en su nombre, aportando los
documentos acreditativos de su titularidad y el
último recibo de contribución que corresponda al bien
afectado.
Zaragoza, 27 de julio de 1999.-El Ingeniero Jefe,
Mariano Ferrando Claver.-33.787.
MINISTERIO DE TRABAJO
Y ASUNTOS SOCIALES
Unión Nacional de Trabajadores
"Anexo al Convenio Colectivo extraestatutario
firmado el 11 de noviembre de 1998, entre los
representantes de la Federación Nacional de
Asociaciones Profesionales de Administradores de Loterías
y la Unión Nacional de Trabajadores, y la
Asociación Nacional de Trabajadores de
Administraciones de Loterías.
En virtud de lo que se determina en el
artículo 6 del citado Convenio, se reúnen en esta fecha
dichas representaciones para adoptar el siguiente
ACUERDO
Artículo único.
Se establece un aumento salarial equivalente al
1,8 por 100, correspondiente al Índice de Precios
al consumo (IPC) previsto, aplicable a todas las
categorías comprendidas en el Convenio Colectivo
de fecha 11 de noviembre de 1998, con efectos
desde 1 de enero de 1999.
Si el IPC previsto señalado fuera inferior al IPC
real, la diferencia se abonará en el primer trimestre
del año 2000.
Loa atrasos correspondientes deberán abonarse
en el mismo mes de la publicación de este
acuerdo en el ªBoletín Oficial del Estadoº.
Lo que se prueba de conformidad, se firma por
la Comisión en Madrid a 30 de abril de
1999.".-33.484.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CATALUÑA
Departamento de Industria,
Comercio y Turismo
Dirección General de Energía y Minas
Resolución de declaración de la condición de mineral
natural de las aguas de la captación Manantial
Pallars, en el término municipal de Rialp
De acuerdo con el artículo 86 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"
número 285, del 27), se somete a información
pública el expediente sobre la resolución de declaración
de la condición de mineral natural de las aguas
de la captación Manantial Pallars, en el término
municipal de Rialp, que se reproduce en el anexo
de este edicto.
Aquellas personas que tengan interés en
examinarlo podrán hacerlo en las oficinas de la Dirección
General de Energía y Minas, situada en la avenida
Diagonal, 514, 2. º , de Barcelona.
Dentro del plazo de veinte días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación de este
edicto, podrán alegar lo que consideren conveniente.
Barcelona, 22 de febrero de 1999.-El Director
general, Albert Mitjà i Sarvirsé.-33.651.
Anexo
Resolución
Hechos
1. En fecha 9 de octubre de 1997 la empresa
"Manantials d'Aigua del Pallars, Sociedad
Limitada", presentó ante la Dirección General de Energía
y Minas solicitud de declaración de la condición
de mineral natural de las aguas que manan de la
captación ubicada dentro del término municipal de
Rialp, identificada por las siguientes coordinadas
UTM del sector 31 T: X = 346.875; Y = 4.701.370;
Z = 736; adjuntando la documentación requerida
por el artículo 4.3 del Decreto 307/1994, sobre
competencias y procedimiento a seguir para la
declaración y la autorización del aprovechamiento de
aguas minero-medicinales, minerales naturales, de
manantial y termales, a los efectos de su
comercialización como agua de bebida envasada.
2. El 3 de febrero de 1998 se efectuó la toma
de muestras y se levantó acta de las operaciones
realizadas, donde consta que se llenaron las cuatro
botellas, las cuales se sellaron y precintaron para
ser entregadas, una a la solicitante, otra a la
Delegación Territorial del Departamento de Sanidad y
Seguridad Social de Lleida, otra al Instituto
Tecnológico Geominero de España (ITGE) y la cuarta
para depositarla en la Dirección General de Energía.
3. En fecha 21 de mayo de 1998, el ITGE emitió
el informe que preceptúa el artículo 39.2 del
Reglamento General para el Régimen de la Minería,
concluyendo que el agua analizada procedente de la
captación, bajo el punto de vista físico-químico,
cumple las exigencias establecidas por el apartado 1.2.3.1
del anexo 1 del Real Decreto 1164/1991, por el
que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria
para la Elaboración, Circulación y Comercio de
Aguas de Bebida Envasadas, y que deberá cumplir,
previamente a su autorización, con lo establecido
por el artículo 1.3 del anexo 2 del Real Decreto
mencionado.
4. La solicitud objeto de este procedimiento se
publicó en el "Boletín Oficial del Estado"
número 296, de 11 de diciembre de 1997, y en el "Diario
Oficial de la Generalidad de Cataluña"
número 2538, de 15 de diciembre de 1997.
5. En fecha 23 de marzo de 1998 se solicitó
informe a la Dirección General de Salud Pública
del Departamento de Sanidad y Seguridad Social
y a la Junta de Aguas.
La Dirección General de Salud Pública emitió el
informe solicitado el 15 de abril de 1998,
concluyendo que cumple la reglamentación técnico-sanitaria
de las aguas de bebida envasadas para las aguas
minerales naturales (Real Decreto 1164/1991).
Por su parte, la Junta de Aguas informó
favorablemente a la declaración de estas aguas como
minerales naturales en fecha 19 de agosto de 1998.
Fundamentos de Derecho
1. Presentada la solicitud de declaración de la
condición de mineral natural de las aguas que manan
de la captación ubicada dentro del término municipal
de Rialp, se cumplió con la tramitación establecida
por el artículo 4 del Decreto 307/1994, de 16 de
noviembre, sobre competencias y procedimiento a
seguir para la declaración y la autorización del
aprovechamiento de las aguas minero-medicinales,
minerales naturales, de manantial y termales, a los efectos
de su comercialización como agua de bebida
envasada ("Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña"
número 1978, del 28), en adelante
Decreto 307/1994; los artículos 24 y 30 de la Ley 22/1973,
de 21 de julio, de Minas ("Boletín Oficial del Estado"
número 176, del 24); 39 y 45 del Real Decreto
2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba
el Reglamento General para el Régimen de la Minería
("Boletín Oficial del Estado" número 295, de 11
de diciembre, y número 296 de 12 de diciembre),
y el Real Decreto 1164/1991, de 22 de julio, por
el que se aprueba la Reglamentación
Técnico-Sanitarias para la Elaboración, Circulación y Comercio
de las Aguas de Bebida Envasada ("Boletín Oficial
del Estado" número 178, del 26).
2. De acuerdo con lo establecido por el artículo 4
del Decreto 307/1994, se requirió el informe previo
a la Administración hidráulica, a los efectos de lo
que prevé el artículo 1.4 del Reglamento del Dominio
Público Hidráulico, y tal como se ha hecho constar
en el apartado 5 de la relación de hechos, en fecha 21
de agosto de 1998 el Servicio de Poniente de la
Junta de Aguas informó favorablemente a la
declaración solicitada.
3. Finalmente, tanto la Dirección General de
Salud Pública como el ITGE emitieron informe
favorable sobre la procedencia de la declaración de la
condición de mineral natural de las aguas objeto
de la solicitud.
4. El artículo 4.6 del Decreto 307/1994
determina que el órgano competente para declarar la
condición de minerales naturales de unas aguas es
el Consejero de Industria, Comercio y Turismo.
De acuerdo con la propuesta de resolución dictada
por la Dirección General de Energía y Minas, de
acuerdo con todo lo anteriormente expuesto y en
ejercicio de las competencias que me atribuyen los
artículos 24 de la Ley de Minas; 39 del Reglamento
General para el Régimen de la Minería; 4 del
Decreto 307/1994, y 36 del Decreto 327/1997, de 9 de
diciembre, de desarrollo de la estructura del
Departamento de Industria, Comercio y Turismo ("Diario
Oficial de la Generalidad de Cataluña" número
2541, del 18), resuelvo:
1. Declarar la condición de mineral natural de
las aguas de la captación Manantial Pallars, ubicada
en el término municipal de Rialp, captación
determinada por las siguientes coordenadas UTM del
sector 31 T: X = 346.875; Y = 4.701.370; Z = 736.
2. De acuerdo con lo que establece el
artículo 39.3 del Reglamento General para el Régimen
de la Minería, declarar la utilidad pública de estas
aguas por lo que se refiere a su condición de mineral
natural.
3. De acuerdo con lo que determina el
artículo 40 del Reglamento General para el Régimen de
la Minería, otorgar a las personas que este precepto
indica el plazo de un año, contado a partir de la
fecha de la notificación de esta Resolución de
declaración, para ejercer el derecho preferente a solicitar
su aprovechamiento.
4. Ordenar, de acuerdo con lo que establece
el artículo 4 del Decreto 307/1994, la notificación
de la Resolución a los interesados y su publicación
en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña".
Contra esta Resolución, que agota la vía
administrativa, se puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente al de su notificación, previa
comunicación a este Departamento de acuerdo con lo
que establece el artículo 110.3 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre.
Barcelona, 16 de diciembre de 1998.-El
Consejero de Industria, Comercio y Turismo, Antoni
Subirà i Claus.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CANTABRIA
Consejería de Industria, Turismo,
Trabajo y Comunicaciones
ón General de Industria
Resolución por la que se otorga a la empresa "Electra
de Viesgo, Sociedad Anónima", la autorización
administrativa, la declaración en concreto de utilidad
pública y la aprobación del proyecto de ejecución
de la electrificación rural en el término municipal
de Liérganes (expediente AT-11-90)
La empresa "Electra de Viesgo, Sociedad
Anónima", con domicilio social en la calle del Medio,
12, Santander, ha solicitado ante la Dirección
General de Industria de la Consejería de Industria,
Turismo, Trabajo y Comunicaciones la autorización
administrativa, la declaración en concreto de utilidad
pública y la aprobación del proyecto de ejecución
de la electrificación rural de Liérganes.
En cumplimiento de los trámites que establecen
los Decretos 2617/1966, de 20 de octubre, sobre
las normas para el otorgamiento de autorización
administrativa en materia de instalaciones eléctricas,
y 2619/1966, de 20 de octubre, por el que se aprueba
el Reglamento sobre expropiación y sanciones en
materia de instalaciones eléctricas, que continúan
en vigor de acuerdo con lo que prevé la disposición
transitoria primera de la Ley 40/1994, de 30 de
diciembre, de Ordenación del Sistema Eléctrico
Nacional, que resulta aplicable de conformidad con
lo establecido en la disposición transitoria segunda,
punto 2, de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre,
del sector eléctrico, la solicitud mencionada ha sido
sometida a un período de información pública,
mediante el anuncio publicado en el "Boletín Oficial
de Cantabria" número 177, de 4 de septiembre de
1998; en el "Boletín Oficial del Estado" número
116, de 15 de mayo de 1999, y en el periódico
"El Diario Montañés", de 11 de agosto de 1998.
Paralelamente al trámite de información pública,
en cumplimiento de lo que dispone el artículo 16.2
del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, se ha
notificado al único afectado, don Daniel Fernández
Diego, para que pudiese formular las alegaciones
procedentes.
Las alegaciones formuladas por don Miguel
Gómez Hervía, Letrado en representación de don
Daniel Fernández Diego, propietario de la finca
número 1, no son atendibles ya que no se cumplen
conjuntamente las condiciones a), b) y c)
establecidas en el artículo 26 del Decreto 2619/1966, de
20 de octubre. Concurre, además, la causa de
inadmisibilidad que determina el punto 3 del citado
artículo, pues el coste de la variante propuesta es
superior en un 28 por 100 al presupuesto de la
parte de la línea afectada por la variante, que
implicaría la afectación a terceros no incursos en el
expediente.
Cumplidos los trámites administrativos que
dispone la Ley 40/1994; Decretos 2617/1966 y
2619/1966, ambos de 20 de octubre, ya citados;
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común y demás normas
de legal y vigente aplicación.
Visto que, de acuerdo con lo que dispone el Real
Decreto 1903/1996, de 2 de agosto, y el Decreto
99/1996, de 26 de septiembre, la competencia para
autorizar instalaciones eléctricas provinciales
corresponde a la Dirección General de Industria;
Visto el informe favorable del Servicio de Energía,
resuelvo:
Primero.-Autorizar a la empresa "Electra de
Viesgo, Sociedad Anónima", la instalación eléctrica
"Electrificación rural de Liérganes", en el término
municipal de Liérganes.
Segundo.-Declarar la utilidad pública de la
instalación eléctrica que se autoriza, conforme a lo
dispuesto en los artículos 51 y siguientes de la Ley
40/1994, de 28 de diciembre, que llevará implícita,
en todo caso, la necesidad de ocupación o de
adquisición de los derechos afectados de los propietarios
con los que el solicitante no ha llegado a un acuerdo
e implicará su urgente ocupación a los efectos del
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de
16 de diciembre de 1954.
Tercero.-Aprobar el proyecto de ejecución, con
las características técnicas siguientes:
Electrificación rural de Liérganes, barrios
Mercadillo, La Costera, El Cargar y La Cuesta, que
comprende:
Líneas eléctricas aéreas de 20 KV, derivaciones
a los centros de transformación "La Bolera", "Río"
y "Bombas".
Centros de transformación tipo intemperie
siguientes: "Calgar", "Feve", "Río", "Bolera",
"Balneario", "Botijeras", "La Cuesta" y "Bombas".
Redes de baja tensión de los centros de
transformación anteriormente indicados.
Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo
dispuesto en la normativa anteriormente citada y
sometida a las condiciones especiales siguientes:
Primera.-Las instalaciones deberán realizarse de
acuerdo con el proyecto técnico firmado por el
Ingeniero industrial don Antonio Zorrilla Lavín y visado
por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de
Santander, con el número 6444, de 13 de octubre
de 1989.
Segunda.-La empresa titular será la responsable
del uso, la conservación y el mantenimiento de la
instalación, de acuerdo con las condiciones de
seguridad que establece la normativa vigente.
Tercera.-El titular comunicará al Servicio de
Energía el inicio de las obras, las incidencias y su
finalización, a efectos de reconocimiento definitivo
y extensión del acta de puesta en marcha.
Cuarta.-La Administración dejará sin efecto la
presente Resolución en cualquier momento en que
observe el incumplimiento de las condiciones
impuestas.
Quinta.-La autorización se otorga sin perjuicio
de terceros y es independiente de las autorizaciones
o licencias de competencia de otros organismos.
Contra esta Resolución, que no agota la vía
administrativa se podrá interponer recurso de alzada ante
el Consejero de Industria, Turismo, Trabajo y
Comunicaciones, en el plazo de un mes, según lo
establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero.
Santander, 16 de junio de 1999.-El Director
general, Pedro J. Herrero López.-33.538.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE LA REGIÓN DE MURCIA
Agencia Regional de Recaudación
de subasta
Don Juan José Aroca Martínez, Jefe del Servicio
de la Agencia Regional de Recaudación,
Hago saber: Que en el expediente de apremio
que se sigue en el Servicio de Recaudación, contra
"Pinatar Club Fútbol Casino Cultural", código de
identificación fiscal G-30074942, por el Jefe del
Servicio de Recaudación se ha acordado la
enajenación, en subasta pública, del siguiente bien:
Lote único: Urbana. Trozo de terreno destinado
a la edificación, situado en el término de San Pedro
del Pinatar, en las afueras del casco urbano de la
población, de cabida 1.588 metros 85 decímetros
cuadrados, que linda: Al frente, con la carretera
de Lo Pagán; derecha, hermanos Gracia, don Rafael
Carrasco y don Francisco Belchí; izquierda,
carretera de Las Salinas, y al fondo, con el resto de
la finca matriz de donde procede, de doña Soledad
Pérez Martos.
Obra nueva: Edificio construido sobre el terreno
descrito en la inscripción número 1, destinado a
local social, que consta de planta baja y planta de
piso en primera altura, cubierto de tejado. La planta
baja ocupa una superficie edificada de 627 metros
cuadrados, destinándose el resto de la superficie
del solar a zona de jardinería y aparcamientos.
Finca número 6.119, inscrita en el folio 101 y 102,
libro no consta del Registro de la Propiedad número
2 de San Javier.
Valor del bien: 85.000.000 de pesetas.
Cargas que han de quedar subsistentes: Ninguna.
Tipo de subasta: 85.000.000 de pesetas.
Tramos a los que se ajustarán las ofertas: 250.000
pesetas.
La subasta tendrá lugar el día 30 de agosto
de 1999, a las once treinta horas, en el salón
"Pistacho", sito en la segunda planta del Palacio
Regional de la Comunidad Autónoma de Murcia, avenida
Teniente Flomesta, sin número, de Murcia, y se
ajustará a las siguientes condiciones:
Primera.-Podrán tomar parte como licitadores
todas las personas que tengan capacidad de obrar
con arreglo a Derecho, no tengan impedimento o
restricción legal, y se identifiquen por medio del
documento nacional de identidad o pasaporte y con
documento que justifique, en su caso, la
representación que ostenten.
Segunda.-Todo licitador habrá de constituir, ante
la Mesa de Subasta, depósito de, al menos, el 20
por 100 del tipo de subasta. Depósito que perderá
y se ingresará en firme en el Tesoro si, resultando
adjudicatario del bien, no completase el pago del
precio del remate, en el acto o dentro de los cinco
días siguientes, y sin perjuicio de la responsabilidad
en que incurrirá por los mayores perjuicios que sobre
el importe de la fianza originase la inefectividad
de la adjudicación.
Tercera.-Los licitadores que así lo deseen podrán
enviar o presentar sus ofertas en sobre cerrado,
debiendo tener entrada en el Registro General hasta
una hora antes de la fijada para el inicio de la
subasta. En dicho sobre se indicará la cantidad
máxima ofrecida y deberán ir acompañadas de un cheque
conformado extendido a favor de la Gerencia
Regional de Recaudación por el importe del depósito
de garantía del 20 por 100 del tipo de subasta.
Cuarta.-Los licitadores, mediante sobre cerrado,
serán representados por la Mesa, que pujará por
ellos mejorando las ofertas que hagan los licitadores
presentes, sin sobrepasar el máximo fijado en el
sobre. Asimismo podrán participar personalmente
en la licitación, mejorando las ofertas hechas en
el sobre.
Quinta.-La subasta se suspenderá en cualquier
momento anterior a la adjudicación del bien si se
efectúa el pago de la deuda y costas del
procedimiento.
Sexta.-Los licitadores deberán conformarse con
los títulos de propiedad obrantes en el expediente,
que se encontrarán de manifiesto en esta Agencia
de Recaudación hasta una hora antes del inicio de
la subasta, no teniendo derecho a exigir otros
distintos.
Séptima.-Si al finalizar la licitación no se hubiese
adjudicado el bien, la Mesa podrá acordar la
celebración de una segunda licitación, que se anunciará
en el mismo acto, y en la que se admitirán
proposiciones que cubran el 75 por 100 del tipo de
subasta en la primera licitación.
Octava.-De no acordarse la celebración de dicha
segunda licitación, o si celebrada ésta, el bien
tampoco fuere adjudicado, se acordará en el acto la
apertura del trámite de adjudicación directa del bien,
durante el plazo de seis meses.
Novena.-Las ofertas, que deberán cubrir en todo
caso los tipos de subasta, se ajustarán a los tramos
uniformes que, en función de tales tipos, se irán
anunciando por la Mesa.
Décima.-Se advierte a todos los posibles
acreedores hipotecarios o pignoraticios desconocidos que
por medio del presente anuncio se les tendrá por
notificados con plena virtualidad legal, pudiendo
personarse en el expediente y alegar lo que a su
derecho convenga.
Murcia, 30 de julio de 1999.-El Jefe del Servicio
de Recaudación, Juan José Aroca
Martínez.-33.434.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
VALENCIANA
Consejería de Obras Públicas,
Urbanismo y Transportes
Pago de la fase previa a la ocupación por la
expropiación forzosa de la obra: "Abastecimiento de agua
para usos urbanos a la comarca de la Plana Baixa.
Términos municipales de Betxí, Chilches, La Llosa,
Nules, Onda, Vall d'Uixó, Vila-Real y Villavieja"
Lugar: Ayuntamiento de Onda.
Día: 13 de septiembre de 1999. Hora: De nueve
treinta a catorce treinta.
Día: 14 de septiembre de 1999. Hora: De nueve
treinta a catorce treinta.
Día: 15 de septiembre de 1999. Hora: De nueve
treinta a catorce treinta.
Día: 16 de septiembre de 1999. Hora: De nueve
treinta a dieciocho.
Día: 20 de septiembre de 1999. Hora: De nueve
treinta a once treinta.
Lugar: Ayuntamiento de Vila-Real.
Día: 20 de septiembre de 1999. Hora: De doce
treinta a dieciocho.
Día: 21 de septiembre de 1999. Hora: De nueve
treinta a dieciocho.
Día: 22 de septiembre de 1999. Hora: De nueve
treinta a dieciocho.
Día: 23 de septiembre de 1999. Hora: De nueve
treinta a dieciocho.
Día: 27 de septiembre de 1999. Hora: De nueve
treinta a dieciocho.
Lugar: Ayuntamiento de Betxí.
Día: 28 de septiembre de 1999. Hora: De nueve
treinta a dieciocho.
Día: 29 de septiembre de 1999. Hora: De nueve
treinta a trece treinta.
Lugar: Ayuntamiento de Villavieja.
Día: 29 de septiembre de 1999. Hora: De dieciséis
quince a dieciocho quince.
Lugar: Ayuntamiento de Nules.
Día: 30 de septiembre de 1999. Hora: De nueve
treinta a dieciocho.
Día: 4 de octubre de 1999. Hora: De nueve treinta
a diecisiete.
Lugar: Ayuntamiento de Vall d'Uixó.
Día: 5 de octubre de 1999. Hora: De nueve treinta
a dieciocho.
Día: 6 de octubre de 1999. Hora: De nueve treinta
a dieciocho.
Día: 7 de octubre de 1999. Hora: De nueve treinta
a diez treinta.
Lugar: Ayuntamiento de Llosa.
Día: 7 de octubre de 1999. Hora: De once treinta
a dieciocho.
Lugar: Ayuntamiento de Chilches.
Día: 13 de octubre de 1999. Hora: De nueve
treinta a dieciocho.
Los interesados deberán asistir, provistos de su
documento nacional de identidad y acreditar la
titularidad, si no lo han hecho en otra fase del
procedimiento, y si optaran por ser representados por
otras personas, éstas deberán acreditar su
representación, en la forma establecida en el artículo 32
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Se significa que el presente anuncio se publica,
igualmente, a los efectos establecidos en el artículo
59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, según
redacción dada por la Ley 4/1999, para los
interesados que figuran como desconocidos o con
domicilio ignorado.
Valencia, 31 de julio de 1999.-El Consejero, José
Ramón García Antón.-33.659.
Secretaría General
Información pública del proyecto de construcción de
concentración, supresión y mejora de las condiciones
de seguridad en los pasos a nivel de la línea 1
de F. G. V. ubicados en los términos municipales
de Alginet, Carlet, l'Alcudia, Massalavés, Alberic y
Villanueva de Castellón
Aprobado técnicamente por Resolución de 28 de
julio de 1999, de la Dirección General de
Transportes, de la Consejería de Obras Públicas,
Urbanismo y Transportes, se somete a información
pública el proyecto de referencia, de acuerdo con lo
dispuesto en el Decreto 37/1996 del Gobierno
Valenciano sobre regulación de los pasos a nivel
en las líneas de ferrocarriles de la Generalidad
Valenciana.
Objeto: Formular las observaciones que
justifiquen su declaración de interés general, sobre su
concepción global y sobre la evaluación de impacto
ambiental.
Plazo: Treinta días hábiles a contar desde el día
siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial
del Estado".
Lugar de exposición: Locales de la Consejería
de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, de
la avenida Blasco Ibáñez, 50, de Valencia.
Valencia, 28 de julio de 1999.-El Secretario
general, Antonio Rodríguez Barberá.-33.658.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE EXTREMADURA
Consejería de Presidencia y Trabajo
Dirección General de Trabajo
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 4, apartados3y4delaLeyOrgánica 11/1985,
de 2 de agosto, de Libertad Sindical ("Boletín Oficial
del Estado" número 189, del 8); en las disposiciones
concordantes de la Ley 19/1977, de 1 de abril,
sobre regulación del derecho de asociación sindical
de trabajadores y empresarios ("Boletín Oficial del
Estado" número 80, del 4), y del Real
Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los
Estatutos de las organizaciones constituidas al
amparo de la Ley 17/1977, citada ("Boletín Oficial del
Estado" número 101, del 28), se hace público:
Que el día 18 de mayo de 1999, fue presentado
por don Fernando Nevado Blanco, en el Registro
General de Entradas de Documentos del Servicio
Territorial de Badajoz de la Consejería de
Presidencia y Trabajo, el acta de fundación y los Estatutos
y demás documentación de la entidad denominada
Asociación Extremeña de Franquiciadores, a la que
correspondió el número de depósito CA/94,
domiciliada en calle Díaz Brito, número 7, bajo, derecha,
06005 Badajoz, que se configura como una
asociación patronal, cuyo ámbito territorial es el de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, y cuyo
ámbito profesional comprende a las personas físicas
o jurídicas que tengan interés en el desarrollo de
la promoción y difusión de la franquicia como forma
de expansión y desarrollo de las empresas; el
asesoramiento profesional a las empresas
franquiciadoras; la representación y defensa de los intereses
generales de las empresas franquiciadoras ante los
distintos órganos y Administraciones Públicas; la
formación e información a las empresas
franquiciadoras de cuantas materias les afecten. Son
firmantes del acta fundacional: Don Fernando Nevado
Blanco, con documento nacional de identidad
número 8.826.926, y don Juan de Jesús Penim Botejara,
con documento nacional de identidad número
8.834.285.
Habida cuenta que la documentación así
presentada adolece de determinados defectos subsanables,
con fecha 30 de junio de 1999 se procede a formular
requerimiento para la subsanación de las
deficiencias observadas, cumplimentándose el mismo el 9
de julio de 1999; por lo que, cumpliéndose con
todos los requisitos legales establecidos en las citadas
normas,
Esta oficina pública acuerda:
Primero.-Admitir el depósito de los Estatutos de
la entidad referenciada con efectos desde el 23 de
julio de 1999, a partir de la cual, transcurridos veinte
días, la entidad adquiere personalidad jurídica y
plena capacidad de obrar, en función de lo establecido
por el artículo 4.7 de la Ley 11/1985, y el
artículo 3 de la Ley 19/1977, citadas.
Segundo.-Disponer la publicación de este
acuerdo en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario
Oficial de Extremadura".
Lo que se hace público para que todo aquel que
se considera interesado pueda examinar los
Estatutos depositados en estas dependencias (Dirección
General de Trabajo de la Consejería de Presidencia
y Trabajo de la Junta de Extremadura, paseo de
Roma, sin número, de Mérida, Badajoz), y solicitar
la declaración judicial de no ser conforme a Derecho
la documentación depositada, ante la Sala de lo
Social del Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura, en virtud de lo establecido por el
artículo 171 y la disposición adicional sexta del Real
Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Procedimiento Laboral ("Boletín Oficial del Estado"
número 86, del 11).
Mérida, 23 de julio de 1999.-El Director general
de Trabajo, Luis Revello Gómez.-33.568-E.
Dirección General de Trabajo
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 4, apartados3y4delaLeyOrgánica 11/1985,
de 2 de agosto, de Libertad Sindical ("Boletín Oficial
del Estado" número 189, del 8); en las disposiciones
concordantes de la Ley 19/1977, de 1 de abril,
sobre regulación del derecho de asociación sindical
de trabajadores y empresarios ("Boletín Oficial del
Estado" número 80, del 4), y del Real Decreto
873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los
Estatutos de las organizaciones constituidas al
amparo de la Ley 17/1977, citada ("Boletín Oficial del
Estado" número 101, del 28), se hace público:
Que el día 20 de julio de 1999, fue presentado
por don Lorenzo Amor Acedo, en el Registro
General de Entradas de Documentos de la Consejería
de Presidencia y Trabajo, el acta de fundación y
correspondió el número de depósito CA/95,
domiciliada en plaza de la Constitución, número 9, 1. º ,
06800 Mérida, provincia de Badajoz, que se
configura como una asociación patronal, cuyo ámbito
territorial es el de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, y cuyo ámbito profesional comprende
a todos los gremios, oficios profesionales libre,
actividades artísticas, agrícolas, ganaderas, pesqueras,
y en general, todos los trabajadores que realicen
un trabajo por cuenta propia y estén afiliados al
Régimen Especial de la Seguridad Social de los
trabajadores por cuenta propia o autónomos. Son
firmantes del acta fundacional: Don Lorenzo Amor
Acedo, con documento nacional de identidad
número 30.520.246; don Javier Ferrán Varaona, con
documento nacional de identidad número
4.435.518; don Luis García de Vinuesa Matute, con
documento nacional de identidad número 9.167.932
y don Rafael Carmona del Castillo, con documento
nacional de identidad número 30.484.697.
Habida cuenta que la documentación así
presentada cumple con todos los requisitos legales
establecidos por las citadas normas.
Esta oficina pública acuerda:
Primero.-Admitir el depósito de los Estatutos de
la entidad referenciada con efectos desde el 26 de
julio de 1999, a partir de la cual, transcurridos veinte
días, la entidad adquiere personalidad jurídica y
plena capacidad de obrar, en función de lo establecido
por el artículo 4.7 de la Ley 11/1985, y el
artículo 3 de la Ley 19/1977, citadas.
Segundo.-Disponer la publicación de este
acuerdo en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario
Oficial de Extremadura".
Lo que se hace público para que todo aquel que
se considera interesado pueda examinar los
Estatutos depositados en estas dependencias (Dirección
General de Trabajo de la Consejería de Presidencia
y Trabajo de la Junta de Extremadura, paseo de
Roma, sin número, de Mérida, Badajoz), y solicitar
la declaración judicial de no ser conforme a Derecho
la documentación depositada, ante la Sala de lo
Social del Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura, en virtud de lo establecido por el
artículo 171 y la disposición adicional sexta del Real
Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Procedimiento Laboral ("Boletín Oficial del Estado"
número 86, del 11).
Mérida, 26 de julio de 1999.-El Director general
de Trabajo, Luis Revello Gómez.-33.567-E.
Dirección General de Trabajo
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 4, apartados3y4delaLeyOrgánica 11/1985
de 2 de agosto, de Libertad Sindical ("Boletín Oficial
del Estado" número 189, del 8); en las disposiciones
concordantes de la Ley 19/1977, de 1 de abril,
sobre regulación del derecho de asociación sindical
de trabajadores y empresarios ("Boletín Oficial del
Estado" número 80, del 4), y del Real
Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los
Estatutos de las organizaciones constituidas al
amparo de la Ley 17/1977, citada ("Boletín Oficial del
Estado" número 101, del 28), se hace público:
Que el día 12 de julio de 1999, fue presentado
por don Lorenzo Ramos Silva, en el Registro
General de Entradas de Documentos de la Consejería
de Presidencia y Trabajo, escrito de solicitud de
admisión a depósito de modificaciones de Estatutos,
adoptado en el I Congreso Regional Constituyente
de UPA-EXTREMADURA, celebrado el día 24 de
abril de 1999, de la Asociación denominada Unión
de Pequeños Agricultores de Extremadura, en siglas
"UPA-EXTREMADURA", expediente de depósito
CA/94, domiciliada en avenida de la Libertad, sin
número, 06800 Mérida (Badajoz), que integran a
los titulares, por cualquier título, de explotaciones
agrarias, que trabajen por cuenta propia en su
explotación mediante la aportación de su trabajo personal
y directo en la misma, a tiempo parcial o completo;
a las Cooperativas, Sociedades Agrarias de
Transformación, o cualquier otro tipo de persona jurídica,
y en general cualquier forma asociativa de
explotación ±aunque no tenga personalidad jurídica- cuya
actividad principal esté relacionada con el sector
agrario o, en general, con el ámbito rural; a los
técnicos, titulados agrarios y profesionales en
general cuya actividad profesional esté vinculada al
medio rural. La referida modificación consiste en
dar nueva redacción a sus Estatutos, afectando la
misma al cambio de denominación, pasando a ser:
Unión de Pequeños Agricultores y Comerciantes de
Extremadura, en siglas "UPA-EXTREMADURA".
Son firmantes: Don Lorenzo Ramos Silva, don
Ignacio Huertas de la Peña, don Miguel Leal Escobar,
con documento nacional de identidad número
8.677.365.
Habida cuenta que la documentación así
presentada adolece de determinados defectos subsanables
con fecha 14 de julio de 1999 se procede a formular
requerimiento para la subsanación de las
deficiencias observadas, cumplimentándose el mismo el 22
de julio de 1999; por lo que, cumpliéndose con
todos los requisitos legales establecidos por las
citadas normas.
Esta oficina pública acuerda admitir el depósito
de la modificación de los Estatutos de la entidad
referenciada y disponer su publicación en el "Boletín
Oficial del Estado" y en el "Diario Oficial de
Extremadura".
Lo que se hace público para que todo aquel que
se considera interesado pueda examinar los
Estatutos depositados en estas dependencias (Dirección
General de Trabajo de la Consejería de Presidencia
y Trabajo de la Junta de Extremadura, paseo de
Roma, sin número, de Mérida, Badajoz), y solicitar
la declaración judicial de no ser conforme a Derecho
la documentación depositada, ante la Sala de lo
Social del Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura, en virtud de lo establecido por el
artículo 171 y la disposición adicional sexta del Real
Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Procedimiento Laboral ("Boletín Oficial del Estado"
número 86, del 11).
Mérida, 29 de julio de 1999.-El Director general
de Trabajo, Luis Revello Gómez.-33.576-E.
UNIVERSIDADES
COMPLUTENSE DE MADRID
Facultad de Veterinaria
Habiéndose extraviado el título de Licenciado en
Veterinaria de don Carlos Correa Gorospe,
registrado al folio 54, número 2392, de esta Facultad,
y al folio 7, número 57, del Ministerio de Educación
y Cultura, que fue expedido el 30 de abril de 1977.
Se anuncia el citado extravío a los efectos de la
Orden de 9 de septiembre de 1974.
Madrid, 30 de junio de 1999.-El Secretario, Luis
Ruiz Abad.-33.546.
PAÍS VASCO
de Medicina y Odontología
Habiendo sufrido extravío el título de Licenciado
en Medicina y Cirugía de don Igancio Álvarez Busto,
que fue expedido el 30 de julio de 1997, y registrado
con la clave alfanumérica 1998120885, se hace
público por término de treinta días hábiles para
oír reclamaciones. Todo ello en cumplimiento de
lo dispuesto en la Orden de 8 de julio de 1988.
Leioa, 30 de julio de 1999.-La Jefa del Negociado
de Título.-33.790.
de Medicina y Odontología
Habiendo sufrido extravío el título de Licenciado
en Medicina y Cirugía de doña Isabel Iturriaga
Nieva, que fue expedido el 5 de noviembre de 1984,
y registrado en el MEC al número 5.849, se hace
público por término de treinta días hábiles para
oír reclamaciones. Todo ello en cumplimiento de
lo dispuesto en la Orden de 8 de julio de 1988.
Leioa, 30 de julio de 1999.-La Jefa del Negociado
de Título.-33.791.
SALAMANCA
A efectos de la Orden de 9 de septiembre de
1974, se anuncia el extravío del Título de Licenciado
en Filosofía y Ciencias de la Educación (Sección
Psicología) de doña Luisa María Inmaculada
Guijarro Molinero, expedido el 29 de febrero de 1986.
Salamanca, 3 de agosto de 1999.-El
Vicerrector de Investigación, Jesús Hernández
Méndez.-33.729.
VALENCIA
Escuela Universitaria de Enfermería "La Fe"
Habiéndose extraviado el título de Diplomado en
Enfermería de don Gaspar Miguel Domingo
González, expedido por el Ministerio de Educación y
Ciencia el 18 de enero de 1982, número 101, se
hace público para que, en su caso, se presenten
las oportunas reclamaciones, en el plazo de treinta
días siguientes a la publicación de este anuncio.
Transcurrido el mismo, se iniciarán los trámites para
la expedición del duplicado correspondiente.
Valencia, 14 de julio de 1999.-La Directora de
la Escuela, Amparo Nogales Espert.-33.432.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid