Está Vd. en

Documento BOE-B-1999-16439

Anuncios particulares

Publicado en:
«BOE» núm. 198, de 19 de agosto de 1999, páginas 11563 a 11564 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-1999-16439

TEXTO

ILUSTRE COLEGIO NOTARIAL

DE VALLADOLID

Solicitada la devolución de la fianza que, para

garantizar el ejercicio de su cargo, tenía constituida

don Manuel Benito Pérez, Notario que fue de

Guisona (Colegio Notarial de Cataluña), Burgo de

Osma (Colegio Notarial de Burgos), Béjar,

Ponferrada y Salamanca (Colegio Notarial de Valladolid),

se hace público por el presente, a fin de que, si

alguien tuviera que deducir alguna reclamación

contra tal fianza, la formule ante la Junta Directiva

de este Colegio Notarial en el plazo de un mes,

a partir de la publicación del presente anuncio.

Valladolid, 19 de julio de 1999.-El Decano, José

Luis Prada Pérez-Moneo.-34.026.

METRO DE MADRID, S. A.

Anuncio de convocatoria de contratación para la

fabricación, suministro, puesta en marcha y garantía

de material móvil de gálibo ancho

Entidad contratante:

Nombre: "Metro de Madrid, Sociedad Anónima".

Dirección: Calle Cavanilles, número 58, 28007

Madrid.

Teléfono: 91 379 88 00.

Fax: 91 552 76 42.

Naturaleza del contrato:

Naturaleza: Mixta.

Fabricación, suministro, puesta en marcha y

garantía de material móvil, de gálibo ancho, para

"Metro de Madrid, Sociedad Anónima".

Ofertas parciales: La contratación a adjudicar está

dividida en varios lotes, siendo posible licitar por

uno, varios o todos ellos y que consiste en:

Lote 1. Diez unidades MRM con velocidad

máxima 110 Km/h y morfología del interiorismo

para servicio preferente en línea 8 Nuevos

Ministerios-Barajas, con adaptación para el transporte de

equipajes y tensión de alimentación de 600 V.cc.

Fecha de entrega: Febrero a septiembre de 2001.

Lote 2. Treinta unidades MNRRNM o

MRNNRM (composición a definir en la fase de

proyecto) con velocidad máxima 110 Km/h,

destinadas preferentemente a la actual línea 10, una

vez modificado su gálibo, y sus ampliaciones.

Fechas de entrega:

Fase 1: Fuencarral-Nuevos Ministerios, ocho

unidades, entre enero y junio de 2001.

Fase 2: Nuevos Ministerios-Puerta Batán, quince

unidades, entre enero y septiembre de 2001.

Fase 3: Puerta Batán-Cuatro Vientos, siete

unidades, entre abril y diciembre de 2001.

Lote 3: Treinta y cinco unidades MRM destinadas

preferentemente a la línea de Metrosur, con

velocidad máxima de 110 Km/h y posible circulación

en línea 10.

Estas unidades estarán preparadas y diseñadas

para que en un futuro se formen composiciones

iguales a las del lote 2.

Fecha de entrega: Enero a diciembre de 2002.

Los lotes 2 y 3 de unidades se ofertarán en las

siguientes variantes:

Tensión de alimentación de 600 V.cc.

Tensión de alimentación de 1.500 V.cc.

Tensión de alimentación de 1.500 V.cc. y 600

V.cc. (bitensión).

Lugar de entrega: Comunidad de Madrid.

Presentación de variantes: Según pliegos de

condiciones.

Duración inicial del contrato: Será la de

construcción y puesta en servicio del material móvil,

más el período de garantía y sus ampliaciones, si

las hubiere. Aproximadamente cinco años.

Fecha de inicio: A la firma del contrato.

Retirada del pliego y solicitud aclaraciones:

Unidad de Logística. Madrid, calle Doctor Esquerdo,

número 138, segunda planta.

Para la retirada de los pliegos habrá de efectuarse,

con carácter previo, ingreso, mediante transferencia

bancaria a la cuenta corriente número

2038/1176/04/6000048845, que "Metro de Madrid,

Sociedad Anónima", tiene en la sucursal 1176 de

Caja Madrid, sita en la calle Cavanilles, número

39, 28007 Madrid, de la cantidad de 250.000

pesetas.

Las aclaraciones hasta diez días hábiles anteriores

a la fecha límite de presentación de ofertas.

Garantías:

Provisional: La cuantía variará según el alcance

de la oferta, y en función del siguiente desglose:

Para las ofertas que se presenten al lote 1 se

constituirá una garantía provisional por importe de

130.000.000 de pesetas.

Para las ofertas que se presenten al lote 2 se

constituirá una garantía provisional por importe de

680.000.000 de pesetas.

Para las ofertas que se presenten al lote 3 se

constituirá una garantía provisional por importe de

290.000.000 de pesetas.

La forma de constituirla se hará según se recoge

en el pliego de condiciones generales y económicas.

Definitiva: Según se establece en el pliego.

Agrupación de empresas oferentes: Las empresas

interesadas podrán concurrir de forma individual

o conjunta. En caso de que varias empresas

concurran de forma conjunta, podrán contituir una

unión temporal de empresas conforme a la Ley

española o habrán de formular compromiso expreso de

que su actuación frente a Metro de Madrid sea

solidaria, a todos los efectos.

Modalidades de pago: Según pliego.

Recepción de solicitudes:

Fecha límite: Doce horas del día 11 de octubre

de 1999.

Dirección de envío: Calle Doctor Esquerdo,

número 138, segunda planta (a la atención de la

Unidad de Logística).

Idioma: Español.

Gastos del proceso: Según se establece en el

pliego de condiciones generales y económicas.

Criterios de adjudicación: Serán los que figuran

en el pliego de condiciones generales y económicas.

Condiciones mínimas de carácter económico y

técnico: Según pliego.

Fecha de envío del anuncio: 18 de agosto de

1999.

Fecha de recepción del anuncio: 18 de agosto

de 1999.

Fecha de envío del anuncio al "Diario Oficial

de la Comunidad Europea": 18 de agosto de 1999.

Madrid, 17 de agosto de 1999.-El Director de

Proyectos y Obras, Ildefonso de Matías

Jiménez.-34.401.

SOCIEDAD RECTORA DE LA BOLSA

DE VALORES DE VALENCIA, S. A.

Información pública de la incorporación

de un nuevo miembro a la Bolsa

Habiendo suscrito y/o adquirido "Gestión de

Activos del Mediterráneo, Sociedad Anónima", S.V.B.;

"Mercavalor, Sociedad Anónima", S.V.B., y

"General de Valores y Cambios, Sociedad Anónima",

S.V.B., un total de 6.000 acciones cada una de esta

sociedad rectora y "Savia Capital Gestión, Sociedad

Anónima", A.V.B. (modificada en fecha 22 de junio

de 1999 su denominación por la de "B.I. Capital,

A.V., Sociedad Anónima"), un total de 1.200

acciones de esta sociedad rectora, y habiéndose expedido

por el Instituto Valenciano de Finanzas los

oportunos títulos de miembros de la Bolsa de Valencia,

quedan, en consecuencia, y de acuerdo con lo

dispuesto en el Real Decreto 726/1989, de 23 de junio,

incorporados como miembros a la Bolsa de valores

de Valencia.

Valencia, 30 de julio de 1999.-El

Consejero-Director general, Francisco Álvarez Molina.-34.045.

UNIÓN DE CRIADORES DE TOROS

DE LIDIA

Tribunal de Defensa de la Competencia

En el expediente 436/98 (1437/96) del Servicio

de Defensa de la Competencia, iniciado como

consecuencia de la denuncia de don José I. García

Montero-Ríos, en nombre y representación de la

Asociación Nacional de Ganaderías de Lidia

(ANGL), contra la Unión de Criadores de Toros

de Lidia (UCTL), por supuestas conductas

prohibidas por la Ley 16/1989, de 17 de julio ("Boletín

Oficial del Estado" del 18), de Defensa de la

Competencia (LDC), consistentes en obligar, de acuerdo

con distintos artículos de sus Estatutos, a mantener

relaciones comerciales exclusivamente entre las

ganaderías asociadas, limitando así la competencia,

se ha dictado Resolución de 22 de julio de 1999,

cuya parte dispositiva dice:

"Primero.-Declarar acreditada la realización de

una conducta restrictiva de la competencia,

prohibida por el artículo 1.1 de la Ley 16/1989, de

Defensa de la Competencia, por parte de la Unión

de Criadores de Toros de Lidia, consistente en la

inclusión en sus Estatutos de 1987, vigente hasta

1996, de cláusulas que imponen a los asociados

la obligación de no mantener relaciones comerciales

con ganaderos pertenecientes a otras asociaciones,

en cuanto a la compraventa de reses, la transmisión

de hierro, señal, divisa y semen, así como la

obligación de no permitir que su reses sean lidiadas

en festejos donde exista ganado bravo de ganaderos

ajenos a UCTL.

Segundo.-Declarar acreditada la realización de

conductas restrictivas de la competencia, prohibida

por el artículo 1.1 de la Ley 16/1989, de Defensa

de la Competencia, por parte de la Unión de

Criadores de Toros de Lidia, Asociación Nacional de

Ganaderías de Lidia, Ganaderos de Lidia Unidos

y Agrupación Española de Ganaderos de Reses

Bravas, consistente en la recomendación colectiva, a

través de contratos tipo, de condiciones comerciales

que deben ser objeto de libre negociación entre las

ganaderías y los empresarios organizadores de

festejos taurinos.

Tercero.-Imponer a las asociaciones

responsables como autoras de estas conductas prohibidas

las siguientes multas:

Unión de Criadores de Toros de Lidia:

40.000.000 de pesetas.

Asociación Nacional de Ganaderías de Lidia:

5.000.000 de pesetas.

Ganaderos de Lidia Unidos: 7.000.000 de

pesetas.

Agrupación Española de Ganaderos de Reses

Bravas: 5.000.000 de pesetas.

Cuarto.-Intimar a Unión de Criadores de Toros

de Lidia, Asociación Nacional de Ganaderías de

Lidia, Ganaderos de Lidia Unidos y Agrupación

Española de Ganaderos de Reses Bravas a que cesen

en las conductas que se han declarado prohibidas

y a que se abtengan de realizarlas en el futuro.

Quinto.-Ordenar a Unión de Criadores de Toros

de Lidia, Asociación Nacional de Ganaderías de

Lidia, Ganaderos de Lidia Unidos y Agrupación

Española de Ganaderos de Reses Bravas que en

el plazo de un mes, a contar desde la notificación

de esta resolución, den traslado de la misma a todos

sus asociados. En caso de incumplimiento, se les

impondrá una multa coercitiva de 50.000 pesetas

por cada día de retraso en el envío.

Sexto.-Ordenar a Unión de Criadores de Toros

de Lidia, Asociación Nacional de Ganaderías de

Lidia, Ganaderos de Lidia Unidos y Agrupación

Española de Ganaderos de Reses Bravas la

publicación en el plazo de un mes, a contar desde la

notificación de esta resolución, de la parte

dispositiva de esta resolución, en el "Boletín Oficial del

Estado" y en dos de los diarios de información

general de mayor circulación de ámbito nacional,

a costa de las empresas sancionadas, debiendo dar

cuenta dicha publicación al Servicio de Defensa de

la Competencia. En caso de incumplimiento, se les

impondrá una multa coercitiva de 50.000 pesetas

por cada día de retraso en la publicación".

Madrid, 9 de agosto de 1999.-Alicia Araúz de

Robles.-34.049.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid