NOTARÍA DE DON MIGUEL V.
CASTILLO NÁCHER
Notario de Paterna (Valencia)
Edicto
Hago saber: Que en autos de juicio ejecutivo
número 352/1996, seguidos por el Juzgado de
Primera Instancia e Instrucción número 3 de Paterna
(Valencia), a instancia de BANCAJA, contra
"Central de Saneamiento, Sociedad Anónima", don José
Antonio Sánchez García y doña María Consuelo
Peiró Juan, se ha acordado la venta en pública
subasta notarial, que por la presente se convoca, por
las veces que se dirán y término de veinte días
cada una de ellas, de los bienes que al final se
relacionan.
Primero.-La subasta tendrá lugar en la Notaría
del que la anuncia, avenida del País Valenciano,
números 21-23, en Paterna (Valencia), con arreglo
a las siguientes condiciones:
Fechas de la subasta: El día 30 de septiembre
de 1999, para la primera; el 26 de octubre de 1999,
para la segunda, si la primera quedara desierta, y
el día 22 de noviembre de 1999, para la tercera,
caso de quedar desiertas las dos primeras, todas
ellas a las once horas. El tipo será el de tasación
que después se dice, para la primera subasta; para
la segunda, servirá de tipo el anterior, con una rebaja
del 25 por 100, y la tercera subasta, se celebraría
sin sujeción a tipo.
Segundo.-Los licitadores deberán consignar en
la notaría para participar en la subasta el 20 por
100 del tipo respectivo, para concurrir a la primera
y la segunda, y el 20 por 100 del tipo de la segunda,
para concurrir a la tercera. Sin dicha consignación
no serán admitidos, salvo el derecho de la parte
actora en todos los casos a concurrir sin verificar
consignación previa.
Tercero.-Las subastas se celebrarán por el
sistema de pujas a la llana y podrán hacerse posturas
por escrito, en pliego cerrado, entregado en la
notaría, desde la publicación del presente anuncio hasta
la celebración de la subasta de que se trate, en
la forma que previene el artículo 1.499 de la Ley
de Enjuiciamiento Civil.
Cuarto.-Solamente el ejecutante podrá hacer
postura a calidad de ceder el remate a un tercero.
Quinto.-No constan aportados los títulos de
propiedad, debiendo conformarse los licitadores con
la titulación que resulta de los autos que obran
depositados en la notaría, donde podrán ser examinados.
Después del remate, no se admitirá al rematante
ninguna reclamación por insuficiencia o defecto de
los títulos. Se entenderá que todo licitador acepta
como bastante la titulación reseñada, y que las cargas
y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito
del actor, si los hubiere, continuarán subsistentes,
entendiéndose que el rematante los acepta y queda
subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin
destinarse a su extinción el precio del remate.
Sexto.-Las cantidades consignadas por los que
hubieran sido adjudicatarios les serán devueltas
inmediatamente de celebrada la subasta. La
consignada por el mejor postor quedará a cuenta y
como parte del precio total del remate.
Bienes que se subastan y su valoración, propiedad
de don José Antonio Sánchez García:
Trescientas acciones de la mercantil
"Instalaciones Fonsa, Sociedad Anónima", números 1.501 al
1.800, ambos inclusive, valoradas en 14.402.295
pesetas.
La adquisición quedará sometida, en su caso, a
lo establecido en la Ley de Sociedades Anónimas
(artículos 64 y concordantes), en cuanto fuere de
aplicación.
Paterna (Valencia), 16 de agosto de 1999.
Miguel V, Castillo Nácher.-35.225-*
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