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MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Dirección General de Política
Económica y Defensa
de la Competencia
Nota-extracto a efectos del trámite de información
pública, según lo dispuesto en el artículo 38.3 de
la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la
Competencia, y en el artículo 5 del Real Decreto
157/1992, de 21 de febrero, que la desarrolla, en
relación con el expediente número 2.056/99
Se instruye por la Dirección General de Política
Económica y Defensa de la Competencia del
Ministerio de Economía y Hacienda, con el número
2.056/99, expediente a instancia de "LVMH
Perfumes y Cosméticos Ibérica, Sociedad Anónima",
para un contrato de distribución selectiva de
perfumes Christian Dior.
Considerando que la Ley 16/1989, de 17 de julio,
de Defensa de la Competencia ("Boletín Oficial del
Estado" del 18), contempla la facultad del Tribunal
de Defensa de la Competencia de autorizar los
acuerdos a que se refiere el artículo 3 de dicha
disposición legal, esta Dirección General, en cuanto
órgano instructor del expediente y conforme a lo
previsto en el artículo 38.3 de la Ley 16/1989, ha
acordado abrir un período de información pública
durante diez días hábiles a partir de la publicación
de este aviso, según lo preceptuado en el artículo
36.4 de la Ley 16/1989, para que toda persona
física o jurídica, sea o no interesada, pueda aportar
cualquier clase de información y exponer cuantos
datos estime significativos acerca del referido
expediente.
Madrid, 3 de septiembre de 1999.-El Director
general, Luis de Guindos Jurado.-36.363.
Nota-extracto a efectos del trámite de información
pública, según lo dispuesto en el artículo 38.3 de
la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la
Competencia, y en el artículo 5 del Real Decreto
157/1992, de 21 de febrero, que la desarrolla, en
relación con el expediente número 2.045/99
Se instruye por la Dirección General de Política
Económica y Defensa de la Competencia del
Ministerio de Economía y Hacienda, con el número
2.045/99, expediente de renovación de una práctica
exceptuada.
Por auto de 22 de julio de 1999 el Tribunal de
Defensa de la Competencia acordó la incoación
de expediente para la renovación de la autorización
concedida a la Asociación Nacional de Fabricantes
de Sacos de Papel, con fecha 17 de enero de 1994,
para la constitución de un registro de Morosos.
Considerando que la Ley 16/1989, de 17 de julio,
de defensa de la Competencia ("Boletín Oficial del
Estado" del 18), contempla la facultad del Tribunal
de Defensa de la Competencia de renovar los
acuerdos autorizados, esta Dirección General, en cuanto
órgano instructor del expediente y conforme a lo
previsto en el artículo 38.3 de la Ley 16/1989, ha
acordado abrir un período de información pública
durante diez días hábiles a partir de la publicación
de este aviso, según lo preceptuado en el artículo
36.4 de la Ley 16/1989, para que toda persona
física o jurídica, sea o no interesada, pueda aportar
cualquier clase de información y exponer cuantos
datos estime significativos acerca del referido
expediente.
Madrid, 3 de septiembre de 1999.-El Director
general, Luis de Guindos Jurado.-36.364.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Consejería de Economía
Dirección Regional de Industria
Por la representación de "Hidroeléctrica del
Cantábrico, Sociedad Anónima", se solicita la
instrucción de expediente de expropiación forzosa, por
el procedimiento de urgencia, de los bienes y
derechos relacionados al final, para la reforma e
instalación de las líneas eléctricas a 16 KV
"Lledias-Celorio, centros de transformación y derivaciones"
(tercera fase), entre la que se encuentra la derivación
al "CTI Guardia Civil", en el término municipal
de Llanes.
La autorización de la instalación y la declaración
de utilidad pública en concreto, a efectos de
imposición de la servidumbre de paso, se acordaron
por Resolución de la Consejería de Economía de
fecha 10 de abril de 1997.
La finalidad de la obra, cuya instalación se
autorizó, tal y como se recoge en la Memoria del
proyecto aprobado, es por un lado mejorar el suministro
de energía eléctrica en las poblaciones de Posada,
Piedra, Quintana, Niembro, Balmori, Barro, Celorio
y Porrúa, para lo cual ya existía un anteproyecto
redactado en 1991, que ahora se reforma para
adecuarlo a los nuevos condicionamientos
medioambientales, corrigiendo, asimismo, las interferencias
de traza existentes con la nueva autovía del
Cantábrico.
Por otra parte, estas nuevas instalaciones
sustituirán las viejas líneas con apoyos de madera y
aisladores rígidos actualmente en servicio y posibilitan
la sustitución de líneas aéreas por subterráneas en
el casco urbano de Celorio, con lo cual se mejorará
considerablemente tanto la calidad del servicio
como las condiciones de seguridad pasiva en toda
la zona de influencia.
En consecuencia, se somete a información pública
la petición de "Hidroeléctrica del Cantábrico,
Sociedad Anónima", para que dentro del plazo de quince
días, contados a partir del siguiente al que tenga
lugar la publicación del presente anuncio, o, en su
caso, desde la recepción de la notificación, los
interesados puedan aportar por escrito los datos
oportunos para rectificar posibles errores en la relación,
así como formular las alegaciones procedentes por
razón de lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley
40/1994, de 30 de diciembre, de Ordenación del
Sistema Eléctrico Nacional. Todo ello en virtud de
lo establecido en el artículo 53 de la citada Ley,
en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación
Forzosa y 56 de su Reglamento.
Los planos parcelarios y la relación de propietarios
afectados se encuentran a disposición de los
interesados en la Dirección Regional de Industria
(edificio de Servicio Múltiple, cuarta planta, plaza de
España, sin número, 33007 Oviedo) de la Consejería
de Economía y en la Casa Consistorial del
Ayuntamiento de Llanes.
Oviedo, 28 de junio de 1999.-El Consejero de
Economía, P. D. (Resolución de 22 de abril de 1997,
"Boletín Oficial del Principado de Asturias" de 23
de mayo), el Director regional de Industria,
Alejandro Rodríguez.-35.704.
Dirección Regional de Industria
Por la representación de "Hidroeléctrica del
Cantábrico, Sociedad Anónima", se solicita la
instrucción de expediente de expropiación forzosa, por
el procedimiento de urgencia, de los bienes y
derechos relacionados al final, para la reforma e
instalación de las líneas eléctricas a 16 KV
"Lledias-Celorio, centros de transformación y derivaciones",
entre las que se encuentran las derivaciones a los
centros de transformación "Niembro I",
"Niembro II", "Niembro III", "Barro Pueblo", "Bombas",
"Barrio de Abajo", "El Balandro" y "Enlace
Borizo-Cueto Herrero" (segunda fase), en el término
municipal de Llanes.
La autorización de la instalación y la declaración
de utilidad pública en concreto, a efectos de
imposición de la servidumbre de paso, se acordaron por
Resolución de la Consejería de Economía de
fecha 10 de abril de 1997.
La finalidad de la obra, cuya instalación se
autorizó, tal y como se recoge en la Memoria del
proyecto aprobado, es por un lado mejorar el suministro
de energía eléctrica en las poblaciones de Posada,
Piedra, Quintana, Niembro, Balmori, Barro, Celorio
y Porrúa, para lo cual ya existía un anteproyecto
redactado en 1991, que ahora se reforma para
adecuarlo a los nuevos condicionamientos
medioambientales, corrigiendo, asimismo, las interferencias
de traza existentes con la nueva autovía del
Cantábrico.
Por otra parte, estas nuevas instalaciones
sustituirán las viejas líneas con apoyos de madera y
aisladores rígidos actualmente en servicio y posibilitan
la sustitución de líneas aéreas por subterráneas en
el casco urbano de Celorio, con lo cual se mejorará
considerablemente tanto la calidad del servicio
como las condiciones de seguridad pasiva en toda
la zona de influencia.
En consecuencia, se somete a información pública
la petición de "Hidroeléctrica del Cantábrico,
Sociedad Anónima", para que dentro del plazo de quince
días, contados a partir del siguiente al que tenga
lugar la publicación del presente anuncio, o, en su
caso, desde la recepción de la notificación, los
interesados puedan aportar por escrito los datos
oportunos para rectificar posibles errores en la relación,
así como formular las alegaciones procedentes por
razón de lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley
40/1994, de 30 de diciembre, de Ordenación del
Sistema Eléctrico Nacional. Todo ello en virtud de
lo establecido en el artículo 53 de la citada Ley,
en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación
Forzosa y 56 de su Reglamento.
Los planos parcelarios y la relación de propietarios
afectados se encuentran a disposición de los
interesados en la Dirección Regional de Industria
(edificio de Servicio Múltiple, cuarta planta, plaza de
España, sin número, 33007 Oviedo) de la Consejería
de Economía y en la Casa Consistorial del
Ayuntamiento de Llanes.
Oviedo, 28 de junio de 1999.-El Consejero de
Economía, P. D. (Resolución de 22 de abril de 1997,
"Boletín Oficial del Principado de Asturias" de 23
de mayo), el Director regional de Industria,
Alejandro Rodriguez.-35.706.
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