MINISTERIO DE FOMENTO
Demarcaciones de Carreteras
MADRID
Resolución de 25 de agosto de 1999, del
excelentísimo señor Ministro de Fomento, con firma
delegada en el excelentísimo señor Secretario de Estado
de Infraestructuras, por la que se aprueba el
expediente de información pública del estudio informativo
N-IV, variante entre la M-50 y la propia N-IV en
el entorno de Ocaña. Clave: EI-1-M-52
Visto el informe de la Dirección General de
Carreteras sobre el estudio informativo de referencia, y
en uso de la competencia establecida en la
Resolución de la Delegación de Atribuciones de 30 de
mayo de 1996, el Secretario de Estado de
Infraestructuras ha resuelto lo siguiente:
1. Declarar que los expedientes de información
pública reseñados en el asunto cumplen con lo
preceptuado en el artículo 3.2 del Real Decreto
legislativo 1302/1986, de 30 de junio, sobre Evaluación
de Impacto Ambiental, así como el artículo 17 del
Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, que
aprueba el Reglamento para la ejecución del mencionado
Real Decreto legislativo, y los artículos 32, 33, 34
y 35 del vigente Reglamento de Carreteras
(1812/1994, de 2 de septiembre).
2. Aprobar los expedientes de información
pública y definitivamente el estudio informativo
EI-1-M-52 denominado "N-IV, variante entre la
M-50 y la N-IV en el entorno de Ocaña", así como
el expediente de información pública del documento
justificativo del cumplimiento del artículo 6 de la
Directiva 92/43/CEE (Directiva Hábitats),
seleccionando como solución más favorable la alternativa
7 del documento complementario modificada en
el entorno de la Reserva Natural "El Regajal-Mar
de Ontígola", incluido el denominado "Eje del
Sureste", lo que supone una longitud de 53,9 + 6,4
kilómetros. El presupuesto de ejecución por contrata
incluyendo el Eje del Sureste, es de 46.545 millones
de pesetas y el presupuesto para conocimiento de
la Administración de 50.615 millones de pesetas.
3. En los siguientes documentos que desarrollen
la solución aprobada se tendrán en cuenta:
3.1 Las condiciones establecidas en la
declaración de impacto ambiental y que se incluye como
anejo a esta aprobación.
3.2 Lo dicho en la alegación de la Subdirección
General de Planes y Proyectos de Infraestructuras
Ferroviarias, manteniendo contacto con RENFE,
especialmente en cuanto a gálibos a respetar.
3.3 Se mantendrá la permeabilidad de paso de
caminos en todo el trazado de la autopista y, en
especial, la permeabilidad del viario urbano previsto
en la zona comprendida entre los núcleos de
población de Seseña y Seseña Nuevo.
3.4 Se estudiará la conveniencia de trasladar la
conexión con la M-50 (Eje Culebro) a un punto
al oeste del trazado del AVE, con el fin de minimizar
la afección a suelo urbanizable.
3.5 Se estudiará la conveniencia de incluir un
nuevo enlace en las proximidades de Seseña.
3.6 Se estudiará la posibilidad de ajustar el
trazado, en planta y alzado, en el paso por Seseña,
para minimizar en lo posible, la afección al
planeamiento y al entorno.
3.7 La redacción del correspondiente
anteproyecto ajustará la conexión del Eje Sureste con la
M-50 al trazado seleccionado para esta vía en el
"Documento de alternativas de trazado de la autovía
M-50 compatibles con el cumplimiento de la
Directiva 92/43/CEE".
La presente resolución pone fin a la vía
administrativa y contra la misma podrá interponerse
recurso potestativo de reposición, en el plazo de
un mes ante el Ministro del Departamento, o bien
directamente el contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses ante la Audiencia Nacional,
todo ello de conformidad con los artículos 109.C,
116 y 117 de la Ley 30/1992, en su redacción
dada por la Ley 4/1999, así como en los artículos
46.1 y 11.1.a de la 29/1998, de 13 de julio.
El anejo a que se refiere el punto 3.1 de la presente
resolución, fue publicado en el "Boletín Oficial del
Estado" número 208, de fecha 31 de agosto de
1999, página 32063 y siguientes.
Madrid, 2 de septiembre de 1999.-El Ingeniero
Jefe de la Demarcación, Roberto Alberola
García.- 36.949.
VALENCIA
Expediente de información pública del estudio
informativo: "Carretera N-332 de Almería a Valencia por
Cartagena y Gata, puntos kilométricos 242 al 259.
Variante de Sueca. Valencia". EI.2-V-28
Aprobado provisionalmente por la Dirección
General de Carreteras, con fecha 1 de julio de 1999,
el estudio informativo EI.2-V-28: "Carretera N-332
de Almería a Valencia por Cartagena y Gata, puntos
kilométricos 242 al 259. Variante de Sueca.
Valencia"; de conformidad con lo dispuesto en el artículo
10 de la Ley de Carreteras de 29 de julio de 1988
(Ley 25/1988) y en el artículo 34 del Reglamento
General de Carreteras de 2 de septiembre de 1994,
se somete el mencionado estudio informativo a
información pública por un período de treinta días
hábiles, contados a partir del primer día hábil
siguiente al de la publicación de este anuncio, para
que en el citado plazo pueda ser examinado por
quienes lo deseen, en días y horas de oficina, en
la Demarcación de Carreteras del Estado en
Valencia, calle Joaquín Ballester, número 39, 3. ª planta,
y en los Ayuntamiento de Tavernes de la Valldigna,
Favara, Cullera, Fortaleny, Llaurí, Riola y Sueca.
Durante el expresado plazo podrán presentarse
en las oficinas de la Demarcación de Carreteras
o por cualquiera de los sistemas señalados en el
artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, las alegaciones y
observaciones que se estimen oportunas, acerca de
cualquiera de las soluciones contempladas y que versen
sobre las circunstancias que justifiquen la
declaración de interés general y sobre la concepción global
de su trazado. Se hace constar que la información
pública lo es también a los efectos establecidos en
el Real Decreto 1302/1986 y su Reglamento (Real
Decreto 1131/1998), relativos a la Evaluación de
Impacto Ambiental.
Se hace constar que la nueva calzada tendrá
limitación total de acceso a las propiedades colindantes.
Lo que se comunica para general conocimiento.
Valencia, 28 de julio de 1999.-36.220.
Red Nacional de los Ferrocarriles
Españoles
Concurso público
Entidad convocante: Red Nacional de los
Ferrocarriles Españoles.
Objeto: Formación de sociedades con empresas
del sector inmobiliario para el desarrollo de suelos
de Renfe ubicados en: Águilas, Albacete,
Almendralejo, Arcos de la Frontera, Badalona, Carballino,
Játiva, Jerez de la Frontera, Las Matas, Lleida,
Madrid, Málaga, Miranda de Ebro, Oviedo,
Pamplona, Ronda, San Sebastián, Sevilla, Socuéllamos,
Tarancón, Tolosa y Zamora.
Aclaraciones a las bases: Ante las reiteradas
solicitudes de aclaración que se han venido produciendo
referidas a la actuación número 7, Oviedo-Vallobín,
Renfe hace constar que las obligaciones futuras de
cubrimiento con una losa de las vías del ferrocarril
Oviedo-Trubia, dentro del ámbito UG-VAB-91
Vallobín, del PGOU de Oviedo, no constituirán en
ningún caso una obligación a cargo del futuro
adjudicatario.
Madrid, 13 de septiembre de 1999.-El Director
comercial, Eliseo Díaz del Río Jáudenes.-37.012.
AGENCIA DE PROTECCIÓN
DE DATOS
Propuesta de Resolución del procedimiento
sancionador PS/00011/1999
Estando acreditado en el procedimiento la
imposibilidad de notificación a "Magic Direct, Sociedad
Limitada", en su domicilio social de Mar Egeo, 36,
1B, 28220 Majadahonda (Madrid), de conformidad
con lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, según la redacción dada por
la Ley 4/1999, que la modifica, se le hace saber
por la presente notificación que, en fecha 29 de
julio de 1999, se ha dictado propuesta de resolución
en el procedimiento sancionador número
PS/00011/1999, instruido por la Agencia de
Protección de Datos, contra "Magic Direct, Sociedad
Anónima", y don José Antonio Suárez Marqués,
en la cual, tras la exposición de hechos y
fundamentos de derecho, se concluye con la proposición
de lo siguiente:
Primero.-Que por el Director de la Agencia de
Protección de Datos se sancione a don José Antonio
Suárez Marqués, con multa de 10.000.001 pesetas,
por la infracción del artículo 6.1 de la Ley Orgánica
5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del
Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter
Personal, tipificada como grave en el artículo 43.3 d)
de dicha norma.
Segundo.-Que por el Director de la Agencia de
Protección de Datos se sancione a don José Antonio
Suárez Marqués, con multa de 50.000.001 pesetas,
por la infracción del artículo 11.1 de la Ley Orgánica
5/1992, de 29 de octubre, tipificada como muy grave
en el artículo 43.4 b) de dicha norma.
Tercero.-Que por el Director de la Agencia de
Protección de Datos se sancione a "Magic Direct,
Sociedad Limitada", con multa de 10.000.001
pesetas por la infracción del artículo 6.1 de la Ley
Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, tipificada como grave
en el artículo 43.3 d) de dicha norma.
En su virtud se le notifica cuanto antecede a fin
de que en el plazo de quince días hábiles pueda
alegar todo cuanto considere en su defensa, de
acuerdo con el artículo 19.2 del Real Decreto 1332/1994,
por el que se desarrollan determinados aspectos de
la Ley Orgánica 5/1992.
Firmado en Madrid a 29 de julio de 1999. El
Instructor del procedimiento. Inspector-Instructor
de la Agencia de Protección de Datos, firmado,
María Isabel Navarro Alonso.
Lo que se le notifica, a los efectos oportunos,
de conformidad con el artículo 58 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del
Estado" del 27), y con el Real Decreto 1332/1994, de
20 de junio, por el que se desarrollan determinados
aspectos de la Ley Orgánica 5/1992, de Regulación
del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter
Personal.
Madrid, 2 de septiembre de 1999.-La Secretaria
general, Sofía Perea Muñoz.-36.306.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CASTILLA-LA MANCHA
Consejería de Industria y Trabajo
Delegaciones Provinciales
ALBACETE
Por la Delegación Provincial de la Consejería de
Industria y Trabajo de Albacete se hace saber que
ha sido solicitado el siguiente permiso de
investigación:
Número: 1.638. Nombre: "Sierra Viva II".
Recurso: Sección C. Superficie: Seis cuadrículas mineras.
Términos municipales: Yeste y Molinicos.
Lo que se hace público para que todos los que
tengan la condición de interesados, puedan
personarse en el expediente dentro del plazo de quince
días, a partir de la presente publicación, según
establece el artículo 70 del vigente Reglamento General
para el Régimen de la Minería.
Albacete, 31 de agosto de 1999.-El Delegado
provincial, José Luis Moreno García.-36.296.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Diputaciones Provinciales
PALENCIA
Acuerdo por el que se aprueba el escudo heráldico
y la bandera del Ayuntamiento de San Cebrián de
Campos
La Comisión de Gobierno de esta Diputación,
en sesión de 23 de agosto de 1999, en virtud de
las competencias delegadas por la Junta de Castilla
y León, aprobó el escudo heráldico y bandera con
la que pretende dotarse al Ayuntamiento de San
Cebrián de Campos, de esta provincia, que quedan
definidos de la siguiente forma:
Escudo cuartelado en aspa. 1. º de gules dos
palmas enlazadas de plata. 2. º de plata dos fajas
ondadas de azul. 3. º de gules cruz de San Juan de plata.
4. º de plata haz de tres espigas de sinople. Al timbre,
Corona Real Cerrada. Bandera: 2:3, formada por
un aspa completa blanca, siendo rojos los triángulos
superior e inferior, verde el del asta y azul el del
batiente.
Palencia, 1 de septiembre de 1999.-El Presidente,
Enrique Martín Rodríguez.-36.293.
UNIVERSIDADES
COMPLUTENSE DE MADRID
Facultad de Farmacia
Extraviado título de Licenciada en Farmacia de
doña Eva Gutiérrez Gutiérrez, expedido en Madrid,
el 2 de noviembre de 1995, con número de Registro
Nacional 1996/092018, se anuncia por término de
treinta días, en cumplimiento de lo previsto en la
Orden de 8 de julio de 1988.
Madrid, 1 de septiembre de 1999.-La Secretaria,
Evangelina Palacios Aláiz.-36.187.
Escuela Universitaria de Magisterio
(Escuni)
Habiéndose extraviado el título oficial de
Diplomado en Educación General Básica en la
especialidad de Filología, expedido por el Ministerio de
Educación y Ciencia de Madrid, el 9 de julio de
1992, de doña Covadonga Sánchez Urbón, se
anuncia el citado extravío a efectos de reclamaciones,
según Orden de 1988.
Madrid, 8 de septiembre de 1999.-36.305.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid