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Documento BOE-B-1999-19547

Otros anuncios oficiales

Publicado en:
«BOE» núm. 246, de 14 de octubre de 1999, páginas 13758 a 13762 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Referencia:
BOE-B-1999-19547

TEXTO

MINISTERIO

DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General del Tesoro

y Política Financiera

Notificación de expedientes sancionadores sobre

supuesta infracción leve de la Ley 40/1979, sobre

de cambios

Por acuerdos del ilustrísimo señor Director

general del Tesoro y Política Financiera se han iniciado

los siguientes expedientes sancionadores:

Expediente

Fecha acuerdo

- Interesado

de iniciación

Número

97/99 Nan Churharmal 9 de marzo de 1999

Hassani.

1.092/98María del Mar 22 de marzo de 1999

Figuero Monje.

Desconociéndose el último domicilio de los

interesados, por la presente se les notifica que pueden

retirar el acuerdo de iniciación del citado expediente

en el despacho oficial de la Instructora (ubicado

en la Dirección General del Tesoro y Política

Financiera, plaza de Jacinto Benavente, número 3,

despacho 220, 28012 Madrid), dentro de los diez días

hábiles siguientes a la publicación de este edicto.

En el plazo de quince días hábiles, a contar desde

el día siguiente a haber surtido efecto la notificación,

podrán contestar a la misma con las alegaciones

que estimen pertinentes a su defensa, pudiendo

solicitar cuantas pruebas hábiles en Derecho estimen

convenientes, advirtiéndoseles que de no hacerse

se procederá a proponer la oportuna resolución.

Madrid, 18 de mayo de 1999.-La Instructora,

Pilar Rodríguez.-40.008.

Notificación de expedientes sancionadores sobre

supuesta infracción leve de la Ley 40/1979, sobre

de cambios

Por acuerdos del ilustrísimo señor Director

general del Tesoro y Política Financiera se han iniciado

los siguientes expedientes sancionadores:

Expediente

Fecha acuerdo

- Interesado

de iniciación

Número

158/99"Nyse Invest, 9 de abril de 1999

S. L.".

738/98 Eddy Shelton. dediciembre 21 de 1998

895/98"Pro Motor 28 de enero de 1999

Sport, S. L.".

Desconociéndose el último domicilio de los

interesados, por la presente se les notifica que pueden

retirar el acuerdo de iniciación del citado expediente

en el despacho oficial de la Instructora (ubicado

en la Dirección General del Tesoro y Política

Financiera, plaza de Jacinto Benavente, número 3,

despacho 220, 28012 Madrid), dentro de los diez días

hábiles siguientes a la publicación de este edicto.

En el plazo de quince días hábiles, a contar desde

el día siguiente a haber surtido efecto la notificación,

podrán contestar a la misma con las alegaciones

que estimen pertinentes a su defensa, pudiendo

solicitar cuantas pruebas hábiles en Derecho estimen

convenientes, advirtiéndoseles que de no hacerse

se procederá a proponer la oportuna resolución.

Madrid, 18 de mayo de 1999.-La Instructora,

Sonsoles Pareja.-40.012.

Notificación de expediente sancionador (expediente

142/1999) sobre supuesta infracción leve de la Ley

40/1979, sobre control de cambios

Por acuerdo de fecha 28 de enero de 1999 se

ha incoado expediente sancionador a "Finca La

Reja, Sociedad Limitada". Desconociéndose el

último domicilio de la interesada, por el presente se

le notifica que puede retirar el acuerdo de iniciación

del citado expediente en el despacho oficial de la

Instructora (ubicado en la Dirección General del

Tesoro y Política Financiera, plaza de Jacinto

Benavente, número 3, despacho 220, 28012 Madrid)

dentro de los diez días hábiles siguientes a la

publicación de este edicto.

En el plazo de quince días hábiles a contar desde

el día siguiente a haber surtido efecto la notificación,

podrá contestar a la misma con las alegaciones que

estime pertinentes a su defensa, pudiendo solicitar

cuantas pruebas hábiles en Derecho estime

convenientes, advirtiéndosele que de no hacerse, se

procederá a proponer la oportuna resolución.

Madrid, 28 de mayo de 1999.-La Instructora,

Ángeles Rodríguez.-40.014.

Agencia Estatal de Administración

Tributaria

Delegaciones

MADRID

Providencia y anuncio de subasta de bienes

inmuebles

De conformidad con lo dispuesto en los

artículos 146 y siguientes del Reglamento General de

Recaudación (Real Decreto 1648/1990, de 20 de

diciembre, "Boletín Oficial del Estado" de 3 de enero

de 1991) y el artículo 137.1 de la Ley General

Tributaria, se dispone la venta de bienes inmuebles

dentro del expediente ejecutivo seguido contra la

deudora "Asistencia Urbana, Sociedad Anónima"

(A78494002).

La subasta se celebrará el día 11 de noviembre

de 1999, a las diez horas, en el salón de actos

de la delegación de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria en Madrid, calle Guzmán el

Bueno, 139.

Bienes a enajenar

Descripción registral: Rústica. Finca procedente

de la dehesa de Cáceres, el Viejo, en término

municipal de Cáceres (actual avenida Héroes de Saler,

carretera a Torrejón el Rubio, CC-912, kilómetro

1.750), que ocupa una superficie de 73.721,21

metros cuadrados. Linda: Al norte, lote número 2

que se adjudica a doña María del Sagrado Corazón

Domínguez López Montenegro; al sur, finca descrita

con número 3, integrante del PAU que se adjudica

a doña Casilda Figueroa y Pérez de Guzmán el

Bueno, finca "Mejostilla Chica", urbanización "De

la Mejostilla", y fincas descritas con los números 4, 5

y 6 que se adjudican a la Fundación Vabindo Callaff,

doña María del Sagrado Corazón Domínguez López

Montenegro y doña Casilda Figueroa y Pérez de

Guzmán el Bueno, respectivamente; este, lote

número 1 que se adjudica a doña Casilda Figueroa y

Pérez de Guzmán el Bueno, y oeste, finca descrita

con el número 3, integrante del PAU, que se adjudica

a doña Casilda Figueroa y Pérez de Guzmán el

Bueno, y zona de viales descrita con el número

8, que se adjudica a doña María del Sagrado

Corazón Domínguez López Montenegro.

Finca inscrita con el número 47.667, folio 137,

libro 773, tomo 1.828, en el Registro de la Propiedad

número 1 de Cáceres.

Valorada en 160.903.025 pesetas, siendo el tipo

de subasta, en primera licitación, de 160.903.025

pesetas.

Tramos: 500.000 pesetas.

En cumplimiento del citado precepto, se publica

el presente anuncio y se advierte a las personas

que deseen tomar parte en la subasta lo siguiente:

Primero.-Todo licitador habrá de constituir ante

la Mesa de subasta fianza, al menos, del 20 por

100 del tipo de subasta en primera licitación. Este

depósito se ingresará en firme en el Tesoro si los

adjudicatarios no satisfacen el precio del remate

sin menoscabo de la responsabilidad en que

incurrirán por los mayores perjuicios que sobre el importe

de la fianza originan la inefectividad de la

adjudicación.

Segundo.-La subasta se suspenderá en cualquier

momento anterior a la adjudicación de los bienes,

si se efectúa el pago de la deuda, intereses y costas

del procedimiento.

Tercero.-Las cargas, gravámenes y situaciones

jurídicas que afectan a los bienes y que han de

quedar subsistentes son las siguientes: Ninguna,

según la documentación que consta en el expediente.

En cualquier caso, el adjudicatario se subrogará en

todas las cargas, gravámenes y derechos que

legalmente deban quedar subsistentes.

Cuarto.-Los licitadores habrán de conformarse

con los títulos de propiedad que se hayan aportado

al expediente, no teniendo derecho a exigir otros,

encontrándose de manifiesto aquéllos en esta

Dependencia de Recaudación, hasta el día anterior

al de la subasta. Los gastos derivados del

otorgamiento de oficio de la escritura de venta de los

inmuebles que resulten enajenados serán por cuenta

del adjudicatario.

Quinto.-El rematante entregará en el acto de

adjudicación, o dentro de los cinco días siguientes, la

diferencia entre el depósito constituido y el precio

de la adjudicación.

Sexto.-Cuando en la primera licitación no se

hubiese cubierto la deuda y queden bienes sin

adjudicar, la Mesa anunciará la iniciación del trámite

de adjudicación directa que se llevará a cabo de

acuerdo con el artículo 150 del RGR. Para ello

se admitirán ofertas por importe igual o superior

al tipo de subasta en primera licitación.

Sin embargo, y en el mismo acto de la primera

licitación, la Mesa podrá optar por celebrar una

segunda licitación cuando así lo haya acordado,

previa deliberación sobre la conveniencia de la misma.

El nuevo tipo será el 75 por 100 del tipo de subasta

en primera licitación. Los bienes no adjudicados

pasarán al trámite de adjudicación directa previsto

en el artículo 150 del RGR.

En el trámite de adjudicación directa, la

Dependencia de Racaudación realizará las gestiones

conducentes a la adjudicación en el plazo máximo de

seis meses en las mejores condiciones económicas,

realizando cuantas notificaciones consideren

necesarias en el tablón de anuncios de dicha

Dependencia. Las ofertas se presentarán en sobre cerrado,

en el exterior del cual se indicará con claridad la

referencia "Subasta de ªAsistencia Urbana,

Sociedad Anónimaº. Adjudicación directa (S-1087).

Dependencia de Recaudación". Dichas ofertas

tendrán la consideración de vinculantes. En este caso

no será necesario aportar en el sobre cerrado el

depósito a que se refiere el punto primero.

Séptimo.-Los deudores con domicilio

desconocido, los deudores declarados en rebeldía, así como

los acreedores hipotecarios o pignoraticios

desconocidos, se tendrán por notificados con plena

virtualidad legal por medio del presente anuncio.

Octavo.-La Hacienda se reserva el derecho de

adjudicar al Estado los inmuebles que no hubiesen

sido objeto de remate, conforme a los artículos 158

y siguientes del Reglamento General de

Recaudación y 137.2 de la Ley General Tributaria.

Noveno.-De acuerdo con lo dispuesto en el

artículo 147.3 del Reglamento General de

Recaudación, se admitirán ofertas en sobre cerrado. En éstas,

se expresará el precio máximo ofrecido por el bien

enajenado. Los sobres podrán presentarse en el

Registro General de la Delegación hasta una hora

antes de iniciarse la subasta, debiendo incluirse en

el sobre un cheque conformado a favor del Tesoro

Público por el importe del depósito a que se refiere

el punto primero, así como datos identificativos y

dirección del licitador a efectos de poder

comunicarle, en caso de adjudicación, el resultado de

la subasta para su conocimiento a los efectos de

lo determinado en el punto quinto. En la parte

exterior del sobre debe figurar con claridad la referencia

"Subasta de ªAsistencia Urbana, Sociedad

Anónimaº (S-1087)/11/11/99. Dependencia de

Recaudación".

Décimo.-Si de la venta de los bienes resultara

un importe superior a los débitos y costas incluidos

en el expediente ejecutivo, se depositará el sobrante

en la Caja General de Depósitos del Ministerio de

Economía y Hacienda a los efectos oportunos.

Undécimo.-Recursos: De reposición, en el plazo

de quince días, ante la Dependencia de

Recaudación; o reclamación económico administrativa en

el plazo de quince días, ante el Tribunal de dicha

jurisdicción.

Madrid, 24 de septiembre de 1999.-La Jefa de

la Dependencia de Recaudación, Consuelo Sánchez

García.-40.446-E.

Organismo Nacional de Loterías

y Apuestas del Estado

Resolución por la que se inicia expediente de traslado

a distinta localidad a instancia de la Administración

de Loterías número 1 de Barcelona

Por el titular de la Administración de Loterías

número 1 de Barcelona, don Fernando Lizcano de

la Rosa Martínez, se solicita del Organismo

Nacional de Loterías y Apuestas del Estado autorización

para cambiar la ubicación de la citada

Administración, desde la gran vía de Carlos III, 63, bis,

de Barcelona, en que actualmente está situada, a

la avenida Miraflores, 46, con entrada por calle

Piera, de Hospitalet de Llobregat (Barcelona).

Lo que de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 1. º 1 del Real Decreto 1511/1992, de 11

de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 30),

se hace público a fin de que cuantas personas se

consideren afectadas puedan ponerlo de manifiesto

mediante escrito dirigido al ilustrísimo señor

Director general del Organismo Nacional de Loterías y

Apuestas del Estado, en Madrid, calle Guzmán el

Bueno, 137, código postal 28003, que habrá de ser

presentado dentro del plazo de quince días, contados

a partir de la fecha de publicación del presente

anuncio en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 6 de septiembre de 1999.-El Director

general, Luis Perezagua Clamagirand.-40.131.

Resolución por la que se hace público haberse

autorizado la celebración de una rifa a la Fundación

Ceprosa

Por resolución de este Organismo Nacional de

Loterías y Apuestas del Estado, de esta misma fecha,

ha sido autorizada la Fundación Ceprosa,

domiciliada en esta capital, calle Cambrils, número 23,

para celebrar una rifa en la cual los premios

ofrecidos serán adjudicados mediante sorteo a celebrar

en combinación con el de la Lotería Nacional del

día 27 de mayo del año 2000.

La venta de las papeletas, en todas y cada una

de las cuales deberá figurar la particularidad de los

premios, deberá llevarse a cabo, exclusivamente, por

las personas debidamente autorizadas para ello.

Lo que se publica para general conocimiento y

demás que corresponda, debiendo sujetarse el

desarrollo de la rifa a cuanto dispone la legislación

vigente.

Madrid, 16 de septiembre de 1999.-El Director

general, P. D., (Resolución de 25 de mayo de 1998),

el Gerente de la Lotería Nacional, Fernando

Hipólito Lancha.-40.435-E.

Tribunal Económico-

Administrativo Central

Vocalía 3. ª

Notificación a doña María Dolores Valverde

Junquillo del fallo dictado por el Tribunal

Económico-Administrativo Central en el expediente

R.G. 1874-96, protocolo 908/98, por aplicación de

lo dispuesto en el artículo 86 del Reglamento de

Procedimiento en las Reclamaciones

EconómicoAdministrativas

Al no haberse podido practicar en el domicilio

que consta en las actuaciones, por el presente se

notifica a doña María Dolores Valverde Junquillo

que por el Tribunal Económico-Administrativo

Central, y en el expediente R.G. 1874-96, protocolo

908/98, seguido a instancia del Director provincial

de la Tesorería General de la Seguridad Social, en

asunto relativo a Seguridad Social, se ha dictado

resolución en sesión del día 3 de diciembre de 1998,

cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

"El Tribunal Económico-Administrativo Central,

en Sala, como resolución al recurso extraordinario

de revisión interpuesto por el Director provincial

de la Tesorería General de la Seguridad Social de

Córdoba, contra acuerdo del Tribunal

Económico-Administrativo Regional de Andalucía de 24 de

julio de 1995, recaído en reclamación número

14/1352/94, acuerda declararlo inadmisible."

Lo que se le notifica, indicando que contra el

referido fallo podrá el interesado interponer recurso

contencioso-administrativo ante la Audiencia

Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados desde

el día siguiente al de finalización de la publicación

del presente anuncio.

Madrid, 22 de septiembre de 1999.-El Vocal Jefe

de la Sección.-40.434-E.

MINISTERIO DE FOMENTO

Secretaría General de Comunicaciones

Subdirección General de Evaluación

y Calidad de los Servicios

de Telecomunicaciones

Por el presente anuncio, la Subdirección General

de Evaluación y Calidad de los Servicios de

Telecomunicaciones notifica a todos los interesados que

a continuación se relacionan aquellas notificaciones

que han resultado infructuosas en los domicilios

expresados, correspondientes a resoluciones de

expedientes administrativos sancionadores, por

infracciones tipificadas en la Ley 31/1987, de 18

de diciembre, de Ordenación de las

Telecomunicaciones, modificada por Ley 32/1992 y en la Ley

11/1998, de 24 de abril, General de

Comunicaciones.

Asimismo, se informa que el expediente completo

se encuentra en la Secretaría General de

Comunicaciones (Subdirección General de Evaluación y

Calidad de los Servicios de Telecomunicaciones)

y la resolución objeto de la presente notificación

que, en virtud de la cautela prevista en el artículo

61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, no se publica en su

integridad, en la Jefatura Provincial de Inspección de

Telecomunicaciones que en cada caso se señala.

Expediente número CI/S 00001/98. Nombre:

"Díaz Duque, Sociedad Limitada". Fecha

resolución: 11 de junio de 1999. Jefatura Provincial

Inspección de Telecomunicaciones de Las Palmas.

Expediente número CI/S 00710/98. Nombre y

apellidos: Don Jorge López Serrano. Fecha

resolución: 1 de junio de 1999. Jefatura Provincial

Inspección de Telecomunicaciones de Alicante.

Expediente número CI/S 00959/98. Nombre y

apellidos: Don Antonio Atuse González. Fecha

resolución: 3 de junio de 1999. Jefatura Provincial

Inspección de Telecomunicaciones de Salamanca.

Expediente número CI/S 01149/98. Nombre y

apellidos: Don Ángel Custodio Pérez Garrido.

Fecha resolución: 27 de mayo de 1999. Jefatura

Provincial Inspección de Telecomunicaciones de

Girona.

Expediente número CI/S 01553/98. Nombre y

apellidos: Don Sebastián Ponce Rodríguez. Fecha

resolución: 28 de mayo de 1999. Jefatura Provincial

Inspección de Telecomunicaciones de Huelva.

Expediente número CI/S 02148/98. Nombre y

apellidos: Don José Eugenio Martín Béjar. Fecha

resolución: 28 de mayo de 1999. Jefatura Provincial

Inspección de Telecomunicaciones de Granada.

Expediente número CI/S 02424/98. Nombre y

apellidos: Don Juan Manuel López Jorquera. Fecha

resolución: 15 de julio de 1999. Jefatura Provincial

Inspección de Telecomunicaciones de Madrid.

Expediente número CI/S 02520/98. Nombre y

apellidos: Don Pedro Antonio Núñez Agudo. Fecha

resolución: 16 de julio de 1999. Jefatura Provincial

Inspección de Telecomunicaciones de Barcelona.

Expediente número CI/S 02579/98. Nombre:

"Transportes Espitrán, Sociedad Limitada". Fecha

resolución: 28 de julio de 1999. Jefatura Provincial

Inspección de Telecomunicaciones de Madrid.

Expediente número CI/S 02727/98. Nombre y

apellidos: Don Juan Carlos Aurora Pereira. Fecha

resolución: 13 de abril de 1999. Jefatura Provincial

Inspección de Telecomunicaciones de Girona.

Expediente número CI/S 02952/98. Nombre y

apellidos: Bahnas y González Frigo Transport.

Fecha resolución: 26 de julio de 1999. Jefatura

Provincial Inspección de Telecomunicaciones de A

Coruña.

Expediente número CI/S 03079/98. Nombre:

"Transroma Albacete, Sociedad Anónima". Fecha

resolución: 25 de junio de 1999. Jefatura Provincial

Inspección de Telecomunicaciones de Albacete.

Expediente número CI/S 03091/98. Nombre y

apellidos: Don Francisco Fernández Cortés. Fecha

resolución: 13 de abril de 1999. Jefatura Provincial

Inspección de Telecomunicaciones de Murcia.

Expediente número CI/S 03120/98. Nombre y

apellidos: Don Ismael Dueñas Martín. Fecha

resolución: 16 de julio de 1999. Jefatura Provincial

Inspección de Telecomunicaciones de Madrid.

Expediente número CI/S 03181/98. Nombre y

apellidos: Don Feliciano Aranda Rubio. Fecha

resolución: 25 de junio de 1999. Jefatura Provincial

Inspección de Telecomunicaciones de Córdoba.

Expediente número CI/S 00094/99. Nombre y

apellidos: Don Marcos Avilés Vara. Fecha

resolución: 27 de julio de 1999. Jefatura Provincial

Inspección de Telecomunicaciones de Valladolid.

Expediente número CI/S 00230/99. Nombre y

apellidos: Don José A. Enríquez Tornero. Fecha

resolución: 8 de julio de 1999. Jefatura Provincial

Inspección de Telecomunicaciones de Madrid.

Expediente número CI/S 00649/99. Nombre:

"Carnes Gallegas, C.B.". Fecha resolución: 19 de

Expediente Interesado CIF/NIF

D-16843/A Juan Moreno Pérez....................................... 22.899.122 75.000 4-1999 21Navegar.

D-18805/A Óscar Cuesta Peruf....................................... 53.018.253-X 30.000 4-1999 7Acampada colectiva.

D-19631 Almarza José Izquierdo................................... 33.328.669-J 30.000 5-1999 11Acampada colectiva.

D-19635 Araceli Iglesias Moscoso................................. 53.104.280-V 30.000 6-1999 25Acampada colectiva.

D-19667 Jesús Fernández Molero.................................. 50.216.550-Y 50.000 5-1999 11Acampar.

D-19678 Vallejo Isaac Barneto..................................... 52.951.426-K 50.000 5-1999 11Acampar.

D-19789 David García Pina........................................ 52.109.593-B 50.000 7-1999 13Acampar.

D-19808 Eusebio Luis Ramos Aguilera............................ 2.905.458-Y 50.000 7-1999 9Acampar.

D-19829 Roberto Carlos Abad Meño.............................. 52.979.894-S 50.000 7-1999 2Acampar.

D-19864 Francisco Javier Jiménez González...................... 50.184.418-M 30.000 7-1999 13Acampada colectiva.

D-19869 Ruiz Julio Benítez......................................... 11.786.470-M 30.000 4-1999 7Acampada colectiva.

D-19898 Fernández Julio Herrero.................................. 9.453.347-W 30.000 6-1999 18Acampada colectiva.

D-19907 Carlos Juan Ortiz Rodríguez............................. 7.536.033 30.000 6-1999 25Acampada colectiva.

D-19914 Luis José Jiménez González.............................. 4.132.970-P 30.000 7-1999 9Acampada colectiva.

D-19970 Miguel Ángel Seco Lara.................................. 11.823.557-Q 50.000 7-1999 13Acampada.

D-19971 Víctor Manuel Martínez Carriches....................... 4.208.608-E 50.000 4-1999 21Acampada.

D-19974 Molina Óscar Santos..................................... 52.105.502-Z 50.000 6-1999 25Acampada.

D-19975 Carlos Enrique Martín Gómez........................... 2.249.326-H 50.000 7-1999 13Acampada.

D-19979 Ricardo Ruiz Ruiz........................................ 50.096.497-J 50.000 6-1999 25Acampada.

D-20000 Antonio Fernández Hueso............................... 7.428.362-Y 50.000 7-1999 1Acampada.

D-20048 Manuel Sevillano Bermudo............................... 2.225.333-Z 50.000 7-1999 1Acampada.

Se significa a los interesados que en las oficinas

del citado organismo, calle Agustín de Bethencourt,

25, primera planta, tienen a su disposición las

resoluciones pertinentes y podrán retirarlas en días y

horas hábiles al público.

Transcurridos diez días sin haberlo efectuado se

considerará que el acto administrativo ha sido

notificado en forma, continuándose la tramitación en

los términos que procedan en derecho.

Madrid, 21 de septiembre de 1999.-El Comisario

de Aguas, Gabriel Ramos Herrero.-40.506.

Trámites de audiencia

A los efectos previstos en el artículo 59 de la

Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común de 26 de noviembre de 1992, se hacen

públicos los trámites de audiencia formulados por

la Confederación Hidrográfica del Tajo que se

relacionan a continuación, cuya notificación se ha

intentado sin que se haya podido practicar, respecto de

los cuales se indica expediente, interesado, número

de identificación fiscal, importe de la sanción, fecha

de la audiencia y concepto:

D-19951. Alberto Corral Bendicho.

50.098.681-N. 50.000 pesetas. 20 de julio de 1999.

Acampar.

D-20173. Miguel Ángel García Miguel.

400.408-R. 50.000 pesetas. 20 de julio de 1999.

Acampar.

julio de 1999. Jefatura Provincial Inspección de

Telecomunicaciones de Pontevedra.

Expediente número CI/S 00764/99. Nombre y

apellidos: Don Jesús Tapias López. Fecha

resolución: 15 de julio de 1999. Jefatura Provincial

Inspección de Telecomunicaciones de Madrid.

Durante el plazo de un mes, a contar desde el

siguiente al de la publicación de este anuncio en

el "Boletín Oficial del Estado", los interesados

podrán comparecer en los expedientes, así como

ejercer cualquier acción que corresponda al

momento procedimental en que se encuentra el expediente.

Lo que se hace público a los efectos de lo

dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la citada

Ley 30/1992, modificada por Ley 4/1999.

Madrid, 4 de octubre de 1999.-El Subdirector

general, Antonio Alvarado Delgado.-40.442-E.

Importe

de la sanción

-

Pesetas

D-20174. María de los Ángeles Ruiz Cerrato.

2.248.937-C. 50.000 pesetas. 4 de mayo de 1999.

Acampar.

D-20512. Ana Belén Navas Martín. 20.260.285-E.

30.000 pesetas. 19 de mayo de 1999. Acampada

colectiva.

Se significa a los interesados que en las oficinas

del citado organismo (calle Agustín de

Bethencourt, 25, 1. ª planta) tienen a su disposición los

correspondientes expedientes, durante un plazo de

quince días desde la presente publicación, para

tomar vista de los mismos, formular alegaciones

y presentar los documentos y justificantes que

estimen pertinentes, de acuerdo con el artículo 332

del Real Decreto 849/1986.

Transcurrido dicho plazo de quince días sin

haberlo efectuado se considerará que el acto

administrativo ha sido notificado en forma, continuándose

la tramitación en los términos que procedan en

derecho.

Madrid, 24 de septiembre de 1999.-El Comisario

de Aguas, Gabriel Ramos Herreros.-40.509.

Resoluciones sancionatorias

A los efectos previstos en el artículo 59 de la

Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común de 26 de noviembre de 1992, se hacen

públicas las resoluciones sancionatorias dictadas por

la Confederación Hidrográfica del Tajo que se

relacionan a continuación, cuya notificación se ha

tado sin que se haya podido practicar, respecto de

los cuales se indica expediente, interesado, número

de identificación fiscal, importe de la sanción, fecha

de la resolución y concepto:

D-20083/A. Carlos Samaniego Ramírez.

51.405.469-D. 75.000 pesetas. 19 de abril de 1999.

Navegar.

D-20087. Carlos Alcarazo Álvaro. 8.940.096-L.

50.000 pesetas. 20 de julio de 1999. Acampar.

D-20105. Jesús Fernando Gómez de la Torre

Sánchez. 3.821.785-J. 50.000 pesetas. 13 de julio de

1999. Acampar.

D-20110. Pedro Carlos Guerrero Torralba.

1.805.290-C. 50.000 pesetas. 13 de julio de 1999.

Acampar.

D-20114. Valentín Íñigo Sainero. 50.396.782-X.

50.000 pesetas. 13 de julio de 1999. Acampar.

D-20210. Roberto García López. 72.330.311-P.

50.000 pesetas. 9 de julio de 1999. Acampar.

D-20260. Rafael Prado Prado. 1.118.436-S.

75.000 pesetas. 21 de abril de 1999. Navegar.

D-20337. Ana Racionero Casado. 52.106.385-T.

50.000 pesetas. 9 de julio de 1999. Acampar.

D-20391. José Javier Díez Gallego. 50.852.722-K.

50.000 pesetas. 11 de mayo de 1999. Acampar.

D-20392. Miguel Ángel Francisco Tejero.

46.851.944-R. 50.000 pesetas. 9 de julio de 1999.

Acampar.

D-20418. Francisca Pajuelo Micaelo.

4.125.469-M. 50.000 pesetas. 8 de abril de 1999.

Acampar.

MINISTERIO

DE MEDIO AMBIENTE

Confederaciones Hidrográficas

TAJO

Resoluciones sancionatorias

A los efectos previstos en el artículo 59 de la

Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común de 26 de noviembre de 1992, se hacen

públicas las resoluciones sancionatorias dictadas por

la Confederación Hidrográfica del Tajo que se

relacionan a continuación, cuya notificación se ha

intentado sin que se haya podido practicar:

Fecha

Concepto

de resolución

D-20464. Mario López González. 50.859.824-Q.

50.000 pesetas. 11 de mayo de 1999. Acampar.

D-20513. José Bizarro García. 8.758.612-M.

30.000 pesetas. 8 de abril de 1999. Acampada

colectiva.

D-20560. Iván Gómez Montes. 52.871.011-Z.

30.000 pesetas. 8 de abril de 1999. Acampada

colectiva.

D-20566. Jesús Andrés Serrano Rubio.

51.947.863-V. 30.000 pesetas. 8 de abril de 1999.

Acampada colectiva.

D-20627. Raquel Carmona Marugán.

9.039.719-Y. 50.000 pesetas. 13 de julio de 1999.

Acampar.

Se significa a los interesados que en las oficinas

del citado organismo (calle Agustín de

Bethencourt, 25, 1. ª planta, tienen a su disposición las

resoluciones pertinentes y podrán retirarlas en días

y horas hábiles al público.

Transcurridos diez días sin haberlo efectuado se

considerará que el acto administrativo ha sido

notificado en forma, continuándose la tramitación en

los términos que procedan en derecho.

Madrid, 24 de septiembre de 1999.-El Comisario

de Aguas, Gabriel Ramos Herrero.-40.507.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE CANTABRIA

Consejería de Industria, Turismo,

Trabajo y Comunicaciones

Dirección General de Industria

Resolución por la que se otorga a la empresa

"Enagás, Sociedad Anónima" la autorización

administrativa y la aprobación del proyecto de instalaciones

"Red A.P.A. a Pedreña"

La empresa "Enagás, Sociedad Anónima", con

domicilio social en Madrid, avenida de América,

número 38, en aplicación de lo dispuesto en los

artículos 89.3 y 104 de la Ley 34/1998, de 7 de

octubre, del Sector de Hidrocarburos, y en el artículo

9.b) del Reglamento General del Servicio Público

de Gases Combustibles, aprobado por Decreto

2913/1973, de 26 de octubre ("Boletín Oficial del

Estado" de 21 de noviembre), solicitó en fecha 1

de marzo de 1999, la autorización administrativa,

el reconocimiento de utilidad pública y la

aprobación del proyecto de instalaciones, denominado

"Red A.P.A. a Pedreña", que discurre por el término

municipal de Marina de Cudeyo.

Esta empresa es titular de la concesión

administrativa que ha devenido en autorización, de

conformidad con la disposición adicional sexta de la

Ley 34/1998; otorgada por Orden de 21 de abril

de 1986, del Ministerio de Industria, para la

conducción de gas natural a través de un gasoducto

entre Burgos, Cantabria y Asturias y para el

suministro de gas natural para usos industriales en

diversos términos municipales de las citadas provincias,

entre los que se encuentra el de Marina de Cudeyo

("Boletín Oficial del Estado" número 124, de 24

de mayo de 1986).

La empresa ha presentado el correspondiente

proyecto técnico que define las instalaciones con las

siguientes características principales:

La conducción de gas natural discurrirá con una

presión de diseño de 16 bar, con un diámetro de 4º.

La tubería será de acero al carbono, tipo API 5L

Gr.B, con revestimiento de polietileno extrusionado,

realizado en fábrica y en frío con cintas plásticas,

realizado en obra y protección catódica.

La profundidad mínima de enterramiento de la

tubería será de 1 metro medida entre la generatriz

superior de la canalización y el nivel del suelo.

Longitud: 3.920 metros.

Caudal: 426 metros cúbicos (n)/h.

Descripción del trazado:

Origen: Parte de la posición D-07.9 del "Ramal

Gajano-Treto", en la localidad de Rubayo y junto

a la carretera SP-4301, cruzando esta carretera

discurrirá en dirección noroeste para rodear el Barrio

Bajo de Rubayo por el norte. Proseguirá con

dirección sur hacia la SP-4301, discurriendo por la zona

limítrofe de las Marismas del Conde.

Final: Pedreña, junto a la "Fuente Vía".

Presupuesto: El presupuesto del proyecto asciende

a la cantidad de 50.179.045 pesetas.

Esta solicitud de autorización administrativa y su

Informe de Impacto Ambiental ha sido sometida

a un período de información pública, mediante

anuncios publicados en el "Boletín Oficial del

Estado" número 85, de 9 de abril de 1999; en el "Boletín

Oficial de Cantabria" número 72, de 12 de abril

de 1999, y en los diarios "El Diario Montañés"

y "Alerta", de 9 de abril de 1999.

Paralelamente, se remitieron las correspondientes

separatas del proyecto al Ayuntamiento de Marina

de Cudeyo y al Servicio de Carreteras Regionales

del Gobierno de Cantabria, como organismo

afectado.

Dentro del período de información pública

formularon alegaciones doña Aurelia Puente Bedia,

doña Joaquina Hontañón Higuera y don Victoriano

Lavín Lavín, en las que expresan errores de

titularidad y supuesta desafectación de la finca

S-MC-351 PO.

Trasladadas las alegaciones recibidas a "Enagás,

Sociedad Anónima", ésta ha emitido escrito de

contestación en el sentido de que la existencia de errores

en la relación concreta e individualizada de bienes

y derechos afectados, fincas números S-MC-285,

S-MC-289, S-MC-306, S-MC-296 y S-MC-264,

procederá a las correcciones pertinentes, previas las

oportunas comprobaciones, manteniéndose la

afección de la finca S-MC-351 PO, con el alcance y

en los términos que consta en la relación publicada

en su día.

El organismo afectado por cruces y/o paralelismos

no ha emitido informe.

De acuerdo con lo dispuesto en la Orden de la

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del

Territorio de 3 de agosto de 1999, publicada en

el "Boletín Oficial de Cantabria" del 13, número

161, por la que se establecen las características

técnicas de acueductos, gasoductos y oleoductos, a

efectos de aplicación del Decreto 50/1991, de

Evaluación de Impacto Ambiental para Cantabria, se

considera exento del procedimiento de Estimación de

Impacto Ambiental el proyecto que nos ocupa al

no superar el gasoducto en régimen de alta presión,

16 bar.

Vistos la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector

de Hidrocarburos ("Boletín Oficial del

Estado" número 241, de 8 de octubre); el Decreto

2913/1973, de 26 de octubre, por el que se aprueba

el Reglamento General del Servicio Público de

Gases Combustibles ("Boletín Oficial del Estado" de

21 de noviembre de 1973); la Orden del Ministerio

de Industria que otorgó a "Enagás, Sociedad

Anónima" la concesión administrativa para la

conducción de gas natural a través del gasoducto entre

Burgos, Cantabria y Asturias, y para el suministro

de gas natural para usos industriales en diversos

términos municipales de las citadas provincias

("Boletín Oficial del Estado" de 24 de mayo de 1986);

la Orden del Ministerio de Industria y Energía de

18 de noviembre de 1974, por la que se aprueba

el Reglamento de Redes y Acometidas de

Combustibles Gaseosos ("Boletín Oficial del Estado" de 6

de diciembre), modificada por las Órdenes del

Ministerio de Industria y Energía de 26 de octubre

de 1983 ("Boletín Oficial del Estado" de 8 de

noviembre), de 6 de julio de 1984 ("Boletín Oficial

del Estado" del 23), la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" de 27

de diciembre), modificada por la Ley 4/1999, de

13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14).

Esta Dirección General de Industria ha resuelto:

Primero.-Otorgar a la empresa "Enagás, Sociedad

Anónima" la autorización administrativa y la

aprobación del proyecto de ejecución de las instalaciones

"Red A.P.A. a Pedreña".

Segundo.-Declarar la utilidad pública de las

instalaciones, a los efectos previstos en el artículo 52

de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de

diciembre de 1954, sobre imposición de servidumbre de

paso y limitaciones de dominio necesarios para el

establecimiento de las instalaciones, de acuerdo con

lo que establece el artículo 105 de la Ley 34/1998,

de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.

Los bienes y derechos afectados por esta

autorización administrativa son los que figuran en los

anuncios publicados en el "Boletín Oficial del

Estado" número 85, de 9 de abril de 1999; en el "Boletín

Oficial de Cantabria" número 72, de 12 de abril

de 1999, y en los diarios "El Diario Montañés"

y "Alerta", de 9 de abril de 1999.

A su vez, estos anuncios han sido expuestos en

el tablón de anuncios del Ayuntamiento afectado

y de la Dirección General de Industria del Gobierno

de Cantabria.

Esta autorización administrativa se otorga

sometida a las condiciones generales que prevén la Ley

34/1998, de 7 de octubre; el Decreto 2913/1973,

de 26 de octubre, y bajo las condiciones especiales

siguientes:

1. Las instalaciones objeto de esta autorización

administrativa se realizarán de acuerdo con las

especificaciones y los planos que figuran en los proyectos

presentados por la empresa peticionaria, los cuales

han servido de base para la tramitación del

expediente número I.G.N. 24/99, firmados por don José

Luis Martínez Sainz-Vizcaya, Ingeniero Industrial

número 8.825, visado por el Colegio Oficial de

Ingenieros Industriales de Santander, con el

número 409/99.

La construcción y funcionamiento de estas

instalaciones se someten a lo que establece el

Reglamento General del Servicio Público de Gases

Combustibles, aprobado por el Decreto 2913/1973, de

26 de octubre, el Reglamento de Redes y

Acometidas de Combustibles Gaseosos, aprobado por la

Orden del Ministerio de Industria y Energía de 18

de noviembre de 1974, modificado por las Órdenes

de 26 de octubre de 1983 y 6 de julio de 1984

y sus ITC-MIG y otros Reglamentos técnicos

específicos que le sean de aplicación y disposiciones

de aplicación generales.

2. El peticionario deberá solicitar la autorización

administrativa correspondiente para realizar

cualquier modificación al proyecto aprobado.

3. El plazo para llevar a cabo la realización de

las instalaciones y su puesta en funcionamiento será

de un año, contado a partir de la fecha de

otorgamiento de la presente autorización administrativa.

4. La Dirección General de Industria podrá

realizar, durante las obras y cuando se hayan acabado,

las comprobaciones y las pruebas que considere

necesarias en relación con el cumplimiento de las

condiciones de esta Resolución. Con esta finalidad,

el peticionario comunicará a la Dirección General

de Industria la fecha de inicio de las obras, la

realización de las pruebas y cualquier incidencia

relevante.

5. Una vez ejecutadas las obras, la empresa

peticionaria solicitará de la Dirección General de

Industria el acta de puesta en servicio de las instalaciones,

adjuntando el certificado de dirección y de

finalización de obra firmado por el técnico competente

y visado por el Colegio Oficial correspondiente,

mediante el cual se acredite que las instalaciones

se ajustan al proyecto aprobadoyalanormativa

aplicable.

6. Los cruces especiales y otras afectaciones de

los bienes de dominio público se harán de acuerdo

con las condiciones técnicas impuestas por los

organismos competentes afectados.

7. De acuerdo con lo que prevé el título V de

la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de

Hidrocarburos, la autorización administrativa de

este proyecto comporta, con el pago de la

indemnización que corresponda y de los perjuicios que

se deriven de la rápida ocupación, la imposición

de las servidumbres y limitaciones de dominio

siguientes:

Uno.-Expropiación forzosa en pleno dominio de

los terrenos sobre los que se han de construir los

elementos de instalación fija en superficie.

Dos.-Para las canalizaciones:

A) Imposición de servidumbre permanente de

paso, en una franja de terreno de 2 metros, a lo

largo del gasoducto, uno a cada lado del eje, por

donde discurrirá enterrada la tubería o tuberías que

se requieran para la conducción del gas y que estará

sujeta a las siguientes limitaciones:

1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o

similares a una profundidad superior a 50

centímetros, así como de plantar árboles o arbustos a

una distancia inferior a 2 metros, a contar desde

el eje de la tubería.

2. Prohibición de realizar cualquier tipo de obras

o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar

el buen funcionamiento de las instalaciones, a una

distancia inferior a 5 metros del eje del trazado,

a uno y otro lado del mismo. Esta distancia podrá

reducirse siempre que se solicite expresamente y

se cumplan las condiciones que, en cada caso, fije

el órgano competente de la Administración.

3. Libre acceso del personal y equipos

necesarios para poder mantener, reparar o renovar las

instalaciones, con pago, en su caso, de los daños

que se ocasionen.

4. Posibilidad de instalar los hitos de

señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así

como de realizar las obras superficiales o

subterráneas que sean necesarias para la ejecución o

funcionamiento de las instalaciones.

B) Ocupación temporal, como necesidad

derivada de la ejecución de las obras, de la zona que

se refleja para cada finca en los planos parcelarios

de expropiación. En esta zona se hará desaparecer,

temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las

obras necesarias para el tendido e instalación de

la canalización y elementos anexos, ejecutando los

trabajos u operaciones precisas a dichos fines.

Tres.-Para el paso de los cables de líneas, equipos

de telecomunicación y elementos dispersores de

protección catódica:

A) Imposición de servidumbre permanente de

paso en una franja de terreno de 1 metro de ancho,

por donde discurrirán enterrados los cables de

conexión. Para los lechos dispersores de la

protección catódica, la franja de terreno, donde se

establece la imposición de servidumbre permanente de

paso, tendrá como anchura la correspondiente a

la de la instalación más 1 metro a cada lado. Estas

franjas estarán sujetas a las siguientes limitaciones:

Prohibición de efectuar trabajos de arada o

similares a una profundidad superior a 50 centímetros,

a plantar árboles o arbustos y realizar cualquier tipo

de obras, construcción o edificación a una distancia

inferior a metro y medio, a cada lado del cable

de conexión o del límite de la instalación enterrada

de los lechos dispersores, pudiendo ejercer el

derecho a talar o arrancar los árboles o arbustos que

hubiera a distancia inferior a la indicada.

Libre acceso del personal y elementos necesarios

para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las

instalaciones, con pago, en su caso, de los daños

que se ocasionen.

B) Ocupación temporal, como necesidad

derivada de la ejecución de las obras, de la zona que

se refleja para cada finca en los planos parcelarios

de expropiación y en la que se hará desaparecer

todo obstáculo, así como realizar las obras

necesarias para el tendido y montaje de las instalaciones

y elementos anexos, ejecutando las obras u

operaciones precisas a dichos fines.

Cuatro.-Todo lo que se ha indicado en los

apartados anteriores no será aplicable a los bienes de

dominio público.

8. Esta autorización quedará sin efecto por

incumplimiento de las condiciones estipuladas, por

facilitar datos inexactos y por cualquier otra causa

excepcional que lo justifique.

9. La presente autorización administrativa se

otorga sin perjuicio de terceros y con independencia

de las autorizaciones, licencias y demás permisos

de competencia municipal u otros que sean

necesarios para la realización de las instalaciones

autorizadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía

administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el

plazo de un mes, a partir de su notificación, ante

el Consejero de Industria, Turismo, Trabajo y

Comunicaciones, conforme determina el artículo 114 de

la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, de 26 de noviembre, modificada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santander, 27 de septiembre de 1999.-El Director

general, Pedro J. Herrero López.-41.042.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

VALENCIANA

Consejería de Obras Públicas,

Urbanismo y Transportes

Información pública complementaria y

levantamiento de actas previas a la ocupación del expediente

de expropiación forzosa incoado con motivo de las

obras "11-V-1450. Primero complementario. Autovía

de Canals-Agullent. Tramo: N-430, Aielo de Malferit.

Provincia de Valencia"

Declarada de urgencia la ocupación de bienes y

derechos afectados por la expropiación por la

disposición adicional séptima de la Ley de la

Generalidad Valenciana 14/1997, de 26 de diciembre,

se somete a información pública complementaria

por ampliación de las superficies a expropiar los

bienes y derechos que a continuación se relacionan,

al objeto de que los afectados puedan consultar el

proyecto y presentar alegaciones por escrito a los

solos efectos de subsanar posibles errores que se

hayan podido producir al relacionar los bienes y

derechos por la urgente ocupación (artículo 56 del

Reglamento de Expropiación Forzosa).

Plazo: Quince días a partir de la publicación del

presente anuncio en el "Boletín Oficial del Estado".

Levantamiento de actas previas a la ocupación

de los bienes y derechos afectados por la

expropiación forzosa.

Lugar: Ayuntamiento de Aielo de Malferit.

Día: 15 de noviembre de 1999.

Hora: De diez treinta a trece.

Lugar: Ayuntamiento de l'Olleria.

Día: 16 de noviembre de 1999.

Hora: De diez treinta a catorce treinta.

El presente señalamiento será notificado por

célula a los afectados, cuya relación figura expuesta en

el tablón de edictos del indicado Ayuntamiento y

en esta Consejería, sita en la avenida Blasco Ibáñez,

50 (y se publica en el "Boletín Oficial de la Provincia

de Valencia" el día 26 de octubre de 1999). Los

interesados deberán aportar a dicho acto el título

de propiedad y último recibo de contribución, caso

de ser exigible.

Se significa que el presente anuncio se publica

a los efectos establecidos en el artículo 59.4 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, según redacción

dada por la Ley 4/1999 para los interesados que

figuran como desconocidos o con domicilio

ignorado.

Información:

Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y

Transportes.

Alicante: Avenida Aguilera, 1. Teléfono (96)

593 54 68.

Castellón: Avenida del Mar, 16. Teléfono (964)

35 80 57.

Valencia: Avenida Blasco Ibáñez, 50. Teléfono

(96) 386 64 28.

Valencia, 30 de septiembre de 1999.-El

Consejero, José Ramón García Antón.-40.537.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE EXTREMADURA

Consejería de Presidencia y Trabajo

Dirección General de Trabajo

De conformidad con lo dispuesto en el

artículo 4, apartados 3 y 4, de la Ley Orgánica 11/1985,

de 2 de agosto, de Libertad Sindical ("Boletín Oficial

del Estado" número 189, del 8), en las disposiciones

concordantes de la Ley 19/1977, de 1 de abril,

sobre regulación del derecho de asociación sindical

y empresarial ("Boletín Oficial del Estado"

número 80, del 4), y del Real Decreto 873/1977,

de 22 de abril, sobre depósito de los Estatutos de

las organizaciones constituidas al amparo de la

Ley 19/1977 citada ("Boletín Oficial del Estado"

número 101, del 28), se hace público:

Que el día 19 de julio de 1999 fue presentado

por don Juan Antonio Millán Galdón, en el Registro

General de Entrada de Documentos, escrito de

solicitud de admisión a depósito de modificación de

Estatutos, y demás documentación, junto al acuerdo

de la asamblea de la entidad denominada Federación

de Organizaciones de Transporte de Extremadura

(Fenadismer Extremadura), a la que correspondió

el expediente de depósito número CA/22,

domiciliada en cruce Nacional 630 con la Nacional V

(Sitio de Carrión) de Mérida, que se configura como

asociación empresarial, cuyo ámbito territorial es

el de toda la Comunidad Autónoma de

Extremadura, y cuyo ámbito profesional comprende al

gremio del transporte.

Son firmantes del acta: Don Juan Antonio Millán

Jaldón, con documento nacional de

identidad 29.335.165, como Secretario general; don

Marcelo Díaz Bravo, con documento nacional de

identidad 4.097.079, como Presidente.

Habida cuenta que la documentación así

presentada cumple con todos los requisitos legales

establecidos por las citadas normas.

Esta oficina pública acuerda:

Admitir el depósito de la modificación de los

Estatutos de la entidad referenciada y disponer su

publicación en el "Boletín Oficial del Estado" y en el

"Diario Oficial de Extremadura".

Lo que se hace público para que todo aquel que

se considere interesado pueda examinar los acuerdos

de modificación depositados en estas dependencias

(segunda planta, paseo de Roma, sin número,

Mérida), y solicitar la declaración judicial de no ser

conforme a Derecho la documentación depositada, ante

la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia,

en virtud de lo establecido por el artículo 171 y

la disposición adicional sexta del Real Decreto

Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se

aprueba el texto refundido de la Ley de

Procedimiento Laboral ("Boletín Oficial del Estado"

número 86, del 11).

Mérida, 22 de septiembre de 1999.-El Director

general de Trabajo, Luis Revello Gómez.-40.437-E.

ANÁLISIS

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