MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Dirección General del Tesoro
y Política Financiera
Notificación de expedientes sancionadores sobre
supuesta infracción leve de la Ley 40/1979, sobre
de cambios
Por acuerdos del ilustrísimo señor Director
general del Tesoro y Política Financiera se han iniciado
los siguientes expedientes sancionadores:
Expediente
Fecha acuerdo
- Interesado
de iniciación
Número
97/99 Nan Churharmal 9 de marzo de 1999
Hassani.
1.092/98María del Mar 22 de marzo de 1999
Figuero Monje.
Desconociéndose el último domicilio de los
interesados, por la presente se les notifica que pueden
retirar el acuerdo de iniciación del citado expediente
en el despacho oficial de la Instructora (ubicado
en la Dirección General del Tesoro y Política
Financiera, plaza de Jacinto Benavente, número 3,
despacho 220, 28012 Madrid), dentro de los diez días
hábiles siguientes a la publicación de este edicto.
En el plazo de quince días hábiles, a contar desde
el día siguiente a haber surtido efecto la notificación,
podrán contestar a la misma con las alegaciones
que estimen pertinentes a su defensa, pudiendo
solicitar cuantas pruebas hábiles en Derecho estimen
convenientes, advirtiéndoseles que de no hacerse
se procederá a proponer la oportuna resolución.
Madrid, 18 de mayo de 1999.-La Instructora,
Pilar Rodríguez.-40.008.
Notificación de expedientes sancionadores sobre
supuesta infracción leve de la Ley 40/1979, sobre
de cambios
Por acuerdos del ilustrísimo señor Director
general del Tesoro y Política Financiera se han iniciado
los siguientes expedientes sancionadores:
Expediente
Fecha acuerdo
- Interesado
de iniciación
Número
158/99"Nyse Invest, 9 de abril de 1999
S. L.".
738/98 Eddy Shelton. dediciembre 21 de 1998
895/98"Pro Motor 28 de enero de 1999
Sport, S. L.".
Desconociéndose el último domicilio de los
interesados, por la presente se les notifica que pueden
retirar el acuerdo de iniciación del citado expediente
en el despacho oficial de la Instructora (ubicado
en la Dirección General del Tesoro y Política
Financiera, plaza de Jacinto Benavente, número 3,
despacho 220, 28012 Madrid), dentro de los diez días
hábiles siguientes a la publicación de este edicto.
En el plazo de quince días hábiles, a contar desde
el día siguiente a haber surtido efecto la notificación,
podrán contestar a la misma con las alegaciones
que estimen pertinentes a su defensa, pudiendo
solicitar cuantas pruebas hábiles en Derecho estimen
convenientes, advirtiéndoseles que de no hacerse
se procederá a proponer la oportuna resolución.
Madrid, 18 de mayo de 1999.-La Instructora,
Sonsoles Pareja.-40.012.
Notificación de expediente sancionador (expediente
142/1999) sobre supuesta infracción leve de la Ley
40/1979, sobre control de cambios
Por acuerdo de fecha 28 de enero de 1999 se
ha incoado expediente sancionador a "Finca La
Reja, Sociedad Limitada". Desconociéndose el
último domicilio de la interesada, por el presente se
le notifica que puede retirar el acuerdo de iniciación
del citado expediente en el despacho oficial de la
Instructora (ubicado en la Dirección General del
Tesoro y Política Financiera, plaza de Jacinto
Benavente, número 3, despacho 220, 28012 Madrid)
dentro de los diez días hábiles siguientes a la
publicación de este edicto.
En el plazo de quince días hábiles a contar desde
el día siguiente a haber surtido efecto la notificación,
podrá contestar a la misma con las alegaciones que
estime pertinentes a su defensa, pudiendo solicitar
cuantas pruebas hábiles en Derecho estime
convenientes, advirtiéndosele que de no hacerse, se
procederá a proponer la oportuna resolución.
Madrid, 28 de mayo de 1999.-La Instructora,
Ángeles Rodríguez.-40.014.
Agencia Estatal de Administración
Tributaria
Delegaciones
MADRID
Providencia y anuncio de subasta de bienes
inmuebles
De conformidad con lo dispuesto en los
artículos 146 y siguientes del Reglamento General de
Recaudación (Real Decreto 1648/1990, de 20 de
diciembre, "Boletín Oficial del Estado" de 3 de enero
de 1991) y el artículo 137.1 de la Ley General
Tributaria, se dispone la venta de bienes inmuebles
dentro del expediente ejecutivo seguido contra la
deudora "Asistencia Urbana, Sociedad Anónima"
(A78494002).
La subasta se celebrará el día 11 de noviembre
de 1999, a las diez horas, en el salón de actos
de la delegación de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria en Madrid, calle Guzmán el
Bueno, 139.
Bienes a enajenar
Descripción registral: Rústica. Finca procedente
de la dehesa de Cáceres, el Viejo, en término
municipal de Cáceres (actual avenida Héroes de Saler,
carretera a Torrejón el Rubio, CC-912, kilómetro
1.750), que ocupa una superficie de 73.721,21
metros cuadrados. Linda: Al norte, lote número 2
que se adjudica a doña María del Sagrado Corazón
Domínguez López Montenegro; al sur, finca descrita
con número 3, integrante del PAU que se adjudica
a doña Casilda Figueroa y Pérez de Guzmán el
Bueno, finca "Mejostilla Chica", urbanización "De
la Mejostilla", y fincas descritas con los números 4, 5
y 6 que se adjudican a la Fundación Vabindo Callaff,
doña María del Sagrado Corazón Domínguez López
Montenegro y doña Casilda Figueroa y Pérez de
Guzmán el Bueno, respectivamente; este, lote
número 1 que se adjudica a doña Casilda Figueroa y
Pérez de Guzmán el Bueno, y oeste, finca descrita
con el número 3, integrante del PAU, que se adjudica
a doña Casilda Figueroa y Pérez de Guzmán el
Bueno, y zona de viales descrita con el número
8, que se adjudica a doña María del Sagrado
Corazón Domínguez López Montenegro.
Finca inscrita con el número 47.667, folio 137,
libro 773, tomo 1.828, en el Registro de la Propiedad
número 1 de Cáceres.
Valorada en 160.903.025 pesetas, siendo el tipo
de subasta, en primera licitación, de 160.903.025
pesetas.
Tramos: 500.000 pesetas.
En cumplimiento del citado precepto, se publica
el presente anuncio y se advierte a las personas
que deseen tomar parte en la subasta lo siguiente:
Primero.-Todo licitador habrá de constituir ante
la Mesa de subasta fianza, al menos, del 20 por
100 del tipo de subasta en primera licitación. Este
depósito se ingresará en firme en el Tesoro si los
adjudicatarios no satisfacen el precio del remate
sin menoscabo de la responsabilidad en que
incurrirán por los mayores perjuicios que sobre el importe
de la fianza originan la inefectividad de la
adjudicación.
Segundo.-La subasta se suspenderá en cualquier
momento anterior a la adjudicación de los bienes,
si se efectúa el pago de la deuda, intereses y costas
del procedimiento.
Tercero.-Las cargas, gravámenes y situaciones
jurídicas que afectan a los bienes y que han de
quedar subsistentes son las siguientes: Ninguna,
según la documentación que consta en el expediente.
En cualquier caso, el adjudicatario se subrogará en
todas las cargas, gravámenes y derechos que
legalmente deban quedar subsistentes.
Cuarto.-Los licitadores habrán de conformarse
con los títulos de propiedad que se hayan aportado
al expediente, no teniendo derecho a exigir otros,
encontrándose de manifiesto aquéllos en esta
Dependencia de Recaudación, hasta el día anterior
al de la subasta. Los gastos derivados del
otorgamiento de oficio de la escritura de venta de los
inmuebles que resulten enajenados serán por cuenta
del adjudicatario.
Quinto.-El rematante entregará en el acto de
adjudicación, o dentro de los cinco días siguientes, la
diferencia entre el depósito constituido y el precio
de la adjudicación.
Sexto.-Cuando en la primera licitación no se
hubiese cubierto la deuda y queden bienes sin
adjudicar, la Mesa anunciará la iniciación del trámite
de adjudicación directa que se llevará a cabo de
acuerdo con el artículo 150 del RGR. Para ello
se admitirán ofertas por importe igual o superior
al tipo de subasta en primera licitación.
Sin embargo, y en el mismo acto de la primera
licitación, la Mesa podrá optar por celebrar una
segunda licitación cuando así lo haya acordado,
previa deliberación sobre la conveniencia de la misma.
El nuevo tipo será el 75 por 100 del tipo de subasta
en primera licitación. Los bienes no adjudicados
pasarán al trámite de adjudicación directa previsto
en el artículo 150 del RGR.
En el trámite de adjudicación directa, la
Dependencia de Racaudación realizará las gestiones
conducentes a la adjudicación en el plazo máximo de
seis meses en las mejores condiciones económicas,
realizando cuantas notificaciones consideren
necesarias en el tablón de anuncios de dicha
Dependencia. Las ofertas se presentarán en sobre cerrado,
en el exterior del cual se indicará con claridad la
referencia "Subasta de ªAsistencia Urbana,
Sociedad Anónimaº. Adjudicación directa (S-1087).
Dependencia de Recaudación". Dichas ofertas
tendrán la consideración de vinculantes. En este caso
no será necesario aportar en el sobre cerrado el
depósito a que se refiere el punto primero.
Séptimo.-Los deudores con domicilio
desconocido, los deudores declarados en rebeldía, así como
los acreedores hipotecarios o pignoraticios
desconocidos, se tendrán por notificados con plena
virtualidad legal por medio del presente anuncio.
Octavo.-La Hacienda se reserva el derecho de
adjudicar al Estado los inmuebles que no hubiesen
sido objeto de remate, conforme a los artículos 158
y siguientes del Reglamento General de
Recaudación y 137.2 de la Ley General Tributaria.
Noveno.-De acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 147.3 del Reglamento General de
Recaudación, se admitirán ofertas en sobre cerrado. En éstas,
se expresará el precio máximo ofrecido por el bien
enajenado. Los sobres podrán presentarse en el
Registro General de la Delegación hasta una hora
antes de iniciarse la subasta, debiendo incluirse en
el sobre un cheque conformado a favor del Tesoro
Público por el importe del depósito a que se refiere
el punto primero, así como datos identificativos y
dirección del licitador a efectos de poder
comunicarle, en caso de adjudicación, el resultado de
la subasta para su conocimiento a los efectos de
lo determinado en el punto quinto. En la parte
exterior del sobre debe figurar con claridad la referencia
"Subasta de ªAsistencia Urbana, Sociedad
Anónimaº (S-1087)/11/11/99. Dependencia de
Recaudación".
Décimo.-Si de la venta de los bienes resultara
un importe superior a los débitos y costas incluidos
en el expediente ejecutivo, se depositará el sobrante
en la Caja General de Depósitos del Ministerio de
Economía y Hacienda a los efectos oportunos.
Undécimo.-Recursos: De reposición, en el plazo
de quince días, ante la Dependencia de
Recaudación; o reclamación económico administrativa en
el plazo de quince días, ante el Tribunal de dicha
jurisdicción.
Madrid, 24 de septiembre de 1999.-La Jefa de
la Dependencia de Recaudación, Consuelo Sánchez
García.-40.446-E.
Organismo Nacional de Loterías
y Apuestas del Estado
Resolución por la que se inicia expediente de traslado
a distinta localidad a instancia de la Administración
de Loterías número 1 de Barcelona
Por el titular de la Administración de Loterías
número 1 de Barcelona, don Fernando Lizcano de
la Rosa Martínez, se solicita del Organismo
Nacional de Loterías y Apuestas del Estado autorización
para cambiar la ubicación de la citada
Administración, desde la gran vía de Carlos III, 63, bis,
de Barcelona, en que actualmente está situada, a
la avenida Miraflores, 46, con entrada por calle
Piera, de Hospitalet de Llobregat (Barcelona).
Lo que de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 1. º 1 del Real Decreto 1511/1992, de 11
de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 30),
se hace público a fin de que cuantas personas se
consideren afectadas puedan ponerlo de manifiesto
mediante escrito dirigido al ilustrísimo señor
Director general del Organismo Nacional de Loterías y
Apuestas del Estado, en Madrid, calle Guzmán el
Bueno, 137, código postal 28003, que habrá de ser
presentado dentro del plazo de quince días, contados
a partir de la fecha de publicación del presente
anuncio en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 6 de septiembre de 1999.-El Director
general, Luis Perezagua Clamagirand.-40.131.
Resolución por la que se hace público haberse
autorizado la celebración de una rifa a la Fundación
Ceprosa
Por resolución de este Organismo Nacional de
Loterías y Apuestas del Estado, de esta misma fecha,
ha sido autorizada la Fundación Ceprosa,
domiciliada en esta capital, calle Cambrils, número 23,
para celebrar una rifa en la cual los premios
ofrecidos serán adjudicados mediante sorteo a celebrar
en combinación con el de la Lotería Nacional del
día 27 de mayo del año 2000.
La venta de las papeletas, en todas y cada una
de las cuales deberá figurar la particularidad de los
premios, deberá llevarse a cabo, exclusivamente, por
las personas debidamente autorizadas para ello.
Lo que se publica para general conocimiento y
demás que corresponda, debiendo sujetarse el
desarrollo de la rifa a cuanto dispone la legislación
vigente.
Madrid, 16 de septiembre de 1999.-El Director
general, P. D., (Resolución de 25 de mayo de 1998),
el Gerente de la Lotería Nacional, Fernando
Hipólito Lancha.-40.435-E.
Tribunal Económico-
Administrativo Central
Vocalía 3. ª
Notificación a doña María Dolores Valverde
Junquillo del fallo dictado por el Tribunal
Económico-Administrativo Central en el expediente
R.G. 1874-96, protocolo 908/98, por aplicación de
lo dispuesto en el artículo 86 del Reglamento de
Procedimiento en las Reclamaciones
EconómicoAdministrativas
Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a doña María Dolores Valverde Junquillo
que por el Tribunal Económico-Administrativo
Central, y en el expediente R.G. 1874-96, protocolo
908/98, seguido a instancia del Director provincial
de la Tesorería General de la Seguridad Social, en
asunto relativo a Seguridad Social, se ha dictado
resolución en sesión del día 3 de diciembre de 1998,
cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, como resolución al recurso extraordinario
de revisión interpuesto por el Director provincial
de la Tesorería General de la Seguridad Social de
Córdoba, contra acuerdo del Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Andalucía de 24 de
julio de 1995, recaído en reclamación número
14/1352/94, acuerda declararlo inadmisible."
Lo que se le notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá el interesado interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de finalización de la publicación
del presente anuncio.
Madrid, 22 de septiembre de 1999.-El Vocal Jefe
de la Sección.-40.434-E.
MINISTERIO DE FOMENTO
Secretaría General de Comunicaciones
Subdirección General de Evaluación
y Calidad de los Servicios
de Telecomunicaciones
Por el presente anuncio, la Subdirección General
de Evaluación y Calidad de los Servicios de
Telecomunicaciones notifica a todos los interesados que
a continuación se relacionan aquellas notificaciones
que han resultado infructuosas en los domicilios
expresados, correspondientes a resoluciones de
expedientes administrativos sancionadores, por
infracciones tipificadas en la Ley 31/1987, de 18
de diciembre, de Ordenación de las
Telecomunicaciones, modificada por Ley 32/1992 y en la Ley
11/1998, de 24 de abril, General de
Comunicaciones.
Asimismo, se informa que el expediente completo
se encuentra en la Secretaría General de
Comunicaciones (Subdirección General de Evaluación y
Calidad de los Servicios de Telecomunicaciones)
y la resolución objeto de la presente notificación
que, en virtud de la cautela prevista en el artículo
61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, no se publica en su
integridad, en la Jefatura Provincial de Inspección de
Telecomunicaciones que en cada caso se señala.
Expediente número CI/S 00001/98. Nombre:
"Díaz Duque, Sociedad Limitada". Fecha
resolución: 11 de junio de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Las Palmas.
Expediente número CI/S 00710/98. Nombre y
apellidos: Don Jorge López Serrano. Fecha
resolución: 1 de junio de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Alicante.
Expediente número CI/S 00959/98. Nombre y
apellidos: Don Antonio Atuse González. Fecha
resolución: 3 de junio de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Salamanca.
Expediente número CI/S 01149/98. Nombre y
apellidos: Don Ángel Custodio Pérez Garrido.
Fecha resolución: 27 de mayo de 1999. Jefatura
Provincial Inspección de Telecomunicaciones de
Girona.
Expediente número CI/S 01553/98. Nombre y
apellidos: Don Sebastián Ponce Rodríguez. Fecha
resolución: 28 de mayo de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Huelva.
Expediente número CI/S 02148/98. Nombre y
apellidos: Don José Eugenio Martín Béjar. Fecha
resolución: 28 de mayo de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Granada.
Expediente número CI/S 02424/98. Nombre y
apellidos: Don Juan Manuel López Jorquera. Fecha
resolución: 15 de julio de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Madrid.
Expediente número CI/S 02520/98. Nombre y
apellidos: Don Pedro Antonio Núñez Agudo. Fecha
resolución: 16 de julio de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Barcelona.
Expediente número CI/S 02579/98. Nombre:
"Transportes Espitrán, Sociedad Limitada". Fecha
resolución: 28 de julio de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Madrid.
Expediente número CI/S 02727/98. Nombre y
apellidos: Don Juan Carlos Aurora Pereira. Fecha
resolución: 13 de abril de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Girona.
Expediente número CI/S 02952/98. Nombre y
apellidos: Bahnas y González Frigo Transport.
Fecha resolución: 26 de julio de 1999. Jefatura
Provincial Inspección de Telecomunicaciones de A
Coruña.
Expediente número CI/S 03079/98. Nombre:
"Transroma Albacete, Sociedad Anónima". Fecha
resolución: 25 de junio de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Albacete.
Expediente número CI/S 03091/98. Nombre y
apellidos: Don Francisco Fernández Cortés. Fecha
resolución: 13 de abril de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Murcia.
Expediente número CI/S 03120/98. Nombre y
apellidos: Don Ismael Dueñas Martín. Fecha
resolución: 16 de julio de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Madrid.
Expediente número CI/S 03181/98. Nombre y
apellidos: Don Feliciano Aranda Rubio. Fecha
resolución: 25 de junio de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Córdoba.
Expediente número CI/S 00094/99. Nombre y
apellidos: Don Marcos Avilés Vara. Fecha
resolución: 27 de julio de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Valladolid.
Expediente número CI/S 00230/99. Nombre y
apellidos: Don José A. Enríquez Tornero. Fecha
resolución: 8 de julio de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Madrid.
Expediente número CI/S 00649/99. Nombre:
"Carnes Gallegas, C.B.". Fecha resolución: 19 de
Expediente Interesado CIF/NIF
D-16843/A Juan Moreno Pérez....................................... 22.899.122 75.000 4-1999 21Navegar.
D-18805/A Óscar Cuesta Peruf....................................... 53.018.253-X 30.000 4-1999 7Acampada colectiva.
D-19631 Almarza José Izquierdo................................... 33.328.669-J 30.000 5-1999 11Acampada colectiva.
D-19635 Araceli Iglesias Moscoso................................. 53.104.280-V 30.000 6-1999 25Acampada colectiva.
D-19667 Jesús Fernández Molero.................................. 50.216.550-Y 50.000 5-1999 11Acampar.
D-19678 Vallejo Isaac Barneto..................................... 52.951.426-K 50.000 5-1999 11Acampar.
D-19789 David García Pina........................................ 52.109.593-B 50.000 7-1999 13Acampar.
D-19808 Eusebio Luis Ramos Aguilera............................ 2.905.458-Y 50.000 7-1999 9Acampar.
D-19829 Roberto Carlos Abad Meño.............................. 52.979.894-S 50.000 7-1999 2Acampar.
D-19864 Francisco Javier Jiménez González...................... 50.184.418-M 30.000 7-1999 13Acampada colectiva.
D-19869 Ruiz Julio Benítez......................................... 11.786.470-M 30.000 4-1999 7Acampada colectiva.
D-19898 Fernández Julio Herrero.................................. 9.453.347-W 30.000 6-1999 18Acampada colectiva.
D-19907 Carlos Juan Ortiz Rodríguez............................. 7.536.033 30.000 6-1999 25Acampada colectiva.
D-19914 Luis José Jiménez González.............................. 4.132.970-P 30.000 7-1999 9Acampada colectiva.
D-19970 Miguel Ángel Seco Lara.................................. 11.823.557-Q 50.000 7-1999 13Acampada.
D-19971 Víctor Manuel Martínez Carriches....................... 4.208.608-E 50.000 4-1999 21Acampada.
D-19974 Molina Óscar Santos..................................... 52.105.502-Z 50.000 6-1999 25Acampada.
D-19975 Carlos Enrique Martín Gómez........................... 2.249.326-H 50.000 7-1999 13Acampada.
D-19979 Ricardo Ruiz Ruiz........................................ 50.096.497-J 50.000 6-1999 25Acampada.
D-20000 Antonio Fernández Hueso............................... 7.428.362-Y 50.000 7-1999 1Acampada.
D-20048 Manuel Sevillano Bermudo............................... 2.225.333-Z 50.000 7-1999 1Acampada.
Se significa a los interesados que en las oficinas
del citado organismo, calle Agustín de Bethencourt,
25, primera planta, tienen a su disposición las
resoluciones pertinentes y podrán retirarlas en días y
horas hábiles al público.
Transcurridos diez días sin haberlo efectuado se
considerará que el acto administrativo ha sido
notificado en forma, continuándose la tramitación en
los términos que procedan en derecho.
Madrid, 21 de septiembre de 1999.-El Comisario
de Aguas, Gabriel Ramos Herrero.-40.506.
Trámites de audiencia
A los efectos previstos en el artículo 59 de la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común de 26 de noviembre de 1992, se hacen
públicos los trámites de audiencia formulados por
la Confederación Hidrográfica del Tajo que se
relacionan a continuación, cuya notificación se ha
intentado sin que se haya podido practicar, respecto de
los cuales se indica expediente, interesado, número
de identificación fiscal, importe de la sanción, fecha
de la audiencia y concepto:
D-19951. Alberto Corral Bendicho.
50.098.681-N. 50.000 pesetas. 20 de julio de 1999.
Acampar.
D-20173. Miguel Ángel García Miguel.
400.408-R. 50.000 pesetas. 20 de julio de 1999.
Acampar.
julio de 1999. Jefatura Provincial Inspección de
Telecomunicaciones de Pontevedra.
Expediente número CI/S 00764/99. Nombre y
apellidos: Don Jesús Tapias López. Fecha
resolución: 15 de julio de 1999. Jefatura Provincial
Inspección de Telecomunicaciones de Madrid.
Durante el plazo de un mes, a contar desde el
siguiente al de la publicación de este anuncio en
el "Boletín Oficial del Estado", los interesados
podrán comparecer en los expedientes, así como
ejercer cualquier acción que corresponda al
momento procedimental en que se encuentra el expediente.
Lo que se hace público a los efectos de lo
dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la citada
Ley 30/1992, modificada por Ley 4/1999.
Madrid, 4 de octubre de 1999.-El Subdirector
general, Antonio Alvarado Delgado.-40.442-E.
Importe
de la sanción
-
Pesetas
D-20174. María de los Ángeles Ruiz Cerrato.
2.248.937-C. 50.000 pesetas. 4 de mayo de 1999.
Acampar.
D-20512. Ana Belén Navas Martín. 20.260.285-E.
30.000 pesetas. 19 de mayo de 1999. Acampada
colectiva.
Se significa a los interesados que en las oficinas
del citado organismo (calle Agustín de
Bethencourt, 25, 1. ª planta) tienen a su disposición los
correspondientes expedientes, durante un plazo de
quince días desde la presente publicación, para
tomar vista de los mismos, formular alegaciones
y presentar los documentos y justificantes que
estimen pertinentes, de acuerdo con el artículo 332
del Real Decreto 849/1986.
Transcurrido dicho plazo de quince días sin
haberlo efectuado se considerará que el acto
administrativo ha sido notificado en forma, continuándose
la tramitación en los términos que procedan en
derecho.
Madrid, 24 de septiembre de 1999.-El Comisario
de Aguas, Gabriel Ramos Herreros.-40.509.
Resoluciones sancionatorias
A los efectos previstos en el artículo 59 de la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común de 26 de noviembre de 1992, se hacen
públicas las resoluciones sancionatorias dictadas por
la Confederación Hidrográfica del Tajo que se
relacionan a continuación, cuya notificación se ha
tado sin que se haya podido practicar, respecto de
los cuales se indica expediente, interesado, número
de identificación fiscal, importe de la sanción, fecha
de la resolución y concepto:
D-20083/A. Carlos Samaniego Ramírez.
51.405.469-D. 75.000 pesetas. 19 de abril de 1999.
Navegar.
D-20087. Carlos Alcarazo Álvaro. 8.940.096-L.
50.000 pesetas. 20 de julio de 1999. Acampar.
D-20105. Jesús Fernando Gómez de la Torre
Sánchez. 3.821.785-J. 50.000 pesetas. 13 de julio de
1999. Acampar.
D-20110. Pedro Carlos Guerrero Torralba.
1.805.290-C. 50.000 pesetas. 13 de julio de 1999.
Acampar.
D-20114. Valentín Íñigo Sainero. 50.396.782-X.
50.000 pesetas. 13 de julio de 1999. Acampar.
D-20210. Roberto García López. 72.330.311-P.
50.000 pesetas. 9 de julio de 1999. Acampar.
D-20260. Rafael Prado Prado. 1.118.436-S.
75.000 pesetas. 21 de abril de 1999. Navegar.
D-20337. Ana Racionero Casado. 52.106.385-T.
50.000 pesetas. 9 de julio de 1999. Acampar.
D-20391. José Javier Díez Gallego. 50.852.722-K.
50.000 pesetas. 11 de mayo de 1999. Acampar.
D-20392. Miguel Ángel Francisco Tejero.
46.851.944-R. 50.000 pesetas. 9 de julio de 1999.
Acampar.
D-20418. Francisca Pajuelo Micaelo.
4.125.469-M. 50.000 pesetas. 8 de abril de 1999.
Acampar.
MINISTERIO
DE MEDIO AMBIENTE
Confederaciones Hidrográficas
TAJO
Resoluciones sancionatorias
A los efectos previstos en el artículo 59 de la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común de 26 de noviembre de 1992, se hacen
públicas las resoluciones sancionatorias dictadas por
la Confederación Hidrográfica del Tajo que se
relacionan a continuación, cuya notificación se ha
intentado sin que se haya podido practicar:
Fecha
Concepto
de resolución
D-20464. Mario López González. 50.859.824-Q.
50.000 pesetas. 11 de mayo de 1999. Acampar.
D-20513. José Bizarro García. 8.758.612-M.
30.000 pesetas. 8 de abril de 1999. Acampada
colectiva.
D-20560. Iván Gómez Montes. 52.871.011-Z.
30.000 pesetas. 8 de abril de 1999. Acampada
colectiva.
D-20566. Jesús Andrés Serrano Rubio.
51.947.863-V. 30.000 pesetas. 8 de abril de 1999.
Acampada colectiva.
D-20627. Raquel Carmona Marugán.
9.039.719-Y. 50.000 pesetas. 13 de julio de 1999.
Acampar.
Se significa a los interesados que en las oficinas
del citado organismo (calle Agustín de
Bethencourt, 25, 1. ª planta, tienen a su disposición las
resoluciones pertinentes y podrán retirarlas en días
y horas hábiles al público.
Transcurridos diez días sin haberlo efectuado se
considerará que el acto administrativo ha sido
notificado en forma, continuándose la tramitación en
los términos que procedan en derecho.
Madrid, 24 de septiembre de 1999.-El Comisario
de Aguas, Gabriel Ramos Herrero.-40.507.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CANTABRIA
Consejería de Industria, Turismo,
Trabajo y Comunicaciones
Dirección General de Industria
Resolución por la que se otorga a la empresa
"Enagás, Sociedad Anónima" la autorización
administrativa y la aprobación del proyecto de instalaciones
"Red A.P.A. a Pedreña"
La empresa "Enagás, Sociedad Anónima", con
domicilio social en Madrid, avenida de América,
número 38, en aplicación de lo dispuesto en los
artículos 89.3 y 104 de la Ley 34/1998, de 7 de
octubre, del Sector de Hidrocarburos, y en el artículo
9.b) del Reglamento General del Servicio Público
de Gases Combustibles, aprobado por Decreto
2913/1973, de 26 de octubre ("Boletín Oficial del
Estado" de 21 de noviembre), solicitó en fecha 1
de marzo de 1999, la autorización administrativa,
el reconocimiento de utilidad pública y la
aprobación del proyecto de instalaciones, denominado
"Red A.P.A. a Pedreña", que discurre por el término
municipal de Marina de Cudeyo.
Esta empresa es titular de la concesión
administrativa que ha devenido en autorización, de
conformidad con la disposición adicional sexta de la
Ley 34/1998; otorgada por Orden de 21 de abril
de 1986, del Ministerio de Industria, para la
conducción de gas natural a través de un gasoducto
entre Burgos, Cantabria y Asturias y para el
suministro de gas natural para usos industriales en
diversos términos municipales de las citadas provincias,
entre los que se encuentra el de Marina de Cudeyo
("Boletín Oficial del Estado" número 124, de 24
de mayo de 1986).
La empresa ha presentado el correspondiente
proyecto técnico que define las instalaciones con las
siguientes características principales:
La conducción de gas natural discurrirá con una
presión de diseño de 16 bar, con un diámetro de 4º.
La tubería será de acero al carbono, tipo API 5L
Gr.B, con revestimiento de polietileno extrusionado,
realizado en fábrica y en frío con cintas plásticas,
realizado en obra y protección catódica.
La profundidad mínima de enterramiento de la
tubería será de 1 metro medida entre la generatriz
superior de la canalización y el nivel del suelo.
Longitud: 3.920 metros.
Caudal: 426 metros cúbicos (n)/h.
Descripción del trazado:
Origen: Parte de la posición D-07.9 del "Ramal
Gajano-Treto", en la localidad de Rubayo y junto
a la carretera SP-4301, cruzando esta carretera
discurrirá en dirección noroeste para rodear el Barrio
Bajo de Rubayo por el norte. Proseguirá con
dirección sur hacia la SP-4301, discurriendo por la zona
limítrofe de las Marismas del Conde.
Final: Pedreña, junto a la "Fuente Vía".
Presupuesto: El presupuesto del proyecto asciende
a la cantidad de 50.179.045 pesetas.
Esta solicitud de autorización administrativa y su
Informe de Impacto Ambiental ha sido sometida
a un período de información pública, mediante
anuncios publicados en el "Boletín Oficial del
Estado" número 85, de 9 de abril de 1999; en el "Boletín
Oficial de Cantabria" número 72, de 12 de abril
de 1999, y en los diarios "El Diario Montañés"
y "Alerta", de 9 de abril de 1999.
Paralelamente, se remitieron las correspondientes
separatas del proyecto al Ayuntamiento de Marina
de Cudeyo y al Servicio de Carreteras Regionales
del Gobierno de Cantabria, como organismo
afectado.
Dentro del período de información pública
formularon alegaciones doña Aurelia Puente Bedia,
doña Joaquina Hontañón Higuera y don Victoriano
Lavín Lavín, en las que expresan errores de
titularidad y supuesta desafectación de la finca
S-MC-351 PO.
Trasladadas las alegaciones recibidas a "Enagás,
Sociedad Anónima", ésta ha emitido escrito de
contestación en el sentido de que la existencia de errores
en la relación concreta e individualizada de bienes
y derechos afectados, fincas números S-MC-285,
S-MC-289, S-MC-306, S-MC-296 y S-MC-264,
procederá a las correcciones pertinentes, previas las
oportunas comprobaciones, manteniéndose la
afección de la finca S-MC-351 PO, con el alcance y
en los términos que consta en la relación publicada
en su día.
El organismo afectado por cruces y/o paralelismos
no ha emitido informe.
De acuerdo con lo dispuesto en la Orden de la
Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del
Territorio de 3 de agosto de 1999, publicada en
el "Boletín Oficial de Cantabria" del 13, número
161, por la que se establecen las características
técnicas de acueductos, gasoductos y oleoductos, a
efectos de aplicación del Decreto 50/1991, de
Evaluación de Impacto Ambiental para Cantabria, se
considera exento del procedimiento de Estimación de
Impacto Ambiental el proyecto que nos ocupa al
no superar el gasoducto en régimen de alta presión,
16 bar.
Vistos la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector
de Hidrocarburos ("Boletín Oficial del
Estado" número 241, de 8 de octubre); el Decreto
2913/1973, de 26 de octubre, por el que se aprueba
el Reglamento General del Servicio Público de
Gases Combustibles ("Boletín Oficial del Estado" de
21 de noviembre de 1973); la Orden del Ministerio
de Industria que otorgó a "Enagás, Sociedad
Anónima" la concesión administrativa para la
conducción de gas natural a través del gasoducto entre
Burgos, Cantabria y Asturias, y para el suministro
de gas natural para usos industriales en diversos
términos municipales de las citadas provincias
("Boletín Oficial del Estado" de 24 de mayo de 1986);
la Orden del Ministerio de Industria y Energía de
18 de noviembre de 1974, por la que se aprueba
el Reglamento de Redes y Acometidas de
Combustibles Gaseosos ("Boletín Oficial del Estado" de 6
de diciembre), modificada por las Órdenes del
Ministerio de Industria y Energía de 26 de octubre
de 1983 ("Boletín Oficial del Estado" de 8 de
noviembre), de 6 de julio de 1984 ("Boletín Oficial
del Estado" del 23), la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" de 27
de diciembre), modificada por la Ley 4/1999, de
13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14).
Esta Dirección General de Industria ha resuelto:
Primero.-Otorgar a la empresa "Enagás, Sociedad
Anónima" la autorización administrativa y la
aprobación del proyecto de ejecución de las instalaciones
"Red A.P.A. a Pedreña".
Segundo.-Declarar la utilidad pública de las
instalaciones, a los efectos previstos en el artículo 52
de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, sobre imposición de servidumbre de
paso y limitaciones de dominio necesarios para el
establecimiento de las instalaciones, de acuerdo con
lo que establece el artículo 105 de la Ley 34/1998,
de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.
Los bienes y derechos afectados por esta
autorización administrativa son los que figuran en los
anuncios publicados en el "Boletín Oficial del
Estado" número 85, de 9 de abril de 1999; en el "Boletín
Oficial de Cantabria" número 72, de 12 de abril
de 1999, y en los diarios "El Diario Montañés"
y "Alerta", de 9 de abril de 1999.
A su vez, estos anuncios han sido expuestos en
el tablón de anuncios del Ayuntamiento afectado
y de la Dirección General de Industria del Gobierno
de Cantabria.
Esta autorización administrativa se otorga
sometida a las condiciones generales que prevén la Ley
34/1998, de 7 de octubre; el Decreto 2913/1973,
de 26 de octubre, y bajo las condiciones especiales
siguientes:
1. Las instalaciones objeto de esta autorización
administrativa se realizarán de acuerdo con las
especificaciones y los planos que figuran en los proyectos
presentados por la empresa peticionaria, los cuales
han servido de base para la tramitación del
expediente número I.G.N. 24/99, firmados por don José
Luis Martínez Sainz-Vizcaya, Ingeniero Industrial
número 8.825, visado por el Colegio Oficial de
Ingenieros Industriales de Santander, con el
número 409/99.
La construcción y funcionamiento de estas
instalaciones se someten a lo que establece el
Reglamento General del Servicio Público de Gases
Combustibles, aprobado por el Decreto 2913/1973, de
26 de octubre, el Reglamento de Redes y
Acometidas de Combustibles Gaseosos, aprobado por la
Orden del Ministerio de Industria y Energía de 18
de noviembre de 1974, modificado por las Órdenes
de 26 de octubre de 1983 y 6 de julio de 1984
y sus ITC-MIG y otros Reglamentos técnicos
específicos que le sean de aplicación y disposiciones
de aplicación generales.
2. El peticionario deberá solicitar la autorización
administrativa correspondiente para realizar
cualquier modificación al proyecto aprobado.
3. El plazo para llevar a cabo la realización de
las instalaciones y su puesta en funcionamiento será
de un año, contado a partir de la fecha de
otorgamiento de la presente autorización administrativa.
4. La Dirección General de Industria podrá
realizar, durante las obras y cuando se hayan acabado,
las comprobaciones y las pruebas que considere
necesarias en relación con el cumplimiento de las
condiciones de esta Resolución. Con esta finalidad,
el peticionario comunicará a la Dirección General
de Industria la fecha de inicio de las obras, la
realización de las pruebas y cualquier incidencia
relevante.
5. Una vez ejecutadas las obras, la empresa
peticionaria solicitará de la Dirección General de
Industria el acta de puesta en servicio de las instalaciones,
adjuntando el certificado de dirección y de
finalización de obra firmado por el técnico competente
y visado por el Colegio Oficial correspondiente,
mediante el cual se acredite que las instalaciones
se ajustan al proyecto aprobadoyalanormativa
aplicable.
6. Los cruces especiales y otras afectaciones de
los bienes de dominio público se harán de acuerdo
con las condiciones técnicas impuestas por los
organismos competentes afectados.
7. De acuerdo con lo que prevé el título V de
la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de
Hidrocarburos, la autorización administrativa de
este proyecto comporta, con el pago de la
indemnización que corresponda y de los perjuicios que
se deriven de la rápida ocupación, la imposición
de las servidumbres y limitaciones de dominio
siguientes:
Uno.-Expropiación forzosa en pleno dominio de
los terrenos sobre los que se han de construir los
elementos de instalación fija en superficie.
Dos.-Para las canalizaciones:
A) Imposición de servidumbre permanente de
paso, en una franja de terreno de 2 metros, a lo
largo del gasoducto, uno a cada lado del eje, por
donde discurrirá enterrada la tubería o tuberías que
se requieran para la conducción del gas y que estará
sujeta a las siguientes limitaciones:
1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o
similares a una profundidad superior a 50
centímetros, así como de plantar árboles o arbustos a
una distancia inferior a 2 metros, a contar desde
el eje de la tubería.
2. Prohibición de realizar cualquier tipo de obras
o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar
el buen funcionamiento de las instalaciones, a una
distancia inferior a 5 metros del eje del trazado,
a uno y otro lado del mismo. Esta distancia podrá
reducirse siempre que se solicite expresamente y
se cumplan las condiciones que, en cada caso, fije
el órgano competente de la Administración.
3. Libre acceso del personal y equipos
necesarios para poder mantener, reparar o renovar las
instalaciones, con pago, en su caso, de los daños
que se ocasionen.
4. Posibilidad de instalar los hitos de
señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así
como de realizar las obras superficiales o
subterráneas que sean necesarias para la ejecución o
funcionamiento de las instalaciones.
B) Ocupación temporal, como necesidad
derivada de la ejecución de las obras, de la zona que
se refleja para cada finca en los planos parcelarios
de expropiación. En esta zona se hará desaparecer,
temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las
obras necesarias para el tendido e instalación de
la canalización y elementos anexos, ejecutando los
trabajos u operaciones precisas a dichos fines.
Tres.-Para el paso de los cables de líneas, equipos
de telecomunicación y elementos dispersores de
protección catódica:
A) Imposición de servidumbre permanente de
paso en una franja de terreno de 1 metro de ancho,
por donde discurrirán enterrados los cables de
conexión. Para los lechos dispersores de la
protección catódica, la franja de terreno, donde se
establece la imposición de servidumbre permanente de
paso, tendrá como anchura la correspondiente a
la de la instalación más 1 metro a cada lado. Estas
franjas estarán sujetas a las siguientes limitaciones:
Prohibición de efectuar trabajos de arada o
similares a una profundidad superior a 50 centímetros,
a plantar árboles o arbustos y realizar cualquier tipo
de obras, construcción o edificación a una distancia
inferior a metro y medio, a cada lado del cable
de conexión o del límite de la instalación enterrada
de los lechos dispersores, pudiendo ejercer el
derecho a talar o arrancar los árboles o arbustos que
hubiera a distancia inferior a la indicada.
Libre acceso del personal y elementos necesarios
para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las
instalaciones, con pago, en su caso, de los daños
que se ocasionen.
B) Ocupación temporal, como necesidad
derivada de la ejecución de las obras, de la zona que
se refleja para cada finca en los planos parcelarios
de expropiación y en la que se hará desaparecer
todo obstáculo, así como realizar las obras
necesarias para el tendido y montaje de las instalaciones
y elementos anexos, ejecutando las obras u
operaciones precisas a dichos fines.
Cuatro.-Todo lo que se ha indicado en los
apartados anteriores no será aplicable a los bienes de
dominio público.
8. Esta autorización quedará sin efecto por
incumplimiento de las condiciones estipuladas, por
facilitar datos inexactos y por cualquier otra causa
excepcional que lo justifique.
9. La presente autorización administrativa se
otorga sin perjuicio de terceros y con independencia
de las autorizaciones, licencias y demás permisos
de competencia municipal u otros que sean
necesarios para la realización de las instalaciones
autorizadas.
Contra esta Resolución, que no agota la vía
administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el
plazo de un mes, a partir de su notificación, ante
el Consejero de Industria, Turismo, Trabajo y
Comunicaciones, conforme determina el artículo 114 de
la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, de 26 de noviembre, modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Santander, 27 de septiembre de 1999.-El Director
general, Pedro J. Herrero López.-41.042.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
VALENCIANA
Consejería de Obras Públicas,
Urbanismo y Transportes
Información pública complementaria y
levantamiento de actas previas a la ocupación del expediente
de expropiación forzosa incoado con motivo de las
obras "11-V-1450. Primero complementario. Autovía
de Canals-Agullent. Tramo: N-430, Aielo de Malferit.
Provincia de Valencia"
Declarada de urgencia la ocupación de bienes y
derechos afectados por la expropiación por la
disposición adicional séptima de la Ley de la
Generalidad Valenciana 14/1997, de 26 de diciembre,
se somete a información pública complementaria
por ampliación de las superficies a expropiar los
bienes y derechos que a continuación se relacionan,
al objeto de que los afectados puedan consultar el
proyecto y presentar alegaciones por escrito a los
solos efectos de subsanar posibles errores que se
hayan podido producir al relacionar los bienes y
derechos por la urgente ocupación (artículo 56 del
Reglamento de Expropiación Forzosa).
Plazo: Quince días a partir de la publicación del
presente anuncio en el "Boletín Oficial del Estado".
Levantamiento de actas previas a la ocupación
de los bienes y derechos afectados por la
expropiación forzosa.
Lugar: Ayuntamiento de Aielo de Malferit.
Día: 15 de noviembre de 1999.
Hora: De diez treinta a trece.
Lugar: Ayuntamiento de l'Olleria.
Día: 16 de noviembre de 1999.
Hora: De diez treinta a catorce treinta.
El presente señalamiento será notificado por
célula a los afectados, cuya relación figura expuesta en
el tablón de edictos del indicado Ayuntamiento y
en esta Consejería, sita en la avenida Blasco Ibáñez,
50 (y se publica en el "Boletín Oficial de la Provincia
de Valencia" el día 26 de octubre de 1999). Los
interesados deberán aportar a dicho acto el título
de propiedad y último recibo de contribución, caso
de ser exigible.
Se significa que el presente anuncio se publica
a los efectos establecidos en el artículo 59.4 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, según redacción
dada por la Ley 4/1999 para los interesados que
figuran como desconocidos o con domicilio
ignorado.
Información:
Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y
Transportes.
Alicante: Avenida Aguilera, 1. Teléfono (96)
593 54 68.
Castellón: Avenida del Mar, 16. Teléfono (964)
35 80 57.
Valencia: Avenida Blasco Ibáñez, 50. Teléfono
(96) 386 64 28.
Valencia, 30 de septiembre de 1999.-El
Consejero, José Ramón García Antón.-40.537.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE EXTREMADURA
Consejería de Presidencia y Trabajo
Dirección General de Trabajo
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 4, apartados 3 y 4, de la Ley Orgánica 11/1985,
de 2 de agosto, de Libertad Sindical ("Boletín Oficial
del Estado" número 189, del 8), en las disposiciones
concordantes de la Ley 19/1977, de 1 de abril,
sobre regulación del derecho de asociación sindical
y empresarial ("Boletín Oficial del Estado"
número 80, del 4), y del Real Decreto 873/1977,
de 22 de abril, sobre depósito de los Estatutos de
las organizaciones constituidas al amparo de la
Ley 19/1977 citada ("Boletín Oficial del Estado"
número 101, del 28), se hace público:
Que el día 19 de julio de 1999 fue presentado
por don Juan Antonio Millán Galdón, en el Registro
General de Entrada de Documentos, escrito de
solicitud de admisión a depósito de modificación de
Estatutos, y demás documentación, junto al acuerdo
de la asamblea de la entidad denominada Federación
de Organizaciones de Transporte de Extremadura
(Fenadismer Extremadura), a la que correspondió
el expediente de depósito número CA/22,
domiciliada en cruce Nacional 630 con la Nacional V
(Sitio de Carrión) de Mérida, que se configura como
asociación empresarial, cuyo ámbito territorial es
el de toda la Comunidad Autónoma de
Extremadura, y cuyo ámbito profesional comprende al
gremio del transporte.
Son firmantes del acta: Don Juan Antonio Millán
Jaldón, con documento nacional de
identidad 29.335.165, como Secretario general; don
Marcelo Díaz Bravo, con documento nacional de
identidad 4.097.079, como Presidente.
Habida cuenta que la documentación así
presentada cumple con todos los requisitos legales
establecidos por las citadas normas.
Esta oficina pública acuerda:
Admitir el depósito de la modificación de los
Estatutos de la entidad referenciada y disponer su
publicación en el "Boletín Oficial del Estado" y en el
"Diario Oficial de Extremadura".
Lo que se hace público para que todo aquel que
se considere interesado pueda examinar los acuerdos
de modificación depositados en estas dependencias
(segunda planta, paseo de Roma, sin número,
Mérida), y solicitar la declaración judicial de no ser
conforme a Derecho la documentación depositada, ante
la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia,
en virtud de lo establecido por el artículo 171 y
la disposición adicional sexta del Real Decreto
Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley de
Procedimiento Laboral ("Boletín Oficial del Estado"
número 86, del 11).
Mérida, 22 de septiembre de 1999.-El Director
general de Trabajo, Luis Revello Gómez.-40.437-E.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid