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Documento BOE-B-1999-2460

Otros anuncios oficiales

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 1999, páginas 1998 a 2001 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Referencia:
BOE-B-1999-2460

TEXTO

MINISTERIO DE JUSTICIA

Subsecretaría

Gabinete Técnico

Edicto

Don Joaquín Bau Miquel ha solicitado la sucesión

en el título de Conde de Bau, vacante por

fallecimiento de su padre, don Joaquín Bau Carpi, lo

que se anuncia por el plazo de treinta días, contados

a partir de la publicación de este edicto, a los efectos

del artículo 6 del Real Decreto de 27 de mayo de 1912,

en su redacción dada por el 222/1988, de 11 de

marzo, para que puedan solicitar lo conveniente

los que se consideren con derecho al referido título.

Madrid, 27 de enero de 1999.-Por la Unidad,

el Consejero técnico, Antonio Luque

García.-5.796.

MINISTERIO DE DEFENSA

Gerencia de Infraestructura

y Equipamiento de la Defensa

Reversión de dos fincas pertenecientes al Parque

Central en Villaverde, Madrid

El Excmo. Sr. Ministro de Defensa, por

Resolución de fecha 29 de mayo de 1997, ha tenido

a bien desafectar del fin público a que estaban

destinados, los terrenos del inmueble denominado

"Acuartelamiento del antiguo Parque Central de

Automoción de Villaverde, en Madrid".

Dichos terrenos fueron expropiados en su día a

los propietarios que a continuación se detallan:

Propietario: Excmo. Sr. Duque de Peñaranda.

Finca: 12.586. Superficie (metros cuadrados): 6.415.

Propietaria: Doña María Martínez Obiol.

Finca: 8.593. Superficie (metros cuadrados): 5.018.

Propietaria: Don Juan José Martínez Obiol.

Finca: 8.593. Superficie (metros cuadrados): 4.380.

Por ello, en cumplimiento de cuanto determina

la instrucción número 25/93, de 18 de marzo, sobre

tramitación de procedimientos administrativos en

el ámbito del Ministerio de Defensa, se pone en

conocimiento de los primitivos dueños o de sus

causahabientes, que ha desaparecido la afectación

al fin público a que estaban destinados dicho

terrenos, por lo que pueden, en el plazo de un mes,

contado a partir de la publicación de este edicto,

ejercer el derecho de reversión que les otorgan los

artículos 54 y 55 de la Ley de Expropiación Forzosa

de 16 de diciembre de 1954, en relación con los

artículos 63 y siguientes de su Reglamento, aprobado

por Decreto de 26 de abril de 1957, procediéndose

sin más trámite, en el supuesto de no recibirse

solicitud alguna, al archivo del expediente incoado para

cada una de las fincas expropiadas.

Para el ejercicio de este derecho, deberán los

interesados presentar las oportunas solicitudes ante la

Gerencia de Infraestructura de la Defensa, calle

Princesa, número 32, 28008 Madrid.

Madrid, 21 de enero de 1999.-El Secretario

general, José Antonio Callejo Velasco.-5.787.

Reversión de las parcelas "B" y "C" del campamento

"Monte la Reina", en Toro, Zamora

El Excmo. Sr. Ministro de Defensa, por

Resolución de fecha 16 de mayo de 1997, modificada

por Resolución de fecha 27 de noviembre de 1998,

ha tenido a bien desafectar del fin público a que

estaban destinados, los terrenos del inmueble

denominado "Parcelas ªBº y ªCº del campamento

ªMonte la Reinaº, en Toro, Zamora".

Dichos terrenos fueron expropiados en su día a

los propietarios que a continuación se detallan:

Propietarios: Don Luis Felipe y doña María

Gabriela Miguel Padierna de Villapadierna.

Finca: 31.803. Parcela: B. Superficie (metros

cuadrados): 68.580.

Propietario: Fundación San José, Escuelas

Salesianas de Formación Profesional. Finca: 30.281.

Parcela: C, Superficie (metros cuadrados): 335.518.

Por ello, en cumplimiento de cuanto determina

la instrucción número 25/93, de 18 de marzo, sobre

tramitación de procedimientos administrativos en

el ámbito del Ministerio de Defensa, se pone en

conocimiento de los primitivos dueños o de sus

causahabientes, que ha desaparecido la afectación

al fin público a que estaban destinados dicho

terrenos, por lo que pueden, en el plazo de un mes,

contado a partir de la publicación de este edicto,

ejercer el derecho de reversión que les otorgan los

artículos 54 y 55 de la Ley de Expropiación Forzosa

de 16 de diciembre de 1954, en relación con los

artículos 63 y siguientes de su Reglamento, aprobado

por Decreto de 26 de abril de 1957, procediéndose

sin más trámite, en el supuesto de no recibirse

solicitud alguna, al archivo del expediente incoado para

cada una de las fincas expropiadas.

Para el ejercicio de este derecho, deberán los

interesados presentar las oportunas solicitudes ante la

Gerencia de Infraestructura de la Defensa, calle

Princesa, número 32, 28008 Madrid.

Madrid, 21 de enero de 1999.-El Secretario

general, José Antonio Callejo Velasco.-5.789.

MINISTERIO

DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Agencia Estatal de Administración

Tributaria

MADRID

Providencia y anuncio de subasta de bienes muebles

De conformidad con lo dispuesto en los

artículos 146 y siguientes del Reglamento General de

Recaudación (Real Decreto 1648/1990 de 20 de

diciembre, "Boletín Oficial del Estado" de 3 de enero

de 1991), se dispone la venta de bienes muebles

dentro del expediente ejecutivo seguido contra el

deudor "Atanor, Sociedad Anónima" (A28559581).

La subasta se celebrará el día 25 de marzo de

1999, a las diez horas, en el salón de actos de

la Delegación de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria en Madrid, calle Guzmán el

Bueno, 139.

Bienes embargados a enajenar

Lote: Maquinaria electrónica diversa:

Valorado el lote en 467.282.402 pesetas. Valor

en primera licitación: 467.282.402 pesetas.

Tramos: 500.000 pesetas.

En cumplimiento del citado precepto, se publica

el presente anuncio y se advierte a las personas

que deseen tomar parte en la subasta lo siguiente:

Primero.-Los bienes se encuentran depositados

en calle Agastia, 5 (Madrid), donde pueden

examinarlos, hasta el día anterior al señalado para la

subasta, previa llamada, de lunes a viernes, de nueve

a catorce horas, teléfono 91 407 80 11.

Segundo.-Todo licitador habrá de constituir ante

la Mesa de subasta depósito de garantía de, al menos,

el 20 por 100 del tipo de subasta en primera

licitación. Este depósito se ingresará en firme en el

Tesoro si los adjudicatarios no satisfacen el precio

del remate, sin perjuicio de las responsabilidades

en que incurrirán por los mayores perjuicios que

sobre el importe de depósito originare la

inefectividad de la adjudicación.

Tercero.-La subasta se suspenderá en cualquier

momento anterior a la adjudicación de los bienes,

si se efectúa el pago de la deuda, intereses y costas

del procedimiento.

Cuarto.-Las cargas, gravámenes y situaciones

jurídicas que afectan a los bienes y que han de quedar

subsistentes son las siguientes: Ninguna, según la

documentación que consta en el expediente y que

podrá ser consultada en los mismos términos del

punto siguiente. En cualquier caso, el adjudicatario

se subrogará en todas las cargas, gravámenes y

derechos que legalmente deban quedar subsistentes.

Quinto.-Los licitadores habrán de conformarse

con los títulos de propiedad que se hayan aportado

al expediente, no teniendo derecho a exigir otros,

encontrándose de manifiesto aquellos en esta

Dependencia de Recaudación hasta el día anterior

al de la subasta.

Sexto.-El rematante entregará en el acto de

adjudicación, o dentro de los cinco días siguientes, la

diferencia entre el depósito constituido y el precio

de la adjudicación.

Séptimo.-Cuando en la primera licitación no se

hubiese cubierto la deuda y queden bienes sin

adjudicar, la Mesa anunciará la iniciación del trámite

de adjudicación directa que se llevará a cabo de

acuerdo con el artículo 150 del R.G.R. Para ello

se admitirán ofertas por importe igual o superior

al tipo de subasta en primera licitación.

Sin embargo, y en el mismo acto de la primera

licitación, la Mesa podrá optar por celebrar una

segunda licitación cuando así lo haya acordado,

previa deliberación sobre la conveniencia de la misma.

El nuevo tipo será el 75 por 100 del tipo de subasta

en primera licitación. Los bienes no adjudicados

pasarán al trámite de adjudicación directa previsto

en el artículo 150 del R.G.R.

En el trámite de adjudicación directa, la

Dependencia de Recaudación realizará las gestiones

conducentes a la adjudicación en el plazo máximo de

seis meses en las mejores condiciones económicas,

realizando cuantas notificaciones consideren

necesarias en el tablón de anuncios de dicha

Dependencia. Las ofertas se presentarán en sobre cerrado

en el exterior del cual se indicará con claridad la

referencia "Subasta de ªAtanor, Sociedad

Anónimaº. Adjudicación directa (S-891). Dependencia de

Recaudación". Dichas ofertas tendrán la

consideración de vinculantes. En este caso no será necesario

aportar en el sobre cerrado el depósito a que se

refiere el punto segundo.

Octavo.-Los deudores con domicilio

desconocido, los deudores declarados en rebeldía, así como

los acreedores hipotecarios o pignoraticios

desconocidos, se tendrán por notificados con plena

virtualidad legal, por medio del presente anuncio.

Noveno.-La Hacienda se reserva el derecho de

adjudicar al Estado los inmuebles que no hubiesen

sido objeto de remate, conforme al artículo 158

y siguientes del Reglamento General de

Recaudación y el 137.2 de la Ley General Tributaria.

Décimo.-De acuerdo con lo dispuesto en el

artículo 147.3 del Reglamento General de

Recaudación, se admitirán ofertas en sobre cerrado. En estas,

se expresará el precio máximo ofrecido por el bien

enajenado. Los sobres podrán presentarse en el

Registro General de la Delegación hasta una hora

antes de iniciarse la subasta, debiendo incluirse en

el sobre un cheque conformado a favor del Tesoro

Público por el importe del depósito a que se refiere

el punto segundo así como datos identificativos y

dirección del licitador a efectos de poder

comunicarle, en caso de adjudicación, el resultado de

la subasta para su conocimiento a los efectos de

lo determinado en el punto sexto. En la parte exterior

del sobre debe figurar con claridad la referencia

"Subasta de ªAtanor, Sociedad Anónimaº (S-891)

25/3/99. Dependencia de Recaudación".

Undécimo.-Si de la venta de los bienes resultara

un importe superior a los débitos y costas incluidos

en el expediente ejecutivo, se depositará el sobrante

en la Caja General de Depósitos del Ministerio de

Economía y Hacienda a los efectos oportunos.

Duodécimo.-Recursos: De Reposición, en el

plazo de quince días, ante la Dependencia de

Recaudación; o Reclamación Económico Administrativa

en el plazo de quince días, ante el Tribunal de dicha

jurisdicción.

Madrid, 14 de enero de 1999.-La Jefa de la

Dependencia de Recaudación, Consuelo Sánchez

García.-5.696-E.

Providencia y anuncio de subasta de bienes inmuebles

De conformidad con lo dispuesto en los

artículos 146 y siguientes del Reglamento General de

Recaudación (Real Decreto 1648/1990 de 20 de

diciembre, "Boletín Oficial del Estado" de 3 de enero

de 1991) y el artículo 137.1 de la Ley General

Tributaria, se dispone la venta de bienes inmuebles

dentro del expediente ejecutivo seguido contra el

deudor "CIMSA, Empresa de Construcciones,

Sociedad Anónima" (A28847168).

La subasta se celebrará el día 25 de marzo de

1999, a las diez horas, en el salón de actos de

la Delegación de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria en Madrid, calle Guzmán el

Bueno, 139.

Bienes embargados a enajenar

Descripción registral: "Rústica: Suerte de olivar

y cercado en término de Mairena de Aljarafe,

llamado El Toro o del Camino de Bormujos, con

cabida de 1 hectárea 92 áreas 43 centiáreas 50

decímetros cuadrados. Linda: Al norte, con finca de

doña Constanza Gaviño; al sur, tierras de Gavira

Martín; al este, camino de Bollullos o de Bormujos,

y al oeste, con olivares de doña Matilde Cuadrado

Sánchez y doña Rocío Vargas Manzón y Estacada

del Toro".

Finca inscrita con el número 10.192, folio 196,

libro 171 de Mairena de Aljarafe, tomo 393, en

el Registro de la Propiedad número 7 de Sevilla.

Valorada en 136.000.000 de pesetas, siendo el

tipo de subasta en primera licitación de 136.000.000

de pesetas.

Tramos: 500.000 pesetas.

En cumplimiento del citado precepto, se publica

el presente anuncio y se advierte a las personas

que deseen tomar parte en la subasta lo siguiente:

Primero.-Todo licitador habrá de constituir ante

la Mesa de subasta depósito de garantía de, al menos,

el 20 por 100 del tipo de subasta en primera

licitación. Este depósito se ingresará en firme en el

Tesoro si los adjudicatarios no satisfacen el precio

del remate, sin perjuicio de las responsabilidades

en que incurrirán por los mayores perjuicios que

sobre el importe de depósito originare la

inefectividad de la adjudicación.

Segundo.-La subasta se suspenderá en cualquier

momento anterior a la adjudicación de los bienes,

si se efectúa el pago de la deuda, intereses y costas

del procedimiento.

Tercero.-Las cargas, gravámenes y situaciones

jurídicas que afectan a los bienes y que han de

quedar subsistentes son las siguientes: Ninguna,

según la documentación que consta en el expediente

y que podrá ser consultada en los mismos términos

del punto siguiente. En cualquier caso, el

adjudicatario se subrogará en todas las cargas, gravámenes

y derechos que legalmente deban quedar

subsistentes.

Cuarto.-Los licitadores habrán de conformarse

con los títulos de propiedad que se hayan aportado

al expediente, no teniendo derecho a exigir otros,

encontrándose de manifiesto aquellos en esta

Dependencia de Recaudación hasta el día anterior

al de la subasta. Los gastos derivados del

otorgamiento de oficio de la escritura de venta de los

inmuebles que resulten enajenados serán por cuenta

del adjudicatario.

Quinto.-El rematante entregará en el acto de

adjudicación, o dentro de los cinco días siguientes, la

diferencia entre el depósito constituido y el precio

de la adjudicación.

Sexto.-Cuando en la primera licitación no se

hubiese cubierto la deuda y queden bienes sin

adjudicar, la Mesa anunciará la iniciación del trámite

de adjudicación directa que se llevará a cabo de

acuerdo con el artículo 150 del R.G.R. Para ello

se admitirán ofertas por importe igual o superior

al tipo de subasta en primera licitación.

Sin embargo, y en el mismo acto de la primera

licitación, la Mesa podrá optar por celebrar una

segunda licitación cuando así lo haya acordado,

previa deliberación sobre la conveniencia de la misma.

El nuevo tipo será el 75 por 100 del tipo de subasta

en primera licitación. Los bienes no adjudicados

pasarán al trámite de adjudicación directa previsto

en el artículo 150 del R.G.R.

En el trámite de adjudicación directa, la

Dependencia de Recaudación realizará las gestiones

conducentes a la adjudicación en el plazo máximo de

seis meses en las mejores condiciones económicas,

realizando cuantas notificaciones consideren

necesarias en el tablón de anuncios de dicha

Dependencia. Las ofertas se presentarán en sobre cerrado

en el exterior del cual se indicará con claridad la

referencia "Subasta de ªCIMSA Empresa de

Construcciones, Sociedad Anónimaº. Adjudicación

directa (S-860). Dependencia de Recaudación". Dichas

ofertas tendrán la consideración de vinculantes. En

este caso no será necesario aportar en el sobre

cerrado el depósito a que se refiere el punto primero.

Séptimo.-Los deudores con domicilio

desconocido, los deudores declarados en rebeldía, así como

los acreedores hipotecarios o pignoraticios

desconocidos, se tendrán por notificados con plena

virtualidad legal, por medio del presente anuncio.

Octavo.-La Hacienda se reserva el derecho de

adjudicar al Estado los inmuebles que no hubiesen

sido objeto de remate, conforme al artículo 158

y siguientes del Reglamento General de

Recaudación y el 137.2 de la Ley General Tributaria.

Noveno.-De acuerdo con lo dispuesto en el

artículo 147.3 del Reglamento General de

Recaudación, se admitirán ofertas en sobre cerrado. En estas,

se expresará el precio máximo ofrecido por el bien

enajenado. Los sobres podrán presentarse en el

Registro General de la Delegación hasta una hora

antes de iniciarse la subasta, debiendo incluirse en

el sobre un cheque conformado a favor del Tesoro

Público por el importe del depósito a que se refiere

el punto primero así como datos identificativos y

dirección del licitador a efectos de poder

comunicarle, en caso de adjudicación, el resultado de

la subasta para su conocimiento a los efectos de

lo determinado en el punto quinto.

En la parte exterior del sobre debe figurar con

claridad la referencia "Subasta de ªCIMSA Empresa

de Construcciones, Sociedad Anónimaº (S-860)

25/3/99. Dependencia de Recaudación".

Décimo.-Si de la venta de los bienes resultara

un importe superior a los débitos y costas incluidos

en el expediente ejecutivo, se depositará el sobrante

en la Caja General de Depósitos del Ministerio de

Economía y Hacienda a los efectos oportunos.

Undécimo.-Recursos: De Reposición, en el plazo

de quince días, ante la Dependencia de

Recaudación; o Reclamación Económico Administrativa en

el plazo de quince días, ante el Tribunal de dicha

jurisdicción.

Madrid, 18 de enero de 1999.-La Jefa de la

Dependencia de Recaudación, Consuelo Sánchez

García.-5.695-E.

Organismo Nacional de Loterías

y Apuestas del Estado

Resolución por la que se inicia expediente por

transmisión inter vivos de un despacho receptor de

apuestas de carácter exclusivo integrado en la red básica

del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas

del Estado

Al amparo de lo que establece el artículo 13 del

Real Decreto 1082/1985, de 11 de junio, se ha

iniciado expediente por transmisión inter vivos del

despacho receptor de apuestas de carácter exclusivo

integrado en la red básica del Organismo Nacional

de Loterías y Apuestas del Estado que a

continuación se relaciona, con expresión del nombre del

solicitante y número de despacho receptor:

Despacho receptor número 97.015, de Madrid

(28.000.0437), doña María Pilar Fernández-Rico

Fernández.

Los interesados en este expediente podrán

efectuar cuantas alegaciones estimen oportunas en el

plazo de quince días hábiles, contados a partir del

siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del

Estado".

Madrid, 1 de febrero de 1999.-El Director

general, Luis Perezagua Clamagirand.-6.646.

MINISTERIO DE FOMENTO

Demarcaciones de Carreteras

VALENCIA

Resolución por la que se señalan fechas para el

levantamiento de actas previas a la ocupación de

bienes y derechos afectados por las obras que se

mencionan

Esta Demarcación de Carreteras del Estado en

Valencia, ha resuelto señalar los próximos días, 1,

2y3demarzo, a partir de las nueve horas, en

los locales del Ayuntamiento de Alfara de Algimia

(Valencia); los días4y8demarzo a partir de

las nueve horas en los locales del Ayuntamiento

de Sagunto (Valencia); los días 9, 10, 11, 15 y 16

de marzo a partir de las nueve horas en los locales

del Ayuntamiento de Vall d'Uixó (Castellón); el día

22 de marzo a partir de las nueve horas en los

locales del Ayuntamiento de Nules (Castellón) y

los días 23, 24, 25, 29 y 30 de marzo a las nueve

horas en los locales del Ayuntamiento de Algar

del Palancia (Valencia), sin perjuicio de practicar

reconocimientos de terrenos que se estimaran a

instancia de partes pertinentes, para proceder al

levantamiento de las actas previas a la ocupación, de

los bienes y derechos afectados a consecuencia de

las obras: "20-CS-2830. Acondicionamiento.

CN-225, de Teruel al Grao de Castellón, punto

kilométrico 0,0 al punto kilométrico 23,4. Tramo: El

Juncar-Moncófar" provincia de Castellón y

Valencia, las cuales han sido declaradas de urgencia por

artículo 72. Ley 42/1994, de 3 de diciembre

("Boletín Oficial del Estado" del 31), y llevan implícita

la declaración de utilidad pública y urgente

ocupación, según prescribe el artículo 52, 1. º de la

Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre

de 1954.

No obstante su reglamentaria inserción en el

"Boletín Oficial del Estado", en el "Boletín Oficial" de

la provincia de Valencia y Castellón, y periódico

"Levante" de Valencia, y "Mediterráneo" de

Castellón, el presente señalamiento será notificado por

cédula a los interesados afectados, que son los

titulares de derechos sobre los terrenos situados en

el lugar indicado, recogidos en el plano parcelario

confeccionado al efecto y comprendidos en la

relación que figura expuesta en el tablón de edictos

de los indicados Ayuntamientos, y en esta

Demarcación de Carreteras del Estado, Área de

Planeamiento, Proyectos y Obras, sita en la calle Joaquín

Ballester, número 39, tercera planta, 46071

Valencia; los cuales podrán concurrir al acto asistidos

de Peritos y Notario, así como formular alegaciones

al solo efecto de subsanar errores que pudiera

adolecer la relación aludida, bien mediante escrito

dirigido a este organismo expropiante, o bien, en el

mismo momento del levantamiento del acta

correspondiente, a la que habrá que aportar el título de

propiedad y último recibo de contribución.

Lo que se comunica para general conocimiento.

Valencia, 27 de enero de 1999.-El Jefe de la

Demarcación de Carreteras del Estado en Valencia,

Tomás Prieto Martín.-5.640.

MINISTERIO

DE AGRICULTURA, PESCA

ALIMENTACIÓN

Fondo Español de Garantía Agraria

Resolución por la que se hace público resolución

de expediente sancionador incoado a la empresa

"Dicalso, Sociedad Limitada"

El Presidente del Fondo Español de Garantía

Agraria (FEGA), para dar cumplimiento a lo

dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, hace saber:

Primero.-Que mediante resolución de fecha 17

de diciembre de 1998 (expediente 3-393/96) se

acordó sancionar a la empresa "Dicalso, Sociedad

Limitada" con código de identificación fiscal

B-80.957.236, con multa de 33.267 pesetas por

haber presentado fuera de plazo la relación de

balances y declaración anual obligatoria de leche y/o

equivalente en fecha de vaca, correspondiente al período

1995/1996.

Segundo.-Que el ingreso de dicho importe deberá

realizarse en la cuenta número 20-020000147-8 de

Interconexión entre CI de A Roca y LAT sub. Ponte Caldelas-A Lama. Provincia: Pontevedra. Ayuntamiento: Ponte Caldelas

Fincas Propietarios Afección

N. º Paraje Cultivo Denominación Domicilio

1 Fonte Barros. Monte bajo. Comunidad de montes de A Insua. Outeiro da Costa, Insua, P. Caldelas. y 2 1 8 224,8 1.730

la entidad 9000 Banco de España, sucursal 0001

Madrid, titulada "Fega-Fondo Español de Garantía

Agraria. Dirección General", dentro de los plazos

señalados en el artículo 20 del Reglamento General

de Recaudación:

a) Si la liquidación se notifica entre los días

1 y 15, desde la fecha de notificación (de la presente

publicación) hasta el día 5 del mes siguiente o el

inmediato hábil posterior.

b) Si se notifica entre los días 16 y último del

mes, desde la fecha de la notificación (de la presente

publicación), hasta el día 20 del mes siguiente o

el inmediato hábil posterior.

Tercero.-Si la deuda no fuese satisfecha en plazo

señalado, se exigirá en vía de apremio, en la forma

y con los efectos previstos en el Reglamento General

de Recaudación.

Cuarto.-Contra la citada liquidación puede

interponerse reclamación económico-administrativa ante

el Tribunal Económico Administrativo Central, en

el plazo de quince días hábiles a contar desde el

siguiente al de la notificación o, potestativamente

y en el mismo plazo, recurso de reposición ante

el Presidente del Fondo Español de Garantía

Agraria.

Lo que se hace público en sustitución de la

notificación directa al interesado, quien podrá dirigirse

a las oficinas del Fondo Español de Garantía Agraria

en Madrid, calle de Beneficencia, número 8, para

conocer el texto íntegro del acto y demás

documentos incorporados al expediente.

Madrid, 21 de diciembre de 1998.-El Presidente,

Nicolás López de Coca Fernández.-5.472.

MINISTERIO

DE ADMINISTRACIONES

PÚBLICAS

Delegaciones del Gobierno

CASTILLA-LA MANCHA

Resolución por la que se convoca el levantamiento

de actas previas a la ocupación de determinadas

fincas afectadas por el proyecto "Oleoducto

Cartagena-Puertollano y sus instalaciones auxiliares", en

el tramo correspondiente a la Comunidad Autónoma

de Castilla-La Mancha, provincia de Albacete

Con esta fecha, esta Delegación del Gobierno,

en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52

de la Ley de Expropiación Forzosa, ha convocado

los levantamientos de actas previas a la ocupación

de determinadas fincas afectadas por el proyecto

"Oleoducto Cartagena-Puertollano y sus

instalaciones auxiliares", en el tramo correspondiente a la

Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha,

provincia de Albacete, que habrán de tener lugar en

Relación de propietarios, bienes y derechos afectados

los Ayuntamientos donde radican las fincas, los

próximos días 25 de febrero, en Socovos, Férez,

Liétor, Ayna y Bogarra, y el 26 de febrero, en

Pozohondo, Masegoso, Peñascosa, Alcaraz y Povedilla.

De esta convocatoria se dará traslado a cada

interesado mediante la oportuna cédula de citación

individual, y mediante publicación en el "Boletín Oficial

de la Provincia de Albacete" y en los diarios "La

Verdad" y "La Tribuna", de Albacete. En el

expediente expropiatorio "Repsol Petróleo, Sociedad

Anónima", asumirá la condición de beneficiaria.

Toledo, 2 de febrero de 1999.±El Delegado de

Gobierno, Carlos Moro Moreno.-6.689.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE GALICIA

Consejería de Industria y Comercio

Delegaciones Provinciales

VIGO

Expediente de expropiación forzosa e imposición de

la servidumbre de paso de energía eléctrica que se

instruye en esta Delegación, para la urgente

ocupación de los bienes y derechos afectados por la

ejecución del proyecto denominado "LMT CI de A

Roca-LAT sub. Ponte Caldelas-A Lama", en el

Ayuntamiento de Ponte Caldelas, del cual es beneficiaria

la empresa "Eléctrica de Moscoso, Sociedad

Limitada", fue declarada de utilidad pública por

Resolución de esta Delegación de fecha 21 de julio de

1998 y lleva implícita la urgente ocupación, en

cumplimiento de lo establecido en el artículo 54.1 de

la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector

eléctrico. Expediente AT 98/39

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo

52 de la Ley de Expropiación Forzosa y en el artículo

31.6 del Reglamento de la Ley 10/1996, de 18 de

marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en

materia de instalaciones eléctricas, aprobado por

el Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, se informa

a todos los interesados por la ejecución del proyecto

de la línea de referencia, que el día 17 de febrero

de 1999, a las once treinta horas, se procederá sobre

el terreno al levantamiento de las actas previas a

la ocupación, correspondientes a los predios

situados en el término municipal de Ponte Caldelas,

señalados con los números que se detallan en hoja

adjunta.

Los interesados serán notificados mediante cédula

individual, que se les practicará con la debida

antelación legal, de la fecha y hora en las que, para

cada uno de ellos tendrá lugar la citada diligencia,

informándoles que en los citados actos podrán ir

acompañados por sus peritos o de un Notario, por

su cuenta, si así lo consideran conveniente.

Vigo, 22 de enero de 1999.-La Delegada

provincial, Carmen Bianchi Valcarce.-6.655.

Apoyo Vuelo

Número m 2 L-m m 2

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE ANDALUCÍA

Consejería de Trabajo e Industria

Delegaciones Provinciales

CÁDIZ

Acuerdo de la Delegación Provincial de la Consejería

de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía

en Cádiz, declarando la utilidad pública en concreto

de la línea a 66 kV D/C para la alimentación a

subestación "Conil" (expediente AT. 3752), fijando

fecha para la redacción de las actas previas a la

ocupación de las fincas afectadas por la ejecución

del proyecto, en el término municipal de Conil de

la Frontera

Antecedentes de hecho

Primero.-En fecha 14 de octubre de 1998, la

"Compañía Sevillana de Electricidad, Sociedad

Anónima" (CSE), representada por don Emilio Garrido

Pérez, presentó ante esta Delegación solicitud para

obtener la declaración de utilidad pública en

concreto, a los efectos de expropiación forzosa, de los

bienes y derechos necesarios para el establecimiento

de la línea eléctrica a 66 kV D/C para la

alimentación a subestación "Conil" (autorizada por este

organismo con Resolución de 6 de julio de 1998),

acompañando para ello una relación concreta e

individualizada de los bienes o derechos considerados

por el solicitante de necesaria expropiación.

Segundo.-Reaizado el trámite de sometimiento

a información pública de la solicitud, han sido

publicados anuncios en:

"Boletín Oficial del Estado" número 296, de 11

de diciembre de 1998.

"Boletín Oficial de la Junta de Andalucía"

número 136, de 28 de noviembre de 1998.

"Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz"

número 273, de 25 de noviembre de 1998.

"Diario de Cádiz", de 10 de noviembre de 1998.

Y efectadas notificaciones expresas a los titulares

de los bienes afectados no han sido presentadas

alegaciones, obrando en el expediente una diligencia

en la que se hace constar que un afectado tomó

vista del mismo el 26 de noviembre de 1998.

Tercero.-Esta nueva instalación tiene por

finalidad, según se recogía en la Memoría del Proyecto

que se autorizó por esta Delegación Provincial,

alimentar la nueva subestación "Conil", y con ello

mejorar considerablemente la calidad del suministro

eléctrico al término municipal de Conil de la

Frontera y atender el importante aumento de demanda

de electricidad que se produce en el período estival.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Esta Delegación Provincial es

competente para atender la solicitud presentada, conforme

a lo establecido en el Real Decreto 1091/1981, de

24 de abril, y Real Decreto 4164/1982, de 29 de

diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios

a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia

de industria, energía y minas, y en el

Decreto 316/1996, de 2 de julio, de estructura orgánica

de la Consejería de Trabajo e Industria.

Segundo.-La legislación aplicable a este

expediente es la contenida en el Título IX de la Ley 54/1997,

de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico ("Boletín

Oficial del Estado" del 28); Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del

Estado"del 27); Ley de Expropiación Forzosa, de 16

de diciembre de 1954 ("Boletín Oficial del Estado"

del 17); Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre

autorización de instalaciones eléctricas ("Boletín

Oficial del Estado" del 24); Decreto 2619/1966,

de 20 de octubre, por el que se aprueba el

Reglamento de la Ley 10/1966, de 18 de marzo, sobre

Expropiación forzosa y sanciones en materia de

instalaciones eléctricas ("Boletín Oficial del Estado"

del 24), y demás legislación concordante.

Vistos los antecedentes y fundamentos citados

anteriormente, esta Delegación Provincial,

Acuerda

Primero.-Declarar la utilidad pública en concreto

de la instalación eléctrica cuyas características

principales son las siguientes:

Solicitante: "Compañía Sevillana de Electricidad,

Sociedad Anónima", avenida de la Borbolla,

número 5, Sevilla.

Características: Tramo del vano comprendido

entre los apoyos números7y8,atramo del vano

comprendido entre los apoyos números 13 y 14

de la línea eléctrica a 66 kV, doble circuito, para

alimentación a la subestación "Conil", en el término

municipal de Conil de la Frontera, autorizada por

Resolución de 6 de julio de 1998, de esta Delegación

Provincial.

Dicha declaración de utilidad pública lleva

implícita la necesidad de ocupación de los bienes y

derechos afectados e implica la urgente ocupación de

los mismos, a los efectos del artículo 52 de la Ley

de Expropiación Forzosa.

Segundo.-Convocar a los titulares de bienes y

derechos afectados con los que no se llegó a acuerdo

amistoso para el establecimiento de la instalación

eléctrica tantas veces citada, cuya relación se inserta

al final, en el Ayuntamiento de Conil de la Frontera,

en cuyo término radican las fincas afectadas, para,

de conformidad con el procedimiento que establece

el citado artículo 52, llevar a cabo el levantamiento

de actas previas a la ocupación y, si procediera,

el de ocupación definitiva de los bienes y derechos

que se expropian.

Los interesados, así como las personas que sean

titulares de cualquier clase de derechos e intereses

sobre bienes afectados deberán acudir

personalmente o representados por persona debidamente

autorizada, aportando los documentos acreditativos de

su titularidad y el último recibo de contribución,

pudiéndose acompañar, a su costa, de sus Peritos

y un Notario, si lo estiman oportuno, y hasta el

momento del levantamiento del acta previa a la

ocupación, podrán formular, por escrito, ante esta

Delegación Provincial (Servicio de Industria,

Energía y Minas, calle Nueva, 4, Cádiz), alegaciones

a los solos efectos de subsanar posibles errores que

se hayan producido al relacionar los bienes afectados

por la urgente ocupación.

El levantamiento de actas tendrá lugar el próximo

día 23 de marzo de 1999, a partir de las diez treinta

horas, y deberá ser comunicado a los interesados

mediante la oportuna cédula de citación,

efectuándose las publicaciones que para tal acto exige el

artículo 52-2 de la Ley de Expropiación Forzosa.

En el expediente expropiatorio "Compañía

Sevillana de Electricidad, Sociedad Anónima", asumirá

la condición de beneficiaria.

Cádiz, 5 de febrero de 1999.-El Delegado

provincial de Trabajo e Industria de la Junta de

Andalucía, Agustín Barberá Salvador.

Relación que se cita

Propietarios: Don Luis Benítez Escámez y

doña Isabel de los Reyes Ramírez, calle Los

Molinos, 3, 11140 Conil de la Frontera.

Don Fernando Benítez Escámez y doña Isabel

Palma García, calle San Diego de Alcalá, 3, bajo C,

11140 Conil de la Frontera.

Parcelas, según catastro, números 3, 7, 6,5y8.

Polígono número 8.

Nombre de los parajes: El Torno Redondo; Vega

de la Peña del Yeso, y Vega del Charco Dulce.

Afección: Vuelo (metros): Longitud 1.671 metros;

ancho 3,72 metros.

Apoyos y superficie (metros cuadrados), según

proyecto: Número 8 (3,88); número 9 (2,56);

número 10 (2,31); número 11 (2,43); número 12 (3,45),

y número 13 (2,75).

Ocupación temporal: 1.800 metros cuadrados.

Cultivo: Labor.

Fecha, hora y lugar de la cita: Martes, 23 de

marzo de 1999, a las diez treinta horas,

Ayuntamiento de Conil de la Frontera.-6.726*.

UNIVERSIDADES

PAÍS VASCO

Negociado de Títulos

En cumplimiento de lo dispuesto en la Orden

de 8 de julio de 1988, se hace pública la solicitud

de un duplicado del título de Licenciado en F.I.C.E.,

sección Pedagogía, registro nacional 2464, registro

universitario 32/1273, por extravío del original, a

favor de don José Antonio Roa Baroja.

Transcurridos treinta días sin que hubiera

reclamación alguna, se iniciará el trámite del duplicado

correspondiente.

Donostia-San Sebastián a 29 de diciembre

de 1998.-La Secretaria, Nerea Portu

Zapirain.-5.707.

PONTIFICIA DE COMILLAS

Facultad de Derecho

Don Alfonso Carbonell Aguilar, con documento

nacional de identidad número 20148963-C,

Licenciado en Derecho, manifiesta que el referido título,

expedido por la Universidad Pontificia de Comillas

(Universidad de la Iglesia Católica) el 21 de mayo

de 1993, con Número Registro Nacional de

Títulos 1993/169731 y Registro Universitario 9301984,

registrado en el libro III al efecto en el Servicio

de Títulos de dicha Universidad al folio 18,

número 341, de 1 de marzo de 1994, retirado por el

interesado el 28 de septiembre de 1995, fue

extraviado, lo que se anuncia en virtud de la Orden

de 8 de julio de 1988.

Madrid, 2 de febrero de 1999.-El Secretario

general.-5.810.

ANÁLISIS

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Sin tipo definido

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