Visto el expediente para otorgamiento de
autorización administrativa, declaración, en concreto, de
utilidad pública y la necesidad de la urgente
ocupación que lleva implícita, así como la aprobación
del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica
que a continuación se detalla:
Solicitante: "Unión Fenosa, Sociedad Anónima".
Domicilio social: Avenida García Barbón, 38,
36201 Vigo.
Título: Línea media tensión, centro de
transformación y red de baja tensión O Burgo.
Situación: A Cañiza.
Características técnicas:
Línea media tensión, aérea, a 20 kV de 639 metros
de longitud, con conductor tipo PAS 50, sobre
apoyos de hormigón, desde el apoyo 11 de la línea
media tensión existente de A Cañiza. Centro
transformador de 50 kVA, relación de transformación
20 kV-380/220 V. Red baja tensión, aérea, de 1.905
metros de longitud, con conductor tipo RZ, sobre
apoyos de hormigón.
Realizada la información pública y la notificación
individual a cada uno de los afectados, presenta
alegaciones el propietario de la finca N.8/a, diciendo
que en la finca está prevista la construcción de una
nave, por lo que sugiere que la línea no afecte a
esta futura construcción.
Trasladada la alegación a Unión Fenosa, ésta
contesta que la línea no impide edificar en la finca,
siempre y cuando se cumplan las distancias de
seguridad establecidas, y que el propietario puede
proponer una variación de la línea acreditando la
conformidad previa de los nuevos propietarios. Se dio
traslado del escrito de Fenosa al efectado, sin que
éste contestase en el plazo concedido para ello.
Considerando que la altura de la línea en la finca
referenciada permitirá la construcción de una nave
con una altura de 7 metros.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley
54/1997, el 27 de noviembre, y en los capítulos III
y IV de los Decretos 2617 y 2619/1966, de 20
de octubre, sobre autorización y expropiación
forzosa de las instalaciones eléctricas,
Esta Delegación Provincial resuelve autorizar,
declarar, en concreto, la utilidad pública y la
necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita,
así como la aprobación del proyecto de ejecución
de las referidas instalaciones, cuyas características
se ajustarán en todas sus partes a las que figuran
en el mismo y a las condiciones técnicas y de
seguridad establecidas en los Reglamentos de aplicación,
y en los condicionados establecidos por los
Ministerios, organismos o corporaciones que constan en
los expedientes.
Contra la presente Resolución podrá interponer
recurso de alzada ante el excelentísimo señor
Consejero de Industria y Comercio, en el plazo de un
mes, contado a partir del día siguiente al de
notificación de esta Resolución; también podrá
interponer cualquier otro recurso que estime pertinente
a su derecho.
Pontevedra, 4 de octubre de 1999.-La Delegada
provincial, Carmen Bianchi Valcarce.-1.764.
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